Cuaderno de obra

Carlos Garcia Saez
Carlos Garcia SaezEstudiante en unsch um CEPRE UNSCH
EL CUADERNO DE OBRA Y
EL PROCESO DE EJECUCIÓN
Arq° FREDY ROLAND TOLENTINO HUARANGA
PRESENTACIÓN
• Contribuir a una mejor administración de la
ejecución en obra de los proyectos y sobre todo a
garantizar un eficaz y eficiente uso de los recursos
que Estado destina hacia éstos.
• El contenido está basado en la normatividad
vigente que rigen los procesos de dirección y
conducción de las obras públicas.
• Uno de los documentos clave en la gestión,
monitoreo y supervisión de los proyectos es el
Cuaderno de Obra.
I. CONCEPTO
• El cuaderno de obra, es el documento firmado en todas sus páginas por
el inspector o supervisor, según corresponda, y por el residente, y consta
de una hoja original con tres copias desglosables, correspondiendo una
de éstas a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o
supervisor; en donde se anotan los hechos relevantes durante la
ejecución de la obra. (Art.194º y 195º del Decreto Supremo Nº 184-
2008-EF – Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y Art. 43º
de la Ley de Contrataciones del Estado). Este concepto se aplica para
obras ejecutadas por contrata
I. CONCEPTO
• Cuaderno de Obra, El documento que, debidamente foliado, se abre al
inicio de toda obra y en el que el inspector o supervisor y el residente
anotan las ocurrencias, órdenes, consultas y las respuestas a las
consultas. (Glosario de términos del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF
– Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y Art. 43º de la
Ley de Contrataciones del Estado).
I. CONCEPTO
• El cuaderno de obra, es el documento que dispone la Entidad en la
etapa de construcción, debidamente foliado y legalizado en el que se
anotará la fecha de inicio y término de los trabajos, las modificaciones
autorizadas los avances mensuales, los controles diarios de ingreso y
salida de materiales y personal, las horas de trabajo de los equipos, así
como los problemas que viene afectando el cumplimiento de los
cronogramas establecidos y las constancias de la supervisión de la
obra.(Art. 1 de la RC. Nº 195-88-CG del 18 de julio de 1988).
I. CONCEPTO
• El cuaderno de obra, Documento técnico en que se anotará y se
registrará cronológicamente todas las incidencias y ocurrencias que se
consideren convenientes como el avance de los trabajos, las
modificaciones que se produzcan, las consultas, ordenes, por parte del
residente o inspector o supervisor.
Incidencia: Lo que sucede en el curso de
un asunto o negocio y tiene relación con
ello… Influencia de un número de casos
en algo.
Ocurrencia: Idea inesperada y repentina
que tiene una persona… Dicho o hecho
gracioso e ingenioso de una persona
Pregunta:
¿Es necesario que el cuaderno de
obra sea legalizado notarialmente?
Cuaderno de obra
DIFERENCIAS:
CUADERNO DE OBRA POR CONTRATA CUADERNO DE OBRA POR
ADMINISTRACIÓN DIRECTA
- Dialogo entre Residente de Obra y el
Supervisor o Inspector de obra según
corresponda.
- Dialogo entre Residente de Obra y el
Supervisor o Inspector de obra según
corresponda.
- Anotan consultas y Observaciones de
carácter técnico.
- Anotan consultas y Observaciones de
carácter técnico.
- Anotan ocurrencias mas relevantes. - Anotan ocurrencias mas relevantes.
- Número de personal que trabajó.
- Materiales que ingresaron y salieron a
almacén.
- Materiales utilizados en obra.
- Equipo y personal que utilizaron en la
ejecución de la partida.
- Pruebas de control de calidad. - Pruebas de control de calidad.
- Avances logrados.
II. MARCO LEGAL
• Ley de Contrataciones del Estado – Decreto Legislativo Nº 1017
• Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado – Decreto
Supremo Nº 184-2008-EF.
• Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG del 18 de julio de
1988.
• Manuales y/o procedimientos específicos de desarrollo,
ejecución, supervisión y control de obras de cada entidad
pública.
III. PROCEDIMIENTO DE
SU LLENADO.
• Artículo 184º.- Inicio del plazo de ejecución de obra, El inicio del plazo de ejecución
de obra comienza a regir desde el día siguiente de que se cumplan las siguientes
condiciones:
1. Que se designe al inspector o al supervisor, según corresponda;
2. Que la Entidad haya hecho entrega del expediente técnico de obra completo;
3. Que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar donde se ejecutará la
obra;
4. Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales e insumos que,
de acuerdo con las Bases, hubiera asumido como obligación;
5. Que se haya entregado el adelanto directo al contratista, en las
condiciones y oportunidad establecidas en el artículo 187°.
- Las condiciones deberán ser cumplidas dentro de los quince (15) días contados a partir del
día siguiente de la suscripción del contrato.
- No solicitud adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las demás condiciones.
- Si la Entidad no cumple con lo dispuesto en los numerales precedentes por causas
imputables a ésta, el contratista podrá iniciar el procedimiento de resolución del contrato
dentro del plazo de quince (15) días de vencido el plazo previsto en el párrafo anterior, de
acuerdo a lo señalado en el artículo 169º.
- Asimismo, en el mismo plazo tendrá derecho a solicitar resarcimiento de daños y perjuicios
debidamente acreditados, hasta por un monto equivalente al cinco por diez mil (5/10000) del
monto del contrato por día y hasta por un tope de setenta y cinco por diez mil (75/10000).
- La Entidad debe pronunciarse sobre dicha solicitud en el plazo de diez (10) días hábiles de
presentada. Respecto al derecho de resarcimiento, el contratista podrá iniciar un
procedimiento de conciliación y/o arbitraje dentro de los quince (15) días hábiles de vencido
el plazo con el que cuenta la Entidad para pronunciarse sobre la solicitud.
- Si cumplidas las condiciones antes indicadas, la estacionalidad climática no permitiera el
inicio de la ejecución de la obra, la Entidad podrá acordar con el contratista la fecha para el
inicio de la ejecución. Dicha decisión deberá ser sustentada en un informe técnico que
formará parte del expediente de contratación.
Se abre en la fecha de entrega de terreno ORIGINAL
(en Obra)
- Entidad
- Contratista
- Supervisor
Firmado por inspector o supervisor,
Según corresponda y por el residente.
Art. N° 194 Cuaderno de Obra:
• Si el contratista no permite el acceso al cuaderno de obra al inspector o
supervisor, impidiéndole anotar las ocurrencias, será causal de aplicación de
multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización por cada día de
dicho impedimento.
• Concluida la ejecución de la obra, el original quedará en poder de la Entidad.
Se anotan hechos relevantes que ocurran durante la ejecución
de la obra.
Art. N° 195: Anotación de ocurrencias:
• Firmando al pie de cada anotación el inspector o supervisor
o el residente, según sea el que efectuó la anotación.
• Las solicitudes que se realicen como consecuencia de las
ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harán
directamente a la Entidad por el contratista o su
representante, por medio de comunicación escrita.
• El cuaderno de obra será cerrado por el inspector o
supervisor cuando la obra haya sido recibida
definitivamente por la Entidad.
Artículo 196.- Consultas sobre ocurrencias
en la obra:
1. Se formulan en el C/O. se dirige al I/S.
2. Serán absueltas máx. en 5 d/s de ser anotadas sino requieren
opinión del proyectista.
3. Si no son absueltas dentro de los 02 d/s acude a la entidad, la que
tiene 05 d. para resolverlas, contados desde el día siguiente de la
recepción de la comunicación del contratista.
Artículo 196.- Consultas sobre ocurrencias
en la obra:
4. Si requiere la opinión del proyectista el I/S la eleva a la entidad máximo
en 4 d/s. de anotadas; la Entidad en coordinación con el Proyectista
absuelve máx. en 15 d/s.
5. Proyectista es responsable de absolver las consultas dentro de los
plazos establecidos (es preciso mencionarlos en las bases y contrato
del proyectista).
6. Si el proyectista no responde en el plazo estipulado, la entidad da
instrucciones al contratista a través del I/S sin perjuicios que adopten
contra el proyectista.
Artículo 196.- Consultas sobre ocurrencias
en la obra:
4. Si requiere la opinión del proyectista el I/S la eleva a la
entidad máximo en 4 d/s. de anotadas; la Entidad en
coordinación con el Proyectista absuelve máx. en 15 d/s.
5. Proyectista es responsable de absolver las consultas
dentro de los plazos establecidos (es preciso mencionarlos
en las bases y contrato del proyectista).
6. Si no cumplen, C. solicita Ampliac. de Plazo por le tiempo
de demora; según afectación de la ruta crítica por no
absolver las consultas en los plazos establecidos.
Cuaderno de obra
a. Anotaciones al inicio de la obra:
El Residente de obra debe verificar que el Cuaderno de Obra se
encuentre debidamente legalizado, foliado, con las firmas
correspondientes y demás formalidades según la naturaleza de la
obra a ejecutarse.
a. Anotaciones al inicio de la obra:
En una Obra por Contrata
En el caso de obras por contrata, el primer folio del cuaderno de
obra debe utilizarse para transmitir el acta de entrega del terreno y
otros datos básicos, tales como:
• Nombre de la Empresa constructora o contratista.
• Valor referencial de la obra contratada.
• Plazo de ejecución de la obra.
a. Anotaciones al inicio de la obra:
En una obra por Administración Directa y por Encargo
En el caso de obras por Administración Directa y Encargo, el primer
folio le corresponderá para la legalización del cuaderno de obra, el
segundo folio para transcribir el Acta de entrega del terreno y otros
datos básicos de la obra, tales como:
• Fecha de Resolución de aprobación del expediente técnico y/o
fecha de la firma del Convenio para la ejecución de la Obra.
• Resolución de designación del Residente o Coordinador.
• Fecha de la Entrega del Terreno al Residente o Coordinador
• Fecha de Inicio de Obra y plazo de ejecución de la Obra
a. Anotaciones al inicio de la obra:
El siguiente asiento debe estar redactado por el Residente, en donde se
indica de manera clara y precisa las siguientes acciones:
• Numero de asiento
• Persona a quien corresponde el asiento
• Hora de inicio de actividades
• Detalle de la(s) partida(s) con que se inicia el proyecto
• Distribución de las cuadrillas de trabajo
• Número de trabajadores que inician la actividad
…///
a. Anotaciones al inicio de la obra:
• Número y detalle de la mano de obra calificada que inician el proyecto:
Jefes de Cuadrilla, Asistente de Cuadrilla, Maestro de Obra, Operarios,
Oficiales, profesionales.
• Herramientas con la que se inicia la obra
• Detalle de las medidas de seguridad de los trabajadores.
• Solicitud de autorización del trazo y replanteo del proyecto a ser aprobado por
el Supervisor.
Cuaderno de obra
3.3. Durante la obra:
• Acta de inicio de obra
• Fecha de entrega del adelanto directo y/o materiales, asimismo si el
contratista ha cumplido con presentar su Plan de utilización del
adelanto por materiales.
• Fecha de inicio del plazo contractual y fechas de aprobación y
cancelación de las valorizaciones de obra.
• Proyectos de modificaciones de la obra, debidamente sustentadas,
precisando sus causales, así como el número y fecha de resoluciones
que aprueban dichas modificaciones.
En una Obra por Contrata
Las acciones o registros en el Cuaderno de Obra que se efectúan
durante la ejecución de la obra son las:
3.3. Durante la obra:
• Causales de adicionales y/o deductivos de obra, incluyendo número y
fecha de las resoluciones que los aprueben.
• Cambios de Inspectores, Supervisores y Residentes de Obra;
indicando los documentos oficiales de designación.
• Avance físico semanal de cada una de las partidas que se ejecutan en
la obra, con un análisis comparativo relacionado con el Calendario
Valorizado de Obra.
• Resultado de pruebas efectuadas para realizar los controles de calidad
de ejecución de la obra. De existir observaciones se requiere de su
inmediata subsanación y luego de ejecutada la misma, se dejará
constancia de ello.
3.3. Durante la obra:
• Posibles ampliaciones de plazo, sustentando sus causales y en los
casos de concretarse, se indica el número y fecha de las resoluciones
que aprueban dichas ampliaciones.
• Paralizaciones parciales y/o totales de obra, indicando sus causales e
informando si fuera quien decidirá sobre la intervención económica o
resolución (rescisión) del contrato.
• Incumplimiento de los avances parciales de la obra, establecidos en los
Calendarios Valorizados de Avances de Obra, precisando sus causales
y solicitando al contratista la presentación de Nuevos Calendarios que
permitan la aceleración de los trabajos, a fin de garantizar el
cumplimiento de la obra, dentro del plazo establecido.
Cuaderno de obra
3.3. Durante la obra:
• Los requerimientos técnicos de personal, materiales y servicios de
maquinaria y equipos, entre otros, que fueron tramitados mediante el
respectivo Informe Técnico.
• El cambio de residente y/o coordinadores de obra, al momento de su
ocurrencia, el mismo que debe estar sustentado mediante un documento
oficial de la entidad a cargo del proyecto, que por lo general es una
Resolución.
• Fechas de aprobación de los Presupuestos Analíticos y de sus
respectivas reestructuraciones, si las hubiera..
En una obra por Administración Directa y por Encargo
De manera general las acciones o registros en el Cuaderno de
Obra que se efectúan durante la ejecución de la obra son las
siguientes:
3.3. Durante la obra:
• Los Informes semanales, quincenales o mensuales de avance físico y
financiero de la Obra. Esta periodicidad depende del tipo de proyecto, el
plazo de ejecución o las disposiciones expresas detalladas en los
manuales o procedimientos con que cuente la entidad.
• Las pruebas de control de calidad que se realicen en la ejecución de la
obra, entre los que se incluyen los Análisis de Suelos, Pruebas de
Concreto, Pruebas Hidráulicas, Pruebas de Resistencia y/o
Compactación de suelos, entre otras.
• La no continuidad de la obra por paralizaciones debe registrarse
indicando las razones que generaron dicha circunstancia, el mismo que
debe basarse en hechos verificables, pues esta acción puede acarrear
posibles ampliaciones del plazo de ejecución de la obra.
3.3. Durante la obra:
De manera específica, a cada día calendario, el Residente
menciona el trabajo ejecutado en el día, los equipos, el personal, el
material utilizado (cimento asfalto etc.) y el metrado aproximado de
lo realizado.
Cuaderno de obra
3.4. Al concluir la obra:
En una obra por contrata:
Esta etapa constituye el proceso final de la ejecución física del proyecto,
pues en base a ello se verificará el cumplimiento o no de los plazos
contractuales de ejecución, además de la verificación del cumplimiento de
las características constructivas.
En esta fase se registra:
• En la fecha indicada, el Residente de Obra realiza el asiento respectivo
indicando la fecha de término de ejecución de la obra, indicando el
cumplimiento del 100% de las partidas del proyecto, debiendo solicitar al
Supervisor o Inspector la solicitud de conformidad de culminación de obra.
• Hay que recordar que este asiento no necesariamente es el último día del
plazo de ejecución de obra, pues si a ese día el proyecto no se encuentra
ejecutado en el 100% de sus partidas, no representa la culminación de la
obra.
3.4. Al concluir la obra:
En una obra por contrata:
• El Inspector, luego de verificar que las partidas del proyecto han sido
ejecutadas en un 100%, dará por concluida el proyecto, realizando el asiento
respectivo, debiendo informar sobre esta fecha a la Entidad, en el lapso de
cinco (05) días naturales.
• Cuando las partidas no han sido concluidas al 100%, aún cuando el residente
haya consignado dicho avance en el cuaderno de obra, el Inspector dejará
constancia del hecho, indicando de manera detalladas las partidas inconclusas
o aquellas que a criterio técnico no cumplan con las especificaciones técnicas
detalladas en el expediente técnico.
• Si el plazo término contractual ha vencido, esta fecha servirá para el cómputo
de los días de penalidad por retraso en la fecha de culminación de obra que se
encuentran estipulados en el contrato. De ahí la importancia de detallar con
precisión este asiento en el cuaderno de obra.
3.4. Al concluir la obra:
En una obra por contrata:
• Si la obra es declarada por el Inspector que se ha cumplido con el 100% de las
partidas, la entidad nombrará una Comisión de Recepción de Obra, cuya
resolución será insertada en el cuaderno de obra, así como el Acta de
Observaciones, si la hubiere.
• Cuando el Comité de Recepción ha identificado observaciones al proyecto, el
Levantamiento de Observaciones con su Acta respectiva o de incumplimiento
de las mismas, por parte del Contratista, también se registra en el cuaderno de
obra.
• De los considerandos expuestos se desprende que el Supervisor es quien
realiza el último asiento de obra.
• El informe de Liquidación del Proyecto, deberá incluir el original del cuaderno
de obra.
Cuaderno de obra
3.4. Al concluir la obra:
En una obra por Administración Directa:
• El asiento que informa la fecha de culminación de la obra debe ser redactado
por el Residente, en donde se indica la fecha de término de la obra, haciendo
un análisis de las partidas ejecutadas, debiendo solicitar a Inspector su
conformidad. Además deberá consignar lo siguiente:
• Valoración final del proyecto
• Metrados alcanzados, detallados según las partidas del expediente
técnico
• Número de participantes con que se concluye el proyecto,
desagregado por sexo. Este dato es importante en la ejecución de
proyectos sociales como FONCODES y Construyendo Perú.
• Detalle de los materiales e insumos existentes en almacén
• Detalle de las herramientas que obran en almacén, detallando su
estado de conservación.
3.4. Al concluir la obra:
En una obra por administración directa:
• Sin embargo de forma oficial mediante documento se debe informar de este
hecho al inspector.
• El inspector, luego de la verificación del cumplimiento de las partidas
expresadas en el Expediente Técnico con lo realizado en obra, realizará el
asiento respectivo dando conformidad a lo expresado por el Residente o su
disconformidad.
• En caso el inspector manifestara que no se ha cumplido el 100% de las partidas
especificadas en el proyecto, el asiento respectivo deberá consignar de manera
detallada y pormenorizada de la(s) partidas(s) que no se hayan ejecutado al
100%, por lo que deberá continuar el proyecto hasta su culminación total,
dando un tiempo adicional para la culminación del proyecto.
3.4. Al concluir la obra:
En una obra por administración directa:
• Si se ha dado la conformidad del 100% de ejecución del proyecto, se informará
de este hecho a la institución, quien nombrará la Comisión de Recepción de
Obra mediante resolución u otro documento estipulado en su TUPA o el
documento de gestión respectivo, transcribiendo dicho documento en el
cuaderno de obra.
• Si la Comisión de Recepción identificara deficiencias o que las partidas no han
sido ejecutadas al 100%, el Acta de Observaciones se registrará en el cuaderno
de obra, así como el Acta de Levantamiento de Observaciones o de
incumplimiento de las mismas.
• El original del cuaderno de obra debe ser presentado como parte del Informe
de Liquidación del Proyecto.
IV. PRINCIPALES ERRORES, FALTAS Y DELITOS
QUE SE COMENTEN EN EL MANEJO DEL
CUADERNO DE OBRA
4.1. Responsabilidades : Tipología:
Por la materia, la responsabilidad de los responsables del manejo del
cuaderno de obra y de quienes se encargan de verificar el cumplimiento de
la aplicación correcta de este documento son:
Cuaderno de obra
IV. PRINCIPALES ERRORES, FALTAS Y DELITOS
QUE SE COMENTEN EN EL MANEJO DEL
CUADERNO DE OBRA
Responsabilidad Administrativa:
• Por ejemplo cuando en un proceso de selección no hago caso al
Reglamento y no cumplo con los plazos establecidos para integrar las
bases.
• En el caso del cuaderno de obra, cuando no registro de manera
oportuna los acontecimientos importantes del proyecto.
• Supletoriamente cuando corresponda, se aplica también lo expresado
por la Ley N° 27815- Ley del Código de Ética en la Función Pública.
Responsabilidad Civil:
• Cuando no aplicó al contratista las penalidades por la demora
injustificada en la entrega de la obra.
• En el caso del cuaderno de obra, cuando registro una acción que no ha
ocurrido y que ocasionará un pago a la institución.
Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios públicos, que
por su acción u omisión en el ejercicio de sus funciones, hayan ocasionado
daño económico a su Entidad o al Estado. Es necesario que el daño
económico haya sido ocasionado por un incumplimiento de funciones, por
dolo o culpa, sea esta inexcusable o leve.
Responsabilidad Penal:
Es aquella en la que incurren los servidores y
funcionarios públicos que en ejercicio de sus funciones
han efectuado un acto u omisión tipificado como delito.
• Cuando simulo un proceso de selección, pero en la realidad ya se
conoce con quien voy a contratar y probablemente ya esté brindando el
servicio.
• En el uso del cuaderno de obra, por ejemplo, aprobar por parte del
supervisor un adicional de obra por vicios ocultos, sin que esta
dificultad en obra haya ocurrido.
• El objeto de tutela penal es el correcto funcionamiento de la
administración pública.
COLUSIÓN:
• Este delito se verifica cuando el funcionario o servidor público
interviene en contratos, suministros, licitaciones, concursos de precios,
subastas o cualquier otra operación semejante por razón de su cargo o
comisión especial, y defrauda al Estado o Entidad u Organismo del
Estado concertando con los interesados en los convenios, ajustes,
liquidaciones o suministros.
Un ejemplo de este delito es cuando el Residente y el Superviso
de manera concertada, registran en el cuaderno de obra que la
obra se ha concluido al 100%, sin que ello haya ocurrido de
manera real.
PECULADO:
• Este delito se configura cuando el funcionario o servidor público se
apropia o utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, caudales o
efectos cuya percepción, administración o custodia le han sido
confiados por razón de su cargo.
Un ejemplo de este delito es cuando se registra el ingreso de
materiales a almacén de obra sin que el hecho haya ocurrido,
generando el pago al proveedor por la irreal entrega de los bienes
registrados en el cuaderno de obra.
MALVERSACIÓN:
• Este delito se produce cuando el funcionario o servidor público da al
dinero o bienes que administra, una aplicación definitiva diferente a
aquella a la que están destinado, afectando el servicio o la función
encomendada.
Un ejemplo de este delito es cuando se registra en el cuaderno de
obra la utilización de materiales, sin que ellos se usen en la obra,
dándole un fin distinto, como por ejemplo destinarlo a otra obra.
El uso de fondos destinados a materiales y/o equipos y se pague
por otros rubros como mano de obra.
4.3. Principales Hallazgos que se detectan en el cuaderno de obra
a. El cuaderno de obra no se encuentra físicamente en obra.
b. El cuaderno de obra no se encuentra al día en los asientos
respectivos, es decir el último asiento no corresponde al día
anterior a la visita.
c. Se encuentran hojas y/o espacios en blanco.
d. Los asientos se realizan con una letra poco legible.
e. Se presentan borrones y/o enmendaduras en los asientos.
f. Se realizan asientos, tanto del residente como del supervisor, sin
haber estado en obra el día que indica el asiento respectivo.
g. Se realizan los asientos sin considerar los detalles de las
principales ocurrencias de obra en el día.
h. Se registran hechos que no ocurrieron en obra.
i. Se registran especificaciones técnicas diferentes a lo ocurrido en
obra.
4.3. Principales Hallazgos que se detectan en el cuaderno de obra
a. El cuaderno de obra no se encuentra físicamente en obra.
b. El cuaderno de obra no se encuentra al día en los asientos
respectivos, es decir el último asiento no corresponde al día
anterior a la visita.
c. Se encuentran hojas y/o espacios en blanco.
d. Los asientos se realizan con una letra poco legible.
e. Se presentan borrones y/o enmendaduras en los asientos.
f. Se realizan asientos, tanto del residente como del supervisor, sin
haber estado en obra el día que indica el asiento respectivo.
g. Se realizan los asientos sin considerar los detalles de las
principales ocurrencias de obra en el día.
h. Se registran hechos que no ocurrieron en obra.
i. Se registran especificaciones técnicas diferentes a lo ocurrido en
obra.
Cuaderno de obra
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Cuaderno de obra

  • 1. EL CUADERNO DE OBRA Y EL PROCESO DE EJECUCIÓN Arq° FREDY ROLAND TOLENTINO HUARANGA
  • 2. PRESENTACIÓN • Contribuir a una mejor administración de la ejecución en obra de los proyectos y sobre todo a garantizar un eficaz y eficiente uso de los recursos que Estado destina hacia éstos. • El contenido está basado en la normatividad vigente que rigen los procesos de dirección y conducción de las obras públicas. • Uno de los documentos clave en la gestión, monitoreo y supervisión de los proyectos es el Cuaderno de Obra.
  • 3. I. CONCEPTO • El cuaderno de obra, es el documento firmado en todas sus páginas por el inspector o supervisor, según corresponda, y por el residente, y consta de una hoja original con tres copias desglosables, correspondiendo una de éstas a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor; en donde se anotan los hechos relevantes durante la ejecución de la obra. (Art.194º y 195º del Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF – Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y Art. 43º de la Ley de Contrataciones del Estado). Este concepto se aplica para obras ejecutadas por contrata
  • 4. I. CONCEPTO • Cuaderno de Obra, El documento que, debidamente foliado, se abre al inicio de toda obra y en el que el inspector o supervisor y el residente anotan las ocurrencias, órdenes, consultas y las respuestas a las consultas. (Glosario de términos del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF – Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y Art. 43º de la Ley de Contrataciones del Estado).
  • 5. I. CONCEPTO • El cuaderno de obra, es el documento que dispone la Entidad en la etapa de construcción, debidamente foliado y legalizado en el que se anotará la fecha de inicio y término de los trabajos, las modificaciones autorizadas los avances mensuales, los controles diarios de ingreso y salida de materiales y personal, las horas de trabajo de los equipos, así como los problemas que viene afectando el cumplimiento de los cronogramas establecidos y las constancias de la supervisión de la obra.(Art. 1 de la RC. Nº 195-88-CG del 18 de julio de 1988).
  • 6. I. CONCEPTO • El cuaderno de obra, Documento técnico en que se anotará y se registrará cronológicamente todas las incidencias y ocurrencias que se consideren convenientes como el avance de los trabajos, las modificaciones que se produzcan, las consultas, ordenes, por parte del residente o inspector o supervisor. Incidencia: Lo que sucede en el curso de un asunto o negocio y tiene relación con ello… Influencia de un número de casos en algo. Ocurrencia: Idea inesperada y repentina que tiene una persona… Dicho o hecho gracioso e ingenioso de una persona
  • 7. Pregunta: ¿Es necesario que el cuaderno de obra sea legalizado notarialmente?
  • 9. DIFERENCIAS: CUADERNO DE OBRA POR CONTRATA CUADERNO DE OBRA POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA - Dialogo entre Residente de Obra y el Supervisor o Inspector de obra según corresponda. - Dialogo entre Residente de Obra y el Supervisor o Inspector de obra según corresponda. - Anotan consultas y Observaciones de carácter técnico. - Anotan consultas y Observaciones de carácter técnico. - Anotan ocurrencias mas relevantes. - Anotan ocurrencias mas relevantes. - Número de personal que trabajó. - Materiales que ingresaron y salieron a almacén. - Materiales utilizados en obra. - Equipo y personal que utilizaron en la ejecución de la partida. - Pruebas de control de calidad. - Pruebas de control de calidad. - Avances logrados.
  • 10. II. MARCO LEGAL • Ley de Contrataciones del Estado – Decreto Legislativo Nº 1017 • Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado – Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. • Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG del 18 de julio de 1988. • Manuales y/o procedimientos específicos de desarrollo, ejecución, supervisión y control de obras de cada entidad pública.
  • 11. III. PROCEDIMIENTO DE SU LLENADO. • Artículo 184º.- Inicio del plazo de ejecución de obra, El inicio del plazo de ejecución de obra comienza a regir desde el día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones: 1. Que se designe al inspector o al supervisor, según corresponda; 2. Que la Entidad haya hecho entrega del expediente técnico de obra completo; 3. Que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar donde se ejecutará la obra; 4. Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales e insumos que, de acuerdo con las Bases, hubiera asumido como obligación;
  • 12. 5. Que se haya entregado el adelanto directo al contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en el artículo 187°. - Las condiciones deberán ser cumplidas dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato. - No solicitud adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las demás condiciones. - Si la Entidad no cumple con lo dispuesto en los numerales precedentes por causas imputables a ésta, el contratista podrá iniciar el procedimiento de resolución del contrato dentro del plazo de quince (15) días de vencido el plazo previsto en el párrafo anterior, de acuerdo a lo señalado en el artículo 169º.
  • 13. - Asimismo, en el mismo plazo tendrá derecho a solicitar resarcimiento de daños y perjuicios debidamente acreditados, hasta por un monto equivalente al cinco por diez mil (5/10000) del monto del contrato por día y hasta por un tope de setenta y cinco por diez mil (75/10000). - La Entidad debe pronunciarse sobre dicha solicitud en el plazo de diez (10) días hábiles de presentada. Respecto al derecho de resarcimiento, el contratista podrá iniciar un procedimiento de conciliación y/o arbitraje dentro de los quince (15) días hábiles de vencido el plazo con el que cuenta la Entidad para pronunciarse sobre la solicitud. - Si cumplidas las condiciones antes indicadas, la estacionalidad climática no permitiera el inicio de la ejecución de la obra, la Entidad podrá acordar con el contratista la fecha para el inicio de la ejecución. Dicha decisión deberá ser sustentada en un informe técnico que formará parte del expediente de contratación.
  • 14. Se abre en la fecha de entrega de terreno ORIGINAL (en Obra) - Entidad - Contratista - Supervisor Firmado por inspector o supervisor, Según corresponda y por el residente. Art. N° 194 Cuaderno de Obra: • Si el contratista no permite el acceso al cuaderno de obra al inspector o supervisor, impidiéndole anotar las ocurrencias, será causal de aplicación de multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización por cada día de dicho impedimento. • Concluida la ejecución de la obra, el original quedará en poder de la Entidad.
  • 15. Se anotan hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de la obra. Art. N° 195: Anotación de ocurrencias: • Firmando al pie de cada anotación el inspector o supervisor o el residente, según sea el que efectuó la anotación. • Las solicitudes que se realicen como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harán directamente a la Entidad por el contratista o su representante, por medio de comunicación escrita. • El cuaderno de obra será cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida definitivamente por la Entidad.
  • 16. Artículo 196.- Consultas sobre ocurrencias en la obra: 1. Se formulan en el C/O. se dirige al I/S. 2. Serán absueltas máx. en 5 d/s de ser anotadas sino requieren opinión del proyectista. 3. Si no son absueltas dentro de los 02 d/s acude a la entidad, la que tiene 05 d. para resolverlas, contados desde el día siguiente de la recepción de la comunicación del contratista.
  • 17. Artículo 196.- Consultas sobre ocurrencias en la obra: 4. Si requiere la opinión del proyectista el I/S la eleva a la entidad máximo en 4 d/s. de anotadas; la Entidad en coordinación con el Proyectista absuelve máx. en 15 d/s. 5. Proyectista es responsable de absolver las consultas dentro de los plazos establecidos (es preciso mencionarlos en las bases y contrato del proyectista). 6. Si el proyectista no responde en el plazo estipulado, la entidad da instrucciones al contratista a través del I/S sin perjuicios que adopten contra el proyectista.
  • 18. Artículo 196.- Consultas sobre ocurrencias en la obra: 4. Si requiere la opinión del proyectista el I/S la eleva a la entidad máximo en 4 d/s. de anotadas; la Entidad en coordinación con el Proyectista absuelve máx. en 15 d/s. 5. Proyectista es responsable de absolver las consultas dentro de los plazos establecidos (es preciso mencionarlos en las bases y contrato del proyectista). 6. Si no cumplen, C. solicita Ampliac. de Plazo por le tiempo de demora; según afectación de la ruta crítica por no absolver las consultas en los plazos establecidos.
  • 20. a. Anotaciones al inicio de la obra: El Residente de obra debe verificar que el Cuaderno de Obra se encuentre debidamente legalizado, foliado, con las firmas correspondientes y demás formalidades según la naturaleza de la obra a ejecutarse.
  • 21. a. Anotaciones al inicio de la obra: En una Obra por Contrata En el caso de obras por contrata, el primer folio del cuaderno de obra debe utilizarse para transmitir el acta de entrega del terreno y otros datos básicos, tales como: • Nombre de la Empresa constructora o contratista. • Valor referencial de la obra contratada. • Plazo de ejecución de la obra.
  • 22. a. Anotaciones al inicio de la obra: En una obra por Administración Directa y por Encargo En el caso de obras por Administración Directa y Encargo, el primer folio le corresponderá para la legalización del cuaderno de obra, el segundo folio para transcribir el Acta de entrega del terreno y otros datos básicos de la obra, tales como: • Fecha de Resolución de aprobación del expediente técnico y/o fecha de la firma del Convenio para la ejecución de la Obra. • Resolución de designación del Residente o Coordinador. • Fecha de la Entrega del Terreno al Residente o Coordinador • Fecha de Inicio de Obra y plazo de ejecución de la Obra
  • 23. a. Anotaciones al inicio de la obra: El siguiente asiento debe estar redactado por el Residente, en donde se indica de manera clara y precisa las siguientes acciones: • Numero de asiento • Persona a quien corresponde el asiento • Hora de inicio de actividades • Detalle de la(s) partida(s) con que se inicia el proyecto • Distribución de las cuadrillas de trabajo • Número de trabajadores que inician la actividad …///
  • 24. a. Anotaciones al inicio de la obra: • Número y detalle de la mano de obra calificada que inician el proyecto: Jefes de Cuadrilla, Asistente de Cuadrilla, Maestro de Obra, Operarios, Oficiales, profesionales. • Herramientas con la que se inicia la obra • Detalle de las medidas de seguridad de los trabajadores. • Solicitud de autorización del trazo y replanteo del proyecto a ser aprobado por el Supervisor.
  • 26. 3.3. Durante la obra: • Acta de inicio de obra • Fecha de entrega del adelanto directo y/o materiales, asimismo si el contratista ha cumplido con presentar su Plan de utilización del adelanto por materiales. • Fecha de inicio del plazo contractual y fechas de aprobación y cancelación de las valorizaciones de obra. • Proyectos de modificaciones de la obra, debidamente sustentadas, precisando sus causales, así como el número y fecha de resoluciones que aprueban dichas modificaciones. En una Obra por Contrata Las acciones o registros en el Cuaderno de Obra que se efectúan durante la ejecución de la obra son las:
  • 27. 3.3. Durante la obra: • Causales de adicionales y/o deductivos de obra, incluyendo número y fecha de las resoluciones que los aprueben. • Cambios de Inspectores, Supervisores y Residentes de Obra; indicando los documentos oficiales de designación. • Avance físico semanal de cada una de las partidas que se ejecutan en la obra, con un análisis comparativo relacionado con el Calendario Valorizado de Obra. • Resultado de pruebas efectuadas para realizar los controles de calidad de ejecución de la obra. De existir observaciones se requiere de su inmediata subsanación y luego de ejecutada la misma, se dejará constancia de ello.
  • 28. 3.3. Durante la obra: • Posibles ampliaciones de plazo, sustentando sus causales y en los casos de concretarse, se indica el número y fecha de las resoluciones que aprueban dichas ampliaciones. • Paralizaciones parciales y/o totales de obra, indicando sus causales e informando si fuera quien decidirá sobre la intervención económica o resolución (rescisión) del contrato. • Incumplimiento de los avances parciales de la obra, establecidos en los Calendarios Valorizados de Avances de Obra, precisando sus causales y solicitando al contratista la presentación de Nuevos Calendarios que permitan la aceleración de los trabajos, a fin de garantizar el cumplimiento de la obra, dentro del plazo establecido.
  • 30. 3.3. Durante la obra: • Los requerimientos técnicos de personal, materiales y servicios de maquinaria y equipos, entre otros, que fueron tramitados mediante el respectivo Informe Técnico. • El cambio de residente y/o coordinadores de obra, al momento de su ocurrencia, el mismo que debe estar sustentado mediante un documento oficial de la entidad a cargo del proyecto, que por lo general es una Resolución. • Fechas de aprobación de los Presupuestos Analíticos y de sus respectivas reestructuraciones, si las hubiera.. En una obra por Administración Directa y por Encargo De manera general las acciones o registros en el Cuaderno de Obra que se efectúan durante la ejecución de la obra son las siguientes:
  • 31. 3.3. Durante la obra: • Los Informes semanales, quincenales o mensuales de avance físico y financiero de la Obra. Esta periodicidad depende del tipo de proyecto, el plazo de ejecución o las disposiciones expresas detalladas en los manuales o procedimientos con que cuente la entidad. • Las pruebas de control de calidad que se realicen en la ejecución de la obra, entre los que se incluyen los Análisis de Suelos, Pruebas de Concreto, Pruebas Hidráulicas, Pruebas de Resistencia y/o Compactación de suelos, entre otras. • La no continuidad de la obra por paralizaciones debe registrarse indicando las razones que generaron dicha circunstancia, el mismo que debe basarse en hechos verificables, pues esta acción puede acarrear posibles ampliaciones del plazo de ejecución de la obra.
  • 32. 3.3. Durante la obra: De manera específica, a cada día calendario, el Residente menciona el trabajo ejecutado en el día, los equipos, el personal, el material utilizado (cimento asfalto etc.) y el metrado aproximado de lo realizado.
  • 34. 3.4. Al concluir la obra: En una obra por contrata: Esta etapa constituye el proceso final de la ejecución física del proyecto, pues en base a ello se verificará el cumplimiento o no de los plazos contractuales de ejecución, además de la verificación del cumplimiento de las características constructivas. En esta fase se registra: • En la fecha indicada, el Residente de Obra realiza el asiento respectivo indicando la fecha de término de ejecución de la obra, indicando el cumplimiento del 100% de las partidas del proyecto, debiendo solicitar al Supervisor o Inspector la solicitud de conformidad de culminación de obra. • Hay que recordar que este asiento no necesariamente es el último día del plazo de ejecución de obra, pues si a ese día el proyecto no se encuentra ejecutado en el 100% de sus partidas, no representa la culminación de la obra.
  • 35. 3.4. Al concluir la obra: En una obra por contrata: • El Inspector, luego de verificar que las partidas del proyecto han sido ejecutadas en un 100%, dará por concluida el proyecto, realizando el asiento respectivo, debiendo informar sobre esta fecha a la Entidad, en el lapso de cinco (05) días naturales. • Cuando las partidas no han sido concluidas al 100%, aún cuando el residente haya consignado dicho avance en el cuaderno de obra, el Inspector dejará constancia del hecho, indicando de manera detalladas las partidas inconclusas o aquellas que a criterio técnico no cumplan con las especificaciones técnicas detalladas en el expediente técnico. • Si el plazo término contractual ha vencido, esta fecha servirá para el cómputo de los días de penalidad por retraso en la fecha de culminación de obra que se encuentran estipulados en el contrato. De ahí la importancia de detallar con precisión este asiento en el cuaderno de obra.
  • 36. 3.4. Al concluir la obra: En una obra por contrata: • Si la obra es declarada por el Inspector que se ha cumplido con el 100% de las partidas, la entidad nombrará una Comisión de Recepción de Obra, cuya resolución será insertada en el cuaderno de obra, así como el Acta de Observaciones, si la hubiere. • Cuando el Comité de Recepción ha identificado observaciones al proyecto, el Levantamiento de Observaciones con su Acta respectiva o de incumplimiento de las mismas, por parte del Contratista, también se registra en el cuaderno de obra. • De los considerandos expuestos se desprende que el Supervisor es quien realiza el último asiento de obra. • El informe de Liquidación del Proyecto, deberá incluir el original del cuaderno de obra.
  • 38. 3.4. Al concluir la obra: En una obra por Administración Directa: • El asiento que informa la fecha de culminación de la obra debe ser redactado por el Residente, en donde se indica la fecha de término de la obra, haciendo un análisis de las partidas ejecutadas, debiendo solicitar a Inspector su conformidad. Además deberá consignar lo siguiente: • Valoración final del proyecto • Metrados alcanzados, detallados según las partidas del expediente técnico • Número de participantes con que se concluye el proyecto, desagregado por sexo. Este dato es importante en la ejecución de proyectos sociales como FONCODES y Construyendo Perú. • Detalle de los materiales e insumos existentes en almacén • Detalle de las herramientas que obran en almacén, detallando su estado de conservación.
  • 39. 3.4. Al concluir la obra: En una obra por administración directa: • Sin embargo de forma oficial mediante documento se debe informar de este hecho al inspector. • El inspector, luego de la verificación del cumplimiento de las partidas expresadas en el Expediente Técnico con lo realizado en obra, realizará el asiento respectivo dando conformidad a lo expresado por el Residente o su disconformidad. • En caso el inspector manifestara que no se ha cumplido el 100% de las partidas especificadas en el proyecto, el asiento respectivo deberá consignar de manera detallada y pormenorizada de la(s) partidas(s) que no se hayan ejecutado al 100%, por lo que deberá continuar el proyecto hasta su culminación total, dando un tiempo adicional para la culminación del proyecto.
  • 40. 3.4. Al concluir la obra: En una obra por administración directa: • Si se ha dado la conformidad del 100% de ejecución del proyecto, se informará de este hecho a la institución, quien nombrará la Comisión de Recepción de Obra mediante resolución u otro documento estipulado en su TUPA o el documento de gestión respectivo, transcribiendo dicho documento en el cuaderno de obra. • Si la Comisión de Recepción identificara deficiencias o que las partidas no han sido ejecutadas al 100%, el Acta de Observaciones se registrará en el cuaderno de obra, así como el Acta de Levantamiento de Observaciones o de incumplimiento de las mismas. • El original del cuaderno de obra debe ser presentado como parte del Informe de Liquidación del Proyecto.
  • 41. IV. PRINCIPALES ERRORES, FALTAS Y DELITOS QUE SE COMENTEN EN EL MANEJO DEL CUADERNO DE OBRA 4.1. Responsabilidades : Tipología: Por la materia, la responsabilidad de los responsables del manejo del cuaderno de obra y de quienes se encargan de verificar el cumplimiento de la aplicación correcta de este documento son:
  • 43. IV. PRINCIPALES ERRORES, FALTAS Y DELITOS QUE SE COMENTEN EN EL MANEJO DEL CUADERNO DE OBRA Responsabilidad Administrativa: • Por ejemplo cuando en un proceso de selección no hago caso al Reglamento y no cumplo con los plazos establecidos para integrar las bases. • En el caso del cuaderno de obra, cuando no registro de manera oportuna los acontecimientos importantes del proyecto. • Supletoriamente cuando corresponda, se aplica también lo expresado por la Ley N° 27815- Ley del Código de Ética en la Función Pública.
  • 44. Responsabilidad Civil: • Cuando no aplicó al contratista las penalidades por la demora injustificada en la entrega de la obra. • En el caso del cuaderno de obra, cuando registro una acción que no ha ocurrido y que ocasionará un pago a la institución. Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios públicos, que por su acción u omisión en el ejercicio de sus funciones, hayan ocasionado daño económico a su Entidad o al Estado. Es necesario que el daño económico haya sido ocasionado por un incumplimiento de funciones, por dolo o culpa, sea esta inexcusable o leve.
  • 45. Responsabilidad Penal: Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios públicos que en ejercicio de sus funciones han efectuado un acto u omisión tipificado como delito. • Cuando simulo un proceso de selección, pero en la realidad ya se conoce con quien voy a contratar y probablemente ya esté brindando el servicio. • En el uso del cuaderno de obra, por ejemplo, aprobar por parte del supervisor un adicional de obra por vicios ocultos, sin que esta dificultad en obra haya ocurrido. • El objeto de tutela penal es el correcto funcionamiento de la administración pública.
  • 46. COLUSIÓN: • Este delito se verifica cuando el funcionario o servidor público interviene en contratos, suministros, licitaciones, concursos de precios, subastas o cualquier otra operación semejante por razón de su cargo o comisión especial, y defrauda al Estado o Entidad u Organismo del Estado concertando con los interesados en los convenios, ajustes, liquidaciones o suministros. Un ejemplo de este delito es cuando el Residente y el Superviso de manera concertada, registran en el cuaderno de obra que la obra se ha concluido al 100%, sin que ello haya ocurrido de manera real.
  • 47. PECULADO: • Este delito se configura cuando el funcionario o servidor público se apropia o utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le han sido confiados por razón de su cargo. Un ejemplo de este delito es cuando se registra el ingreso de materiales a almacén de obra sin que el hecho haya ocurrido, generando el pago al proveedor por la irreal entrega de los bienes registrados en el cuaderno de obra.
  • 48. MALVERSACIÓN: • Este delito se produce cuando el funcionario o servidor público da al dinero o bienes que administra, una aplicación definitiva diferente a aquella a la que están destinado, afectando el servicio o la función encomendada. Un ejemplo de este delito es cuando se registra en el cuaderno de obra la utilización de materiales, sin que ellos se usen en la obra, dándole un fin distinto, como por ejemplo destinarlo a otra obra. El uso de fondos destinados a materiales y/o equipos y se pague por otros rubros como mano de obra.
  • 49. 4.3. Principales Hallazgos que se detectan en el cuaderno de obra a. El cuaderno de obra no se encuentra físicamente en obra. b. El cuaderno de obra no se encuentra al día en los asientos respectivos, es decir el último asiento no corresponde al día anterior a la visita. c. Se encuentran hojas y/o espacios en blanco. d. Los asientos se realizan con una letra poco legible. e. Se presentan borrones y/o enmendaduras en los asientos. f. Se realizan asientos, tanto del residente como del supervisor, sin haber estado en obra el día que indica el asiento respectivo. g. Se realizan los asientos sin considerar los detalles de las principales ocurrencias de obra en el día. h. Se registran hechos que no ocurrieron en obra. i. Se registran especificaciones técnicas diferentes a lo ocurrido en obra.
  • 50. 4.3. Principales Hallazgos que se detectan en el cuaderno de obra a. El cuaderno de obra no se encuentra físicamente en obra. b. El cuaderno de obra no se encuentra al día en los asientos respectivos, es decir el último asiento no corresponde al día anterior a la visita. c. Se encuentran hojas y/o espacios en blanco. d. Los asientos se realizan con una letra poco legible. e. Se presentan borrones y/o enmendaduras en los asientos. f. Se realizan asientos, tanto del residente como del supervisor, sin haber estado en obra el día que indica el asiento respectivo. g. Se realizan los asientos sin considerar los detalles de las principales ocurrencias de obra en el día. h. Se registran hechos que no ocurrieron en obra. i. Se registran especificaciones técnicas diferentes a lo ocurrido en obra.