Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Solución de controversias en la etapa de ejecución contractual
1. CONTRATACIÓN PÚBLICA
-Solución de controversias en la etapa de
ejecución contractual -
Natalia Berrocal González
Lima 8 de noviembre de 2014
2. ® NATALIA BERROCAL GONZÁLEZ
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN LA ETAPA DE EJECUCIÓN
CONTRACTUAL
Ley de Contrataciones del
Estado
(aprobado por D.L.
1017 y modificado por la
Ley 29873)
ARBTRAJE CONCILIACIÓN
y el Reglamento de la Ley
(aprobado por D.S. 184-2008-EF y
modificado por el D.S. Nº 138-2012-EF)
4. ® NATALIA BERROCAL GONZÁLEZ
Algunos apuntes sobre el
procedimiento de Conciliación
• Opera el plazo de caducidad previsto.
• No impide la realización de un arbitraje (observar plazo de
caducidad).
• Se debe iniciar el procedimiento ante un Centro de Conciliación
Público o acreditado por el Ministerio de Justicia.
• Una vez iniciado, el que solicita la conciliación debe poner en
conocimiento del OSCE.
• Se aplica supletoriamente la Ley N° 26872 Ley de Conciliación,
modificada por Decreto Legislativo N° 1070.
• El Acta con acuerdo conciliatorio constituye título de ejecución.
• Las Actas de conciliación deben ser remitidas al OSCE para su
registro y publicación.
7. ® NATALIA BERROCAL GONZÁLEZ
Clases de Arbitraje:
• Nacional e Internacional.
• Ad - hoc e Institucional.
• De derecho y de conciencia.
• Voluntario y forzoso.
• Público y privado.
9. ® NATALIA BERROCAL GONZÁLEZ
Arbitraje en la LCE (Art. 52º D. Leg. 1017,
modificado por la Ley 29873
• ¿Arbitraje obligatorio o forzoso?
• Uso de la conciliación o arbitraje.
• Arbitraje de Derecho.
• Tribunal unipersonal o colegiado.
• Laudo definitivo, obligatorio e inapelable.
10. ® NATALIA BERROCAL GONZÁLEZ
Sobre el convenio arbitral
• Opción al arbitraje institucional o al arbitraje ad-hoc.
• Conciliación previa y durante: potestativo.
• Incorporación de la cláusula tipo en el contrato.
• Por defecto, el arbitraje es ad-hoc.
11. ® NATALIA BERROCAL GONZÁLEZ
Sobre el convenio arbitral
No se incorpora
Cuando se establezca que el arbitraje es
institucional pero no se haga referencia a
una institucional arbitral
Cuando señale quela organización y
administración del arbitraje esta a cargo
de cualquier órgano funcional del OSCE
Cuando no precisa si el arbitraje es ad
hoc o institucional
12. ® NATALIA BERROCAL GONZÁLEZ
Sobre el procedimiento
• No hay acuerdo de las partes, resuelve el OSCE
Recusación de árbitro • Resoluciones publicadas
• Ad hoc: OSCE /
• Directiva 002-2014 OSCE/CD.
• Institucional
Instalación del árbitro
• Ad hoc: Se da con la solicitud de arbitraje.
• Institucional: Dependerá del reglamento
aplicable.
Inicio del arbitraje
• No hay acuerdo de las partes, designa OSCE.
Designación de árbitro • Directiva 019-2012 OSCE/CD.
13. ® NATALIA BERROCAL GONZÁLEZ
Sobre el procedimiento
• Acumulación
• Gastos Arbitrales
• Laudo
• Registro de árbitros
14. ® NATALIA BERROCAL GONZÁLEZ
Arbitraje institucional bajo el Sistema
Nacional de Arbitraje OSCE
• Inicio.
• Reglamento aplicable
• Procedimiento
• Designación, Recusación Instalación
• Gastos Arbitrales
15. ® NATALIA BERROCAL GONZÁLEZ
Disposiciones incluidas con la Ley Nº 30225
http://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/
Documentos/legislacion/ley/CuadroComparativo
_Ley_con_Ley%2030225-Julio-2014.pdf
16. Disposiciones incluidas con la Ley Nº
30225
• Las controversias sobre nulidad del contrato
sólo podrán ser resueltas mediante arbitraje.
• Se activa la Junta de Resolución de Disputas.
Sólo para contratos de obras
De acuerdo al valor referencial y
otras condiciones
Decisión vinculante
® NATALIA BERROCAL GONZÁLEZ
La decisión puede ser sometida a
arbitraje.
17. ® NATALIA BERROCAL GONZÁLEZ
Disposiciones incluidas con la Ley Nº
30225
• No podrán ser sometidas a arbitraje los
adicionales:
Enriquecimiento sin causa o indebido,
indemnizaciones o cualquiera que se derive
de la falta de aprobación de prestaciones
adicionales o de la aprobación parcial por
parte de la Entidad o Contraloría.
• Plazo para iniciar el arbitraje: 30 días.
• Retiran la causal de anulación respecto al
orden de prelación.
18. ® NATALIA BERROCAL GONZÁLEZ
Disposiciones incluidas con la Ley Nº
30225
• Las Instituciones arbitrales deberán estar
inscritas en el OSCE…..Se debe aprobar una
Directiva.
• Para ser árbitro: Presidente y Árbitro Único
deben contar con las tres especialidades. Los
demás árbitros deberá contar con conocimiento
en contrataciones del Estado.
• Para desempeñarse como árbitros deberá estar
inscrito en el Registro OSCE.
19. Disposiciones incluidas con la Ley Nº
30225
• Para desempeñarse como secretario Arbitral deberá
estar inscrito en el Registro Nacional de Secretarios…se
deberá aprobar la Directiva respectiva.
• Nueva causal de nulidad: si la composición del tribunal
o las actuaciones no se han ajustado a la Ley o
Reglamento.
• “Nueva causal” de nulidad: en caso se haya rechazado
la recusación podrán pedir la anulación del laudo.
20. Disposiciones incluidas con la Ley Nº
30225
• Tipifica las sanciones éticas:
Amonestación
Suspensión temporal
hasta por cinco años
Inhabilitación
permanente
• Código de Ética integrado por 3 miembros: presidencia de
Consejo de Ministros, Ministerio de Economía y Finanzas y el
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.