3. Personero
El personero estudiantil, debe ser un
estudiante que curse el último grado de un
establecimiento de educacion básica o de
educación media, tiene como funciones
entre otras:
a) Promover el cumplimiento de los
derechos y deberes de los estudiantes,
para lo cual podrá utilizar los medios de
comunicación interna del establecimiento,
pedir la colaboración del consejo de
estudiantes, organizar foros u otras
formas de deliberación;
4. Funciones Del Un Personero Estudiantil
A. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los
estudiantes como miembros de la comunidad educativa.
B. Presentar ante el rector del establecimiento educativo las solicitudes
que considere necesarias para proteger los derechos de los
estudiantes y facilitar el cumplimiento de los deberes.
C. Promover y velar porque el estudiante actué con libertad y respeto de
conciencia.
D. Permanente defensa de los intereses de los estudiantes.
E. Estar atento al cumplimiento del manual de convivencia.
F. Asesorar con criterio serio al estudiante que sea sancionado, para que
interponga los recursos ante las autoridades del plantel educativo.
5. G. Instruir debidamente a los estudiantes que manifiesten la intensión de
formular alguna petición o queja.
H. Promover ante las autoridades que conforman el gobierno escolar, lo que
estime conveniente para la mejora y prosperidad del plantel educativo.
I. Estar atento al correcto funcionamiento y desarrollo de las actividades que
deben cumplir las autoridades del gobierno escolar.
J. Velar y promover por el correcto funcionamiento de la participación de la
comunidad educativa, en las diferentes elecciones y actividades que se
desarrollen en el establecimiento educativo.
K. Denunciar ante las autoridades competentes hechos que puedan ser
constitutivos de violaciones a la ley.
L. Intervenir como conciliador entre directivos, profesores y estudiantes cando
se presente algún conflicto, agotando siempre el conducto regular en
procura de concretar soluciones adecuadas
6. Contralor Estudiantil
Contribuir en la creación de una cultura de control social, del
cuidado y buen uso del manejo de los recursos y bienes de
su institución a través de las actividades formativas y/o
lúdicas. Con el apoyo de la institución y de la contraloría
departamental.
Promover los derechos ciudadanos relacionados con los
principios de participación ciudadana y el ejercicio del
control social en su institución con el apoyo de la
Contraloría Departamental.
Velar por el mejoramiento de la calidad educativa.
Promover la enseñanza, educación y el respeto por los
derechos humanos dentro y fuera de la institución
educativa.
7. Preservar en la institución educativa y fuera de ella un
ambiente sano y libre de contaminación, así como la
preservación de los recursos naturales.
Presentar a la Contraloría Departamental las denuncias
relacionadas con las presuntas irregularidades detectadas,
con relación al uso de los recursos y bienes de las
instituciones educativas a la que pertenecen.
Solicitar las actas de Consejo Directivo para poder hacer
seguimiento a las acciones que se tomen sobre el uso de
los bienes y recursos de la institución.
Convocar trimestralmente y presidir las reuniones del
Comité Estudiantil de Control Social.
Presentar uan rendición de cuentas semestralmente, sobre
sus actuaciones en ejercicio de sus funciones.