2. LEY CONTRA EL LAVADO DE
DINERO
L E Y F E D E R A L PA R A L A I D E N T I F I C A C I O N D E
OPERACIONES CON RECURSOS DE
P R O C E D E N C I A I L I C I TA
LFPIORPI
RBA
3. Actividades Vulnerables
Quiénes realizan actividades vulnerables en
términos de la Ley Federal para la Prevención
e Identificación de Operaciones con Recursos
de Procedencia Ilícita:
RBA
4. Actividades Vulnerables
1. Las Entidades Financieras, a través de los actos,
operaciones y servicios que realizan de conformidad
con las leyes que regulan a cada una de ellas.
2. Aquellas actividades económicas a las que por su
naturaleza y características, el tipo de bienes o
servicios que emiten o comercializan y su operación,
la Ley Federal para la Prevención e Identificación de
Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita las
cataloga como tal; son las siguientes:
RBA
6. MONTOS APLICABLES
Se determinan por actividad, sin embargo se
estipula que si una persona realiza actos u
operaciones por una suma acumulada en un periodo
de 6 meses que supere los montos establecidos en
cada supuesto para la formulación de avisos, podrá
ser considerada como una operación sujeta a la
obligación de presentar los avisos.
RBA
8. Los sectores estarán obligados a:
1. Identificar a sus clientes y usuarios y verificar su
identidad. (lista nominal del ife)
2. Por cada relación de negocios se deberá solicitar
al cliente la información sobre su actividad.
3. Solicitar al cliente o usuario información acerca del
“dueño o beneficiario final” de las operaciones
finales
RBA
9. Los sectores estarán obligados a:
4. Custodiar, proteger, resguardar la destrucción u
ocultamiento de información y documentación por 5
años.
5. Brindar facilidades a las autoridades para llevar a
cabo verificaciones.
6. Presentar avisos y reportes a la SHCP
RBA
10. Presentación de los avisos
Los avisos se presentarán ante la SHCP a mas
tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a aquel
en que se hubiera llevado a cabo la operación de
origen. La presentación de los avisos no implica
transgresión de confidencialidad o secreto bancario.
RBA
11. Prohibición de uso de efectivo y metales
Se PROHIBE, dar cumplimiento a obligaciones
y en general liquidar o pagar, (dar o recibir) por actos
u operaciones mediante el uso de:
MONEDAS Y BILLETES, NACIONAL O DIVISAS
METALES PRECIOSOS
Para:
Inmuebles (8025 veces smg df)
RBA
12. Prohibición de uso de efectivo y metales
Vehículos nuevos o usados, terrestres, marítimos o
aéreos (3210 smg df)
Relojes, joyas, metales preciosos, y piedras
preciosas (3210 smg df)
Boletos para apuestas, premios, sorteos o el cobro
de sus ganancias (3210 smg df)
Blindaje de vehículos o inmuebles (3210 smg df)
RBA
13. Prohibición de uso de efectivo y metales
Transmisión de acciones o partes sociales de
empresas (3210 smg df)
Otorgamiento del uso o goce de inmuebles,
vehículos, o blindaje (3210 smg df)
RBA
14. Sanciones / multas (son créditos fiscales ) por:
En caso de entidades financieras serán impuestas
por la SHCP
Abstenerse de cumplir con los requerimientos
No cumplan a tiempo con los avisos
Para quienes participen en operaciones prohibidas
RBA
15. Sanciones / multas (son créditos fiscales ) por:
Las multas oscilan en rangos muy amplios, pues van
desde los 200 smg df hasta los casos más graves,
con 10,000 y hasta 65,000 días de smg df.
También comprenden la revocación de permisos
para juegos y sorteos; cancelación de la habilitación
como corredor público, cese de notario público, cese
de patente, cancelación de autorización de agentes
aduanales.
RBA
16. Delitos (prisión y multas)
A quien proporcione datos falsos para los avisos (2 a
8 años con 500 a 2000 días de multa)
A quien modifique los datos que se deben incluir en
los avisos (2 a 8 años con 500 a 2000 días de multa)
A servidores públicos que hagan mal uso de la
información (4 a 10 años y 500 a 2000 días de
multa)
RBA
17. CONTROL INTERNO
Quienes se encuentren en los supuestos establecidos en la
LFPIORPI, y realicen dichas operaciones de manera habitual,
deberán establecer un sistema de control interno que les
proporcione´:
Resguardo de información de los usuarios, clientes etc. Física
o digital
Controles acumulativos que proporcionen datos sobre los
usuarios que caen en los supuestos, individualmente o
acumulados (6 meses)
Reportes internos que concentren información para realizar
los reportes mensuales.
RBA
18. Responsables
Contacto para la información que se reportará y
recibirá los requerimientos de la autoridad a través
del BUZON ELECTRONICO.
Representante legal
RBA
20. IVA
Las modificaciones al IVA, son básicamente para
gravar actos que estaban en tasas exentas o cero.
Se aumenta la tasa de la zona fronteriza al 16%.
Se eliminan las disposiciones aplicables a pequeños
contribuyentes.
RBA
22. ISR – PERSONAS MORALES
1.- BENEFICIOS DE LOS TRATADOS PARA
EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN.
2.- ELIMINACIO DE LA DEDUCCIÓN INMEDIATA
(Arts. 220 y 221 LISR)
3.- DEDUCCIÓN LINEAL AL 100% EN
MAQUINARIA Y EQUIPO DE FUENTES
RENOVABLES
4.- DEDUCCIONES DE LAS APORTACIONES A
FONDOS DE PENSIONES Y JUBILACIONES
RBA
23. ISR – PERSONAS MORALES
5.- DEDUCCION DE DONACIÓN DE BIENES QUE HAN
PERDIDO SU VALOR.
6.- PROHIBICIÓN DE DEDUCCIONES.(partes relacionadas
regímenes preferentes y extranjeras)
7.- LÍMITE DE 4% A LAS DEDUCCIONES POR DONATIVOS
A LA FEDERACIÓN, ENTIDADES FEDERATIVAS,
MUNICIPIOS Y SUS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS.
8.- OBLIGACIÓN DE LOS BANCOS DE PROPORCIONAR
INFORMACIÓN SOBRE DEPÓSITOS EN EFECTIVO.
RBA
24. ISR – PERSONAS MORALES
9.- VALES DE DESPENSA. (solo autorizados por el SAT)
10.- LIMITE DE DEDUCCION POR PRESTACIONES
EXENTAS (53%)
11.- LIMITE DE DEDUCIBILIDAD PARA INVERSION EN
AUTOMOVILES (130 mil)
12.- LIMITE DEDUCIBLE PARA RENTA DE AUTOMOVIL
(200 ps diarios)
13.- CONSUMOS DE RESTAURANTES (aumento en 8.5%
con pago tc)
RBA
25. ISR – PERSONAS MORALES
14.- RÉGIMEN DE SOCIEDADES COOPERATIVAS DE
PRODUCCIÓN.
15.- SOCIEDADES INMOBILIARIAS DE BIENES RAÍCES
(SIBRAS)
16.- DESARROLLADORES INMOBILIARIOS Y FABRICANTES DE
BIENES DE LARGO PROCESO DE PRODUCCIÓN.
17.- VENTAS A PLAZOS, ACUMULACIÓN AL MOMENTO DE LA
VENTA, NO DEL COBRO.
18.- RÉGIMEN SIMPLIFICADO (COORDINADOS)
RBA
26. ISR – PERSONAS MORALES
19.- SE ELIMINA LA TASA PREFERENCIAL DEL
ISR DEL SECTOR PRIMARIO PARA
HOMOLOGARLA CON LA DEL RÉGIMEN
GENERAL.
20.- IMPUESTO A LA DISTRIBUCIÓN DE
DIVIDENDOS (10% residentes en extranjero)
21.- BASE GRAVABLE PARA EL CÁLCULO DE LA
PTU. (ptu pagada no deducible / pagos exentos a
trabajadores se deducen)
RBA
27. ISR – PERSONAS MORALES
22.- CÁLCULO PARA DETERMINAR LA GANANCIA EN
ENAJENACIÓN DE ACCIONES.
23.- INSTITUCIONES DE BENEFICENCIA.
24.- SOCIEDADES O ASOCIACIONES CIVILES
DEDICADAS A LA ENSEÑANZA Y ORGANIZADAS CON
FINES DEPORTIVOS.
25.- ACTIVIDADES DE LAS DONATARIAS AUTORIZADAS.
26.- RÉGIMEN DE MAQUILA.
RBA
28. ISR – PERSONAS MORALES
27.- EMPRESAS MAQUILADORAS DE
ALBERGUE.
RBA
29. ISR – PERSONAS FISICAS
Rangos salariales
Tasa máxima de ISR
(cifras en pesos)
Hasta 750,000
De 750,000 a un
millón
32%
De 1 millón a tres
millones
34%
Más de 3 millones
RBA
30%
35%
30. ISR – PERSONAS FISICAS
2. Deducciones personales
El límite será lo que resulte menor entre el 10% del
salario anual del contribuyente o cuatro salarios mínimos
anuales equivalentes actualmente a 94,549 pesos
3. Deducción de intereses de hipotecas
Los intereses reales (por arriba de la inflación) de los
créditos hipotecarios podrán deducirse siempre que el
monto total de los créditos otorgados para la adquisición
no supere 750,000 unidades de inversión (UDIS),
equivalentes a alrededor de 3.7 millones de pesos.
RBA
31. ISR – PERSONAS FISICAS
4. Impuestos por vender tu casa
La nueva Ley de Ingresos establece que quienes
vendan un inmueble pagarán ISR sobre la ganancia
de la venta si éste tiene un valor superior a 700,000
unidades de inversión (UDIS), equivalentes a tres
millones 493,000 pesos.
RBA
32. ISR – PERSONAS FISICAS
5. El Régimen de Incorporación es un esquema de
tributación al que pueden acceder las personas
físicas con actividad empresarial con ingresos
menores de dos millones de pesos. Propone un
descuento de 100% en el pago de ISR el primer año
de integración y que se reduce gradualmente a lo
largo de la siguiente década de forma que, en el año
11, el descuento desaparecería y la persona tendría
que pagar el 100% del ISR.
RBA
33. ISR – PERSONAS FISICAS
Año de incorporación
Porcentaje de descuento
1
2
90%
3
80%
4
70%
5
60%
6
50%
7
40%
8
30%
9
20%
10
RBA
100%
10%
34. ISR – PERSONAS FISICAS
6.
Se gravan inversiones en Bolsa (10%
ganancias)
RBA
35. SE DEROGAN
LEYES DE LOS IMPUESTOS EMPRESARIAL A
TASA ÚNICA (IETU) Y A LOS DEPÓSITOS EN
EFECTIVO. (IDE)
RBA
37. CODIGO FISCAL 2014
1.- Contempla medidas contra contribuyentes defraudadores,
ya que reconoce como delito la expedición de comprobantes
fiscales que amparen operaciones inexistentes o falsas. La
sanción va de 3 meses a 6 años de prisión
2.- La autoridad fiscal podrá dejar sin efectos los certificados
de sellos o firmas digitales cuando detecten que los
comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para amparar
operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas, o el
contribuyente no puede ser localizado o desaparezca.
3.- Establece sanciones para quienes adquieren, venden o
colocan y de alguna manera se benefician del tráfico de
comprobantes fiscales.
RBA
38. CODIGO FISCAL 2014
4.- Incorpora las tarjetas de crédito y de débito como
un medio adicional de pago de las contribuciones,
"con el objeto de disminuir el uso del efectivo y
fomentar los pagos a través de medios
electrónicos".
5.- Señala plazos expeditos para el aseguramiento
precautorio de bienes e inmovilización de cuentas
bancarias.
RBA
39. CODIGO FISCAL 2014
6.- Las entidades financieras y sociedades deberán
proporcionar información al Servicio de Administración
Tributaria, de forma directa o mediante la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores, sobre créditos o
préstamos otorgados a personas físicas y morales.
7.- La autoridad fiscal pueda publicar en su página de
Internet el nombre, denominación o razón social y la
clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de
sujetos con quienes es riesgoso celebrar actos
mercantiles o de comercio, porque no cumplen con sus
obligaciones fiscales.
RBA
40. CODIGO FISCAL 2014
8.- Obliga a que las personas físicas y morales que
hayan abierto una cuenta a su nombre en las entidades
financieras o sociedades cooperativas de ahorro y
préstamo, estén obligadas a solicitar su inscripción al
RFC.
9.- Establece la obligación del uso del comprobante
fiscal digital por Internet, utilizándolos también para los
casos en que se realicen retenciones de contribuciones,
con lo cual se busca eliminar la obligación de presentar
declaraciones informativas de retenciones y de
operaciones con terceros.
RBA
41. CODIGO FISCAL 2014
10.- Propone la creación de un sistema de
comunicación electrónico denominado buzón
tributario para conectar a los contribuyentes y a las
autoridades fiscales.
11.- Dictamen voluntario para empresas con desde
100 mdp de ingresos, o desde de 79 mdp de
activos, o 300 empleados en cada uno de los meses
del ejercicio.
RBA
42. CODIGO FISCAL 2014
ingresarán su
contabilidad en forma mensual a
12.- Los contribuyentes,
través de la página del SAT, de conformidad con las
reglas de carácter general que se emitan para tal
efecto.
RBA