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PLENO
                         SESION ORDINARIA
                         MINUTA Nº 3/2012
                     DÍA 27 DE FEBRERO DE 2012

                                     SUMARIO
    -   DECLARACIÓN INSTITUCIONAL. (Pág. 3)

1/25.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 12 DE DICIEMBRE DE
2011. (Pág. 5)

2/26.- DACIÓN DE CUENTA DE DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ALCALDÍA, CONCEJALES DELEGADOS Y
TITULARES DE ÓRGANOS SUPERIORES Y DIRECTIVOS DESDE LA ÚLTIMA DACIÓN DE CUENTA. (Pág. 5)

3/27.- DACIÓN DE CUENTA DE DISPOSICIONES OFICIALES Y CORRESPONDENCIA. (Pág. 6)

4/28.- INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL. (Pág. 6)

5/29.- APROBACIÓN INICIAL DEL PROYECTO DEL NUEVO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS MUNICIPALES DE DISTRITO. VOTOS PARTICULARES DE LOS GRUPOS IU-
LV Y PSOE. (Pág. 9)

6/30.- PROPUESTA DE ACUERDO QUE PRESENTA EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA Y URBANISMO, CON
RELACIÓN A DACIÓN DE CUENTA DE LA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOU
DE ALCORCÓN PARA LA CREACIÓN DE UN NUEVO APD-13 “CAMPODÓN OESTE”. (EXPTE. 8 PM/09). (Pág. 26)

7/31.- PROPUESTA DE ACUERDO QUE PRESENTA EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA Y URBANISMO, CON
RELACIÓN A LA CORRECCIÓN DE ERRORES EN LA NORMATIVA URBANÍSTICA DEL PLAN PARCIAL DEL
ENSANCHE SUR DE ALCORCÓN. (EXPTE. 1 PP/04). (Pág. 29)

8/32.- PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA DE HACIENDA Y URBANISMO, EN RELACIÓN A RECONOCIMIENTO DE
DEUDA CON LA “EMPRESA DE SERVICIOS MUNICIPALES DE ALCORCÓN” CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO
2011. (Pág. 34)

9/33.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA, EN
RELACIÓN A LA ADAPTACIÓN URGENTE DE LA ESTACIÓN DE CERCANÍAS DE SAN JOSÉ DE VALDERAS
PARA LAS PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. (Pág. 36)

10/34.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA, PARA LA
ADECUACIÓN A LA NORMATIVA VIGENTE DE LOS PASOS ELEVADOS REDUCTORES DE VELOCIDAD
(BADENES) Y BANDAS TRANSVERSALES DE LAS CALLES DE LA CIUDAD DE ALCORCÓN. (Pág. 38)

11/35.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR, EN RELACIÓN CON EL ACTUAL MARCO
NORMATIVO REGULADOR DEL MERCADO HIPOTECARIO. (Pág. 41)

12/36.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES, EN RELACIÓN
CON LA EXENCIÓN DE LOS PAGOS DE LAS PLUSVALÍAS DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA A
LAS FAMILIAS OBLIGADAS A ENTREGAR SU VIVIENDA HABITUAL A LOS BANCOS. (Pág. 43)

13/37.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, INSTANDO AL GOBIERNO DE LA
NACIÓN A LA RECONSIDERACIÓN Y A LA NEGOCIACIÓN CON LOS AGENTES SOCIALES DE LA REFORMA
LABORAL APROBADA POR DECRETO LEY EL 10 DE FEBRERO. (Pág. 46)

14/38.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, REFERENTE A LA DEVOLUCIÓN A
ESTE AYUNTAMIENTO DE LA PARCELA E-2-2.2 POR PARTE DE LA DIÓCESIS DE GETAFE Y FUTURO
DESTINO DE DICHA PARCELA. (Pág. 48)

15/39.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, PARA LA CONSOLIDACIÓN Y
AMPLIACIÓN DE LA RENTA BÁSICA DE EMANCIPACIÓN DE LOS JÓVENES DE ALCORCÓN. (Pág. 50)



Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                                        Página 1
16/40.- INTERPELACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA A LA CONCEJALA DELEGADA DE SERVICIOS
SOCIALES, DISCAPACIDAD E INMIGRACIÓN, SOBRE EL PROYECTO DE GESTIÓN DE SERVICIOS SOCIALES
QUE SE ESTÁ APLICANDO. (Pág. 52)

17/41.- SOLICITUD DE COMPARECENCIA DEL 2º TENIENTE DE ALCALDE, COORDINACIÓN TERRITORIAL,
PARTICIPACIÓN Y SERVICIOS AL CIUDADANO, DON JOSÉ GABRIEL ASTUDILLO LÓPEZ Y/O
SUBSIDIARIAMENTE DEL MIEMBRO DEL EQUIPO DE GOBIERNO EN QUIEN SE DELEGUE, QUE PRESENTA
EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, EN RELACIÓN A LA SITUACIÓN DE ABANDONO Y VANDALISMO EN LAS
OBRAS DEL CREAA Y POSIBLES PROYECTOS CULTURALES O DE OTRA ÍNDOLE PARA DICHAS
INSTALACIONES. (Pág. 53)

18/42.- AÑADIDO URGENTE.- PRIMERO.- MOCIÓN QUE PRESENTAN LOS GRUPOS MUNICIPALES
SOCIALISTA Y DE IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES, EN RELACIÓN CON EL 8 DE MARZO “DÍA
INTERNACIONAL DE LA MUJER”. (Pág. 54)

19/43.- AÑADIDO URGENTE.- SEGUNDO.- MOCIÓN CONJUNTA QUE PRESENTAN LA CONCEJALA DELEGADA
DE INFANCIA Y MUJER Y EL GRUPO MUNICIPAL UPyD, EN RELACIÓN CON LA CONMEMORACIÓN DEL DÍA
MUNDIAL DE LA MUJER TRABAJADORA. (Pág. 57)

20/44.- AÑADIDO URGENTE.- TERCERO.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR,
SOBRE DECLARACIÓN INSTITUCIONAL “POR UN CONSUMO RESPONSABLE DE AGUA”. (Pág. 59)

21/45.- AÑADIDO URGENTE.- CUARTO.- PROPOSICIÓN QUE PRESENTA EL CONCEJAL DELEGADO DE
HACIENDA Y URBANISMO, DANDO CUENTA EN RELACIÓN A LA APORTACIÓN, SI PROCEDE, AL CAPITAL
SOCIAL DE LA EMPRESA DE GESTIÓN INMOBILIARIA DE ALCORCÓN, S.A.U., PROPIEDAD DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN DE DIFERENTES LOCALES COMERCIALES PROPIEDAD DE ESTE
AYUNTAMIENTO. (Pág. 61)

RUEGOS Y PREGUNTAS. (Pág. 78)

    -   PREGUNTAS DEL GRUPO UPyD EN RELACIÓN CON LOS CARGOS DE CONFIANZA.
    -   PREGUNTAS DEL GRUPO UPyD EN RELACIÓN CON LA DEUDA MUNICIPAL.


ASISTENTES:

Alcalde-Presidente
D. David Pérez García

Concejales:

Grupo Municipal Popular

D. Oscar Romera Jiménez (Portavoz)
Dª. Silvia Cruz Martín
D. José Gabriel Astudillo López
Dª. Susana Mozo Alegre
D. Antonio Luis Galindo Casado
D. Antonio Sayago del Viso
Dª. Laura Pontes Romero
D. José Emilio Pérez Casado
Dª. María Pilar Araque Leal
Dª. Marta González Díaz
D. Eduardo Serrano Rodríguez
D. Carlos Gómez Díaz
D. Antonio Ramírez Pérez
Dª. Loreto Sordo Ruíz

Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                                     Página 2
Grupo Municipal Socialista

Dª. Natalia de Andrés del Pozo (Portavoz)
D. Manuel Lumbreras Fernández
Dª. María Antonia García Fernández
D. Francisco Siles Tello
Dª. Marta Bernardo Llorente
D. Francisco Pérez Plá
Dª. Candelaria Testa Romero
D. Antonio Elviro Arroyo
Dª. Pilar García Jové

Grupo Municipal de Izquierda Unida y Los Verdes

D. José Antonio López Tinaquero (Portavoz)
D. Juan Carlos Martínez Agüera

Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia

D. Jesús Gamonal López

Secretario General del Pleno

D. Gabriel A. Dotor Castilla

Interventor General Municipal:

D. Luis Miguel Palacios Albarsanz


      En el Salón de Actos del Centro Cívico Los Pinos, se reúne la
Corporación en Pleno, integrada en la forma reseñada “ut supra”.

       A las diecisiete horas por el Sr. Alcalde-Presidente se declara abierta la
Sesión, previa comprobación de la existencia de quórum necesario, según lo
establecido en el artículo 82 del R.O.M. y en primera convocatoria, iniciándose
el conocimiento de los asuntos incluidos en el ORDEN DEL DIA, expresado en
la convocatoria girada al efecto y que me consta notificada, según lo
establecido en el artículo 72 del R.O.M., se pasó al examen de los distintos
asuntos. Así:

                   DECLARACIÓN INSTITUCIONAL
          “POR LA CONSERVACIÓN DE NUESTROS ÁRBOLES”

Los árboles tienen una valiosa importancia en nuestra vida diaria. Tanto en el
aspecto ambiental como en el social, ayudan de forma silenciosa a que nuestro
planeta sea más habitable.

Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                               Página 3
Los árboles regulan la temperatura ambiental, purifican el aire, contribuyen a
regular las lluvias, protegen el suelo de erosiones, albergan especies animales,
mejoran la estética paisajística, disminuyen la contaminación por ruido y sin
olvidar su peso económico.

Sin embargo, a pesar de aportar todos estos beneficios a la sociedad, la tala
ilegal y el aprovechamiento forestal insostenible continúan amenazando
grandes áreas del Planeta de gran valor ecológico.

El día 21 de marzo celebramos en Alcorcón el Día del Árbol, como
reconocimiento a los múltiples servicios que presta el árbol a la vida y a la
actividad humana.

Las políticas que desde este Ayuntamiento se están llevando a cabo, buscan la
armonía entre el desarrollo y progreso de nuestra ciudad, y el respeto y la
conservación del medio ambiente y por ello, es nuestra intención promover
una política hacia la sostenibilidad de los recursos naturales.

Por este motivo, y en la línea del acuerdo plenario del Ayuntamiento de
Alcorcón de fecha 29 de enero del 2009, aprobado por unanimidad de
los Grupos Municipales, el Ayuntamiento de Alcorcón presenta, a través de
esta Declaración Institucional, su compromiso a:

       CONTRIBUIR a la conservación de las especies arbóreas del
municipio.

       POTENCIAR los espacios verdes del municipio, con reforestaciones de
árboles autóctonos en zonas de especial interés.

      CONTRIBUIR a la protección y conservación de los ecosistemas
urbanos, mediante nuevas plantaciones vegetales.

      DESARROLLAR buenas prácticas medioambientales                     en    el
mantenimiento de las especies arbóreas del municipio.

       PROPONER la utilización preferente de madera procedente de
bosques gestionados de manera sostenible y recomendar un uso racional del
papel, de conformidad al acuerdo plenario del Ayuntamiento de Alcorcón de 29
de enero de 2009.

       DESARROLLAR criterios técnicos e incorporarlos en los pliegos de
condiciones técnicas de los contratos municipales de obras y suministros.

       INVITAR a todos los agentes sociales y económicos a incorporar,
igualmente, los criterios de sostenibilidad en la compra y el consumo
responsable de madera y productos derivados.


Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                              Página 4
FOMENTAR actuaciones de reforestación a nivel privado.

      LLEVAR a cabo acciones informativas dirigidas a empresas,
comunidades de vecinos y particulares para que realicen actuaciones de
mantenimiento y mejora de sus jardines y zonas verdes.

       PROMOVER actividades escolares que favorezcan la conservación de
las especies arbóreas del municipio.

                                      En Alcorcón, a 17 de febrero de 2012”.

     1/25.- APROBACIÓN    DEL    ACTA    DE   LA   SESIÓN
EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 12 DE DICIEMBRE DE 2011.-

       Remitida a los miembros de la Corporación copia de la referida Acta
junto con la convocatoria cursada por correo electrónico, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 113 del Reglamento Orgánico Municipal, por la
Presidencia se somete a votación, siendo aprobada por unanimidad.

     2/26.- DACIÓN DE CUENTA DE DECRETOS Y RESOLUCIONES
DE ALCALDÍA, CONCEJALES DELEGADOS Y TITULARES DE ÓRGANOS
SUPERIORES Y DIRECTIVOS DESDE LA ÚLTIMA DACIÓN DE CUENTA.-

    *Dada cuenta de la relación de Decretos emitidos por la Alcaldía,
Concejales Delegados y Titulares de órganos superiores y directivos desde la
última Sesión Ordinaria del Pleno del Ayuntamiento, que comprende:

   .  ÁREA DE ALCALDÍA-PRESIDENCIA: Del nº 1 al nº 207 (de 02/01/12 a
   06/02/12).

   .  ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL: Del nº 1 al nº 603 (de 02/01/12
   a 07/02/12).

   .  ÁREA DE COORDINACIÓN TERRITORIAL, PARTICIPACIÓN Y
   SERVICIOS A LOS CIUDADANOS: Del nº 1 al nº 79 (de 05/01/12 a
   07/02/12)

   .  ÁREA DE FAMILIA Y SERVICIOS SOCIALES: Del nº 1 al nº 22 (de
   13.01.12 a 07.02.12)

                      INTERVENCIONES EN EL PLENO

       *Abierta la deliberación intervienen en primer y segundo turno Dª.
Natalia de Andrés del Pozo y D. Oscar Romera Jiménez, en los términos que
resultan de la grabación de la sesión incorporada al Diario de Sesiones.

                          ACUERDOS DEL PLENO




Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                           Página 5
Por la Presidencia se declaró adoptado acuerdo plenario por el que se
otorga el enterado a la citada relación.

     3/27.- DACIÓN DE CUENTA DE DISPOSICIONES OFICIALES Y
CORRESPONDENCIA.-

       *Dada cuenta de la documentación obrante en el expediente

                          INTERVENCIONES EN EL PLENO

        *Abierta la deliberación intervienen en primer y segundo turno D. Oscar
Romera Jiménez, D. José Antonio López Tinaquero, Sr. Alcalde-Presdidente y
Dª. Natalia de Andrés del Pozo, en los términos que resultan de la grabación
de la sesión incorporada al Diario de Sesiones.

                           ACUERDOS DEL PLENO

       Por la Presidencia se declaró adoptado acuerdo plenario por el que se
otorga el enterado a las siguientes Disposiciones Oficiales y Correspondencia:

. ESCRITO de la Gerente del Grupo Mosán Abogados, S.L. (Asesoría Jurídica y
de Empresas -Administración de Fincas-), de fecha 24 de febrero de 2012, por
el que manifiesta que, desde la entrada de la nueva Corporación, están más
informados de los pasos que se iban a dar desde Emgiasa para la resolución
de los problemas que tenían las comunidades que administran. Así mismo,
manifiesta que hasta la fecha los compromisos de pago también se han
cumplido en el mes de febrero, habiéndose procedido al ingreso de
aproximadamente el 50% de la deuda y entendiendo que el resto (en el mes
de abril) también se cumplirá.

. ESCRITO de la Presidenta de la Asociación Mujeres en Igualdad de Alcorcón,
Registro Entrada en este Ayuntamiento núm. 6467/2012 (27.02.12), por el que
desea transmitir su apoyo y felicitación por las medidas que se están
adoptando por el Equipo de Gobierno, en relación a las políticas sobre
Conciliación Familiar y Laboral. Igualmente felicita y muestra su
agradecimiento al Equipo de Gobierno por la próxima apertura de la Casa de
Acogida para Mujeres Maltratadas.

       4/28.- INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL.-

       Interviene el Sr. Alcalde con base en el informe que obra en el
expediente del siguiente tenor:


                  “INFORMACIÓN DEL GOBIERNO AL PLENO
                          27 de febrero de 2012

Octavo Informe del Gobierno al Pleno. Desde el último Pleno Ordinario
celebrado el 30 de enero.

Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                             Página 6
1.- Medidas adoptadas:

Área de Alcaldía-Presidencia:

    SEGURIDAD Y MOVILIDAD

-        La Delegada del Gobierno ha presidido en Alcorcón su primera reunión
     de una Junta de Seguridad Local, en la que hemos tratado estrategias de
     coordinación entre los distintos Cuerpos para seguir mejorando la seguridad
     en la ciudad y se ha destacado la eficacia de la policía de proximidad.

     Área de Administración General:

GESTIÓN, FUNCIÓN PÚBLICA Y RÉGIMEN INTERIOR:

-       El 31 de enero se ha aprobado la Relación de Puestos de Trabajo (RPT)
     del Ayuntamiento del Alcorcón correspondiente al ejercicio 2012.

-      El día 10 de febrero se ha constituido el Comité de Seguridad y Salud del
     Ayuntamiento de Alcorcón e IMEPE.

ECONOMÍA, EMPLEO, NUEVAS TECNOLOGÍAS E IMEPE

-       Se han tramitado acuerdos de colaboración con la Federación de
     Asociaciones de personas con discapacidad física y orgánica de la
     Comunidad de Madrid y la Fundación Deporte Integra, entre otras
     entidades, para promoción empresarial y del empleo en nuestra ciudad.

-       Se han presentado en este último mes 3 proyectos de Talleres de Empleo
     para un total de 48 alumnos-trabajadores.
                  -
     EMGIASA:

-       La empresa pública EMGIASA, ha devuelto ya 3,3 millones de euros a los
     adjudicatarios de vivienda protegida que renunciaron a la misma.

Área de Coordinación Territorial, Participación y Servicios a los Ciudadanos:

CULTURA, FESTEJOS Y ESCUELAS MUNICIPALES

-       La actividad de la Concejalía de Cultura en el mes de febrero se ha
     centrado principalmente en la preparación y celebración de los Carnavales
     del 2012, con una programación para todas las edades Destacamos, dentro
     de la programación cultural en el mes de febrero, la oferta de Exposiciones,
     tales como las esculturas y montajes de Francisco Robles en el Centro
     Municipal de las Artes o la exposición colectiva del MAVA.


Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                               Página 7
DEPORTES Y JUVENTUD

-      Lo más importante de la actividad de esta Concejalía en febrero ha sido
    la suscripción de acuerdos para la promoción del deporte entre los
    ciudadanos de Alcorcón con 22 clubes, 2 Federaciones y la Fundación
    Integra. La firma ha tenido lugar durante la Primera Jornada de Clubes
    Deportivos que ha reunido a presidentes y técnicos de estas entidades en la
    ciudad.

-      El Centro Joven ha acogido exposiciones de dibujo, comic, fotografía y
    artesanía de creadores de Alcorcón, dentro de la Semana del Arte del
    programa joven 2.0.

EDUCACIÓN:

-      Se han celebrado Conciertos Pedagógicos organizados por la Concejalía
    de Educación y Universidad junto con la Escuela Municipal de Música
    “Manuel de Falla”, con asistencia de más de dos mil doscientos alumnos de
    2º a 6º de primaria de 11 centros educativos del municipio de Alcorcón.

-      Catorce centros educativos participan en el Primer concurso de relatos
    “Mis abuelos y yo”, organizado por las Concejalías de Educación y Mayores
    y la Mesa de Salud Escolar de Alcorcón.

PARQUES Y JARDINES:

   - Hemos terminado la actuación en el Parque Infantil de Las Flores y la
ampliación del espacio canino en el parque Alfredo Nobel y se han plantado
árboles en la calle Martin Luther King en el Ensanche Sur, entre otras
actuaciones.

CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO Y ESMASA:

-   Siguen adelante las campañas de limpieza de pintadas y limpieza
    urgente. Durante el último mes se han limpiado 5.981 metros de
    graffitis y el SAI ha realizado 158 actuaciones urgentes.

Área de Familia y Servicios Sociales

FAMILIA Y COOPERACIÓN:

-   Ha concluido la campaña solidaria Alcorcón por Somalia, realizada entre
    ciudadanos y empresas de nuestra ciudad para ayudar a paliar la
    hambruna que padece el Cuerno de África.




Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                              Página 8
-   Alcorcón se adscribe a la “Red madrileña de Municipios por la Familia”, a
    través de la Universidad Francisco de Vitoria, que permitirá la cooperación
    entre los municipios participantes a la hora de realizar actividades.

SERVICIOS SOCIALES

-   Hemos aprobado para este año 2012 las ayudas de comedor y escuelas
    infantiles, por un importe de 385.000 euros. Se concederán unas 4.000
    ayudas de comedor y 1.500 ayudas de escuelas infantiles.

-   Se ha creado el Servicio Municipal de Coordinación y Apoyo a los Colectivos
    de Discapacidad. Se trata de un nuevo servicio de atención integral para
    personas con discapacidad y sus familias.

MAYORES, SALUD Y MERCADOS:

-   Se ha iniciado el segundo cuatrimestre de Actividades para Mayores y
    llegamos ya a las 1.900 plazas ofertadas. También se han puesto en
    marcha las actividades incluidas en el segundo cuatrimestre del Programa
    Mayores Salud en el que colaboran varias Concejalías, Universidad y la
    Comunidad de Madrid.

INFANCIA Y MUJER:

-   La Concejalía ha centralizado los servicios de atención social, jurídica y
    psicológica a mujeres y niños víctimas de violencia de género, creando un
    nuevo servicio de atención psicológica a niños que sufren acoso infantil.

-   Dentro del programa de conciliación de la vida laboral, familiar y personal,
    se va a poner en marcha el sello “Alcorcón concilia”.

2.- Cuestiones reseñables:

-   Hay que destacar el encuentro con la Asociación de Víctimas del
    Terrorismo, que concluye en un compromiso de colaboración con las
    actividades en defensa de las víctimas, y la reunión mantenida con el
    Movimiento contra la Intolerancia.

                        Alcorcón, 27 de febrero de 2012
                          EL ALCALDE-PRESIDENTE”.

                       INTERVENCIONES EN EL PLENO

       *Abierta la deliberación intervienen en primer y segundo turno el Sr.
Alcalde-Presidente, D. Jesús Gamonal López, D. José Antonio López Tinaquero,
Dª. Natalia de Andrés del Pozo y D. Oscar Romera Jiménez, en los términos
que resultan de la grabación de la sesión incorporada al Diario de Sesiones.


Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                               Página 9
5/29.- APROBACIÓN INICIAL DEL PROYECTO DEL NUEVO
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS
JUNTAS MUNICIPALES DE DISTRITO. VOTOS PARTICULARES DE LOS
GRUPOS IU-LV Y PSOE.

      *Dada cuenta del siguiente

    DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE DEL ÁREA DE
     COORDINACIÓN TERRITORIAL, PARTICIPACIÓN Y SERVICIOS AL
              CIUDADANO DE 21 DE FEBRERO DE 2012

       “*Dada cuenta del referido proyecto aprobado por la Junta de Gobierno
Local mediante acuerdo 7/25, de 24 de enero de 2012.

       *Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo UPyD del
siguiente tenor: (…)

       *Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo IU-LV del
siguiente tenor: (…)

       *Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo PSOE del
siguiente tenor: (…)

       *Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo PP del
siguiente tenor: (…)

       *Abierta la deliberación intervienen D. Jesús Gamonal López, D. José
Antonio López Tinaquero, D. Francisco Siles Tello, Dª Laura Pontes Romero y
D. José Gabriel Astudillo López.

       *Sometido a votación el voto particular presentado por el Grupo IU-LV
se produce el siguiente resultado:

      Votos a favor:       1 (IU-LV)
      Votos en contra:     7 (PP 6, UPyD 1)
      Abstenciones:        3 (PSOE)

       En su consecuencia, el voto particular queda rechazado, manifestando
el Grupo IU-LV su voluntad de defensa para ante el Pleno del Ayuntamiento.

       *Sometido a votación el voto particular presentado por el Grupo PSOE
se produce el siguiente resultado:

      Votos a favor:       3 (PSOE)
      Votos en contra:     7 (PP 6, UPyD 1)
      Abstenciones:        1 (IU-LV)




Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                           Página 10
En su consecuencia, el voto particular queda rechazado, manifestando
el Grupo PSOE su voluntad de defensa para ante el Pleno del Ayuntamiento.

       *Sometido a votación el texto del proyecto aprobado por la Junta de
Gobierno Local, incorporando los votos particulares presentados por los Grupos
UPyD y PP se produce el siguiente resultado:

       Votos a favor:        7 (PP 6, UPyD 1)
       Votos en contra:      4 (PSOE 3, IU-LV 1)
       Abstenciones:         0

      *En su consecuencia la Comisión por mayoría somete al Pleno del
Ayuntamiento la siguiente

                              Propuesta de acuerdo:

       Primero.- Aprobar inicialmente el proyecto de Reglamento de
Organización y Funcionamiento de las Juntas Municipales de Distrito y de los
Consejos de Participación Ciudadana, conforme al texto resultante del proyecto
aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 24 de
enero de 2012 y de las enmiendas aprobadas por la Comisión Plenaria:

   “REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS
      JUNTAS MUNICIPALES DE DISTRITO Y LOS CONSEJOS DE
                 PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

Se redacta el nuevo Reglamento de Organización y Funcionamiento de las
Juntas Municipales de distrito y de los Consejos de participación ciudadana.

                          EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
Las Juntas de Distrito y los Consejos de participación ciudadana deben
proponerse involucrar a los vecinos en los organismos que le representan,
reforzando el sistema representativo en los municipios a través de su
participación.

Debe armonizar la relación entre cargos electos y los electores, trabajando
mano a mano para la consecución de los objetivos y programas políticos. Debe
impulsar la vida social y política del municipio trabajando en sinergia. Este
reglamento pretende reactivar la transparencia política.
Con todo esto, es necesario realizar una nueva redacción del Reglamento de
las Juntas Municipales de Distrito para que este se acerque a la realidad social
y política de Alcorcón, dando a cada entidad su espacio adecuado.

Así, este Reglamento, fomenta la libertad de participar no solo a las
asociaciones de nuestro Municipio, como era el caso, también fomenta la
participación de los vecinos de forma individual.


Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                              Página 11
El presente Reglamento responde a lo establecido en el artículo 128 de la Ley
7/1985 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción
que se da en la Ley 57/2003 de medidas para la Modernización del Gobierno
Local.

En materia de Participación Ciudadana, se establecen los sistemas que
constituyen el mecanismo básico para potenciar dicha Participación Ciudadana.
                    Las Juntas Municipales de Distrito.

                            Artículo 1. Distritos.

Los Distritos constituyen divisiones territoriales del municipio, por tanto son
órganos de gestión para el impulso y desarrollo de la participación ciudadana
en la gestión de los asuntos municipales, sin perjuicio de la unidad de gobierno
y gestión del municipio.

Corresponde al Pleno del Ayuntamiento mediante norma orgánica establecer la
división del municipio en distritos, y la determinación y regulación de sus
órganos y de las competencias de los mismos, sin perjuicio de las atribuciones
del Alcalde para determinar la organización y las competencias de su
administración ejecutiva.

                     Artículo 2. Estructura territorial.

El Municipio de Alcorcón se estructura territorialmente en los siguientes
Distritos:

                      Distrito nº 1 (CASCO ANTIGUO)

Línea divisoria.- Inicia su demarcación en el cruce de la Avda. del Alcalde José
Aranda con la Avda. de Leganés y por esta última hasta su confluencia con la
antigua Carretera M-508, hoy Avda. de Móstoles. Desde dicho punto y por la
citada avenida hasta el enlace que la une, por el puente sobre el ferrocarril con
la Avda. de Villaviciosa. Por tal enlace y avenida hasta el Cementerio Municipal.
Por la tapia Norte de dicha instalación, hasta la N-V (Variante). Por la N-V
hasta la confluencia con la prolongación de la C/ de los Robles. Por la
Prolongación de la C/ de los Robles y C/ de los Robles hasta la confluencia con
la C/ Cisneros y Avda. de Pablo Iglesias. Desde tal punto por la tapia Norte de
los Colegios Públicos Sánchez Albornoz y Carmen Conde hasta la Avda. del
Oeste. Por la Avda. del Oeste hasta su confluencia con la Avda. de Alcalde José
Aranda y por ésta a cerrar en el cruce de la misma con la Avda. de Leganés.

                             Distrito nº 2 (NORTE)

Línea divisoria.- Inicia su demarcación en la Avda. de Leganés en el punto
dónde la referida cruza la línea divisoria de éste Término Municipal de
Leganés. Desde tal punto por la Avda. de Leganés hasta la confluencia de ésta
con la antigua Carretera M-508 hoy Avda. de Móstoles. Desde dicho punto y

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por la citada avenida hasta el enlace que la une por el puente sobre el
ferrocarril con la Avda. de Villaviciosa. Por tal enlace y avenida hasta el
Cementerio Municipal. Por la tapia norte de dicha instalación hasta la N-V
(Variante). Por la N-V (Variante) hasta el límite de éste Término Municipal con
el de Móstoles. Desde tal punto por la línea divisoria de éste Término Municipal
con las de Móstoles, Villaviciosa de Odón, Boadilla del Monte, Pozuelo de
Alarcón, Madrid y Leganés, finalizando en el punto donde la línea divisoria de
éste Término Municipal y el de Leganés cruza con la Avda. de Leganés.

                             Distrito nº 3 (SUROESTE)

Línea Divisoria.- Inicia su demarcación en la confluencia de la Avda. de
Leganés, en el punto donde la referida cruza la línea divisoria de este Término
Municipal con el de Leganés. Desde tal punto por la Avda. de Leganés hasta la
confluencia de ésta con la Avda. del Alcalde José Aranda. Por la Avda. del
Alcalde José Aranda hasta su confluencia con la Avda. del Oeste y por esta
última hasta el Colegio Público Carmen Conde y Sánchez Albornoz hasta su
final donde confluye con la C/ de los Robles. Por la C/ de los Robles y
prolongación de la C/ de los Robles hasta su confluencia con la N-V (Variante).
Por la N-V (Variante) hasta el límite de este Término Municipal con el de
Móstoles. Desde tal punto por la línea divisoria de este Término Municipal con
las de Móstoles, Fuenlabrada y Leganés a finalizar con el punto donde la Avda,
de Leganés cruza con la línea divisoria de este Término Municipal con el de
Leganés.

       1. Cada uno de los Distritos relacionados en el apartado anterior
          contará con una Junta Municipal de Distrito.

       2. Cuando lo aconseje el desarrollo futuro del Municipio de Alcorcón,
          el Pleno del Ayuntamiento podrá variar el número y demarcación de
          los Distritos, atendiendo a criterios geográficos, de servicios o de
          asentamiento de la población.

       3. Para modificar la actual estructura de Distritos o modificar sus
          límites será preciso acuerdo del Ayuntamiento Pleno, y seguir los
          trámites establecidos en la legislación básica y autonómica para la
          elaboración de Reglamentos y Ordenanzas municipales.

                      Artículo 3. Juntas de Distrito.

       1. Las Juntas Municipales de Distrito son órganos de gestión
          desconcentrada, a los que corresponde el gobierno y administración
          del Distrito, sin perjuicio del mantenimiento de la unidad de gestión
          y gobierno municipal.

       2. Las Juntas de Distrito y los Consejos de participación ciudadana
          velarán porque los órganos centrales del Ayuntamiento de Alcorcón


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garanticen el equilibrio territorial entre los Distritos en que se divide
         el municipio y entre las zonas que los integran.

                       Artículo 4. Competencias.

  1. Las Juntas Municipales de Distrito del Ayuntamiento de Alcorcón se
     configuran como órganos político-administrativos de participación, en el
     marco de actuación y de competencias que les sean delegadas,
     dejando a salvo la unidad de gobierno y de gestión del municipio,
     representada en todo momento por el alcalde, el pleno y la Junta de
     Gobierno Local.

  2. La Junta Municipal de Distrito ejercerá las competencias ejecutivas o
     administrativas que le correspondan por delegación del Alcalde o de la
     Junta de Gobierno Local.

  3. En su ámbito territorial podrá promover toda clase de actividades que
     contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la
     comunidad vecinal respectiva, así como al seguimiento de la prestación
     de los servicios del Ayuntamiento de Alcorcón en los distritos.

  4. Coordinar y colaborar con los órganos centrales del Ayuntamiento de
     Alcorcón, de pleno sometimiento a la Ley y al Derecho y, en especial, a
     la Legislación Local y a los acuerdos municipales.

  5. Facilitar la más amplia información y publicidad de sus actividades y
     acuerdos.

  6. Fomentar el desarrollo del asociacionismo con fines no lucrativos y de
     utilidad pública e instrumento de participación ciudadana.


  7. Informar y/o ser informados sobre los planes y proyectos de
     actuaciones municipales, así como de cualesquiera otros asuntos que
     afecten a su territorio.


  8. Elaborar anualmente un estudio sobre las necesidades de mejora en el
     distrito de cara a la mejora del mismo y la elaboración del presupuesto
     general anual del Ayuntamiento de Alcorcón.


  9. Informar al vecindario sobre los planes y proyectos de actuación
     municipales que afecten al distrito y períodos de alegación sobre los
     mismos.


  10. Promover, a través de las fórmulas de comunicación que se estimen
      más convenientes, la máxima información a los vecinos de la gestión

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municipal, ser cauce de las peticiones vecinales y otros asuntos de
     interés que afecten, de forma especial, a su ámbito territorial.


  11. Fomentar las relaciones del Ayuntamiento con las Asociaciones
      radicadas en el Distrito.

          Artículo 5. Gestión de recursos presupuestarios.

  1- En cumplimiento de lo establecido en el artículo 128 de la Ley 7/1985
     de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción
     que se da en la Ley 57/2003 de medidas para la Modernización del
     gobierno local, en las bases de ejecución del Presupuesto General del
     Ayuntamiento, se podrá establecer un porcentaje de los recursos
     presupuestarios que deban gestionarse por el distrito.

                          Artículo 6. Órganos.

     1. Son órganos de la Junta Municipal de Distrito:

          a . El Concejal Presidente de la Junta Municipal de Distrito.
          b. El Secretario
          c. El Pleno de la Junta Municipal de Distrito.
          d. El Consejo de Participación Ciudadana.
          e. El Director General de Participación Ciudadana y Juntas de
               Distrito.

     2. En el seno de las Juntas Municipales de Distrito se crearán los
        Consejos de Participación Ciudadana como órganos de participación
        directa de los vecinos y sus asociaciones en la vida municipal. Entre
        sus competencias figurará la de informar sobre los asuntos a incluir
        en el Orden del Día del Pleno de la Junta Municipal de Distrito.

     3.    Las funciones de Secretario del Pleno de las Juntas Municipales de
          Distrito y de los Consejos de Participación Ciudadana, serán
          desempeñadas por el Secretario del Pleno de la Corporación o
          funcionario en quien delegue.

                  Artículo 7. El Concejal Presidente.

  1- El Alcalde es el Presidente nato de las Juntas Municipales de Distrito o
     delegar esta función en un Concejal que pasará a ser Concejal
     Presidente.

  2- El Concejal Presidente, nombrado por el Alcalde, representa al Distrito,
     dirige su administración, convoca y preside las sesiones del Pleno de la
     Junta Municipal de Distrito, dirime los empates con su voto de calidad y
     ejecuta los acuerdos de este.

Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                            Página 15
Artículo 8. Atribuciones del Concejal Presidente.

       1. Corresponde, además, al Concejal Presidente de la Junta Municipal de
Distrito las siguientes atribuciones:

              a. Ejercer la dirección, gestión e inspección del Distrito.

              b. Convocar, presidir y dirigir las sesiones del Pleno y de
                 cualesquiera otros órganos complementarios de la Junta,
                 dirimiendo los empates con voto de calidad.

              c. Fijar los objetivos del Distrito, aprobar sus planes de
                 actuación y asignar los recursos necesarios para su
                 ejecución, de acuerdo con las normas presupuestarias
                 correspondientes.

              d. Proponer al Concejal Delegado del área competente, las
                 propuestas que correspondan aprobar al Pleno del
                 Ayuntamiento o a la Junta de Gobierno Local, en el ámbito
                 de las competencias de su Distrito

              e. Proponer al Alcalde los proyectos de organización de su
                 Distrito, previo informe de los Concejales de las áreas
                 afectadas.

              f. Evaluar la ejecución de los planes de actuación del Distrito
                 con la asesoría del Director General de Participación
                 Ciudadana y Juntas de Distrito.

              g. Informar al Pleno de la Junta Municipal de Distrito la
                 propuesta Municipal de Plan y Programa de Actuación.

              h. Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y actividades
                 que realice el Ayuntamiento de Alcorcón en su distrito,
                 debiendo informar al Pleno de la misma en la primera sesión
                 que celebre.

              i.   Disponer gastos dentro de los límites de su competencia, de
                   acuerdo con lo dispuesto en los Decretos de delegación de
                   la Alcaldía-Presidencia o en las Resoluciones de la Junta de
                   Gobierno Local

              j. Ejercer la dirección del personal del Distrito, sin perjuicio de
                 las competencias que corresponden al Alcalde como Jefe del
                 personal al servicio del Ayuntamiento.



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k. Las demás que le atribuyan, en su caso, las disposiciones
                    legales.

        2. El Concejal Presidente de la Junta de Distrito ejercerá, además, las
atribuciones que le hayan sido delegadas por el Alcalde o la Junta de Gobierno
Local.

         3. Las resoluciones administrativas que adopten los Concejales
            Presidentes de las Juntas de Distrito, revestirán la forma de Decreto
            y se denominarán Decretos del Concejal Presidente de la Junta
            Municipal de Distrito.

                         Artículo 9. El Vicepresidente.

El Alcalde podrá nombrar Vicepresidente a uno de los vocales del Pleno de la
Junta de Distrito, en el que coincida la condición de Concejal, que sustituirá al
Concejal Presidente en la totalidad de sus funciones, en los supuestos de
ausencia o enfermedad.

    Artículo 10. El Director General de Participación Ciudadana y Juntas
                                 de distrito.

Bajo la superior dirección del Concejal Presidente, las funciones del Director
General de Participación Ciudadana y Juntas de Distrito en el organigrama de
las Juntas de Distrito consistirán en el asesoramiento y apoyo al Concejal
Presidente.

                     Artículo 11. Composición del Pleno.

       1. El Pleno de la Junta de Distrito estará integrado por el Concejal
          Presidente, diez Vocales, que podrán ser Concejales de la Corporación
          o vecinos, designados por los Grupos Políticos amoldándose en su
          distribución entre los distintos grupos políticos y dos vocales vecinos
          elegidos entre sus miembros por el Consejo de Distrito o Consejo de
          Participación Ciudadana. 1

         En todo caso, el Pleno de la Junta Municipal de Distrito deberá
         mantener la mayoría que el equipo de Gobierno ostenta en el Pleno de
         la Corporación obtenido del sufragio en las elecciones locales.

         El Pleno del Ayuntamiento de Alcorcón establecerá la distribución de los
         vocales correspondientes a los grupos políticos entre estos.

       2. Para ser designado o elegido Vocal, salvo que coincida en el mismo la
           condición de Concejal, será preciso estar inscrito en el Padrón

1
  Texto añadido según votos particulares aceptados en Comisión
Plenaria

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Municipal, ser vecino del Distrito correspondiente, mayor de edad y no
       ser inelegible o incompatible en los mismos supuestos de aplicación
       para los miembros de la Corporación.

  3. El mandato de los Vocales vecinos del Pleno de las Juntas de Distrito
     coincidirá con el de la Corporación, salvo dimisión, cese por incumplir
     las condiciones que originaron su nombramiento o propuesta de
     sustitución por el Grupo Municipal o el Consejo de Distrito que propuso
     su designación.

                Artículo 12. Publicidad de las sesiones.

  1. Las sesiones del Pleno de las Juntas serán públicas. De su convocatoria
     y Orden del Día, que deberá producirse al menos con dos días hábiles
     de antelación a su celebración, se dará la máxima difusión,
     facilitándose a los vecinos y entidades ciudadanas que sean miembros
     del Consejo de Participación Ciudadana, cuando así lo soliciten del
     presidente de la Junta a través del Registro General Municipal que hará
     llegar esta solicitud a la Dirección de Participación Ciudadana y Juntas
     de Distrito para que sea traslada al Presidente de la Junta
     correspondiente.

  2. La convocatoria y Orden del Día quedarán expuestos con la misma
     antelación en el tablón de anuncios de la Junta Municipal de Distrito.

  3.   El Pleno de las Juntas Municipales de Distrito se reunirá cada dos
       meses, (meses pares) siendo éstos alternativos con respecto al Pleno
       del Consejo de Participación ciudadana del Distrito correspondiente.

  4.   Para todo lo regulado sobre deliberación y adopción de acuerdos será
       de aplicación supletoria las normas de funcionamiento del Pleno.

                       Artículo 13 Orden del día.

  1. En el Orden del Día del Pleno de las Juntas se recogerán todas las
     iniciativas presentadas por el Consejo de Participación Ciudadana de la
     Junta correspondiente, cuyo estudio y resolución sean de la
     competencia del Pleno de la Junta Municipal de Distrito.

  2. Antes del comienzo formal de la sesión, el secretario procederá a
     comprobar el quórum de válida constitución. La Junta Municipal del
     Distrito se constituye válidamente con la asistencia de un tercio del
     número legal de miembros del mismo. En todo caso, se requerirá la
     presencia del presidente y del secretario o de quienes legalmente les
     sustituyan.

  3. Este quórum deberá mantenerse durante toda la sesión.


Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                            Página 18
4. Sus sesiones serán públicas y se regirán por las disposiciones
       contenidas en este Reglamento Orgánico, y en lo no previsto en el
       mismo por las disposiciones contenidas en el Reglamento Orgánico del
       Pleno Ayuntamiento de Alcorcón, teniendo en cuenta la naturaleza de
       las Juntas Municipales de los Distritos.

    5. Para hacer posible una auténtica participación serán, asimismo,
       incluidas en el Orden del Día de las sesiones ordinarias aquellas
       iniciativas de las entidades ciudadanas y vecinos que, siendo
       competencia del Pleno de la Junta y habiendo sido presentadas al
       Consejo de Participación Ciudadana correspondiente.

    6. Las iniciativas elevadas al Pleno de la Junta de Distrito por acuerdo del
       respectivo Consejo de Participación Ciudadana así como las que se
       encuentren incluidas en el artículo 13, en su punto 5, serán expuestas
       y defendidas ante el Pleno por el portavoz del Consejo de Participación
       Ciudadana que para cada iniciativa sea designada por éste y, en su
       caso, por el portavoz de la entidad ciudadana o vecino que represente
       una propuesta no avalada por mayoría simple del Consejo.

    7. Antes de dar por finalizada la sesión, todos los miembros del Pleno de
       la Junta Municipal de Distrito, a través de sus portavoces, podrán
       realizar ruegos y preguntas.

                         Artículo 14. Ruegos y Preguntas.

Finalizada la sesión, el Presidente de la Junta de Distrito, si considera
oportuno, podrá abrir un turno de ruegos y preguntas a los vecinos y a las
entidades vecinales asistentes al Pleno de la Junta de Distrito.

                    Artículo 15. Adopción de acuerdos.

Los acuerdos del Pleno de la Junta de Distrito se adoptarán por mayoría simple
de sus miembros en caso de que su votación sea necesaria.

    Artículo 16. Remuneración de representatividad en las Juntas de
                               distrito.

El desempeño de los cargos de miembros de las Juntas de distrito no será
remunerado.

                   Consejos de Participación Ciudadana
                         Artículo 17. Consejos.2



2
  Renumeración según voto particular aceptado en Comisión
Plenaria.

Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                              Página 19
1. A efectos de información, consulta, propuesta, seguimiento y control
      sobre la actividad municipal en el distrito se crean los Consejos de
      participación ciudadana.

   2. Los Consejos de participación ciudadana son los canales de
      participación directa del vecino y sus asociaciones en la vida municipal.

                        Artículo 18. Composición.

Los Consejos de participación ciudadana estarán integrados por:

   a. El Concejal Presidente de la Junta Municipal de Distrito o un miembro
      de la Junta Municipal correspondiente en quien delegue.

   b. Los Vocales del Pleno de la Junta Municipal.

   c. Un representante elegido por cada una de las entidades ciudadanas
      inscritas en el Registro Municipal que soliciten a la Dirección General de
      Participación Ciudadana por medio del Registro Municipal y cuya sede
      social se encuentre en el ámbito Territorial del Distrito. Deberán aportar
      los datos personales de identidad del/la representante acreditados por
      la Entidad concurrente.

       Se entiende por entidades ciudadanas las asociaciones y cualquier otra
       entidad inscrita en el registro municipal de entidades ciudadanas, que
       tenga por objeto la defensa y/o promoción de los intereses generales,
       sectoriales, vecinales y ciudadano, cuyos fines no sean lucrativos, ni
       exclusivamente de carácter político, religioso o mercantil.

   d. Los vecinos de Alcorcón interesados en participar en dichos Consejos,
      solicitando por escrito dirigido a la Dirección General de Participación
      Ciudadana en el Registro del Ayuntamiento señalando su interés por
      participar en los mismos. Deberá aportar fotocopia por ambas caras
      DNI para verificar que su residencia se encuentra en el distrito
      solicitado así como el certificado de empadronamiento.

   e. Del mismo modo podrán pedir su participación en los Consejos de
      Participación Ciudadana los ciudadanos que realicen su actividad
      laboral o mercantil en el distrito relacionado, aportando fotocopia de la
      documentación necesaria que demuestre y de fe de esta actividad por
      parte del solicitante.

   f. El funcionario que el Secretario General del Pleno designe, que actuará
      como secretario del Consejo.

   g. El Director General de Participación Ciudadana y Juntas de Distrito.

                                Artículo 19. Estructura.

Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                              Página 20
La estructura de los Consejos de Participación Ciudadana será semejante a la
estructura de las Juntas Municipales de Distrito.

                          Artículo 20. Funciones.

   1. Corresponden a los Consejos de Participación Ciudadana:

      a. Estudiar y cuantificar los problemas del Distrito.

      b. Hacer el seguimiento de la gestión municipal en el Distrito así como
      de los acuerdos adoptados por el Pleno de la Junta Municipal de Distrito
      sobre las iniciativas realizadas por el Consejo de participación
      ciudadana.

      c. Recibir información e informar sobre Proyectos, Planes y Programas
      de Urbanismo, Infraestructuras, Bienestar Social y Protección
      Ciudadana que el Ayuntamiento prevea desarrollar en el Distrito.

       d. Elevar al Pleno de la Junta de Distrito, a través de su Presidente, las
          iniciativas oportunas en orden a la solución de los problemas
          planteados.

       e. Formular propuestas de actuación a los órganos de gobierno del
          Ayuntamiento sobre asuntos de competencia municipal y de interés
          para el Distrito.

       f. Informar sobre las denuncias que formulen los vecinos en las
          materias que sean competencia de los Distritos sobre las que les
          sean sometidas por los servicios centrales de la Corporación.

       g. Trasladar, por acuerdo de sus miembros, todo tipo de iniciativas
          relativas al distrito que estimen pertinentes, a la Junta de Distrito,
          las cuales las incluirán, en su caso, en sus respectivos órdenes del
          día para deliberación y dictamen.


   2. Se podrán constituir Comisiones de trabajo en el seno de estos
      órganos.

                     Artículo 21. Pleno y Comisiones

       1. Los Consejos de Participación Ciudadana funcionarán en Pleno,
          pudiéndose crear en su seno Comisiones y/o Grupos de Trabajo si
          este lo considera oportuno.




Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                               Página 21
2. El Pleno de los Consejos de Participación Ciudadana se reunirá cada
        dos meses (meses impares), siendo éstos alternativos con respecto
        al Pleno de la Junta de Distrito.

     3. Las Comisiones o grupos de trabajo se constituirán por la
        especialidad de las materias o por zonas territoriales del distrito, y
        en orden a una mayor eficacia de las tareas emprendidas se
        reunirán cuantas veces lo consideren necesario sus componentes,
        atendiendo, preferentemente, a los criterios de estructura de
        Gobierno del Ayuntamiento de Alcorcón con las áreas definidas
        dentro de la coordinación de las Tenencias de Alcaldía.

              Artículo 22. Orden del día y Convocatoria.

  1. El Orden del Día de las sesiones plenarias de los Consejos de
     Participación Ciudadana se fijará por el presidente, de conformidad con
     las proposiciones que le hayan sido presentadas por sus miembros
     hasta cuarenta y ocho horas antes de realizar la convocatoria.

  2. A la convocatoria se unirá el Orden del Día de los temas a tratar.

  3. El Orden del Día y el borrador del acta de la sesión anterior, junto con
     la convocatoria, se remitirá a todos los miembros del Consejo con dos
     días hábiles de antelación a su celebración. Con el mismo plazo
     quedarán expuestos en el tablón de anuncios de la Junta Municipal de
     Distrito.

                 Artículo 23. Presidencia del Consejo.

  1. Corresponde al Concejal Presidente de la Junta, o vocal de la Junta de
     Distrito en quien delegue, la Presidencia del Consejo de Participación
     Ciudadana.

  2. Actuará de secretario el Secretario General del Pleno o funcionario en
     quien delegue.

  3. El secretario tomará nota del desarrollo de la reunión, haciendo constar
     fundamentalmente los asistentes, los temas tratados y las iniciativas
     aceptadas y /o rechazadas por el Pleno del Consejo de Participación
     Ciudadana.

  4. Dichas notas servirán para formalizar el acta de la reunión, que será
     aprobada en la sesión siguiente, quedando en poder de la Junta
     Municipal de Distrito correspondiente y a disposición de todos los
     miembros del respectivo Consejo de Participación Ciudadana.

                        Artículo 24. Portavoces.


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1. Cada Consejo de Participación Ciudadana, en sesión plenaria, elegirá de
     entre sus miembros a los portavoces de las Comisiones o grupos de
     trabajo, así como a los dos representantes del Consejo que actuarán
     como portavoces de todas las iniciativas de este Consejo ante la Junta
     Municipal de Distrito.

  2. Los portavoces deberán ser propuestos por los miembros del Consejo
     de Participación Ciudadana y serán elegidos por mayoría simple.

  3. Los portavoces serán elegidos por un periodo igual a la duración de la
     legislatura, siendo posible su destitución cuando así lo considere la
     mayoría absoluta del Consejo de Participación Ciudadana.

                        Artículo 25. Iniciativas.

  1. Las iniciativas de las Comisiones o grupos de trabajo se elevarán al
     Consejo Pleno por el portavoz correspondiente o por cualquiera de los
     miembros del Consejo, a través del Presidente del mismo, al menos con
     seis días de antelación a la celebración del Consejo, para que puedan
     ser incluidas en el Orden del Día.

  2. No obstante, podrán presentarse iniciativas hasta antes del comienzo
     de la sesión. Para entrar a debatirlas se procederá a votar sobre su
     carácter urgente. De no ser consideradas urgentes, se someterán al
     Consejo Pleno siguiente por el trámite ordinario.

  3. Las iniciativas se aprobarán por mayoría simple en caso de ser
     necesaria su votación.

                    Artículo 26. Comisiones y/o Grupos de trabajo.

  1. En todos los distritos pueden constituirse Comisiones y/o grupos de
     trabajo para facilitar el trabajo de las Juntas y los Consejos, que podrán
     ser de carácter permanente (que coincidirán con las áreas de
     coordinación de las Tenencias de Alcaldía) o temporal, según las
     necesidades del propio distrito y dentro de su ámbito de competencias.

  2. Podrán establecerse Comisiones y/o grupos de trabajo según lo
     establecido por la Junta o el Consejo, para asuntos generales y para
     materias específicas, procurando en lo posible, que se adapten a las
     áreas en que se estructuren los servicios corporativos.

  3. Las Comisiones y/o Grupos de Trabajo serán aprobadas por el Pleno del
     Consejo de participación ciudadana del Distrito correspondiente.

  4. Podrá participar en las Comisiones y/o Grupos de Trabajo, cualquier
     vecino o entidad ciudadana interesado en el tema a tratar.


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5. Serán coordinadores de los grupos los elegidos por los integrantes del
     mismo de entre los Vocales de la Junta de Distrito.

  6. Así mismo, las Comisiones y/o grupos de trabajo podrán solicitar la
     presencia de personas que no pertenezcan a los mismos a efecto de
     informar o asesorar al grupo.

  7. Corresponderá a las Comisiones y/o Grupo de Trabajo preparar y
     documentar los asuntos que le someta a estudio el Consejo de
     Participación Ciudadana correspondiente y los que sean propuestos por
     la mayoría del propio Grupo dentro de las competencias asignadas a los
     mismos por el Pleno de la Junta.

  8. La distribución de trabajo entre los citados grupos se realizará por el
     Consejo correspondiente.

  9. Una vez constituidos, estas Comisiones y/o grupos elaborarán un plan
     de trabajo y, periódicamente, informarán al Pleno del Consejo de
     Participación Ciudadana del cumplimiento de dicho plan.

  10. Las sesiones de las Comisiones y/o Grupos de Trabajo se reunirán y
      organizarán en la forma que ellos mismos determinen.

  11. Los informes y los trabajos que elaboren serán debatidos y sometidos a
      la aprobación, en su caso, por el Pleno del Consejo de Participación
      Ciudadana.

  12. Por razones de carácter específico y de interés general para dos o más
      Consejos de Participación Ciudadana pertenecientes a distintas Juntas
      Municipales de Distrito, podrán crearse Comisiones y/o Grupos de
      Trabajo mixtas que tendrán carácter paritario. La Coordinación de las
      mismas se llevará a cabo por los Presidentes del Consejo de
      Participación Ciudadana implicados.

  13. Las resoluciones emitidas por el Concejal-Presidente de las Juntas
      Municipales de Distrito, adoptados en el marco de sus atribuciones, son
      inmediatamente ejecutivos, salvo en aquellos casos en que una
      disposición legal establezca lo contrario, o cuando se suspenda su
      eficacia de acuerdo con la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre.

  14. La eficacia quedará demorada cuando así lo exija el contenido del acto
      o esté supeditada a su notificación y publicación.

  Artículo 27. De las reclamaciones y recursos contra actos de las
                   Juntas Municipales de Distrito.

  1. Contra los actos del Concejal Delegado Presidente de las Juntas
     Municipales de Distrito, los sujetos legitimados podrán interponer

Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                           Página 24
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar
      desde la notificación del acto o acuerdo que se vaya a impugnar. El
      impugnante deberá efectuar ante el órgano administrativo autor del
      acto impugnado, la comunicación a que se refiere el artículo 110.3 de
      la Ley de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del
      Procedimiento Administrativo Común, 30/1992, de 26 de noviembre.

   2. Recibida dicha comunicación, si se tratase de actos o acuerdos que
      pongan fin a la vía administrativa, el órgano delegante, Alcalde o Pleno,
      según el caso, podrá iniciar los procedimientos de nulidad o
      anulabilidad que la referida ley establece.

                      Artículo 28- Entrada en vigor.

   1. El presente Reglamento entrará en vigor transcurridos quince días
      hábiles de la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la
      Comunidad de Madrid y será remitido a los efectos legales oportunos a
      la administración del Estado y a la Comunidad de Madrid, según lo que
      preceptúan los artículos 70-2 en relación con el 65.2 de la Ley 7/1985
      de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción
      que se da en la Ley 57/2003 de Medidas de Modernización del
      Gobierno Local.

                  Artículo 29- Disposición derogatoria.

   1. El Presente Reglamento deroga el Reglamento de Organización de las
      Juntas Municipales de Distrito aprobado por el Pleno del Ayuntamiento
      de Alcorcón en sesión de Febrero de 2006 y cuyo texto figura como
      anexo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, suplemento
      número 75 de fecha 29 de Marzo de 2006.

                    Artículo 30- Disposición Transitoria.

    1. Con efectos de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento,
       se disolverán las Juntas Municipales de Distrito actualmente existentes
       y cualquier procedimiento iniciado bajo la vigencia del anterior
       Reglamento (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 29 de
       Marzo de 2006) continuará tramitándose según lo establecido en el
       presente Reglamento.”

        Segundo.- Someter el expediente a información pública por plazo de
treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias. De no
presentarse ninguna el acuerdo de aprobación se entenderá definitivamente
adoptado”.

                      INTERVENCIONES EN EL PLENO




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*Abierta la deliberación intervienen en primer y segundo turno el Sr.
Alcalde-Presidente, D. Jesús Gamonal López, D. José Antonio López Tinaquero,
D. Antonio Elviro Arroyo y D. José Gabriel Astudillo López, en los términos que
resultan de la grabación de la sesión incorporada al Diario de Sesiones.

                    VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

        Por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado
por el Grupo Municipal IU-LV, obteniéndose el siguiente resultado:

       VOTOS A FAVOR:    2 (IU-LV)
       VOTOS EN CONTRA: 16 (PP y UPyD)
       ABSTENCIONES:     9 (PSOE)

       En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, acuerda
desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal IU-LV.

        A continuación, por la Presidencia se somete a votación el voto
particular presentado por el Grupo Municipal Socialista, obteniéndose el
siguiente resultado:

       VOTOS A FAVOR:    9 (PSOE)
       VOTOS EN CONTRA: 16 (PP y UPyD)
       ABSTENCIONES:     2 (IU-LV)

       En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, acuerda
desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal Socialista.

       Seguidamente se somete a votación el proyecto de Reglamento de
Organización y Funcionamiento de las Juntas Municipales de Distrito y de los
Consejos de Participación Ciudadana, conforme al texto resultante del proyecto
aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 24 de
enero de 2012 y de las enmiendas aprobadas por la Comisión Plenaria,
obteniéndose el siguiente resultado:

       VOTOS A FAVOR:   16 (PP y UPyD)
       VOTOS EN CONTRA: 11 (PSOE e IU-LV)

       En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, aprueba
inicialmente el proyecto de Reglamento en los términos indicados.

     6/30.- PROPUESTA DE ACUERDO QUE PRESENTA EL CONCEJAL
DELEGADO DE HACIENDA Y URBANISMO, CON RELACIÓN A DACIÓN
DE CUENTA DE LA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN
PUNTUAL DEL PGOU DE ALCORCÓN PARA LA CREACIÓN DE UN NUEVO
APD-13 “CAMPODÓN OESTE”. (EXPTE. 8 PM/09).-

       *Dada cuenta del siguiente

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DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE
                                  CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL EN SESIÓN
                                           CELEBRADA EL DÍA 21 DE FEBRERO DE 2012

                                   “*Dada cuenta de la propuesta obrante en el expediente:

                                   “En relación con el asunto de referencia, visto el informe de la Sección
                          de Planeamiento y Gestión de 14 de febrero de 2012, informe cuyo tenor
                          literal es el siguiente:

                          “Informe: Sobre la dación de cuenta de la aprobación definitiva de la
                          Modificación Puntual del PGOU de Alcorcón para la creación de un nuevo APD-
                          13 “Campodón Oeste”.

                          A la vista de la comunicación realizada por la unidad competente de la
                          Comisión de Urbanismo de Madrid obrante en el expediente, se hace necesario
                          dar cuenta al Plenario Municipal de la aprobación definitiva, practicada por el
                          Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid con fecha 1 de diciembre de
                          2011, previos informes favorables de la Dirección General de Evaluación
                          Ambiental de 30 de marzo de 2010, de la Dirección General de Urbanismo y
                          Estrategia Territorial de 14 de marzo de 2011, y de la Comisión de Urbanismo
                          de Madrid en su sesión de 27 de octubre de 2011; de la Modificación Puntual
                          del Planeamiento del ámbito a que se hace referencia en el título de este
                          informe. (Resolución de 2 de diciembre de 2011, publicada al BOCM nº 307 de
                          27 de diciembre de 2011)

                          A la vista de que el anuncio de aprobación definitiva lo fue en el citado BOCM,
                          y de lo establecido en el art. 70.2 de la LBRL en conexión con el art. 65.2 del
                          mismo cuerpo, puede decirse que, salvo el superior criterio de la CAM, el
                          planeamiento entró en vigor el pasado 14 de enero de 2012.

                          Tras la aprobación definitiva, el cuadro general de APD´s del Anexo III “Áreas
                          de Planeamiento en Desarrollo”, queda así configurado:

IDENT.           NOMBRE             PLANEAMIENTO ESPECÍFICO Y FIGURAS EXPEDIENTE CONDICIONES
                                             DE DESARROLLO                       PARTICULARES

APD-1    Industrias Especiales      UA 15 del PGOU de 1987                                   1
                                    Proyecto de Compensación                  5SC/88
                                    Proyecto de Urbanización                  2PU/92
APD-2    Ventorro del Cano          UA 16 del PGOU de 1987
                                    Proyecto de Compensación                  1SC/87
                                    Proyecto de Urbanización                  3PU/91
APD-3    Campodón Consolidado       UA 17 del PGOU de 1987
                                    Proyecto de Compensación                  18232/92
APD-5    Antiguo Enclave Norte      Modificación Puntual del PGOU-87          6PM/92
                                    Proyecto de Compensación                  1SC/94

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Proyecto de Urbanización                   10559/96-f
APD-6   Ampliación    Este   de UE-1 de la Modificación Puntual del 1PM/93
        Ventorro del Cano       PGOU-87                               4PP/96
                                Estudio de Detalle
APD-7   Ampliación Oeste     de UE-2 de la Modificación Puntual del 1PM/93
        Ventorro del Cano       PGOU-87                               3PP/96
                                Estudio de Detalle
APD-8  San         José      de Fase 2 (Avda. de la Libertad) del PU.
       Valderas.Fase 2.
APD-9 Fuente del Palomar           Plan Parcial del Sector 3 del PGOU-87      3PP/94
APD-10 Antiguo Enclave Calle       Estudio Detalle UA12 del PGOU-87           4PP/92       2
       Madrid                      Proyecto de Compensación                   2SC/91
APD-11 Ampliación de Industrias    Modificación Puntual del PGOU-87           5PM/94
       Especiales                  Plan Parcial del Sector 6                  2PP/94
APD-12 Barrio de la Universidad    Modificación del PGOU-87 y del PP-2 del                 3
                                   Sector del Área de Centralidad.
APD-13 Campodón Oeste              UA 19 del PGOU de 1987                                  4
                                   Proyecto de Compensación                   4SC/88
                                   Modificación      del     Proyecto    de   3SC/06
                                   Compensación                               1PP/05
                                   Estudio Detalle de la Parcela 15 de la
                                   UA19

                        La Condición Particular 4º viene a significar que las condiciones estructurantes
                        del nuevo APD son:

                                        o Clave 17.1 Unifamiliar Intensiva: 2.000 m2t (8 viviendas) con
                                          una restricción adicional en la superficie de parcela mínima
                                          de 500 m2s.
                                        o Clave 18 Unifamiliar Extensiva: 4.500 m2t (12 viviendas).
                                        o Clave 42 Equipamiento privado: 7.500 m2t + 4.538 m2t.

                               -    Además, dentro de la CP 4ª, se mantiene la obligatoriedad de
                                    ordenar los volúmenes de la actuación mediante un estudio de
                                    detalle, de tal manera que los viarios interiores en fondo de saco
                                    que fuera preciso disponer, serán considerados espacios libres
                                    privados interiores a la parcela, correspondiendo a sus propietarios
                                    su ejecución y mantenimiento.
                               -    Implementación del nuevo APD en los planos de ordenación del
                                    Plan General: “Plano 2.b) de códigos normativos y 11.d) de
                                    enclaves y APD´s”.
                               -    Art. 3.34, en lo referente a la nómina de APD´s.
                               -    Art. 3.31, donde desaparece en Enclave 20 de la nómina de
                                    Enclaves

                        A la vista de cuanto antecede y del expediente administrativo, salvo superior
                        criterio del órgano de Gobierno Competente se emite la siguiente

                        Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                                Página 28
PROPUESTA DE ACUERDO.

Primero: Dar cuenta, en los términos del informe jurídico que acompaña a esta
resolución, de la de la aprobación definitiva de la Modificación Puntual del
PGOU de Alcorcón para la creación de un nuevo APD-13 “Campodón Oeste”,
operada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid con fecha 1
de diciembre de 2011, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid
de 27 de octubre de 2011, que entró en vigor, en los términos del art. 70.2 de
la LBRL, el pasado 14 de enero de 2012.

Segundo: Notificar este acuerdo a los interesados que consten en el
expediente

  Alcorcón, a 14 de febrero de 2012. El Técnico de Administración Especial.
Fdo.: Carlos Andrés Guerrero Fernández. VºBº. El Jefe de Servicio de
Urbanismo Fdo.: Gonzalo Olmo Sánchez. VºBº el DG de Urbanismo y Vivienda,
Fdo.: Ismael Miguel Prieto”

  Visto el antedicho informe y a tenor de lo preceptuado en el art. 97 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales y arts. 65 y 157 del Reglamento Orgánico Municipal, así
como cualesquiera otros preceptos concordantes, se formula la siguiente:

                             PROPUESTA DE ACUERDO

Primero: Dar cuenta, en los términos del informe jurídico que acompaña a
esta resolución, de la de la aprobación definitiva de la Modificación Puntual del
PGOU de Alcorcón para la creación de un nuevo APD-13 “Campodón Oeste”,
operada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid con fecha 1
de diciembre de 2011, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid
de 27 de octubre de 2011, que entró en vigor, en los términos del art. 70.2 de
la LBRL, el pasado 14 de enero de 2012.

Segundo: Notificar este acuerdo a los interesados que consten en el
expediente.

                          Alcorcón, 15 de febrero de 2012
                      EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA Y
                                   URBANISMO,
                           Fdo.: Oscar Romera Jiménez”.

   *La Comisión queda enterada de la aprobación definitiva publicada en el
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 27-12-2011, núm. 307, y acuerda
elevar el expediente al Pleno del Ayuntamiento para su conocimiento”.

                     VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO



Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                               Página 29
Por la Presidencia se somete a votación el Dictamen de la Comisión
Plenaria Permanente Especial de Cuentas y del Área de Administración
General, obteniéndose el siguiente resultado:

       VOTOS A FAVOR:        27 (PP, PSOE, IU-LV y UPyD)

     En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad,
aprueba la Propuesta de Acuerdo en sus propios términos.

     7/31.- PROPUESTA DE ACUERDO QUE PRESENTA EL CONCEJAL
DELEGADO DE HACIENDA Y URBANISMO, CON RELACIÓN A LA
CORRECCIÓN DE ERRORES EN LA NORMATIVA URBANÍSTICA DEL
PLAN PARCIAL DEL ENSANCHE SUR DE ALCORCÓN. (EXPTE. 1 PP/04).-

       *Dada cuenta del siguiente

    DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE
     CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL EN SESIÓN
              CELEBRADA EL DÍA 21 DE FEBRERO DE 2012

       “*Dada cuenta de la propuesta obrante en el expediente:

         “En relación con el asunto de referencia, visto el informe de la Sección
de Planeamiento y Gestión de 14 de febrero de 2012, informe cuyo tenor
literal es el siguiente:

“INFORME: Sobre la corrección de errores en la normativa urbanística del Plan
Parcial del Ensanche Sur de Alcorcón.

Con fecha 7 de febrero de 2012 se tiene conocimiento del informe técnico de
la Arquitecto T. Municipal, quien a propósito de la solicitud de unas cédulas
urbanísticas de parcelas comerciales en el ámbito, detecta lo siguiente:

En las NN.UU. del Plan Parcial del Ensanche Sur (BOCM nº 242 de 11 de
octubre de 2004 pág. 96), dentro de los grados de la Zona C “Actividades
Económicas”, el art. 3.3.3 de sus NN.UU. informa de la existencia de dos
grados de clave de zona, correspondiendo el primero a tipologías de mediana
superficie inferior a 2.500 metros cuadrados de actividad por titular diferente,
y agrupaciones comerciales de pequeño comercio en baja densidad, y el
segundo a tipologías de pequeño comercio aislado o agrupado en pequeñas
manzanas y media intensidad.

Del Proyecto de Parcelación aprobado e inscrito en el Registro de la Propiedad,
resulta la siguiente nómina de parcelas de zona C, que se clasifican en alquino
de los aludidos grados:

       -   Grado 1º: Parcelas 7.2 y 17.2, de superficies mayores a 8.000 m2.


Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                               Página 30
-   Grado 2º. Parcelas 10.1.1.1, 10.1.1.2, 14.3.2.1, 14.3.2.2, 15.2.2.1,
           15.2.2.2, 16.1.2.1, y 16.1.2.2., de superficies inferiores a 2.000 m2.

Por su parte, el art. 3.3.4 de las citadas NN.UU., establece una jerarquización
de parcelas mínimas, según el siguiente orden:

       -   Grado 1º: 500 metros cuadrados.
       -   Grado 2º: 4.000 metros cuadrados.

Por lo tanto, como hemos visto, no se comprende una parcela mínima de 500
metros para el grado 1º cuando está pensado para medianas superficies, ni
una parcela mínima de 4.000 metros cuadrados para el grado 2, cuando está
pensado para el pequeño comercio; llegándose al sinsentido de que parcelas
que no alcanzan los 2.000 m2, al estar calificadas con grado 2º -parcela
mínima de 4.000 m2-, resulten inaprovechables.

En lo procedimental, se trata de un claro error de los del art. 105.2 de la LRJ-
PAC, según el cual: “Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar
en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores
materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

Analizada la jurisprudencia y la doctrina contenida en la Sentencia del TSJ de
la Comunidad de Madrid, Sala de lo Contencioso Administrativo, nº 150/2008
(RJCA 2008205), así como aquellas otras que se dirán, obtenemos lo
siguiente:

“La sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 1982 (RJ
1982/5381) declaraba que el ejercicio de la potestad administrativa para
rectificar errores materiales o de hecho y los aritméticos no puede entrañar
una revocación del acto administrativo en términos jurídicos, salvo que se
incurra en fraude de Ley constitutivo de desviación de poder, de ahí que el
acto rectificador haya de mostrar idéntico contenido dispositivo, sustantivo y
resolutorio al del acto rectificado.”

Con la corrección de este error, la identidad jurídica      a que se refiere la
sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 1982 se mantiene.

“En este sentido, la doctrina jurisprudencial sobre la rectificación de errores
materiales, aritméticos y de hecho, expresada, entre otras, en la sentencia
del Tribunal Supremo de 15 febrero de 2006 (RJ 2006/1754), ha venido
declarando que "el error material o de hecho se caracteriza por ser ostensible,
manifiesto e indiscutible, implicando, por sí solo, la evidencia del mismo, sin
necesidad de mayores razonamientos, y exteriorizándose “prima facie” por su
sola contemplación (frente al carácter de calificación jurídica, seguida de una
declaración basada en ella, que ostenta el error de derecho), por lo que, para
poder aplicar el mecanismo procedimental de rectificación de errores
materiales o de hecho, se requiere que concurran, en esencia, las siguientes
circunstancias: Que se trate de simples equivocaciones elementales de
Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                               Página 31
nombres, fechas, operaciones aritméticas, o transcripciones de documentos,
que el error se aprecie teniendo en cuenta exclusivamente los datos del
expediente administrativo en el que se advierta, que sea patente y claro, sin
necesidad de acudir a interpretaciones de normas jurídicas aplicables, que no
se proceda de oficio a la revisión de actos administrativos firmes y
consentidos, que no se produzca una alteración fundamental en el sentido del
acto (pues no existe error material cuando su apreciación implique un juicio
valorativo o exija una operación de calificación jurídica), que no padezca la
subsistencia del acto administrativo es decir, que no genere la anulación o
revocación del mismo, en cuanto creador de derechos subjetivos,
produciéndose uno nuevo sobre bases diferentes y sin las debidas garantías
para el afectado, pues el acto administrativo rectificador ha de mostrar
idéntico contenido dispositivo, sustantivo y resolutorio que el acto rectificado,
sin que pueda la Administración, so pretexto de su potestad rectificatoria de
oficio, encubrir una auténtica revisión, y que se aplique con profundo criterio
restrictivo. En este sentido la Sentencia de treinta y uno de octubre de
2000 (RJ 2000/9045) expuso que “no puede, pues, calificarse como error
material de un acto administrativo, cuando la rectificación del mismo, implique
un juicio valorativo, o cuando represente claramente una alteración del sentido
del acto, de tal modo que si la rectificación implica en realidad, un sentido y
alcance contrario o diferente del acto originario, modificando su contenido en
la descripción y valoración de datos, la rectificación se convierte en realidad en
revocación de oficio que requiere el procedimiento especifico de los artículos
109 y 110 de la Ley de Procedimiento Administrativo (RCL 1958, 1258,
1469, 1504 y RCL 1959/585) -sentencias del Tribunal Supremo de 27 de
febrero (RJ 1990/1521) y 25 de mayo de 1990, 16 de noviembre de 1998
(RJ 1998/9877) y 9 de diciembre de 1999 (RJ 1999/ 8824)".

El error expresado, resulta indiscutible, ostensible, manifiesto, palmario, de tal
manera que no se debe acudir a interpretaciones complejísimas ni extrañas a
los antecedentes administrativos obrantes en el expediente sin que se altere el
sentido del acto en detrimento de los particulares o de sus garantías.

“Abundando en lo anterior, las sentencias del Tribunal Supremo de 9 de marzo
de 19970, 8 julio de 1982 (RJ 1982/5381), 22 diciembre de 1983 (RJ
1983/6436) y 13 de diciembre de 1988 (RJ 1988/9781), han declarado que por
error de hecho ha de entenderse "aquel que versa sobre un suceso, o cosa, o
dato que configura una realidad independiente de toda opinión, criterio
particular o calificación", así como que "su corrección no obligue a resolver
cuestiones discutibles u opinables sino que han de evidenciarse claramente", a
lo que se añade que "no hay posibilidad de rectificación en caso de duda o
cuando la comprobación del error exige acudir a datos que no obran en el
expediente, entendiendo que el error material o aritmético es sólo el error
evidente, que consiste en meras equivocaciones aritméticas u operacionales,
permaneciendo fijos los sumandos o factores operativos, es decir, aquellos que
no transforman ni perturban la eficacia sustancial del acto en que existen",
mientras que "el error de derecho recae sobre un análisis, examen y valoración

Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                                Página 32
jurídica de hechos o disposiciones, envuelve una equivocada apreciación de
concepto o de calificación jurídica. Pero es que, además, si se califica de
errónea una resolución que se basa o tiene un soporte secuencial fáctico,
indirectamente se está aceptando que en este soporte de hecho no ha existido
error alguno".

A la vista de cuanto antecede, y del expediente administrativo, salvo superior
criterio del Órgano de Gobierno Competente se emite la siguiente

                         PROPUESTA DE ACUERDO

Primero: Rectificar, de conformidad con el art. 105.2 de Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, el art. 3.3.4 de las NN.UU. del Plan
Parcial del Ensanche Sur publicadas al BOCM nº 242 de 11 de octubre de 2004
pág. 96, de tal manera que donde dice:

Art. 3.3.4. Parcelas mínimas.—1. La parcela mínima se establece en:
Grado 1º.: 500 metros cuadrados.
Grado 2º.: 4.000 metros cuadrados.

Debe decir:

Art. 3.3.4. Parcelas mínimas.—1. La parcela mínima se establece en:
Grado 1º.: 4.000 metros cuadrados.
Grado 2º.: 500 metros cuadrados.

Segundo: Notificar este acuerdo a los interesados, y publicar en el BOCM el
precepto rectificado.

  Alcorcón, a 14 de febrero de 2012. El Técnico de Administración Especial.
Fdo.: Carlos Andrés Guerrero Fernández. VºBº. El Jefe de Servicio de
Urbanismo Fdo.: Gonzalo Olmo Sánchez. VºBº el DG de Urbanismo y Vivienda,
Fdo.: Ismael Miguel Prieto”

  Visto el antedicho informe y a tenor de lo preceptuado en el art. 97 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales y arts. 65 y 157 del Reglamento Orgánico Municipal, así
como cualesquiera otros preceptos concordantes, se formula la siguiente:

                             PROPUESTA DE ACUERDO

Primero: Rectificar, de conformidad con el art. 105.2 de Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, el art. 3.3.4 de las NN.UU. del Plan
Parcial del Ensanche Sur publicadas al BOCM nº 242 de 11 de octubre de 2004
pág. 96, de tal manera que donde dice:


Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                             Página 33
Art. 3.3.4. Parcelas mínimas.—1. La parcela mínima se establece en:
Grado 1º.: 500 metros cuadrados.
Grado 2º.: 4.000 metros cuadrados.

Debe decir:

Art. 3.3.4. Parcelas mínimas.—1. La parcela mínima se establece en:
Grado 1º.: 4.000 metros cuadrados.
Grado 2º.: 500 metros cuadrados.

Segundo: Notificar este acuerdo a los interesados, y publicar en el BOCM el
precepto rectificado.

                         Alcorcón, 15 de febrero de 2012
                     EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA Y
                                  URBANISMO,
                          Fdo.: Oscar Romera Jiménez”.

   *Sometida la cuestión a votación la Comisión por unanimidad acuerda
dictaminar favorablemente la Propuesta de Acuerdo”.

                    VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

       Por la Presidencia se somete a votación el Dictamen de la Comisión
Plenaria Permanente Especial de Cuentas y del Área de Administración
General, obteniéndose el siguiente resultado:

       VOTOS A FAVOR:       27 (PP, PSOE, IU-LV y UPyD)

     En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad,
aprueba la Propuesta de Acuerdo en sus propios términos.

     8/32.- PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA DE HACIENDA Y
URBANISMO, EN RELACIÓN A RECONOCIMIENTO DE DEUDA CON LA
“EMPRESA    DE  SERVICIOS   MUNICIPALES  DE   ALCORCÓN”
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2011.-

       *Dada cuenta del siguiente

    DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE
     CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL EN SESIÓN
              CELEBRADA EL DÍA 21 DE FEBRERO DE 2012

       “*Dada cuenta de la propuesta obrante en el expediente:

       “Considerando que el Presupuesto del Ayuntamiento de Alcorcón para
el ejercicio 2011 recogía en la aplicación presupuestaria 16200.44900
”Transferencia corriente a ESMASA” una aportación de 17.326.629,58 €, de las

Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                            Página 34
cuales a 31 de diciembre de 2011 han quedado pendiente de aprobar
3.275.234,35 €.

       Considerando asimismo que el Presupuesto del Ayuntamiento de
Alcorcón para el ejercicio 2011 recogía en la aplicación presupuestaria
16200.44901 ”ESMASA Recogida Ensanche sur 2 y 3” una aportación de
296.108,88 €, la cual a 31 de diciembre de 2011 ha quedado pendiente de
aprobar por el importe total.

       Considerando, en consecuencia, que existe una deuda del
Ayuntamiento de Alcorcón con la Empresa de Servicios Municipales de
Alcorcón, pendiente de reconocer a 31 de diciembre de 2011, por importe de
3.571.343,23 €, que es necesario reconocer al objeto de que las Cuentas
Anuales de la Empresa de Servicios correspondiente al año 2011 reflejen la
realidad de la misma.

        Considerando igualmente que el Ayuntamiento tiene reconocida y
aprobada a 31 de diciembre de 2011 una deuda a favor de la Empresa de
Servicios Municipales de Alcorcón por importe de 1.049.761,41 €

      Considerando en consecuencia que la deuda pendiente de pago a la
Empresa de Servicios Municipales de Alcorcón a 31 de diciembre de 2011
ascendería a un total de 4.621.104,64 €, de los cuales 1.049.761,41 están
aprobados pendientes de pago y 3.571.343,23 € se encuentran actualmente
pendientes de aprobación.

        Considerando finalmente que la actual situación económica del
Ayuntamiento hace imposible que el mismo pueda liquidar esa deuda
íntegramente en el ejercicio 2012, siendo más conveniente, de cara a su
efectiva cancelación, su aprobación durante los 4 años de la presente
legislatura, de manera que se pueda hacer efectiva su cancelación pero
evitando trasladar la deuda a la siguiente Corporación, de acuerdo con las
siguientes anualidades:

         AÑO            ANUALIDADES      ANUALIDADES       PENDIENTE DE
                        APROBACIÓN       DE PAGO DE LA     PAGO A 31 DE
                        DE LA DEUDA      DEUDA             DICIEMBRE
         2012           105.514,75       1.155.276,16      3.465.828,48
         2013           1.155.276,16     1.155.276,16      2.310.552,32
         2014           1.155.276,16     1.155.276,16      1.155.276,16
         2015           1.155.276,16     1.155.276,16      0

         TOTAL          3.571.343,23     4.621.104,64

       Considerando que dicha deuda, al corresponder al ejercicio 2011, debe
ser reconocida por el Pleno de la Corporación.

Previo informe de Intervención, se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente

Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                              Página 35
PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERO: Aprobar el reconocimiento de una deuda pendiente con la
Empresa de Servicios Municipales de Alcorcón, correspondiente al ejercicio
2011, por importe de 3.571.343,23 €.

SEGUNDO: Aprobar que la deuda señalada en el punto anterior se apruebe y
abone conforme a las siguientes anualidades:

         AÑO               ANUALIDADES    ANUALIDADES      PENDIENTE DE
                           APROBACIÓN     DE PAGO DE LA    PAGO A 31 DE
                           DE LA DEUDA    DEUDA            DICIEMBRE
         2012              105.514,75     1.155.276,16     3.465.828,48
         2013              1.155.276,16   1.155.276,16     2.310.552,32
         2014              1.155.276,16   1.155.276,16     1.155.276,16
         2015              1.155.276,16   1.155.276,16     0

         TOTAL             3.571.343,23   4.621.104,64

TERCERO: Facultar al Concejal de Hacienda y Urbanismo para la realización
de cuantas actuaciones y firma de cuantos documentos sean necesarios para
llevar a feliz término lo acordado.

                     Alcorcón, 16 de febrero de 2012
                EL CONCEJAL DE HACIENDA Y URBANISMO
                      Fdo: Oscar Romera Jiménez”.

  *Sometida la cuestión a votación se produce el siguiente resultado:

       -Votos a favor:         7 (6 PP, 1 IU-LV)
       -Votos en contra:       0
       -Abstenciones:          4 (3 PSOE, 1 UPyD)

      En su consecuencia, la Comisión por mayoría dictamina favorablemente la
Propuesta de Acuerdo”.

                       INTERVENCIONES EN EL PLENO

        *Abierta la deliberación intervienen D. Manuel Lumbreras Fernández,
Sr. Interventor General Municipal y Sr. Alcalde-Presidente, en los términos que
resultan de la grabación de la sesión incorporada al Diario de Sesiones.

                    VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

       Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión,
obteniéndose el siguiente resultado:


Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                              Página 36
VOTOS A FAVOR:   15 (PP)
       VOTOS EN CONTRA: 0
       ABSTENCIONES:    12 (PSOE, IU-LV y UPyD)

      En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, aprueba
la Propuesta de Acuerdo en sus propios términos.

     9/33.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE
UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA, EN RELACIÓN A LA ADAPTACIÓN
URGENTE DE LA ESTACIÓN DE CERCANÍAS DE SAN JOSÉ DE
VALDERAS PARA LAS PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA.

       *Dada cuenta de la siguiente

  MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA

        “La estación de cercanías de San José de Valderas, viene siendo desde
su inauguración un centro importante de comunicación con los municipios que
pertenecen a la línea C-5, que se ha visto potenciado en los últimos años con
la interconexión de la línea C-5, la red de Metrosur y Metro. Este hecho unido
al aumento de población en todas las ciudades por donde la línea C-5 pasa,
origina que haya aumentado mucho el número de viajeros que utilizan esta
estación, y en consecuencia, el número potencial de viajeros con alguna
discapacidad ha aumentado igualmente.

         Dicha estación, dentro del plan de remodelaciones de las estaciones de
la línea C-5, no fue tenida en cuenta a la hora de realizar mejoras de cara a
facilitar la movilidad de las personas con alguna discapacidad, cuestión que sí
fue atendida en estaciones de la misma línea, donde se mejoraron los accesos
a los andenes con ascensores y rampas.

       Según las informaciones dadas por el Defensor del Discapacitado de
Alcorcón, se han producido varios contactos y conversaciones a lo largo del
tiempo con representantes tanto del Ministerio de Fomento, como de ADIF. En
todos estos contactos se ha reconocido la necesidad de remodelar la actual
estación de cercanías de San José de Valderas, pero hasta la fecha no se ven
actuaciones ni parece que estén previstas en el corto plazo.

       Conscientes de que los poderes y los cargos públicos deben velar
siempre porque los viales y las terminales de transportes estén totalmente
adaptadas a las normas que facilitan la movilidad de los ciudadanos, es por lo
que este Grupo Municipal de Unión Progreso y Democracia, eleva a este Pleno
para su adopción los siguientes:

ACUERDOS

       PRIMERO: Instar al Ministerio de Fomento y ADIF a acometer lo antes
posible la remodelación de la actual estación de Cercanías de San José de

Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                             Página 37
Valderas, para evitar que dicha estación siga sin cumplir la normativa sobre
movilidad de los ciudadanos.

        SEGUNDO: En caso de que el actual recorte presupuestario del
gobierno central impida comenzar esta fase de las obras a lo largo del
presente año, y acabarla a finales del 2012, exigir la instalación de elementos
y sistemas que de forma provisional, salven las barreras arquitectónicas y que
los técnicos acuerden como adecuadas, para solventar cuanto antes la
situación actual y hasta la remodelación completa de la citada estación.

        TERCERO: Realizar a través de las Concejalías correspondientes un
seguimiento de la situación, estableciendo junto con el Ministerio de Fomento
un calendario de plazos con la premisa de dar prioridad a la remodelación de la
actual estación de cercanías de San José de Valderas y con el fin de solucionar
definitivamente este grave problema.

      CUARTO: Trasladar estos acuerdos al Ministerio de Fomento y al
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).

                        Alcorcón, a 20 de febrero de 2012.
                      EL PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL
                       UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA,
                           Fdo.: Jesús Gamonal López”.

                       INTERVENCIONES EN EL PLENO

        *Abierta la deliberación intervienen en primer y segundo turno D. Jesús
Gamonal López, D. Juan Carlos Martínez Agüera, D. Francisco Siles Tello, Sr.
Alcalde-Presidente y D. Oscar Romera Jiménez, en los términos que resultan
de la grabación de la sesión incorporada al Diario de Sesiones.

                    VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

       Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión,
obteniéndose el siguiente resultado:

       VOTOS A FAVOR:         27 (PP, PSOE, IU-LV y UPD)

      En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los
asistentes, aprueba la Moción de referencia transcrita en el presente
acuerdo.

      10/34.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE
UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA, PARA LA ADECUACIÓN A LA
NORMATIVA VIGENTE DE LOS PASOS ELEVADOS REDUCTORES DE
VELOCIDAD (BADENES) Y BANDAS TRANSVERSALES DE LAS CALLES
DE LA CIUDAD DE ALCORCÓN.



Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                             Página 38
*Dada cuenta de la siguiente

  MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA

        “El Real Decreto 1428/2003 aprobó la reforma del Reglamento de
Circulación, por el que se pasaba a establecer, en su artículo 5.2 que: “No se
considerarán obstáculos en la calzada los resaltos en los pasos para peatones
y bandas transversales, siempre que cumplan la regulación básica establecida
al efecto por el Ministerio de Fomento y se garantice la seguridad vial de los
usuarios y, en particular, de los ciclistas.” Dado que a fecha 2.003 no existía
regulación alguna por parte del Ministerio de Fomento, las corporaciones
locales se lanzaron a la instalación, en gran parte de los municipios de España,
de todo tipo de pasos para peatones y bandas transversales con diferentes
criterios y no poca improvisación.

        A finales de septiembre de 2008, mediante la Orden FOM/3053/2008
del Ministerio de Fomento, por fin, aprueba la “Instrucción Técnica para la
instalación de reductores de velocidad y bandas transversales de alerta en
carreteras de la Red de Carreteras del Estado” que obliga a cumplir una serie
de requisitos adaptados a la normativa europea en esta materia. Aunque el
título pueda inducir a creer, erróneamente, que su ámbito de aplicación se
refiere exclusivamente a la red viaria competencia del Estado, el Art. 1 del
mencionado Real Decreto 1428/2003, norma de rango superior a cualquier
otra de ámbito municipal, deja muy claro que “Los preceptos de la Ley sobre
tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, los de este
Reglamento y los de las demás disposiciones que la desarrollen serán
aplicables en todo el territorio nacional y obligarán a los titulares y usuarios de
las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como
interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud, sean de
uso común y, en defecto de otras normas, a los de las vías y terrenos
privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.”

        El plazo para adecuar lo ya existente a la nueva normativa finalizó hace
más un año (octubre 2010) sin que, no sólo no se adecuaran en nuestro
municipio a la normativa estatal en dicho plazo, si no que los que se fueron
instalando durante dicho período y hasta hoy, tampoco la cumplen. Conviene
resaltar que a partir de la citada fecha, todos los badenes o resaltos que no se
ajusten a lo aprobado, tendrían la consideración de “obstáculos en la calzada”
(Art. 5.2 RD 1428/2003), por lo que estarían prohibidos y se podría iniciar un
procedimiento de denuncia contra el titular de la vía.

       Algunos Ayuntamientos están empezando a tener sentencias
desfavorables por denuncias tras un accidente, lo cual es lamentable e
inadmisible para una administración de debe velar por la seguridad de los
ciudadanos. Para no extendernos demasiado, citaremos al Fiscal de Seguridad
Vial de Sevilla, que tras un exhaustivo informe de la Guardia Civil, concluye
que, en su provincia, la mayoría de los reductores de velocidad son ilegales y
conmina a las diferentes administraciones a cambiarlos o retirarlos, bajo

Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                                Página 39
posible aplicación del Art. 382.1 del Código Penal, que conlleva, incluso, penas
de cárcel para los responsables.

        En Alcorcón, el Grupo Municipal de UPyD ha comprobado, tanto por
quejas de los vecinos como por su propia acción de calle mediante un
muestreo, que en las vías y pasos de peatones existen reductores de velocidad
y bandas transversales “fuera de normativa” en lo que se refiere a su altura, a
la pendiente de entrada y salida, pintura antideslizante, señalización o achique
de aguas, sólo por poner algunos ejemplos.
        Nos preocupa que sean especialmente peligrosos para las personas, es
decir, peatones, ciclistas (cruces de calles de los carriles-bici) o motoristas y
demasiado agresivos y onerosos tanto para los vehículos privados como para
los servicios y transportes públicos.

        En este sentido se han manifestado las asociaciones de automovilistas y
de autoescuelas de nuestro país, y aquellos colectivos consultados por este
Grupo Municipal, como son los Bomberos, Protección Civil y servicios de
Ambulancias de la Comunidad de Madrid entre otros, nos informan del peligro
intrínseco que suponen por desestabilizar los vehículos, deslumbramientos,
causar lesiones cervicales a sus ocupantes, el transporte de enfermos graves
en ambulancias, la tardanza en atender urgencias hospitalarias y cualquier otro
tipo. Tampoco debemos olvidar los daños gratuitos a los vehículos que circulan
a la velocidad adecuada y permitida, así como el excesivo coste de su
reparación y mantenimiento durante la vida útil de los vehículos. Sin perder de
vista el daño al medio ambiente que tiene el excesivo uso del freno ya que
algunos compuestos de dichos dispositivos mecánicos son cancerígenos, como
por ejemplo, el amianto, y las emisiones de gases de las posteriores
aceleraciones.

        Por estas razones, y otras que en honor la necesaria brevedad y
concisión no se indican, este Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia
somete a la aprobación de este Pleno el siguiente ACUERDO:

       1) La realización de un informe por parte de los Servicios Técnicos
municipales sobre el cumplimiento de las especificaciones técnicas y legales de
reductores de velocidad y bandas transversales de todas las calles del
municipio.

      2) La adecuación a la normativa vigente de aquellas que en el
mencionado estudio se encuentren en una situación ilegal.

       3) El establecimiento de unos criterios objetivos y de conocimiento
público sobre la elección de la ubicación, modelos, prioridades, etc. de los
reductores de velocidad y bandas transversales que se coloquen en el futuro.

       4) La tramitación de la modificación presupuestaria necesaria,
minorando aquellas partidas presupuestaria menos prioritarias para la
seguridad y bienestar de los ciudadanos, con el fin de habilitar los créditos

Pleno Ordinario 27 Febrero 2012                               Página 40
Acta pleno ordinario 27 febrero 2012
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Acta pleno ordinario 27 febrero 2012

  • 1. PLENO SESION ORDINARIA MINUTA Nº 3/2012 DÍA 27 DE FEBRERO DE 2012 SUMARIO - DECLARACIÓN INSTITUCIONAL. (Pág. 3) 1/25.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 12 DE DICIEMBRE DE 2011. (Pág. 5) 2/26.- DACIÓN DE CUENTA DE DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ALCALDÍA, CONCEJALES DELEGADOS Y TITULARES DE ÓRGANOS SUPERIORES Y DIRECTIVOS DESDE LA ÚLTIMA DACIÓN DE CUENTA. (Pág. 5) 3/27.- DACIÓN DE CUENTA DE DISPOSICIONES OFICIALES Y CORRESPONDENCIA. (Pág. 6) 4/28.- INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL. (Pág. 6) 5/29.- APROBACIÓN INICIAL DEL PROYECTO DEL NUEVO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS MUNICIPALES DE DISTRITO. VOTOS PARTICULARES DE LOS GRUPOS IU- LV Y PSOE. (Pág. 9) 6/30.- PROPUESTA DE ACUERDO QUE PRESENTA EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA Y URBANISMO, CON RELACIÓN A DACIÓN DE CUENTA DE LA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOU DE ALCORCÓN PARA LA CREACIÓN DE UN NUEVO APD-13 “CAMPODÓN OESTE”. (EXPTE. 8 PM/09). (Pág. 26) 7/31.- PROPUESTA DE ACUERDO QUE PRESENTA EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA Y URBANISMO, CON RELACIÓN A LA CORRECCIÓN DE ERRORES EN LA NORMATIVA URBANÍSTICA DEL PLAN PARCIAL DEL ENSANCHE SUR DE ALCORCÓN. (EXPTE. 1 PP/04). (Pág. 29) 8/32.- PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA DE HACIENDA Y URBANISMO, EN RELACIÓN A RECONOCIMIENTO DE DEUDA CON LA “EMPRESA DE SERVICIOS MUNICIPALES DE ALCORCÓN” CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2011. (Pág. 34) 9/33.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA, EN RELACIÓN A LA ADAPTACIÓN URGENTE DE LA ESTACIÓN DE CERCANÍAS DE SAN JOSÉ DE VALDERAS PARA LAS PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. (Pág. 36) 10/34.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA, PARA LA ADECUACIÓN A LA NORMATIVA VIGENTE DE LOS PASOS ELEVADOS REDUCTORES DE VELOCIDAD (BADENES) Y BANDAS TRANSVERSALES DE LAS CALLES DE LA CIUDAD DE ALCORCÓN. (Pág. 38) 11/35.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR, EN RELACIÓN CON EL ACTUAL MARCO NORMATIVO REGULADOR DEL MERCADO HIPOTECARIO. (Pág. 41) 12/36.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES, EN RELACIÓN CON LA EXENCIÓN DE LOS PAGOS DE LAS PLUSVALÍAS DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA A LAS FAMILIAS OBLIGADAS A ENTREGAR SU VIVIENDA HABITUAL A LOS BANCOS. (Pág. 43) 13/37.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, INSTANDO AL GOBIERNO DE LA NACIÓN A LA RECONSIDERACIÓN Y A LA NEGOCIACIÓN CON LOS AGENTES SOCIALES DE LA REFORMA LABORAL APROBADA POR DECRETO LEY EL 10 DE FEBRERO. (Pág. 46) 14/38.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, REFERENTE A LA DEVOLUCIÓN A ESTE AYUNTAMIENTO DE LA PARCELA E-2-2.2 POR PARTE DE LA DIÓCESIS DE GETAFE Y FUTURO DESTINO DE DICHA PARCELA. (Pág. 48) 15/39.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, PARA LA CONSOLIDACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LA RENTA BÁSICA DE EMANCIPACIÓN DE LOS JÓVENES DE ALCORCÓN. (Pág. 50) Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 1
  • 2. 16/40.- INTERPELACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA A LA CONCEJALA DELEGADA DE SERVICIOS SOCIALES, DISCAPACIDAD E INMIGRACIÓN, SOBRE EL PROYECTO DE GESTIÓN DE SERVICIOS SOCIALES QUE SE ESTÁ APLICANDO. (Pág. 52) 17/41.- SOLICITUD DE COMPARECENCIA DEL 2º TENIENTE DE ALCALDE, COORDINACIÓN TERRITORIAL, PARTICIPACIÓN Y SERVICIOS AL CIUDADANO, DON JOSÉ GABRIEL ASTUDILLO LÓPEZ Y/O SUBSIDIARIAMENTE DEL MIEMBRO DEL EQUIPO DE GOBIERNO EN QUIEN SE DELEGUE, QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, EN RELACIÓN A LA SITUACIÓN DE ABANDONO Y VANDALISMO EN LAS OBRAS DEL CREAA Y POSIBLES PROYECTOS CULTURALES O DE OTRA ÍNDOLE PARA DICHAS INSTALACIONES. (Pág. 53) 18/42.- AÑADIDO URGENTE.- PRIMERO.- MOCIÓN QUE PRESENTAN LOS GRUPOS MUNICIPALES SOCIALISTA Y DE IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES, EN RELACIÓN CON EL 8 DE MARZO “DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER”. (Pág. 54) 19/43.- AÑADIDO URGENTE.- SEGUNDO.- MOCIÓN CONJUNTA QUE PRESENTAN LA CONCEJALA DELEGADA DE INFANCIA Y MUJER Y EL GRUPO MUNICIPAL UPyD, EN RELACIÓN CON LA CONMEMORACIÓN DEL DÍA MUNDIAL DE LA MUJER TRABAJADORA. (Pág. 57) 20/44.- AÑADIDO URGENTE.- TERCERO.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR, SOBRE DECLARACIÓN INSTITUCIONAL “POR UN CONSUMO RESPONSABLE DE AGUA”. (Pág. 59) 21/45.- AÑADIDO URGENTE.- CUARTO.- PROPOSICIÓN QUE PRESENTA EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA Y URBANISMO, DANDO CUENTA EN RELACIÓN A LA APORTACIÓN, SI PROCEDE, AL CAPITAL SOCIAL DE LA EMPRESA DE GESTIÓN INMOBILIARIA DE ALCORCÓN, S.A.U., PROPIEDAD DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN DE DIFERENTES LOCALES COMERCIALES PROPIEDAD DE ESTE AYUNTAMIENTO. (Pág. 61) RUEGOS Y PREGUNTAS. (Pág. 78) - PREGUNTAS DEL GRUPO UPyD EN RELACIÓN CON LOS CARGOS DE CONFIANZA. - PREGUNTAS DEL GRUPO UPyD EN RELACIÓN CON LA DEUDA MUNICIPAL. ASISTENTES: Alcalde-Presidente D. David Pérez García Concejales: Grupo Municipal Popular D. Oscar Romera Jiménez (Portavoz) Dª. Silvia Cruz Martín D. José Gabriel Astudillo López Dª. Susana Mozo Alegre D. Antonio Luis Galindo Casado D. Antonio Sayago del Viso Dª. Laura Pontes Romero D. José Emilio Pérez Casado Dª. María Pilar Araque Leal Dª. Marta González Díaz D. Eduardo Serrano Rodríguez D. Carlos Gómez Díaz D. Antonio Ramírez Pérez Dª. Loreto Sordo Ruíz Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 2
  • 3. Grupo Municipal Socialista Dª. Natalia de Andrés del Pozo (Portavoz) D. Manuel Lumbreras Fernández Dª. María Antonia García Fernández D. Francisco Siles Tello Dª. Marta Bernardo Llorente D. Francisco Pérez Plá Dª. Candelaria Testa Romero D. Antonio Elviro Arroyo Dª. Pilar García Jové Grupo Municipal de Izquierda Unida y Los Verdes D. José Antonio López Tinaquero (Portavoz) D. Juan Carlos Martínez Agüera Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia D. Jesús Gamonal López Secretario General del Pleno D. Gabriel A. Dotor Castilla Interventor General Municipal: D. Luis Miguel Palacios Albarsanz En el Salón de Actos del Centro Cívico Los Pinos, se reúne la Corporación en Pleno, integrada en la forma reseñada “ut supra”. A las diecisiete horas por el Sr. Alcalde-Presidente se declara abierta la Sesión, previa comprobación de la existencia de quórum necesario, según lo establecido en el artículo 82 del R.O.M. y en primera convocatoria, iniciándose el conocimiento de los asuntos incluidos en el ORDEN DEL DIA, expresado en la convocatoria girada al efecto y que me consta notificada, según lo establecido en el artículo 72 del R.O.M., se pasó al examen de los distintos asuntos. Así: DECLARACIÓN INSTITUCIONAL “POR LA CONSERVACIÓN DE NUESTROS ÁRBOLES” Los árboles tienen una valiosa importancia en nuestra vida diaria. Tanto en el aspecto ambiental como en el social, ayudan de forma silenciosa a que nuestro planeta sea más habitable. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 3
  • 4. Los árboles regulan la temperatura ambiental, purifican el aire, contribuyen a regular las lluvias, protegen el suelo de erosiones, albergan especies animales, mejoran la estética paisajística, disminuyen la contaminación por ruido y sin olvidar su peso económico. Sin embargo, a pesar de aportar todos estos beneficios a la sociedad, la tala ilegal y el aprovechamiento forestal insostenible continúan amenazando grandes áreas del Planeta de gran valor ecológico. El día 21 de marzo celebramos en Alcorcón el Día del Árbol, como reconocimiento a los múltiples servicios que presta el árbol a la vida y a la actividad humana. Las políticas que desde este Ayuntamiento se están llevando a cabo, buscan la armonía entre el desarrollo y progreso de nuestra ciudad, y el respeto y la conservación del medio ambiente y por ello, es nuestra intención promover una política hacia la sostenibilidad de los recursos naturales. Por este motivo, y en la línea del acuerdo plenario del Ayuntamiento de Alcorcón de fecha 29 de enero del 2009, aprobado por unanimidad de los Grupos Municipales, el Ayuntamiento de Alcorcón presenta, a través de esta Declaración Institucional, su compromiso a: CONTRIBUIR a la conservación de las especies arbóreas del municipio. POTENCIAR los espacios verdes del municipio, con reforestaciones de árboles autóctonos en zonas de especial interés. CONTRIBUIR a la protección y conservación de los ecosistemas urbanos, mediante nuevas plantaciones vegetales. DESARROLLAR buenas prácticas medioambientales en el mantenimiento de las especies arbóreas del municipio. PROPONER la utilización preferente de madera procedente de bosques gestionados de manera sostenible y recomendar un uso racional del papel, de conformidad al acuerdo plenario del Ayuntamiento de Alcorcón de 29 de enero de 2009. DESARROLLAR criterios técnicos e incorporarlos en los pliegos de condiciones técnicas de los contratos municipales de obras y suministros. INVITAR a todos los agentes sociales y económicos a incorporar, igualmente, los criterios de sostenibilidad en la compra y el consumo responsable de madera y productos derivados. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 4
  • 5. FOMENTAR actuaciones de reforestación a nivel privado. LLEVAR a cabo acciones informativas dirigidas a empresas, comunidades de vecinos y particulares para que realicen actuaciones de mantenimiento y mejora de sus jardines y zonas verdes. PROMOVER actividades escolares que favorezcan la conservación de las especies arbóreas del municipio. En Alcorcón, a 17 de febrero de 2012”. 1/25.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 12 DE DICIEMBRE DE 2011.- Remitida a los miembros de la Corporación copia de la referida Acta junto con la convocatoria cursada por correo electrónico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Reglamento Orgánico Municipal, por la Presidencia se somete a votación, siendo aprobada por unanimidad. 2/26.- DACIÓN DE CUENTA DE DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ALCALDÍA, CONCEJALES DELEGADOS Y TITULARES DE ÓRGANOS SUPERIORES Y DIRECTIVOS DESDE LA ÚLTIMA DACIÓN DE CUENTA.- *Dada cuenta de la relación de Decretos emitidos por la Alcaldía, Concejales Delegados y Titulares de órganos superiores y directivos desde la última Sesión Ordinaria del Pleno del Ayuntamiento, que comprende: . ÁREA DE ALCALDÍA-PRESIDENCIA: Del nº 1 al nº 207 (de 02/01/12 a 06/02/12). . ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL: Del nº 1 al nº 603 (de 02/01/12 a 07/02/12). . ÁREA DE COORDINACIÓN TERRITORIAL, PARTICIPACIÓN Y SERVICIOS A LOS CIUDADANOS: Del nº 1 al nº 79 (de 05/01/12 a 07/02/12) . ÁREA DE FAMILIA Y SERVICIOS SOCIALES: Del nº 1 al nº 22 (de 13.01.12 a 07.02.12) INTERVENCIONES EN EL PLENO *Abierta la deliberación intervienen en primer y segundo turno Dª. Natalia de Andrés del Pozo y D. Oscar Romera Jiménez, en los términos que resultan de la grabación de la sesión incorporada al Diario de Sesiones. ACUERDOS DEL PLENO Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 5
  • 6. Por la Presidencia se declaró adoptado acuerdo plenario por el que se otorga el enterado a la citada relación. 3/27.- DACIÓN DE CUENTA DE DISPOSICIONES OFICIALES Y CORRESPONDENCIA.- *Dada cuenta de la documentación obrante en el expediente INTERVENCIONES EN EL PLENO *Abierta la deliberación intervienen en primer y segundo turno D. Oscar Romera Jiménez, D. José Antonio López Tinaquero, Sr. Alcalde-Presdidente y Dª. Natalia de Andrés del Pozo, en los términos que resultan de la grabación de la sesión incorporada al Diario de Sesiones. ACUERDOS DEL PLENO Por la Presidencia se declaró adoptado acuerdo plenario por el que se otorga el enterado a las siguientes Disposiciones Oficiales y Correspondencia: . ESCRITO de la Gerente del Grupo Mosán Abogados, S.L. (Asesoría Jurídica y de Empresas -Administración de Fincas-), de fecha 24 de febrero de 2012, por el que manifiesta que, desde la entrada de la nueva Corporación, están más informados de los pasos que se iban a dar desde Emgiasa para la resolución de los problemas que tenían las comunidades que administran. Así mismo, manifiesta que hasta la fecha los compromisos de pago también se han cumplido en el mes de febrero, habiéndose procedido al ingreso de aproximadamente el 50% de la deuda y entendiendo que el resto (en el mes de abril) también se cumplirá. . ESCRITO de la Presidenta de la Asociación Mujeres en Igualdad de Alcorcón, Registro Entrada en este Ayuntamiento núm. 6467/2012 (27.02.12), por el que desea transmitir su apoyo y felicitación por las medidas que se están adoptando por el Equipo de Gobierno, en relación a las políticas sobre Conciliación Familiar y Laboral. Igualmente felicita y muestra su agradecimiento al Equipo de Gobierno por la próxima apertura de la Casa de Acogida para Mujeres Maltratadas. 4/28.- INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL.- Interviene el Sr. Alcalde con base en el informe que obra en el expediente del siguiente tenor: “INFORMACIÓN DEL GOBIERNO AL PLENO 27 de febrero de 2012 Octavo Informe del Gobierno al Pleno. Desde el último Pleno Ordinario celebrado el 30 de enero. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 6
  • 7. 1.- Medidas adoptadas: Área de Alcaldía-Presidencia: SEGURIDAD Y MOVILIDAD - La Delegada del Gobierno ha presidido en Alcorcón su primera reunión de una Junta de Seguridad Local, en la que hemos tratado estrategias de coordinación entre los distintos Cuerpos para seguir mejorando la seguridad en la ciudad y se ha destacado la eficacia de la policía de proximidad. Área de Administración General: GESTIÓN, FUNCIÓN PÚBLICA Y RÉGIMEN INTERIOR: - El 31 de enero se ha aprobado la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Ayuntamiento del Alcorcón correspondiente al ejercicio 2012. - El día 10 de febrero se ha constituido el Comité de Seguridad y Salud del Ayuntamiento de Alcorcón e IMEPE. ECONOMÍA, EMPLEO, NUEVAS TECNOLOGÍAS E IMEPE - Se han tramitado acuerdos de colaboración con la Federación de Asociaciones de personas con discapacidad física y orgánica de la Comunidad de Madrid y la Fundación Deporte Integra, entre otras entidades, para promoción empresarial y del empleo en nuestra ciudad. - Se han presentado en este último mes 3 proyectos de Talleres de Empleo para un total de 48 alumnos-trabajadores. - EMGIASA: - La empresa pública EMGIASA, ha devuelto ya 3,3 millones de euros a los adjudicatarios de vivienda protegida que renunciaron a la misma. Área de Coordinación Territorial, Participación y Servicios a los Ciudadanos: CULTURA, FESTEJOS Y ESCUELAS MUNICIPALES - La actividad de la Concejalía de Cultura en el mes de febrero se ha centrado principalmente en la preparación y celebración de los Carnavales del 2012, con una programación para todas las edades Destacamos, dentro de la programación cultural en el mes de febrero, la oferta de Exposiciones, tales como las esculturas y montajes de Francisco Robles en el Centro Municipal de las Artes o la exposición colectiva del MAVA. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 7
  • 8. DEPORTES Y JUVENTUD - Lo más importante de la actividad de esta Concejalía en febrero ha sido la suscripción de acuerdos para la promoción del deporte entre los ciudadanos de Alcorcón con 22 clubes, 2 Federaciones y la Fundación Integra. La firma ha tenido lugar durante la Primera Jornada de Clubes Deportivos que ha reunido a presidentes y técnicos de estas entidades en la ciudad. - El Centro Joven ha acogido exposiciones de dibujo, comic, fotografía y artesanía de creadores de Alcorcón, dentro de la Semana del Arte del programa joven 2.0. EDUCACIÓN: - Se han celebrado Conciertos Pedagógicos organizados por la Concejalía de Educación y Universidad junto con la Escuela Municipal de Música “Manuel de Falla”, con asistencia de más de dos mil doscientos alumnos de 2º a 6º de primaria de 11 centros educativos del municipio de Alcorcón. - Catorce centros educativos participan en el Primer concurso de relatos “Mis abuelos y yo”, organizado por las Concejalías de Educación y Mayores y la Mesa de Salud Escolar de Alcorcón. PARQUES Y JARDINES: - Hemos terminado la actuación en el Parque Infantil de Las Flores y la ampliación del espacio canino en el parque Alfredo Nobel y se han plantado árboles en la calle Martin Luther King en el Ensanche Sur, entre otras actuaciones. CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO Y ESMASA: - Siguen adelante las campañas de limpieza de pintadas y limpieza urgente. Durante el último mes se han limpiado 5.981 metros de graffitis y el SAI ha realizado 158 actuaciones urgentes. Área de Familia y Servicios Sociales FAMILIA Y COOPERACIÓN: - Ha concluido la campaña solidaria Alcorcón por Somalia, realizada entre ciudadanos y empresas de nuestra ciudad para ayudar a paliar la hambruna que padece el Cuerno de África. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 8
  • 9. - Alcorcón se adscribe a la “Red madrileña de Municipios por la Familia”, a través de la Universidad Francisco de Vitoria, que permitirá la cooperación entre los municipios participantes a la hora de realizar actividades. SERVICIOS SOCIALES - Hemos aprobado para este año 2012 las ayudas de comedor y escuelas infantiles, por un importe de 385.000 euros. Se concederán unas 4.000 ayudas de comedor y 1.500 ayudas de escuelas infantiles. - Se ha creado el Servicio Municipal de Coordinación y Apoyo a los Colectivos de Discapacidad. Se trata de un nuevo servicio de atención integral para personas con discapacidad y sus familias. MAYORES, SALUD Y MERCADOS: - Se ha iniciado el segundo cuatrimestre de Actividades para Mayores y llegamos ya a las 1.900 plazas ofertadas. También se han puesto en marcha las actividades incluidas en el segundo cuatrimestre del Programa Mayores Salud en el que colaboran varias Concejalías, Universidad y la Comunidad de Madrid. INFANCIA Y MUJER: - La Concejalía ha centralizado los servicios de atención social, jurídica y psicológica a mujeres y niños víctimas de violencia de género, creando un nuevo servicio de atención psicológica a niños que sufren acoso infantil. - Dentro del programa de conciliación de la vida laboral, familiar y personal, se va a poner en marcha el sello “Alcorcón concilia”. 2.- Cuestiones reseñables: - Hay que destacar el encuentro con la Asociación de Víctimas del Terrorismo, que concluye en un compromiso de colaboración con las actividades en defensa de las víctimas, y la reunión mantenida con el Movimiento contra la Intolerancia. Alcorcón, 27 de febrero de 2012 EL ALCALDE-PRESIDENTE”. INTERVENCIONES EN EL PLENO *Abierta la deliberación intervienen en primer y segundo turno el Sr. Alcalde-Presidente, D. Jesús Gamonal López, D. José Antonio López Tinaquero, Dª. Natalia de Andrés del Pozo y D. Oscar Romera Jiménez, en los términos que resultan de la grabación de la sesión incorporada al Diario de Sesiones. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 9
  • 10. 5/29.- APROBACIÓN INICIAL DEL PROYECTO DEL NUEVO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS MUNICIPALES DE DISTRITO. VOTOS PARTICULARES DE LOS GRUPOS IU-LV Y PSOE. *Dada cuenta del siguiente DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE DEL ÁREA DE COORDINACIÓN TERRITORIAL, PARTICIPACIÓN Y SERVICIOS AL CIUDADANO DE 21 DE FEBRERO DE 2012 “*Dada cuenta del referido proyecto aprobado por la Junta de Gobierno Local mediante acuerdo 7/25, de 24 de enero de 2012. *Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo UPyD del siguiente tenor: (…) *Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo IU-LV del siguiente tenor: (…) *Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo PSOE del siguiente tenor: (…) *Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo PP del siguiente tenor: (…) *Abierta la deliberación intervienen D. Jesús Gamonal López, D. José Antonio López Tinaquero, D. Francisco Siles Tello, Dª Laura Pontes Romero y D. José Gabriel Astudillo López. *Sometido a votación el voto particular presentado por el Grupo IU-LV se produce el siguiente resultado: Votos a favor: 1 (IU-LV) Votos en contra: 7 (PP 6, UPyD 1) Abstenciones: 3 (PSOE) En su consecuencia, el voto particular queda rechazado, manifestando el Grupo IU-LV su voluntad de defensa para ante el Pleno del Ayuntamiento. *Sometido a votación el voto particular presentado por el Grupo PSOE se produce el siguiente resultado: Votos a favor: 3 (PSOE) Votos en contra: 7 (PP 6, UPyD 1) Abstenciones: 1 (IU-LV) Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 10
  • 11. En su consecuencia, el voto particular queda rechazado, manifestando el Grupo PSOE su voluntad de defensa para ante el Pleno del Ayuntamiento. *Sometido a votación el texto del proyecto aprobado por la Junta de Gobierno Local, incorporando los votos particulares presentados por los Grupos UPyD y PP se produce el siguiente resultado: Votos a favor: 7 (PP 6, UPyD 1) Votos en contra: 4 (PSOE 3, IU-LV 1) Abstenciones: 0 *En su consecuencia la Comisión por mayoría somete al Pleno del Ayuntamiento la siguiente Propuesta de acuerdo: Primero.- Aprobar inicialmente el proyecto de Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Juntas Municipales de Distrito y de los Consejos de Participación Ciudadana, conforme al texto resultante del proyecto aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 24 de enero de 2012 y de las enmiendas aprobadas por la Comisión Plenaria: “REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS MUNICIPALES DE DISTRITO Y LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. Se redacta el nuevo Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Juntas Municipales de distrito y de los Consejos de participación ciudadana. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. Las Juntas de Distrito y los Consejos de participación ciudadana deben proponerse involucrar a los vecinos en los organismos que le representan, reforzando el sistema representativo en los municipios a través de su participación. Debe armonizar la relación entre cargos electos y los electores, trabajando mano a mano para la consecución de los objetivos y programas políticos. Debe impulsar la vida social y política del municipio trabajando en sinergia. Este reglamento pretende reactivar la transparencia política. Con todo esto, es necesario realizar una nueva redacción del Reglamento de las Juntas Municipales de Distrito para que este se acerque a la realidad social y política de Alcorcón, dando a cada entidad su espacio adecuado. Así, este Reglamento, fomenta la libertad de participar no solo a las asociaciones de nuestro Municipio, como era el caso, también fomenta la participación de los vecinos de forma individual. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 11
  • 12. El presente Reglamento responde a lo establecido en el artículo 128 de la Ley 7/1985 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción que se da en la Ley 57/2003 de medidas para la Modernización del Gobierno Local. En materia de Participación Ciudadana, se establecen los sistemas que constituyen el mecanismo básico para potenciar dicha Participación Ciudadana. Las Juntas Municipales de Distrito. Artículo 1. Distritos. Los Distritos constituyen divisiones territoriales del municipio, por tanto son órganos de gestión para el impulso y desarrollo de la participación ciudadana en la gestión de los asuntos municipales, sin perjuicio de la unidad de gobierno y gestión del municipio. Corresponde al Pleno del Ayuntamiento mediante norma orgánica establecer la división del municipio en distritos, y la determinación y regulación de sus órganos y de las competencias de los mismos, sin perjuicio de las atribuciones del Alcalde para determinar la organización y las competencias de su administración ejecutiva. Artículo 2. Estructura territorial. El Municipio de Alcorcón se estructura territorialmente en los siguientes Distritos: Distrito nº 1 (CASCO ANTIGUO) Línea divisoria.- Inicia su demarcación en el cruce de la Avda. del Alcalde José Aranda con la Avda. de Leganés y por esta última hasta su confluencia con la antigua Carretera M-508, hoy Avda. de Móstoles. Desde dicho punto y por la citada avenida hasta el enlace que la une, por el puente sobre el ferrocarril con la Avda. de Villaviciosa. Por tal enlace y avenida hasta el Cementerio Municipal. Por la tapia Norte de dicha instalación, hasta la N-V (Variante). Por la N-V hasta la confluencia con la prolongación de la C/ de los Robles. Por la Prolongación de la C/ de los Robles y C/ de los Robles hasta la confluencia con la C/ Cisneros y Avda. de Pablo Iglesias. Desde tal punto por la tapia Norte de los Colegios Públicos Sánchez Albornoz y Carmen Conde hasta la Avda. del Oeste. Por la Avda. del Oeste hasta su confluencia con la Avda. de Alcalde José Aranda y por ésta a cerrar en el cruce de la misma con la Avda. de Leganés. Distrito nº 2 (NORTE) Línea divisoria.- Inicia su demarcación en la Avda. de Leganés en el punto dónde la referida cruza la línea divisoria de éste Término Municipal de Leganés. Desde tal punto por la Avda. de Leganés hasta la confluencia de ésta con la antigua Carretera M-508 hoy Avda. de Móstoles. Desde dicho punto y Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 12
  • 13. por la citada avenida hasta el enlace que la une por el puente sobre el ferrocarril con la Avda. de Villaviciosa. Por tal enlace y avenida hasta el Cementerio Municipal. Por la tapia norte de dicha instalación hasta la N-V (Variante). Por la N-V (Variante) hasta el límite de éste Término Municipal con el de Móstoles. Desde tal punto por la línea divisoria de éste Término Municipal con las de Móstoles, Villaviciosa de Odón, Boadilla del Monte, Pozuelo de Alarcón, Madrid y Leganés, finalizando en el punto donde la línea divisoria de éste Término Municipal y el de Leganés cruza con la Avda. de Leganés. Distrito nº 3 (SUROESTE) Línea Divisoria.- Inicia su demarcación en la confluencia de la Avda. de Leganés, en el punto donde la referida cruza la línea divisoria de este Término Municipal con el de Leganés. Desde tal punto por la Avda. de Leganés hasta la confluencia de ésta con la Avda. del Alcalde José Aranda. Por la Avda. del Alcalde José Aranda hasta su confluencia con la Avda. del Oeste y por esta última hasta el Colegio Público Carmen Conde y Sánchez Albornoz hasta su final donde confluye con la C/ de los Robles. Por la C/ de los Robles y prolongación de la C/ de los Robles hasta su confluencia con la N-V (Variante). Por la N-V (Variante) hasta el límite de este Término Municipal con el de Móstoles. Desde tal punto por la línea divisoria de este Término Municipal con las de Móstoles, Fuenlabrada y Leganés a finalizar con el punto donde la Avda, de Leganés cruza con la línea divisoria de este Término Municipal con el de Leganés. 1. Cada uno de los Distritos relacionados en el apartado anterior contará con una Junta Municipal de Distrito. 2. Cuando lo aconseje el desarrollo futuro del Municipio de Alcorcón, el Pleno del Ayuntamiento podrá variar el número y demarcación de los Distritos, atendiendo a criterios geográficos, de servicios o de asentamiento de la población. 3. Para modificar la actual estructura de Distritos o modificar sus límites será preciso acuerdo del Ayuntamiento Pleno, y seguir los trámites establecidos en la legislación básica y autonómica para la elaboración de Reglamentos y Ordenanzas municipales. Artículo 3. Juntas de Distrito. 1. Las Juntas Municipales de Distrito son órganos de gestión desconcentrada, a los que corresponde el gobierno y administración del Distrito, sin perjuicio del mantenimiento de la unidad de gestión y gobierno municipal. 2. Las Juntas de Distrito y los Consejos de participación ciudadana velarán porque los órganos centrales del Ayuntamiento de Alcorcón Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 13
  • 14. garanticen el equilibrio territorial entre los Distritos en que se divide el municipio y entre las zonas que los integran. Artículo 4. Competencias. 1. Las Juntas Municipales de Distrito del Ayuntamiento de Alcorcón se configuran como órganos político-administrativos de participación, en el marco de actuación y de competencias que les sean delegadas, dejando a salvo la unidad de gobierno y de gestión del municipio, representada en todo momento por el alcalde, el pleno y la Junta de Gobierno Local. 2. La Junta Municipal de Distrito ejercerá las competencias ejecutivas o administrativas que le correspondan por delegación del Alcalde o de la Junta de Gobierno Local. 3. En su ámbito territorial podrá promover toda clase de actividades que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal respectiva, así como al seguimiento de la prestación de los servicios del Ayuntamiento de Alcorcón en los distritos. 4. Coordinar y colaborar con los órganos centrales del Ayuntamiento de Alcorcón, de pleno sometimiento a la Ley y al Derecho y, en especial, a la Legislación Local y a los acuerdos municipales. 5. Facilitar la más amplia información y publicidad de sus actividades y acuerdos. 6. Fomentar el desarrollo del asociacionismo con fines no lucrativos y de utilidad pública e instrumento de participación ciudadana. 7. Informar y/o ser informados sobre los planes y proyectos de actuaciones municipales, así como de cualesquiera otros asuntos que afecten a su territorio. 8. Elaborar anualmente un estudio sobre las necesidades de mejora en el distrito de cara a la mejora del mismo y la elaboración del presupuesto general anual del Ayuntamiento de Alcorcón. 9. Informar al vecindario sobre los planes y proyectos de actuación municipales que afecten al distrito y períodos de alegación sobre los mismos. 10. Promover, a través de las fórmulas de comunicación que se estimen más convenientes, la máxima información a los vecinos de la gestión Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 14
  • 15. municipal, ser cauce de las peticiones vecinales y otros asuntos de interés que afecten, de forma especial, a su ámbito territorial. 11. Fomentar las relaciones del Ayuntamiento con las Asociaciones radicadas en el Distrito. Artículo 5. Gestión de recursos presupuestarios. 1- En cumplimiento de lo establecido en el artículo 128 de la Ley 7/1985 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción que se da en la Ley 57/2003 de medidas para la Modernización del gobierno local, en las bases de ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento, se podrá establecer un porcentaje de los recursos presupuestarios que deban gestionarse por el distrito. Artículo 6. Órganos. 1. Son órganos de la Junta Municipal de Distrito: a . El Concejal Presidente de la Junta Municipal de Distrito. b. El Secretario c. El Pleno de la Junta Municipal de Distrito. d. El Consejo de Participación Ciudadana. e. El Director General de Participación Ciudadana y Juntas de Distrito. 2. En el seno de las Juntas Municipales de Distrito se crearán los Consejos de Participación Ciudadana como órganos de participación directa de los vecinos y sus asociaciones en la vida municipal. Entre sus competencias figurará la de informar sobre los asuntos a incluir en el Orden del Día del Pleno de la Junta Municipal de Distrito. 3. Las funciones de Secretario del Pleno de las Juntas Municipales de Distrito y de los Consejos de Participación Ciudadana, serán desempeñadas por el Secretario del Pleno de la Corporación o funcionario en quien delegue. Artículo 7. El Concejal Presidente. 1- El Alcalde es el Presidente nato de las Juntas Municipales de Distrito o delegar esta función en un Concejal que pasará a ser Concejal Presidente. 2- El Concejal Presidente, nombrado por el Alcalde, representa al Distrito, dirige su administración, convoca y preside las sesiones del Pleno de la Junta Municipal de Distrito, dirime los empates con su voto de calidad y ejecuta los acuerdos de este. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 15
  • 16. Artículo 8. Atribuciones del Concejal Presidente. 1. Corresponde, además, al Concejal Presidente de la Junta Municipal de Distrito las siguientes atribuciones: a. Ejercer la dirección, gestión e inspección del Distrito. b. Convocar, presidir y dirigir las sesiones del Pleno y de cualesquiera otros órganos complementarios de la Junta, dirimiendo los empates con voto de calidad. c. Fijar los objetivos del Distrito, aprobar sus planes de actuación y asignar los recursos necesarios para su ejecución, de acuerdo con las normas presupuestarias correspondientes. d. Proponer al Concejal Delegado del área competente, las propuestas que correspondan aprobar al Pleno del Ayuntamiento o a la Junta de Gobierno Local, en el ámbito de las competencias de su Distrito e. Proponer al Alcalde los proyectos de organización de su Distrito, previo informe de los Concejales de las áreas afectadas. f. Evaluar la ejecución de los planes de actuación del Distrito con la asesoría del Director General de Participación Ciudadana y Juntas de Distrito. g. Informar al Pleno de la Junta Municipal de Distrito la propuesta Municipal de Plan y Programa de Actuación. h. Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y actividades que realice el Ayuntamiento de Alcorcón en su distrito, debiendo informar al Pleno de la misma en la primera sesión que celebre. i. Disponer gastos dentro de los límites de su competencia, de acuerdo con lo dispuesto en los Decretos de delegación de la Alcaldía-Presidencia o en las Resoluciones de la Junta de Gobierno Local j. Ejercer la dirección del personal del Distrito, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Alcalde como Jefe del personal al servicio del Ayuntamiento. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 16
  • 17. k. Las demás que le atribuyan, en su caso, las disposiciones legales. 2. El Concejal Presidente de la Junta de Distrito ejercerá, además, las atribuciones que le hayan sido delegadas por el Alcalde o la Junta de Gobierno Local. 3. Las resoluciones administrativas que adopten los Concejales Presidentes de las Juntas de Distrito, revestirán la forma de Decreto y se denominarán Decretos del Concejal Presidente de la Junta Municipal de Distrito. Artículo 9. El Vicepresidente. El Alcalde podrá nombrar Vicepresidente a uno de los vocales del Pleno de la Junta de Distrito, en el que coincida la condición de Concejal, que sustituirá al Concejal Presidente en la totalidad de sus funciones, en los supuestos de ausencia o enfermedad. Artículo 10. El Director General de Participación Ciudadana y Juntas de distrito. Bajo la superior dirección del Concejal Presidente, las funciones del Director General de Participación Ciudadana y Juntas de Distrito en el organigrama de las Juntas de Distrito consistirán en el asesoramiento y apoyo al Concejal Presidente. Artículo 11. Composición del Pleno. 1. El Pleno de la Junta de Distrito estará integrado por el Concejal Presidente, diez Vocales, que podrán ser Concejales de la Corporación o vecinos, designados por los Grupos Políticos amoldándose en su distribución entre los distintos grupos políticos y dos vocales vecinos elegidos entre sus miembros por el Consejo de Distrito o Consejo de Participación Ciudadana. 1 En todo caso, el Pleno de la Junta Municipal de Distrito deberá mantener la mayoría que el equipo de Gobierno ostenta en el Pleno de la Corporación obtenido del sufragio en las elecciones locales. El Pleno del Ayuntamiento de Alcorcón establecerá la distribución de los vocales correspondientes a los grupos políticos entre estos. 2. Para ser designado o elegido Vocal, salvo que coincida en el mismo la condición de Concejal, será preciso estar inscrito en el Padrón 1 Texto añadido según votos particulares aceptados en Comisión Plenaria Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 17
  • 18. Municipal, ser vecino del Distrito correspondiente, mayor de edad y no ser inelegible o incompatible en los mismos supuestos de aplicación para los miembros de la Corporación. 3. El mandato de los Vocales vecinos del Pleno de las Juntas de Distrito coincidirá con el de la Corporación, salvo dimisión, cese por incumplir las condiciones que originaron su nombramiento o propuesta de sustitución por el Grupo Municipal o el Consejo de Distrito que propuso su designación. Artículo 12. Publicidad de las sesiones. 1. Las sesiones del Pleno de las Juntas serán públicas. De su convocatoria y Orden del Día, que deberá producirse al menos con dos días hábiles de antelación a su celebración, se dará la máxima difusión, facilitándose a los vecinos y entidades ciudadanas que sean miembros del Consejo de Participación Ciudadana, cuando así lo soliciten del presidente de la Junta a través del Registro General Municipal que hará llegar esta solicitud a la Dirección de Participación Ciudadana y Juntas de Distrito para que sea traslada al Presidente de la Junta correspondiente. 2. La convocatoria y Orden del Día quedarán expuestos con la misma antelación en el tablón de anuncios de la Junta Municipal de Distrito. 3. El Pleno de las Juntas Municipales de Distrito se reunirá cada dos meses, (meses pares) siendo éstos alternativos con respecto al Pleno del Consejo de Participación ciudadana del Distrito correspondiente. 4. Para todo lo regulado sobre deliberación y adopción de acuerdos será de aplicación supletoria las normas de funcionamiento del Pleno. Artículo 13 Orden del día. 1. En el Orden del Día del Pleno de las Juntas se recogerán todas las iniciativas presentadas por el Consejo de Participación Ciudadana de la Junta correspondiente, cuyo estudio y resolución sean de la competencia del Pleno de la Junta Municipal de Distrito. 2. Antes del comienzo formal de la sesión, el secretario procederá a comprobar el quórum de válida constitución. La Junta Municipal del Distrito se constituye válidamente con la asistencia de un tercio del número legal de miembros del mismo. En todo caso, se requerirá la presencia del presidente y del secretario o de quienes legalmente les sustituyan. 3. Este quórum deberá mantenerse durante toda la sesión. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 18
  • 19. 4. Sus sesiones serán públicas y se regirán por las disposiciones contenidas en este Reglamento Orgánico, y en lo no previsto en el mismo por las disposiciones contenidas en el Reglamento Orgánico del Pleno Ayuntamiento de Alcorcón, teniendo en cuenta la naturaleza de las Juntas Municipales de los Distritos. 5. Para hacer posible una auténtica participación serán, asimismo, incluidas en el Orden del Día de las sesiones ordinarias aquellas iniciativas de las entidades ciudadanas y vecinos que, siendo competencia del Pleno de la Junta y habiendo sido presentadas al Consejo de Participación Ciudadana correspondiente. 6. Las iniciativas elevadas al Pleno de la Junta de Distrito por acuerdo del respectivo Consejo de Participación Ciudadana así como las que se encuentren incluidas en el artículo 13, en su punto 5, serán expuestas y defendidas ante el Pleno por el portavoz del Consejo de Participación Ciudadana que para cada iniciativa sea designada por éste y, en su caso, por el portavoz de la entidad ciudadana o vecino que represente una propuesta no avalada por mayoría simple del Consejo. 7. Antes de dar por finalizada la sesión, todos los miembros del Pleno de la Junta Municipal de Distrito, a través de sus portavoces, podrán realizar ruegos y preguntas. Artículo 14. Ruegos y Preguntas. Finalizada la sesión, el Presidente de la Junta de Distrito, si considera oportuno, podrá abrir un turno de ruegos y preguntas a los vecinos y a las entidades vecinales asistentes al Pleno de la Junta de Distrito. Artículo 15. Adopción de acuerdos. Los acuerdos del Pleno de la Junta de Distrito se adoptarán por mayoría simple de sus miembros en caso de que su votación sea necesaria. Artículo 16. Remuneración de representatividad en las Juntas de distrito. El desempeño de los cargos de miembros de las Juntas de distrito no será remunerado. Consejos de Participación Ciudadana Artículo 17. Consejos.2 2 Renumeración según voto particular aceptado en Comisión Plenaria. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 19
  • 20. 1. A efectos de información, consulta, propuesta, seguimiento y control sobre la actividad municipal en el distrito se crean los Consejos de participación ciudadana. 2. Los Consejos de participación ciudadana son los canales de participación directa del vecino y sus asociaciones en la vida municipal. Artículo 18. Composición. Los Consejos de participación ciudadana estarán integrados por: a. El Concejal Presidente de la Junta Municipal de Distrito o un miembro de la Junta Municipal correspondiente en quien delegue. b. Los Vocales del Pleno de la Junta Municipal. c. Un representante elegido por cada una de las entidades ciudadanas inscritas en el Registro Municipal que soliciten a la Dirección General de Participación Ciudadana por medio del Registro Municipal y cuya sede social se encuentre en el ámbito Territorial del Distrito. Deberán aportar los datos personales de identidad del/la representante acreditados por la Entidad concurrente. Se entiende por entidades ciudadanas las asociaciones y cualquier otra entidad inscrita en el registro municipal de entidades ciudadanas, que tenga por objeto la defensa y/o promoción de los intereses generales, sectoriales, vecinales y ciudadano, cuyos fines no sean lucrativos, ni exclusivamente de carácter político, religioso o mercantil. d. Los vecinos de Alcorcón interesados en participar en dichos Consejos, solicitando por escrito dirigido a la Dirección General de Participación Ciudadana en el Registro del Ayuntamiento señalando su interés por participar en los mismos. Deberá aportar fotocopia por ambas caras DNI para verificar que su residencia se encuentra en el distrito solicitado así como el certificado de empadronamiento. e. Del mismo modo podrán pedir su participación en los Consejos de Participación Ciudadana los ciudadanos que realicen su actividad laboral o mercantil en el distrito relacionado, aportando fotocopia de la documentación necesaria que demuestre y de fe de esta actividad por parte del solicitante. f. El funcionario que el Secretario General del Pleno designe, que actuará como secretario del Consejo. g. El Director General de Participación Ciudadana y Juntas de Distrito. Artículo 19. Estructura. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 20
  • 21. La estructura de los Consejos de Participación Ciudadana será semejante a la estructura de las Juntas Municipales de Distrito. Artículo 20. Funciones. 1. Corresponden a los Consejos de Participación Ciudadana: a. Estudiar y cuantificar los problemas del Distrito. b. Hacer el seguimiento de la gestión municipal en el Distrito así como de los acuerdos adoptados por el Pleno de la Junta Municipal de Distrito sobre las iniciativas realizadas por el Consejo de participación ciudadana. c. Recibir información e informar sobre Proyectos, Planes y Programas de Urbanismo, Infraestructuras, Bienestar Social y Protección Ciudadana que el Ayuntamiento prevea desarrollar en el Distrito. d. Elevar al Pleno de la Junta de Distrito, a través de su Presidente, las iniciativas oportunas en orden a la solución de los problemas planteados. e. Formular propuestas de actuación a los órganos de gobierno del Ayuntamiento sobre asuntos de competencia municipal y de interés para el Distrito. f. Informar sobre las denuncias que formulen los vecinos en las materias que sean competencia de los Distritos sobre las que les sean sometidas por los servicios centrales de la Corporación. g. Trasladar, por acuerdo de sus miembros, todo tipo de iniciativas relativas al distrito que estimen pertinentes, a la Junta de Distrito, las cuales las incluirán, en su caso, en sus respectivos órdenes del día para deliberación y dictamen. 2. Se podrán constituir Comisiones de trabajo en el seno de estos órganos. Artículo 21. Pleno y Comisiones 1. Los Consejos de Participación Ciudadana funcionarán en Pleno, pudiéndose crear en su seno Comisiones y/o Grupos de Trabajo si este lo considera oportuno. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 21
  • 22. 2. El Pleno de los Consejos de Participación Ciudadana se reunirá cada dos meses (meses impares), siendo éstos alternativos con respecto al Pleno de la Junta de Distrito. 3. Las Comisiones o grupos de trabajo se constituirán por la especialidad de las materias o por zonas territoriales del distrito, y en orden a una mayor eficacia de las tareas emprendidas se reunirán cuantas veces lo consideren necesario sus componentes, atendiendo, preferentemente, a los criterios de estructura de Gobierno del Ayuntamiento de Alcorcón con las áreas definidas dentro de la coordinación de las Tenencias de Alcaldía. Artículo 22. Orden del día y Convocatoria. 1. El Orden del Día de las sesiones plenarias de los Consejos de Participación Ciudadana se fijará por el presidente, de conformidad con las proposiciones que le hayan sido presentadas por sus miembros hasta cuarenta y ocho horas antes de realizar la convocatoria. 2. A la convocatoria se unirá el Orden del Día de los temas a tratar. 3. El Orden del Día y el borrador del acta de la sesión anterior, junto con la convocatoria, se remitirá a todos los miembros del Consejo con dos días hábiles de antelación a su celebración. Con el mismo plazo quedarán expuestos en el tablón de anuncios de la Junta Municipal de Distrito. Artículo 23. Presidencia del Consejo. 1. Corresponde al Concejal Presidente de la Junta, o vocal de la Junta de Distrito en quien delegue, la Presidencia del Consejo de Participación Ciudadana. 2. Actuará de secretario el Secretario General del Pleno o funcionario en quien delegue. 3. El secretario tomará nota del desarrollo de la reunión, haciendo constar fundamentalmente los asistentes, los temas tratados y las iniciativas aceptadas y /o rechazadas por el Pleno del Consejo de Participación Ciudadana. 4. Dichas notas servirán para formalizar el acta de la reunión, que será aprobada en la sesión siguiente, quedando en poder de la Junta Municipal de Distrito correspondiente y a disposición de todos los miembros del respectivo Consejo de Participación Ciudadana. Artículo 24. Portavoces. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 22
  • 23. 1. Cada Consejo de Participación Ciudadana, en sesión plenaria, elegirá de entre sus miembros a los portavoces de las Comisiones o grupos de trabajo, así como a los dos representantes del Consejo que actuarán como portavoces de todas las iniciativas de este Consejo ante la Junta Municipal de Distrito. 2. Los portavoces deberán ser propuestos por los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y serán elegidos por mayoría simple. 3. Los portavoces serán elegidos por un periodo igual a la duración de la legislatura, siendo posible su destitución cuando así lo considere la mayoría absoluta del Consejo de Participación Ciudadana. Artículo 25. Iniciativas. 1. Las iniciativas de las Comisiones o grupos de trabajo se elevarán al Consejo Pleno por el portavoz correspondiente o por cualquiera de los miembros del Consejo, a través del Presidente del mismo, al menos con seis días de antelación a la celebración del Consejo, para que puedan ser incluidas en el Orden del Día. 2. No obstante, podrán presentarse iniciativas hasta antes del comienzo de la sesión. Para entrar a debatirlas se procederá a votar sobre su carácter urgente. De no ser consideradas urgentes, se someterán al Consejo Pleno siguiente por el trámite ordinario. 3. Las iniciativas se aprobarán por mayoría simple en caso de ser necesaria su votación. Artículo 26. Comisiones y/o Grupos de trabajo. 1. En todos los distritos pueden constituirse Comisiones y/o grupos de trabajo para facilitar el trabajo de las Juntas y los Consejos, que podrán ser de carácter permanente (que coincidirán con las áreas de coordinación de las Tenencias de Alcaldía) o temporal, según las necesidades del propio distrito y dentro de su ámbito de competencias. 2. Podrán establecerse Comisiones y/o grupos de trabajo según lo establecido por la Junta o el Consejo, para asuntos generales y para materias específicas, procurando en lo posible, que se adapten a las áreas en que se estructuren los servicios corporativos. 3. Las Comisiones y/o Grupos de Trabajo serán aprobadas por el Pleno del Consejo de participación ciudadana del Distrito correspondiente. 4. Podrá participar en las Comisiones y/o Grupos de Trabajo, cualquier vecino o entidad ciudadana interesado en el tema a tratar. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 23
  • 24. 5. Serán coordinadores de los grupos los elegidos por los integrantes del mismo de entre los Vocales de la Junta de Distrito. 6. Así mismo, las Comisiones y/o grupos de trabajo podrán solicitar la presencia de personas que no pertenezcan a los mismos a efecto de informar o asesorar al grupo. 7. Corresponderá a las Comisiones y/o Grupo de Trabajo preparar y documentar los asuntos que le someta a estudio el Consejo de Participación Ciudadana correspondiente y los que sean propuestos por la mayoría del propio Grupo dentro de las competencias asignadas a los mismos por el Pleno de la Junta. 8. La distribución de trabajo entre los citados grupos se realizará por el Consejo correspondiente. 9. Una vez constituidos, estas Comisiones y/o grupos elaborarán un plan de trabajo y, periódicamente, informarán al Pleno del Consejo de Participación Ciudadana del cumplimiento de dicho plan. 10. Las sesiones de las Comisiones y/o Grupos de Trabajo se reunirán y organizarán en la forma que ellos mismos determinen. 11. Los informes y los trabajos que elaboren serán debatidos y sometidos a la aprobación, en su caso, por el Pleno del Consejo de Participación Ciudadana. 12. Por razones de carácter específico y de interés general para dos o más Consejos de Participación Ciudadana pertenecientes a distintas Juntas Municipales de Distrito, podrán crearse Comisiones y/o Grupos de Trabajo mixtas que tendrán carácter paritario. La Coordinación de las mismas se llevará a cabo por los Presidentes del Consejo de Participación Ciudadana implicados. 13. Las resoluciones emitidas por el Concejal-Presidente de las Juntas Municipales de Distrito, adoptados en el marco de sus atribuciones, son inmediatamente ejecutivos, salvo en aquellos casos en que una disposición legal establezca lo contrario, o cuando se suspenda su eficacia de acuerdo con la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre. 14. La eficacia quedará demorada cuando así lo exija el contenido del acto o esté supeditada a su notificación y publicación. Artículo 27. De las reclamaciones y recursos contra actos de las Juntas Municipales de Distrito. 1. Contra los actos del Concejal Delegado Presidente de las Juntas Municipales de Distrito, los sujetos legitimados podrán interponer Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 24
  • 25. recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde la notificación del acto o acuerdo que se vaya a impugnar. El impugnante deberá efectuar ante el órgano administrativo autor del acto impugnado, la comunicación a que se refiere el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, 30/1992, de 26 de noviembre. 2. Recibida dicha comunicación, si se tratase de actos o acuerdos que pongan fin a la vía administrativa, el órgano delegante, Alcalde o Pleno, según el caso, podrá iniciar los procedimientos de nulidad o anulabilidad que la referida ley establece. Artículo 28- Entrada en vigor. 1. El presente Reglamento entrará en vigor transcurridos quince días hábiles de la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y será remitido a los efectos legales oportunos a la administración del Estado y a la Comunidad de Madrid, según lo que preceptúan los artículos 70-2 en relación con el 65.2 de la Ley 7/1985 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción que se da en la Ley 57/2003 de Medidas de Modernización del Gobierno Local. Artículo 29- Disposición derogatoria. 1. El Presente Reglamento deroga el Reglamento de Organización de las Juntas Municipales de Distrito aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Alcorcón en sesión de Febrero de 2006 y cuyo texto figura como anexo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, suplemento número 75 de fecha 29 de Marzo de 2006. Artículo 30- Disposición Transitoria. 1. Con efectos de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, se disolverán las Juntas Municipales de Distrito actualmente existentes y cualquier procedimiento iniciado bajo la vigencia del anterior Reglamento (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 29 de Marzo de 2006) continuará tramitándose según lo establecido en el presente Reglamento.” Segundo.- Someter el expediente a información pública por plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias. De no presentarse ninguna el acuerdo de aprobación se entenderá definitivamente adoptado”. INTERVENCIONES EN EL PLENO Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 25
  • 26. *Abierta la deliberación intervienen en primer y segundo turno el Sr. Alcalde-Presidente, D. Jesús Gamonal López, D. José Antonio López Tinaquero, D. Antonio Elviro Arroyo y D. José Gabriel Astudillo López, en los términos que resultan de la grabación de la sesión incorporada al Diario de Sesiones. VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO Por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado por el Grupo Municipal IU-LV, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 2 (IU-LV) VOTOS EN CONTRA: 16 (PP y UPyD) ABSTENCIONES: 9 (PSOE) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, acuerda desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal IU-LV. A continuación, por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado por el Grupo Municipal Socialista, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 9 (PSOE) VOTOS EN CONTRA: 16 (PP y UPyD) ABSTENCIONES: 2 (IU-LV) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, acuerda desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal Socialista. Seguidamente se somete a votación el proyecto de Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Juntas Municipales de Distrito y de los Consejos de Participación Ciudadana, conforme al texto resultante del proyecto aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 24 de enero de 2012 y de las enmiendas aprobadas por la Comisión Plenaria, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 16 (PP y UPyD) VOTOS EN CONTRA: 11 (PSOE e IU-LV) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, aprueba inicialmente el proyecto de Reglamento en los términos indicados. 6/30.- PROPUESTA DE ACUERDO QUE PRESENTA EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA Y URBANISMO, CON RELACIÓN A DACIÓN DE CUENTA DE LA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOU DE ALCORCÓN PARA LA CREACIÓN DE UN NUEVO APD-13 “CAMPODÓN OESTE”. (EXPTE. 8 PM/09).- *Dada cuenta del siguiente Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 26
  • 27. DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 21 DE FEBRERO DE 2012 “*Dada cuenta de la propuesta obrante en el expediente: “En relación con el asunto de referencia, visto el informe de la Sección de Planeamiento y Gestión de 14 de febrero de 2012, informe cuyo tenor literal es el siguiente: “Informe: Sobre la dación de cuenta de la aprobación definitiva de la Modificación Puntual del PGOU de Alcorcón para la creación de un nuevo APD- 13 “Campodón Oeste”. A la vista de la comunicación realizada por la unidad competente de la Comisión de Urbanismo de Madrid obrante en el expediente, se hace necesario dar cuenta al Plenario Municipal de la aprobación definitiva, practicada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid con fecha 1 de diciembre de 2011, previos informes favorables de la Dirección General de Evaluación Ambiental de 30 de marzo de 2010, de la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de 14 de marzo de 2011, y de la Comisión de Urbanismo de Madrid en su sesión de 27 de octubre de 2011; de la Modificación Puntual del Planeamiento del ámbito a que se hace referencia en el título de este informe. (Resolución de 2 de diciembre de 2011, publicada al BOCM nº 307 de 27 de diciembre de 2011) A la vista de que el anuncio de aprobación definitiva lo fue en el citado BOCM, y de lo establecido en el art. 70.2 de la LBRL en conexión con el art. 65.2 del mismo cuerpo, puede decirse que, salvo el superior criterio de la CAM, el planeamiento entró en vigor el pasado 14 de enero de 2012. Tras la aprobación definitiva, el cuadro general de APD´s del Anexo III “Áreas de Planeamiento en Desarrollo”, queda así configurado: IDENT. NOMBRE PLANEAMIENTO ESPECÍFICO Y FIGURAS EXPEDIENTE CONDICIONES DE DESARROLLO PARTICULARES APD-1 Industrias Especiales UA 15 del PGOU de 1987 1 Proyecto de Compensación 5SC/88 Proyecto de Urbanización 2PU/92 APD-2 Ventorro del Cano UA 16 del PGOU de 1987 Proyecto de Compensación 1SC/87 Proyecto de Urbanización 3PU/91 APD-3 Campodón Consolidado UA 17 del PGOU de 1987 Proyecto de Compensación 18232/92 APD-5 Antiguo Enclave Norte Modificación Puntual del PGOU-87 6PM/92 Proyecto de Compensación 1SC/94 Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 27
  • 28. Proyecto de Urbanización 10559/96-f APD-6 Ampliación Este de UE-1 de la Modificación Puntual del 1PM/93 Ventorro del Cano PGOU-87 4PP/96 Estudio de Detalle APD-7 Ampliación Oeste de UE-2 de la Modificación Puntual del 1PM/93 Ventorro del Cano PGOU-87 3PP/96 Estudio de Detalle APD-8 San José de Fase 2 (Avda. de la Libertad) del PU. Valderas.Fase 2. APD-9 Fuente del Palomar Plan Parcial del Sector 3 del PGOU-87 3PP/94 APD-10 Antiguo Enclave Calle Estudio Detalle UA12 del PGOU-87 4PP/92 2 Madrid Proyecto de Compensación 2SC/91 APD-11 Ampliación de Industrias Modificación Puntual del PGOU-87 5PM/94 Especiales Plan Parcial del Sector 6 2PP/94 APD-12 Barrio de la Universidad Modificación del PGOU-87 y del PP-2 del 3 Sector del Área de Centralidad. APD-13 Campodón Oeste UA 19 del PGOU de 1987 4 Proyecto de Compensación 4SC/88 Modificación del Proyecto de 3SC/06 Compensación 1PP/05 Estudio Detalle de la Parcela 15 de la UA19 La Condición Particular 4º viene a significar que las condiciones estructurantes del nuevo APD son: o Clave 17.1 Unifamiliar Intensiva: 2.000 m2t (8 viviendas) con una restricción adicional en la superficie de parcela mínima de 500 m2s. o Clave 18 Unifamiliar Extensiva: 4.500 m2t (12 viviendas). o Clave 42 Equipamiento privado: 7.500 m2t + 4.538 m2t. - Además, dentro de la CP 4ª, se mantiene la obligatoriedad de ordenar los volúmenes de la actuación mediante un estudio de detalle, de tal manera que los viarios interiores en fondo de saco que fuera preciso disponer, serán considerados espacios libres privados interiores a la parcela, correspondiendo a sus propietarios su ejecución y mantenimiento. - Implementación del nuevo APD en los planos de ordenación del Plan General: “Plano 2.b) de códigos normativos y 11.d) de enclaves y APD´s”. - Art. 3.34, en lo referente a la nómina de APD´s. - Art. 3.31, donde desaparece en Enclave 20 de la nómina de Enclaves A la vista de cuanto antecede y del expediente administrativo, salvo superior criterio del órgano de Gobierno Competente se emite la siguiente Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 28
  • 29. PROPUESTA DE ACUERDO. Primero: Dar cuenta, en los términos del informe jurídico que acompaña a esta resolución, de la de la aprobación definitiva de la Modificación Puntual del PGOU de Alcorcón para la creación de un nuevo APD-13 “Campodón Oeste”, operada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid con fecha 1 de diciembre de 2011, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid de 27 de octubre de 2011, que entró en vigor, en los términos del art. 70.2 de la LBRL, el pasado 14 de enero de 2012. Segundo: Notificar este acuerdo a los interesados que consten en el expediente Alcorcón, a 14 de febrero de 2012. El Técnico de Administración Especial. Fdo.: Carlos Andrés Guerrero Fernández. VºBº. El Jefe de Servicio de Urbanismo Fdo.: Gonzalo Olmo Sánchez. VºBº el DG de Urbanismo y Vivienda, Fdo.: Ismael Miguel Prieto” Visto el antedicho informe y a tenor de lo preceptuado en el art. 97 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y arts. 65 y 157 del Reglamento Orgánico Municipal, así como cualesquiera otros preceptos concordantes, se formula la siguiente: PROPUESTA DE ACUERDO Primero: Dar cuenta, en los términos del informe jurídico que acompaña a esta resolución, de la de la aprobación definitiva de la Modificación Puntual del PGOU de Alcorcón para la creación de un nuevo APD-13 “Campodón Oeste”, operada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid con fecha 1 de diciembre de 2011, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid de 27 de octubre de 2011, que entró en vigor, en los términos del art. 70.2 de la LBRL, el pasado 14 de enero de 2012. Segundo: Notificar este acuerdo a los interesados que consten en el expediente. Alcorcón, 15 de febrero de 2012 EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA Y URBANISMO, Fdo.: Oscar Romera Jiménez”. *La Comisión queda enterada de la aprobación definitiva publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 27-12-2011, núm. 307, y acuerda elevar el expediente al Pleno del Ayuntamiento para su conocimiento”. VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 29
  • 30. Por la Presidencia se somete a votación el Dictamen de la Comisión Plenaria Permanente Especial de Cuentas y del Área de Administración General, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 27 (PP, PSOE, IU-LV y UPyD) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad, aprueba la Propuesta de Acuerdo en sus propios términos. 7/31.- PROPUESTA DE ACUERDO QUE PRESENTA EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA Y URBANISMO, CON RELACIÓN A LA CORRECCIÓN DE ERRORES EN LA NORMATIVA URBANÍSTICA DEL PLAN PARCIAL DEL ENSANCHE SUR DE ALCORCÓN. (EXPTE. 1 PP/04).- *Dada cuenta del siguiente DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 21 DE FEBRERO DE 2012 “*Dada cuenta de la propuesta obrante en el expediente: “En relación con el asunto de referencia, visto el informe de la Sección de Planeamiento y Gestión de 14 de febrero de 2012, informe cuyo tenor literal es el siguiente: “INFORME: Sobre la corrección de errores en la normativa urbanística del Plan Parcial del Ensanche Sur de Alcorcón. Con fecha 7 de febrero de 2012 se tiene conocimiento del informe técnico de la Arquitecto T. Municipal, quien a propósito de la solicitud de unas cédulas urbanísticas de parcelas comerciales en el ámbito, detecta lo siguiente: En las NN.UU. del Plan Parcial del Ensanche Sur (BOCM nº 242 de 11 de octubre de 2004 pág. 96), dentro de los grados de la Zona C “Actividades Económicas”, el art. 3.3.3 de sus NN.UU. informa de la existencia de dos grados de clave de zona, correspondiendo el primero a tipologías de mediana superficie inferior a 2.500 metros cuadrados de actividad por titular diferente, y agrupaciones comerciales de pequeño comercio en baja densidad, y el segundo a tipologías de pequeño comercio aislado o agrupado en pequeñas manzanas y media intensidad. Del Proyecto de Parcelación aprobado e inscrito en el Registro de la Propiedad, resulta la siguiente nómina de parcelas de zona C, que se clasifican en alquino de los aludidos grados: - Grado 1º: Parcelas 7.2 y 17.2, de superficies mayores a 8.000 m2. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 30
  • 31. - Grado 2º. Parcelas 10.1.1.1, 10.1.1.2, 14.3.2.1, 14.3.2.2, 15.2.2.1, 15.2.2.2, 16.1.2.1, y 16.1.2.2., de superficies inferiores a 2.000 m2. Por su parte, el art. 3.3.4 de las citadas NN.UU., establece una jerarquización de parcelas mínimas, según el siguiente orden: - Grado 1º: 500 metros cuadrados. - Grado 2º: 4.000 metros cuadrados. Por lo tanto, como hemos visto, no se comprende una parcela mínima de 500 metros para el grado 1º cuando está pensado para medianas superficies, ni una parcela mínima de 4.000 metros cuadrados para el grado 2, cuando está pensado para el pequeño comercio; llegándose al sinsentido de que parcelas que no alcanzan los 2.000 m2, al estar calificadas con grado 2º -parcela mínima de 4.000 m2-, resulten inaprovechables. En lo procedimental, se trata de un claro error de los del art. 105.2 de la LRJ- PAC, según el cual: “Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”. Analizada la jurisprudencia y la doctrina contenida en la Sentencia del TSJ de la Comunidad de Madrid, Sala de lo Contencioso Administrativo, nº 150/2008 (RJCA 2008205), así como aquellas otras que se dirán, obtenemos lo siguiente: “La sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 1982 (RJ 1982/5381) declaraba que el ejercicio de la potestad administrativa para rectificar errores materiales o de hecho y los aritméticos no puede entrañar una revocación del acto administrativo en términos jurídicos, salvo que se incurra en fraude de Ley constitutivo de desviación de poder, de ahí que el acto rectificador haya de mostrar idéntico contenido dispositivo, sustantivo y resolutorio al del acto rectificado.” Con la corrección de este error, la identidad jurídica a que se refiere la sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 1982 se mantiene. “En este sentido, la doctrina jurisprudencial sobre la rectificación de errores materiales, aritméticos y de hecho, expresada, entre otras, en la sentencia del Tribunal Supremo de 15 febrero de 2006 (RJ 2006/1754), ha venido declarando que "el error material o de hecho se caracteriza por ser ostensible, manifiesto e indiscutible, implicando, por sí solo, la evidencia del mismo, sin necesidad de mayores razonamientos, y exteriorizándose “prima facie” por su sola contemplación (frente al carácter de calificación jurídica, seguida de una declaración basada en ella, que ostenta el error de derecho), por lo que, para poder aplicar el mecanismo procedimental de rectificación de errores materiales o de hecho, se requiere que concurran, en esencia, las siguientes circunstancias: Que se trate de simples equivocaciones elementales de Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 31
  • 32. nombres, fechas, operaciones aritméticas, o transcripciones de documentos, que el error se aprecie teniendo en cuenta exclusivamente los datos del expediente administrativo en el que se advierta, que sea patente y claro, sin necesidad de acudir a interpretaciones de normas jurídicas aplicables, que no se proceda de oficio a la revisión de actos administrativos firmes y consentidos, que no se produzca una alteración fundamental en el sentido del acto (pues no existe error material cuando su apreciación implique un juicio valorativo o exija una operación de calificación jurídica), que no padezca la subsistencia del acto administrativo es decir, que no genere la anulación o revocación del mismo, en cuanto creador de derechos subjetivos, produciéndose uno nuevo sobre bases diferentes y sin las debidas garantías para el afectado, pues el acto administrativo rectificador ha de mostrar idéntico contenido dispositivo, sustantivo y resolutorio que el acto rectificado, sin que pueda la Administración, so pretexto de su potestad rectificatoria de oficio, encubrir una auténtica revisión, y que se aplique con profundo criterio restrictivo. En este sentido la Sentencia de treinta y uno de octubre de 2000 (RJ 2000/9045) expuso que “no puede, pues, calificarse como error material de un acto administrativo, cuando la rectificación del mismo, implique un juicio valorativo, o cuando represente claramente una alteración del sentido del acto, de tal modo que si la rectificación implica en realidad, un sentido y alcance contrario o diferente del acto originario, modificando su contenido en la descripción y valoración de datos, la rectificación se convierte en realidad en revocación de oficio que requiere el procedimiento especifico de los artículos 109 y 110 de la Ley de Procedimiento Administrativo (RCL 1958, 1258, 1469, 1504 y RCL 1959/585) -sentencias del Tribunal Supremo de 27 de febrero (RJ 1990/1521) y 25 de mayo de 1990, 16 de noviembre de 1998 (RJ 1998/9877) y 9 de diciembre de 1999 (RJ 1999/ 8824)". El error expresado, resulta indiscutible, ostensible, manifiesto, palmario, de tal manera que no se debe acudir a interpretaciones complejísimas ni extrañas a los antecedentes administrativos obrantes en el expediente sin que se altere el sentido del acto en detrimento de los particulares o de sus garantías. “Abundando en lo anterior, las sentencias del Tribunal Supremo de 9 de marzo de 19970, 8 julio de 1982 (RJ 1982/5381), 22 diciembre de 1983 (RJ 1983/6436) y 13 de diciembre de 1988 (RJ 1988/9781), han declarado que por error de hecho ha de entenderse "aquel que versa sobre un suceso, o cosa, o dato que configura una realidad independiente de toda opinión, criterio particular o calificación", así como que "su corrección no obligue a resolver cuestiones discutibles u opinables sino que han de evidenciarse claramente", a lo que se añade que "no hay posibilidad de rectificación en caso de duda o cuando la comprobación del error exige acudir a datos que no obran en el expediente, entendiendo que el error material o aritmético es sólo el error evidente, que consiste en meras equivocaciones aritméticas u operacionales, permaneciendo fijos los sumandos o factores operativos, es decir, aquellos que no transforman ni perturban la eficacia sustancial del acto en que existen", mientras que "el error de derecho recae sobre un análisis, examen y valoración Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 32
  • 33. jurídica de hechos o disposiciones, envuelve una equivocada apreciación de concepto o de calificación jurídica. Pero es que, además, si se califica de errónea una resolución que se basa o tiene un soporte secuencial fáctico, indirectamente se está aceptando que en este soporte de hecho no ha existido error alguno". A la vista de cuanto antecede, y del expediente administrativo, salvo superior criterio del Órgano de Gobierno Competente se emite la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO Primero: Rectificar, de conformidad con el art. 105.2 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el art. 3.3.4 de las NN.UU. del Plan Parcial del Ensanche Sur publicadas al BOCM nº 242 de 11 de octubre de 2004 pág. 96, de tal manera que donde dice: Art. 3.3.4. Parcelas mínimas.—1. La parcela mínima se establece en: Grado 1º.: 500 metros cuadrados. Grado 2º.: 4.000 metros cuadrados. Debe decir: Art. 3.3.4. Parcelas mínimas.—1. La parcela mínima se establece en: Grado 1º.: 4.000 metros cuadrados. Grado 2º.: 500 metros cuadrados. Segundo: Notificar este acuerdo a los interesados, y publicar en el BOCM el precepto rectificado. Alcorcón, a 14 de febrero de 2012. El Técnico de Administración Especial. Fdo.: Carlos Andrés Guerrero Fernández. VºBº. El Jefe de Servicio de Urbanismo Fdo.: Gonzalo Olmo Sánchez. VºBº el DG de Urbanismo y Vivienda, Fdo.: Ismael Miguel Prieto” Visto el antedicho informe y a tenor de lo preceptuado en el art. 97 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y arts. 65 y 157 del Reglamento Orgánico Municipal, así como cualesquiera otros preceptos concordantes, se formula la siguiente: PROPUESTA DE ACUERDO Primero: Rectificar, de conformidad con el art. 105.2 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el art. 3.3.4 de las NN.UU. del Plan Parcial del Ensanche Sur publicadas al BOCM nº 242 de 11 de octubre de 2004 pág. 96, de tal manera que donde dice: Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 33
  • 34. Art. 3.3.4. Parcelas mínimas.—1. La parcela mínima se establece en: Grado 1º.: 500 metros cuadrados. Grado 2º.: 4.000 metros cuadrados. Debe decir: Art. 3.3.4. Parcelas mínimas.—1. La parcela mínima se establece en: Grado 1º.: 4.000 metros cuadrados. Grado 2º.: 500 metros cuadrados. Segundo: Notificar este acuerdo a los interesados, y publicar en el BOCM el precepto rectificado. Alcorcón, 15 de febrero de 2012 EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA Y URBANISMO, Fdo.: Oscar Romera Jiménez”. *Sometida la cuestión a votación la Comisión por unanimidad acuerda dictaminar favorablemente la Propuesta de Acuerdo”. VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO Por la Presidencia se somete a votación el Dictamen de la Comisión Plenaria Permanente Especial de Cuentas y del Área de Administración General, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 27 (PP, PSOE, IU-LV y UPyD) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad, aprueba la Propuesta de Acuerdo en sus propios términos. 8/32.- PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA DE HACIENDA Y URBANISMO, EN RELACIÓN A RECONOCIMIENTO DE DEUDA CON LA “EMPRESA DE SERVICIOS MUNICIPALES DE ALCORCÓN” CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2011.- *Dada cuenta del siguiente DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 21 DE FEBRERO DE 2012 “*Dada cuenta de la propuesta obrante en el expediente: “Considerando que el Presupuesto del Ayuntamiento de Alcorcón para el ejercicio 2011 recogía en la aplicación presupuestaria 16200.44900 ”Transferencia corriente a ESMASA” una aportación de 17.326.629,58 €, de las Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 34
  • 35. cuales a 31 de diciembre de 2011 han quedado pendiente de aprobar 3.275.234,35 €. Considerando asimismo que el Presupuesto del Ayuntamiento de Alcorcón para el ejercicio 2011 recogía en la aplicación presupuestaria 16200.44901 ”ESMASA Recogida Ensanche sur 2 y 3” una aportación de 296.108,88 €, la cual a 31 de diciembre de 2011 ha quedado pendiente de aprobar por el importe total. Considerando, en consecuencia, que existe una deuda del Ayuntamiento de Alcorcón con la Empresa de Servicios Municipales de Alcorcón, pendiente de reconocer a 31 de diciembre de 2011, por importe de 3.571.343,23 €, que es necesario reconocer al objeto de que las Cuentas Anuales de la Empresa de Servicios correspondiente al año 2011 reflejen la realidad de la misma. Considerando igualmente que el Ayuntamiento tiene reconocida y aprobada a 31 de diciembre de 2011 una deuda a favor de la Empresa de Servicios Municipales de Alcorcón por importe de 1.049.761,41 € Considerando en consecuencia que la deuda pendiente de pago a la Empresa de Servicios Municipales de Alcorcón a 31 de diciembre de 2011 ascendería a un total de 4.621.104,64 €, de los cuales 1.049.761,41 están aprobados pendientes de pago y 3.571.343,23 € se encuentran actualmente pendientes de aprobación. Considerando finalmente que la actual situación económica del Ayuntamiento hace imposible que el mismo pueda liquidar esa deuda íntegramente en el ejercicio 2012, siendo más conveniente, de cara a su efectiva cancelación, su aprobación durante los 4 años de la presente legislatura, de manera que se pueda hacer efectiva su cancelación pero evitando trasladar la deuda a la siguiente Corporación, de acuerdo con las siguientes anualidades: AÑO ANUALIDADES ANUALIDADES PENDIENTE DE APROBACIÓN DE PAGO DE LA PAGO A 31 DE DE LA DEUDA DEUDA DICIEMBRE 2012 105.514,75 1.155.276,16 3.465.828,48 2013 1.155.276,16 1.155.276,16 2.310.552,32 2014 1.155.276,16 1.155.276,16 1.155.276,16 2015 1.155.276,16 1.155.276,16 0 TOTAL 3.571.343,23 4.621.104,64 Considerando que dicha deuda, al corresponder al ejercicio 2011, debe ser reconocida por el Pleno de la Corporación. Previo informe de Intervención, se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 35
  • 36. PROPUESTA DE ACUERDO PRIMERO: Aprobar el reconocimiento de una deuda pendiente con la Empresa de Servicios Municipales de Alcorcón, correspondiente al ejercicio 2011, por importe de 3.571.343,23 €. SEGUNDO: Aprobar que la deuda señalada en el punto anterior se apruebe y abone conforme a las siguientes anualidades: AÑO ANUALIDADES ANUALIDADES PENDIENTE DE APROBACIÓN DE PAGO DE LA PAGO A 31 DE DE LA DEUDA DEUDA DICIEMBRE 2012 105.514,75 1.155.276,16 3.465.828,48 2013 1.155.276,16 1.155.276,16 2.310.552,32 2014 1.155.276,16 1.155.276,16 1.155.276,16 2015 1.155.276,16 1.155.276,16 0 TOTAL 3.571.343,23 4.621.104,64 TERCERO: Facultar al Concejal de Hacienda y Urbanismo para la realización de cuantas actuaciones y firma de cuantos documentos sean necesarios para llevar a feliz término lo acordado. Alcorcón, 16 de febrero de 2012 EL CONCEJAL DE HACIENDA Y URBANISMO Fdo: Oscar Romera Jiménez”. *Sometida la cuestión a votación se produce el siguiente resultado: -Votos a favor: 7 (6 PP, 1 IU-LV) -Votos en contra: 0 -Abstenciones: 4 (3 PSOE, 1 UPyD) En su consecuencia, la Comisión por mayoría dictamina favorablemente la Propuesta de Acuerdo”. INTERVENCIONES EN EL PLENO *Abierta la deliberación intervienen D. Manuel Lumbreras Fernández, Sr. Interventor General Municipal y Sr. Alcalde-Presidente, en los términos que resultan de la grabación de la sesión incorporada al Diario de Sesiones. VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión, obteniéndose el siguiente resultado: Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 36
  • 37. VOTOS A FAVOR: 15 (PP) VOTOS EN CONTRA: 0 ABSTENCIONES: 12 (PSOE, IU-LV y UPyD) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, aprueba la Propuesta de Acuerdo en sus propios términos. 9/33.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA, EN RELACIÓN A LA ADAPTACIÓN URGENTE DE LA ESTACIÓN DE CERCANÍAS DE SAN JOSÉ DE VALDERAS PARA LAS PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. *Dada cuenta de la siguiente MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA “La estación de cercanías de San José de Valderas, viene siendo desde su inauguración un centro importante de comunicación con los municipios que pertenecen a la línea C-5, que se ha visto potenciado en los últimos años con la interconexión de la línea C-5, la red de Metrosur y Metro. Este hecho unido al aumento de población en todas las ciudades por donde la línea C-5 pasa, origina que haya aumentado mucho el número de viajeros que utilizan esta estación, y en consecuencia, el número potencial de viajeros con alguna discapacidad ha aumentado igualmente. Dicha estación, dentro del plan de remodelaciones de las estaciones de la línea C-5, no fue tenida en cuenta a la hora de realizar mejoras de cara a facilitar la movilidad de las personas con alguna discapacidad, cuestión que sí fue atendida en estaciones de la misma línea, donde se mejoraron los accesos a los andenes con ascensores y rampas. Según las informaciones dadas por el Defensor del Discapacitado de Alcorcón, se han producido varios contactos y conversaciones a lo largo del tiempo con representantes tanto del Ministerio de Fomento, como de ADIF. En todos estos contactos se ha reconocido la necesidad de remodelar la actual estación de cercanías de San José de Valderas, pero hasta la fecha no se ven actuaciones ni parece que estén previstas en el corto plazo. Conscientes de que los poderes y los cargos públicos deben velar siempre porque los viales y las terminales de transportes estén totalmente adaptadas a las normas que facilitan la movilidad de los ciudadanos, es por lo que este Grupo Municipal de Unión Progreso y Democracia, eleva a este Pleno para su adopción los siguientes: ACUERDOS PRIMERO: Instar al Ministerio de Fomento y ADIF a acometer lo antes posible la remodelación de la actual estación de Cercanías de San José de Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 37
  • 38. Valderas, para evitar que dicha estación siga sin cumplir la normativa sobre movilidad de los ciudadanos. SEGUNDO: En caso de que el actual recorte presupuestario del gobierno central impida comenzar esta fase de las obras a lo largo del presente año, y acabarla a finales del 2012, exigir la instalación de elementos y sistemas que de forma provisional, salven las barreras arquitectónicas y que los técnicos acuerden como adecuadas, para solventar cuanto antes la situación actual y hasta la remodelación completa de la citada estación. TERCERO: Realizar a través de las Concejalías correspondientes un seguimiento de la situación, estableciendo junto con el Ministerio de Fomento un calendario de plazos con la premisa de dar prioridad a la remodelación de la actual estación de cercanías de San José de Valderas y con el fin de solucionar definitivamente este grave problema. CUARTO: Trasladar estos acuerdos al Ministerio de Fomento y al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF). Alcorcón, a 20 de febrero de 2012. EL PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA, Fdo.: Jesús Gamonal López”. INTERVENCIONES EN EL PLENO *Abierta la deliberación intervienen en primer y segundo turno D. Jesús Gamonal López, D. Juan Carlos Martínez Agüera, D. Francisco Siles Tello, Sr. Alcalde-Presidente y D. Oscar Romera Jiménez, en los términos que resultan de la grabación de la sesión incorporada al Diario de Sesiones. VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 27 (PP, PSOE, IU-LV y UPD) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los asistentes, aprueba la Moción de referencia transcrita en el presente acuerdo. 10/34.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA, PARA LA ADECUACIÓN A LA NORMATIVA VIGENTE DE LOS PASOS ELEVADOS REDUCTORES DE VELOCIDAD (BADENES) Y BANDAS TRANSVERSALES DE LAS CALLES DE LA CIUDAD DE ALCORCÓN. Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 38
  • 39. *Dada cuenta de la siguiente MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA “El Real Decreto 1428/2003 aprobó la reforma del Reglamento de Circulación, por el que se pasaba a establecer, en su artículo 5.2 que: “No se considerarán obstáculos en la calzada los resaltos en los pasos para peatones y bandas transversales, siempre que cumplan la regulación básica establecida al efecto por el Ministerio de Fomento y se garantice la seguridad vial de los usuarios y, en particular, de los ciclistas.” Dado que a fecha 2.003 no existía regulación alguna por parte del Ministerio de Fomento, las corporaciones locales se lanzaron a la instalación, en gran parte de los municipios de España, de todo tipo de pasos para peatones y bandas transversales con diferentes criterios y no poca improvisación. A finales de septiembre de 2008, mediante la Orden FOM/3053/2008 del Ministerio de Fomento, por fin, aprueba la “Instrucción Técnica para la instalación de reductores de velocidad y bandas transversales de alerta en carreteras de la Red de Carreteras del Estado” que obliga a cumplir una serie de requisitos adaptados a la normativa europea en esta materia. Aunque el título pueda inducir a creer, erróneamente, que su ámbito de aplicación se refiere exclusivamente a la red viaria competencia del Estado, el Art. 1 del mencionado Real Decreto 1428/2003, norma de rango superior a cualquier otra de ámbito municipal, deja muy claro que “Los preceptos de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, los de este Reglamento y los de las demás disposiciones que la desarrollen serán aplicables en todo el territorio nacional y obligarán a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud, sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.” El plazo para adecuar lo ya existente a la nueva normativa finalizó hace más un año (octubre 2010) sin que, no sólo no se adecuaran en nuestro municipio a la normativa estatal en dicho plazo, si no que los que se fueron instalando durante dicho período y hasta hoy, tampoco la cumplen. Conviene resaltar que a partir de la citada fecha, todos los badenes o resaltos que no se ajusten a lo aprobado, tendrían la consideración de “obstáculos en la calzada” (Art. 5.2 RD 1428/2003), por lo que estarían prohibidos y se podría iniciar un procedimiento de denuncia contra el titular de la vía. Algunos Ayuntamientos están empezando a tener sentencias desfavorables por denuncias tras un accidente, lo cual es lamentable e inadmisible para una administración de debe velar por la seguridad de los ciudadanos. Para no extendernos demasiado, citaremos al Fiscal de Seguridad Vial de Sevilla, que tras un exhaustivo informe de la Guardia Civil, concluye que, en su provincia, la mayoría de los reductores de velocidad son ilegales y conmina a las diferentes administraciones a cambiarlos o retirarlos, bajo Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 39
  • 40. posible aplicación del Art. 382.1 del Código Penal, que conlleva, incluso, penas de cárcel para los responsables. En Alcorcón, el Grupo Municipal de UPyD ha comprobado, tanto por quejas de los vecinos como por su propia acción de calle mediante un muestreo, que en las vías y pasos de peatones existen reductores de velocidad y bandas transversales “fuera de normativa” en lo que se refiere a su altura, a la pendiente de entrada y salida, pintura antideslizante, señalización o achique de aguas, sólo por poner algunos ejemplos. Nos preocupa que sean especialmente peligrosos para las personas, es decir, peatones, ciclistas (cruces de calles de los carriles-bici) o motoristas y demasiado agresivos y onerosos tanto para los vehículos privados como para los servicios y transportes públicos. En este sentido se han manifestado las asociaciones de automovilistas y de autoescuelas de nuestro país, y aquellos colectivos consultados por este Grupo Municipal, como son los Bomberos, Protección Civil y servicios de Ambulancias de la Comunidad de Madrid entre otros, nos informan del peligro intrínseco que suponen por desestabilizar los vehículos, deslumbramientos, causar lesiones cervicales a sus ocupantes, el transporte de enfermos graves en ambulancias, la tardanza en atender urgencias hospitalarias y cualquier otro tipo. Tampoco debemos olvidar los daños gratuitos a los vehículos que circulan a la velocidad adecuada y permitida, así como el excesivo coste de su reparación y mantenimiento durante la vida útil de los vehículos. Sin perder de vista el daño al medio ambiente que tiene el excesivo uso del freno ya que algunos compuestos de dichos dispositivos mecánicos son cancerígenos, como por ejemplo, el amianto, y las emisiones de gases de las posteriores aceleraciones. Por estas razones, y otras que en honor la necesaria brevedad y concisión no se indican, este Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia somete a la aprobación de este Pleno el siguiente ACUERDO: 1) La realización de un informe por parte de los Servicios Técnicos municipales sobre el cumplimiento de las especificaciones técnicas y legales de reductores de velocidad y bandas transversales de todas las calles del municipio. 2) La adecuación a la normativa vigente de aquellas que en el mencionado estudio se encuentren en una situación ilegal. 3) El establecimiento de unos criterios objetivos y de conocimiento público sobre la elección de la ubicación, modelos, prioridades, etc. de los reductores de velocidad y bandas transversales que se coloquen en el futuro. 4) La tramitación de la modificación presupuestaria necesaria, minorando aquellas partidas presupuestaria menos prioritarias para la seguridad y bienestar de los ciudadanos, con el fin de habilitar los créditos Pleno Ordinario 27 Febrero 2012 Página 40