8. A que se les
escuche y que las
personas
encargadas de
formar decisiones
sobre los asuntos
que afectan a la
infancia tomen en
cuenta sus
opciones y
propuestas.
(Artículo 12 CDN;
Artículo 41
LPDNNA).
10. Niñas, Niños y Adolescentes tienen
los deberes que exige el respeto de
todas las personas, el cuidado de
los bienes propios de la familia y
de la comunidad y del
aprovechamiento de los recursos
que se dispongan para su
desarrollo.
(Artículo 9 de la LPDNNA)
11. La escuela debe
incluir actividades
y mecanismos de
participación
democrática para
su formación
ciudadana.
(Artículo 32 de la
LPDNNA)