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REGLAMENTACION 
PARA 
LINEAS ELECTRICAS EXTERIORES 
EN GENERAL 
351.82 621.351 [(062) (82)] 
EDICION ACTUALIZADA 
Aprobada el 30 de, agosto de 1971 
ASOCIACION ELECTROTECNICA ARGENTINA 
POSADAS 1659 - BUENOS AIRES 
1 9 7 6 
S U M A R I 0 
Art. 1 -Objeto.................................................................................................... 5 
Art. 2. -Alcance................................................................................................. 5 
Art. 3. - Definiciones: Generalidades.................................................................. 5 
Art. 4. - Características de construcción de los cables para líneas subterráneas..... 7 
Art. 5. - Condiciones generales para la instalación de líneas subterráneas............. 8 
Art. 6. - Características de los elementos y accesorios empleados en la 
instalación de líneas subterráneas............................................................. 9 
Art. 7. - Características de construcción de las cámaras subterráneas.................... 10 
Art. 8. - Apertura de zanjas................................................................................. 10 
Art. 9. - Precauciones referentes al tránsito.......................................................... 11 
Art. 10. - Protección mecánica de los cables........................................................ 11
Para cables de alta tensión................................................................... 12 
Para cables de baja tensión y telefónicos.............................................. 12 
Art. 11. - Condiciones generales para efectuar cruces ferroviarios........................ 12 
Art. 12. - Colocación de los cables...................................................................... 12 
Art. 13. - Conexión con tierra: Generalidades...................................................... 13 
Art. 14. - Ejecución de la conexión con tierra...................................................... 13 
Art. 15. - Prevención de perturbaciones causadas en las líneas de telecomuni-cación 
por cables de energía cercanos:................................................. 14 
1) En líneas eléctricas.......................................................................... 14 
2) En líneas de telecomunicaciones...................................................... 15 
Art. 16. - Instalación de, accesorios:.................................................................... 15 
1) Caja de unión (empalme derecho o recto)............................................. 15 
2) Caja de derivación (empalme T).......................................................... 15 
3) Caja de distribución (caja esquinera).................................................... 16 
4) Caja terminal....................................................................................... 16 
Art. 17. - Condiciones generales para el ensayo de cables de energía eléctrica....... 17 
Art. 18. - Condiciones generales para los ensayos de cables telefónicos................ 18 
1) Ensayos de aislación............................................................................ 18 
2) Ensayos de capacidad electrostática...................................................... 18 
Reglamentación para Líneas eléctricas 
exteriores en general 
II Parte - LINEAS SUBTERRANEAS 
Art. 1. - OBJETO 
Esta reglamentación establece las condiciones generales que deberán llenar las 
distintas clases de líneas eléctricas subterráneas, y tiene por objeto: 
a) Fijar las prescripciones generales, referentes a la construcción de líneas 
eléctricas exteriores subterráneas, pertenecientes a distintas empresas o 
entidades y que se hallen ocasionalmente en una misma zona de utilización 
(colocadas en la misma vereda o calle) o que, siendo de la misma entidad, 
pertenezcan a distinta clase, de acuerdo con lo expuesto más adelante. 
b) Considerar las relaciones entre las distintas Líneas eléctricas y sus condiciones 
de funcionamiento, con el fin de evitar perturbaciones o daños en las mismas o 
en los servicios respectivos.
c) Determinar las reglas generales que deberán observarse, cuando los cables se 
cruzan o corren paralelamente, como también en el caso de emplazamiento de 
diferentes líneas en una misma zona (en la misma vereda). 
d) Fijar análogamente las disposiciones a observar, cuando ¡os cables crucen o 
sean paralelos a otras instalaciones, como cañerías de gas, agua corriente, etc. 
Esta reglamentación no incluye los casos de distribuciones en el interior de 
edificios, los cruces de distintas clases de líneas exteriores, con zonas ferroviarias. 
Art. 2. - ALCANCE 
Se refiere a instalaciones nuevas y al entrar en vigencia, regirá también para las 
instalaciones ya existentes, en los siguientes casos: 
a) Que ofrezcan peligro inmediato. 
b) Que causen perturbaciones importantes en el servicio. 
c) Que deban ser sometidas a ampliaciones, reparaciones o traslados importantes, 
salvo que ello exija cambios fundamentales en las instalaciones. 
Art. 3. - DEFINICIONES 
GENERALIDADES 
Los términos y expresiones de carácter general, definidos a continuación, se han 
considerado únicamente desde el punto de vista relacionado con la presente 
reglamentación. 
Central: Conjunto de maquinarias, instalaciones y edificios destinados a la 
generación de energía eléctrica, incluso su eventual transformación, rectificación, 
conversión a la corriente y a la tensión de las líneas salientes. Atendida o vigilada por 
personal estable o controlada por instalaciones automáticas. 
Subestación: Conjunto de maquinarias, instalaciones y edificios para la 
conversión, rectificación, y/o transformación de la corriente destinada a alimentar la red 
eléctrica o parte de la misma. Puede ser atendida o vigilada por personal estable o 
controlada por instalaciones automáticas. 
Puesto o cámara de transformación: Conjunto de transformadores, instalaciones 
y construcciones destinado a la transformación de la corriente, a la tensión de consumo, 
sin que sea atendido por personal estable, pero sujeto a revisaciones periódicas. Un 
puesto o cámara de transformación puede ser subterráneo, a nivel o sobre postes. Las 
cámaras subterráneas pueden construirse también debajo de la vereda o calzada. 
Cámara de inspección: Local subterráneo o a nivel, en el cual se instalan llaves, 
cuchillas, seccionadores, fusibles y otros accesorios de líneas subterráneas. En la cámara 
de inspección no se. instalará ninguna máquina. 
Cámara para cables: Local subterráneo accesible, destinado a la introducción de 
los cables en conductos y también a la ejecución de uniones o empalmes.
Conducto para cables: Tubería destinada a la colocación, protección y eventual 
reemplazo de uno o varios cables. Su construcción será de material de resistencia 
mecánica y duración adecuadas. 
Cámara telefónica: Construcción subterránea de mampostería u hormigón, 
fácilmente accesible y destinada a la introducción de los cables en los conductos, a la 
ejecución de uniones o empalmes y también a trabajos de verificación. 
Caja telefónica: Construcción comúnmente metálica, en general colocada sobre 
soportes. Se utiliza en la ejecución de empalmes y derivaciones y para tareas de control. 
Línea subterránea: Uno o varios cables subterráneos e inclusive eventuales 
auxiliares de igual recorrido y con el mismo fin, con sus correspondientes elementos de 
unión, protección, apoyo y control, que forman una instalación completa. 
Cable aislado: Conductor formado por uno o varios alambres, en este caso 
retorcidos, o bien, un conjunto de conductores, aislados entre sí y dentro de una 
envoltura común. 
Cable subterráneo: Cable aislado apto para su construcción o por el sistema de 
protección adoptado en su instalación para cumplir con las exigencias particulares que 
resultan de estar colocado bajo el nivel M suelo. Estas exigencias son las siguientes: 
a) Resistencia mecánica contra daños accidentales por golpes de patas, picos, etc. 
b) Protección contra daños mecánicos durante su colocación. 
c) Rigidez dieléctrica adecuada. 
d) Resistencia a la acción de los agentes químicos del subsuelo. 
e) Protección de sus corazas metálicas, si es que las tienen y de su vaina contra las 
corrientes vagabundas. 
f) Protección contra campos magnéticos ajenos, para los cables de 
telecomunicación, etc. 
Circuito: Conjunto de, conductores y aparatos, expresamente instalados, por los 
cuales puede circular una corriente. 
Circuitos de baja tensión *: a) Los circuitos cuya tensión no excede de 600 V 
entre cualquier conductor activo y tierra. b) Los que tengan su punto neutro conectado 
con tierra y cuando la tensión entre cualquiera de los conductores activos, resulte inferior 
o igual a 1.000 V. 
Circuitos de mediana tensión *: Los circuitos cuya tensión excede los limites de 
los de baja tensión y no es mayor de 36 KV. entre cualquiera de los conductores activos. 
Circuitos de alta tensión *: Los circuitos cuya tensión excede los límite de los de 
mediana tensión.
* NOTA: Los límites de tensión consignados en estas normas se refieren, salvo 
indicación contraria, a la diferencia de potencial efectiva entre cualquier conductor 
activo, o fase y tierra. 
Toma de tierra: Cuerpo conductor metálico, conectado a la placa de tierra. 
Tierra: Masa conductora de la tierra o conductor unido a ella por impedancia muy 
pequeña. Para las mediciones se atribuye al punto conectado a ella que debe estar libre 
de las influencias de las corrientes vagabundas el potencial cero. 
Placa de tierra: Cuerpo conductor, en íntimo contacto con el terreno, que permite 
el paso de la corriente a tierra. 
Conductor a tierra: Conductor o sistema de conductores conectados con una 
toma de tierra. 
Resistencia de tierra: Resistencia entre un conductor conectado con tierra y la 
masa de la tierra. 
Punto neutro: Punto de un sistema eléctrico simétrico que, si éste se halla 
igualmente cargado, tiene potencial cero. A menudo se conecta directamente con tierra. 
Conductor neutro: Conductor o sistema de conductores conectados al punto 
neutro. 
Tensión: Diferencia entre los potenciales efectivos más elevados de dos 
conductores cualesquiera de un circuito, o entre cualquier conductor y tierra. 
Paralelismo: Ubicación relativa de un circuito para el transporte o distribución de 
energía eléctrica con respecto a otro para telecomunicaciones, que siguen la misma ruta, 
y que se encuentran próximos uno a otro en un trecho suficiente como para que el primer 
circuito pueda producir interferencia inductiva en el segundo. 
Transposición: Intercambio de la posición relativa de los conductores de un 
circuito en tramas sucesivos. 
Equilibrio: simetría ideal en un punto dado tanto en la disposición de los circuitos 
como en la de las tensiones a tierra y las intensidades de los distintos conductores. Un 
circuito se considerará equilibrado cuando tanto las intensidades que circulan por los 
conductores activos como las tensiones a tierra sean iguales y la suma de los vectores 
correspondientes sea igual a cero. 
Residuo o desequilibrio: Tensión o intensidad resultante de un circuito fuera de 
equilibrio. 
Discontinuidad: Alteración importante en las condiciones físicas o eléctricas de 
los circuitos, como ser: cambio de material o sección de los conductores, ramificaciones, 
impedancias en serie o paralelo, cambio de configuración de las líneas, cambio en la 
separación de los diversos circuitos de la clase a y b, o cambio en su posición relativa a 
tierra, excepción hecha de las transposiciones.
Art. 4. - CARACTERISTICAS DE CONSTRUCCION DE LOS CABLES PARA 
LINEAS SUBTERRANEAS 
Los cables que se utilizan en las instalaciones de líneas subterráneas, son de 
construcción variada según la aplicación a que se los destina. 
Las características principales de fabricación son: 
Cable unifilar: Cable con un solo conductor. 
Cable bifilar: Cable con dos conductores, aislados entre sí, y situados dentro de 
una envoltura común. 
Cable trífilar, tetrafilar, multifilar: Cable con tres, cuatro o más conductores, 
respectivamente, aislados entre si, y situados dentro de una envoltura común. 
Cable armado: Cable, ordinariamente con una o varias vainas (una para cada 
conductor), que lleva un revestimiento de yute o de material termoplástico y aislante y 
sobre él, una armadura de acero constituida por una o varias envolturas de alambres 
redondos, planos perfilados o de dos cintas traslapadas. Sobre la armadura se aplica un 
revestimiento formado por una capa de yute. 
Revestimiento termoplástico de la vaina de cables armados: Capa formada por 
papel, yute. o material termoplástico impregnado que protege mecánicamente la vaina 
durante la colocación de la armadura y durante la instalación del cable, y que ¡o protege 
además químicamente contra corrosiones, cuando la vaina es de plomo u otro metal 
distinto del de la armadura. 
Cable con aislación de superficie metalizada: (Cable con pantalla 
electrostática): Cable con dialéctico estratificado, cuya superficie exterior está cubierta 
de una lámina fina de aluminio u otro metal con el fin de obtener un campo eléctrico 
radial (es decir, cuyas líneas de fuerza sean normales a las superficies de estratificación, 
evitando así toda componente tangencial a las mismas). 
.En los cables que poseen una vaina por cada conductor, la metalización tiene por 
objeto anular el campo eléctrico en los intersticios de vacío parcial que pueden formarse 
entre el dieléctrico y la vaina, por diferencias de la dilatación o deformación de la misma, 
impidiendo as! todo principio de ionización. 
Cable en aceite: Cable (generalmente unifilar) cuyo conductor se compone de 
alambres colocados en disposición concéntrico, ofreciendo un espacio central para la 
introducción de aceite aislante, que se mantiene permanentemente bajo presión. El uso 
del aceite tiene por objeto llenar el espacio libre entre los conductores y el dieléctrico que 
circunda al conductor. 
Cable concéntrico: Cable multifilar, cuyos conductores están limitados por 
superficies cilíndricas coaxiles. 
Cable no concéntrico: Cable multifilar, cuyos conductores están limitados por 
superficies cilíndricas o prismáticas no coaxiles.
Art. 5 - CONDICIONES GENERALES PARA LA INSTALACION DE LINEAS 
SUBTERRANEAS 
a) Condiciones generales para el trazado: Las líneas subterráneas deberán 
trazarse de tal modo que las perturbaciones que puedan ocasionar su 
construcción y mantenimiento resulten mínimas y que no afecten la 
conservación de otras instalaciones existentes en el suelo. Preferentemente, las 
zanjas no se abrirán en las calzadas, sino en las veredas de las calles. 
Además, al trazarlas, se tratará de evitar que queden cerca de canalizaciones 
subterráneas, vías férreas y de todos los sistemas subterráneos de suministro y 
drenaje, como desagües, cañerías de gas o agua u otras redes eléctricas 
subterráneas. En los casos en que resulte indispensable tal acercamiento, 
paralelismo o cruce, se observarán las prescripciones establecidas para la 
protección mutua de estas instalaciones. 
Las excavaciones se realizarán en tal forma que no afecten la vitalidad de las 
plantas, estando prohibido cortar raíces gruesas. Si fuese inevitable retirar 
árboles, el costo de su reposición estará a cargo de la entidad o empresa que 
construya la línea subterránea. 
b) Condiciones generales referentes a la construcción de cables con respecto a 
su colocación: 
1) Si el proyecto prevé la colocación de los cables directamente en el suelo, 
ellos serán del tipo armado. 
2) Si los cables están destinados a la colocación en conductos, en canaletas 
cubiertas, en tubos u otros elementos aptos para proteger los cables 
mecánicamente, se podrá prescindir de la armadura, pero no de la vaina 
hermética, sea esta última de plomo o de material termoplástico. 
En galerías o túneles, en cambio, donde no exista la acción de los agentes 
químicos del subsuelo, es innecesario un revestimiento anticorrosivo y por lo 
tanto este se quitará entre los puntos de soporte, porque la colocación de 
muchos cables en un conducto, con un considerable volumen de aire hace 
recomendable la eliminación de materiales combustible que pueden agravar el 
peligro de propagación de un incendio local. 
3) Unicamente en los casos excepcionales de líneas subterráneas relativamente 
cortas, que se coloquen en toda su longitud en túneles bien secos, donde queden 
excluidos tanto la condensación como la entrada de agua de otra procedencia y 
donde la instalación de los cables pueda efectuarse sin rozamiento apreciable, se 
podrá prescindir también de la vaina, si tiene un revestimiento aislante y 
perfectamente adherente. 
4) En puentes donde no sea posible colocar cables en tierra (de la vereda) se los 
instalará en canaletas o caños. 
5) Los cables que se instalan en minas, se considerarán como subterráneos, sólo 
en aquellos trechos en los cuales están colocados en el suelo o en conductos no 
metálicos que los hacen inaccesibles. En los demás tramos, donde el cable es 
accesible y donde la seguridad del personal exige disposiciones especiales, no 
bastará la observación de las especificaciones de este reglamento.
Condiciones generales con respecto a la construcción de cables, según las 
características eléctricas de las líneas: En la construcción de las líneas para corriente 
alterna, se tomarán las precauciones necesarias, contra la generación de campos o 
tensiones inducidas en los elementos de protección o de colocación como también en 
otras instalaciones metálicas subterráneas. Por consiguiente, en las líneas para corriente 
alterna, cuando los cables que las componen son del tipo unifilar, se evitarán en absoluto 
las armaduras o conductos de material magnético. 
NOTA: En las redes de corriente continua para tracción, con el objeto de reducir a 
un mínimo los efectos perniciosos (calentamiento y corrosión) sobre las instalaciones 
metálicas del subsuelo, se adoptará para los alimentadores y sus retornos el mismo 
recorrido, distanciándolos en lo posible de las mismas. 
Art. 6.- CARACTERISTICAS DE LOS ELEMENTOS Y ACCESORIOS 
EMPLEADOS EN LA INSTALACION DE LINEAS 
SUBTERRANEAS 
Los accesorios y elementos utilizados en las líneas subterráneas deben reunir las 
características que a continuación se enumeran: 
Caja de distribución: (Caja esquinera): Caja metálica o de otro material 
equivalente, cuyo interior es fácilmente accesible, con el objeto de efectuar derivaciones 
o seccionarnientos (mediante fusibles o puentes) entre los diferentes cables subterráneos 
que concurren a la misma. 
Caja de unión: (Empalme derecho o recto): Caja metálica o de otro material en 
cuyo interior se unen dos tramos consecutivos de un cable subterráneo. 
Caja de derivación: (Empalme T): Caja metálica o de otro material en cuyo 
interior se une al cable subterráneo una derivación del mismo. 
Caja terminal: Caja metálica o de otro material que protege el punto de transición 
del cable subterráneo a la instalación aérea (interior o exterior). 
Caja telefónica: Construcción comúnmente metálica, emplazada por lo general 
sobre soportes, con acceso y ventilación, para permitir la ejecución de trabajos 
inherentes, y con cierre hermético. 
Puente: Unión metálica de alta conductibilidad intercalada entre dos tramos de un 
conductor. 
Fusible: Elemento metálico, desnudo o protegido, de fusión calibrada, que se 
intercala en serie con un conductor, para limitar los efectos de un cortocircuito o de una 
sobrecarga de¡ mismo. 
Masa aislante de relleno: Mezcla de hidrocarburos sólidos o de tipo sintético 
colables o en frío (resinas o asfaltos) de alta rigidez y adecuada temperatura de fusión 
utilizada para llenar las cajas de unión, terminales y otros accesorios de cables.
Manguito de plomo: Caja de plomo que, mediante soldadura, asegura 
herméticamente la continuidad metálica de las vainas de dos trozos consecutivos de un 
cable. los manguitos se aplican, generalmente en los cables bajo plomo, colocados en 
conductos y en ese caso se ubican en las cámaras para cables. Los cables armados que 
se colocan directamente en el suelo necesitan cajas para sus uniones, pero esto, no 
excluye que para altas tensiones se coloquen manguitos dentro de las cajas de unión, 
tanto para obtener la continuidad hermética necesaria para los cables en aceite, como 
para asegurar la continuidad eléctrica de la vaina, requerida para conducir una eventual 
corriente de cortocircuito hacia tierra. 
Art. 7. - CARACTERISTICAS DE CONSTRUCCION DE LAS CAMARAS 
SUBTERRANEAS 
Cámara de transformación: la construcción de una cámara subterránea de 
transformación deberá reunir las siguientes condiciones: 
a) Ser impermeable, es decir que debe tener una capa aislante tan eficaz que impida 
la penetración de la humedad del suelo a la cámara. 
b) Ser de construcción suficientemente sólida como para resistir la presión de la 
vereda o de la calzada, con los pesos adicionales casuales. 
c) Estar provista de una ventilación adecuada. 
d) Tener una tapa hermética que impida la entrada de agua a su interior, en el caso 
de que la vereda o calzada debajo de la cual esté construida, llegara a inundarse. 
e) Estar provista con una o más aberturas y escalera adecuadas, que permitan el 
fácil acceso a la misma, cuando sea necesario inspeccionar sus instalaciones. 
Cámara de inspección: Esta cámara se construirá de hormigón armado o 
mampostería y reunirá condiciones similares a las especificadas para las cámaras de 
transformación. 
Cámara para cables: Será una construcción subterránea de mampostería u 
hormigón, de fácil acceso y bien ventilada. Cumplirá además, requisitos similares a los 
establecidos para las cámaras de transformación. 
Cámara telefónica: Será una construcción subterránea de mampostería u 
hormigón, fácilmente accesible y dotada de buena Ventilación. Seguirá los lineamientos 
generales indicados para la construcción de cámaras subterráneas de transformación. 
Art. 8. - APERTURA DE ZANJAS 
Para líneas cuyos cables se colocan directamente en el suelo, las profundidades 
mínimas a que deberán estar los mismos serán las indicadas en la Tabla 1. 
Entre las superficies exteriores de los cables colocados en una misma zanja debe 
mantenerse una distancia mínima en cualquier dirección (vertical, horizontal, etc.,), de
0,20 m ó 0,30 m, según se trate de cables de B.T. y auxiliares o de mayor tensión (M.T. 
y A.T.). Excluidos cables unipolares en colocación en trébol. 
Las profundidades establecidas se refieren al punto más alto del cable con su 
elemento de protección (caño, canaleta, etc.). 
TABLA 1 
Profundidades de colocación de los cables bajo nivel 
CARACTERÍSTICAS VEREDA 
m 
CALZADA 
(cruces) 
m 
Cables para B.T. telefónicos y auxiliares 
Cables para M.T. 
Cables para A.T. 132 Kv. 
Cables para A.T. 220 Kv 
0,7 
1 
1,30 
1,5 
1,0 
1,10 
1,40 
1,60 
Las diferentes profundidades de colocación del cable, en la vereda y en los cruces 
de las calzadas, exige la intercalación de trechos inclinados de pendiente suficientemente 
suave para no perjudicar al cable. 
Cuando las zanjas pasen a menos de dos metros de un árbol, se interrumpirá la 
excavación sobre una longitud mínima de un metro frente al mismo, cavando esta parte 
en túnel, para evitar que la estabilidad del árbol resulte afectada. Las zanjas para cables. 
de energía, se trazarán de tal modo que los cables se encuentren a una distancia mínima 
de 0,50 m de los postes, puntales, vientos (riendas), etc., de líneas aéreas. 
Art. 9. - PRECAUCIONES REFERENTES AL TRANSITO 
Durante la ejecución de los trabajos a que se refiere el artículo anterior, en los 
lugares correspondientes a las entradas de personas y/o vehículos se adoptarán las 
disposiciones necesarias con el fin de que el tránsito de los mismos no sea entorpecido. 
Cuando no sea posible o conveniente evitar la zanja abierta o utilizar un túnel se colocará 
un puente de tablas o tablones de seguridad y resistencia adecuadas. 
.Las zanjas abiertas se cubrirán, fuera de las horas de labor, con tablones. 
En las zanjas abiertas en la calzada (cruces de calles, caminos, etc.) se colocarán 
banderitas rojas durante el día y faroles de luz roja durante la noche. Estos faroles 
deberán ser visibles desde una distancia prudencial, para llamar la atención de los 
conductores de vehículos. 
Art. 10. - PROTECCION MECANICA DE LOS CABLES 
Los cables colocados directamente en el suelo deberán protegerse recubriéndolos 
con ladrillos, chapas, canaletas de hormigón, fibrocemento, arcilla vitrificada, etc., o 
hierro perfilado, con el fin de evitar deterioros al efectuarse trabajos de renovación de los 
postes, puntales, etc., que implican excavaciones en el terreno. 
Para los cruces y casos especiales se permitirá colocar los cables en caños. 
En la Tabla II se dan los diámetros mínimos de los caños protectores.
Las uniones de los caños no metálicos se harán con mortero de cemento, cuidando 
su alineación y centrado, evitando rebabas que obstaculicen el pasaje ulterior de los 
cables. Los caños colocados por perforación, que se utilizan para la protección mecánica 
de los cables en ciertos cruces (de calles, caminos o vías ferroviarias) después de la 
introducción de los cables se obturarán herméticamente en ambos extremos con brea o 
asfalto para impedir la entrada de agua o tierra en el interior del caño. 
A los cables colocados directamente en el suelo en los tramos en que se utiliza 
"zanja abierta" se los proveerá de una protección mecánica que según la clase del cable, 
será de uno de los tipos siguientes: 
PARA CABLES DE ALTA TENSION 
a) El cable que se coloca directamente en el suelo, se cubrirá con canaletas de 
hormigón procedentes de fábrica, de dimensiones adecuadas para el mismo. 
Siendo cable armado puede también ser protegido con una hilada de ladrillos de 
plano adosados en forma continua con su eje mayor perpendicular al eje del 
cable. 
b) Donde el subsuelo lo permita y las circunstancias lo aconsejen, puede adoptarse 
con ventaja el sistema de protección del cable con canaletas moldeadas sobre el 
mismo, cubriéndolo para ello, en primer término, con papel bituminoso y luego 
con bolsitas de arpillera, rellenadas con una mezcla de cemento y arena que 
luego se humedece. 
Tanto al emplearse canaletas procedentes de fábrica o las moldeadas sobre el cable, 
debe cuidarse que haya entre dos elementos subsiguientes un traslapado conveniente o 
perfecta adyacencia, para evitar la existencia de puntos débiles sin la debida protección. 
PARA CABLES DE BAJA TENSION Y TELEFONICOS 
Los cables de B.T., telefónicos y auxiliares, se recubrirán, en todo su recorrido, 
con una hilada de ladrillos de plano adosados en forma continua, con su eje mayor 
perpendicular al eje del cable. 
Los cables telefónicos colocados en la misma zanja que los de energía, deberán 
estar protegidos contra posibles cortocircuitos en la línea de energía, mediante chapas de 
cemento armado que los separen, cuando la distancia entre los mismos sea menor que la 
especificada en el art. 8.
Art. 11. - CONDICIONES GENERALES PARA EFECTUAR CRUCES 
FERROVIARIOS 
Se observará lo establecido en el Reglamento de la Dirección General de 
Transportes (M.O.P.) respecto a las líneas eléctricas que cruzan o corren paralelas a las 
vías férreas. 
Art. 12. - COLOCACION DE LOS -CABLES 
Al colocar los cables, deberán tomarse las precauciones necesarias para evitar 
excesivos esfuerzos de tracción y flexión, que podrían dañarlos. Con ese fin se 
eliminarán, dentro de lo posible los rozamientos y las desviaciones bruscas. 
Al efectuar una curva o bien al desviar el cable hacia el lugar de su introducción en 
la cañería o zanja abierta, se observarán los siguientes radios mínimos de curvatura: 
a) Para cables auxiliares, telefónicos y de energía de B.T. el radio mínimo de 
curvatura será 15 veces el diámetro exterior del cable 
b) Para cables de energía de M.T. ese radio será 15 veces al diámetro exterior del 
cable. 
c) Para cables de energía de A.T. ese radio será 20 veces el diámetro de la vaina de 
plomo. 
El cable tendido en la zanja no deberá presentar curvas bruscas, ni discontinuidades 
en su profundidad desde el nivel. En los lugares de unión se colocará el cable a ambos 
lados de la caja de unión en forma de S. para ofrecer la flexibilidad necesaria si el terreno 
sufriese algún movimiento, evitando as! una concentración de¡ esfuerzo en la caja de 
unión (empalme). 
Igualmente se formará una S en los cruces donde este exceso de la longitud del 
cable pueda facilitar el trabajo, en el caso de un traslado futuro, sin tener que recurrir al 
seccionamiento. 
Por análoga razón, se recomienda evitar la excesiva alineación y tendido de un 
cable al terminar de colocarlo. 
Art. 13. - CONEXION CON TIERRA 
GENERALIDADES: 
Ningún sistema para transporte de energía podrá, en servicio normal, usar la tierra 
como conductor. Se puede conectar con tierra:
a) El neutro de un sistema de corriente continua únicamente en las centrales y/o 
subestaciones. 
b) El neutro de un sistema trifásico de cualquier tensión. 
c) Una fase de un sistema trifásico, cuando la tensión entre fases sea igual o 
inferior a 250 V. 
En los circuitos de corriente alterna de tensiones superiores a 1.000 V que tengan 
el neutro conectado directamente con tierra, las instalaciones estarán provistas de 
dispositivos, que impidan la producción de arcos, con lo cual se evita la propagación de 
ondas transitorias, que puedan provocar la puesta a tierra simultánea de otro conductor. 
Estos dispositivos pueden ser resistencias o inductancias de conexión con tierra, o 
cualquier otro elemento que interrumpa el circuito accidentalmente conectado con tierra, 
sea por medio de relevadores de sobrecarga, relevadores a tierra, etc. 
Art. 14. EJECUCION DE LA CONEXION CON TIERRA 
Para tensiones iguales o superiores a 33.000 V se recomienda conectar con tierra 
cada 1.000 metros, aproximadamente, las vainas de plomo y la coraza de los cables 
(siempre en correspondencia con un empalme) si el cable es del tipo multifilar, lo que 
implica que su armadura encierra un circuito completo. En el caso de cables unifilares, 
se recomienda efectuar la conexión de las vainas y las corazas entre si y con tierra cada 
500 metros. 
Los conductores para la conexión con tierra, tendrán dimensiones adecuadas para 
conducir la mayor intensidad de corriente posible a tierra y no se ejecutarán con 
secciones menores de 25 mm2 para conductores de cobre y de 100 mm2 para 
conductores de hierro galvanizado o emplomado. Las uniones de los conductores a tierra 
con las partes a conectarse con tierra, se ejecutarán mediante estañado, y estos puntos se 
protegerán finalmente por medio de pintura u. otros medios que Impidan la destrucción 
de la unión por corrosiones electrolíticas. 
Un sistema permanente de conexión con tierra se considerará eficiente cuando la 
resistencia total contra tierra no exceda de 2. Puede estar provisto además con 
dispositivos que separen del circuito, automática a instantáneamente, cualquier parte que 
esté en contacto con tierra. 
Art. 15. - PREVENCION DE PERTURBACIONES CAUSADAS EN LAS 
LINEAS DE TELECOMUNICACION POR CABLES DE ENERGIA 
CERCANOS 
1) En líneas eléctricas: 
Con el fin de que los circuitos de energía formados por cables subterráneos no 
produzcan perturbaciones en cables cercanos de telecomunicación, las instalaciones 
respectivas deberán ajustarse a las siguientes disposiciones: 
a) Toda máquina rotativa o estática, que forme parte de una instalación de 
corriente alterna, debe tener curvas de tensión prácticamente sinusoidales tanto
para la marcha en vacío como a cualquier carga, ya sea entre las fases como 
entre fases y punto neutro. Se considera como prácticamente sinusoidal toda 
forma de curva de tensión cuyo coeficiente de deformación sea inferior a 10 %, 
tal como se define a continuación: el coeficiente de deformación de. una curva 
está determinado por la relación entre el valor -máximo de las diferencias de las 
ordenadas mayor de ésta. La sinusoide equivalente de una curva de forma dada 
es aquella que tiene su mismo valor eficaz. 
b) Para las máquinas de corriente continua instaladas en forma fija, con excepción 
de las conmutatrices y los rectificadores de mercurio, la variación máxima de la 
curva de tensión con respecto al valor promedio no deberá excederse de 3 %. 
Para los motores de corriente alterna a colector, así como para los motores 
auxiliares de los vehículos eléctricos en general, se evitarán en lo posible las 
armónicas superiores producidas por la conmutación en los colectores. En las 
instalaciones en que se convierte la corriente alterna en continua, por medio de 
conmutatrices rotativas o rectificadores de vapor de mercurio, se tomarán 
medidas especiales para reducir la amplitud de las ondas alternas superpuestas a 
la corriente continua, instalando filtros adecuados, si ello fuese necesario. 
Las instalaciones de tracción eléctrica en que se utiliza el riel como conductor, 
deberán cumplir con los requisitos establecidos en las Normas de la Comisión 
Permanente de Electrólisis. 
En las redes polifásicas deberá repartirse la carga por igual entre las distintas 
fases, admitiéndose en alimentadores y líneas, principales un desee equilibrio de 
15 %. Para que la distorsión de las ondas de tensión y corriente de los 
transformadores resulte mínima, la corriente. de excitación en vacío, de 
cualquier transformador individual bajo tensión sinusoidal, medida a la 
frecuencia y tensión nominales, no debe ser superior al 10 % de la corriente 
nominal de plena carga. 
Un transformador con una corriente de excitación igual o menor de 0,2 A es 
aceptable a pesar de los limites arriba fijados. 
En los transformadores, la tensión aplicada no deberá exceder del 10 % del 
valor de la tensión nominal, incluso en su borne de tensión más alta. 
Los transformadores o grupos de transformadores, no podrán ser conectados 
con tierra en los puntos de sus arrollamientos que produzcan un desequilibrio en 
la línea contra tierra. 
En caso de desequilibrio o interferencia causada por terceras armónicas 
producidas por transformadores o autotransformadores conectados con un 
circuito trifásico de una línea y con conexión a tierra, dichos aparatos deberán 
estar provistos de arrollamientos secundarios o terciarios de impedancia baja, 
conectados en triángulo, o de otros dispositivos equivalentes para la supresión 
de las terceras armónicas. Los transformadores monofásicos que integran un 
grupo de transformadores con conexión con tierra, deberán ser iguales con 
respecto a todas sus características eléctricas, con el objeto de no desequilibrar 
los circuitos. 
2) En líneas de telecomunicaciones: 
En caso de existir perturbaciones antes de efectuar el reclamo deberá averiguarse si 
las líneas de telecomunicación llenan las siguientes condiciones: 
a) Todo montaje o circuito asimétrico con respecto a tierra que impida una 
conexión con tierra directa y simétrica, deberá conectarse a la línea telefónica
por intermedio de un transformador adecuado para mantener la simetría de la 
línea. 
b) En el caso de líneas pupinizadas, no se permitirá conectar con tierra el punto 
medio de arrollamiento exterior del transformador, sin intercalar una resistencia. 
c) Los dos conductores de un circuito de telecomunicación, deberán ser del mismo 
metal y calibre de cada trecho. 
d) La perditancia de cada conductor del circuito, deberá ser, en lo -posible, del 
mismo orden y lo más pequeña que pueda lograrse. 
e) La simetría de las constantes eléctricas de los conductores de, los circuitos 
telefónicos con respecto a tierra, debe ser tan perfecta como sea practicable. El 
equilibrio de un circuito se considerará suficiente, cuando el cociente resultante 
entre la diferencia de las impedancias de cada rama a tierra, medidas en 
cualquiera de las extremidades del circuito y la semisuma de las mismas, 
equivalga a lo sumo, al uno por ciento. 
Art. 16. - INSTALACION DE ACCESORIOS 
1) Caja de unión (empalme derecho o recto). 
La caja de unión se emplea normalmente para establecer la continuidad conductora 
de dos tramos consecutivos de cables de una línea subterránea. No contiene ningún 
elemento de separación (puentes o cuchillas) ni tampoco de protección (fusibles, etc.). 
Como elementos de unión se utilizarán manguitos o bornes con o sin tornillo, 
efectuándose la unión mediante soldadura y/o presión con tornillos o por identación. 
Una vez establecidas sólidamente las uniones entre conductores se deberá 
encintarlas, en el caso de cables de M.T. y A.T. 
Para cables de A.T. se recomienda la colocación de un manguito de plomo y otro 
metal que se soldará a las vainas a unirse en forma tal que quede asegurada la 
hermeticidad así como la continuidad metálica. La colocación de este manguito metálico 
es también recomendable para cables de M.T. colocados en suelos anegadizos. 
Cumplidas las operaciones anteriores se procederá, cualquiera sea el tipo de cable, 
al relleno de las cajas con masa aislante de características físicas y rigidez dielétríca 
adecuadas al régimen de trabajo del cable. 
2) Caja de derivación (empalme T). 
Estas cajas se emplean normalmente para establecer la unión entre un cable 
principal y otro derivado del mismo. Rigen para ellas las mismas normas establecidas 
para la caja de unión. 
3) Caja de distribución (caja esquinera). 
Cuando se debe derivar más de un ramal, se utiliza una caja de distribución. El 
interior de ésta ofrece el espacio necesario para efectuar las uniones y derivaciones as!
como la colocación de fusibles y a veces también de separadores. Su construcción debe 
ser lo suficientemente amplia para permitir maniobras de separación o corrección de los 
puentes, fusibles o separadores. Además, su estructura debe ser tal, que impida la 
entrada de agua en el interior de la caja. 
4) Caja terminal. 
Las cajas terminales se colocan en los extremos de un cable. En estos extremos, 
dentro o fuera de las cajas, se conectan los conductores de¡ cable con los conductores 
externos al mismo. Estos puntos de salida se equipan siempre con aisladores que serán 
de porcelana para los de alta y mediana tensión, mientras que para los de baja tensión 
pueden utilizarse bujes tipo tapón, de¡ mismo u otro material aislante apropiado. 
Las cajas terminales se rellenan con masa aislante. Si son metálicas deben 
conectarse a la vaina del cable. 
Existen dos tipos de cajas terminales; el tipo interior y el tipo intemperie. Estas 
últimas se diferencian del tipo interior en que poseen una protección contra la entrada de 
agua de lluvia y contra la acción de los demás agentes atmosféricos que las hace aptas 
para la colocación a la intemperie. 
Art. 17. - CONDICIONES GENERALES PARA EL ENSAYO DE CABLES DE 
ENERGIA ELECTRICA 
1) GENERALIDADES. 
Las especificaciones que siguen se refieren a cables de energía y sus auxiliares ya 
instalados. Mientras no se exprese lo contrario, corresponden a cables nuevos, es decir, 
a cables que no han estado nunca en servicio. 
Para los cables de B.T. en general, no es de rigor la prueba de rigidez dieléctrica 
una vez instalados, prueba, que, en cambio, debe exigirse para los cables de A.T. y M.T. 
2) Oportunidades en que se efectúa el ensayo de rigidez dieléctrica. 
Además de los cables nuevos, cuya colocación y montaje han sido terminados, a 
los que se prueba por seguridad antes de su puesta en servicio, el ensayo de rigidez 
dieléctrica se efectúa también con el cable que ha sido objeto de una reparación o que 
presenta en su funcionamiento alguna anormalidad. 
3) Ensayos de cables que hayan estado en servicio. 
Cuando un cable ha estado en servicio durante varios años, los valores de la 
tensión a aplicarse y la duración del ensayo deben ser menores que para el mismo cable 
cuando nuevo. Las tensiones especificadas para cables nuevos se reducen hasta un 20 % 
y los intervalos de aplicación en un 50 %. 
4) Condiciones para el ensayo de rigidez dieléctrica. 
Mientras el ensayo de los cables en la fábrica se hace casi sin excepción con tensión 
alterna, el ensayo de los cables colocados puede hacerse con tensión alterna o continua,
pero este último es el único que proporciona resultados fehacientes cuando la longitud 
del mismo (su capacidad) es apreciable. 
En caso de utilizar tensión alterna, la forma de su onda debe aproximarse en lo 
posible a la sinusoidal, no pudiendo excederse del 10 % sus diferencias con la misma. 
Para el ensayo con tensión continua, ésta se obtiene generalmente. por rectificación de la 
tensión alterna, mediante un equipo elevador-transformador-rectificador (a válvulas 
temiónicas), regulable en forma continua (defasador de inducción) o escalonada 
(variando el número de espiras del transformador). La fuente de tensión y el equipo 
elevador-rectificador o, en general, el de prueba, serán de potencia suficiente como para 
satisfacer ampliamente las exigencias de la instalación durante el ensayo. La frecuencia 
de la tensión alterna será la normal de la red, en la mayoría de los casos de 50 a 60 Hz. 
5) Ejecución del ensayo de rigidez dieléctrica. 
En la Tabla III se especifican las condiciones en que debe ser efectuada la prueba 
de tensión de los cables subterráneos de mediana y alta tensión, una vez terminada su 
colocación y montaje y antes de ser puestos en servicio. 
Art. 18 CONDICIONES GENERALES PARA LOS ENSAYOS DE CABLES 
TELEFONICOS 
1) Ensayos de aislación. 
Los ensayos para determinar la resistencia de aislación se efectuarán con una 
tensión igual o mayor de 250 V y hasta 500 V en cambio, cuando los ensayos
respectivos de los cables nuevos no colocados, se hayan realizado con 500 V, se aplicará 
la misma tensión a la línea colocada. 
La resistencia de aislación entre cada uno de los conductores y el conjunto de 
todos los restantes y la vaina, no deberá ser inferior a 100 M2/Km después de 
electrizarlo durante un minuto con la tensión de ensayo a una temperatura no inferior a 
10° C. 
Las lecturas del galvanómetro durante el ensayo deberán indicar una electrización 
constante. 
2) Ensayos de capacidad electrostática. 
La capacidad electrostática de un par de un cable telefónico puede considerarse, 
término medio de 0,44 F/Km. 
El ensayo se realizará cuando el cable tengan una temperatura no inferior a 10° C, 
pudiendo obtenerse el valor de la capacidad por cualquiera de los métodos siguientes: 
a) Comparación entre la carga del par ensayado y la carga de un condensador de 
capacidad conocida. Las cargas se medirán con un galvanómetro balística. 
b) Por puente de capacidad a -una frecuencia de 796 a 1.000 Hz. 
c) Por determinación de las constantes primarias del cable por medio del puente de 
impedancia, a una frecuencia de 796 a 1.000 Hz, efectuando las medidas con el 
extremo distante en circuito abierto y en cortocircuito. 
Nota: Los métodos a y b no tienen en cuenta la inductancia del par, mientras que el 
método c la considera.

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  • 1. REGLAMENTACION PARA LINEAS ELECTRICAS EXTERIORES EN GENERAL 351.82 621.351 [(062) (82)] EDICION ACTUALIZADA Aprobada el 30 de, agosto de 1971 ASOCIACION ELECTROTECNICA ARGENTINA POSADAS 1659 - BUENOS AIRES 1 9 7 6 S U M A R I 0 Art. 1 -Objeto.................................................................................................... 5 Art. 2. -Alcance................................................................................................. 5 Art. 3. - Definiciones: Generalidades.................................................................. 5 Art. 4. - Características de construcción de los cables para líneas subterráneas..... 7 Art. 5. - Condiciones generales para la instalación de líneas subterráneas............. 8 Art. 6. - Características de los elementos y accesorios empleados en la instalación de líneas subterráneas............................................................. 9 Art. 7. - Características de construcción de las cámaras subterráneas.................... 10 Art. 8. - Apertura de zanjas................................................................................. 10 Art. 9. - Precauciones referentes al tránsito.......................................................... 11 Art. 10. - Protección mecánica de los cables........................................................ 11
  • 2. Para cables de alta tensión................................................................... 12 Para cables de baja tensión y telefónicos.............................................. 12 Art. 11. - Condiciones generales para efectuar cruces ferroviarios........................ 12 Art. 12. - Colocación de los cables...................................................................... 12 Art. 13. - Conexión con tierra: Generalidades...................................................... 13 Art. 14. - Ejecución de la conexión con tierra...................................................... 13 Art. 15. - Prevención de perturbaciones causadas en las líneas de telecomuni-cación por cables de energía cercanos:................................................. 14 1) En líneas eléctricas.......................................................................... 14 2) En líneas de telecomunicaciones...................................................... 15 Art. 16. - Instalación de, accesorios:.................................................................... 15 1) Caja de unión (empalme derecho o recto)............................................. 15 2) Caja de derivación (empalme T).......................................................... 15 3) Caja de distribución (caja esquinera).................................................... 16 4) Caja terminal....................................................................................... 16 Art. 17. - Condiciones generales para el ensayo de cables de energía eléctrica....... 17 Art. 18. - Condiciones generales para los ensayos de cables telefónicos................ 18 1) Ensayos de aislación............................................................................ 18 2) Ensayos de capacidad electrostática...................................................... 18 Reglamentación para Líneas eléctricas exteriores en general II Parte - LINEAS SUBTERRANEAS Art. 1. - OBJETO Esta reglamentación establece las condiciones generales que deberán llenar las distintas clases de líneas eléctricas subterráneas, y tiene por objeto: a) Fijar las prescripciones generales, referentes a la construcción de líneas eléctricas exteriores subterráneas, pertenecientes a distintas empresas o entidades y que se hallen ocasionalmente en una misma zona de utilización (colocadas en la misma vereda o calle) o que, siendo de la misma entidad, pertenezcan a distinta clase, de acuerdo con lo expuesto más adelante. b) Considerar las relaciones entre las distintas Líneas eléctricas y sus condiciones de funcionamiento, con el fin de evitar perturbaciones o daños en las mismas o en los servicios respectivos.
  • 3. c) Determinar las reglas generales que deberán observarse, cuando los cables se cruzan o corren paralelamente, como también en el caso de emplazamiento de diferentes líneas en una misma zona (en la misma vereda). d) Fijar análogamente las disposiciones a observar, cuando ¡os cables crucen o sean paralelos a otras instalaciones, como cañerías de gas, agua corriente, etc. Esta reglamentación no incluye los casos de distribuciones en el interior de edificios, los cruces de distintas clases de líneas exteriores, con zonas ferroviarias. Art. 2. - ALCANCE Se refiere a instalaciones nuevas y al entrar en vigencia, regirá también para las instalaciones ya existentes, en los siguientes casos: a) Que ofrezcan peligro inmediato. b) Que causen perturbaciones importantes en el servicio. c) Que deban ser sometidas a ampliaciones, reparaciones o traslados importantes, salvo que ello exija cambios fundamentales en las instalaciones. Art. 3. - DEFINICIONES GENERALIDADES Los términos y expresiones de carácter general, definidos a continuación, se han considerado únicamente desde el punto de vista relacionado con la presente reglamentación. Central: Conjunto de maquinarias, instalaciones y edificios destinados a la generación de energía eléctrica, incluso su eventual transformación, rectificación, conversión a la corriente y a la tensión de las líneas salientes. Atendida o vigilada por personal estable o controlada por instalaciones automáticas. Subestación: Conjunto de maquinarias, instalaciones y edificios para la conversión, rectificación, y/o transformación de la corriente destinada a alimentar la red eléctrica o parte de la misma. Puede ser atendida o vigilada por personal estable o controlada por instalaciones automáticas. Puesto o cámara de transformación: Conjunto de transformadores, instalaciones y construcciones destinado a la transformación de la corriente, a la tensión de consumo, sin que sea atendido por personal estable, pero sujeto a revisaciones periódicas. Un puesto o cámara de transformación puede ser subterráneo, a nivel o sobre postes. Las cámaras subterráneas pueden construirse también debajo de la vereda o calzada. Cámara de inspección: Local subterráneo o a nivel, en el cual se instalan llaves, cuchillas, seccionadores, fusibles y otros accesorios de líneas subterráneas. En la cámara de inspección no se. instalará ninguna máquina. Cámara para cables: Local subterráneo accesible, destinado a la introducción de los cables en conductos y también a la ejecución de uniones o empalmes.
  • 4. Conducto para cables: Tubería destinada a la colocación, protección y eventual reemplazo de uno o varios cables. Su construcción será de material de resistencia mecánica y duración adecuadas. Cámara telefónica: Construcción subterránea de mampostería u hormigón, fácilmente accesible y destinada a la introducción de los cables en los conductos, a la ejecución de uniones o empalmes y también a trabajos de verificación. Caja telefónica: Construcción comúnmente metálica, en general colocada sobre soportes. Se utiliza en la ejecución de empalmes y derivaciones y para tareas de control. Línea subterránea: Uno o varios cables subterráneos e inclusive eventuales auxiliares de igual recorrido y con el mismo fin, con sus correspondientes elementos de unión, protección, apoyo y control, que forman una instalación completa. Cable aislado: Conductor formado por uno o varios alambres, en este caso retorcidos, o bien, un conjunto de conductores, aislados entre sí y dentro de una envoltura común. Cable subterráneo: Cable aislado apto para su construcción o por el sistema de protección adoptado en su instalación para cumplir con las exigencias particulares que resultan de estar colocado bajo el nivel M suelo. Estas exigencias son las siguientes: a) Resistencia mecánica contra daños accidentales por golpes de patas, picos, etc. b) Protección contra daños mecánicos durante su colocación. c) Rigidez dieléctrica adecuada. d) Resistencia a la acción de los agentes químicos del subsuelo. e) Protección de sus corazas metálicas, si es que las tienen y de su vaina contra las corrientes vagabundas. f) Protección contra campos magnéticos ajenos, para los cables de telecomunicación, etc. Circuito: Conjunto de, conductores y aparatos, expresamente instalados, por los cuales puede circular una corriente. Circuitos de baja tensión *: a) Los circuitos cuya tensión no excede de 600 V entre cualquier conductor activo y tierra. b) Los que tengan su punto neutro conectado con tierra y cuando la tensión entre cualquiera de los conductores activos, resulte inferior o igual a 1.000 V. Circuitos de mediana tensión *: Los circuitos cuya tensión excede los limites de los de baja tensión y no es mayor de 36 KV. entre cualquiera de los conductores activos. Circuitos de alta tensión *: Los circuitos cuya tensión excede los límite de los de mediana tensión.
  • 5. * NOTA: Los límites de tensión consignados en estas normas se refieren, salvo indicación contraria, a la diferencia de potencial efectiva entre cualquier conductor activo, o fase y tierra. Toma de tierra: Cuerpo conductor metálico, conectado a la placa de tierra. Tierra: Masa conductora de la tierra o conductor unido a ella por impedancia muy pequeña. Para las mediciones se atribuye al punto conectado a ella que debe estar libre de las influencias de las corrientes vagabundas el potencial cero. Placa de tierra: Cuerpo conductor, en íntimo contacto con el terreno, que permite el paso de la corriente a tierra. Conductor a tierra: Conductor o sistema de conductores conectados con una toma de tierra. Resistencia de tierra: Resistencia entre un conductor conectado con tierra y la masa de la tierra. Punto neutro: Punto de un sistema eléctrico simétrico que, si éste se halla igualmente cargado, tiene potencial cero. A menudo se conecta directamente con tierra. Conductor neutro: Conductor o sistema de conductores conectados al punto neutro. Tensión: Diferencia entre los potenciales efectivos más elevados de dos conductores cualesquiera de un circuito, o entre cualquier conductor y tierra. Paralelismo: Ubicación relativa de un circuito para el transporte o distribución de energía eléctrica con respecto a otro para telecomunicaciones, que siguen la misma ruta, y que se encuentran próximos uno a otro en un trecho suficiente como para que el primer circuito pueda producir interferencia inductiva en el segundo. Transposición: Intercambio de la posición relativa de los conductores de un circuito en tramas sucesivos. Equilibrio: simetría ideal en un punto dado tanto en la disposición de los circuitos como en la de las tensiones a tierra y las intensidades de los distintos conductores. Un circuito se considerará equilibrado cuando tanto las intensidades que circulan por los conductores activos como las tensiones a tierra sean iguales y la suma de los vectores correspondientes sea igual a cero. Residuo o desequilibrio: Tensión o intensidad resultante de un circuito fuera de equilibrio. Discontinuidad: Alteración importante en las condiciones físicas o eléctricas de los circuitos, como ser: cambio de material o sección de los conductores, ramificaciones, impedancias en serie o paralelo, cambio de configuración de las líneas, cambio en la separación de los diversos circuitos de la clase a y b, o cambio en su posición relativa a tierra, excepción hecha de las transposiciones.
  • 6. Art. 4. - CARACTERISTICAS DE CONSTRUCCION DE LOS CABLES PARA LINEAS SUBTERRANEAS Los cables que se utilizan en las instalaciones de líneas subterráneas, son de construcción variada según la aplicación a que se los destina. Las características principales de fabricación son: Cable unifilar: Cable con un solo conductor. Cable bifilar: Cable con dos conductores, aislados entre sí, y situados dentro de una envoltura común. Cable trífilar, tetrafilar, multifilar: Cable con tres, cuatro o más conductores, respectivamente, aislados entre si, y situados dentro de una envoltura común. Cable armado: Cable, ordinariamente con una o varias vainas (una para cada conductor), que lleva un revestimiento de yute o de material termoplástico y aislante y sobre él, una armadura de acero constituida por una o varias envolturas de alambres redondos, planos perfilados o de dos cintas traslapadas. Sobre la armadura se aplica un revestimiento formado por una capa de yute. Revestimiento termoplástico de la vaina de cables armados: Capa formada por papel, yute. o material termoplástico impregnado que protege mecánicamente la vaina durante la colocación de la armadura y durante la instalación del cable, y que ¡o protege además químicamente contra corrosiones, cuando la vaina es de plomo u otro metal distinto del de la armadura. Cable con aislación de superficie metalizada: (Cable con pantalla electrostática): Cable con dialéctico estratificado, cuya superficie exterior está cubierta de una lámina fina de aluminio u otro metal con el fin de obtener un campo eléctrico radial (es decir, cuyas líneas de fuerza sean normales a las superficies de estratificación, evitando así toda componente tangencial a las mismas). .En los cables que poseen una vaina por cada conductor, la metalización tiene por objeto anular el campo eléctrico en los intersticios de vacío parcial que pueden formarse entre el dieléctrico y la vaina, por diferencias de la dilatación o deformación de la misma, impidiendo as! todo principio de ionización. Cable en aceite: Cable (generalmente unifilar) cuyo conductor se compone de alambres colocados en disposición concéntrico, ofreciendo un espacio central para la introducción de aceite aislante, que se mantiene permanentemente bajo presión. El uso del aceite tiene por objeto llenar el espacio libre entre los conductores y el dieléctrico que circunda al conductor. Cable concéntrico: Cable multifilar, cuyos conductores están limitados por superficies cilíndricas coaxiles. Cable no concéntrico: Cable multifilar, cuyos conductores están limitados por superficies cilíndricas o prismáticas no coaxiles.
  • 7. Art. 5 - CONDICIONES GENERALES PARA LA INSTALACION DE LINEAS SUBTERRANEAS a) Condiciones generales para el trazado: Las líneas subterráneas deberán trazarse de tal modo que las perturbaciones que puedan ocasionar su construcción y mantenimiento resulten mínimas y que no afecten la conservación de otras instalaciones existentes en el suelo. Preferentemente, las zanjas no se abrirán en las calzadas, sino en las veredas de las calles. Además, al trazarlas, se tratará de evitar que queden cerca de canalizaciones subterráneas, vías férreas y de todos los sistemas subterráneos de suministro y drenaje, como desagües, cañerías de gas o agua u otras redes eléctricas subterráneas. En los casos en que resulte indispensable tal acercamiento, paralelismo o cruce, se observarán las prescripciones establecidas para la protección mutua de estas instalaciones. Las excavaciones se realizarán en tal forma que no afecten la vitalidad de las plantas, estando prohibido cortar raíces gruesas. Si fuese inevitable retirar árboles, el costo de su reposición estará a cargo de la entidad o empresa que construya la línea subterránea. b) Condiciones generales referentes a la construcción de cables con respecto a su colocación: 1) Si el proyecto prevé la colocación de los cables directamente en el suelo, ellos serán del tipo armado. 2) Si los cables están destinados a la colocación en conductos, en canaletas cubiertas, en tubos u otros elementos aptos para proteger los cables mecánicamente, se podrá prescindir de la armadura, pero no de la vaina hermética, sea esta última de plomo o de material termoplástico. En galerías o túneles, en cambio, donde no exista la acción de los agentes químicos del subsuelo, es innecesario un revestimiento anticorrosivo y por lo tanto este se quitará entre los puntos de soporte, porque la colocación de muchos cables en un conducto, con un considerable volumen de aire hace recomendable la eliminación de materiales combustible que pueden agravar el peligro de propagación de un incendio local. 3) Unicamente en los casos excepcionales de líneas subterráneas relativamente cortas, que se coloquen en toda su longitud en túneles bien secos, donde queden excluidos tanto la condensación como la entrada de agua de otra procedencia y donde la instalación de los cables pueda efectuarse sin rozamiento apreciable, se podrá prescindir también de la vaina, si tiene un revestimiento aislante y perfectamente adherente. 4) En puentes donde no sea posible colocar cables en tierra (de la vereda) se los instalará en canaletas o caños. 5) Los cables que se instalan en minas, se considerarán como subterráneos, sólo en aquellos trechos en los cuales están colocados en el suelo o en conductos no metálicos que los hacen inaccesibles. En los demás tramos, donde el cable es accesible y donde la seguridad del personal exige disposiciones especiales, no bastará la observación de las especificaciones de este reglamento.
  • 8. Condiciones generales con respecto a la construcción de cables, según las características eléctricas de las líneas: En la construcción de las líneas para corriente alterna, se tomarán las precauciones necesarias, contra la generación de campos o tensiones inducidas en los elementos de protección o de colocación como también en otras instalaciones metálicas subterráneas. Por consiguiente, en las líneas para corriente alterna, cuando los cables que las componen son del tipo unifilar, se evitarán en absoluto las armaduras o conductos de material magnético. NOTA: En las redes de corriente continua para tracción, con el objeto de reducir a un mínimo los efectos perniciosos (calentamiento y corrosión) sobre las instalaciones metálicas del subsuelo, se adoptará para los alimentadores y sus retornos el mismo recorrido, distanciándolos en lo posible de las mismas. Art. 6.- CARACTERISTICAS DE LOS ELEMENTOS Y ACCESORIOS EMPLEADOS EN LA INSTALACION DE LINEAS SUBTERRANEAS Los accesorios y elementos utilizados en las líneas subterráneas deben reunir las características que a continuación se enumeran: Caja de distribución: (Caja esquinera): Caja metálica o de otro material equivalente, cuyo interior es fácilmente accesible, con el objeto de efectuar derivaciones o seccionarnientos (mediante fusibles o puentes) entre los diferentes cables subterráneos que concurren a la misma. Caja de unión: (Empalme derecho o recto): Caja metálica o de otro material en cuyo interior se unen dos tramos consecutivos de un cable subterráneo. Caja de derivación: (Empalme T): Caja metálica o de otro material en cuyo interior se une al cable subterráneo una derivación del mismo. Caja terminal: Caja metálica o de otro material que protege el punto de transición del cable subterráneo a la instalación aérea (interior o exterior). Caja telefónica: Construcción comúnmente metálica, emplazada por lo general sobre soportes, con acceso y ventilación, para permitir la ejecución de trabajos inherentes, y con cierre hermético. Puente: Unión metálica de alta conductibilidad intercalada entre dos tramos de un conductor. Fusible: Elemento metálico, desnudo o protegido, de fusión calibrada, que se intercala en serie con un conductor, para limitar los efectos de un cortocircuito o de una sobrecarga de¡ mismo. Masa aislante de relleno: Mezcla de hidrocarburos sólidos o de tipo sintético colables o en frío (resinas o asfaltos) de alta rigidez y adecuada temperatura de fusión utilizada para llenar las cajas de unión, terminales y otros accesorios de cables.
  • 9. Manguito de plomo: Caja de plomo que, mediante soldadura, asegura herméticamente la continuidad metálica de las vainas de dos trozos consecutivos de un cable. los manguitos se aplican, generalmente en los cables bajo plomo, colocados en conductos y en ese caso se ubican en las cámaras para cables. Los cables armados que se colocan directamente en el suelo necesitan cajas para sus uniones, pero esto, no excluye que para altas tensiones se coloquen manguitos dentro de las cajas de unión, tanto para obtener la continuidad hermética necesaria para los cables en aceite, como para asegurar la continuidad eléctrica de la vaina, requerida para conducir una eventual corriente de cortocircuito hacia tierra. Art. 7. - CARACTERISTICAS DE CONSTRUCCION DE LAS CAMARAS SUBTERRANEAS Cámara de transformación: la construcción de una cámara subterránea de transformación deberá reunir las siguientes condiciones: a) Ser impermeable, es decir que debe tener una capa aislante tan eficaz que impida la penetración de la humedad del suelo a la cámara. b) Ser de construcción suficientemente sólida como para resistir la presión de la vereda o de la calzada, con los pesos adicionales casuales. c) Estar provista de una ventilación adecuada. d) Tener una tapa hermética que impida la entrada de agua a su interior, en el caso de que la vereda o calzada debajo de la cual esté construida, llegara a inundarse. e) Estar provista con una o más aberturas y escalera adecuadas, que permitan el fácil acceso a la misma, cuando sea necesario inspeccionar sus instalaciones. Cámara de inspección: Esta cámara se construirá de hormigón armado o mampostería y reunirá condiciones similares a las especificadas para las cámaras de transformación. Cámara para cables: Será una construcción subterránea de mampostería u hormigón, de fácil acceso y bien ventilada. Cumplirá además, requisitos similares a los establecidos para las cámaras de transformación. Cámara telefónica: Será una construcción subterránea de mampostería u hormigón, fácilmente accesible y dotada de buena Ventilación. Seguirá los lineamientos generales indicados para la construcción de cámaras subterráneas de transformación. Art. 8. - APERTURA DE ZANJAS Para líneas cuyos cables se colocan directamente en el suelo, las profundidades mínimas a que deberán estar los mismos serán las indicadas en la Tabla 1. Entre las superficies exteriores de los cables colocados en una misma zanja debe mantenerse una distancia mínima en cualquier dirección (vertical, horizontal, etc.,), de
  • 10. 0,20 m ó 0,30 m, según se trate de cables de B.T. y auxiliares o de mayor tensión (M.T. y A.T.). Excluidos cables unipolares en colocación en trébol. Las profundidades establecidas se refieren al punto más alto del cable con su elemento de protección (caño, canaleta, etc.). TABLA 1 Profundidades de colocación de los cables bajo nivel CARACTERÍSTICAS VEREDA m CALZADA (cruces) m Cables para B.T. telefónicos y auxiliares Cables para M.T. Cables para A.T. 132 Kv. Cables para A.T. 220 Kv 0,7 1 1,30 1,5 1,0 1,10 1,40 1,60 Las diferentes profundidades de colocación del cable, en la vereda y en los cruces de las calzadas, exige la intercalación de trechos inclinados de pendiente suficientemente suave para no perjudicar al cable. Cuando las zanjas pasen a menos de dos metros de un árbol, se interrumpirá la excavación sobre una longitud mínima de un metro frente al mismo, cavando esta parte en túnel, para evitar que la estabilidad del árbol resulte afectada. Las zanjas para cables. de energía, se trazarán de tal modo que los cables se encuentren a una distancia mínima de 0,50 m de los postes, puntales, vientos (riendas), etc., de líneas aéreas. Art. 9. - PRECAUCIONES REFERENTES AL TRANSITO Durante la ejecución de los trabajos a que se refiere el artículo anterior, en los lugares correspondientes a las entradas de personas y/o vehículos se adoptarán las disposiciones necesarias con el fin de que el tránsito de los mismos no sea entorpecido. Cuando no sea posible o conveniente evitar la zanja abierta o utilizar un túnel se colocará un puente de tablas o tablones de seguridad y resistencia adecuadas. .Las zanjas abiertas se cubrirán, fuera de las horas de labor, con tablones. En las zanjas abiertas en la calzada (cruces de calles, caminos, etc.) se colocarán banderitas rojas durante el día y faroles de luz roja durante la noche. Estos faroles deberán ser visibles desde una distancia prudencial, para llamar la atención de los conductores de vehículos. Art. 10. - PROTECCION MECANICA DE LOS CABLES Los cables colocados directamente en el suelo deberán protegerse recubriéndolos con ladrillos, chapas, canaletas de hormigón, fibrocemento, arcilla vitrificada, etc., o hierro perfilado, con el fin de evitar deterioros al efectuarse trabajos de renovación de los postes, puntales, etc., que implican excavaciones en el terreno. Para los cruces y casos especiales se permitirá colocar los cables en caños. En la Tabla II se dan los diámetros mínimos de los caños protectores.
  • 11. Las uniones de los caños no metálicos se harán con mortero de cemento, cuidando su alineación y centrado, evitando rebabas que obstaculicen el pasaje ulterior de los cables. Los caños colocados por perforación, que se utilizan para la protección mecánica de los cables en ciertos cruces (de calles, caminos o vías ferroviarias) después de la introducción de los cables se obturarán herméticamente en ambos extremos con brea o asfalto para impedir la entrada de agua o tierra en el interior del caño. A los cables colocados directamente en el suelo en los tramos en que se utiliza "zanja abierta" se los proveerá de una protección mecánica que según la clase del cable, será de uno de los tipos siguientes: PARA CABLES DE ALTA TENSION a) El cable que se coloca directamente en el suelo, se cubrirá con canaletas de hormigón procedentes de fábrica, de dimensiones adecuadas para el mismo. Siendo cable armado puede también ser protegido con una hilada de ladrillos de plano adosados en forma continua con su eje mayor perpendicular al eje del cable. b) Donde el subsuelo lo permita y las circunstancias lo aconsejen, puede adoptarse con ventaja el sistema de protección del cable con canaletas moldeadas sobre el mismo, cubriéndolo para ello, en primer término, con papel bituminoso y luego con bolsitas de arpillera, rellenadas con una mezcla de cemento y arena que luego se humedece. Tanto al emplearse canaletas procedentes de fábrica o las moldeadas sobre el cable, debe cuidarse que haya entre dos elementos subsiguientes un traslapado conveniente o perfecta adyacencia, para evitar la existencia de puntos débiles sin la debida protección. PARA CABLES DE BAJA TENSION Y TELEFONICOS Los cables de B.T., telefónicos y auxiliares, se recubrirán, en todo su recorrido, con una hilada de ladrillos de plano adosados en forma continua, con su eje mayor perpendicular al eje del cable. Los cables telefónicos colocados en la misma zanja que los de energía, deberán estar protegidos contra posibles cortocircuitos en la línea de energía, mediante chapas de cemento armado que los separen, cuando la distancia entre los mismos sea menor que la especificada en el art. 8.
  • 12. Art. 11. - CONDICIONES GENERALES PARA EFECTUAR CRUCES FERROVIARIOS Se observará lo establecido en el Reglamento de la Dirección General de Transportes (M.O.P.) respecto a las líneas eléctricas que cruzan o corren paralelas a las vías férreas. Art. 12. - COLOCACION DE LOS -CABLES Al colocar los cables, deberán tomarse las precauciones necesarias para evitar excesivos esfuerzos de tracción y flexión, que podrían dañarlos. Con ese fin se eliminarán, dentro de lo posible los rozamientos y las desviaciones bruscas. Al efectuar una curva o bien al desviar el cable hacia el lugar de su introducción en la cañería o zanja abierta, se observarán los siguientes radios mínimos de curvatura: a) Para cables auxiliares, telefónicos y de energía de B.T. el radio mínimo de curvatura será 15 veces el diámetro exterior del cable b) Para cables de energía de M.T. ese radio será 15 veces al diámetro exterior del cable. c) Para cables de energía de A.T. ese radio será 20 veces el diámetro de la vaina de plomo. El cable tendido en la zanja no deberá presentar curvas bruscas, ni discontinuidades en su profundidad desde el nivel. En los lugares de unión se colocará el cable a ambos lados de la caja de unión en forma de S. para ofrecer la flexibilidad necesaria si el terreno sufriese algún movimiento, evitando as! una concentración de¡ esfuerzo en la caja de unión (empalme). Igualmente se formará una S en los cruces donde este exceso de la longitud del cable pueda facilitar el trabajo, en el caso de un traslado futuro, sin tener que recurrir al seccionamiento. Por análoga razón, se recomienda evitar la excesiva alineación y tendido de un cable al terminar de colocarlo. Art. 13. - CONEXION CON TIERRA GENERALIDADES: Ningún sistema para transporte de energía podrá, en servicio normal, usar la tierra como conductor. Se puede conectar con tierra:
  • 13. a) El neutro de un sistema de corriente continua únicamente en las centrales y/o subestaciones. b) El neutro de un sistema trifásico de cualquier tensión. c) Una fase de un sistema trifásico, cuando la tensión entre fases sea igual o inferior a 250 V. En los circuitos de corriente alterna de tensiones superiores a 1.000 V que tengan el neutro conectado directamente con tierra, las instalaciones estarán provistas de dispositivos, que impidan la producción de arcos, con lo cual se evita la propagación de ondas transitorias, que puedan provocar la puesta a tierra simultánea de otro conductor. Estos dispositivos pueden ser resistencias o inductancias de conexión con tierra, o cualquier otro elemento que interrumpa el circuito accidentalmente conectado con tierra, sea por medio de relevadores de sobrecarga, relevadores a tierra, etc. Art. 14. EJECUCION DE LA CONEXION CON TIERRA Para tensiones iguales o superiores a 33.000 V se recomienda conectar con tierra cada 1.000 metros, aproximadamente, las vainas de plomo y la coraza de los cables (siempre en correspondencia con un empalme) si el cable es del tipo multifilar, lo que implica que su armadura encierra un circuito completo. En el caso de cables unifilares, se recomienda efectuar la conexión de las vainas y las corazas entre si y con tierra cada 500 metros. Los conductores para la conexión con tierra, tendrán dimensiones adecuadas para conducir la mayor intensidad de corriente posible a tierra y no se ejecutarán con secciones menores de 25 mm2 para conductores de cobre y de 100 mm2 para conductores de hierro galvanizado o emplomado. Las uniones de los conductores a tierra con las partes a conectarse con tierra, se ejecutarán mediante estañado, y estos puntos se protegerán finalmente por medio de pintura u. otros medios que Impidan la destrucción de la unión por corrosiones electrolíticas. Un sistema permanente de conexión con tierra se considerará eficiente cuando la resistencia total contra tierra no exceda de 2. Puede estar provisto además con dispositivos que separen del circuito, automática a instantáneamente, cualquier parte que esté en contacto con tierra. Art. 15. - PREVENCION DE PERTURBACIONES CAUSADAS EN LAS LINEAS DE TELECOMUNICACION POR CABLES DE ENERGIA CERCANOS 1) En líneas eléctricas: Con el fin de que los circuitos de energía formados por cables subterráneos no produzcan perturbaciones en cables cercanos de telecomunicación, las instalaciones respectivas deberán ajustarse a las siguientes disposiciones: a) Toda máquina rotativa o estática, que forme parte de una instalación de corriente alterna, debe tener curvas de tensión prácticamente sinusoidales tanto
  • 14. para la marcha en vacío como a cualquier carga, ya sea entre las fases como entre fases y punto neutro. Se considera como prácticamente sinusoidal toda forma de curva de tensión cuyo coeficiente de deformación sea inferior a 10 %, tal como se define a continuación: el coeficiente de deformación de. una curva está determinado por la relación entre el valor -máximo de las diferencias de las ordenadas mayor de ésta. La sinusoide equivalente de una curva de forma dada es aquella que tiene su mismo valor eficaz. b) Para las máquinas de corriente continua instaladas en forma fija, con excepción de las conmutatrices y los rectificadores de mercurio, la variación máxima de la curva de tensión con respecto al valor promedio no deberá excederse de 3 %. Para los motores de corriente alterna a colector, así como para los motores auxiliares de los vehículos eléctricos en general, se evitarán en lo posible las armónicas superiores producidas por la conmutación en los colectores. En las instalaciones en que se convierte la corriente alterna en continua, por medio de conmutatrices rotativas o rectificadores de vapor de mercurio, se tomarán medidas especiales para reducir la amplitud de las ondas alternas superpuestas a la corriente continua, instalando filtros adecuados, si ello fuese necesario. Las instalaciones de tracción eléctrica en que se utiliza el riel como conductor, deberán cumplir con los requisitos establecidos en las Normas de la Comisión Permanente de Electrólisis. En las redes polifásicas deberá repartirse la carga por igual entre las distintas fases, admitiéndose en alimentadores y líneas, principales un desee equilibrio de 15 %. Para que la distorsión de las ondas de tensión y corriente de los transformadores resulte mínima, la corriente. de excitación en vacío, de cualquier transformador individual bajo tensión sinusoidal, medida a la frecuencia y tensión nominales, no debe ser superior al 10 % de la corriente nominal de plena carga. Un transformador con una corriente de excitación igual o menor de 0,2 A es aceptable a pesar de los limites arriba fijados. En los transformadores, la tensión aplicada no deberá exceder del 10 % del valor de la tensión nominal, incluso en su borne de tensión más alta. Los transformadores o grupos de transformadores, no podrán ser conectados con tierra en los puntos de sus arrollamientos que produzcan un desequilibrio en la línea contra tierra. En caso de desequilibrio o interferencia causada por terceras armónicas producidas por transformadores o autotransformadores conectados con un circuito trifásico de una línea y con conexión a tierra, dichos aparatos deberán estar provistos de arrollamientos secundarios o terciarios de impedancia baja, conectados en triángulo, o de otros dispositivos equivalentes para la supresión de las terceras armónicas. Los transformadores monofásicos que integran un grupo de transformadores con conexión con tierra, deberán ser iguales con respecto a todas sus características eléctricas, con el objeto de no desequilibrar los circuitos. 2) En líneas de telecomunicaciones: En caso de existir perturbaciones antes de efectuar el reclamo deberá averiguarse si las líneas de telecomunicación llenan las siguientes condiciones: a) Todo montaje o circuito asimétrico con respecto a tierra que impida una conexión con tierra directa y simétrica, deberá conectarse a la línea telefónica
  • 15. por intermedio de un transformador adecuado para mantener la simetría de la línea. b) En el caso de líneas pupinizadas, no se permitirá conectar con tierra el punto medio de arrollamiento exterior del transformador, sin intercalar una resistencia. c) Los dos conductores de un circuito de telecomunicación, deberán ser del mismo metal y calibre de cada trecho. d) La perditancia de cada conductor del circuito, deberá ser, en lo -posible, del mismo orden y lo más pequeña que pueda lograrse. e) La simetría de las constantes eléctricas de los conductores de, los circuitos telefónicos con respecto a tierra, debe ser tan perfecta como sea practicable. El equilibrio de un circuito se considerará suficiente, cuando el cociente resultante entre la diferencia de las impedancias de cada rama a tierra, medidas en cualquiera de las extremidades del circuito y la semisuma de las mismas, equivalga a lo sumo, al uno por ciento. Art. 16. - INSTALACION DE ACCESORIOS 1) Caja de unión (empalme derecho o recto). La caja de unión se emplea normalmente para establecer la continuidad conductora de dos tramos consecutivos de cables de una línea subterránea. No contiene ningún elemento de separación (puentes o cuchillas) ni tampoco de protección (fusibles, etc.). Como elementos de unión se utilizarán manguitos o bornes con o sin tornillo, efectuándose la unión mediante soldadura y/o presión con tornillos o por identación. Una vez establecidas sólidamente las uniones entre conductores se deberá encintarlas, en el caso de cables de M.T. y A.T. Para cables de A.T. se recomienda la colocación de un manguito de plomo y otro metal que se soldará a las vainas a unirse en forma tal que quede asegurada la hermeticidad así como la continuidad metálica. La colocación de este manguito metálico es también recomendable para cables de M.T. colocados en suelos anegadizos. Cumplidas las operaciones anteriores se procederá, cualquiera sea el tipo de cable, al relleno de las cajas con masa aislante de características físicas y rigidez dielétríca adecuadas al régimen de trabajo del cable. 2) Caja de derivación (empalme T). Estas cajas se emplean normalmente para establecer la unión entre un cable principal y otro derivado del mismo. Rigen para ellas las mismas normas establecidas para la caja de unión. 3) Caja de distribución (caja esquinera). Cuando se debe derivar más de un ramal, se utiliza una caja de distribución. El interior de ésta ofrece el espacio necesario para efectuar las uniones y derivaciones as!
  • 16. como la colocación de fusibles y a veces también de separadores. Su construcción debe ser lo suficientemente amplia para permitir maniobras de separación o corrección de los puentes, fusibles o separadores. Además, su estructura debe ser tal, que impida la entrada de agua en el interior de la caja. 4) Caja terminal. Las cajas terminales se colocan en los extremos de un cable. En estos extremos, dentro o fuera de las cajas, se conectan los conductores de¡ cable con los conductores externos al mismo. Estos puntos de salida se equipan siempre con aisladores que serán de porcelana para los de alta y mediana tensión, mientras que para los de baja tensión pueden utilizarse bujes tipo tapón, de¡ mismo u otro material aislante apropiado. Las cajas terminales se rellenan con masa aislante. Si son metálicas deben conectarse a la vaina del cable. Existen dos tipos de cajas terminales; el tipo interior y el tipo intemperie. Estas últimas se diferencian del tipo interior en que poseen una protección contra la entrada de agua de lluvia y contra la acción de los demás agentes atmosféricos que las hace aptas para la colocación a la intemperie. Art. 17. - CONDICIONES GENERALES PARA EL ENSAYO DE CABLES DE ENERGIA ELECTRICA 1) GENERALIDADES. Las especificaciones que siguen se refieren a cables de energía y sus auxiliares ya instalados. Mientras no se exprese lo contrario, corresponden a cables nuevos, es decir, a cables que no han estado nunca en servicio. Para los cables de B.T. en general, no es de rigor la prueba de rigidez dieléctrica una vez instalados, prueba, que, en cambio, debe exigirse para los cables de A.T. y M.T. 2) Oportunidades en que se efectúa el ensayo de rigidez dieléctrica. Además de los cables nuevos, cuya colocación y montaje han sido terminados, a los que se prueba por seguridad antes de su puesta en servicio, el ensayo de rigidez dieléctrica se efectúa también con el cable que ha sido objeto de una reparación o que presenta en su funcionamiento alguna anormalidad. 3) Ensayos de cables que hayan estado en servicio. Cuando un cable ha estado en servicio durante varios años, los valores de la tensión a aplicarse y la duración del ensayo deben ser menores que para el mismo cable cuando nuevo. Las tensiones especificadas para cables nuevos se reducen hasta un 20 % y los intervalos de aplicación en un 50 %. 4) Condiciones para el ensayo de rigidez dieléctrica. Mientras el ensayo de los cables en la fábrica se hace casi sin excepción con tensión alterna, el ensayo de los cables colocados puede hacerse con tensión alterna o continua,
  • 17. pero este último es el único que proporciona resultados fehacientes cuando la longitud del mismo (su capacidad) es apreciable. En caso de utilizar tensión alterna, la forma de su onda debe aproximarse en lo posible a la sinusoidal, no pudiendo excederse del 10 % sus diferencias con la misma. Para el ensayo con tensión continua, ésta se obtiene generalmente. por rectificación de la tensión alterna, mediante un equipo elevador-transformador-rectificador (a válvulas temiónicas), regulable en forma continua (defasador de inducción) o escalonada (variando el número de espiras del transformador). La fuente de tensión y el equipo elevador-rectificador o, en general, el de prueba, serán de potencia suficiente como para satisfacer ampliamente las exigencias de la instalación durante el ensayo. La frecuencia de la tensión alterna será la normal de la red, en la mayoría de los casos de 50 a 60 Hz. 5) Ejecución del ensayo de rigidez dieléctrica. En la Tabla III se especifican las condiciones en que debe ser efectuada la prueba de tensión de los cables subterráneos de mediana y alta tensión, una vez terminada su colocación y montaje y antes de ser puestos en servicio. Art. 18 CONDICIONES GENERALES PARA LOS ENSAYOS DE CABLES TELEFONICOS 1) Ensayos de aislación. Los ensayos para determinar la resistencia de aislación se efectuarán con una tensión igual o mayor de 250 V y hasta 500 V en cambio, cuando los ensayos
  • 18. respectivos de los cables nuevos no colocados, se hayan realizado con 500 V, se aplicará la misma tensión a la línea colocada. La resistencia de aislación entre cada uno de los conductores y el conjunto de todos los restantes y la vaina, no deberá ser inferior a 100 M2/Km después de electrizarlo durante un minuto con la tensión de ensayo a una temperatura no inferior a 10° C. Las lecturas del galvanómetro durante el ensayo deberán indicar una electrización constante. 2) Ensayos de capacidad electrostática. La capacidad electrostática de un par de un cable telefónico puede considerarse, término medio de 0,44 F/Km. El ensayo se realizará cuando el cable tengan una temperatura no inferior a 10° C, pudiendo obtenerse el valor de la capacidad por cualquiera de los métodos siguientes: a) Comparación entre la carga del par ensayado y la carga de un condensador de capacidad conocida. Las cargas se medirán con un galvanómetro balística. b) Por puente de capacidad a -una frecuencia de 796 a 1.000 Hz. c) Por determinación de las constantes primarias del cable por medio del puente de impedancia, a una frecuencia de 796 a 1.000 Hz, efectuando las medidas con el extremo distante en circuito abierto y en cortocircuito. Nota: Los métodos a y b no tienen en cuenta la inductancia del par, mientras que el método c la considera.