Contratos relacionados con los centros de formación. Contrato para la formación y el aprendizaje, prácticas y vinculación formativa. Presentación en el marco del XI Congreso Nacional de Formación Continua.
Contratos relacionados con los centros de formación
1. Contrato para la formación
y el aprendizaje , prácticas
y vinculación formativa.
Ideas para hoy y para mañana
AENOA
2. Contrato para la formación y el aprendizaje
Vs.
Contrato en prácticas
Vs.
Contrato Vinculación formativa
• Objetivo Común:
Que el trabajador mejore su empleabilidad y continúe
formándose.
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4. Diferencias más importantes
Formación: va dirigido a trabajadores jóvenes mayores
de 16 y menores de 25 años que no tienen cualificación
profesional ni una titulación.(30 años).
Persigue que estos trabajadores reciban tanto formación
teórica como práctica a la vez que trabajan(certi. Profe o
fp).
No se podrá hacer este tipo de contrato a un trabajador
con formación universitaria, profesional o titulaciones
equivalentes, que sean referentes al puesto para el que
se va a contratar al trabajador. Si pueden acogerse a
este contrato quienes se encuentren cursando formación
profesional.
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5. Diferencias más importantes
En el caso de que la jornada diaria de trabajo incluya
tanto tiempo de trabajo como actividad formativa, los
desplazamientos necesarios para acudir al centro de
formación computan como tiempo de trabajo efectivo.
Con este tipo de contratos no se pueden hacer trabajos
nocturnos, a turnos, ni horas extra, salvo que sea para
reparar daños por siniestros o daños urgentes.
Solo 2 prórrogas
Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre, aspectos
formativos.
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6. Diferencias más importantes
Prácticas: Trabajadores que ya han finalizado unos
estudios y tengan una titulación universitaria, de
formación profesional, títulos equivalentes
reconocidos oficialmente, o certificados de
profesionalidad.
Siempre que no hayan pasado más de 5 años desde
que se obtuvo la titulación. El actual Plan de
Empleo Juvenil establece que en el caso de ser
menor de 30 años, y si es el primer empleo que tiene
que ver con esa titulación, no son de aplicación
estos límite de tiempo.
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7. Diferencias más importantes
Además posteriormente existen bonificaciones
cuando se transforman estos contratos en prácticas
en contratos indefinidos, en empresas de menos de
50 trabajadores, suponiendo una bonificación
durante 3 años de 500 euros en caso de los hombres
y 700 euros en caso de las mujeres a descontar de las
cuotas de la Seguridad Social.
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8. Diferencias más importantes
Vinculación formativa: Jóvenes desempleados
inscritos en la Oficina de Empleo, menores de 30
años (menores de 35 años si tienen un grado de
discapacidad igual o superior al 33%) y reunir
alguno de los requisitos siguientes:
Ser desempleados, inscritos ininterrumpidamente
en la oficina de empleo al menos 12 meses durante
los 18 anteriores a la contratación.
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9. Diferencias más importantes
No tener experiencia laboral o que esta sea inferior
a 3 meses.
Proceder de otro sector de actividad.
Carecer de título oficial de enseñanza obligatoria,
de título de FP o de certificado de profesionalidad.
Ser beneficiario del Sistema Nacional de Garantía
Juvenil.
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10. Resumen
El contrato de formación está dirigido a jóvenes menores de
25 (30 mientras el paro no baje del 15%) que no tienen
titulación, para que la obtengan mientras trabajan. La idea es
“estudia y trabaja al mismo tiempo”.
El contrato en prácticas está enfocado a trabajadores, sin
límite de edad, que han terminado ya sus estudios, para que
pongan en práctica los conocimientos adquiridos. Se trata de
“trabajar y poner en práctica la teoría que ya se ha
aprendido”.
Vinculación formativa: Está dirigido a jóvenes menores de 30
años, para mejorar la empleabilidad, se compatibiliza
formación y experiencia profesional.
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11. Formación
El contrato de formación y aprendizaje tiene un
aspecto dual, ya que parte de la jornada se dedica al
trabajo y parte a la formación teórica. 75% al trabajo el
primero año y el 25% a la formación teórica, mientras
que durante los dos siguientes años el porcentaje pasa a
ser de un 85% de trabajo y un 15% de formación.
Se considera jornada completa
En este tipo de contrato la formación que se recibe o
bien está estructurada en el sistema educativo oficial
(la Formación Profesional), o bien en el sistema de
formación para el empleo (Certificados de
profesionalidad).
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12. Prácticas
En el contrato en prácticas, en cambio, no se recibe
formación teórica ya que esa ya se ha obtenido con
la titulación que habilita la contratación. Con este
contrato el trabajador únicamente realiza trabajo
práctico.
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13. Vinculación formativa
En el contrato con vinculación formativa: Jornada a
tiempo parcial no superior al 50% de la de un trabajador
a tiempo completo comparable, salvo en el caso de
personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía
Juvenil que podrá alcanzar el 75% de la jornada.
La formación que recibe no es necesaria que sea
presencial.
Los trabajadores deberán compatibilizar el empleo con
la formación o justificar haberla cursado en los 6 meses
previos a la celebración del contrato.
La formación que no será necesario que esté vinculada
específicamente al puesto de trabajo objeto del contrato.
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14. Vinculación formativa
Formación acreditable oficialmente o promovida
por los Servicios Públicos de Empleo.
Formación en idiomas o tecnologías de la
información y la comunicación de una duración
mínima de 90 horas en cómputo anual.
Financiada por la empresa, trabajador
etc….(privado)
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15. Duración
El contrato de formación y aprendizaje tiene una
duración mínima de 1 año y una máxima de 3
años, aunque algunos Convenios Colectivos pueden
establecer una duración mínima inferior. Si el
contrato tiene una duración inferior a la máxima, se
pueden hacer 2 prórrogas de 6 meses cada una, y
sin que se pueda llegar a superar el periodo máximo
de 3 años.
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16. Duración
El contrato en prácticas en cambio puede durar
entre 6 meses y 2 años. Por Convenio Colectivo se
pueden establecer otros límites dependiendo de las
características del sector, sin poder superar los 2
años de contrato de prácticas en la misma empresa.
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17. Duración
El contrato con vinculación formativa: la duración
de la bonificación será de 12 meses , prorrogables
por otros 12 meses más , si se cumple con el
requisito de la formación.
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18. Salario y seguros sociales Formación
• En el contrato de formación y aprendizaje se cobra
el salario del puesto que se ocupa, en proporción al
tiempo de trabajo efectivo (ya que una parte de la
jornada está destinada a recibir formación). El
primer año el tiempo de trabajo efectivo es del 75%
y los dos siguientes el 85%. Igualmente, como
mínimo se tiene que cobrar el Salario Mínimo
Interprofesional.
• Seguros sociales bonificados al 100%, cumpliendo
los requisitos.
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19. Salario y Seguros sociales Prácticas
• Con el contrato en prácticas se cobra el 60% del salario
correspondiente al puesto que se ocupa durante el
primer año de contrato y el 75% durante el segundo. Y
como mínimo se tiene que cobrar siempre el Salario
Mínimo Interprofesional.
• Los Seguros Sociales tendrán derecho a una reducción
del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social
por contingencias comunes correspondiente al
trabajador contratado durante todo el contrato. También
hay una reducción del 75% de las cuotas si se contrata a
un joven que estuviese haciendo prácticas no laborales
en la empresa
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20. Salario y Seguros sociales Vinculación
• Con el contrato con Vinculación formativa: La
parte proporcional del salario, según convenio, en
función a la jornada dada de alta.
• Los Seguros sociales Reducción del 100% de las
contingencias comunes en los seguros sociales
durante al menos 12 meses (en el caso de empresas
con más de 250 trabajadores el 75%).
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21. Líneas de negocio Contratos de formación
• Impartición de la formación, a través de la
homologación en Certificados de Profesionalidad
estratégicos. Módulo presencial 8 € hora y
Teleformación 5 € hora.
• Prescripción de Contratos de formación con otros
Centros homologados.
• Centro de formación presencial asociado a otros
centros on-line para clases presenciales.
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22. Líneas de negocio Contratos en Prácticas
• Impartición de la formación necesaria para el
desempeño del puesto , a través de la homologación
en Centros de FP privados.
• Conversión o colaboración con Agencias de
Colocación, empresas privadas etc….para la
inserción del alumno.
• Networking con empresas privadas.
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23. Líneas de negocio Contratos Vinculación
• Impartición de la formación de una manera más
flexible
• Formación de carácter privado.
• Formación bonificada.
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