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CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO
Sección Sindical Tragsatec Madrid
C/ Alenza, 13 – 2ª planta Tfno.: 91 533 72 15 E-mail: madrid@cgttec.es
28003 Madrid Fax: 91 534 13 00 Web: http://madrid.cgttec.es
REUNIÓN SOBRE EL CALENDARIO LABORAL DE TRAGSATEC MADRID 2020
El martes 17 de diciembre de 2019 tuvo lugar la reunión entre la Dirección del Grupo Tragsa y el Comité de
Empresa de Tragsatec Madrid para negociar el Calendario laboral de 2020. En esta ocasión, el número de
días laborales, quitando los festivos, sábados, domingos, vacaciones, turno de Navidad y días de libre
disposición, resulta ser 217 que, a razón de un promedio semanal de 37,5 horas, equivale a 1627,5 horas
anuales. Teniendo en cuenta que este año no hay puentes, la jornada diaria en invierno es de 7 horas y 38
minutos y en verano de 7 horas.
La Dirección empezó aclarando que las propuestas quedaban limitadas a lo establecido en el Acuerdo de
Homologación como, por ejemplo, la obligación de partir la jornada, parar durante una hora para comer,
etc., por lo que rechazó el grueso de las propuestas del Comité de Empresa para favorecer la conciliación
de la vida personal, familiar y laboral, de reducción de la contaminación y de recuperación de todo el plus de
nocturnidad en el Calendario laboral de Tragsatec Madrid 2020.
CGT argumentamos que la posibilidad de entrar a partir de las 7:00 no contraviene el Acuerdo de
Homologación y que la obligación de partir la jornada, comer en una hora, etc., según el Principio de
Flexibilidad Horaria, es para quien realice una jornada semanal superior a la fijada en el Calendario laboral,
según la literalidad de dicho acuerdo. Además, consideramos que es arbitrario que la Dirección se excuse
en la congelación de la masa salarial cuando hay que incrementarla pero no cuando le beneficia disminuirla.
La Dirección nos contestó que la posibilidad de entrar a partir de las 7:00 es algo que se está valorando
pero no se aplicará este año. Sobre la obligación de partir la jornada y comer en una hora nos indicó que es
algo compartido por todos los firmantes del Acuerdo de Homologación. En cuanto a la masa salarial del
personal del turno de tarde, el año pasado disminuyó y para este supondría un incremento que no sería
autorizado por Hacienda.
Finalmente, la Dirección accedió a la propuesta de entrar más tarde y salir antes en jornada de verano, pero
no gratuitamente. La moneda de cambio ofrecida al Comité de Empresa fue consolidar otro año más la
pérdida de la mitad del plus de nocturnidad del personal del turno de tarde.
CGT no renunciamos a la propuesta de entrar a partir de las 7:00 pues creemos que es una medida justa y
fundamentada para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como reducir la
contaminación durante todo el año. Tampoco fuimos conformes con la pérdida de poder adquisitivo del
personal del turno de tarde, por lo que no firmamos el calendario laboral.
El Calendario laboral 2020 se firmó por la Dirección, CCOO, UGT, CSIF y co.bas sin que estas secciones
sindicales consideraran necesario convocar un Pleno del Comité de Empresa para valorar la postura de la
Dirección o realizar una asamblea de trabajadores y trabajadoras que ven perjudicados sus intereses.
DEFIENDE TUS DERECHOS, DEFIENDE TU FUTURO. ORGANÍZATE EN CGT
Madrid, 20 de diciembre de 2019
SECCIÓN SINDICAL CGT TRAGSATEC MADRID
http://madrid.cgttec.es
#mP:::::.sAGRAR.ssADOMIGILIO: JUUÁru CNMNRILLO - VALENTíT.I SE¡rO. ERMITA DEL sANTo, IecnruÉs Y PERSoNAL QUE PRESTA sERVIcIos EN
OFICINAS DEL GRUPO TRAGSA NO SOMETIDOS A HORARIO DE CLIENTE
LOCALIDAD: MADRID
CONVENIO: C.C.N. DE EMPRESAS OE INEET.¡ICN|A Y OFICINAS DE ESTUDIOS TÉCNICOS
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CALENDARIO LABORAL PARA EL ANO 2O2O
DOMINGOS: 52
sÁeADos: s2
OíA Oe EMPRESA: 14 o 18 mayo. El 15 de mayo, San lsidro, de acuerdo al artículo 4 del Acuerdo de Homologación, se traslada a
los días laborables inmediatamente anteriores o posteriores, al objeto de mantener cubierto el servicio, cada trabajador podrá
disfrutar bien del 14 ó del 18 de mayo, en concepto de este día.
24Y 31 DE DICIEMBRE: De acuerdo al Acuerdo de Homologación, no laborables.
TURNOS DE NAVIDAD (*): 4 días en el periodo navideño (ver turnos en la ss. Hoja)
oíe LlgRe olspOSlClÓt¡; 3 días durante el año (Su devengo será porporcional a los días trabajados en el año natural, en el caso de
incorporación a la Empresa durante el ejercicio o finalización de la relación contractual en dicho año).
VACACIONES: 23 días laborables
(*)OBSERVAGIONES: Por razones organizativas y de atención al cliente, se precisa garanlizar unos servicios mínimos durante los días del turno de
navidad 23 y 30 de diciembre, que será cubierto, exclusivamente, y de manera rotativa, por personal Directivo y Cuadros Superiores, junto con el apoyo
administrativo directo. A dicho personal, se le compensará con otro día de descanso que podrán disfrutar hasta el 30 de enero de 2021.
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NOVIEMBREOCTUBRE DICIEMBRESEPTIEMBRE
MAYO AGOSÏOJULIOJUNIO
FEBREROENERO MARZO ABRIL
JORNADA DE INVIERNO JORNADA DE VERANO
I de enero a '15 de junio
l6 de septiembre a 3l de diciembre
Jornada Diaria: 7 horas y 38 minutos
Jornada Semanal: 38 horas v 10 minutos
l5 de junio a 15 de septiembre (ambos inclusive)
Jornada Diaria: 7 horas
Jornada Semanal: 35 horas
JORNADA ANUAL PARA EL ANO 2020: 'i'627,5 horas. Con carácter general, sólo computarán como horas extras aquellas que se
efectúen por encima de la jornada y hayan sido autorizadas como tal.
#gPssatec
CALENDARIO LABORAL PARA EL ANO 2O2O
JORNADA PARTIDA:
JORNADA DE INVIERNO:
. La jornada diaria es partida desarrollándose de lunes a viernes.
- La hora máxima de entrada son las 9:30 horas, existiendo flexibilidad para iniciar la jornada desde las 7:30 horas.
- Es obligatoria la estancia mínima en el puesto de trabajo desde las 9:30 hasta las 13:45. Para el personal con reducciÓn
jornada al amparo del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, resultará de aplicación el Acuerdo de fecha 17 de junio
2015, alcanzado ante la Audiencia Nacional.
- La hora máxima de permanencia continuada en el puesto de trabajo, sin interrupción de la comida, será hasta las 16:30 horas.
- La jornada de tarde podrá iniciarse desde las 14:45, siendo la hora máxima de salida las 21 :00 horas.
- Dentro del principio de flexibilidad que rige en la empresa será posible la recuperación de alguna/s tarde/s en el resto de
días de la semana hasta completar el cómputo semanal de horas de trabajo, no pudiendo realizarse la jornada diaria completa
manera continuada (sin interrupción de comida) durante este periodo.
- Aquellas tardes que se trabaje será obligatorio interrumpir la jornada en al menos una hora para comer.
DE VERANO
La jornada diaria es intensiva y continuada desarrollándose de lunes a viernes.
La hora máxima de entrada son las 9:15 horas, existiendo flexibilidad para iniciar la jornada desde las 7:30 horas
Es obligatoria la estancia mt n ma en el puesto de trabajo desde las I:1 5 hasta las 1 4:00 de lunes VIernes. Para el personal
n reduccton de jornada al amparo del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, resultará de aplrcacton el Acuerdo de fecha
17 de junio de 2015, alcanzado ante la Audiencia Nacional.
La hora máxima de permanencia continuada en el puesto de trabajo será hasta las 16:15 horas.
Flexibilidad, entendiendo como tal la acumulación del tiempo dentro de la misma semana, sin poder trasvasar horas de una
a otra, salvo lo indicado en el punto d) del artículo 4. Jornada, aprtado Vlll del Acuerdo de Homologación.
ORARIOS DE TRABAJO
De Lunes a Viernes:
- Mañana de 7:00 a 14:30 horas
- Tarde: de 15:00 a 22:30 horas
FIESTAS NACIONALES Y AUTONÓMICAS
1 de enero, Año Nuevo
6 de Enero, Epifania del Señor
9 de abril, Jueves Santo
10 de abril, Viernes Santo
1 de Mayo, Fiesta del Trabajo
2 de mayo, Fiesta de la Comunicad de Madrid
15 de agosto, Asunción de la Virgen
12 de octubre, Fiesta Nacional de España
2 de noviembre, lunes ss. A todos los Santos
7 de diciembre; lunes ss. al Día Const¡tución Española
8 de diciembre, La lnmaculada Goncepción
25 de Diciembre, Natividad del Señor
17 de diciembre de 2019
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FIESTAS LOCALES
15 de fulayo, San lsídro
9 de Noviernbre, Nulestra Señora De La Almudena
FIESTA EMPRESA
14 ó 18 de mayo
FIESTAS ACUERDO HOMOLOGACIÓN
24y 31 de diciembre
TURNOS DE NAVIDAD:
1o:23,28, y 30 diciembre 2020
20:23 y 30 2020y4y5enero2021
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Comité de Empresa:
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Reunión sobre el Calendario laboral de Tragsatec Madrid 2020

  • 1. CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO Sección Sindical Tragsatec Madrid C/ Alenza, 13 – 2ª planta Tfno.: 91 533 72 15 E-mail: madrid@cgttec.es 28003 Madrid Fax: 91 534 13 00 Web: http://madrid.cgttec.es REUNIÓN SOBRE EL CALENDARIO LABORAL DE TRAGSATEC MADRID 2020 El martes 17 de diciembre de 2019 tuvo lugar la reunión entre la Dirección del Grupo Tragsa y el Comité de Empresa de Tragsatec Madrid para negociar el Calendario laboral de 2020. En esta ocasión, el número de días laborales, quitando los festivos, sábados, domingos, vacaciones, turno de Navidad y días de libre disposición, resulta ser 217 que, a razón de un promedio semanal de 37,5 horas, equivale a 1627,5 horas anuales. Teniendo en cuenta que este año no hay puentes, la jornada diaria en invierno es de 7 horas y 38 minutos y en verano de 7 horas. La Dirección empezó aclarando que las propuestas quedaban limitadas a lo establecido en el Acuerdo de Homologación como, por ejemplo, la obligación de partir la jornada, parar durante una hora para comer, etc., por lo que rechazó el grueso de las propuestas del Comité de Empresa para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, de reducción de la contaminación y de recuperación de todo el plus de nocturnidad en el Calendario laboral de Tragsatec Madrid 2020. CGT argumentamos que la posibilidad de entrar a partir de las 7:00 no contraviene el Acuerdo de Homologación y que la obligación de partir la jornada, comer en una hora, etc., según el Principio de Flexibilidad Horaria, es para quien realice una jornada semanal superior a la fijada en el Calendario laboral, según la literalidad de dicho acuerdo. Además, consideramos que es arbitrario que la Dirección se excuse en la congelación de la masa salarial cuando hay que incrementarla pero no cuando le beneficia disminuirla. La Dirección nos contestó que la posibilidad de entrar a partir de las 7:00 es algo que se está valorando pero no se aplicará este año. Sobre la obligación de partir la jornada y comer en una hora nos indicó que es algo compartido por todos los firmantes del Acuerdo de Homologación. En cuanto a la masa salarial del personal del turno de tarde, el año pasado disminuyó y para este supondría un incremento que no sería autorizado por Hacienda. Finalmente, la Dirección accedió a la propuesta de entrar más tarde y salir antes en jornada de verano, pero no gratuitamente. La moneda de cambio ofrecida al Comité de Empresa fue consolidar otro año más la pérdida de la mitad del plus de nocturnidad del personal del turno de tarde. CGT no renunciamos a la propuesta de entrar a partir de las 7:00 pues creemos que es una medida justa y fundamentada para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como reducir la contaminación durante todo el año. Tampoco fuimos conformes con la pérdida de poder adquisitivo del personal del turno de tarde, por lo que no firmamos el calendario laboral. El Calendario laboral 2020 se firmó por la Dirección, CCOO, UGT, CSIF y co.bas sin que estas secciones sindicales consideraran necesario convocar un Pleno del Comité de Empresa para valorar la postura de la Dirección o realizar una asamblea de trabajadores y trabajadoras que ven perjudicados sus intereses. DEFIENDE TUS DERECHOS, DEFIENDE TU FUTURO. ORGANÍZATE EN CGT Madrid, 20 de diciembre de 2019 SECCIÓN SINDICAL CGT TRAGSATEC MADRID http://madrid.cgttec.es
  • 2. #mP:::::.sAGRAR.ssADOMIGILIO: JUUÁru CNMNRILLO - VALENTíT.I SE¡rO. ERMITA DEL sANTo, IecnruÉs Y PERSoNAL QUE PRESTA sERVIcIos EN OFICINAS DEL GRUPO TRAGSA NO SOMETIDOS A HORARIO DE CLIENTE LOCALIDAD: MADRID CONVENIO: C.C.N. DE EMPRESAS OE INEET.¡ICN|A Y OFICINAS DE ESTUDIOS TÉCNICOS L M X J VS 11 D 2 o 16 3 10 17 24 31 4 11 1B 25 5 12 19 26 6 13 20 27 7 I 14 21 22 23 28 29 30 CALENDARIO LABORAL PARA EL ANO 2O2O DOMINGOS: 52 sÁeADos: s2 OíA Oe EMPRESA: 14 o 18 mayo. El 15 de mayo, San lsidro, de acuerdo al artículo 4 del Acuerdo de Homologación, se traslada a los días laborables inmediatamente anteriores o posteriores, al objeto de mantener cubierto el servicio, cada trabajador podrá disfrutar bien del 14 ó del 18 de mayo, en concepto de este día. 24Y 31 DE DICIEMBRE: De acuerdo al Acuerdo de Homologación, no laborables. TURNOS DE NAVIDAD (*): 4 días en el periodo navideño (ver turnos en la ss. Hoja) oíe LlgRe olspOSlClÓt¡; 3 días durante el año (Su devengo será porporcional a los días trabajados en el año natural, en el caso de incorporación a la Empresa durante el ejercicio o finalización de la relación contractual en dicho año). VACACIONES: 23 días laborables (*)OBSERVAGIONES: Por razones organizativas y de atención al cliente, se precisa garanlizar unos servicios mínimos durante los días del turno de navidad 23 y 30 de diciembre, que será cubierto, exclusivamente, y de manera rotativa, por personal Directivo y Cuadros Superiores, junto con el apoyo administrativo directo. A dicho personal, se le compensará con otro día de descanso que podrán disfrutar hasta el 30 de enero de 2021. MXJVSD )z 3 4 s 7 B I 10 11 12 14 15 16 17 18 19 21 22 23 24 25 26 28 29 30 31 L 13 20 27 L MX J V SD 12 89 15 16 22 23 29 3 4 5 6 10 11 12 13 17 18 19 20 24 25 26 27 7 14 21 28 JVSD 1 5678 12 13 14 15 19 20 21 22 26 27 28 29 MX 34 10 11 17 18 24 25 31 2 o to 23 30 L L M X J VSD 6 13 20 27 7 14 21 28 1 8 15 22 29 I 2 3 16 23 30 17 1B 19 24 25 26 45 11 12 6 7 I I 10 LMXJVSD 4 11 18 1 25 ì 13 14 16 16 17 19 20 21 22 23 24 26 27 28 29 30 3,1 I 3 5 12 891011121314 15 16 17 18 19 20. 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 L MX J V S D 1234567 6 7 I I 101112 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 LMXJVSD 1234 5 7 14 21 28 J 3 10 17 24 D 6 13 20 27 MX 12 89 15 16 22 23 29 30 VS 45 11 't2 18 19 25 26 L 1 7B 14 15 21 22 28 29 SD 34 10 11 17 18 24 24 31 2 I 16 23 30 LMXJ l3 56 19 20 26 27 D 1 8 15 22 29 LMXJVS 3 4 5 6 7 10 11 12 13 14 16 17 18 19 20 21 23 24 25 26 27 28 30 L M X J VSD 56 12 13 19 20 26 27 23 I 16 12 3 10 17 4 11 1B14 21 '15 22 NOVIEMBREOCTUBRE DICIEMBRESEPTIEMBRE MAYO AGOSÏOJULIOJUNIO FEBREROENERO MARZO ABRIL JORNADA DE INVIERNO JORNADA DE VERANO I de enero a '15 de junio l6 de septiembre a 3l de diciembre Jornada Diaria: 7 horas y 38 minutos Jornada Semanal: 38 horas v 10 minutos l5 de junio a 15 de septiembre (ambos inclusive) Jornada Diaria: 7 horas Jornada Semanal: 35 horas JORNADA ANUAL PARA EL ANO 2020: 'i'627,5 horas. Con carácter general, sólo computarán como horas extras aquellas que se efectúen por encima de la jornada y hayan sido autorizadas como tal.
  • 3. #gPssatec CALENDARIO LABORAL PARA EL ANO 2O2O JORNADA PARTIDA: JORNADA DE INVIERNO: . La jornada diaria es partida desarrollándose de lunes a viernes. - La hora máxima de entrada son las 9:30 horas, existiendo flexibilidad para iniciar la jornada desde las 7:30 horas. - Es obligatoria la estancia mínima en el puesto de trabajo desde las 9:30 hasta las 13:45. Para el personal con reducciÓn jornada al amparo del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, resultará de aplicación el Acuerdo de fecha 17 de junio 2015, alcanzado ante la Audiencia Nacional. - La hora máxima de permanencia continuada en el puesto de trabajo, sin interrupción de la comida, será hasta las 16:30 horas. - La jornada de tarde podrá iniciarse desde las 14:45, siendo la hora máxima de salida las 21 :00 horas. - Dentro del principio de flexibilidad que rige en la empresa será posible la recuperación de alguna/s tarde/s en el resto de días de la semana hasta completar el cómputo semanal de horas de trabajo, no pudiendo realizarse la jornada diaria completa manera continuada (sin interrupción de comida) durante este periodo. - Aquellas tardes que se trabaje será obligatorio interrumpir la jornada en al menos una hora para comer. DE VERANO La jornada diaria es intensiva y continuada desarrollándose de lunes a viernes. La hora máxima de entrada son las 9:15 horas, existiendo flexibilidad para iniciar la jornada desde las 7:30 horas Es obligatoria la estancia mt n ma en el puesto de trabajo desde las I:1 5 hasta las 1 4:00 de lunes VIernes. Para el personal n reduccton de jornada al amparo del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, resultará de aplrcacton el Acuerdo de fecha 17 de junio de 2015, alcanzado ante la Audiencia Nacional. La hora máxima de permanencia continuada en el puesto de trabajo será hasta las 16:15 horas. Flexibilidad, entendiendo como tal la acumulación del tiempo dentro de la misma semana, sin poder trasvasar horas de una a otra, salvo lo indicado en el punto d) del artículo 4. Jornada, aprtado Vlll del Acuerdo de Homologación. ORARIOS DE TRABAJO De Lunes a Viernes: - Mañana de 7:00 a 14:30 horas - Tarde: de 15:00 a 22:30 horas FIESTAS NACIONALES Y AUTONÓMICAS 1 de enero, Año Nuevo 6 de Enero, Epifania del Señor 9 de abril, Jueves Santo 10 de abril, Viernes Santo 1 de Mayo, Fiesta del Trabajo 2 de mayo, Fiesta de la Comunicad de Madrid 15 de agosto, Asunción de la Virgen 12 de octubre, Fiesta Nacional de España 2 de noviembre, lunes ss. A todos los Santos 7 de diciembre; lunes ss. al Día Const¡tución Española 8 de diciembre, La lnmaculada Goncepción 25 de Diciembre, Natividad del Señor 17 de diciembre de 2019 f{drJ,. csff ër1a FIESTAS LOCALES 15 de fulayo, San lsídro 9 de Noviernbre, Nulestra Señora De La Almudena FIESTA EMPRESA 14 ó 18 de mayo FIESTAS ACUERDO HOMOLOGACIÓN 24y 31 de diciembre TURNOS DE NAVIDAD: 1o:23,28, y 30 diciembre 2020 20:23 y 30 2020y4y5enero2021 0q lacnolùgi¡! y Comité de Empresa: 8A {-<s 6'( La Em 29 .i t, t:!.