1. PROPIEDAD INTELECTUAL EN COLOMBIA
Andrey Yuranddy Gamboa Rueda
Marzo 2016.
Instituto Madre del Buen Consejo.
Floridablanca.
Tecnología & Informática.
2. PROPIEDAD INTELECTUAL EN COLOMBIA.
La propiedad intelectual es todo aquello lo relacionado
con creaciones de la mente como son: invenciones,
obras literarias y artísticas, al igual que símbolos,
nombres y marcas usadas en el comercio. Esta es
protegida por los derechos de autor, que atribuyen al
autor de la obra la creación de la misma así como la
autoridad de lo que desee hacer con ella, ya sea:
publicarla, mantenerla oculta, compartir las
atribuciones, etc.
Cada país tiene ciertos estatutos y leyes que protegen de manera distinta la propiedad intelectual.
En el caso de Colombia podemos encontrar distintas leyes sobre este contexto, que establecen e
informan acerca de la protección de la propiedad intelectual al igual, que las penalizaciones y
multas que conlleva una violación a los derechos de autor. Entre estas leyes y estatutos tenemos:
1. Artículo 61 de la Constitución Política de Colombia.
2. Ley 23 de 1982 sobre los Derechos de Autor (Art. 1 y 2).
3. Ley 44 de 1993 (Capitulo II, Art. 6 y Capitulo IV, Art. 51).
4. Ley 599 de 2000 por la cual se expide el Código Penal (Art. 270-272).
A continuación podremos observar las leyes y su marco de referencia:
1. Artículo 61 de la Constitución Política de Colombia.
El artículo 61 de la Constitución Política de Colombia dice: “El Estado protegerá la propiedad
intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley. (Art. 61,
Constitución Política de Colombia de 1991).”; y, a este se anexa una nota, la cual nos entrega
una clara definición de propiedad intelectual, en la cual dice: “(…) es omnicomprensivo de
3. diferentes categorías de propiedad sobre creaciones de intelecto, que incluye dos grandes
especies o ramas: la propiedad industrial y el derecho de autor. Mientras que la primera trata
primeramente de la protección de invenciones, las marcas, los dibujos o modelos industriales y
la represión de la competencia desleal, el derecho de autor recae sobre obras literarias,
artísticas, musicales, emisiones de radiodifusión, programas de ordenador, etc. (Nota del Art.
61de la Constitución Política de Colombia).”; con esto podemos entender el tipo de creación a la
que se le pueden atribuir derechos de autor.
2. Ley 23 de 1982 sobre los Derechos de Autor.
En la ley 23 de 1982 sobre los Derechos de Autor, más específicamente, en los artículos 1 y 2 de
la misma podemos encontrar a quienes más aparte del autor en sí, protege esta ley (interpretes,
organismos de radiodifusión y productores de fonogramas); y el tipo de obra a la cual protege
esta ley (literaria, artista o científica).
3. Ley 44 de 1993.
Esta ley nos muestra dos parámetros a tener en cuenta en lo relacionado con derechos de autor y
derechos conexos, que son:
Primero, dice que todo acto en el cual se ceda el derecho de autor, al igual que cualquier
otro acto o contrato que involucre el derecho de autor debe ser inscrito en el Registro
Nacional de Derechos de Autor como una condición de publicidad y opinión ante el
público (Capitulo II, Art. 6), y;
Segundo, da una penalización carcelaria de 2 a 5 años y multa de 5 a 20 salarios legales
mínimos mensuales a: quienes publiquen una obra inédita sin autorización previa del
autor, también; quien inscriban el registro de autor a nombre de una persona distinta del
autor verdadero, al igual que; a quien reproduzca, edite o comparta una obra sin
autorización previa de sus titulares y, por ultimo; quien reproduzca, comercialice,
4. almacene y distribuya, entre otras, una obra cinematográfica sin autorización del titular
(Capitulo IV, Art. 51).
4. Ley 599 de 2000, por la cual se expide el Código Penal.
En esta ley, para el contexto de propiedad intelectual, podemos denotar los artículos 270, 271 y
272, que hacen referencia a las penalizaciones que da la violación los derechos de autor.
Artículo 270: Este artículo nos habla acerca de las violaciones a los derechos de autor morales.
Incurre a una penalización carcelaria de 32 a 90 meses y multa de 26,66 a 300 salarios mínimos
legales a quien:
Publique una obra inédita sin previa autorización del titular.
Inscriba el registro de autor con un nombre distinto al del autor verdadero.
Modifique, edite o comprometa la integridad de la obra sin autorización del titular.
Artículo 271: En este artículo hace referencia a las penalizaciones a los derechos de autor
patrimoniales y derechos conexos. Incurre a una penalización carcelaria de 6 a 8 años y multa de
26,66 a 1000 salarios mínimos legales vigentes a quien:
Reproduzca, transporte, comercialice e importe, entre otras, una obra de cualquier
carácter (científico, literario, etc).
Represente, exhiba o ejecute obras teatrales o musicales.
Alquile o comercialice obras cinematográficas, fonogramas o videogramas.
Fije, reproduzca o comercialice las representaciones públicas de obras teatrales o
musicales.
Disponga por cualquier procedimiento la comunicación, fijación, ejecución y
representación, entre otras, de una obra protegida por este título.
5. Retransmita por cualquier medio sonoro y audiovisual emisiones de organismos de
radiodifusión.
Recepcione o distribuya emisiones de televisión por suscripción.
Artículo 272: Este artículo se concentra en las violaciones a los mecanismos de protección a los
derechos de autor y derechos conexos, y otras defraudaciones. Incurre a una penalización
carcelaria de 4 a 8 años y multa de 26,66 a 1000 salarios mínimos legales vigentes quien:
Eluda medidas tecnológicas para evitar el uso no autorizado.
Altere o suprima la información necesaria para la gestión de derechos.
Fabrique, venda o de cualquier forma distribuya al público un sistema o dispositivo que
porte un programa sin autorización del autor del mismo.
Presente declaraciones reclamando una retribución por derechos de autor o derechos
conexos, falseando los datos necesarios.
[2]
8. CYBERGRAFIA
ANONIMO. (2012). “NORMATIVIDAD SOBRE DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD
INTELECTUAL EN COLOMBIA”. RECUPERADO DE
http://www.cide.edu.co/cidevirtual/file.php/1/Normatividad_Derechos_de_Autor.pdf
[1]IMAGEN TOMADA DE http://www.rubikey.com/wp-content/uploads/2013/02/logo-
propiedad-intelectual.png
[2]IMAGEN TOMADA DE http://www.propiedadintelectualcolombia.com/site/