3. La firma electrónica es un concepto jurídico, equivalente electrónico al de la firma
manuscrita, donde una persona acepta el contenido de un mensaje electrónico a través
de cualquier medio electrónico válido
4. EJEMPLOS
• Usando una firma biométrica.
• Firma con un lápiz electrónico al usar una tarjeta de crédito o débito en una tienda.
• Marcando una casilla en una computadora, a máquina o aplicada con el ratón o con
el dedo en una pantalla táctil.
• Usando una firma digital.
• Usando usuario y contraseña.
• Usando una tarjeta de coordenadas.
5. • La firma electrónica son unos datos electrónicos que acompañan la
información (también en formato electrónico) e identifican al firmante. Este
tipo de firma persigue el mismo objetivo que la firma manuscrita: dar fe de
un acto de voluntad del firmante e identificarle, sin tener en cuenta, eso sí,,el
grado de seguridad con el que se puede decir a posteriori que el firmante ha
firmado algo. Así puede ser firma electrónica un garabato pintado con el
ratón, una contraseña (o frase) escrita y no cifrada en un e-mail, un JPG con
la imagen del trazado de la firma manuscrita, etc. También puede ser firma
electrónica
6.
7. LEYES QUE LE CONTEMPLAN
• Según la Ley 59/2003, de firma electrónica, en España, la firma
electrónica es el conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto
a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de
identificación del firmante.
• Según la Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de
13 de diciembre de 1999, por la que se establece un marco comunitario para
la firma electrónica, la firma electrónica son los datos en forma electrónica
anexos a otros datos electrónicos o asociados de manera lógica con ellos,
utilizados como medio de autenticación