Oficio nro pe 2016 10 01 la procuraduria general del estado demando la nulidad de contrato iess recapt
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PROCU RAD[.,' RIA G E Ii E EL ESTADO (PGH)
Dr. fulareos Arteaga, Director Nacional de Patroainio
Suito Df,rñ, trü de Febrero de 2016
Cficio Ns Ptr-2016-02-1ü-01
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Av. 1CI de Agosto N34-501 y.,luan Fablo Sanz, 4to piso
Te lf. : ( 593-2.)2445450
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COIITRALCRIA GENERAL EñL ESTADC (CGE) É, i:r]&r "lp-*M§ii*tt§...(EJk2k*
Dr. Wagnen [l[anti]la, Director de Fatrocinio
Ing. Manuel Tapia, Dinector de Au¡ditoria de Desarrollo Seccional y Seguridad Social
CONISEJO DE PARTICIPACIOI{ G[LIDADANA Y CONTRCIL
fviat: Edwin -.Narnín
"iarnín, Vicepresidente
§ücrAL (cPCCS)
SEÜRHTARIA TEC$.[ICA DE TRATN§PARHl..JCIA NE GESTIOI.{
Eco. Efr"é¡r Roca Álvarez, Secretario ldacionatr
Fr§üAt_iA Gñ|{ERAL DÉL ESTADO (FGH)
Dr. Wilson Toainga, Fiscal Frovinclal de Pichinoha
cor.i§EJo DE t_A JUDTCATURA (tJ)
Dr. Hd¡"¡ardo Galderon, Coordinrador Provinrcial de Controi
Preser"¡te.-
Disc!plinario
R.ef,erencia : LA PR.OCI-IRADUR{A GENERAL DEL EST'AD0 üEM.&NBó LA
NIILISAE DS CQNT&A[$_ {E§§:&E_ CAPT_, e[ lX dE eEp,!¡eryqhre de
?013" e¡ deqt!"" HACE 8§2.d{as (29.ME§S$. Y em tota} han
transc¡rrrido CLI.&RENTA V UN (4,1) h¿Ieses (3,S añcs) desde qme
Cronix presenté eB pedido de Nn¡lidad de Comtrato IE§S-RECAPT"
coRR.upcroN eA_Lr__c&N§E& p,E-_I+ IE§§_, PR.OCE§0 y
CONTRATO XE§§-RECAPT, COt {ISEON S.qNCXCINADA,
INF'R.ACCIüN MUY GRAVE, RAT{F{CAD.& eX 15 de e*ero dc 2016"
' I l: ]i'.rf,fi 1ii *i: áAi?T!CiisAr:ti3f"l
... i ,".;rJri¡t i.l,llrild'r' .-üu'flf:i*i. r;i;Cl,qL
AS{INTO : EL 14UND0 AL REVES, EI{ Ld EPOCA DE Ld REVOI.UCIüI{ CIUDADANA
DET, SOCIALISMO I}EL SIGLO XXI.
De ¡rni consideracién,
Cron¡x presenté, con oficia früo. FE-Zü12-üg-ü7-CI1 cie 7 de septiembre de 2CI12 (hace 41 rrreses)
en la Froeuraduría General dei Estado e{ pedido de nuXidad de contnato ¡HS§-RHCAE}T, aportando
toda la docurnentación probatoria de las violaeiones a la I-OSf,{CP, LORCPM y ieyes del Ecuador
por parte del IHS§, RECAPT (SOLNET). Fasaron cÍoce (12) meses trasta que la PGH el '11 de
septien'rhre de 20'13 dernandó {a nulidad dei contrato IESS-RECAPT, y a Ia feclra ya han pasado
882 días, es deein 29,4 rneses (2,5 años), y sin err'lbargo e! Tribunal Contencioso .Adr-ninistrati,vo
l{o. 1, no dieta sentencia en este proceso No.'X7E1'f -2A13-1473n. Esta corrupcién y eslusión
¡ESS-RECAPT-SOLilIET ha sido denunciada desde k¡aee cuatno (4) años, y Ia colusión empezó
hace cinco (5) años GorTto está demostrado docunnentadar"rrente y ia Superir¡tendencia de Control
de Poder tde Mlencado ha sancionado, ccn lNFRAettün§ MUY GRAVE, y ratlficada dicha sancién
el 'f 5 de enero de 2ü16, y concluye la autoridad que tronrix es el tercer perjudicado {la victirna) de
esta dernenclal, infarne y nriserable CORRIJPCION Y COLLJ§ION.
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Cenfifi,erl cinrp' lllarrh ?n1 1 Dácin:1 dn E
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Adjunto oficis L.lo. FH-2016-02-05-01 de 5 de fehrero de 20'16, que evidencia hasta dÓnde puede
llegar el descaro y el cinismo de un ex fr¡ncionanio del iE$S que aparece rneneionado er¡ el
doaumento "Copra de ffiAL#{lLS mtr §O&#f,SJr#trffiS CC' (Fresuntos §obornos) de R.ECAFT
(Coiutsionados con e[ IHSS y §O[-[ffiT); y ahora resulta que pon infornrar a las a¡;tonidades,
denunciar la eorrt*pciórr y defendernos, Ia persona que aparece citada en ei texto. "$6$ff.ffiÜfi,00
lpfL+JffiCIffe¡QYCI", (Fabnicio Marraayo) me aci"nsa de calumnia, y lo hace lriolentando
deiiberadarnente ei artículo'182 segundo inciso dei CC¡IP que dice: Wo consfduyen caÍurnnia los
pronunciarnie¡lfos r,rerfrdos afite autoridades, jueces y tt"ibwnales, cuando las im¡tutaciones se
huhleren hecho en razon de ia defensa de la causa". Es decir, el fi/lUNDO AL REVüS.
El ex asesor alei Eco. Ranriro Gonzaiez en el IESS, conoce ios hec'nos y actos administrativos de
los Crganisrnos de Control, pCIrque además son públicos; y, que se resL;nnen corno sigue:
[-a Contra[onía General de! Estado enritió in Infonrne de lndicios de Responsabiiidad Fena!,
en e[ proceso y contnato IES§-RECAPT, etr 6 de febrero de 2CI13'
[-a Frocuraduría Gener"al det Estado, dennandó la nulidad del Contrato IESS-RECAPT-
SCItNET, etr 1 1 de septiemhre de 2013 (12 meses despuós de nuestra denuncia)"
[-a ..!r,,¡ez Vigésinna de Garantías Fenales, Dra^ Veroniea hvledina Niama, fue sanclonada por
ur,anirnidaej del Pieno de Conrsejo de !a Judicatura, *l 22 de.iunio 20'15, por h,lO
fL¡ndamentar adecuadan'¡er"lte la Resoiución jr.rdicial y por VIOLHNTAR el debidc¡ proceso
en la causa pena§ 2014-CI048 (Feculado).
El fiscal de Ia lndagacién Fnevia por Peculado, Fablo Santos, corr DOLO evidenciado, en
enero 2A15, y rnuyfácil de verificar, en razón de que en $u escrito t"ltiiizé deiiheradamente
para favoreeer a los denur¡c¡ados, RECAFT, $OLNIET y el IESS, partes del peritaje dejado
sin efecto por el Fiscal Hstehan Ballesteros l''iurtado, tiennrano de Carolina BaNlestenos
[-.lr¡rtado, asistentc de Maria Sotr i-arrea, que consta en ia lista de indicios de
nesponsahilidad penai y qr"le es encabezada por e[ ex pnesidente el Corisejo directivo del
lffi$S, Eco. R.arníro Gonzalez.
5" [-a Sulpenintendeneia de Contnol de Poder del lV'Nencado, sancionó la CSLuS[0f,{ el 7 de
septiennbre de 2015, con II{FR.AC¡ON ¡ilL,Y GRAVE *[a nnáxima en la [-CIRGFNll-, después
de 2{.nleses de investEgación; y r"atificó la sanción el 15 de erlero de 2016.
6. En agosto de 2015, Cnonix presenta a fas Autoridades doeumentos c{e REGAPT que
evidencian aun más la CCLIJSION f,H§S-RHCAPT-§OLI{ET; y docunrentos de RECAPT
det "CALüLTLü Dffi üCMIS§OI,{ñS Ge'es decir de lcs PRHSUhITOS SCIBOH.IOS dunante
tocla tra ejeaúción del comtrato flE§S-RHüApT" l-a docurnentaaión de RHOAFT ha sido
entreEada en la üontnaloría General detr Estado, Frocu*raduría GeneraX del Estado, Corlsejo
de Participaclón Ciu¡dadana y tonrtno! §ocia!, Fiscalía General del Estado, en los procesCI§
adrnünistrativos y judiciales en dichas entidades.
V " [-as revelacioRes de! nrexicano Fernando Colunga (RE0AFT, SOLNIET), de 4 de abril
2ü14, invoflucran a funcionarios ("gentes") de la Presidencia ale ia R.epÚblica, tarnblén
denunciarne,s flos hechos en la Fresidencia y Vicepresldenrcia de {a RepÚblica, a propésito
- de la cruzada anticorrulpción declarada púbXicamente por el P¡'esidente y Vicepresidente de
la República, que es de donrlnio público.
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8. La juez, Dra. Veronica [Vnedina, es denunciada en noviembre 2015 por PRHVARICATCI por
el Consejo de Padicipación Ciudadana y Control Social. a partir de nuiestra denuncia en
dlcha entüdad, er"l agosto de 2016.
g. l-as rnáximas autonidades del IES§, Corasejo Directivo del lE§S, que tamblén eonsta¡r en
el inforrne de lndicios de Responsabiiidad Penal, han encubierto, por acción u ornisién, la
corrupcién y coh"rsión I ÉSS-Rfi CAPT-SOLN ET.
Todos estos prüoesos en cuatro (4.) años de denunaias para evidene[ar i"]na corrupción que
slempre fue en extremo sencilno y muy fácil de ser verificada, €n no nnás allá de 3G minurtos (oon
25 de descanso) y danse cuenta er'¡ hase a docurnentos qi;e constan en las ofertas de üos
colt-¡s[anados EESS-RECAPT-SCII-i¡ET, de la descorvlunan corrupción y coiursión a plena luz del día
y en la cana de todas las autorüdades del este país. E[ cinismo y descaro de los involucrados
cónnp[ices y encubridores es de ta! tannaño que indigna y asusta [a LEII{TITUD e lhiüFul{IDAE de la
..!usticia, hasta la presente feeha. Forque, no importa que los eolusionados violenten Ia LCIShlCF,
la LORCPIVX; ncr Innponta que e! Fisea! eometa DüLCI; no iftxporta que 1a Juea r:o funoarnente
adecuadanrente [a resoluciónjudiclal ]¿ violente ei dehido proceso; tampoco inrporia que el Fisca[ y
Ia Julez ni siquiera hayan redactado la desestirnación (Faisedad ideológica) y resolución de arahivo
definltivo del expediente por Fecu¡{ado en su par"re r,'reciular, respectivarnente; no irnporta que los
mier"nbros del Consejo Directivo del IESS lTayan encub,iertCI la corrupción y Ia colusión; no imponta
qrJe s,e descubran las "COMISIO['{E§" es decir los presuntas sobornos rdunante toda la ejecueión
del contnato IESS-RECAFT; no iemporta qure ia Juez haya sido sancionacia por el pleno del
Corrsejo de Ia "ludicatura; no importa que funcionarios del propio Consejo de la Judicatura
cometan desacato; no importa que el denunciado (Fernando Colunga de RECAFT) reconozca la
colusión públicamente en dec|araciones en Teleamazonas, en eriero de 2013; no importa que
Colunga vincule a "gentes" de la Presidencla de la República en la corrupaión (revelaciones de 4
de abril de 2CI14 de Cokinga); no innponta que la Ju¡ez haya sido denunciada por FREVARICATO
por el GPGC§,...; es decir, no innpoffia NAEA" F",tro inrporta que ya se terrninó el prirner contrato
iESS RECAFT (febreno 2A12 a febrero 20X4) y r"ro innponta que le CGE en el borradon deI segundo
Exanlen HspecraÍ, al primer contrato IES§-RECAFT, cuya conferencia fina! fue el 18 de ffiayo
2015, establezca pagos indebidos y en exceso del trH§§ a RECAFT por DIEZ pur"rto CUATRO
(X0.4) nriliones de dólares e incunnplimEento total de los niveles de servicio de RECAPT, qure tal?;
y finalrnente a nadie debería extrañar que incÍuso la sentencia de nulidad de contrato dei Tnibunal
Contencioso Adnrinistrativo ldo. 1, que ya lleva veinte y nuer/e meses (29) rneses, sea a favor de
los colusionados IESS-RECAPT, y en eontra de !a PGffi, er"] 6asü de que dücha sentericia algún día
llegure a producirse; por cierto:
¿Üuál sería la justificación para que ya hayan transcurrido 2§ n'leses en e! TCA t{o"1, en un
.!uicio en donde está demostrado de nnanera univoca y completa !a violación por parte del
IESS de ia LCShICF y Ley de Segunidad Social; elemostnado tanto en ei Examen Especial de
eGE corno en Ia lnvestigación de la PGH, y aun así hayan pasado nada nrlenos Eue ?9
rx'reses, en este julieio de nulüdad de üo¡rtnato !E$S-RHGAPT?
Con tcieios los antecedentes que ustedes oonücen, estarán de acuerdo conmigo en que: El
ilil¡JN.IDO HSTA AL REVES, EN E§TA HPOÜA DE I-A REVOLL.NCIOF,I EIUDADANA DEL
SOüEALiSIu1O DHL SIGLCI XX!. tar¡to es así que: El IESS aslgnó nuevarnente el contrato de catl
center a RECAPT (¡ulio 2014 * Julio 20X6) con eolusión contlnt-rada; pese a toda esta demeneial,
infanne y rniserable corrurpción y colusión que incluSi6 "COMIüIIONES Ce", es decir ¡rresuu.ltos
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sobornos durante toda la ejecución del primer CIontrato IESS-RECAFT (Febrera 2Ü12 - Abril 2Q14)',
y ¡"esulta que por infonmar a las Autoridades y por defendernos de los corruptos; enfrentarnos
inctruso una querel{a, en §uma: EL fuit,,f¡DS AL RHVH§l
Lo sucedido, en esta CCIR.RUPCION y CO[-I-[SION IHSS-RECAPT-SOLI{ET' dehe llenan de
vergüenza a las autoridades y funcüorrarios del Ecuador por haber perrnitido que vengan
extranje!-o$, rnexicanos, chilenos, colorrrbianos qLle actúan violando tas leyes del Ecurador y vía
.COhlllSlOl,,lE§,,segúrn doeumentos de RECAPT (Colusionados con el IHSS y $CILNET), es decir
presur-ltos sohornos, sigan actuando sonno que s[ nada sueediera. una locura' Debe llenar de
vergüemza at üonsejo Dinectivo del IESS y sus máximas autoridades y funcionarios por haber
permitido y tolerado que ta seguridad social contrate a presuntos delincuentes, que a pesar de los
pronunciarnientos de los Ongar:ismos de Control (CGE, PGE) y de la $CPM, hayan permitido y
tolenado, por acciÓn u omisién, este cumulo de irregularidades y violaciones a la Ley de
seguridad social, Lost{GP, LORCPIfl; y no pase nada con estos funcionarios y autonidades'
Esta der^nencial, infar.ne y nniserable eornupcién y colusión, ha sido detiberadamente plarliflcada y
ejeeutada, al rr.lenos desde dicienrbne de 2010, para per"judican a cronix, todo lo cuai nos ['la
causado daños y perjuicios econÓmicos, daño a la irnagen empresarial, daño morai y psicolégico a
los representantes legales de Cronix.
La lentiti¡d en la administración de Ia justicia, como se evidencia por lo sucedido en este caso de
corrupción y coiusión lEss-RECApr-soLNÉT; y la ltulPL.Jh'llDAD, ai menos hasta la presente
fecha, se traduce en una degradación de los valones éticos y nrorales de la sociedad que produce
como consecuencia perjuicios incuantificables y que sros tiene, a[ Ecuador enterO, condenados a
un subdesarrollo eterno; porque es la corrupción lo que irnpide el desarnollo del país; y los
organismos de control y entidades de la Función Judicial son responsables directos, por accién u
omisión de la LErtTlT[JD e lMFUtrllDAD; porqr-¡e esa lentituci e irnpunidad violenta nuestros
derecl.ros constitr.¡cionales; y al nespecto decinles qure el artículo 11 de la ConstituciÓn del Ecuadon,
manda:
"Art. Il.-EIeierciciodelosdeyechasseregiráporlossiguientesprincipios:"'
Bt¿blicag. en eNe-SeryCYIP-de q*.
EÍ Est&do eierceró defarrnm inmediata el derecha de repetición en contrfr de las petsanas
responsmblás del dafrá producido, sin periuicio de lss responsabilidades civifes, peruales y
admipaistrativas.
oetición de parÍe^
g ñ {gm tiz s@ §* É p I Ag o tE s t iíUg i ó,1,r.
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El Estado sex"á responsable por detención arbitraria, en"or judiciai, reta{d-o-in_iEst_Lfrea_da,
q t{n_adequada_ ad{r_rirristrasr_ée dE ,iqs_tte[a, violación d*t dur*.h@
efectiva, y por las violaciones de los principios y reglas del debido proceso.
Cuando una sentencia condenatoria sea reformada o revocada, el Estado reparará a la
persona que haya sufrido pena cotno resultado de Íal sentencia y, declarada ls
responsabilidad por tales actos de servidoras o sewidores públicos, administratiyos o
jwcliciales, se repetirá en contra de ellos. " (Lo subnayado rne pertenece)
Cor¡ estos antecedentes me permito, coniedidarynente, formularles los siguientes:
PHn¡pCIs
1. h,lo pernnitan que esta corrupción y colusión SIGA en la X&l1PU[UiDAD, actúen en
cumplinniento de Ia Gonstltución y las leyes del Eeuador; en el ánnbito de vuestras
respectivas competencias, y;
i'.lo penrnitan que extranjeros, rnexicano Fernando ColunEa (Recapt, Soln,et, ABservices) y
chileno Aldo Brione§ (Recapt, Nllulticobno), junto con mexicanos, chilenos, colombianos y
ecuatorianos, se burlen de las leyes y aultonidades del Ecuador, y;
No penrnitan qLle quede en la impunidad las actuaciones de las ar-¡toridades y funcionarlos
de! IESS y .ludiciales, que han participado en esta corrupción y eolusión IESS-RECAPT-
SOI-NÉT,
Por sulpuesto, me pongo a vuestra entena disposlciér, para pensonalrnente explicaries y absolver
cualquier pregunta con relación a nuestra denuncia de corrupeién y docuri.lentacién entnegada en
los diferemtes prücesos en defensa de nurestra causa, y en e,ierciaio de nuestro legítinro deneeho a
la defensa.
2.
3
"*-ir*)PYEmai[: acarrera@cronix.com.ec
Cel : 09 99 44 55 00 PBX:244 54 S0 ext. 120.1
Adjunto: copia de oficio No. FE-2016-02-05-01 de 5 enero (febrero) de
autoridades e incluye anexos.
2016, dlrigido a Ia FTCS y
Copia de oficio No. PEZA12-12-10-1 de 10 de diciembre de 2012 dirigido al señor Fresidente,
Hco. Rafael correa, Asunto: "¡ie BANANA REputsLlc a la No REpuBLlcA.." y de ta No
REPUBLICA a".."
Gon estima
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