Este documento trata sobre la propiedad intelectual. Explica que la propiedad intelectual protege las creaciones originales de autores independientemente de cualquier requisito formal. Los derechos de los autores incluyen derechos morales como el derecho a ser reconocido como autor y derechos de explotación como el derecho a reproducir y distribuir su obra. La duración general de los derechos de explotación es la vida del autor más setenta años después de su muerte.
CASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdf
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LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Es el conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares
(artistas, productores, organismos de radiodifusión...) respecto de las obras y
prestaciones fruto de su creación.
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PROTECCIÓN: La P.I. protege las creaciones originales literarias,
artísticas o científicas expresadas en cualquier medio.
NO PROTEGE: Se excluyen las ideas (…).
¿Por qué es necesario proteger la propiedad intelectual?
Porque otorgan además del reconocimiento a los creadores, la
retribución económica que les corresponde por la realización
de sus obras y prestaciones.
¿Cuándo una obra o prestación está protegida? Se protegen
desde el momento de su creación, recibiendo los titulares la
plena protección de la ley desde ese momento y sin que se
exija el cumplimiento de ningún requisito formal.
DURACIÓN: El plazo general de los derechos de explotación de la
obra es la vida del autor y setenta años después de su muerte.
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¿Necesito autorización para utilizar obras y prestaciones divulgadas? Sí. La
utilización de las obras o prestaciones requiere la autorización de los titulares de los
derechos. Sin embargo, existen unos supuestos limitados, previstos en los artículos
31 a 40 bis de la ley, para los cuales no es necesario solicitar dicha autorización.
¿Necesito autorización para utilizar obras y prestaciones difundidas en internet?
Sí. La difusión pública de las obras y prestaciones a través de internet no implica que
el titular de los derechos haya declinado su derecho a autorizar la explotación de su
obra o prestación ni renunciado a obtener una remuneración.
NOUSO
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NO
Se protege por el sólo hecho de su creación. Es VOLUNTARIO.
REGISTRO
OBLIGATORIO
NO GENERA NI RECONOCE UN DERECHO, SIMPLEMENTE LO RECOGE
EL FIN PRIMORDIAL DE UN REGISTRO ES PODER DEMOSTRAR QUE UNA OBRA
ESTABA CREADA ANTES QUE LA DE UN TERCERO, A EFECTOS DE PROBAR LA
ORIGINALIDAD DE LA MISMA.
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Solicitud ante el Registro y pagar una tasa*
*Tramitación expte. solicitud: 13,07€
¿DÓNDE REGISTRAR?
REGISTRO PÚBLICO
REGISTRO PRIVADO
Es gratuito, accesible a través de Internet, global y neutral, y permite especificar y
dejar constancia de la política de derechos o licencia de uso que sobre los
mismos el usuario previamente defina
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DERECHOS BÁSICOS DE TODO ILUSTRADOR
DERECHOS DE MORALES DERECHOS DE EXPLOTACIÓN
La propiedad intelectual está integrada por una serie de derechos de
carácter personal y/o patrimonial que atribuyen al autor y a otros titulares
la disposición y explotación de sus obras y prestaciones.
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DERECHOS DE MORALES
CORRESPONDEN AL AUTOR LOS SIGUIENTES DERECHOS IRRENUNCIABLES:
1. Decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma.
2. Determinar si tal divulgación ha de hacerse con su nombre, bajo seudónimo o signo, o
anónimamente.
3. Exigir el reconocimiento de su condición de autor de la obra.
4. Exigir el respeto a la integridad de la obra e impedir cualquier deformación, modificación,
alteración.
5. Modificar la obra respetando los derechos adquiridos por terceros y las exigencias de
protección de bienes de interés cultural.
6. Retirar la obra del comercio, por cambio de sus convicciones intelectuales o morales,
previa indemnización de daños y perjuicios a los titulares de derechos de explotación.
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1. QUE CONSTE EL PLAZO DE
PAGO AL ILUSTRADOR.
2. PLAZO MÁXIMO DE
PUBLICACIÓN POR PARTE
DEL EDITOR.
3. POSIBLE INDEMNIZACIÓN
A FAVOR DEL AUTOR SI NO
HAY PROYECTO.
4. CESIÓN EXCLUSIVA O NO.
5. MODALIDADES DE
EDICIÓN, TERRITORIO Y
LENGUA.
6. SI SE DAN MÁS EDICIONES
DE LAS PACTADAS, MÁS
PAGOS.
7. NO CEDER TODOS TUS
DERECHOS.
ASPECTOS A TENER EN CUENTA
Autor: Jesús Escudero