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UNIDAD I
El Derecho y La Ley
El Derecho es el
ordenamiento
social justo
(Llambias)
DERECHO
EL DERECHO
DERECHO OBJETIVO
◦ Es una regla de conducta
exterior al hombre.
◦ Es el ordenamiento Social
Justo
◦ Derechos Objetivos:
Derecho Público
Derecho Privado
DERECHO SUBJETIVO
◦ Es la capacidad de la persona
para exigir de los demás un
determinado comportamiento.
◦ Derechos Subjetivos:
Personales Creditorios –
Personales de Potestad –
Reales – Personalisimos
EL DERECHO CIVIL
Se ocupa de : sujeto de derecho, persona natural o
jurídica, - de la familia, - del objeto (bienes y cosas), - de
los actos jurídicos, - y de los derechos patrimoniales, y
en particular de la propiedad y de las sucesiones, etc.
Relación jurídica: es la vinculación, un nexo entre
personas con efectos legales que interesan al derecho
por producir alguna consecuencia jurídica. Elementos:
sujeto, objeto y causa
PRINCIPIO
DE BUENA
FE
◦ Los derechos deben ser ejercidos de buena
fe.
◦ El primer principio que hace al ejercicio de los
derechos subjetivos dirigidos al ciudadano es
el de buena fe.
◦ Significado de la "buena fe": Según Lavalle
Cobo, la "buena fe" alude a la "recíproca
lealtad" de las partes en el curso de las
relaciones contraídas, la que debe "apreciarse
objetivamente"
TEORIA ABUSO DEL DERECHO
◦ El ejercicio regular de un derecho propio o el cumplimiento de una
obligación legal no puede constituir como ilícito ningún acto. La ley
no ampara el ejercicio abusivo de los derechos. Se considera tal el que
contraría los fines del ordenamiento jurídico o el que excede los
límites impuestos por la buena fe, la moral y las buenas costumbres.
El juez debe ordenar lo necesario para evitar los efectos del ejercicio
abusivo o de la situación jurídica abusiva y, si correspondiere, procurar
la reposición al estado de hecho anterior y fijar una indemnización.
Art 10 CCyC
EFECTOS ABUSO DE DERECHO
◦ Ante la verificación de un ejercicio
abusivo de un derecho, el juez debe:
◦ 1. Adoptar las medidas que sean
necesarias para evitar la perduración o
concreción de los efectos de tal ejercicio
abusivo.
◦ Procurar la reposición de las cosas y
circunstancias al estado de hecho anterior
al ejercicio abusivo;
◦ Fijar una indemnización.
ABUSO POSICION DOMINANTE
◦ La posición dominante en el mercado
es la que posibilita que un
determinado prestador o conjunto de
prestadores se abuse de su posición
de fortaleza en la relación establecida
con un sujeto que se encuentra en
situación de debilidad jurídica, social
o económica.
TEORIA DE LAS FUENTES
Art 1 CCyC ¨Los casos que éste código rige deben ser
resueltos según las leyes que resulten aplicables…..¨
FORMALES
◦ Ley
◦ Costumbre
◦ Jurisprudencia
MATERIALES
◦Doctrina
◦Principios generales del
Derecho
Aplicación e Interpretación de la Ley
Para la aplicación de la norma
se exige una previa
interpretación para determinar
si el caso concreto que se
examina debe incluirse o no en
aquella (Art 1 CCyC)
Interpretar es buscar el sentido
y el valor de la norma para
medir su extensión precisa y
apreciar su eficiencia. La
interpretación de la norma
puede ser: Legislativa – Judicial
ó Doctrinaria (Art 2 CCyC)
EFECTOS
DE LA LEY
◦ Respecto de las personas: Artículo 4º.-
Ámbito subjetivo. Las leyes son
obligatorias para todos los que habitan
el territorio de la República, sean
ciudadanos o extranjeros, residentes,
domiciliados o transeúntes, sin
perjuicio de lo dispuesto en leyes
especiales
◦ Con respecto al tiempo: son tres las
cuestiones involucradas en este tema:
desde cuando rige la ley, hasta
cuando rige la ley, y como afecta la ley
a las situaciones existentes al tiempo
de su sanción.
VIGENCIA
DE LA LEY
Las leyes rigen después del
octavo día de su publicación
oficial, o desde el día que ellas
determinen. Art 5 CCyC
Derogación de la ley: en
principio las leyes se sancionan
para regir indefinidamente, pero
se pueden derogar en forma
parcial o total por otra ley
Caducidad de la ley: la
caducidad está impuesta por los
modernos principios de
interpretación jurídica.
Respecto a la voluntad individual
Las leyes se clasifican en:
IMPERATIVAS
◦ Son las leyes que prevalecen sobre
cualquier acuerdo de voluntades de
las personas sujetas a ellas, deben
cumplirse aun cuando ambas partes
prefieran no hacerlo.
◦ En algunos casos asumen forma de
mandatos o de prohibiciones.
SUPLETORIAS
◦ Son aquellas que suplen el silencio
de las partes. Solo tienen validez en
el caso en que las partes no hayan
dispuesto nada sobre ciertas
consecuencias que no hayan
previsto, de ahí que se llaman
supletorias
◦ Si el legislador no expresa el carácter
de la norma, si es imperativa o
supletoria, el interprete debe tener en
cuenta la finalidad y contenido de la
ORDEN
PUBLICO
Conjunto de principios esenciales de orden político,
jurídico, económico, moral y religioso sobre los cuales
se sustenta la organización social y la persistencia de
la misma en el tiempo.
Las convenciones particulares no pueden dejar sin
efecto las leyes en cuya observancia está interesado
el orden público. El acto respecto del cual se invoque
el amparo de un texto legal, Estudiantes de Abogacia
EA! que persiga un resultado sustancialmente
análogo al prohibido por una norma imperativa, se
considera otorgado en fraude a la ley. En ese caso, el
acto debe someterse a la norma imperativa que se
trata de eludir. (Art 12 CCyC)

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  • 2. El Derecho es el ordenamiento social justo (Llambias) DERECHO
  • 3. EL DERECHO DERECHO OBJETIVO ◦ Es una regla de conducta exterior al hombre. ◦ Es el ordenamiento Social Justo ◦ Derechos Objetivos: Derecho Público Derecho Privado DERECHO SUBJETIVO ◦ Es la capacidad de la persona para exigir de los demás un determinado comportamiento. ◦ Derechos Subjetivos: Personales Creditorios – Personales de Potestad – Reales – Personalisimos
  • 4. EL DERECHO CIVIL Se ocupa de : sujeto de derecho, persona natural o jurídica, - de la familia, - del objeto (bienes y cosas), - de los actos jurídicos, - y de los derechos patrimoniales, y en particular de la propiedad y de las sucesiones, etc. Relación jurídica: es la vinculación, un nexo entre personas con efectos legales que interesan al derecho por producir alguna consecuencia jurídica. Elementos: sujeto, objeto y causa
  • 5. PRINCIPIO DE BUENA FE ◦ Los derechos deben ser ejercidos de buena fe. ◦ El primer principio que hace al ejercicio de los derechos subjetivos dirigidos al ciudadano es el de buena fe. ◦ Significado de la "buena fe": Según Lavalle Cobo, la "buena fe" alude a la "recíproca lealtad" de las partes en el curso de las relaciones contraídas, la que debe "apreciarse objetivamente"
  • 6. TEORIA ABUSO DEL DERECHO ◦ El ejercicio regular de un derecho propio o el cumplimiento de una obligación legal no puede constituir como ilícito ningún acto. La ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos. Se considera tal el que contraría los fines del ordenamiento jurídico o el que excede los límites impuestos por la buena fe, la moral y las buenas costumbres. El juez debe ordenar lo necesario para evitar los efectos del ejercicio abusivo o de la situación jurídica abusiva y, si correspondiere, procurar la reposición al estado de hecho anterior y fijar una indemnización. Art 10 CCyC
  • 7. EFECTOS ABUSO DE DERECHO ◦ Ante la verificación de un ejercicio abusivo de un derecho, el juez debe: ◦ 1. Adoptar las medidas que sean necesarias para evitar la perduración o concreción de los efectos de tal ejercicio abusivo. ◦ Procurar la reposición de las cosas y circunstancias al estado de hecho anterior al ejercicio abusivo; ◦ Fijar una indemnización. ABUSO POSICION DOMINANTE ◦ La posición dominante en el mercado es la que posibilita que un determinado prestador o conjunto de prestadores se abuse de su posición de fortaleza en la relación establecida con un sujeto que se encuentra en situación de debilidad jurídica, social o económica.
  • 8. TEORIA DE LAS FUENTES Art 1 CCyC ¨Los casos que éste código rige deben ser resueltos según las leyes que resulten aplicables…..¨ FORMALES ◦ Ley ◦ Costumbre ◦ Jurisprudencia MATERIALES ◦Doctrina ◦Principios generales del Derecho
  • 9. Aplicación e Interpretación de la Ley Para la aplicación de la norma se exige una previa interpretación para determinar si el caso concreto que se examina debe incluirse o no en aquella (Art 1 CCyC) Interpretar es buscar el sentido y el valor de la norma para medir su extensión precisa y apreciar su eficiencia. La interpretación de la norma puede ser: Legislativa – Judicial ó Doctrinaria (Art 2 CCyC)
  • 10. EFECTOS DE LA LEY ◦ Respecto de las personas: Artículo 4º.- Ámbito subjetivo. Las leyes son obligatorias para todos los que habitan el territorio de la República, sean ciudadanos o extranjeros, residentes, domiciliados o transeúntes, sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales ◦ Con respecto al tiempo: son tres las cuestiones involucradas en este tema: desde cuando rige la ley, hasta cuando rige la ley, y como afecta la ley a las situaciones existentes al tiempo de su sanción.
  • 11. VIGENCIA DE LA LEY Las leyes rigen después del octavo día de su publicación oficial, o desde el día que ellas determinen. Art 5 CCyC Derogación de la ley: en principio las leyes se sancionan para regir indefinidamente, pero se pueden derogar en forma parcial o total por otra ley Caducidad de la ley: la caducidad está impuesta por los modernos principios de interpretación jurídica.
  • 12. Respecto a la voluntad individual Las leyes se clasifican en: IMPERATIVAS ◦ Son las leyes que prevalecen sobre cualquier acuerdo de voluntades de las personas sujetas a ellas, deben cumplirse aun cuando ambas partes prefieran no hacerlo. ◦ En algunos casos asumen forma de mandatos o de prohibiciones. SUPLETORIAS ◦ Son aquellas que suplen el silencio de las partes. Solo tienen validez en el caso en que las partes no hayan dispuesto nada sobre ciertas consecuencias que no hayan previsto, de ahí que se llaman supletorias ◦ Si el legislador no expresa el carácter de la norma, si es imperativa o supletoria, el interprete debe tener en cuenta la finalidad y contenido de la
  • 13. ORDEN PUBLICO Conjunto de principios esenciales de orden político, jurídico, económico, moral y religioso sobre los cuales se sustenta la organización social y la persistencia de la misma en el tiempo. Las convenciones particulares no pueden dejar sin efecto las leyes en cuya observancia está interesado el orden público. El acto respecto del cual se invoque el amparo de un texto legal, Estudiantes de Abogacia EA! que persiga un resultado sustancialmente análogo al prohibido por una norma imperativa, se considera otorgado en fraude a la ley. En ese caso, el acto debe someterse a la norma imperativa que se trata de eludir. (Art 12 CCyC)