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Diseño del Sistema de Clasificación y Valoración
de Puestos para el Personal Operativo del Cuerpo
de Bomberos del Distrito Metropolitano de Quito
Autor: Esteban Cárdenas Director: Dr. Antonio Guevara
Quito, DM 15 de mayo 2012
Problema: La inequidad
remunerativa existente entre el
personal administrativo de la
institución y el personal operativo
(jerárquico) luego de la Consultoría
del año 2006 donde se homologaron
las remuneraciones a la escala
dispuesta por la SENRES.
Objetivo: Diseñar un sistema de
clasificación y valoración de puestos
para el personal operativo del Cuerpo
de Bomberos del Distrito
Metropolitano de Quito, para
homologar sus remuneraciones al
sistema del Sector Público bajo el
análisis de factores considerados
producto de la misión institucional.
Justificación: El sistema propuesto
será de utilidad para el
fortalecimiento institucional y definir
la carrera para el personal dentro
del régimen jerarquizado tomando
como referencia que son quienes
realizan las principales actividades
agregadoras de valor.
 El Cuerpo de Bomberos se crea el 19 de julio de
1921, es organizado por Manuel Mejía
 El mismo año se publica el primer reglamento
creándose dos compañías que no se sostienen
 En 1928 Isidro Ayora decreta una Ley Especial del
Servicio Contra Incendios
 En 1943 el Dr. Carlos Arroyo del Río mediante
decreto Nº 2076 crea impuestos para su
operación
 El 1 de abril de 1944 se constituye como
institución
 En diciembre de 1999 el presidente Jamil Mahuad
lo transfiere al Municipio del Distrito Metropolitano
de Quito.
ESTRUCTURA
ACTUAL FUNCIONAMIENTO REAL
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS
DIRECTORIO
PRIMERA JEFATURA
GESTIÓN
TECNOLÓGICA Y
COMUNICACIONES
GESTIÓN FINANCIERA
GESTIÓN DE TALENTO
HUMANO
GESTIÓN DE PLANIFICACIÓN
GESTIÓN DE COMUNICACIÓN
SOCIAL
GESTIÓN DE AUDITORÍA
INTERNA
GESTIÓN JURÍDICA
GESTIÓN
ADMINISTRATIVA Y
LOGÍSTICA
GESTIÓN GENERAL
ADMINISTRATIVA Y
FINANCIERA
GESTIÓN DE FORMACIÓN Y
ESPECIALIZACIÓN BOMBERIL
GESTIÓN DE CENTRAL DE
EMERGENCIAS CB-DMQ
GESTIÓN DE
EMERGENCIAS
MÉDICAS Y ATENCIÓN
PREHOSPITALARIA
GESTIÓN DE
SINIESTROS
GESTIÓN DE
PREVENCIÓN
JEFATURAS ZONALES Y
ESTACIONES BOMBERILES
SEGUNDA JEFATURA
(DIRECCION GENERAL DE
OPERACIONES)
 Administración Pública: “constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de eficacia,
eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
transparencia y evaluación”. Constitución Política del Estado art. 227
 Planeación estratégica de Talento Humano:
Consiste en alinear la planificación de personas a la
planificación corporativa, es decir que sea armónica
de acuerdo a los niveles de productividad y
principalmente a los servicios o productos que se
deben generar, en nuestro caso alineados a la misión
institucional
Talentos
Humanos
Recursos
Tecnológicos
(TICs)
Procesos
Recursos
Financieros
Son los más
importantes en la
organización y
debe tener ciertas
competencias
(CHAI)
Como Gestionar el
Talento Humano:
1. Asociar la
gente a la
estrategia
2. Elevar sus
competencias
3. Comprometerla
4. Darles
autonomía
5. Alentar el
protagonismo
6. Liderar
METODO DE VALORACIÓN POR
PUNTOS
Es un sistema técnico por el cual se determina
cantidades de puntos a cada una de las
características o factores del puesto
Compara los factores de
un puesto con una serie de
modelos o definiciones
Asigna a dichos factores
un valor determinado en
virtud de la comparación
Ordena cada puesto en el
sitio que le corresponde en
una escala de salarios con
base en métodos
estadísticos
Una vez realizada la relación de fortalezas,
debilidades, oportunidades y amenazas y la
priorización de objetivos se establece la
importancia de cada uno de ellos:
“DESARROLLAR UNA MEJORA
CONTÍNUA DEL TALENTO HUMANO PARA
LOGRAR EFICIENCIA EN EL TRABAJO”
1. Qué tan satisfecho se encuentra en la institución?
2. Su experiencia en la institución ha sido satisfactoria
y reconocida?
3. Recibe una remuneración adecuada y
reconocimiento de sus jefes?
4. Existe una comunicación efectiva en su lugar de
trabajo?
5. Siente que tiene desafíos y cosas nuevas por hacer
en su grado actual?
6. Existe la posibilidad de hacer carrera debido a que
los ascensos son programados?
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
1 2 3 4 5 6
COMPLETAMENTE EN DESACUERDO
ALGO EN DESACUERDO
NEUTRAL
DE ACUERDO
MUY DE ACUERDO
NORMATIVA GENERAL INSTUCIONAL
Constitución
Política del Estado
Artículo 264 numeral 13
Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias.- Gestionar
los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios
Artículo 389
El Estado protegerá a las personas, colectividades y la naturaleza frente a los
efectos negativos de los desastres de orden natural o antrópico mediante la
prevención ante el riesgo…
Artículo 390
Los riesgos se gestionarán bajo el principio de descentralización
subsidiaria…
Código Orgánico de
Organización
Territorial,
Autonomía y
Descentralización
(COOTAD)
Artículo 54
Crear y coordinar los consejos de seguridad ciudadana
municipal…, ejecutarán políticas locales, planes y evaluación de resultados
sobre prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana
Artículo 55 literal m
Dentro de las competencias exlcusivas de los gobiernos municipales está
gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de
incendios
Artículo 140 último inciso
…Para tal efecto, los Cuerpos de Bomberos del país serán considerados
como entidades adscritas a los gobiernos autónomos descentralizados
municipales, quienes funcionarán con autonomía administrativa y
financiera, presupuestaria y operativa, observando la ley especial y
normativas vigentes a las que estarán sujetas
Ley de Defensa Contra
Incendios
Artículo 15
El título imprime el carácter profesional permanente al bombero rentado en
cualquier función que desempeñe, y le concede el derecho a figurar en el
escalafón respectivo del cuerpo de bomberos.
Ordenanza de
Institucionalización
Nº 039
Artículo 5
El Cuerpo de Bomberos es un ente eminentemente técnico, jerárquico y
disciplinariamente organizado, porllo que su profesionalización con el
artículo 1 del Reglamento de Aplicación a la Ley de Defensa Contra
Incendios
NORMATIVA RELACIONADA A LA GESTIÓN DE TALENTO
HUMANO
Ley Orgánica de
Servicio Público
(LOSEP)
Artículo 51
último inciso
Corresponde a las unidades de administración del talento humano de los gobiernos
autónomos descentralizados, sus entidades y regímenes especiales, la administración
del sistema integrado del desarrollo del talento humano en sus instituciones, observando
las normas técnicas emitidas por el Ministerio de Relaciones Laborales...el Ministerio no
interferirá en los actos relacionados con dicha administración ni en ninguna extraña a la
administración pública central e institucional.
Artículo 56
…Los Gobiernos Autónomos Descentralizados, sus entidades y regímenes especiales,
obligatoriamente tendrán su propia planificación anual del talento humano, la que será
sometida a su respectivo órgano gobernante
Artículo 61
El subsistema de Clasificación de Puestos es el conjunto de normas para analizar,
describir y valorar los puestos en todas las entidades constantes en artículo 3 de esta
ley
Artículo 62
En el caso de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, sus entidades y regímenes
especiales, diseñarán y aplicarán su propio sistema de clasificación de puestos
Artículo 162
(Reglamento de
Aplicación)
En el caso de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, sus entidades y regímenes
especiales, diseñarán y aplicarán su propio sistema de clasificación de puestos,
observando la normativa general que emita el Ministerio de Relaciones Laborales,
respetando la estructura de puestos, grados y grupos ocupacionales
Disposición
transitoria 10
…Las disposiciones graduales para equiparar remuneraciones que consten en dichos
instrumentos normativos tendrán como plazo máximo el 31 de diciembre de 2013
Ley de Defensa
Contra Incendios
Artículo 17 Clasificación de grados jerárquicos: a) Oficiales Superiores: Primer Jefe, Segundo Jefe y
Jefe de Brigada; b) Oficiales subalternos: Comandantes de compañía, ayudante primero
y ayudante segundo, c) Tropa: aspirantes a oficiales, sargento, cabo y bombero raso
Artículo 16
(Reglamento de
aplicación)
Grados equivalentes: Primer jefe (coronel), Segundo jefe (Teniente coronel), Jefe de
Brigada (Mayor), Comandante de Compañía (capitán), Ayudante primero (teniente),
Ayudantes segundo (subteniente), Aspirante a oficial (suboficial), Sargento, Cabo y
Bombero raso
Norma técnica para el sistema de
clasificación y valoración de puestos
El sistema de Clasificación y valoración de puestos es un proceso técnico
de agrupación y ordenamiento de los puestos de acuerdo a las funciones y
responsabilidades asignadas, como a actividades esenciales.
Fundamentos de la
clasificación y
valoración
•Tipo de trabajo
•Dificultad
•Complejidad
•Responsabilidad
•Requisitos de aptitud, educación y experiencia
FACTORES SUBFACTORES PONDERACION SUBTOTAL BOMBERO
Competencias del
grado
Instrucción formal 250
500
115
Experiencia 150 25
Habilidades de gestión 50 20
Habilidades de
comunicación 50 50
Complejidad del grado
Condiciones de trabajo 300
400
300
Toma de decisiones 100 35
Responsabilidad
Rol del grado 50
100
8
Control de resultados 50 25
TOTAL PUNTOS 1000 1000 578
ESCALA DE SUELDOS
MRL-021-
2012
RMU
ACTUAL DIRECTIVO
BOMBERO
METROPOLITANO SERVIDOR PUBLICO 2 GRADO 8 $ 901,00 $ 817,00
CABO SERVIDOR PUBLICO 3 GRADO 9 $ 986,00 $ 901,00
SARGENTO SERVIDOR PUBLICO 4 GRADO 10 $ 1.086,00 $ 986,00
SUBOFICIAL SERVIDOR PUBLICO 5 GRADO 11 $ 1.212,00 $ 1.086,00
SUBTENIENTE SERVIDOR PUBLICO 6 GRADO 12 $ 1.412,00 $ 1.212,00
TENIENTE SERVIDOR PUBLICO 7 GRADO 13 $ 1.676,00 $ 1.412,00
CAPITAN SERVIDOR PUBLICO 8 GRADO 14 $ 1.760,00 $ 1.760,00
MAYOR
JERARQUICO
SUPERIOR DIRECTIVO 1 $ 2.112,00 $ 2.220,00 $ 2.226,00
TENIENTE CORONEL
JERARQUICO
SUPERIOR DIRECTIVO 2 $ 2.415,00 $ 2.500,00 $ 2.546,00
CORONEL
JERARQUICO
SUPERIOR DIRECTIVO 3 $ 2.640,00 $ 2.700,00 $ 2.783,00
SEGUNDO JEFE
JERARQUICO
SUPERIOR DIRECTIVO 4 $ 3.168,00 $ 3.200,00 $ 3.339,00
PRIMER JEFE
JERARQUICO
SUPERIOR DIRECTIVO 5 $ 3.960,00 $ 3.890,00 $ 4.174,00
$ -
$ 500.00
$ 1,000.00
$ 1,500.00
$ 2,000.00
$ 2,500.00
$ 3,000.00
$ 3,500.00
$ 4,000.00
$ 4,500.00
 El personal operativo ha perdido credibilidad en
las autoridades directivas y políticas debido al
incumplimiento de compromisos.
 Las remuneraciones no reflejan en realidad el
trabajo que diariamente realiza el personal
destinado a la atención de emergencias
 La creación de instituciones paralelas ha
generado divisionismo al interior e indirectamente
está afectando al servicio que se brinda
diariamente a la comunidad
 Implementar el estudio presentado ya que
responde a una realidad institucional pero sobre
todo está acorde a las funciones que cumple el
personal operativo.
 Emprender programas de fortalecimiento
institucional, mismo que conlleve a fortalecer la
doctrina bomberil en beneficio de la comunidad
 Realizar programas de incentivos y principalmente
procesos de desvinculación que vayan
encaminados a mejorar la jubilación del personal
operativo
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS
DIRECTORIO
PRIMERA JEFATURA
GESTIÓN
TECNOLÓGICA Y
COMUNICACIONES
GESTIÓN FINANCIERA
GESTIÓN DE TALENTO
HUMANO
GESTIÓN DE PLANIFICACIÓN
GESTIÓN DE COMUNICACIÓN
SOCIAL
GESTIÓN DE AUDITORÍA
INTERNA
GESTIÓN JURÍDICA
GESTIÓN
ADMINISTRATIVA Y
LOGÍSTICA
GESTIÓN GENERAL
ADMINISTRATIVA Y
FINANCIERA
GESTIÓN DE FORMACIÓN Y
ESPECIALIZACIÓN BOMBERIL
GESTIÓN DE CENTRAL DE
EMERGENCIAS CB-DMQ
GESTIÓN DE
EMERGENCIAS
MÉDICAS Y ATENCIÓN
PREHOSPITALARIA
GESTIÓN DE
SINIESTROS
GESTIÓN DE
PREVENCIÓN
JEFATURAS ZONALES Y
ESTACIONES BOMBERILES
SEGUNDA JEFATURA
(DIRECCION GENERAL DE
OPERACIONES)

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Presentación

  • 1. Diseño del Sistema de Clasificación y Valoración de Puestos para el Personal Operativo del Cuerpo de Bomberos del Distrito Metropolitano de Quito Autor: Esteban Cárdenas Director: Dr. Antonio Guevara Quito, DM 15 de mayo 2012
  • 2. Problema: La inequidad remunerativa existente entre el personal administrativo de la institución y el personal operativo (jerárquico) luego de la Consultoría del año 2006 donde se homologaron las remuneraciones a la escala dispuesta por la SENRES.
  • 3. Objetivo: Diseñar un sistema de clasificación y valoración de puestos para el personal operativo del Cuerpo de Bomberos del Distrito Metropolitano de Quito, para homologar sus remuneraciones al sistema del Sector Público bajo el análisis de factores considerados producto de la misión institucional.
  • 4. Justificación: El sistema propuesto será de utilidad para el fortalecimiento institucional y definir la carrera para el personal dentro del régimen jerarquizado tomando como referencia que son quienes realizan las principales actividades agregadoras de valor.
  • 5.  El Cuerpo de Bomberos se crea el 19 de julio de 1921, es organizado por Manuel Mejía  El mismo año se publica el primer reglamento creándose dos compañías que no se sostienen  En 1928 Isidro Ayora decreta una Ley Especial del Servicio Contra Incendios
  • 6.  En 1943 el Dr. Carlos Arroyo del Río mediante decreto Nº 2076 crea impuestos para su operación  El 1 de abril de 1944 se constituye como institución  En diciembre de 1999 el presidente Jamil Mahuad lo transfiere al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.
  • 7. ESTRUCTURA ACTUAL FUNCIONAMIENTO REAL ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DIRECTORIO PRIMERA JEFATURA GESTIÓN TECNOLÓGICA Y COMUNICACIONES GESTIÓN FINANCIERA GESTIÓN DE TALENTO HUMANO GESTIÓN DE PLANIFICACIÓN GESTIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL GESTIÓN DE AUDITORÍA INTERNA GESTIÓN JURÍDICA GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y LOGÍSTICA GESTIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA GESTIÓN DE FORMACIÓN Y ESPECIALIZACIÓN BOMBERIL GESTIÓN DE CENTRAL DE EMERGENCIAS CB-DMQ GESTIÓN DE EMERGENCIAS MÉDICAS Y ATENCIÓN PREHOSPITALARIA GESTIÓN DE SINIESTROS GESTIÓN DE PREVENCIÓN JEFATURAS ZONALES Y ESTACIONES BOMBERILES SEGUNDA JEFATURA (DIRECCION GENERAL DE OPERACIONES)
  • 8.  Administración Pública: “constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, transparencia y evaluación”. Constitución Política del Estado art. 227  Planeación estratégica de Talento Humano: Consiste en alinear la planificación de personas a la planificación corporativa, es decir que sea armónica de acuerdo a los niveles de productividad y principalmente a los servicios o productos que se deben generar, en nuestro caso alineados a la misión institucional
  • 9. Talentos Humanos Recursos Tecnológicos (TICs) Procesos Recursos Financieros Son los más importantes en la organización y debe tener ciertas competencias (CHAI) Como Gestionar el Talento Humano: 1. Asociar la gente a la estrategia 2. Elevar sus competencias 3. Comprometerla 4. Darles autonomía 5. Alentar el protagonismo 6. Liderar
  • 10. METODO DE VALORACIÓN POR PUNTOS Es un sistema técnico por el cual se determina cantidades de puntos a cada una de las características o factores del puesto Compara los factores de un puesto con una serie de modelos o definiciones Asigna a dichos factores un valor determinado en virtud de la comparación Ordena cada puesto en el sitio que le corresponde en una escala de salarios con base en métodos estadísticos
  • 11. Una vez realizada la relación de fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas y la priorización de objetivos se establece la importancia de cada uno de ellos: “DESARROLLAR UNA MEJORA CONTÍNUA DEL TALENTO HUMANO PARA LOGRAR EFICIENCIA EN EL TRABAJO”
  • 12. 1. Qué tan satisfecho se encuentra en la institución? 2. Su experiencia en la institución ha sido satisfactoria y reconocida? 3. Recibe una remuneración adecuada y reconocimiento de sus jefes? 4. Existe una comunicación efectiva en su lugar de trabajo? 5. Siente que tiene desafíos y cosas nuevas por hacer en su grado actual? 6. Existe la posibilidad de hacer carrera debido a que los ascensos son programados?
  • 13. 0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 1 2 3 4 5 6 COMPLETAMENTE EN DESACUERDO ALGO EN DESACUERDO NEUTRAL DE ACUERDO MUY DE ACUERDO
  • 14. NORMATIVA GENERAL INSTUCIONAL Constitución Política del Estado Artículo 264 numeral 13 Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias.- Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios Artículo 389 El Estado protegerá a las personas, colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de orden natural o antrópico mediante la prevención ante el riesgo… Artículo 390 Los riesgos se gestionarán bajo el principio de descentralización subsidiaria… Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) Artículo 54 Crear y coordinar los consejos de seguridad ciudadana municipal…, ejecutarán políticas locales, planes y evaluación de resultados sobre prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana Artículo 55 literal m Dentro de las competencias exlcusivas de los gobiernos municipales está gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios Artículo 140 último inciso …Para tal efecto, los Cuerpos de Bomberos del país serán considerados como entidades adscritas a los gobiernos autónomos descentralizados municipales, quienes funcionarán con autonomía administrativa y financiera, presupuestaria y operativa, observando la ley especial y normativas vigentes a las que estarán sujetas Ley de Defensa Contra Incendios Artículo 15 El título imprime el carácter profesional permanente al bombero rentado en cualquier función que desempeñe, y le concede el derecho a figurar en el escalafón respectivo del cuerpo de bomberos. Ordenanza de Institucionalización Nº 039 Artículo 5 El Cuerpo de Bomberos es un ente eminentemente técnico, jerárquico y disciplinariamente organizado, porllo que su profesionalización con el artículo 1 del Reglamento de Aplicación a la Ley de Defensa Contra Incendios
  • 15. NORMATIVA RELACIONADA A LA GESTIÓN DE TALENTO HUMANO Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP) Artículo 51 último inciso Corresponde a las unidades de administración del talento humano de los gobiernos autónomos descentralizados, sus entidades y regímenes especiales, la administración del sistema integrado del desarrollo del talento humano en sus instituciones, observando las normas técnicas emitidas por el Ministerio de Relaciones Laborales...el Ministerio no interferirá en los actos relacionados con dicha administración ni en ninguna extraña a la administración pública central e institucional. Artículo 56 …Los Gobiernos Autónomos Descentralizados, sus entidades y regímenes especiales, obligatoriamente tendrán su propia planificación anual del talento humano, la que será sometida a su respectivo órgano gobernante Artículo 61 El subsistema de Clasificación de Puestos es el conjunto de normas para analizar, describir y valorar los puestos en todas las entidades constantes en artículo 3 de esta ley Artículo 62 En el caso de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, sus entidades y regímenes especiales, diseñarán y aplicarán su propio sistema de clasificación de puestos Artículo 162 (Reglamento de Aplicación) En el caso de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, sus entidades y regímenes especiales, diseñarán y aplicarán su propio sistema de clasificación de puestos, observando la normativa general que emita el Ministerio de Relaciones Laborales, respetando la estructura de puestos, grados y grupos ocupacionales Disposición transitoria 10 …Las disposiciones graduales para equiparar remuneraciones que consten en dichos instrumentos normativos tendrán como plazo máximo el 31 de diciembre de 2013 Ley de Defensa Contra Incendios Artículo 17 Clasificación de grados jerárquicos: a) Oficiales Superiores: Primer Jefe, Segundo Jefe y Jefe de Brigada; b) Oficiales subalternos: Comandantes de compañía, ayudante primero y ayudante segundo, c) Tropa: aspirantes a oficiales, sargento, cabo y bombero raso Artículo 16 (Reglamento de aplicación) Grados equivalentes: Primer jefe (coronel), Segundo jefe (Teniente coronel), Jefe de Brigada (Mayor), Comandante de Compañía (capitán), Ayudante primero (teniente), Ayudantes segundo (subteniente), Aspirante a oficial (suboficial), Sargento, Cabo y Bombero raso Norma técnica para el sistema de clasificación y valoración de puestos
  • 16. El sistema de Clasificación y valoración de puestos es un proceso técnico de agrupación y ordenamiento de los puestos de acuerdo a las funciones y responsabilidades asignadas, como a actividades esenciales. Fundamentos de la clasificación y valoración •Tipo de trabajo •Dificultad •Complejidad •Responsabilidad •Requisitos de aptitud, educación y experiencia
  • 17. FACTORES SUBFACTORES PONDERACION SUBTOTAL BOMBERO Competencias del grado Instrucción formal 250 500 115 Experiencia 150 25 Habilidades de gestión 50 20 Habilidades de comunicación 50 50 Complejidad del grado Condiciones de trabajo 300 400 300 Toma de decisiones 100 35 Responsabilidad Rol del grado 50 100 8 Control de resultados 50 25 TOTAL PUNTOS 1000 1000 578
  • 18. ESCALA DE SUELDOS MRL-021- 2012 RMU ACTUAL DIRECTIVO BOMBERO METROPOLITANO SERVIDOR PUBLICO 2 GRADO 8 $ 901,00 $ 817,00 CABO SERVIDOR PUBLICO 3 GRADO 9 $ 986,00 $ 901,00 SARGENTO SERVIDOR PUBLICO 4 GRADO 10 $ 1.086,00 $ 986,00 SUBOFICIAL SERVIDOR PUBLICO 5 GRADO 11 $ 1.212,00 $ 1.086,00 SUBTENIENTE SERVIDOR PUBLICO 6 GRADO 12 $ 1.412,00 $ 1.212,00 TENIENTE SERVIDOR PUBLICO 7 GRADO 13 $ 1.676,00 $ 1.412,00 CAPITAN SERVIDOR PUBLICO 8 GRADO 14 $ 1.760,00 $ 1.760,00 MAYOR JERARQUICO SUPERIOR DIRECTIVO 1 $ 2.112,00 $ 2.220,00 $ 2.226,00 TENIENTE CORONEL JERARQUICO SUPERIOR DIRECTIVO 2 $ 2.415,00 $ 2.500,00 $ 2.546,00 CORONEL JERARQUICO SUPERIOR DIRECTIVO 3 $ 2.640,00 $ 2.700,00 $ 2.783,00 SEGUNDO JEFE JERARQUICO SUPERIOR DIRECTIVO 4 $ 3.168,00 $ 3.200,00 $ 3.339,00 PRIMER JEFE JERARQUICO SUPERIOR DIRECTIVO 5 $ 3.960,00 $ 3.890,00 $ 4.174,00
  • 19. $ - $ 500.00 $ 1,000.00 $ 1,500.00 $ 2,000.00 $ 2,500.00 $ 3,000.00 $ 3,500.00 $ 4,000.00 $ 4,500.00
  • 20.  El personal operativo ha perdido credibilidad en las autoridades directivas y políticas debido al incumplimiento de compromisos.  Las remuneraciones no reflejan en realidad el trabajo que diariamente realiza el personal destinado a la atención de emergencias  La creación de instituciones paralelas ha generado divisionismo al interior e indirectamente está afectando al servicio que se brinda diariamente a la comunidad
  • 21.  Implementar el estudio presentado ya que responde a una realidad institucional pero sobre todo está acorde a las funciones que cumple el personal operativo.  Emprender programas de fortalecimiento institucional, mismo que conlleve a fortalecer la doctrina bomberil en beneficio de la comunidad  Realizar programas de incentivos y principalmente procesos de desvinculación que vayan encaminados a mejorar la jubilación del personal operativo
  • 22. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DIRECTORIO PRIMERA JEFATURA GESTIÓN TECNOLÓGICA Y COMUNICACIONES GESTIÓN FINANCIERA GESTIÓN DE TALENTO HUMANO GESTIÓN DE PLANIFICACIÓN GESTIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL GESTIÓN DE AUDITORÍA INTERNA GESTIÓN JURÍDICA GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y LOGÍSTICA GESTIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA GESTIÓN DE FORMACIÓN Y ESPECIALIZACIÓN BOMBERIL GESTIÓN DE CENTRAL DE EMERGENCIAS CB-DMQ GESTIÓN DE EMERGENCIAS MÉDICAS Y ATENCIÓN PREHOSPITALARIA GESTIÓN DE SINIESTROS GESTIÓN DE PREVENCIÓN JEFATURAS ZONALES Y ESTACIONES BOMBERILES SEGUNDA JEFATURA (DIRECCION GENERAL DE OPERACIONES)