Programas federales para financiamiento de obras de agua potable presentado por el Organismo Descentralizado de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Ayuntamiento de Chalco.
2. REGLAS DE OPERACIÓN
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN : 26 DE FEBRERO DE 2019
Se Establecen Las Reglas De Operación Para Los Siguientes Programas:
Programa De Agua Potable, Drenaje Y Tratamiento(PROAGUA).
Apartado Rural(APAUR).
Apartado Proyecto Para El Desarrollo Integral De O.O. De Agua Y Saneamiento
(PRODI).
Apartado Rural (APARURAL).
Apartado Agua Limpia (AAL).
Apartado Plantas De Tratamiento De Aguas Residuales(PTAR).
3. REQUISITOS
A) Que el gobierno estatal haya suscrito un convenio de coordinación o
acuerdo de coordinación con el gobierno federal, con objeto de conjuntar
recursos y formalizar acciones en materia de agua potable, alcantarillado y
saneamiento.
b) Los estados, municipios u organismos operadores que sean los
de los recursos deberán manifestar que cuentan con capacidad técnica y
administrativa para lo cual deberán presentar el organigrama del área que
realiza las licitaciones y el documento que acredite que cuenta con unidad
licitadora.
c) Presentar la evidencia documental de la asignación presupuestal para la
contraparte correspondiente o en su caso manifestar por escrito que
cuentan con la contraparte correspondiente.
4. d) Las autoridades municipales o los organismos operadores o el
Gobierno del Estado, conforme los registros de Conagua,
deberán estar al corriente en el pago de derechos de aguas
nacionales y de descargas de aguas residuales, éste no será
requisito para las localidades menores de 2,500 habitantes, o
aquellas dañadas por un desastre natural o afectadas por una
emergencia sanitaria previa declaratoria de las autoridades
competentes.
e) Presentar el POA en los formatos y mecánica establecida para
cada apartado del programa para revisión y en su caso
aprobación.
5. f) Se podrán incluir los proyectos, obras y acciones que, acordes
con las declaratorias de desastres naturales emitidas por la
Administración Pública Federal y publicadas en el Diario Oficial de
la Federación, que no hayan sido incorporados en el FONDEN.
g) Cuando un municipio u organismo operador no pueda ser
ejecutor, el estado podrá incluir nuevas acciones para cada
apartado, previa solicitud siempre y cuando se cuente con los
recursos requeridos, incluyendo las contrapartes. Las acciones se
incluirán en cada apartado y Sólo el estado podrá ser el ejecutor.
6. PRODDER
PROGRAMA DE DEVOLUCIÓN DE DERECHOS
El Programa de Devolución de Derechos es un subsidio que el
Gobierno Federal a través de la Comisión Nacional del Agua,
proporciona en apoyo a los Prestadores de los Servicios de
Agua Potable, Drenaje y Saneamiento del país.
7. OBJETIVO DEL PROGRAMA.
Otorgar un subsidio equivalente a los derechos pagados por los Prestadores
de Servicios, por el uso, explotación o aprovechamiento de las aguas
nacionales, para la realización de acciones de mejoramiento de eficiencia y
de infraestructura de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas
residuales.
BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA.
EntidadesFederativas,Municipios,OrganismosparaestatalesyParamunicipales
b) Empresas concesionarias que presten el servicio de agua potable o
alcantarillado c) Colonias concesionadas que presten el servicio de
suministro de agua potable de uso doméstico.
8. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA:
Cierre del Programa de Acciones, si ya participó anteriormente
en el PRODDER
Solicitud por escrito en la que asume la obligación de aportar
recursos al menos por un monto igual a la aportación federal
solicitada, conforme al Programa de Acciones respectivo.
(Contraparte)
Programa de Acciones anualizado.
A partir de 2015, estar registrado en el Padrón Único de
Usuarios y Contribuyentes (PUUC) del Sistema de Declaraciones
y Pago Electrónico Declar@gua
9. DERECHOS QUE GENERAN EL ACCESO AL SUBSIDIO
Son aquellos montos que pagan los Prestadores de
Servicios por el uso, explotación o aprovechamiento de las
aguas nacionales.
Los derechos son calculados de manera trimestral y los
pagos se realizan a más tardar el último día hábil de los
meses de enero, abril, julio y octubre.
10. PROGRAMA DE ACCIONES
Acciones específicas que se pretenden llevar a cabo en el ejercicio.
Deberá presentarse a más tardar el 15 de febrero de ese ejercicio fiscal;
El monto total estimado, los Recursos Federales hasta el monto de los
derechos cubiertos y la Contraparte por un monto equivalente.
Las metas, población beneficiada señalando únicamente el número de
habitantes que sean incorporados a los servicios de agua potable y
alcantarillado.
11. Programa de acciones
Programa de acciones modificatorio
Presentación y dictaminación a más tardar el 31 de octubre del
ejercicio fiscal de que se trate.
Conservar el mismo importe federal o superior, en función de
los pagos de derechos que haga el "prestador del servicio",
pero no disminuirlo.
Conservar el porcentaje de los componentes, agua potable y
saneamiento, conforme a la estructura del programa de
acciones nuevo.
12. Solicitud
Dictamen
Formato programa de acciones 2019
Formato y procedimiento de llenado del informe de
visita de verificación al programa de acciones
Formato y procedimiento de llenado del informe
avance físico- financiero
Formato y procedimiento de llenado del cierre de
ejercicio.