2. Radiación
Consiste en la propagación de energía en
forma de ondas electromagnéticas o partículas
subatómicas a través del vacío o de un medio
material
4. Radiación no Ionizante
toda energía en forma de ondas que se
propagan a través del espacio. Constituyen
la parte del espectro electromagnético cuya
energía fotogénica es demasiado débil para
romper enlaces atómicos sus efectos
biológicos
se
producen
por
otros
mecanismos
Es
6.
Entre mas corta sea la longitud de la onda mayor
probabilidad de penetración posee
7. Es una radiación electromagnética, cuyo
rango
empieza desde longitudes de onda más cortas de lo
que los humanos identificamos como el color violeta.
Esta radiación puede ser producida por los rayos
solares y produce varios efectos en la salud.
8. Fuentes de Generación
Exposición
solar
Lámparas germicidas
Lámparas de fototerapia
Lámparas solares UV – A
Arcos de soldadura y corte
Fotocopiadoras
9. CLASIFICACIÓN DE LA RUV
UVC 100-280nm
UVB 280-315nm
UVA 315-400nm
• (L.O.C.L.S) : Es
absorbida por la
atmósfera. Por ello
sólo procede de
fuentes artificiales
tales
como
lámparas
que
emiten su energía
regularmente
a
una sola longitud
de onda de 254
nm que es muy
eficaz para matar
bacterias y virus
sobre
una
superificie o en el
aire
• Es
la
más
perjudicial para la
piel y los ojos,
aunque la mayor
parte de
esta
energía
es
absorbida por la
atmósfera produce
quemaduras
solares.
• (L.O.L.L.S)
Se
encuentra
normalmente en la
mayoría de las
lámparas. Es la
RUV más intensa
que llega a la
tierra.
Aunque
puede penetrar el
tejido no es tan
perjudicial
biológicamente
como la UVB.
10. Efectos Biológicos
Se limitan a la piel y los ojos, y van a depender de la longitud de
onda de la radiación y el grado de pigmentación de la piel de la
persona expuesta.
Lesiones de piel
Lesiones en ojos
-Oscurecimiento
-Enrojecimiento
-Eritema
(inflamación)
-Quemaduras
-Pigmentación
retardada
-Interferencia en el
crecimiento celular
-Fotoqueralitis
(Daño
de
la
cornea por R-Uv)
-Conjuntivitis
11. Exposición Laboral
Bronceado cosmético: El uso habitual de camas solares, que permiten
el bronceado mediante lámparas especiales que emiten Radiaciones
ultravioletas
Alumbrado general: Las lámparas fluorescentes son de uso habitual
tanto doméstico cómo en los lugares de trabajos, éstas emiten pequeñas
cantidades de Radiación ultravioleta, por lo tanto el nivel de exposición
en baja Exposición laboral
Soldadura industrial: La protección de la piel y ojos es obligatoria.
Lámpara de luz negra: Se utilizan para pruebas no destructivas con
polvos fluorescentes para la autentificación de billetes de bancos y
documentos y para efectos especiales de publicidad discotecas
Lámpara de Radiación Ultravioleta industriales: actúan en procesos
industriales y comerciales
12. Medidas de control técnico
Diseño adecuado de la instalaciones
Encerramiento (cabinas o cortinas)
Apantallamiento (pantallas que reflejen o reduzcan la
transmisión)
Aumento de la distancia (la intensidad disminuye inversamente
proporcional al cuadrado de la distancia)
Recubrimiento anti reflejante en las paredes.
Ventilación adecuada
Señalización
Limitación del tiempo de exposición.
Limitación del acceso de personas
MEDICIÓN: Se efectúa con un espectro radiómetro
13. Medidas de protección personal
Mascaras
de protección para el rostro
Uso de cremas protectoras que absorban o
reflejen la radiación
Ropa protectora
Gafas de protección con filtro UV
14. REQUISITOS LEGALES
DECRETO
1832 DEL 03 DE AGOSTO DE 1994 .Tabla
de Enfermedades Profesionales
LEY
2400 DE 1979 ARTICULO 114: Todo trabajador
sometido a radiaciones ultravioletas en cantidad nociva
será especialmente instruido, en forma repetida, verbal y
escrita de los riesgos a que está expuesto y medios
apropiados de protección. Se prohíben estos trabajos a
las Mujeres menores de veintiún (21) años y a los
varones menores de dieciocho (18) años
15. Microondas
Son ondas largas que se utilizan como fuentes de
calentamiento y están asociadas, por ejemplo, con
hornos de microondas, secadores para productos
alimenticios envasados en papel, y maderas
terciadas, la pasteurización, cerámica.
16. Fuentes de generación
Hornos microondas
Equipos de MO y de pasteurización.
Secadores de productos alimenticios.
Efectos Biológicos:
El efecto principal es el aumento de la temperatura corporal.
El riesgo principal de la energía de las microondas está
asociado con los efectos térmicos que se producen en los
tejidos expuestos del cuerpo.
17. Infrarrojo
Es un tipo de radiación electromagnética y térmica, de
mayor longitud de onda que la luz visible, pero menor
que la de las microondas. Los infrarrojos se utilizan en
los equipos de visión nocturna cuando la cantidad de
luz visible es insuficiente para ver los objetos
18. Las fuentes que suelen encontrarse son cuerpos
calientes o incandescentes que producen un amplio
espectro continuo de radiación IR.
Exposición solar
Cuerpos incandescentes
Superficies muy calientes
Llamas
Lámparas incandescentes
Lámparas fluorescentes.
19. Actividades o profesiones
afectadas
Las radiaciones infrarrojas se encuentran en
algunas exposiciones como, por ejemplo,
la soldadura al oxiacetileno y eléctrica, la
operación de hornos eléctricos, de cúpula y la
colada de metal fundido, el soplado de vidrio, etc
20. Efectos biológicos
La radiación infrarroja debido a su bajo nivel energético
no reacciona con la materia viva produciendo sólo
efectos de tipo térmico. Las lesiones que pueden
producir aparecen en la piel y los ojos.
La exposición a radiación puede causar quemaduras y
aumentar la pigmentación de la piel. Los ojos están
dotados de mecanismos que los protegen, pero pueden
producir eritemas, lesiones cornéales y quemaduras
21. RESOLUCIÓN 2400 DE 1979
Art
115: En los lugares de trabajo en que
exista exposición intensa de radiaciones
infrarrojas se instalarán, tan cerca de la
fuente
de
origen
como
sea
posible, pantallas absorbentes, cortinas de
agua u otros dispositivos apropiados para
neutralizar o disminuir el riesgo.
22. RESOLUCIÓN 2400 DE 1979
Art.
111 : . En los trabajos de soldaduras u
otros que conlleven el riesgo de emisión de
radiaciones
ultravioletas
en
cantidad
nociva, se tomarán las precauciones
necesarias para evitar la difusión de dichas
radiaciones
o
disminuir
su
producción, mediante la colocación de
pantallas alrededor del punto de origen o
entre este y los puestos de trabajo. Siempre
deberá limitarse al mínimo la superficie sobre
la que incidan estas radiaciones.
23. Art
112: Como complemento de la
protección colectiva se dotará a los
trabajadores expuestos a radiaciones
ultravioletas, de gafas o máscaras
protectoras con cristales coloreados, para
absorber las radiaciones o guantes o
manguitos apropiados y cremas aislantes
para las partes que queden al descubierto.
24. Art
113: Las operaciones de soldadura por
arco eléctrico se efectuarán siempre que sea
posible, en compartimentos o cabinas
individuales y si ello no es factible se
colocarán pantallas protectoras móviles o
cortinas incombustibles alrededor de cada
lugar de trabajo. Los compartimentos
deberán tener paredes interiores que no
reflejen las radiaciones y pintadas siempre de
colores claros.
25. Art
114: Todo trabajador sometido a
radiaciones ultravioletas en cantidad nociva
será especialmente instruido, en forma
repetida, verbal y escrita de los riesgos a que
está expuesto y medios apropiados de
protección. Se prohíben estos trabajos a las
Mujeres menores de veintiún (21) años y a los
varones menores de dieciocho (18) años.