La sucesión testamentaria es la que se origina cuando el de cujus, en previsión de su muerte próxima o remota, dispone voluntariamente de sus bienes señalando a quiénes y en que forma deben transmitirse.
2. Es un acto jurídico de la voluntad
que crea derechos y obligaciones.
Origen: Derecho Asirio
Derecho Griego
Derecho Romano, Germánico, Romano y
Español
Su fundamento jurídico el
artículo 834 del Código Civil
Venezolano
Su
Es
3. Es el acto jurídico por el cual
una persona dispone de sus
bienes o parte de ellos.
De sus características tenemos: Es
unilateral, es un cacto de última
voluntad, es revocable y solemne.
Condiciones se rige por las
reglas comunes a los demás
negocios jurídicos.
dentro
las
La voluntad del testador
debe manifestarse
directamente.
Voluntad del testador de
manera equivoca.
La voluntad debe ser
consiente y libre.
4. Limitaciones a la facultad de
testar, incapacidades relativas que
afectan a ciertas personas.
A) Fundaciones.
B) Tutores.
C)Registrador u otros oficiales.
D) Cónyuge.
Objeto propio del testamento:
Transmite derechos, obligaciones
y cumplimiento de los deberes.
Como reconocer a un hijo,
nombrar un tutor entre otros.
5. 1.Testamento ordinario
Testamento
Abierto
Cuando el testador se encuentra en
circunstancias normales de vida.
El testador
manifiesta su
voluntad en
presencia de las
personas que deben
autorizar este acto.
2.Testamento Especiales
El testador sin
mostrar su última
voluntad, declara
que se encuentra
contenido en un
pliego cerrado.
Testamento
Cerrado
. En lugares donde haya epidemia.
. A bordo de buques de marina.
. Otorgado por militares .
. En el extranjero.