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INTRODUCCIÓN 
Dando cumplimiento a la Constitución Nacional y a los artículos 13, 14 y 87 de la Ley General 115 de febrero de 1994, al Decreto 1860, a la Ley 1098 de 2006 ó Código de la infancia y la adolescencia, las sentencias de la Corte Constitucional Colombiana, el Estatuto Docente, la ley 1620 del 15 de marzo de 2013, el decreto reglamentario 1965 del 11 de septiembre de 2013 y la directiva ministerial 16 del 12 de junio de 2013, la comunidad educativa de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA GONZALO JIMÉNEZ DE QUESADA de San Sebastián de Mariquita, acuerda establecer unas pautas de convivencia, que permitan adoptar un comportamiento que refleje los principios académicos, disciplinarios, morales y espirituales, cimentados en los valores humanos y que hagan posible una sana estadía en la institución. 
El Pacto de Convivencia es el conjunto de deberes, derechos y compromisos para el normal desarrollo social del establecimiento, que regula las relaciones de todos los estamentos educativos de la Institución. Visto desde esta perspectiva, será una alianza de solidaridad, reciprocidad y reconocimientos de la diversidad al interior de la institución. 
Es el medio para formar y establecer criterios de comportamiento en la persona, que conlleven a darle una buena imagen en la sociedad. Contiene los deberes, derechos, estímulos y correctivos que aprobados por toda la comunidad educativa, se conviertan en el horizonte hacia el cual deben converger las acciones formativas plasmadas en el Proyecto Educativo Institucional. 
El Pacto de Convivencia estará sujeto a los ajustes necesarios cuando las circunstancias o posibles situaciones lo requieran. Los integrantes de la familia jimenista deberán acogerse a él en su totalidad, como una muestra de acuerdo con los principios y preceptos que rigen la institución.
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IDENTIFICACIÓN 
PACTO DE CONVIVENCIA 
Nombre o razón social: 
INSTITUCIÓN EDUCATIVA GONZALO JIMENEZ DE QUESADA 
Registro del Dane: 173443001206 173443000315 
Registro educativo: 122329 
Número de Identificación tributaria (NIT): 809004527 – 2 
Resolución de implementación de la básica secundaria: La Implementación de la básica secundaria se hace mediante resolución N° 1072 de noviembre 4 de 1999 
Resolución de reconocimiento de estudios: Mediante resolución N° 1888 del 13 de noviembre de 2008 y resolución 05076 del 24 de octubre de 2013 se reconocen oficialmente los estudios cursados en el establecimiento denominado Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada del municipio de Mariquita de esta entidad territorial. 
Resolución de fusión: la resolución 2537 de mayo de 2007 emanada por la secretaria de educación departamental, resuelve: integrar a la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, el centro educativo pueblo nuevo con las siguientes sedes educativas, Pueblo Nuevo, San Vicente, La Mesa, El Pedregal, San Andrés, Flor Azul, Las Lomas, Quebrada Honda, Borde Medina, y Mal Paso alto. 
Dirección: Calle 3 N° 2 -09 Barrio Centro. San Sebastián de Mariquita. 
Teléfono: (098) 252 2052 
Fax: (098) 252 3829 
E mail: gonzalojimenezdqm@hotmail.com 
Página Web: www.iegonzalojimenezdequesada.edu.co 
Sede Santa Lucia: Calle 11 Nº 1- 24 Teléfono: 2524806
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REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL 
INSTITUCIÓN EDUCATIVA GONZALO JIMENEZ DE QUESADA 
ACUERDO No. 04 del 05 de AGOSTO de 2013 
Por el cual se adopta y aprueba el pacto de convivencia de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA GONZALO JIMÉNEZ DE QUESADA para sus SEDES RURALES Y URBANAS JORNADAS MAÑANA Y TARDE. 
Los suscritos miembros del CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA GONZALO JIMÉNEZ DE QUESADA en uso de sus atribuciones legales y particularmente de las que le confiere la ley 115 y el decreto 1860 de 1994. 
CONSIDERANDO. 
1. Que la ley general de Educación en los artículos 73 y 87 establece la obligatoriedad que tienen los establecimientos Educativos de tener un reglamento o pacto de convivencia en el cual se definan los derechos y obligaciones de su comunidad educativa. 
2. Que el reglamento o pacto de convivencia debe tener una definición de los derechos y deberes de los alumnos y sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad Educativa. 
3. Que es función de los consejos Directivos de toda Institución asignar y adoptar el reglamento o pacto de convivencia de conformidad con las normas vigentes (art. 23 Decreto 1860 de 1994) 
4. Que en la Institución se desarrolló una amplia consulta con los diferentes estamentos de la comunidad educativa sobre el proyecto y ventajas del pacto de convivencia. 
5. El pacto de convivencia debe contener una definición de los deberes y derechos y sus relaciones con los demás estamentos y los aspectos contemplados en el artículo 17 del decreto 1860/94. 
ACUERDA. 
1. Adoptar como reglamento de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA GONZALO JIMÉNEZ DE QUESADA Municipio de SAN SEBASTIÁN DE MARIQUITA en las jornadas de mañana, tarde y sede rurales el siguiente PACTO DE CONVIVENCIA. 
2. Convocar a todos y cada uno de los integrantes de la Comunidad Educativa para que cumplan y hagan cumplir este reglamento aprobado por el siguiente acto administrativo. 
3. Ordenar la correspondiente publicación del texto y su divulgación para todos los miembros de la comunidad educativa.
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4. Comunicar a las autoridades Educativas sobre el acuerdo y el texto completo del siguiente pacto de convivencia aprobado. 
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. 
Dado en San Sebastián de Mariquita a los 05 días del mes de Agosto del 2013. 
CONSEJO DIRECTIVO. 
ALVARO VALERO MELO FABER OBANDO 
Rector Rep. Profesores Primaria 
SONIA RAMIREZ YADIRA ADARRAGA 
Rep. Profesores Secundaria Rep. Asoc. Padres de Flia. 
MARTÍN TRUJILLO PATRICIA HENADO 
Rep. Sector Productivo Rep. Consejo de Padres 
DIANA YICELLY SERRATO LINA MARIA MENDEZ 
Rep. Exalumnos Rep. Estudiantes
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SIMBOLOS DE LA INSTITUCIÓN 
La Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada cuenta con tres (3) símbolos representativos en los que plasma su esencia de formación, ciencia y cultura. 
BANDERA 
Formada por dos franjas horizontales de 50 cm de ancho por 180 cm de largo y cuyos colores son verde y blanco, el verde en la parte superior. 
El verde representa la riqueza ecológica de la región entendido en ella las montañas, ríos, riachuelos, cultivos y climas. 
El blanco por su parte representa el sentido de la solidaridad, la paz y la tolerancia. 
ESCUDO 
Formado por un águila tomada como símbolo de libertad sostenido en sus garras dos mangostinos, fruta típica de la región, siendo este uno de los elementos que ha hecho conocer a San Sebastián de Mariquita a lo largo del territorio Nacional. 
HIMNO 
Luego de transcurrir 68 años de existencia de esta institución, el primero de diciembre de 2003 se puso en consideración del consejo de docentes las propuestas presentadas para la adopción del Himno siendo aprobado por unanimidad el trabajo en letra y música presentado por los docentes ALEXIS URREA Y JAIME ENRIQUE OSORIO quienes expresaron en un coro y seis estrofas la historia, tradición y labor que se cumple en la institución.
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HIMNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 
GONZALO JIMENEZ DE QUESADA 
I 
Entonemos alegres un himno 
Venerando nuestra institución 
De cultura fiel hogar sublime 
Templo insigne de la educación 
II 
Eres, fruto reflejo y esencia 
De la noble e incansable labor 
Y en tu nombre llevas por herencia 
El recuerdo de un conquistador. 
CORO 
Orgulloso de ser Jimenista 
Hoy me siento con todo fervor 
Del futuro soy muy optimista 
Por ti siento gratitud y amor. 
III 
Cual sendero de luz prodigiosa, 
Veo tus aulas al a ti llegar; 
Pues la ciencia es virtud majestuosa, 
De la noble misión de orientar. 
IV 
Te rodean bellezas naturales, 
Convirtiéndote en su corazón, 
Y con brisas que cual azahares, 
Te acompañan con una canción. 
V 
Del oeste una cruz es testigo 
De la ardua y constante misión: 
De las luchas desdenes y prisas, 
Y de Dios esa gran bendición. 
VI 
Nuestras voces unidas por siempre, 
A esos campos le rinden honor, 
Jimenistas fieles y constantes, 
Sembraremos semillas de amor. 
Letra Alexis Urrea 
Música. Jaime Enrique Osorio 
MISIÓN 
La Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada forma personas con fundamentos éticos, morales y afectivos; competentes académica y laboralmente, para que contribuyan exitosamente al desarrollo sostenible de la sociedad colombiana frente a los retos impuestos por la globalización. 
VISIÓN 
Al año 2015 la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada será líder en el desarrollo de procesos educativos innovadores y de calidad, atendiendo a las necesidades y expectativas de la comunidad, a través de un proyecto educativo institucional que forme integralmente jóvenes competentes y socialmente comprometidos, proyectándonos a obtener la certificación de calidad.
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METAS DE CALIDAD 
 Atender la demanda del servicio educativo al 100% de la capacidad instalada, a junio de 2014 
 A diciembre de 2014, mantener la permanencia del 90% de los estudiantes matriculados en la institución educativa. 
 Propender por alcanzar la promoción del 90% de los estudiantes, a noviembre de 2014 
 Mantener la Categoría Alto en las Pruebas SABER 11, a noviembre de 2014 y propender por el nivel superior. 
FILOSOFIA 
El fundamento filosófico de la institución se basa en la pedagogía constructivista que le permiten al educando la interacción con la realidad, mediante conocimientos nuevos e ideas previas. Su fin primordial es ofrecer una formación centrada en el desarrollo integral, en la interiorización de principios, práctica de valores, participación en las decisiones de la comunidad, sentido de identidad y pertenencia y el mejoramiento de su calidad de vida. 
VALORES INSTITUCIONALES 
RESPONSABILIDAD 
(1er periodo) 
¿Por qué es un valor la responsabilidad? Porque gracias a ella, podemos convivir pacíficamente en sociedad, ya sea en el plano familiar, amistoso, profesional o personal. 
Ser responsable es asumir las consecuencias de nuestras acciones y decisiones. Ser responsable también es tratar de que todos nuestros actos sean realizados de acuerdo con una noción de justicia y de cumplimiento del deber en todos los sentidos. La responsabilidad tiene un efecto directo en otro concepto fundamental: la confianza. Confiamos en aquellas personas que son responsables. Ponemos nuestra fe y lealtad en aquellos que de manera estable cumplen lo que han prometido. 
La responsabilidad es un signo de madurez, pues el cumplir una obligación de cualquier tipo no es generalmente algo agradable, pues implica esfuerzo. En el caso del plomero, tiene que tomarse la molestia de hacer bien su trabajo. El carpintero tiene que dejar de hacer aquella ocupación o gusto para ir a la casa de alguien a terminar un encargo laboral. El estudiante de hacer bien el trabajo o tarea encomendada. La responsabilidad puede parecer una carga, y el no cumplir con lo prometido origina consecuencias. 
RESPETO 
(2º periodo) 
Hablar de respeto es hablar de los demás. Es establecer hasta donde llegan mis posibilidades de hacer o no hacer, y dónde comienzan las posibilidades de los demás. El
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respeto es la base de toda convivencia en sociedad. Las leyes y reglamentos establecen las reglas básicas de lo que debemos respetar. 
Sin embargo, el respeto no es solo hacia las leyes o la actuación de las personas. También tiene que ver con la autoridad como sucede con los hijos y sus padres o los alumnos con sus maestros. El respeto también es una forma de reconocimiento, de aprecio y de valoración de las cualidades de los demás, ya sea por su conocimiento, experiencia o valor como personas. 
Aquí viene, entonces, también el concepto de Pluralidad, es decir, de las diferencias de ideas y posturas respecto de algún tema, o de la vida misma. La pluralidad enriquece en la medida en la que hay más elementos para formar una cultura. La pluralidad cultural nos permite adoptar costumbres y tradiciones de otros pueblos, y hacerlos nuestros. Sin embargo cuando la pluralidad entra en el terreno de las convicciones políticas, sociales y religiosas las cosas se ponen difíciles. 
Así es como llegamos al concepto de intolerancia, es decir el no tolerar. Fácilmente, ante alguien que no piensa, no actúa, no vive o no cree como nosotros podemos adoptar una actitud agresiva. Esta actitud, cuando es tomada en contra de nuestras ideas se percibe como un atropello a uno de nuestros valores fundamentales: la libertad. La intolerancia puede ser tan opresiva, que haga prácticamente imposible la convivencia humana. ¿Y nuestra propia tolerancia? 
HONESTIDAD 
(3er periodo) 
La Honestidad es una forma de vivir congruente entre lo que se piensa y la conducta que se observa hacia el prójimo, que junto a la justicia, exige en dar a cada quien lo que le es debido. 
Para ser Honesto hace falta ser sinceros en todo lo que decimos; fieles a las promesas hechas en el matrimonio, en la empresa o negocio en el que trabajamos y con las personas que participan de la misma labor; actuando justamente en el comercio y en las opiniones que damos respecto a los demás. Todos esperan de nosotros un comportamiento serio, correcto, justo, desinteresado, con espíritu de servicio, pues saben que siempre damos un poco más de lo esperado. 
En la convivencia diaria podemos vivir la honestidad con los demás, no causando daño a la opinión que en general se tiene de ellas, lo cual se puede dar cuando les atribuimos defectos que no tienen o juzgando con ligereza su actuar; si evitamos sacar provecho u obtener un beneficio a costa de sus debilidades o de su ignorancia; guardando como propio el secreto profesional de aquella información que es particularmente importante para la empresa en la que prestamos nuestros servicios, o de aquel asunto importante o delicado que nos ha confiado el paciente o cliente que ha pedido nuestra ayuda; evitando provocar discordia y malos entendidos entre las personas que conocemos; señalando con firmeza el grave error que se comete al hacer calumnias y difamaciones de quienes que no están presentes; devolviendo con oportunidad las cosas que no nos pertenecen y restituyendo todo aquello que de manera involuntaria o por descuido hayamos dañado.
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Si queremos ser Honestos, debemos empezar por enfrentar con valor nuestros defectos y buscando la manera más eficaz de superarlos, con acciones que nos lleven a mejorar todo aquello que afecta a nuestra persona y como consecuencia a nuestros semejantes, rectificando cada vez que nos equivocamos y cumpliendo con nuestro deber en las labores grandes y pequeñas sin hacer distinción. 
Las relaciones en un ambiente de confianza conducen a la mejora personal y ajena, pues si en todo momento se obra con rectitud, se aprende a vivir como hombre de bien. 
SOLIDARIDAD 
(4º periodo) 
Pensamos en la Solidaridad como una actitud que debemos asumir en emergencias y desastres, sin embargo, la Solidaridad es una característica de la sociabilidad que inclina al hombre a sentirse unido a sus semejantes y a la cooperación con ellos. 
Podemos manifestar esta unión y cooperación, cada vez que procuramos el bienestar de los demás, participando en iniciativas que nos impulsen a servirles, como puede ser la visita a los enfermos en un hospital, haciendo colectas de ropa y alimentos para los más necesitados, en un grupo que imparta educación en comunidades marginadas, colaborando en campañas de cuidado y limpieza de calles y áreas recreativas de la comunidad, en los momentos que auxiliamos a quienes son víctimas de alguna catástrofe, es decir, prestando nuestros servicios en la creación de mejores condiciones de vida. 
No podemos reducir el concepto de Solidaridad a un simple servicio extraordinario; el término "servicio", puede hacernos perder de vista otros aspectos de la Solidaridad: 
 En la empresa los dueños deben procurar pagar un salario justo a sus trabajadores, de tal manera que les alcance para cubrir las necesidades primordiales de su familia; también los trabajadores en la oficina, el taller, el hospital, deben preocuparse por ayudar a sus colegas a desempeñar mejor su labor, con consejos, orientaciones o simplemente enseñarlos a hacer aquello que más se les dificultad. 
 En el trabajo personal: poniendo alegría y empeño por hacerlo lo más perfectamente posible, pues garantiza el progreso de la empresa y por consiguiente el propio. 
 Los educadores actualizando continuamente sus conocimientos, al mismo tiempo que las técnicas de enseñanza, para garantizar un mejor aprendizaje y aprovechamiento de los alumnos, además de ver en cada educando a una persona en desarrollo y formación. 
 En el hogar: dando un trato justo a los empleados que conviven diariamente con nosotros y nos ayudan a tener una vida más agradable. 
 El respetar las normas de vialidad al ir conduciendo, para garantizar la seguridad de los peatones y automovilistas.
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 La solidaridad es la ayuda mutua que debe existir entre las personas, no porque se les conozca o sean nuestros amigos, simplemente porque todos tenemos el deber de ayudar al prójimo y el derecho a recibir la ayuda de nuestros semejantes. 
 Qué agradable es el momento en que un desconocido se ofrece a ayudarnos a cambiar el neumático averiado o levanta los objetos que han caído de nuestras manos, son pequeños detalles de Solidaridad: servir a los demás desinteresadamente, por el simple hecho de ser personas, porque han descubierto la fraternidad. 
 Debemos descubrir y comprender que en cada lugar de trabajo y de convivencia, las personas tienen algo interesante que aportar y que enseñarnos; si aprendemos a interesarnos por el bienestar de las personas estamos en condiciones de ayudarles y prestarles un mejor servicio. 
 Si queremos que algo mejore - el servicio de limpieza de las calles o la educación que reciben los hijos en la escuela, por ejemplo -, debemos decidirnos a tomar el problema en nuestras manos, tal vez el vecino tiene la misma inquietud, y sólo le hacía falta con quien empezar a trabajar, con sus medios y los nuestros... no esperemos que las cosas cambien por sí mismas. 
 Generalmente el bien común va planteando nuevas necesidades, consecuentemente la labor no termina, pero se crea un ciclo en el cual se va haciendo cada vez más efectiva la ayuda y participación de todos. En resumidas cuentas, para vivir la Solidaridad se requiere pensar en los demás como si fuera otro yo, pues no vivimos aislados y nuestros conciudadanos esperan que alguien se preocupe por el bienestar y seguridad de todos, tal vez de alguien como nosotros, como líderes emprendedores. 
CAPITULO PRIMERO 
LA INSTITUCION Y SUS ESTUDIANTES 
ARTÍCULO 1. Caracterización. La institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada es de carácter público, laico y mixto, aprobado legalmente por el Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría de Educación Departamental del Tolima. Mediante Resolución de Aprobación No. 0902 de1 28 de octubre de 2004, para impartir enseñanza formal en los niveles de educación: preescolar, básica en los ciclos de primaria, secundaria y media académica; en jornada diurna y calendario A. Posteriormente se llevó a cabo la fusión con las sedes rurales con la metodología de Escuela Nueva y Post Primaria. En la jornada nocturna la metodología Acrecer y los sábados la metodología Transformemos. 
Su domicilio principal está ubicado en la calle 3 2-09 barrio El Centro, del municipio de San Sebastián de Mariquita, departamento del Tolima; teléfono 252 20 52 y telefax 252 38 29. 
ARTÍCULO 2. Organigrama. El organigrama que a continuación se presenta, define el ordenamiento administrativo de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, con sus cuadros directivos, líneas jerárquicas de asesoría y coordinación:
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INSTITUCION EDUCATIVA GONZALO JIMENEZ DE QUESADA 
ORGANIGRAMA 
R E C T O R 
CONSEJO DIRECTIVO 
CONSEJO ACADEMICO 
COMITE CONVIVENCIA 
CONSEJO PADRES 
ASAMBLEA PADRES 
PADRES 
ASOCIACION PADRES 
CONS ESTUDIANTIL 
RESTAURANTE 
BIENESTAR ESTUDIANTIL 
DANZAS 
DEPORTES 
BANDA 
ADMINISTRATIVOS 
SECRETARIA 
SERVICIOS GENERALES 
CELADOR 
COORDINACIÓN 
CONVIVENCIA 
JEFES DE ÁREA 
PERSONERO 
DOCENTES 
SICO ORIENTADOR 
DIRECCIÓN DE GRADO 
ESTUDIANTES 
CONTRALOR 
ACADÉMICA 
JEFES PROYECTOS
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ARTÍCULO 3. Requisitos de admisión para estudiantes nuevos. Para ser admitido en la institución educativa Gonzalo Jiménez de Quesada se debe cumplir con los requisitos y procedimientos que a continuación se señalan: 
1. Haber aprobado el grado anterior y certificarlo debidamente 
2. Presentar copia del observador del estudiante del grado anterior aprobado 
3. Que exista la disponibilidad del cupo en la institución, la cual será determinada por el Rector del plantel bajo las directrices del Consejo Directivo. 
4. Para los niveles de preescolar y básica primaria, se tendrá en cuenta como criterio de admisión, la edad establecida en las normas legales vigentes. 
5. Adquirir el Formulario de solicitud de inscripción en la Secretaría de la institución. 
6. Entregar el formulario debidamente diligenciado y demás documentación requerida por la institución. 
7. Si procede de otra Institución y aparece registrado en SIMAT adjuntar la certificación de Traslado. 
8. Presentar los boletines de los periodos anteriores y notas parciales del periodo actual. 
ARTÍCULO 4. Renovación de matrícula y sus requisitos (Ley 115/94, art.96. La renovación de matrícula es el acto jurídico, mediante el cual el educando legaliza su permanencia en la Institución para cada período académico y para cada grado. 
La matrícula podrá renovarse en los siguientes eventos: 
1. Cuando el estudiante haya sido promovido al grado siguiente al término del período académico. 
2. Cuando a juicio del Consejo Académico teniendo en cuenta el SIEE Sistema Institucional de Evaluación del Estudiante sea promovido a un grado superior, dentro del mismo período académico. 
3. No haber perdido consecutivamente dos años en la institución 
4. Cuando repruebe el grado cursado de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de Decreto 1860 de 1994, el decreto 1290 de 2009, el SIEE y no tenga antecedentes disciplinarios o de convivencia, calificados como graves, según lo previsto en el presente pacto de convivencia. 
5. Estar a paz y salvo con la institución 
ARTÍCULO 5. Presentación Personal (Decreto 1860/94, art. 17, numerales 6 y 11; art. 57 y 58). Los estudiantes de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, deberán acatar las siguientes normas de presentación personal y acudir al plantel con uno de los uniformes que a continuación se señalan, dentro de los horarios y períodos establecidos en la institución. 
a. Portar el uniforme completo, según horario y/o recomendaciones de las directivas, sin accesorios, ni maquillaje. 
b. Uñas debidamente cortadas sin esmalte 
c. El cabello debidamente arreglado y con cortes normales
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1. Uniformes. 
Los estudiantes de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, deberán presentarse, según cada ocasión y evento, y de acuerdo con las indicaciones dadas por los encargados competentes, con uno de los siguientes uniformes según la descripción dada y aprobada por asamblea general de Padres de Familia el 13 de febrero de 2008 y el 5 de diciembre de 2012. 
Mujeres: Falda a cuadros rojos, prensada con pretina a la cintura y el largo 4 cm arriba de la rodilla, bolsillo al lado derecho, cremallera y botón al lado izquierdo. Camibuso blanco, entallado a la altura de los prenses por encima de la falda; con bordes rojo y azul en el cuello al igual que en los puños de la manga; con abertura a los lados; al lado izquierdo superior en letras bordadas de color azul se lee Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada San Sebastián de Mariquita. Zapatos negros con cordones negros y medias blancas. Usar únicamente prendas blancas debajo del camibuso. 
Hombres: Pantalón azul oscuro con bota de 18 cm de ancho. Camibuso blanco por encima del pantalón; con bordes rojo y azul en el cuello al igual que en los puños de la manga; con abertura a los lados; al lado izquierdo superior en letras bordadas de color azul se lee Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada San Sebastián de Mariquita. Zapatos negros con cordones negros y medias blancas. 
Educación Física: Tanto para hombres como para mujeres, consiste en sudadera color rojo con tres rayas a cada lado (dos blancas y una azul en medio) y bota de 18 cm de ancho, buso blanco con cuello “V” con bordes azul y rojo, de igual manera en el cuello como en la manga, y en el lado superior izquierdo lleva el escudo del colegio, tenis completamente blancos y medias blancas. Usar únicamente camiseta blanca debajo del uniforme. 
En el caso de las sedes rurales se dará flexibilidad en el uso del calzado. 
Las niñas pueden sostener el cabello con hebillas, balacas o moñas de color blanco, negro o rojo, acordes con los colores del uniforme y en tamaño moderado. 
Artículo 6. Horarios y los periodos lectivos (Decreto 1860/94, art. 57 y 58). Los horarios y el período lectivo por los que se rige la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, son los siguientes: 
1. En lo que tiene que ver con los períodos lectivos y la doble jornada, la institución se ajusta a lo establecido en los artículos 85 de la Ley 115 de 1994 y Decreto 1860 del mismo año o las normas que los modifiquen, en concordancia con las determinaciones que se establezcan en el Proyecto educativo Institucional y con las fechas límites de iniciación terminación de cada período que determine la Secretaría de Educación Departamental. 
2. En materia de horarios y asignación académica, la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada se rige de acuerdo con sus circunstancias particulares en donde anualmente se expide una resolución y un cronograma de actividades. 
Los estudiantes de secundaria jornada de la mañana deben ingresar al plantel 6:25 a. m. Las clases se iniciarán a las 6:30 a.m. hasta las 12:30 m. El horario corresponde a seis horas
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diarias de 55 minutos cada una, el cual podrá ser modificado cuando sea conveniente atendiendo lo establecido en la Secretaria de Educación Departamental. 
Los estudiantes de primaria jornada tarde, sede 1, “principal” su ingreso será a las 12:30 p.m., iniciando clases a 12:45 p. m hasta las 5:45 p. m. 
Para los estudiantes de primaria de la jornada mañana, sede 2 “Santa Lucia” su ingreso será a las 6:50 a.m., empezando las clases a las 7:00 a. m hasta las 12.00 m. En la jornada tarde en esta misma sede los estudiantes, ingresarán a las 12:30 p.m., iniciando las clases a las 12:45 p. m hasta las 5:45 p. m. 
El horario para el nivel preescolar en la jornada de la mañana es de 7:00 a.m. a 11:00 a.m. y en la tarde de 12:45 p.m. a 5:00 p.m. 
En las sedes rurales: sección primaria 7:30 a.m. a 12:30 p.m. y en pos primaria: 7:00 a.m. a 1:00 p.m. 
CAPITULO SEGUNDO 
DERECHOS, DEBERES, ESTIMULOS Y PROHIBICIONES 
Se definen los derechos como el conjunto de las leyes y disposiciones que determina las relaciones sociales desde el punto de vista de las personas y de la propiedad. 
Los deberes son el conjunto de obligaciones o compromisos que tienen las personas frente a los demás en cumplimiento de los principios éticos, morales y sociales o del derecho mismo de los otros. 
ARTÍCULO 7. Derechos del estudiante. Son derechos del alumno de la Institución Gonzalo Jiménez de Quesada, los cuales puede ejercer directamente o a través de sus padres, representantes legales o acudientes, los siguientes: 
1. Ser tratado con el respeto, la comprensión y la justicia que se debe prodigar a toda persona, especialmente menor de edad sin consideración a su etnia, sexo, religión, estrato socioeconómico, convicciones, situación académica o disciplinaria o cualquier otra condición suya, de sus padres o acudientes o representantes legales. 
2. Velar porque el quehacer escolar sea racional y pedagógico con objetivos claros y de carácter formativo; y que las evaluaciones sean continuas, cualitativas y no acumulativas, en función de la obtención de los logros propuestos. 
3. Expresar, discutir y examinar con toda libertad: doctrinas, opiniones o conocimientos, dentro del debido respeto a la opinión ajena y a la cátedra y mediante el procedimiento de reglas de debate y petición. 
4. Ser escuchado, en sus opiniones y objeciones sobre diferentes aspectos de la vida escolar. 
5. Participar del proceso de aprendizaje dentro de un ambiente moral, social y psicológico que garantice su formación integral en el SER, SABER Y SABER HACER. 
6. Presentar solicitudes respetuosas verbales o escritas, conservando el conducto regular: docente - docente director de grupo – coordinador – rector - consejo directivo y obtener respuestas oportunas. 
7. Utilizar los equipos, enseres y espacios de la institución.
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8. Ser respetado en sus bienes y pertenencias. 
9. Tener acceso a los diferentes servicios que la institución ofrece previo el cumplimiento de requisitos para cada uno de ellos. 
10. Recibir una formación integral en valores éticos, morales, intelectuales, físicos, estéticos, religiosos, sociales, laborales y ecológicos. 
11. Exigir que la institución cumpla con las actividades curriculares y extracurriculares ofrecidas y que se le permita presentar los trabajos, investigaciones o evaluaciones que se hicieren en su ausencia, siempre y cuando la justifique debidamente, a juicio de las directivas del plantel, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la misma. 
12. Conocer de manera oportuna el resultado y correcciones u observaciones a sus trabajos orales o escritos. 
13. Conocer los informes de su situación académica antes de ser consignados en los boletines periódicos y en el registro escolar de valoración, y solicitar que sean modificados los que no correspondan a la realidad por error, omisión o cualquier otra razón válida. 
14. Conocer y firmar el contenido de las observaciones registradas en el anecdotario, positivas y/o negativas así como a realizar los descargos necesarios para su debido proceso. 
15. Conocer con anterioridad el plan de estudios correspondiente a cada una de las áreas del grado que cursa. 
16. Participar de manera constante e integral en el proceso de evaluación para la superación de sus dificultades académicas de acuerdo con el SIEE sistema institucional de evaluación de los estudiantes. 
17. Representar la institución en todo tipo de eventos para los cuales sea elegido o seleccionado de acuerdo con las bases reglamentarias de cada uno de ellos. 
18. Recibir los primeros auxilios en caso de enfermedad o accidente e informar oportunamente a los padres de familia y/o acudiente. 
19. Obtener autorización para ausentarse del establecimiento en caso de fuerza mayor, siempre en compañía de sus padres y/o acudiente. 
20. Solicitar que se le expidan, constancias y certificaciones dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de solicitud. 
21. Elegir y ser elegido para integrar los organismos representativos de los estudiantes, dentro del establecimiento y en los términos de ley. 
22. Ser permanentemente estimulado a desarrollar su espíritu de investigación, sus capacidades y habilidades individuales y que las emplee en beneficio de la comunidad educativa. 
23. Recibir orientación acerca de los simulacros en prevención de riesgos y desastres. 
24. Que se le siga el debido proceso de acuerdo con el artículo 29 de la Constitución Nacional y a lo establecido en el Pacto de Convivencia 
25. Ser instruido permanentemente por la instancia correspondiente del plantel acerca de los contenidos de este manual y participar con propuestas para los ajustes. 
26. Ser informado sobre las modificaciones en horarios, asistencia a clases y toda otra que sea necesario conocer para su buen desempeño académico y de convivencia (disciplinario). 
27. Concertar el encuadre pedagógico con el docente del área. 
28. Ser informado con anterioridad de la fecha de las evaluaciones 
ARTÍCULO 8º. Deberes del estudiante. Son deberes del estudiante de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, los siguientes:
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1. Conocer, respetar y asumir la filosofía de la institución, el pacto de convivencia. 
2. Respetar a docentes, compañeros y demás integrantes de la comunidad educativa dando un trato cortés a todas las personas, observando las normas de urbanidad y de civismo establecida. 
3. Identificarse como estudiante de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada demostrando sentido de pertenencia. 
4. Acatar la Constitución Política de Colombia, las disposiciones previstas en este pacto de convivencia y las circulares y orientaciones dadas por las distintas instancias del plantel. 
5. Presentarse puntualmente, aseado, con el uniforme que corresponda, completo y en buen estado, tanto a las actividades académicas como a las extra-académicas con carácter obligatorio, previstas por la Institución. 
6. Justificar la llegada tarde o inasistencia al establecimiento con el padre de familia y/o acudiente. 
7. Responsabilizarse de los libros, útiles y elementos personales que traigan al colegio. 
8. Colaborar con las actividades programadas por el plantel, integrándose a ellas según sus habilidades y aptitudes. 
9. Cultivar y vivenciar los valores del estudiante jimenista. 
10. Preservar, cuidar y mantener en buen estado la Institución, así como el material de enseñanza, enseres, equipos y dotación en general e instar a los demás miembros de la comunidad educativa en tal sentido. 
11. Proveerse oportunamente de los útiles y elementos solicitados por la Institución para el adecuado desarrollo de sus actividades, cumpliendo con las funciones asignadas por las autoridades competentes. 
12. Participar activamente de las clases, eventos, actos culturales, deportivos, religiosos y demás que programe la Institución. 
13. Alcanzar cada vez mayor rendimiento en cada una de las asignaturas que cursa y mantener un buen nivel académico. 
14. Justificar ante la coordinadora de convivencia la inasistencia a clases o a las actividades extracurriculares dentro de los cinco días siguientes. El padre de familia y/o acudiente lo hará personalmente. 
15. Llevar las informaciones o circulares enviadas por la institución a los padres de familia y/o acudientes. 
16. Comportarse adecuadamente dentro y fuera de la institución, según las indicaciones dadas en materia académica o de convivencia, de acuerdo con el decoro y la dignidad del estudiante de la institución. 
17. Representar dignamente a la institución en cualquier evento para el que sea elegido y comunicar oportunamente a quien corresponda toda conducta que conozca, contraria a los parámetros de este pacto, a las buenas costumbres, a la moral social o al orden jurídico establecido 
18. Respetar los símbolos patrios e institucionales y entonar con espíritu cívico los himnos. 
19. Cumplir las reglas para el uso de las salas de audiovisuales e informática, aulas de clase, la biblioteca escolar, unidades sanitarias, restaurante escolar, áreas destinadas para la recreación, descanso y deporte determinadas en el Proyecto Educativo Institucional. 
20. Responder por los daños causados a las instalaciones, enseres y equipos de la institución. 
21. Presentarse a la Coordinación o Rectoría cuando se requiera.
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22. Prepararse con responsabilidad para realizar las evaluaciones, actividades académicas y de superación, cumpliendo con las fechas establecidas. En caso de inasistencia justificada, concertar con el docente una nueva fecha. 
23. Respetar los horarios de clases, sin interrumpir a sus compañeros o a los otros grupos durante las mismas. 
24. Atender al timbre oportunamente, según lo amerite la situación. 
25. Cumplir actividades de aseo, cuando son requeridas por parte de los profesores, voceros del grado o consejo estudiantil. Los estudiantes de las dos jornadas deberán dejar el aula de clase en completo orden y aseo. 
26. No encubrir faltas individuales y colectivas como hurto, juegos de azar, consumo o distribución de bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas u otros estimulantes dentro y fuera de la institución. 
27. Abstenerse de portar y usar celulares, mp3, mp4, ipod y otros similares en el desarrollo de las actividades pedagógicas y culturales. 
28. Colaborar con el orden y aseo el salón de clase y demás dependencias de la institución hasta finalizar la jornada escolar. 
29. Los demás, que para los escolares determine el Ministerio de Educación Nacional, las Secretarías de Educación del departamento del Tolima y de San Sebastián de Mariquita o cualquier otra autoridad competente. 
30. Parquear las bicicletas en el lugar asignado. 
31. Representar única y exclusivamente a la institución en eventos culturales, científicos, recreativos, deportivos y otros. 
ARTÍCULO 9º. Estímulos para los estudiantes. La Institución educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, la Asociación de Padres de Familia, la Asociación de Egresados, o cualquier otro organismo, de acuerdo con su competencia y previa aprobación del consejo Directivo. Otorgarán incentivos a los estudiantes que se distingan por su rendimiento académico, espíritu investigativo, de cooperación, o que sobresalgan en certámenes deportivos, culturales o científicos, y por antigüedad o comportamiento, tales como: 
1. Izar el Pabellón Nacional, resaltando su rendimiento académico, disciplinario y otros méritos. 
2. Publicación o difusión de trabajos en el periódico, en las carteleras, en la emisora o en cualquier otro medio de comunicación que exista en la institución. 
3. Obtener trofeos, condecoraciones, menciones especiales y a representar el curso en izadas de bandera o en actos comunitarios, con notificación al padre de familia y anotación en el observador del estudiante. 
4. Medalla de honor "GONZALO JIMÉNEZ DE QUESADA" al estudiante de cada grado que haya sobresalido por su rendimiento académico. 
5. Reconocimiento especial a los estudiantes que hayan obtenido los mejores resultados en las pruebas SABER e ICFES. 
6. Premio de perseverancia: "MENCIÓN DE HONOR" que se otorgará en ceremonia de graduación a los estudiantes del grado once que han cursado sin interrupción todos sus estudios en la institución, desde su nivel preescolar. 
7. Mención de honor al estudiante que con limitaciones, espíritu de sacrificio y deseo de superación que haya logrado sus metas.
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8. Representar a la institución en todo tipo de certámenes o eventos de carácter: local, regional, nacional o internacional, con la ayuda económica de la institución, de la asociación de padres de Familia o de terceros. 
ARTÍCULO 10. Prohibiciones de los estudiantes. Se considera prohibición a toda falta o actitud negativa que atente contra la sana convivencia. 
ARTÍCULO 11. Faltas leves. A los estudiantes de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, les está prohibido realizar comportamientos equívocos que influyen en forma negativa en el desarrollo normal de las actividades de la Institución. 
Se consideran como faltas leves, las siguientes: 
1. Impuntualidad en la llegada a la institución, sin causa justificada. 
2. Entrar y salir del salón de clase, sin autorización. 
3. Masticar chicle, consumir bebidas y/o comestibles en clase, formaciones u otros actos de comunidad. 
4. Fomentar el desorden en el salón de clase o en cualquier dependencia de la institución. 
5. Uso incorrecto de mobiliario, almohadillas, tableros y marcadores. 
6. Arrojar papeles y basura entre compañeros, al piso, techo, ventiladores o cualquier otro lugar de la institución. 
7. Permanecer en el aula en las horas de descanso. 
8. Llegar tarde al salón en los cambios de clase, después del descanso y de otras actividades. 
9. Comprar elementos o comestibles en horas diferentes al descanso. 
10. Adquirir elementos o comestibles por las ventanas o murallas de la institución 
11. Dormir o no prestar atención a la clase. 
12. Desinterés por las actividades extra escolares programadas por la institución. 
13. Portar el uniforme no acorde a las especificaciones dadas en éste pacto, desordenado o que no corresponda con el horario establecido o la orientación indicada para el desarrollo de actividades académicas y extraescolares. 
14. Falta de aseo personal. 
15. Usar el teléfono celular u otro medio de comunicación en clase o durante el desarrollo de cualquier actividad pedagógica (izadas de bandera,..). 
16. No traer los útiles necesarios completos. 
17. Incumplir con las actividades de aseo, cuando son requeridas por parte de los profesores, voceros del grado o consejo estudiantil. 
18. No llevar las informaciones o circulares enviadas por la institución a los padres de familia. 
19. No atender al timbre oportunamente. 
20. Permanecer en la sala de profesores u otra área administrativa sin autorización. 
21. Usar cachuchas y otros accesorios, ajenos al uniforme estipulado. 
22. Arrojar, dañar, destruir y /o esconder los útiles de los compañeros. 
23. No presentarse a la Coordinación o Rectoría cuando se le indique hacerlo. 
24. Utilizar dentro del aula de clases elementos o materiales que no sean autorizados. 
25. Mal comportamiento en la tienda escolar, restaurante, sala de audiovisuales y demás dependencias de la institución. 
26. Hacer uso de bicicleta dentro de las instalaciones de la institución. 
27. Expresarse con silbatinas y abucheos dentro y fuera de la institución.
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28. Comercializar artículos y comestibles dentro de la institución, a menos que se trate de actividad comunitaria programada por las directivas o exista autorización expresa de las mismas. 
29. Utilización de juegos de azar (Cartas. Meca, dados ) dentro de la institución 
30. Faltarle al respeto a los compañeros con chanzas y acciones que conduzcan a la burla, atentando contra la integridad de la persona. 
ARTÍCULO 12. Faltas graves. A los estudiantes de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, les está prohibido realizar comportamientos equívocos que atentan contra la moral, la ética y las buenas costumbres, mostrando con ello, apatía hacia el cumplimiento de los pactos de convivencia y rebeldía por querer superarse integralmente. 
Se consideran faltas graves las siguientes: 
1. Incurrir en (3) faltas leves. 
2. Desacato a las disposiciones dadas por los docentes o directivos, siempre y cuando no vayan en detrimento de sus derechos 
3. Llevar a la institución, mirar o hacer circular dentro del mismo revistas, libros, folletos, pasquines, discos compactos o cualquier otro material de tipo pornográfico. 
4. Hacer uso indebido dentro del aula de clase, actos culturales y otros actos de comunidad, elementos tecnológicos como celulares, mp3, mp4, ipod, Tablet y otros. 
5. Usar prendas de vestir o accesorios diferentes del uniforme que corresponda (aretes, collares, cachuchas, balacas, manillas, maquillaje, uñas postizas, esmaltes de colores, piercing y otros). 
6. Apropiarse, esconder o tomar libros, cuadernos, útiles escolares o cualquier clase de objetos de sus compañeros, profesores, directivas o de cualquier otra persona, sin su consentimiento, e incurrir en cualquier otra conducta violatoria de la disciplina y la moral exigidas por la institución. 
7. Entrar o salir de las instalaciones del plantel en horas distintas de las establecidas o en días no hábiles, excepto cuando se programen actividades especiales o medie autorización de funcionario competente. 
8. Presentar indisciplina en los actos culturales, deportivos o religiosos. 
9. Ingresar a zonas restringidas salvo autorización expresa de la persona competente. 
10. Emplear vocabulario soez y despectivo a compañeros, docentes, directivos y personal de servicios. 
11. Practicar juegos bruscos como golpes en la cabeza, empujones, puntapiés, etc. 
12. Pinchar, deteriorar o desvalijar las bicicletas de sus compañeros o cualquier otro vehículo. 
13. Usar sobrenombres a compañeros, docentes y demás personal de la institución. 
14. Ausentarse de la institución y de los actos culturales, deportivos, religiosos sin autorización previa. 
15. Fraudes o intentos de fraudes en las evaluaciones, tareas o trabajos 
16. Incurrir y/o encubrir hechos que vayan en contra de la buena imagen de la institución. 
17. Atentar contra el equilibrio ecológico y/o el patrimonio cultural. 
18. Frecuentar sitios como billares, salas de máquinas, discotecas y bares, portando el uniforme de la institución. 
19. Quedarse por fuera de clase, estando dentro del plantel. 
20. Celebraciones grotescas con huevo, agua, harinas u otras sustancias dentro o fuera de la institución.
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21. Destruir implementos de la institución, elementos de estudio ajenos, material de trabajo o cualquier otro objeto, por los cuales, el estudiante y el padre de familia deberán responder. 
22. Evasión de la institución. 
23. Incumplir con los compromisos académicos y/o disciplinarios firmados entre la institución y los padres de familia o acudientes. 
24. Incurrir en faltas de respeto hacia los compañeros o docentes haciendo gestos vulgares. 
25. Escribir palabras, frases o dibujos obscenos o mal intencionados en paredes, pupitres, baños u otros sitios de la institución. 
26. Cometer la falta aprovechando la confianza depositada en él. 
27. Incomodar y faltar al respeto a compañeros, profesores y demás personal con malos olores, eructos, gases y falta de higiene personal 
ARTÍCULO 13. Faltas gravísimas. A los estudiantes de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, les está prohibido realizar comportamientos que van en contra de la moral, las buenas costumbres, las normas de convivencia social, la integridad de las demás personas y las Leyes vigentes. 
1. Reincidencia en las faltas graves que hayan ameritado suspensión hasta por tres (3) días. 
2. Evasión reiterada de la institución. 
3. Utilizar panfletos, caricaturas, grafitis, en medio físico o en redes sociales, que difundan y denigren la autoestima de las personas y de la institución dentro y fuera de ella. 
4. Presentarse a la institución bajo el efecto de bebidas alcohólicas, estupefacientes o cualquier sustancia no permitida; usarlas, o distribuirlas. Fumar o llevar cigarrillos al plantel educativo. 
5. Hurto y/o robo comprobado a cualquier miembro de la comunidad o de la institución. 
6. Protagonizar riñas o incitar a ella, dentro o fuera del establecimiento. 
7. Ingresar a la institución bajo los efectos del licor o cualquier tipo de estupefacientes. 
8. Practicar cualquier tipo de desviación sexual (exhibicionismo, masturbación, lesbianismo, homosexualismo, voyerismo) dentro de la institución 
9. Portar, suministrar o utilizar armas o elementos explosivos que vayan en contra de la integridad física, social o moral de las personas que constituyen la comunidad educativa. 
10. Realizar acto o acceso carnal con otra persona, inducirla a prácticas abusivas denigrantes, deshonrosas o de cualquier manera atentar o violar su libertad sexual o influir negativamente en su educación sexual. 
11. Falsificar o adulterar cualquier tipo de documento de manipulación exclusiva por parte de los docentes o la institución. 
12. Manifestaciones amorosas excesivas. 
13. Relaciones sexuales, masturbación o acoso sexual a cualquier integrante dentro de la institución. 
14. Agredir con armas a cualquier miembro o compañero de la comunidad educativa. 
15. Agredir física con o sin armas contundentes, insultos, amenaza o coacción a compañeros, funcionarios del plantel y padres de familia. 
16. Amenazar de muerte a compañeros o integrantes de la comunidad educativa. 
17. Organizar, divulgar o pertenecer a grupos al margen de la Ley, que atenten contra la estabilidad social y moral de la comunidad educativa y la sociedad.
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18. Conformación de pandillas, tribus urbanas (emo, punk,..) que atenten contra la moral y las buenas costumbres. 
19. Incumplimiento de los compromisos académicos y/o disciplinarios firmados entre institución y los padres de familia o acudientes. 
20. Engañar a los padres y directivas de la institución sobre la asistencia al plantel 
21. Digitar, grabar en celulares y/o en el disco duro de los computadores de la sala de informática o del aula de las nuevas tecnologías, videos, fotos, frases o mensajes no autorizados por los docentes y sobre todo que indispongan o perjudique la convivencia y/o la imagen de las personas y de la institución 
22. Inducir, manipular, constreñir u obligar a otra persona a cometer acto que constituya infracción académica o de convivencia, o que de cualquier manera atente contra la moral, la Ley, la salud y las buenas costumbres que exige la institución educativa. 
23. La calumnia, el chantaje, la difamación, la amenaza, la extorsión y el soborno contra cualquiera de los miembros de la institución 
24. Práctica de juegos satánicos y espiritistas (tabla ouija,...). 
25. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras personas. 
26. Emplear en la ejecución del hecho un medio cuyo uso puede resultar peligro común. 
27. El haber preparado la falta con complicidad de otras personas. 
28. El cometer una falta para ocultar otra. 
29. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad educativa. 
30. Dañar, destruir o realizar actividades intencionalmente que pongan en peligro la planta física, bienes y materiales de la institución de docentes y/o estudiantes. 
31. Acosar, abusar o agredir sexualmente a compañeros(as) o presentar comportamientos sexuales inadecuados que atenten contra la moral y su entorno social. 
32. Emplear medios tecnológicos, electrónicos y/o virtuales en contra de la integridad, la honra, el buen nombre de la institución o de algún integrante de la comunidad educativa. 
33. Amenazar en forma verbal, escrita o interactiva a compañeros, directivos, docentes y/o personal en general. 
ARTÍCULO 14. Faltas colectivas. Son infracciones cometidas contra el pacto de convivencia y donde están involucrados un grupo de estudiantes de cualquier grado o grupo en particular, y que por encubrimiento de la falta sea imposible identificar el responsable directo del acto cometido; por lo tanto se aplicará a los implicados la sanción correspondiente según la gravedad de la falta. 
Parágrafo: Los casos de amenaza de muerte y acoso o abuso sexual serán puestos a disposición de la fiscalía o autoridades competentes. 
CAPITULO TERCERO 
CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS 
ARTÍCULO 15. Debido Proceso (Artículo 29 de la C.P.). Frente a comportamientos considerados como faltas en el pacto de convivencia el proceso conlleva los siguientes pasos: Todo estudiante que incurra en faltas leves, graves, gravísimas y colectivas, está sujeto a solucionar las dificultades, problemas o conflictos a través del conducto regular, esto es:  Docente del área y/o los involucrados en dicha situación, además el director de grupo  Coordinador de convivencia
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 Orientadora escolar  Comité de convivencia  Rector  Consejo directivo 
Las faltas de convivencia (disciplinaría) para efectos de las medidas se calificarán como faltas leves, graves, gravísima y colectivas, atendiendo a su naturaleza y sus efectos, las modalidades y circunstancias del hecho, los motivos determinantes y los antecedentes personales del estudiante. 
ARTÍCULO 16. Proceso por faltas leves. Frente a la ocurrencia de una falta calificada como leve por la instancia competente, se tomarán las siguientes medidas: 
1. Amonestación verbal. 
2. Amonestación que se consignará en el Observador del estudiante, lo cual deberá firmar y hacer los respectivos descargos y/o compromisos. 
3. Informe de Convivencia o calificación de Disciplina será de acuerdo a la falta. 
4. Frente a la acumulación de tres (3) leves, se deberá citar al acudiente a reunión con el profesor de la asignatura o director de grado, coordinador de convivencia y el estudiante, en ella se tratarán de establecer los motivos determinantes de la conducta del estudiante implicado. Una vez cumplido este procedimiento todos los que intervinieron en la situación, firmarán un compromiso en el registro de acontecimientos administrativos. 
ARTÍCULO 17. Proceso por faltas graves. Frente a la ocurrencia de una falta calificada como grave por la instancia competente se tomará una de las siguientes medidas: 
1. Llamados de atención por escrito en el registro de acontecimientos significativos del estudiante, debidamente firmados y con los respectivos descargos y/ o compromisos. 
2. Citar al padre de familia 
3. Determinar responsabilidades en la situación luego de escuchar a los implicados 
4. Aplicación de sanción, suspensión temporal hasta por tres (3) días 
5. Cumplimiento de una actividad pedagógica asignada por el coordinador de convivencia 
6. La calificación de comportamiento es de desempeño bajo 
ARTÍCULO 18. Proceso por faltas gravísimas. Para el estudio de las conductas y la imposición de medidas por faltas gravísimas, según cada caso, se observará lo que a continuación se estipula. 
1. Llamados de atención por escrito en el registro de acontecimientos significativos del estudiante, debidamente firmados y con los respectivos descargos y/ o compromisos. 
2. Citar al padre de familia 
3. Determinar responsabilidades en la situación luego de escuchar a los implicados 
4. Aplicación de sanción suspensión temporal hasta por cinco (5) días 
5. Cumplimiento de una actividad pedagógica asignada por el coordinador de convivencia 
6. Calificación de comportamiento es de desempeño bajo 
7. Matrícula en observación previo concepto del comité de convivencia 
8. Negación del cupo para el próximo año previo concepto del consejo directivo 
9. Cancelación de matrícula con el visto bueno de la asociación de padres de familia
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10. La aplicación de las diferentes sanciones será aplicada por el coordinador de convivencia en las diferentes sedes. 
CAPITULO CUARTO 
DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS Y PROHIBICIONES DE LA INSTITUCIÓN, DIRECTIVOS, DOCENTES Y PADRES DE FAMILIA 
ARTÍCULO 19. Derechos de la institución. La institución tiene frente a las autoridades estatales y a la comunidad en general, los siguientes derechos: 
1. A recibir presupuesto suficiente con destino a la planta física y al material didáctico (Ley General de Educación). 
2. Recibir de las autoridades educativas del nivel municipal, departamental y nacional, el respaldo efectivo a los proyectos institucionales. 
3. A desarrollar el Proyecto Educativo Institucional sin interferencia de autoridad alguna, ajena a los estamentos educativos. 
4. Exigir a las autoridades educativas gubernamentales el cumplimiento con la institución. 
5. Exigir el cumplimiento de los deberes por parte de los miembros de la comunidad educativa y establecida en el presente pacto. 
6. Tener las instalaciones y el material didáctico necesario para el buen desarrollo de las distintas acciones formativas programadas por el plantel. 
7. Tener una planta de personal completa, de acuerdo a las exigencias de la realidad local y a las capacidades del establecimiento. 
8. Exigir a la comunidad del entorno escolar y a las autoridades Municipales un ambiente sano, libre de ruidos, basuras o cualquier agente contaminante del medio. 
9. Tener representación en los diferentes eventos oficiales y privados que se realicen en el ámbito municipal, departamental o nacional. 
10. Recibir reconocimiento público por los logros alcanzados a cualquier nivel, en beneficio de su comunidad educativa. 
11. A facilitar la planta física de la institución para actos culturales o deportivos, con previa autorización del Consejo Directivo. 
12. A reservarse el derecho de admisión de un estudiante, de acuerdo a lo establecido por el Consejo Directivo y a las normas legales vigentes. 
13. Exigir a los estudiantes y padres de familia el cumplimiento con el rendimiento académico de acuerdo a las metas de calidad propuestas por la institución. 
14. Comprometer al padre de familia con las diversas actividades que programa la institución para el mejoramiento de la educación. 
ARTÍCULO 20. Deberes de la institución. (Artículo 42, 43 y 44 del Código de la Infancia y la Adolescencia. Ley 1098 de Noviembre de 2006.) Son deberes de la institución, los siguientes: 
1. Mantener la planta física de la institución en condiciones adecuadas para su funcionamiento. 
2. Mantener las baterías sanitarias en buen estado. 
3. Programar actividades recreativas y deportivas intercolegiales para mantener una buena integración.
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4. Mantener papelería suficiente para entregar informes a los padres de familia. 
5. Programar permanentemente actividades de capacitación para los docentes. 
6. Brindar al estudiante las oportunidades necesarias para superar sus dificultades académicas y disciplinarias. 
7. Elaborar, socializar e implementar el PEI. 
8. Dar a conocer, cumplir y hacer cumplir el pacto de convivencia a toda la comunidad educativa. 
9. Llevar a cabo el Proyecto Educativo Institucional. 
10. Formar al estudiante dentro de los parámetros establecidos por la ley y según la filosofía del establecimiento. 
11. Velar por la buena imagen de la institución. 
12. Las demás obligaciones contempladas en el artículo 42, 43 y 44 del Código de la Infancia y la Adolescencia. Ley 1098 de Noviembre de 2006. 
Los contemplados en el artículo 36 del Decreto 2277 y los artículos 133 al 137 de la Ley General de Educación. 
ARTICULO 21. Derechos del rector 
1. Recibir siempre un trato cortés y respetuoso de parte de los profesores, estudiantes, padres de familia y demás miembros de la Comunidad Educativa. 
2. Participar en los programas de capacitación y bienestar social que programen las autoridades locales o nacionales. 
3. Gozar de los estímulos de carácter profesional y económico que se establezcan tanto institucional mente, como a nivel municipal y departamental. 
4. Solicitar y obtener los permisos, licencias y comisiones ante la autoridad competente, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes. 
5. Permanecer en el servicio y no ser desvinculado o sancionado si no de acuerdo con las normas y procedimientos que se establecen en el Estatuto Docente. 
6. No ser discriminado por razón de sus creencias políticas y/o religiosas, ni por distinciones fundadas en condiciones sociales o raciales. 
7. Como autoridades y responsables de la buena marcha del establecimiento, ser informados por parte de los educadores y personal administrativo de las situaciones que se presenten en la institución. 
8. Tener acceso a la utilización de los diferentes equipos de que disponga ella Institución Educativa. 
ARTÍCULO 22. Deberes del rector. Además de los contemplados en el decreto 2277 y el artículo 25 del decreto 1860. 
1. Informar a los demás integrantes de la comunidad educativa sobre planes, actividades y modificaciones que afecten la vida del establecimiento. 
2. Conservar todos los elementos que se encuentren a su cargo de acuerdo al inventario general del establecimiento. 
3. Presentar a su debido tiempo los informes que le sean solicitados por la autoridad competente o cualquier miembro de la comunidad educativa. 
4. Representar legalmente a la institución y ejecutar las políticas educativas y administrativas establecidas por el M.E.N., la secretaría de educación departamental, municipal y el consejo directivo del plantel.
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5. Delegar funciones a sus más inmediatos colaboradores en lo que hace referencia a la organización, ejecución, control, evaluación y ajuste al P.E.I. 
6. Asistir diariamente al plantel, salvo actividades que tengan que ver con su cargo. 
7. Evaluar periódicamente el P.E.I. e introducirle las acciones correctivas necesarias. 
8. Supervisar y evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje. 
9. Convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias de profesores, padres de familia y los demás organismos de coordinación y asesoría que existan en la institución. 
10. Investigar y corregir las anomalías de tipo disciplinario, académico y de cualquier otra índole que interfieran con la buena marcha de la institución. 
11. Atender y resolver los problemas planteados por la comunidad educativa en general, lo mismo que las sugerencias que ella misma pueda plantear. 
12. Ordenar los gastos del plantel. 
13. Organizar dentro de los términos de la ley, las diferentes instancias del gobierno escolar, y velar por el cumplimiento de las funciones propias de cada organismo. 
14. Organizar y controlar el funcionamiento de la tienda escolar. 
15. Presentar la relación mensual a la secretaría de educación departamenteal de las personas a su cargo y las novedades, si las hay, para efectos del pago oportuno. 
16. Distribuir los grupos y las áreas entre los docentes, atendiendo a sus aptitudes y especialidad. 
17. Evaluar a los docentes del decreto 1278 y al personal administrativo 
18. Otras que fijen las disposiciones legales. 
ARTÍCULO 23. Prohibiciones para los directivos docentes 
1. Las contempladas en el estatuto docente, en el artículo 45 del régimen disciplinario y en la ley 200. 
2. Prestar las instalaciones del plantel sin la autorización del consejo directivo. 
3. Son causales de mala conducta las contempladas en el artículo 46 del decreto 2277, en el artículo 125 de la ley general de educación, en los artículos 18 a 24 del régimen disciplinario y los establecidos en las disposiciones legales existentes y otras que determinen sus superiores jerárquicos, siempre y cuando tengan piso jurídico. 
ARTÍCULO 24. Perfil del educador Jimenista (Art. 17. numeral 4 Decreto 1860 de 1994). Para la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, los educadores juegan un papel vital y trascendental tanto en la formación de los estudiantes como en los demás estamentos de la comunidad educativa. Para ello la institución exige y se preocupa porque el maestro que le preste servicios sea: 
1. Promotor del desarrollo de la capacidad reflexiva y de la adquisición de conocimientos con el mayor sentido de perfección, para sí mismo y para sus estudiantes. 
2. Colaborador en el crecimiento, formación y desarrollo integral de los estudiantes. 
3. Preocupado permanentemente por la creación, fomento y práctica de los valores sociales, espirituales, éticos y morales que lo lleven a ser modelo y ejemplo para la comunidad educativa. 
4. Auténtico e interesado por los alumnos como personas, para conducirlos a crear y asumir posiciones positivas frente a la vida. 
5. Dinámico, alentador, creativo, recursivo y amable para fomentar relaciones de cordialidad en el aula y fuera de ella.
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6. Con espíritu para socializarse y/o conmoverse frente a éxitos, fracasos y situaciones de calamidad de sus estudiantes, de sus compañeros y de los demás miembros de la comunidad educativa 
7. Atento a difundir su conocimiento con la más alta pedagogía y sentido altruista. 
8. Amante de su profesión e inquieto por engrandecer y enriquecer su nivel de conocimientos 
9. Que inspire confianza por su sentido de responsabilidad, manejo de grupo y buen trato para sus estudiantes, compañeros y demás personas de la comunidad educativa 
10. Comprometido con el sentido de la justicia y la honestidad profesional y personal 
11. Dispuesto siempre a participar en las actividades de beneficio común propuestas por los distintos órganos de la institución 
12. Creador y fomentador de sentimientos de amor hacia sus semejantes en aras de una práctica y armónica convivencia. 
13. Preservador del entorno y promotor del cuidado que debe darse a los recursos naturales y a la tierra como morada del hombre 
14. Orgulloso de ser ciudadano colombiano y forjador en sus estudiantes del respeto por los valores patrios. 
ARTÍCULO 25. Derechos de los educadores 
1. Ser considerados y respetados en su dignidad recibiendo un trato amable y cordial por parte de todos los miembros de la comunidad educativa. 
2. Formar asociaciones sindicales con capacidad legal para representar a sus afiliados en la formulación de los reclamos y solicitudes ante las autoridades del orden local, regional y nacional. 
3. Recibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y grado en el escalafón. 
4. Ausentarse de la Institución cuando sea requerido por la Secretaría de Educación Departamental u otro organismo de mayor jerarquía. 
5. Ser atendidos oportunamente por directivos y personal administrativo guardando las normas de respeto y siguiendo el conducto regular 
6. Recibir un trato digno y respetuoso por parte de los directivos docentes 
7. Disfrutar de vacaciones remuneradas. 
8. Participar en los programas de capacitación en bienestar establecidos por los organismos para tal fin y gozar de los estímulos de carácter profesional y económico. 
9. Ascender dentro de la carrera docente. 
10. Ejercer libremente la profesión, de acuerdo a lo consagrado en el artículo 25 de Constitución Nacional y las normas laborales vigentes 
11. Recibir información oportuna sobre las actividades a realizar, ya sea verbalmente, en cartelera o por escrito 
12. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI 
13. Solicitar y conocer los informes contables que sustenten el uso debido del presupuesto de la institución 
14. Elegir y ser elegido miembro del Consejo Directivo y/o del Consejo Académico 
15. Ser informado oportunamente sobre su situación laboral 
16. Ser escuchado para que pueda expresar sus ideas, sugerencias y descargos cuando sea conveniente y redunde en beneficio de la comunidad 
17. Participar en la conformación de comités y elaboración de proyectos esenciales, de acuerdo a su área, inquietudes e intereses
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18. Recibir asignación de carga académica según el área de su especialidad teniendo en cuenta en lo posible que haya continuidad en el trabajo desarrollado por los docentes cada año. 
19. Recibir en forma oportuna y correcta los servicios administrativos solicitados en la secretaría de la Institución educativa. 
20. Solicitar permisos y licencias teniendo en cuenta normas vigentes. 
21. Recibir horarios de clases con una adecuada distribución para mejor aprovechamiento de las horas libres en el diseño, elaboración y preparación de materiales didácticos y ayudas educativas. 
22. Recibir información y asesoría individual para superar las dificultades y corregir los desaciertos en el proceso pedagógico. 
23. Tener autonomía y ser respetados sus criterios de evaluación, siempre y cuando se ajusten a las normas vigentes consagradas en el Sistema Institucional de Evaluación del Estudiante SIEE 
24. Ser elegido para representar a la Institución en seminarios, talleres, simposios, congresos, etc. 
25. Conocer los proyectos e innovaciones que las instancias directivas programen para el bienestar escolar. 
26. Solicitar y recibir de las directivas institucionales, una capacitación permanente sobre las disposiciones del Ministerio de Educación Nacional en lo referente a las innovaciones pedagógicas. 
27. Otros establecidos por la institución o por las normas legales. 
ARTÍCULO 26. Deberes de los educadores (Decreto 2277 de 1979, Código Único Disciplinario, Ley 200 de 1995 y el Decreto 2480 de 1986) 
1. Cumplir con la constitución y las leyes de Colombia y los acuerdos consignados en el presente manual. 
2. Inculcar en los educandos el amor por los valores históricos y culturales de la nación y el respeto por los símbolos patrios. 
3. Dar un trato amable y cordial a todos los miembros de la comunidad y compartir con espíritu de solidaridad y unidad de propósito. 
4. Observar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo. 
5. Tratar con respeto, imparcialidad, rectitud y justicia a las personas con quienes tenga relación en el ejercicio de su cargo. 
6. Abstenerse de solicitar préstamo en dinero a sus estudiantes, la venta de productos dentro de la Institución o la obtención de cualquier otro beneficio económico personal. 
7. Informar veraz y oportunamente al directivo correspondiente sobre la comisión de hechos que puedan constituir causales de mala conducta y de los cuales tenga conocimiento. 
8. Utilizar adecuadamente los recursos que tenga asignados para el desempeño de su cargo. 
9. Hacerse responsable del manejo de los recursos didácticos y tecnológicos. 
10. Poner en conocimiento del superior los hechos que puedan perjudicar la administración y las iniciativas que se estimen útiles para el mejoramiento del servicio. 
11. Atender, tramitar o realizar las sugerencias que reciba de sus colegas, de los padres de familia, o de los estudiantes, acerca de sus relaciones interpersonales y de la manera de orientar tanto las clases como los procesos curriculares.
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12. Conocer los principios, lineamientos, planeación, proyectos y demás aspectos de la institución. 
13. Asistir puntualmente a las clases y actividades programadas por la institución. 
14. Llevar con responsabilidad todos los instrumentos de control y evaluación de los educandos, entregándolos oportunamente. 
15. Dar a conocer a los estudiantes en la primera (1ª) semana de clase los estándares del área bajo su responsabilidad, así como sus estrategias metodológicas. 
16. En la primera semana de clase del año lectivo realizar el encuadre pedagógico con los estudiantes y consignarlo en el cuaderno del área que orienta. 
17. Colaborar con la disciplina, el orden y el aseo de la institución. 
18. Respetar los derechos de los estudiantes, de los padres de familia y los demás miembros de la comunidad educativa. 
19. Presentarse al establecimiento todos los días laborables en la hora establecida en el PEI. 
20. Recibir la carga académica respectiva, de acuerdo a su especialidad. 
21. Observar una buena presentación, vistiendo con pulcritud y elegancia, dando así ejemplo a sus educandos. 
22. Solicitar con anticipación y causa justa los permisos, entregando al coordinador las actividades a desarrollar en su ausencia dentro del aula de clase. 
23. Mantener un espíritu de solidaridad y cooperación dentro de la comunidad educativa. 
24. Cumplir con la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo. 
25. Participar activamente en la elaboración del proyecto educativo institucional. 
26. Escuchar al estudiante y permitirle expresar sus pensamientos, ideas, sugerencias y descargos cuando sea necesario, teniendo en cuenta las normas establecidas. 
27. Entregar oportunamente los informes solicitados por las diferentes instancias administrativas establecidas en el plantel. 
28. Despertar en el educando amor por la patria, su folclore y las costumbres autóctonas de su región (art. 72 de la Constitución Nacional). 
29. Diligenciar con claridad y en forma oportuna el registro de acontecimientos significativos del estudiante con los informes positivos y negativos. 
30. Socializar permanentemente el pacto de convivencia con estudiantes y padres de familia. 
31. Informar oportunamente a los estudiantes las fechas para las evaluaciones. 
32. Las evaluaciones deben corresponder a los temas vistos. 
33. Mantener el aula de clase en orden y aseo. 
34. Supervisar con anterioridad el acto cultural que se va a presentar para evitar la participación de personas ajenas a la institución. 
35. Atender oportunamente el timbre e Iniciar puntualmente las clases. 
36. Recibir asignación académica de acuerdo a la especialidad y aptitudes. 
ARTÍCULO 27. Estímulos para los educadores 
1. Felicitación por escrito, con copia a la hoja de vida, a los docentes que se distingan por su responsabilidad, colaboración y buena calidad en el desempeño de su labor. 
2. La institución organizará cada año la celebración del día del educador, como un reconocimiento a la labor desarrollada. 
3. Los establecidos en el capítulo VI de la ley general de educación. 
4. Serán responsables de otorgar los estímulos a los docentes, los miembros del Consejo Directivo.
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5. En el marco de la celebración de los cumpleaños de la institución condecorar a los docentes que se destaquen por su sentido de pertenencia, responsabilidad, buen trato y desempeño en su labor académica por parte del consejo académico y el consejo estudiantil. 
ARTÍCULO 28. Prohibiciones de los educadores 
1. Presentarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias alucinógenas a desempeñar su labor docente. 
2. Fumar dentro de las dependencias del establecimiento. 
3. Acosar de manera psicológica, académica y sexual a los estudiantes. 
4. Utilizar la investidura de docente para efectuar negociaciones con los padres y/o estudiantes. 
5. Irrespetar a los compañeros en todos los aspectos, utilizando la crítica destructiva. 
6. Protagonizar escándalos con los padres de familia o compañeros. 
7. Ridiculizar a los estudiantes frente a profesores y compañeros. 
8. Aplicar castigos denigrantes o físicos, que atente contra la formación integral de los estudiantes. 
9. Utilizar vocabulario soez y/o ridiculizante para tratar compañeros o estudiantes. 
10. Desautorizar a otro docente frente a los estudiantes o padres de familia. 
11. Realizar paseos y salidas pedagógicas sin autorización de las directivas de la institución. 
12. Utilizar los emblemas o uniformes de la institución en salidas no autorizadas por las directivas de la institución. 
ARTÍCULO 29. Derechos de los padres de familia. Los padres o acudientes de los alumnos de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada gozan de todos los derechos y garantías civiles reconocidas en la legislación colombiana y frente a éste tienen especialmente los siguientes: 
1. Ser atendidos por el personal directivo, docente y administrativo de la institución, en los horarios establecidos para tal fin. 
2. Recibir un trato cortés y respetuoso por todos los demás miembros de la comunidad educativa. 
3. Recibir información académica o de convivencia (disciplinaria), aclarar dudas, resolver inquietudes, presentar reclamos y hacer las sugerencias que consideren pertinentes. 
4. Recibir periódicamente el informe detallado del rendimiento y comportamiento de su(s) hijo(s). 
5. Beneficiarse de los servicios de psicología ofrecidos por la institución. 
6. Hacer parte de la Asociación de padres, del Consejo de padres y demás comités existentes en la institución. 
7. Participar en las actividades programadas para padres de familia. 
8. Participar en la elaboración y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y del Pacto de convivencia. 
9. Representar a su hijo o acudido en todas las actuaciones en las que sea necesario o conveniente y, especialmente cuando es solicitado por uno de los docentes y/o coordinadores. 
10. Interponer los recursos establecidos en este pacto contra las decisiones con las que no estén de acuerdo.
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11. Los demás que dentro de la Ley se prevean en los estatutos de la Asociación de padres de familia o en las normas vigentes reguladoras de su actividad. 
ARTÍCULO 30. Deberes de los padres de familia o acudientes. De acuerdo con el Código de la infancia y la adolescencia; Ley 1098 de noviembre de 2006 art. 39, son los padres de familia los primeros y principales educadores de sus hijos, artífices de la unidad familiar y responsables de la formación de sus valores humanos. Por tales razones, la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada propende por una integración y participación activa de los padres en el proceso educativo. 
En consecuencia al legalizar la matricula, el padre de familia o acudiente adquiere con la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada y con sus hijos los siguientes compromisos y responsabilidades: 
1. Acatar las disposiciones legales que rigen las relaciones de la comunidad educativa. 
2. Participar, atender y cumplir las programaciones curriculares, resoluciones, circulares, directivas, memorandos y oficios que emanen de la institución como resultado de su organización interna. 
3. Orientar a sus hijos en los aspectos moral y social proporcionándoles un ambiente de comprensión, cariño, respeto y buen ejemplo, corrigiéndolos en forma oportuna y adecuada. 
4. Controlar el cumplimiento de los deberes escolares de los hijos, dando oportunidad para que asuman sus propias responsabilidades. 
5. Suministrar oportunamente a sus hijos o acudidos los uniformes, textos y útiles recomendados por la institución. 
6. Asistir en la hora y fecha fijadas a las reuniones y actividades programadas, tales como: entrega de informes, talleres, conferencias u otros. Así mismo a las citaciones enviadas por la institución, disponiendo en todos los casos del tiempo necesario. 
7. Solicitar personalmente al coordinador de convivencia o/a las directivas del plantel, los permisos o autorizaciones para sus hijos en los casos de inasistencias, retardos o ausencias dentro de la jornada. Excepcionalmente, a juicio del coordinador de convivencia o del rector, se tramitarán solicitudes de permisos comunicados telefónicamente o por vía fax. 
8. Presentarse ante el coordinador de convivencia para justificar la inasistencia de su(s) hijo(s) dentro de los tres días hábiles siguientes al regreso del alumno(s) al plantel. 
9. Proporcionar a sus hijos un lugar para el estudio y la elaboración de tareas, orientando diariamente la ejecución de las mismas. 
10. Fomentar en sus hijos normas de urbanidad y buenas costumbres, propendiendo por un excelente manejo de las relaciones interpersonales a nivel del hogar, de la institución y en general de la comunidad. 
11. Analizar y orientar en forma continua los resultados académicos de sus hijos, estimular sus logros, establecer correctivos a situaciones que así lo requieran y solicitar los informes pertinentes en el horario establecido para la atención a padres de familia. 
12. Evitar las agresiones físicas o verbales entre los miembros del grupo familiar, puesto que van en contra de la integridad física, moral y psicológica de sus propios hijos. 
13. Inculcar y lograr en su(s) hijo(s) hábitos de aseo y pulcritud personales y diligencia en el cuidado de los elementos que utilicen, sean o no de su propiedad.
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14. No permitir a sus hijos traer a la institución elementos diferentes a los útiles escolares y vestuario reglamentario. La institución no responderá por la pérdida de dinero, teléfonos celulares, joyas, grabadoras, juguetes, entre otros. 
15. Observar una buena presentación personal cuando se trate de acercarse al plantel por motivo alguno. 
16. Devolver a la institución cualquier objeto que lleven sus hijos a casa y no sea de su propiedad. 
17. Dar a conocer en forma oportuna a quien corresponda, problemas conductuales o actitudinales observados en sus hijos para brindarles ayuda adecuada en la institución. En casos especiales, entregar al coordinador de convivencia la certificación médica en la cual se consignen detalladamente los cuidados y precauciones que el alumno debe observar y/o medicamentos prescritos. 
18. Fomentar y apoyar en sus hijos la participación en actividades culturales, artísticas y deportivas que ayuden a su formación integral. 
19. Fortalecer los valores de la institución evitando críticas o comentarios destructivos que desfavorezcan el buen nombre de la misma. 
20. Al finalizar el año escolar es obligación del padre de familia o acudiente estar a paz y salvo por todo concepto con la institución. 
21. Seguir el conducto regular al presentar algún reclamo o sugerencia dependiendo de la situación a tratar y hacerlo de manera oportuna: 
a. Profesor 
b. Director de grupo 
c. Coordinador académico o Coordinador de convivencia. 
d. Rector 
e. Consejo Directivo 
Excepto para utilizar el servicio de psicología o para actuar ante los comités o consejos instituidos. 
22. Adquirir los seguros contra accidentes que propone la institución u otro que estime conveniente. 
En caso de no tomar el seguro estudiantil se autoriza automáticamente a la institución para llevar al alumno al centro médico u hospitalario más cercano, cuando se trate de una situación de emergencia. En este evento el padre o acudiente debe cancelar directamente al centro médico u hospitalario los gastos que ocasione la atención. Firmar el acta en caso de no adquirir el seguro, en el momento de la matrícula. 
23. Participar en las actividades de la Asociación de padres de familia. 
24. Entregar y recibir los estudiantes de preescolar en el horario establecido. 
ARTÍCULO 31. Prohibiciones de los padres de familia. Se prohíbe a los padres de familia: 
1. Presentarse al plantel en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias alucinógenas. 
2. Fumar en el interior de las dependencias del plantel. 
3. Gritar u ofender de palabra o hecho a los educandos y educadores de la institución. 
4. Retirar a sus hijos del plantel sin previo permiso de la coordinación o el rector. 
5. Presionar o chantajear a los docentes o directivos para lograr beneficios académicos y/o disciplinarios. 
6. Permanecer en la institución en el horario de clases, entorpeciendo el proceso académico y el libre desarrollo del niño. 
7. Ingresar materiales de trabajo, comestibles u otros a los estudiantes en horas de clase.
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ARTÍCULO 32. Quejas, conflictos y procedimientos. Frente a situaciones de quejas o reclamos y frente a las clases a las que pudieran originar conflictos entre profesores y estudiantes, se establecen las siguientes instancias, competencias y procedimientos. 
Cuando un estudiante o un padre de familia observa alguna conducta del profesor(a) que le merezca especial atención, queja o reclamo, se lo hará saber al mismo educador(a). Si éste(a) no le da solución, lo comunica al coordinador, el cual llamará al docente y buscará una concertación conveniente a todos los involucrados. Si la situación no se resuelve y continúa se le informará al rector, luego al comité conciliador, y si continúa la problemática se le informará al director de núcleo educativo o en su defecto a la secretaría departamental. 
Si el Rector no logra o es un asunto de competencia exclusiva del Comité conciliador se llevará el caso a la dirección de Núcleo o en su defecto a la Secretaría de Educación Departamental. 
Cuando la conducta presuntamente reprobable sea de un padre de familia, deberá comunicarse a la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia. Si es de un estudiante se actuará conforme a lo establecido en éste Pacto de Convivencia. 
ARTÍCULO 33. Personal Administrativo. El personal administrativo de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada debe trabajar en acción coordinada con los demás estamentos de la comunidad, bajo la orientación de todos y cada uno de sus superiores o con la autonomía que le confiere la organización institucional o la ley, según el funcionario de que se trate. 
Igualmente deben conocer y aceptar la filosofía de la Institución, así como cumplir cabalmente con sus funciones, respetar, apoyar la labor educativa y cumplir el horario establecido. 
ARTÍCULO 34. Egresados. Los egresados de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada podrán constituirse como fundación o entidad sin ánimo de lucro, darse sus propios estatutos, reglamento interno de funcionamiento y obtener personería jurídica. Gozarán de la respetuosa y debida atención por parte de los demás miembros de la comunidad educativa. El representante de los egresados ante el Consejo Directivo de la Institución, presentará las iniciativas y proyectos que favorezcan el bienestar de todos los estamentos del plantel. 
CAPÍTULO QUINTO 
BIENESTAR ESCOLAR 
ARTÍCULO 35. Restaurante escolar. La Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada cuenta con un restaurante escolar con restaurante escolar, debidamente organizado y apto para recibir los desayunos y almuerzos escolares, especialmente a estudiantes de más bajos recursos y/o que vivan demasiado lejos. 
Los estudiantes al recibir los alimentos deben cumplir las siguientes normas: 
1. Adquirir una boleta semanal en el horario que establezca la secretaria de la Institución y presentarla en el momento de recibir los alimentos 
2. Hacer el respectivo turno o fila
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3. Saludar con cortesía y dar gracias a la persona que nos brinda los alimentos 
4. Sentarse adecuadamente y en silencio mientras se encuentra dentro del restaurante escolar 
5. Utilizar los utensilios de cocina adecuadamente 
6. Evitar comentarios despectivos por los alimentos y jugar con los mismos 
7. Dejar las sillas y los utensilios en su respectivo lugar 
8. Evitar arrojar papeles u alimentos al piso o comedor 
9. Abandonar el recinto una vez haya consumido sus alimentos 
10. Evitar quitar el refrigerio y / o boleta a otro compañero 
11. Evitar doblarse en e turno con engaño y mentiras 
ARTÍCULO 36. Recreación y deporte. Los docentes y estudiantes de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada cuentan con espacios para la recreación y el deporte mediante la formación en danzas, baloncesto y micro futbol, y la participación en interclases, y eventos deportivos y culturales de carácter municipal, departamental y nacional en las diferentes disciplinas. 
ARTÍCULO 37. Medios de comunicación interna. (Decreto 1860 de 1994, art. 17, numeral 10). La Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, cuenta como medios de comunicación interna los siguientes: 
Carteleras, circulares, consejo académico, consejo directivo, e-mail y página web. 
ARTÍCULO 38. Seguro estudiantil. Respecto de los seguros de vida, salud y del llamado “Seguro estudiantil”, se hace claridad de que estos están siempre de elección voluntaria de los usuarios y que son las compañías especializadas las que contratan con éstos, sin detrimento de la regulación y vigilancia de las personas encargadas en la institución. 
ARTÍCULO 39. Biblioteca escolar. Decreto 1860/94 Capitulo III art. 17 numeral 12 capítulo V art. 42 
1. El servicio de biblioteca se prestará de lunes a viernes según horario establecido con las estudiantes del servicio social. 
2. El servicio se prestará preferencialmente a los estudiantes y profesores de la institución, pero podrá ser extensivo al público siempre y cuando guarden las normas de respeto y cumplan con los requisitos exigidos por el plantel. 
3. El préstamo de libros se hará únicamente a profesores y estudiantes de la institución, previa presentación de documento de identidad. El préstamo ordinario se hará hasta por ocho (8) días. Los libros de reserva se prestarán hasta por 24 horas máximo. 
4. Quien pierda un libro o cualquier otro elemento de biblioteca deberá reponerlo. 
5. Para solicitar certificados, documentos o recibir el título de bachiller es indispensable estar a paz y salvo con la biblioteca. 
6. Los daños, deterioro o sustracción dolosa de elementos de la biblioteca se sancionará con pérdida del derecho al uso de la misma y con las demás normas contempladas en el presente pacto de convivencia. 
7. Dentro del recinto queda prohibido hablar en voz alta, comer o ingresar a ella en pantaloneta. Los actos de indisciplina y en general toda conducta que altere la normalidad o perjudique los derechos ajenos dentro de la biblioteca son causales de suspensión temporal o definitiva del derecho al uso de la misma; además de las sanciones que fueren de competencia del consejo directivo.
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ARTÍCULO 40. Sala de profesores. 
1. Recinto para el estudio y descanso de los profesores. 
2. Prohibida la entrada de estudiantes a este recinto. 
3. Los profesores atenderán reclamos en sus horas libres. 
4. Prohibido retirar cualquier elemento sin autorización por parte de algún profesor. 
ARTÍCULO 41. Banda músico marcial. Para la buena marcha de la banda músico marcial, es necesario propiciar un clima de concordia, comprensión y buenas relaciones en el marco de una convivencia pacífica. 
Requisitos para pertenecer a la banda músico marcial. 
1. Comprar el seguro contra accidente obligatorio 
2. Estar matriculado en la institución o ser exalumno. 
3. Observar buena conducta y sobresalir en su rendimiento académico. 
4. Someterse a los gastos económicos que ésta requiere y presentar un permiso escrito y firmado por los padres de familia o acudiente. 
5. Presentarse a la matrícula con dos (2) fotografías y una carpeta. 
6. Comprometerse a cancelar la cuota de mantenimiento dentro de los días acordados por el comité pro banda músico marcial. 
7. Si faltase a un entrenamiento, debe presentarse ante el instructor con el acudiente o con la debida excusa médica. 
8. Debe tener en cuenta que la banda músico marcial es un grupo representativo de la institución, no de paseos. 
Derechos del estudiante. Basándose en los principios del mutuo respeto, el estudiante matriculado en la banda músico marcial, sin excepción alguna, goza de derechos, los cuales puede ejercer directamente a través de sus representantes. 
1. Presentarse ante el instructor y directivos de la banda con el debido respeto, con sugerencias y toda iniciativa que considere conveniente y ser escuchado con el debido respeto. 
2. Representar a la institución en todo tipo de eventos para los que sea elegida la banda músico marcial. 
3. Solicitar y obtener permiso para retirarse de entrenamiento cuando media una excusa fundamentada a juicio del instructor y comité pro banda músico marcial. 
4. Hacer uso del instrumental de la banda músico marcial y cualquier otro implemento cumpliendo con los requisitos exigidos por la institución, cuidado, mantenimiento y responsabilidad. 
5. Obtener el paz y salvo de Servicio social exigido por la Ley. 
Deberes del estudiante. 
1. Manifestar una actitud abierta que propicie un ambiente de armonía entre la comunidad que lo rodee. 
2. Asistir puntualmente a entrenamientos y presentaciones previstas por la institución. 
3. Preservar, cuidar y mantener en buen estado los instrumentos, banderas, uniformes y planta física (salón de banda). 
4. Comprometerse adecuadamente dentro y fuera de la institución con el decoro y dignidad propios del estudiante de la institución.
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5. Presentarse aseado con el uniforme adecuado o con ropa práctica a todas las actividades y ensayos programados por ésta. 
6. Ser leal a la institución, con sus superiores, instructor y compañeros en general. 
7. Acatar las disposiciones previstas en este manual y cumplirlas con propiedad. 
8. Cancelar en secretaría los aportes por pago de mantenimiento e inscripciones de la banda. 
9. Informar al padre de familia cuando es convocado a reunión. 
Estímulos. Conceder una medalla de honor u otorgar una mención para los estudiantes que se destaquen en ésta actividad al finalizar el año lectivo y hacer un reconocimiento público mediante un acto especial. 
Exonerar del pago mensual al estudiante destacado en la banda músico marcial. 
Prohibiciones. 
1. Irrespetar, calumniar u ofender a cualquier miembro de la institución o comunidad en general. 
2. Apropiarse, esconder o tomar objetos ajenos sin la debida autorización del dueño. 
3. Salir del entrenamiento o desfile sin autorización. 
4. Arrojar basuras o papeles fuera de los sitios destinados para este fin. 
5. Hacer burlas durante actos solemnes o cuando habla un superior o compañero, irrespetar las bandas de otros establecimientos durante el desarrollo de cualquier actividad. 
6. Utilizar el nombre de la institución para organizar paseos, fiestas, rifas sin autorización de los directivos de la misma. 
7. La práctica del juego brusco, vocablos soeces, insultos, burlas y todo cuanto sea contrario a las buenas maneras. 
8. Dirigirse al instructor y directivos con gestos que denoten altanería e irrespeto a la dignidad humana. 
9. Hacer justicia por sí mismo y tomar decisiones que estén reservadas al instructor y directivos. 
10. Participar o incitar a otros a tomar parte de actos atentatorios contra la disciplina y la marcha normal de la actividad. 
11. Usar maquillaje y objetos que adornen en forma indebida el uniforme. 
12. Retirarse de la banda de la institución para integrar a la de otro establecimiento educativo. 
Suspensiones. Los estudiantes que acumulen tres (3) faltas sin justificación serán retirados definitivamente de la banda, previa investigación del comité. 
1. También serán causal de sanción aquellos estudiantes que se nieguen a participar en concursos fuera del municipio. 
2. Será causal de suspensión el consumo de bebidas alcohólicas, consumo de cigarrillos o cualquier alucinógeno al ser comprobado. 
3. También será falta de suspensión lo referente al numeral 7, 8, 9 y 10 de prohibiciones. 
Referente a los concursos. La participación de la banda músico marcial dependerá del cronograma presentado y aprobado por el consejo directivo. 
La presentación de los estudiantes en los concursos es de carácter obligatorio para quienes cumplan la asistencia a todos los entrenamientos anteriores a este. Cabe anotar que los estudiantes que no asistan a estos perjudican notablemente el desarrollo de toda actividad.
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Los padres de familia no deben intervenir en el desarrollo de las actividades, puesto que perjudican el puntaje y el buen funcionamiento de éstas. 
Referente a la premiación. Al ocupar primeros puestos la premiación debe ser únicamente de la banda músico marcial sea instrumentos o premios en dinero. 
Los premios deben ser recibidos por el tambor mayor y un representante de la institución. 
Los premios adquiridos por la banda en los eventos que participa son de propiedad de la institución y no serán compartidos con nadie. 
El instructor: El instructor será contratado por el representante de la institución en este caso el director previa autorización del comité pro banda. 
Se hará un contrato de trabajo especificando salario y horarios de trabajo. 
Seguidamente se hará reunión general para la presentación, el instructor y el método de entrenamiento a seguir. 
El instructor debe dirigirse a los estudiantes con el debido respeto teniendo en cuenta, que estamos formando hombres para el mañana encaminados siempre a un mejor futuro. 
Los ensayos de la banda no deben interferir en la jornada escolar. 
Queda prohibido que el instructor exija dinero o implementos a los estudiantes en calidad de préstamo. 
El instructor no debe presentarse embriagado, ni incitar a los estudiantes a consumir licor ni cigarrillos. 
Se prohíbe relaciones sentimentales entre estudiantes e instructor, si se confirma este hecho se dará por terminado el contrato con el instructor. 
El instructor no puede organizar actividades sin el conocimiento del rector de la institución. 
ARTÍCULO 42. Tienda escolar. Lugar donde se venden refrescos y comestibles a los estudiantes. Estos deben ser de buena calidad, alimenticios y a precios cómodos. La lista de comestibles y sus respectivos precios deben estar fijados en una cartelera dentro del recinto y con el visto bueno del consejo directivo. 
1. Se exigirá aseo e higiene en éste lugar y buen uso de los elementos. 
2. La atención será únicamente en las horas de descanso. 
3. Se prohíbe la entrada sin autorización a las dependencias por parte de los estudiantes. 
4. Buena presentación del personal que la atiende. 
5. Se prohíbe la venta de chicles o comestibles que lo contenga. 
6. Se prohíbe la venta de comestibles en horas diferentes a las de descanso. 
ARTÍCULO 43. Sala de audiovisuales. Será para uso de todas las asignaturas, pero para ello deben solicitar con anticipación a la coordinación el uso de la misma. 
1. La responsabilidad será siempre del profesor de la asignatura. 
2. Nadie puede retirar ningún elemento de allí sin la autorización de la rectoría o coordinación. 
3. Cualquier daño causado por mal uso será responsabilidad del docente y de los estudiantes.
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ARTÍCULO 44. Aula especial o virtual 
Deberes de los docentes 
1. Hacer reserva de los equipos o de las salas con la debida anticipación, de conformidad con las políticas establecidas por la Institución. La asignación de equipos se ajustará a la disponibilidad de equipos y a la atención de los usos prioritarios del Aula. 
2. El docente o responsable de una clase no debe abandonar en ningún momento el Aula. 
3. En caso de requerir algún software especial, el profesor debe solicitar su instalación con la debida anticipación indicando en cuántos y en cuáles equipos del Aula de Informática se requiere. 
4. Cumplir puntualmente con los horarios de servicio establecidos para trabajar en el Aula. 
5. Cuidar los equipos y materiales del aula que vayan a utilizar para su actividad pedagógica. 
6. Inculcar a los estudiantes el manejo adecuado de los recursos de hardware y software así como los muebles y demás materiales que se encuentran disponibles para su uso en el aula. 
7. Informar inmediatamente al encargado de la sala sobre cualquier irregularidad en el funcionamiento del equipo asignado (hardware, software o conectividad). 
8. Coordinar que los estudiantes dejen en completo orden los equipos y sus mesas de trabajo. 
9. Acatar las instrucciones y procedimientos especiales establecidos por la Institución para hacer buen uso de los recursos del Aula. 
Deberes de los estudiantes 
a. Acatar la reglamentación y disposiciones impartidas por el docente 
b. Mantener una buena disciplina en el aula 
c. No ingresar ni consumir alimentos y/o bebidas dentro del aula. 
d. Procurar el debido orden, limpieza y cuidado de los equipos al iniciar y finalizar su uso, esto incluye apagar los equipos adecuadamente y dejar el puesto de trabajo limpio y ordenado. 
ARTÍCULO 45. Sala de informática. - Será responsable el docente de la asignatura en cada jornada. - Cualquier daño causado por mal uso será responsabilidad del profesor y estudiantes. - Prohibido consumir alimentos y/o bebidas dentro de la sala. - Dejar en completo orden los equipos. - Estudiante que se detecte haciendo mal uso de los equipos o la sala será sancionado y perderá el derecho a hacer uso de la misma. - Se prohíbe el uso de la sala para juegos o videos pornográficos. - Se prohíbe el uso de la sala, a estudiantes, en horas extraclase. - Se debe ingresar en completo orden y aseo. - Los estudiantes deben estar siempre acompañados por un docente en la sala. - Respetar los horarios y turnos. Decreto 1860 de 1994, Capítulo V, art. 35. Obligaciones de los docentes encargados. 
1. Responsabilizarse por su clase tanto en la jornada mañana como en la jornada tarde. 
2. Cuidar los recursos equipos que vaya a utilizar en su clase.
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  • 1. 1 INTRODUCCIÓN Dando cumplimiento a la Constitución Nacional y a los artículos 13, 14 y 87 de la Ley General 115 de febrero de 1994, al Decreto 1860, a la Ley 1098 de 2006 ó Código de la infancia y la adolescencia, las sentencias de la Corte Constitucional Colombiana, el Estatuto Docente, la ley 1620 del 15 de marzo de 2013, el decreto reglamentario 1965 del 11 de septiembre de 2013 y la directiva ministerial 16 del 12 de junio de 2013, la comunidad educativa de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA GONZALO JIMÉNEZ DE QUESADA de San Sebastián de Mariquita, acuerda establecer unas pautas de convivencia, que permitan adoptar un comportamiento que refleje los principios académicos, disciplinarios, morales y espirituales, cimentados en los valores humanos y que hagan posible una sana estadía en la institución. El Pacto de Convivencia es el conjunto de deberes, derechos y compromisos para el normal desarrollo social del establecimiento, que regula las relaciones de todos los estamentos educativos de la Institución. Visto desde esta perspectiva, será una alianza de solidaridad, reciprocidad y reconocimientos de la diversidad al interior de la institución. Es el medio para formar y establecer criterios de comportamiento en la persona, que conlleven a darle una buena imagen en la sociedad. Contiene los deberes, derechos, estímulos y correctivos que aprobados por toda la comunidad educativa, se conviertan en el horizonte hacia el cual deben converger las acciones formativas plasmadas en el Proyecto Educativo Institucional. El Pacto de Convivencia estará sujeto a los ajustes necesarios cuando las circunstancias o posibles situaciones lo requieran. Los integrantes de la familia jimenista deberán acogerse a él en su totalidad, como una muestra de acuerdo con los principios y preceptos que rigen la institución.
  • 2. 2 IDENTIFICACIÓN PACTO DE CONVIVENCIA Nombre o razón social: INSTITUCIÓN EDUCATIVA GONZALO JIMENEZ DE QUESADA Registro del Dane: 173443001206 173443000315 Registro educativo: 122329 Número de Identificación tributaria (NIT): 809004527 – 2 Resolución de implementación de la básica secundaria: La Implementación de la básica secundaria se hace mediante resolución N° 1072 de noviembre 4 de 1999 Resolución de reconocimiento de estudios: Mediante resolución N° 1888 del 13 de noviembre de 2008 y resolución 05076 del 24 de octubre de 2013 se reconocen oficialmente los estudios cursados en el establecimiento denominado Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada del municipio de Mariquita de esta entidad territorial. Resolución de fusión: la resolución 2537 de mayo de 2007 emanada por la secretaria de educación departamental, resuelve: integrar a la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, el centro educativo pueblo nuevo con las siguientes sedes educativas, Pueblo Nuevo, San Vicente, La Mesa, El Pedregal, San Andrés, Flor Azul, Las Lomas, Quebrada Honda, Borde Medina, y Mal Paso alto. Dirección: Calle 3 N° 2 -09 Barrio Centro. San Sebastián de Mariquita. Teléfono: (098) 252 2052 Fax: (098) 252 3829 E mail: gonzalojimenezdqm@hotmail.com Página Web: www.iegonzalojimenezdequesada.edu.co Sede Santa Lucia: Calle 11 Nº 1- 24 Teléfono: 2524806
  • 3. 3 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL INSTITUCIÓN EDUCATIVA GONZALO JIMENEZ DE QUESADA ACUERDO No. 04 del 05 de AGOSTO de 2013 Por el cual se adopta y aprueba el pacto de convivencia de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA GONZALO JIMÉNEZ DE QUESADA para sus SEDES RURALES Y URBANAS JORNADAS MAÑANA Y TARDE. Los suscritos miembros del CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA GONZALO JIMÉNEZ DE QUESADA en uso de sus atribuciones legales y particularmente de las que le confiere la ley 115 y el decreto 1860 de 1994. CONSIDERANDO. 1. Que la ley general de Educación en los artículos 73 y 87 establece la obligatoriedad que tienen los establecimientos Educativos de tener un reglamento o pacto de convivencia en el cual se definan los derechos y obligaciones de su comunidad educativa. 2. Que el reglamento o pacto de convivencia debe tener una definición de los derechos y deberes de los alumnos y sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad Educativa. 3. Que es función de los consejos Directivos de toda Institución asignar y adoptar el reglamento o pacto de convivencia de conformidad con las normas vigentes (art. 23 Decreto 1860 de 1994) 4. Que en la Institución se desarrolló una amplia consulta con los diferentes estamentos de la comunidad educativa sobre el proyecto y ventajas del pacto de convivencia. 5. El pacto de convivencia debe contener una definición de los deberes y derechos y sus relaciones con los demás estamentos y los aspectos contemplados en el artículo 17 del decreto 1860/94. ACUERDA. 1. Adoptar como reglamento de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA GONZALO JIMÉNEZ DE QUESADA Municipio de SAN SEBASTIÁN DE MARIQUITA en las jornadas de mañana, tarde y sede rurales el siguiente PACTO DE CONVIVENCIA. 2. Convocar a todos y cada uno de los integrantes de la Comunidad Educativa para que cumplan y hagan cumplir este reglamento aprobado por el siguiente acto administrativo. 3. Ordenar la correspondiente publicación del texto y su divulgación para todos los miembros de la comunidad educativa.
  • 4. 4 4. Comunicar a las autoridades Educativas sobre el acuerdo y el texto completo del siguiente pacto de convivencia aprobado. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en San Sebastián de Mariquita a los 05 días del mes de Agosto del 2013. CONSEJO DIRECTIVO. ALVARO VALERO MELO FABER OBANDO Rector Rep. Profesores Primaria SONIA RAMIREZ YADIRA ADARRAGA Rep. Profesores Secundaria Rep. Asoc. Padres de Flia. MARTÍN TRUJILLO PATRICIA HENADO Rep. Sector Productivo Rep. Consejo de Padres DIANA YICELLY SERRATO LINA MARIA MENDEZ Rep. Exalumnos Rep. Estudiantes
  • 5. 5 SIMBOLOS DE LA INSTITUCIÓN La Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada cuenta con tres (3) símbolos representativos en los que plasma su esencia de formación, ciencia y cultura. BANDERA Formada por dos franjas horizontales de 50 cm de ancho por 180 cm de largo y cuyos colores son verde y blanco, el verde en la parte superior. El verde representa la riqueza ecológica de la región entendido en ella las montañas, ríos, riachuelos, cultivos y climas. El blanco por su parte representa el sentido de la solidaridad, la paz y la tolerancia. ESCUDO Formado por un águila tomada como símbolo de libertad sostenido en sus garras dos mangostinos, fruta típica de la región, siendo este uno de los elementos que ha hecho conocer a San Sebastián de Mariquita a lo largo del territorio Nacional. HIMNO Luego de transcurrir 68 años de existencia de esta institución, el primero de diciembre de 2003 se puso en consideración del consejo de docentes las propuestas presentadas para la adopción del Himno siendo aprobado por unanimidad el trabajo en letra y música presentado por los docentes ALEXIS URREA Y JAIME ENRIQUE OSORIO quienes expresaron en un coro y seis estrofas la historia, tradición y labor que se cumple en la institución.
  • 6. 6 HIMNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA GONZALO JIMENEZ DE QUESADA I Entonemos alegres un himno Venerando nuestra institución De cultura fiel hogar sublime Templo insigne de la educación II Eres, fruto reflejo y esencia De la noble e incansable labor Y en tu nombre llevas por herencia El recuerdo de un conquistador. CORO Orgulloso de ser Jimenista Hoy me siento con todo fervor Del futuro soy muy optimista Por ti siento gratitud y amor. III Cual sendero de luz prodigiosa, Veo tus aulas al a ti llegar; Pues la ciencia es virtud majestuosa, De la noble misión de orientar. IV Te rodean bellezas naturales, Convirtiéndote en su corazón, Y con brisas que cual azahares, Te acompañan con una canción. V Del oeste una cruz es testigo De la ardua y constante misión: De las luchas desdenes y prisas, Y de Dios esa gran bendición. VI Nuestras voces unidas por siempre, A esos campos le rinden honor, Jimenistas fieles y constantes, Sembraremos semillas de amor. Letra Alexis Urrea Música. Jaime Enrique Osorio MISIÓN La Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada forma personas con fundamentos éticos, morales y afectivos; competentes académica y laboralmente, para que contribuyan exitosamente al desarrollo sostenible de la sociedad colombiana frente a los retos impuestos por la globalización. VISIÓN Al año 2015 la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada será líder en el desarrollo de procesos educativos innovadores y de calidad, atendiendo a las necesidades y expectativas de la comunidad, a través de un proyecto educativo institucional que forme integralmente jóvenes competentes y socialmente comprometidos, proyectándonos a obtener la certificación de calidad.
  • 7. 7 METAS DE CALIDAD  Atender la demanda del servicio educativo al 100% de la capacidad instalada, a junio de 2014  A diciembre de 2014, mantener la permanencia del 90% de los estudiantes matriculados en la institución educativa.  Propender por alcanzar la promoción del 90% de los estudiantes, a noviembre de 2014  Mantener la Categoría Alto en las Pruebas SABER 11, a noviembre de 2014 y propender por el nivel superior. FILOSOFIA El fundamento filosófico de la institución se basa en la pedagogía constructivista que le permiten al educando la interacción con la realidad, mediante conocimientos nuevos e ideas previas. Su fin primordial es ofrecer una formación centrada en el desarrollo integral, en la interiorización de principios, práctica de valores, participación en las decisiones de la comunidad, sentido de identidad y pertenencia y el mejoramiento de su calidad de vida. VALORES INSTITUCIONALES RESPONSABILIDAD (1er periodo) ¿Por qué es un valor la responsabilidad? Porque gracias a ella, podemos convivir pacíficamente en sociedad, ya sea en el plano familiar, amistoso, profesional o personal. Ser responsable es asumir las consecuencias de nuestras acciones y decisiones. Ser responsable también es tratar de que todos nuestros actos sean realizados de acuerdo con una noción de justicia y de cumplimiento del deber en todos los sentidos. La responsabilidad tiene un efecto directo en otro concepto fundamental: la confianza. Confiamos en aquellas personas que son responsables. Ponemos nuestra fe y lealtad en aquellos que de manera estable cumplen lo que han prometido. La responsabilidad es un signo de madurez, pues el cumplir una obligación de cualquier tipo no es generalmente algo agradable, pues implica esfuerzo. En el caso del plomero, tiene que tomarse la molestia de hacer bien su trabajo. El carpintero tiene que dejar de hacer aquella ocupación o gusto para ir a la casa de alguien a terminar un encargo laboral. El estudiante de hacer bien el trabajo o tarea encomendada. La responsabilidad puede parecer una carga, y el no cumplir con lo prometido origina consecuencias. RESPETO (2º periodo) Hablar de respeto es hablar de los demás. Es establecer hasta donde llegan mis posibilidades de hacer o no hacer, y dónde comienzan las posibilidades de los demás. El
  • 8. 8 respeto es la base de toda convivencia en sociedad. Las leyes y reglamentos establecen las reglas básicas de lo que debemos respetar. Sin embargo, el respeto no es solo hacia las leyes o la actuación de las personas. También tiene que ver con la autoridad como sucede con los hijos y sus padres o los alumnos con sus maestros. El respeto también es una forma de reconocimiento, de aprecio y de valoración de las cualidades de los demás, ya sea por su conocimiento, experiencia o valor como personas. Aquí viene, entonces, también el concepto de Pluralidad, es decir, de las diferencias de ideas y posturas respecto de algún tema, o de la vida misma. La pluralidad enriquece en la medida en la que hay más elementos para formar una cultura. La pluralidad cultural nos permite adoptar costumbres y tradiciones de otros pueblos, y hacerlos nuestros. Sin embargo cuando la pluralidad entra en el terreno de las convicciones políticas, sociales y religiosas las cosas se ponen difíciles. Así es como llegamos al concepto de intolerancia, es decir el no tolerar. Fácilmente, ante alguien que no piensa, no actúa, no vive o no cree como nosotros podemos adoptar una actitud agresiva. Esta actitud, cuando es tomada en contra de nuestras ideas se percibe como un atropello a uno de nuestros valores fundamentales: la libertad. La intolerancia puede ser tan opresiva, que haga prácticamente imposible la convivencia humana. ¿Y nuestra propia tolerancia? HONESTIDAD (3er periodo) La Honestidad es una forma de vivir congruente entre lo que se piensa y la conducta que se observa hacia el prójimo, que junto a la justicia, exige en dar a cada quien lo que le es debido. Para ser Honesto hace falta ser sinceros en todo lo que decimos; fieles a las promesas hechas en el matrimonio, en la empresa o negocio en el que trabajamos y con las personas que participan de la misma labor; actuando justamente en el comercio y en las opiniones que damos respecto a los demás. Todos esperan de nosotros un comportamiento serio, correcto, justo, desinteresado, con espíritu de servicio, pues saben que siempre damos un poco más de lo esperado. En la convivencia diaria podemos vivir la honestidad con los demás, no causando daño a la opinión que en general se tiene de ellas, lo cual se puede dar cuando les atribuimos defectos que no tienen o juzgando con ligereza su actuar; si evitamos sacar provecho u obtener un beneficio a costa de sus debilidades o de su ignorancia; guardando como propio el secreto profesional de aquella información que es particularmente importante para la empresa en la que prestamos nuestros servicios, o de aquel asunto importante o delicado que nos ha confiado el paciente o cliente que ha pedido nuestra ayuda; evitando provocar discordia y malos entendidos entre las personas que conocemos; señalando con firmeza el grave error que se comete al hacer calumnias y difamaciones de quienes que no están presentes; devolviendo con oportunidad las cosas que no nos pertenecen y restituyendo todo aquello que de manera involuntaria o por descuido hayamos dañado.
  • 9. 9 Si queremos ser Honestos, debemos empezar por enfrentar con valor nuestros defectos y buscando la manera más eficaz de superarlos, con acciones que nos lleven a mejorar todo aquello que afecta a nuestra persona y como consecuencia a nuestros semejantes, rectificando cada vez que nos equivocamos y cumpliendo con nuestro deber en las labores grandes y pequeñas sin hacer distinción. Las relaciones en un ambiente de confianza conducen a la mejora personal y ajena, pues si en todo momento se obra con rectitud, se aprende a vivir como hombre de bien. SOLIDARIDAD (4º periodo) Pensamos en la Solidaridad como una actitud que debemos asumir en emergencias y desastres, sin embargo, la Solidaridad es una característica de la sociabilidad que inclina al hombre a sentirse unido a sus semejantes y a la cooperación con ellos. Podemos manifestar esta unión y cooperación, cada vez que procuramos el bienestar de los demás, participando en iniciativas que nos impulsen a servirles, como puede ser la visita a los enfermos en un hospital, haciendo colectas de ropa y alimentos para los más necesitados, en un grupo que imparta educación en comunidades marginadas, colaborando en campañas de cuidado y limpieza de calles y áreas recreativas de la comunidad, en los momentos que auxiliamos a quienes son víctimas de alguna catástrofe, es decir, prestando nuestros servicios en la creación de mejores condiciones de vida. No podemos reducir el concepto de Solidaridad a un simple servicio extraordinario; el término "servicio", puede hacernos perder de vista otros aspectos de la Solidaridad:  En la empresa los dueños deben procurar pagar un salario justo a sus trabajadores, de tal manera que les alcance para cubrir las necesidades primordiales de su familia; también los trabajadores en la oficina, el taller, el hospital, deben preocuparse por ayudar a sus colegas a desempeñar mejor su labor, con consejos, orientaciones o simplemente enseñarlos a hacer aquello que más se les dificultad.  En el trabajo personal: poniendo alegría y empeño por hacerlo lo más perfectamente posible, pues garantiza el progreso de la empresa y por consiguiente el propio.  Los educadores actualizando continuamente sus conocimientos, al mismo tiempo que las técnicas de enseñanza, para garantizar un mejor aprendizaje y aprovechamiento de los alumnos, además de ver en cada educando a una persona en desarrollo y formación.  En el hogar: dando un trato justo a los empleados que conviven diariamente con nosotros y nos ayudan a tener una vida más agradable.  El respetar las normas de vialidad al ir conduciendo, para garantizar la seguridad de los peatones y automovilistas.
  • 10. 10  La solidaridad es la ayuda mutua que debe existir entre las personas, no porque se les conozca o sean nuestros amigos, simplemente porque todos tenemos el deber de ayudar al prójimo y el derecho a recibir la ayuda de nuestros semejantes.  Qué agradable es el momento en que un desconocido se ofrece a ayudarnos a cambiar el neumático averiado o levanta los objetos que han caído de nuestras manos, son pequeños detalles de Solidaridad: servir a los demás desinteresadamente, por el simple hecho de ser personas, porque han descubierto la fraternidad.  Debemos descubrir y comprender que en cada lugar de trabajo y de convivencia, las personas tienen algo interesante que aportar y que enseñarnos; si aprendemos a interesarnos por el bienestar de las personas estamos en condiciones de ayudarles y prestarles un mejor servicio.  Si queremos que algo mejore - el servicio de limpieza de las calles o la educación que reciben los hijos en la escuela, por ejemplo -, debemos decidirnos a tomar el problema en nuestras manos, tal vez el vecino tiene la misma inquietud, y sólo le hacía falta con quien empezar a trabajar, con sus medios y los nuestros... no esperemos que las cosas cambien por sí mismas.  Generalmente el bien común va planteando nuevas necesidades, consecuentemente la labor no termina, pero se crea un ciclo en el cual se va haciendo cada vez más efectiva la ayuda y participación de todos. En resumidas cuentas, para vivir la Solidaridad se requiere pensar en los demás como si fuera otro yo, pues no vivimos aislados y nuestros conciudadanos esperan que alguien se preocupe por el bienestar y seguridad de todos, tal vez de alguien como nosotros, como líderes emprendedores. CAPITULO PRIMERO LA INSTITUCION Y SUS ESTUDIANTES ARTÍCULO 1. Caracterización. La institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada es de carácter público, laico y mixto, aprobado legalmente por el Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría de Educación Departamental del Tolima. Mediante Resolución de Aprobación No. 0902 de1 28 de octubre de 2004, para impartir enseñanza formal en los niveles de educación: preescolar, básica en los ciclos de primaria, secundaria y media académica; en jornada diurna y calendario A. Posteriormente se llevó a cabo la fusión con las sedes rurales con la metodología de Escuela Nueva y Post Primaria. En la jornada nocturna la metodología Acrecer y los sábados la metodología Transformemos. Su domicilio principal está ubicado en la calle 3 2-09 barrio El Centro, del municipio de San Sebastián de Mariquita, departamento del Tolima; teléfono 252 20 52 y telefax 252 38 29. ARTÍCULO 2. Organigrama. El organigrama que a continuación se presenta, define el ordenamiento administrativo de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, con sus cuadros directivos, líneas jerárquicas de asesoría y coordinación:
  • 11. 11 INSTITUCION EDUCATIVA GONZALO JIMENEZ DE QUESADA ORGANIGRAMA R E C T O R CONSEJO DIRECTIVO CONSEJO ACADEMICO COMITE CONVIVENCIA CONSEJO PADRES ASAMBLEA PADRES PADRES ASOCIACION PADRES CONS ESTUDIANTIL RESTAURANTE BIENESTAR ESTUDIANTIL DANZAS DEPORTES BANDA ADMINISTRATIVOS SECRETARIA SERVICIOS GENERALES CELADOR COORDINACIÓN CONVIVENCIA JEFES DE ÁREA PERSONERO DOCENTES SICO ORIENTADOR DIRECCIÓN DE GRADO ESTUDIANTES CONTRALOR ACADÉMICA JEFES PROYECTOS
  • 12. 12 ARTÍCULO 3. Requisitos de admisión para estudiantes nuevos. Para ser admitido en la institución educativa Gonzalo Jiménez de Quesada se debe cumplir con los requisitos y procedimientos que a continuación se señalan: 1. Haber aprobado el grado anterior y certificarlo debidamente 2. Presentar copia del observador del estudiante del grado anterior aprobado 3. Que exista la disponibilidad del cupo en la institución, la cual será determinada por el Rector del plantel bajo las directrices del Consejo Directivo. 4. Para los niveles de preescolar y básica primaria, se tendrá en cuenta como criterio de admisión, la edad establecida en las normas legales vigentes. 5. Adquirir el Formulario de solicitud de inscripción en la Secretaría de la institución. 6. Entregar el formulario debidamente diligenciado y demás documentación requerida por la institución. 7. Si procede de otra Institución y aparece registrado en SIMAT adjuntar la certificación de Traslado. 8. Presentar los boletines de los periodos anteriores y notas parciales del periodo actual. ARTÍCULO 4. Renovación de matrícula y sus requisitos (Ley 115/94, art.96. La renovación de matrícula es el acto jurídico, mediante el cual el educando legaliza su permanencia en la Institución para cada período académico y para cada grado. La matrícula podrá renovarse en los siguientes eventos: 1. Cuando el estudiante haya sido promovido al grado siguiente al término del período académico. 2. Cuando a juicio del Consejo Académico teniendo en cuenta el SIEE Sistema Institucional de Evaluación del Estudiante sea promovido a un grado superior, dentro del mismo período académico. 3. No haber perdido consecutivamente dos años en la institución 4. Cuando repruebe el grado cursado de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de Decreto 1860 de 1994, el decreto 1290 de 2009, el SIEE y no tenga antecedentes disciplinarios o de convivencia, calificados como graves, según lo previsto en el presente pacto de convivencia. 5. Estar a paz y salvo con la institución ARTÍCULO 5. Presentación Personal (Decreto 1860/94, art. 17, numerales 6 y 11; art. 57 y 58). Los estudiantes de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, deberán acatar las siguientes normas de presentación personal y acudir al plantel con uno de los uniformes que a continuación se señalan, dentro de los horarios y períodos establecidos en la institución. a. Portar el uniforme completo, según horario y/o recomendaciones de las directivas, sin accesorios, ni maquillaje. b. Uñas debidamente cortadas sin esmalte c. El cabello debidamente arreglado y con cortes normales
  • 13. 13 1. Uniformes. Los estudiantes de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, deberán presentarse, según cada ocasión y evento, y de acuerdo con las indicaciones dadas por los encargados competentes, con uno de los siguientes uniformes según la descripción dada y aprobada por asamblea general de Padres de Familia el 13 de febrero de 2008 y el 5 de diciembre de 2012. Mujeres: Falda a cuadros rojos, prensada con pretina a la cintura y el largo 4 cm arriba de la rodilla, bolsillo al lado derecho, cremallera y botón al lado izquierdo. Camibuso blanco, entallado a la altura de los prenses por encima de la falda; con bordes rojo y azul en el cuello al igual que en los puños de la manga; con abertura a los lados; al lado izquierdo superior en letras bordadas de color azul se lee Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada San Sebastián de Mariquita. Zapatos negros con cordones negros y medias blancas. Usar únicamente prendas blancas debajo del camibuso. Hombres: Pantalón azul oscuro con bota de 18 cm de ancho. Camibuso blanco por encima del pantalón; con bordes rojo y azul en el cuello al igual que en los puños de la manga; con abertura a los lados; al lado izquierdo superior en letras bordadas de color azul se lee Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada San Sebastián de Mariquita. Zapatos negros con cordones negros y medias blancas. Educación Física: Tanto para hombres como para mujeres, consiste en sudadera color rojo con tres rayas a cada lado (dos blancas y una azul en medio) y bota de 18 cm de ancho, buso blanco con cuello “V” con bordes azul y rojo, de igual manera en el cuello como en la manga, y en el lado superior izquierdo lleva el escudo del colegio, tenis completamente blancos y medias blancas. Usar únicamente camiseta blanca debajo del uniforme. En el caso de las sedes rurales se dará flexibilidad en el uso del calzado. Las niñas pueden sostener el cabello con hebillas, balacas o moñas de color blanco, negro o rojo, acordes con los colores del uniforme y en tamaño moderado. Artículo 6. Horarios y los periodos lectivos (Decreto 1860/94, art. 57 y 58). Los horarios y el período lectivo por los que se rige la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, son los siguientes: 1. En lo que tiene que ver con los períodos lectivos y la doble jornada, la institución se ajusta a lo establecido en los artículos 85 de la Ley 115 de 1994 y Decreto 1860 del mismo año o las normas que los modifiquen, en concordancia con las determinaciones que se establezcan en el Proyecto educativo Institucional y con las fechas límites de iniciación terminación de cada período que determine la Secretaría de Educación Departamental. 2. En materia de horarios y asignación académica, la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada se rige de acuerdo con sus circunstancias particulares en donde anualmente se expide una resolución y un cronograma de actividades. Los estudiantes de secundaria jornada de la mañana deben ingresar al plantel 6:25 a. m. Las clases se iniciarán a las 6:30 a.m. hasta las 12:30 m. El horario corresponde a seis horas
  • 14. 14 diarias de 55 minutos cada una, el cual podrá ser modificado cuando sea conveniente atendiendo lo establecido en la Secretaria de Educación Departamental. Los estudiantes de primaria jornada tarde, sede 1, “principal” su ingreso será a las 12:30 p.m., iniciando clases a 12:45 p. m hasta las 5:45 p. m. Para los estudiantes de primaria de la jornada mañana, sede 2 “Santa Lucia” su ingreso será a las 6:50 a.m., empezando las clases a las 7:00 a. m hasta las 12.00 m. En la jornada tarde en esta misma sede los estudiantes, ingresarán a las 12:30 p.m., iniciando las clases a las 12:45 p. m hasta las 5:45 p. m. El horario para el nivel preescolar en la jornada de la mañana es de 7:00 a.m. a 11:00 a.m. y en la tarde de 12:45 p.m. a 5:00 p.m. En las sedes rurales: sección primaria 7:30 a.m. a 12:30 p.m. y en pos primaria: 7:00 a.m. a 1:00 p.m. CAPITULO SEGUNDO DERECHOS, DEBERES, ESTIMULOS Y PROHIBICIONES Se definen los derechos como el conjunto de las leyes y disposiciones que determina las relaciones sociales desde el punto de vista de las personas y de la propiedad. Los deberes son el conjunto de obligaciones o compromisos que tienen las personas frente a los demás en cumplimiento de los principios éticos, morales y sociales o del derecho mismo de los otros. ARTÍCULO 7. Derechos del estudiante. Son derechos del alumno de la Institución Gonzalo Jiménez de Quesada, los cuales puede ejercer directamente o a través de sus padres, representantes legales o acudientes, los siguientes: 1. Ser tratado con el respeto, la comprensión y la justicia que se debe prodigar a toda persona, especialmente menor de edad sin consideración a su etnia, sexo, religión, estrato socioeconómico, convicciones, situación académica o disciplinaria o cualquier otra condición suya, de sus padres o acudientes o representantes legales. 2. Velar porque el quehacer escolar sea racional y pedagógico con objetivos claros y de carácter formativo; y que las evaluaciones sean continuas, cualitativas y no acumulativas, en función de la obtención de los logros propuestos. 3. Expresar, discutir y examinar con toda libertad: doctrinas, opiniones o conocimientos, dentro del debido respeto a la opinión ajena y a la cátedra y mediante el procedimiento de reglas de debate y petición. 4. Ser escuchado, en sus opiniones y objeciones sobre diferentes aspectos de la vida escolar. 5. Participar del proceso de aprendizaje dentro de un ambiente moral, social y psicológico que garantice su formación integral en el SER, SABER Y SABER HACER. 6. Presentar solicitudes respetuosas verbales o escritas, conservando el conducto regular: docente - docente director de grupo – coordinador – rector - consejo directivo y obtener respuestas oportunas. 7. Utilizar los equipos, enseres y espacios de la institución.
  • 15. 15 8. Ser respetado en sus bienes y pertenencias. 9. Tener acceso a los diferentes servicios que la institución ofrece previo el cumplimiento de requisitos para cada uno de ellos. 10. Recibir una formación integral en valores éticos, morales, intelectuales, físicos, estéticos, religiosos, sociales, laborales y ecológicos. 11. Exigir que la institución cumpla con las actividades curriculares y extracurriculares ofrecidas y que se le permita presentar los trabajos, investigaciones o evaluaciones que se hicieren en su ausencia, siempre y cuando la justifique debidamente, a juicio de las directivas del plantel, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la misma. 12. Conocer de manera oportuna el resultado y correcciones u observaciones a sus trabajos orales o escritos. 13. Conocer los informes de su situación académica antes de ser consignados en los boletines periódicos y en el registro escolar de valoración, y solicitar que sean modificados los que no correspondan a la realidad por error, omisión o cualquier otra razón válida. 14. Conocer y firmar el contenido de las observaciones registradas en el anecdotario, positivas y/o negativas así como a realizar los descargos necesarios para su debido proceso. 15. Conocer con anterioridad el plan de estudios correspondiente a cada una de las áreas del grado que cursa. 16. Participar de manera constante e integral en el proceso de evaluación para la superación de sus dificultades académicas de acuerdo con el SIEE sistema institucional de evaluación de los estudiantes. 17. Representar la institución en todo tipo de eventos para los cuales sea elegido o seleccionado de acuerdo con las bases reglamentarias de cada uno de ellos. 18. Recibir los primeros auxilios en caso de enfermedad o accidente e informar oportunamente a los padres de familia y/o acudiente. 19. Obtener autorización para ausentarse del establecimiento en caso de fuerza mayor, siempre en compañía de sus padres y/o acudiente. 20. Solicitar que se le expidan, constancias y certificaciones dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de solicitud. 21. Elegir y ser elegido para integrar los organismos representativos de los estudiantes, dentro del establecimiento y en los términos de ley. 22. Ser permanentemente estimulado a desarrollar su espíritu de investigación, sus capacidades y habilidades individuales y que las emplee en beneficio de la comunidad educativa. 23. Recibir orientación acerca de los simulacros en prevención de riesgos y desastres. 24. Que se le siga el debido proceso de acuerdo con el artículo 29 de la Constitución Nacional y a lo establecido en el Pacto de Convivencia 25. Ser instruido permanentemente por la instancia correspondiente del plantel acerca de los contenidos de este manual y participar con propuestas para los ajustes. 26. Ser informado sobre las modificaciones en horarios, asistencia a clases y toda otra que sea necesario conocer para su buen desempeño académico y de convivencia (disciplinario). 27. Concertar el encuadre pedagógico con el docente del área. 28. Ser informado con anterioridad de la fecha de las evaluaciones ARTÍCULO 8º. Deberes del estudiante. Son deberes del estudiante de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, los siguientes:
  • 16. 16 1. Conocer, respetar y asumir la filosofía de la institución, el pacto de convivencia. 2. Respetar a docentes, compañeros y demás integrantes de la comunidad educativa dando un trato cortés a todas las personas, observando las normas de urbanidad y de civismo establecida. 3. Identificarse como estudiante de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada demostrando sentido de pertenencia. 4. Acatar la Constitución Política de Colombia, las disposiciones previstas en este pacto de convivencia y las circulares y orientaciones dadas por las distintas instancias del plantel. 5. Presentarse puntualmente, aseado, con el uniforme que corresponda, completo y en buen estado, tanto a las actividades académicas como a las extra-académicas con carácter obligatorio, previstas por la Institución. 6. Justificar la llegada tarde o inasistencia al establecimiento con el padre de familia y/o acudiente. 7. Responsabilizarse de los libros, útiles y elementos personales que traigan al colegio. 8. Colaborar con las actividades programadas por el plantel, integrándose a ellas según sus habilidades y aptitudes. 9. Cultivar y vivenciar los valores del estudiante jimenista. 10. Preservar, cuidar y mantener en buen estado la Institución, así como el material de enseñanza, enseres, equipos y dotación en general e instar a los demás miembros de la comunidad educativa en tal sentido. 11. Proveerse oportunamente de los útiles y elementos solicitados por la Institución para el adecuado desarrollo de sus actividades, cumpliendo con las funciones asignadas por las autoridades competentes. 12. Participar activamente de las clases, eventos, actos culturales, deportivos, religiosos y demás que programe la Institución. 13. Alcanzar cada vez mayor rendimiento en cada una de las asignaturas que cursa y mantener un buen nivel académico. 14. Justificar ante la coordinadora de convivencia la inasistencia a clases o a las actividades extracurriculares dentro de los cinco días siguientes. El padre de familia y/o acudiente lo hará personalmente. 15. Llevar las informaciones o circulares enviadas por la institución a los padres de familia y/o acudientes. 16. Comportarse adecuadamente dentro y fuera de la institución, según las indicaciones dadas en materia académica o de convivencia, de acuerdo con el decoro y la dignidad del estudiante de la institución. 17. Representar dignamente a la institución en cualquier evento para el que sea elegido y comunicar oportunamente a quien corresponda toda conducta que conozca, contraria a los parámetros de este pacto, a las buenas costumbres, a la moral social o al orden jurídico establecido 18. Respetar los símbolos patrios e institucionales y entonar con espíritu cívico los himnos. 19. Cumplir las reglas para el uso de las salas de audiovisuales e informática, aulas de clase, la biblioteca escolar, unidades sanitarias, restaurante escolar, áreas destinadas para la recreación, descanso y deporte determinadas en el Proyecto Educativo Institucional. 20. Responder por los daños causados a las instalaciones, enseres y equipos de la institución. 21. Presentarse a la Coordinación o Rectoría cuando se requiera.
  • 17. 17 22. Prepararse con responsabilidad para realizar las evaluaciones, actividades académicas y de superación, cumpliendo con las fechas establecidas. En caso de inasistencia justificada, concertar con el docente una nueva fecha. 23. Respetar los horarios de clases, sin interrumpir a sus compañeros o a los otros grupos durante las mismas. 24. Atender al timbre oportunamente, según lo amerite la situación. 25. Cumplir actividades de aseo, cuando son requeridas por parte de los profesores, voceros del grado o consejo estudiantil. Los estudiantes de las dos jornadas deberán dejar el aula de clase en completo orden y aseo. 26. No encubrir faltas individuales y colectivas como hurto, juegos de azar, consumo o distribución de bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas u otros estimulantes dentro y fuera de la institución. 27. Abstenerse de portar y usar celulares, mp3, mp4, ipod y otros similares en el desarrollo de las actividades pedagógicas y culturales. 28. Colaborar con el orden y aseo el salón de clase y demás dependencias de la institución hasta finalizar la jornada escolar. 29. Los demás, que para los escolares determine el Ministerio de Educación Nacional, las Secretarías de Educación del departamento del Tolima y de San Sebastián de Mariquita o cualquier otra autoridad competente. 30. Parquear las bicicletas en el lugar asignado. 31. Representar única y exclusivamente a la institución en eventos culturales, científicos, recreativos, deportivos y otros. ARTÍCULO 9º. Estímulos para los estudiantes. La Institución educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, la Asociación de Padres de Familia, la Asociación de Egresados, o cualquier otro organismo, de acuerdo con su competencia y previa aprobación del consejo Directivo. Otorgarán incentivos a los estudiantes que se distingan por su rendimiento académico, espíritu investigativo, de cooperación, o que sobresalgan en certámenes deportivos, culturales o científicos, y por antigüedad o comportamiento, tales como: 1. Izar el Pabellón Nacional, resaltando su rendimiento académico, disciplinario y otros méritos. 2. Publicación o difusión de trabajos en el periódico, en las carteleras, en la emisora o en cualquier otro medio de comunicación que exista en la institución. 3. Obtener trofeos, condecoraciones, menciones especiales y a representar el curso en izadas de bandera o en actos comunitarios, con notificación al padre de familia y anotación en el observador del estudiante. 4. Medalla de honor "GONZALO JIMÉNEZ DE QUESADA" al estudiante de cada grado que haya sobresalido por su rendimiento académico. 5. Reconocimiento especial a los estudiantes que hayan obtenido los mejores resultados en las pruebas SABER e ICFES. 6. Premio de perseverancia: "MENCIÓN DE HONOR" que se otorgará en ceremonia de graduación a los estudiantes del grado once que han cursado sin interrupción todos sus estudios en la institución, desde su nivel preescolar. 7. Mención de honor al estudiante que con limitaciones, espíritu de sacrificio y deseo de superación que haya logrado sus metas.
  • 18. 18 8. Representar a la institución en todo tipo de certámenes o eventos de carácter: local, regional, nacional o internacional, con la ayuda económica de la institución, de la asociación de padres de Familia o de terceros. ARTÍCULO 10. Prohibiciones de los estudiantes. Se considera prohibición a toda falta o actitud negativa que atente contra la sana convivencia. ARTÍCULO 11. Faltas leves. A los estudiantes de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, les está prohibido realizar comportamientos equívocos que influyen en forma negativa en el desarrollo normal de las actividades de la Institución. Se consideran como faltas leves, las siguientes: 1. Impuntualidad en la llegada a la institución, sin causa justificada. 2. Entrar y salir del salón de clase, sin autorización. 3. Masticar chicle, consumir bebidas y/o comestibles en clase, formaciones u otros actos de comunidad. 4. Fomentar el desorden en el salón de clase o en cualquier dependencia de la institución. 5. Uso incorrecto de mobiliario, almohadillas, tableros y marcadores. 6. Arrojar papeles y basura entre compañeros, al piso, techo, ventiladores o cualquier otro lugar de la institución. 7. Permanecer en el aula en las horas de descanso. 8. Llegar tarde al salón en los cambios de clase, después del descanso y de otras actividades. 9. Comprar elementos o comestibles en horas diferentes al descanso. 10. Adquirir elementos o comestibles por las ventanas o murallas de la institución 11. Dormir o no prestar atención a la clase. 12. Desinterés por las actividades extra escolares programadas por la institución. 13. Portar el uniforme no acorde a las especificaciones dadas en éste pacto, desordenado o que no corresponda con el horario establecido o la orientación indicada para el desarrollo de actividades académicas y extraescolares. 14. Falta de aseo personal. 15. Usar el teléfono celular u otro medio de comunicación en clase o durante el desarrollo de cualquier actividad pedagógica (izadas de bandera,..). 16. No traer los útiles necesarios completos. 17. Incumplir con las actividades de aseo, cuando son requeridas por parte de los profesores, voceros del grado o consejo estudiantil. 18. No llevar las informaciones o circulares enviadas por la institución a los padres de familia. 19. No atender al timbre oportunamente. 20. Permanecer en la sala de profesores u otra área administrativa sin autorización. 21. Usar cachuchas y otros accesorios, ajenos al uniforme estipulado. 22. Arrojar, dañar, destruir y /o esconder los útiles de los compañeros. 23. No presentarse a la Coordinación o Rectoría cuando se le indique hacerlo. 24. Utilizar dentro del aula de clases elementos o materiales que no sean autorizados. 25. Mal comportamiento en la tienda escolar, restaurante, sala de audiovisuales y demás dependencias de la institución. 26. Hacer uso de bicicleta dentro de las instalaciones de la institución. 27. Expresarse con silbatinas y abucheos dentro y fuera de la institución.
  • 19. 19 28. Comercializar artículos y comestibles dentro de la institución, a menos que se trate de actividad comunitaria programada por las directivas o exista autorización expresa de las mismas. 29. Utilización de juegos de azar (Cartas. Meca, dados ) dentro de la institución 30. Faltarle al respeto a los compañeros con chanzas y acciones que conduzcan a la burla, atentando contra la integridad de la persona. ARTÍCULO 12. Faltas graves. A los estudiantes de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, les está prohibido realizar comportamientos equívocos que atentan contra la moral, la ética y las buenas costumbres, mostrando con ello, apatía hacia el cumplimiento de los pactos de convivencia y rebeldía por querer superarse integralmente. Se consideran faltas graves las siguientes: 1. Incurrir en (3) faltas leves. 2. Desacato a las disposiciones dadas por los docentes o directivos, siempre y cuando no vayan en detrimento de sus derechos 3. Llevar a la institución, mirar o hacer circular dentro del mismo revistas, libros, folletos, pasquines, discos compactos o cualquier otro material de tipo pornográfico. 4. Hacer uso indebido dentro del aula de clase, actos culturales y otros actos de comunidad, elementos tecnológicos como celulares, mp3, mp4, ipod, Tablet y otros. 5. Usar prendas de vestir o accesorios diferentes del uniforme que corresponda (aretes, collares, cachuchas, balacas, manillas, maquillaje, uñas postizas, esmaltes de colores, piercing y otros). 6. Apropiarse, esconder o tomar libros, cuadernos, útiles escolares o cualquier clase de objetos de sus compañeros, profesores, directivas o de cualquier otra persona, sin su consentimiento, e incurrir en cualquier otra conducta violatoria de la disciplina y la moral exigidas por la institución. 7. Entrar o salir de las instalaciones del plantel en horas distintas de las establecidas o en días no hábiles, excepto cuando se programen actividades especiales o medie autorización de funcionario competente. 8. Presentar indisciplina en los actos culturales, deportivos o religiosos. 9. Ingresar a zonas restringidas salvo autorización expresa de la persona competente. 10. Emplear vocabulario soez y despectivo a compañeros, docentes, directivos y personal de servicios. 11. Practicar juegos bruscos como golpes en la cabeza, empujones, puntapiés, etc. 12. Pinchar, deteriorar o desvalijar las bicicletas de sus compañeros o cualquier otro vehículo. 13. Usar sobrenombres a compañeros, docentes y demás personal de la institución. 14. Ausentarse de la institución y de los actos culturales, deportivos, religiosos sin autorización previa. 15. Fraudes o intentos de fraudes en las evaluaciones, tareas o trabajos 16. Incurrir y/o encubrir hechos que vayan en contra de la buena imagen de la institución. 17. Atentar contra el equilibrio ecológico y/o el patrimonio cultural. 18. Frecuentar sitios como billares, salas de máquinas, discotecas y bares, portando el uniforme de la institución. 19. Quedarse por fuera de clase, estando dentro del plantel. 20. Celebraciones grotescas con huevo, agua, harinas u otras sustancias dentro o fuera de la institución.
  • 20. 20 21. Destruir implementos de la institución, elementos de estudio ajenos, material de trabajo o cualquier otro objeto, por los cuales, el estudiante y el padre de familia deberán responder. 22. Evasión de la institución. 23. Incumplir con los compromisos académicos y/o disciplinarios firmados entre la institución y los padres de familia o acudientes. 24. Incurrir en faltas de respeto hacia los compañeros o docentes haciendo gestos vulgares. 25. Escribir palabras, frases o dibujos obscenos o mal intencionados en paredes, pupitres, baños u otros sitios de la institución. 26. Cometer la falta aprovechando la confianza depositada en él. 27. Incomodar y faltar al respeto a compañeros, profesores y demás personal con malos olores, eructos, gases y falta de higiene personal ARTÍCULO 13. Faltas gravísimas. A los estudiantes de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, les está prohibido realizar comportamientos que van en contra de la moral, las buenas costumbres, las normas de convivencia social, la integridad de las demás personas y las Leyes vigentes. 1. Reincidencia en las faltas graves que hayan ameritado suspensión hasta por tres (3) días. 2. Evasión reiterada de la institución. 3. Utilizar panfletos, caricaturas, grafitis, en medio físico o en redes sociales, que difundan y denigren la autoestima de las personas y de la institución dentro y fuera de ella. 4. Presentarse a la institución bajo el efecto de bebidas alcohólicas, estupefacientes o cualquier sustancia no permitida; usarlas, o distribuirlas. Fumar o llevar cigarrillos al plantel educativo. 5. Hurto y/o robo comprobado a cualquier miembro de la comunidad o de la institución. 6. Protagonizar riñas o incitar a ella, dentro o fuera del establecimiento. 7. Ingresar a la institución bajo los efectos del licor o cualquier tipo de estupefacientes. 8. Practicar cualquier tipo de desviación sexual (exhibicionismo, masturbación, lesbianismo, homosexualismo, voyerismo) dentro de la institución 9. Portar, suministrar o utilizar armas o elementos explosivos que vayan en contra de la integridad física, social o moral de las personas que constituyen la comunidad educativa. 10. Realizar acto o acceso carnal con otra persona, inducirla a prácticas abusivas denigrantes, deshonrosas o de cualquier manera atentar o violar su libertad sexual o influir negativamente en su educación sexual. 11. Falsificar o adulterar cualquier tipo de documento de manipulación exclusiva por parte de los docentes o la institución. 12. Manifestaciones amorosas excesivas. 13. Relaciones sexuales, masturbación o acoso sexual a cualquier integrante dentro de la institución. 14. Agredir con armas a cualquier miembro o compañero de la comunidad educativa. 15. Agredir física con o sin armas contundentes, insultos, amenaza o coacción a compañeros, funcionarios del plantel y padres de familia. 16. Amenazar de muerte a compañeros o integrantes de la comunidad educativa. 17. Organizar, divulgar o pertenecer a grupos al margen de la Ley, que atenten contra la estabilidad social y moral de la comunidad educativa y la sociedad.
  • 21. 21 18. Conformación de pandillas, tribus urbanas (emo, punk,..) que atenten contra la moral y las buenas costumbres. 19. Incumplimiento de los compromisos académicos y/o disciplinarios firmados entre institución y los padres de familia o acudientes. 20. Engañar a los padres y directivas de la institución sobre la asistencia al plantel 21. Digitar, grabar en celulares y/o en el disco duro de los computadores de la sala de informática o del aula de las nuevas tecnologías, videos, fotos, frases o mensajes no autorizados por los docentes y sobre todo que indispongan o perjudique la convivencia y/o la imagen de las personas y de la institución 22. Inducir, manipular, constreñir u obligar a otra persona a cometer acto que constituya infracción académica o de convivencia, o que de cualquier manera atente contra la moral, la Ley, la salud y las buenas costumbres que exige la institución educativa. 23. La calumnia, el chantaje, la difamación, la amenaza, la extorsión y el soborno contra cualquiera de los miembros de la institución 24. Práctica de juegos satánicos y espiritistas (tabla ouija,...). 25. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras personas. 26. Emplear en la ejecución del hecho un medio cuyo uso puede resultar peligro común. 27. El haber preparado la falta con complicidad de otras personas. 28. El cometer una falta para ocultar otra. 29. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad educativa. 30. Dañar, destruir o realizar actividades intencionalmente que pongan en peligro la planta física, bienes y materiales de la institución de docentes y/o estudiantes. 31. Acosar, abusar o agredir sexualmente a compañeros(as) o presentar comportamientos sexuales inadecuados que atenten contra la moral y su entorno social. 32. Emplear medios tecnológicos, electrónicos y/o virtuales en contra de la integridad, la honra, el buen nombre de la institución o de algún integrante de la comunidad educativa. 33. Amenazar en forma verbal, escrita o interactiva a compañeros, directivos, docentes y/o personal en general. ARTÍCULO 14. Faltas colectivas. Son infracciones cometidas contra el pacto de convivencia y donde están involucrados un grupo de estudiantes de cualquier grado o grupo en particular, y que por encubrimiento de la falta sea imposible identificar el responsable directo del acto cometido; por lo tanto se aplicará a los implicados la sanción correspondiente según la gravedad de la falta. Parágrafo: Los casos de amenaza de muerte y acoso o abuso sexual serán puestos a disposición de la fiscalía o autoridades competentes. CAPITULO TERCERO CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS ARTÍCULO 15. Debido Proceso (Artículo 29 de la C.P.). Frente a comportamientos considerados como faltas en el pacto de convivencia el proceso conlleva los siguientes pasos: Todo estudiante que incurra en faltas leves, graves, gravísimas y colectivas, está sujeto a solucionar las dificultades, problemas o conflictos a través del conducto regular, esto es:  Docente del área y/o los involucrados en dicha situación, además el director de grupo  Coordinador de convivencia
  • 22. 22  Orientadora escolar  Comité de convivencia  Rector  Consejo directivo Las faltas de convivencia (disciplinaría) para efectos de las medidas se calificarán como faltas leves, graves, gravísima y colectivas, atendiendo a su naturaleza y sus efectos, las modalidades y circunstancias del hecho, los motivos determinantes y los antecedentes personales del estudiante. ARTÍCULO 16. Proceso por faltas leves. Frente a la ocurrencia de una falta calificada como leve por la instancia competente, se tomarán las siguientes medidas: 1. Amonestación verbal. 2. Amonestación que se consignará en el Observador del estudiante, lo cual deberá firmar y hacer los respectivos descargos y/o compromisos. 3. Informe de Convivencia o calificación de Disciplina será de acuerdo a la falta. 4. Frente a la acumulación de tres (3) leves, se deberá citar al acudiente a reunión con el profesor de la asignatura o director de grado, coordinador de convivencia y el estudiante, en ella se tratarán de establecer los motivos determinantes de la conducta del estudiante implicado. Una vez cumplido este procedimiento todos los que intervinieron en la situación, firmarán un compromiso en el registro de acontecimientos administrativos. ARTÍCULO 17. Proceso por faltas graves. Frente a la ocurrencia de una falta calificada como grave por la instancia competente se tomará una de las siguientes medidas: 1. Llamados de atención por escrito en el registro de acontecimientos significativos del estudiante, debidamente firmados y con los respectivos descargos y/ o compromisos. 2. Citar al padre de familia 3. Determinar responsabilidades en la situación luego de escuchar a los implicados 4. Aplicación de sanción, suspensión temporal hasta por tres (3) días 5. Cumplimiento de una actividad pedagógica asignada por el coordinador de convivencia 6. La calificación de comportamiento es de desempeño bajo ARTÍCULO 18. Proceso por faltas gravísimas. Para el estudio de las conductas y la imposición de medidas por faltas gravísimas, según cada caso, se observará lo que a continuación se estipula. 1. Llamados de atención por escrito en el registro de acontecimientos significativos del estudiante, debidamente firmados y con los respectivos descargos y/ o compromisos. 2. Citar al padre de familia 3. Determinar responsabilidades en la situación luego de escuchar a los implicados 4. Aplicación de sanción suspensión temporal hasta por cinco (5) días 5. Cumplimiento de una actividad pedagógica asignada por el coordinador de convivencia 6. Calificación de comportamiento es de desempeño bajo 7. Matrícula en observación previo concepto del comité de convivencia 8. Negación del cupo para el próximo año previo concepto del consejo directivo 9. Cancelación de matrícula con el visto bueno de la asociación de padres de familia
  • 23. 23 10. La aplicación de las diferentes sanciones será aplicada por el coordinador de convivencia en las diferentes sedes. CAPITULO CUARTO DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS Y PROHIBICIONES DE LA INSTITUCIÓN, DIRECTIVOS, DOCENTES Y PADRES DE FAMILIA ARTÍCULO 19. Derechos de la institución. La institución tiene frente a las autoridades estatales y a la comunidad en general, los siguientes derechos: 1. A recibir presupuesto suficiente con destino a la planta física y al material didáctico (Ley General de Educación). 2. Recibir de las autoridades educativas del nivel municipal, departamental y nacional, el respaldo efectivo a los proyectos institucionales. 3. A desarrollar el Proyecto Educativo Institucional sin interferencia de autoridad alguna, ajena a los estamentos educativos. 4. Exigir a las autoridades educativas gubernamentales el cumplimiento con la institución. 5. Exigir el cumplimiento de los deberes por parte de los miembros de la comunidad educativa y establecida en el presente pacto. 6. Tener las instalaciones y el material didáctico necesario para el buen desarrollo de las distintas acciones formativas programadas por el plantel. 7. Tener una planta de personal completa, de acuerdo a las exigencias de la realidad local y a las capacidades del establecimiento. 8. Exigir a la comunidad del entorno escolar y a las autoridades Municipales un ambiente sano, libre de ruidos, basuras o cualquier agente contaminante del medio. 9. Tener representación en los diferentes eventos oficiales y privados que se realicen en el ámbito municipal, departamental o nacional. 10. Recibir reconocimiento público por los logros alcanzados a cualquier nivel, en beneficio de su comunidad educativa. 11. A facilitar la planta física de la institución para actos culturales o deportivos, con previa autorización del Consejo Directivo. 12. A reservarse el derecho de admisión de un estudiante, de acuerdo a lo establecido por el Consejo Directivo y a las normas legales vigentes. 13. Exigir a los estudiantes y padres de familia el cumplimiento con el rendimiento académico de acuerdo a las metas de calidad propuestas por la institución. 14. Comprometer al padre de familia con las diversas actividades que programa la institución para el mejoramiento de la educación. ARTÍCULO 20. Deberes de la institución. (Artículo 42, 43 y 44 del Código de la Infancia y la Adolescencia. Ley 1098 de Noviembre de 2006.) Son deberes de la institución, los siguientes: 1. Mantener la planta física de la institución en condiciones adecuadas para su funcionamiento. 2. Mantener las baterías sanitarias en buen estado. 3. Programar actividades recreativas y deportivas intercolegiales para mantener una buena integración.
  • 24. 24 4. Mantener papelería suficiente para entregar informes a los padres de familia. 5. Programar permanentemente actividades de capacitación para los docentes. 6. Brindar al estudiante las oportunidades necesarias para superar sus dificultades académicas y disciplinarias. 7. Elaborar, socializar e implementar el PEI. 8. Dar a conocer, cumplir y hacer cumplir el pacto de convivencia a toda la comunidad educativa. 9. Llevar a cabo el Proyecto Educativo Institucional. 10. Formar al estudiante dentro de los parámetros establecidos por la ley y según la filosofía del establecimiento. 11. Velar por la buena imagen de la institución. 12. Las demás obligaciones contempladas en el artículo 42, 43 y 44 del Código de la Infancia y la Adolescencia. Ley 1098 de Noviembre de 2006. Los contemplados en el artículo 36 del Decreto 2277 y los artículos 133 al 137 de la Ley General de Educación. ARTICULO 21. Derechos del rector 1. Recibir siempre un trato cortés y respetuoso de parte de los profesores, estudiantes, padres de familia y demás miembros de la Comunidad Educativa. 2. Participar en los programas de capacitación y bienestar social que programen las autoridades locales o nacionales. 3. Gozar de los estímulos de carácter profesional y económico que se establezcan tanto institucional mente, como a nivel municipal y departamental. 4. Solicitar y obtener los permisos, licencias y comisiones ante la autoridad competente, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes. 5. Permanecer en el servicio y no ser desvinculado o sancionado si no de acuerdo con las normas y procedimientos que se establecen en el Estatuto Docente. 6. No ser discriminado por razón de sus creencias políticas y/o religiosas, ni por distinciones fundadas en condiciones sociales o raciales. 7. Como autoridades y responsables de la buena marcha del establecimiento, ser informados por parte de los educadores y personal administrativo de las situaciones que se presenten en la institución. 8. Tener acceso a la utilización de los diferentes equipos de que disponga ella Institución Educativa. ARTÍCULO 22. Deberes del rector. Además de los contemplados en el decreto 2277 y el artículo 25 del decreto 1860. 1. Informar a los demás integrantes de la comunidad educativa sobre planes, actividades y modificaciones que afecten la vida del establecimiento. 2. Conservar todos los elementos que se encuentren a su cargo de acuerdo al inventario general del establecimiento. 3. Presentar a su debido tiempo los informes que le sean solicitados por la autoridad competente o cualquier miembro de la comunidad educativa. 4. Representar legalmente a la institución y ejecutar las políticas educativas y administrativas establecidas por el M.E.N., la secretaría de educación departamental, municipal y el consejo directivo del plantel.
  • 25. 25 5. Delegar funciones a sus más inmediatos colaboradores en lo que hace referencia a la organización, ejecución, control, evaluación y ajuste al P.E.I. 6. Asistir diariamente al plantel, salvo actividades que tengan que ver con su cargo. 7. Evaluar periódicamente el P.E.I. e introducirle las acciones correctivas necesarias. 8. Supervisar y evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje. 9. Convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias de profesores, padres de familia y los demás organismos de coordinación y asesoría que existan en la institución. 10. Investigar y corregir las anomalías de tipo disciplinario, académico y de cualquier otra índole que interfieran con la buena marcha de la institución. 11. Atender y resolver los problemas planteados por la comunidad educativa en general, lo mismo que las sugerencias que ella misma pueda plantear. 12. Ordenar los gastos del plantel. 13. Organizar dentro de los términos de la ley, las diferentes instancias del gobierno escolar, y velar por el cumplimiento de las funciones propias de cada organismo. 14. Organizar y controlar el funcionamiento de la tienda escolar. 15. Presentar la relación mensual a la secretaría de educación departamenteal de las personas a su cargo y las novedades, si las hay, para efectos del pago oportuno. 16. Distribuir los grupos y las áreas entre los docentes, atendiendo a sus aptitudes y especialidad. 17. Evaluar a los docentes del decreto 1278 y al personal administrativo 18. Otras que fijen las disposiciones legales. ARTÍCULO 23. Prohibiciones para los directivos docentes 1. Las contempladas en el estatuto docente, en el artículo 45 del régimen disciplinario y en la ley 200. 2. Prestar las instalaciones del plantel sin la autorización del consejo directivo. 3. Son causales de mala conducta las contempladas en el artículo 46 del decreto 2277, en el artículo 125 de la ley general de educación, en los artículos 18 a 24 del régimen disciplinario y los establecidos en las disposiciones legales existentes y otras que determinen sus superiores jerárquicos, siempre y cuando tengan piso jurídico. ARTÍCULO 24. Perfil del educador Jimenista (Art. 17. numeral 4 Decreto 1860 de 1994). Para la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, los educadores juegan un papel vital y trascendental tanto en la formación de los estudiantes como en los demás estamentos de la comunidad educativa. Para ello la institución exige y se preocupa porque el maestro que le preste servicios sea: 1. Promotor del desarrollo de la capacidad reflexiva y de la adquisición de conocimientos con el mayor sentido de perfección, para sí mismo y para sus estudiantes. 2. Colaborador en el crecimiento, formación y desarrollo integral de los estudiantes. 3. Preocupado permanentemente por la creación, fomento y práctica de los valores sociales, espirituales, éticos y morales que lo lleven a ser modelo y ejemplo para la comunidad educativa. 4. Auténtico e interesado por los alumnos como personas, para conducirlos a crear y asumir posiciones positivas frente a la vida. 5. Dinámico, alentador, creativo, recursivo y amable para fomentar relaciones de cordialidad en el aula y fuera de ella.
  • 26. 26 6. Con espíritu para socializarse y/o conmoverse frente a éxitos, fracasos y situaciones de calamidad de sus estudiantes, de sus compañeros y de los demás miembros de la comunidad educativa 7. Atento a difundir su conocimiento con la más alta pedagogía y sentido altruista. 8. Amante de su profesión e inquieto por engrandecer y enriquecer su nivel de conocimientos 9. Que inspire confianza por su sentido de responsabilidad, manejo de grupo y buen trato para sus estudiantes, compañeros y demás personas de la comunidad educativa 10. Comprometido con el sentido de la justicia y la honestidad profesional y personal 11. Dispuesto siempre a participar en las actividades de beneficio común propuestas por los distintos órganos de la institución 12. Creador y fomentador de sentimientos de amor hacia sus semejantes en aras de una práctica y armónica convivencia. 13. Preservador del entorno y promotor del cuidado que debe darse a los recursos naturales y a la tierra como morada del hombre 14. Orgulloso de ser ciudadano colombiano y forjador en sus estudiantes del respeto por los valores patrios. ARTÍCULO 25. Derechos de los educadores 1. Ser considerados y respetados en su dignidad recibiendo un trato amable y cordial por parte de todos los miembros de la comunidad educativa. 2. Formar asociaciones sindicales con capacidad legal para representar a sus afiliados en la formulación de los reclamos y solicitudes ante las autoridades del orden local, regional y nacional. 3. Recibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y grado en el escalafón. 4. Ausentarse de la Institución cuando sea requerido por la Secretaría de Educación Departamental u otro organismo de mayor jerarquía. 5. Ser atendidos oportunamente por directivos y personal administrativo guardando las normas de respeto y siguiendo el conducto regular 6. Recibir un trato digno y respetuoso por parte de los directivos docentes 7. Disfrutar de vacaciones remuneradas. 8. Participar en los programas de capacitación en bienestar establecidos por los organismos para tal fin y gozar de los estímulos de carácter profesional y económico. 9. Ascender dentro de la carrera docente. 10. Ejercer libremente la profesión, de acuerdo a lo consagrado en el artículo 25 de Constitución Nacional y las normas laborales vigentes 11. Recibir información oportuna sobre las actividades a realizar, ya sea verbalmente, en cartelera o por escrito 12. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI 13. Solicitar y conocer los informes contables que sustenten el uso debido del presupuesto de la institución 14. Elegir y ser elegido miembro del Consejo Directivo y/o del Consejo Académico 15. Ser informado oportunamente sobre su situación laboral 16. Ser escuchado para que pueda expresar sus ideas, sugerencias y descargos cuando sea conveniente y redunde en beneficio de la comunidad 17. Participar en la conformación de comités y elaboración de proyectos esenciales, de acuerdo a su área, inquietudes e intereses
  • 27. 27 18. Recibir asignación de carga académica según el área de su especialidad teniendo en cuenta en lo posible que haya continuidad en el trabajo desarrollado por los docentes cada año. 19. Recibir en forma oportuna y correcta los servicios administrativos solicitados en la secretaría de la Institución educativa. 20. Solicitar permisos y licencias teniendo en cuenta normas vigentes. 21. Recibir horarios de clases con una adecuada distribución para mejor aprovechamiento de las horas libres en el diseño, elaboración y preparación de materiales didácticos y ayudas educativas. 22. Recibir información y asesoría individual para superar las dificultades y corregir los desaciertos en el proceso pedagógico. 23. Tener autonomía y ser respetados sus criterios de evaluación, siempre y cuando se ajusten a las normas vigentes consagradas en el Sistema Institucional de Evaluación del Estudiante SIEE 24. Ser elegido para representar a la Institución en seminarios, talleres, simposios, congresos, etc. 25. Conocer los proyectos e innovaciones que las instancias directivas programen para el bienestar escolar. 26. Solicitar y recibir de las directivas institucionales, una capacitación permanente sobre las disposiciones del Ministerio de Educación Nacional en lo referente a las innovaciones pedagógicas. 27. Otros establecidos por la institución o por las normas legales. ARTÍCULO 26. Deberes de los educadores (Decreto 2277 de 1979, Código Único Disciplinario, Ley 200 de 1995 y el Decreto 2480 de 1986) 1. Cumplir con la constitución y las leyes de Colombia y los acuerdos consignados en el presente manual. 2. Inculcar en los educandos el amor por los valores históricos y culturales de la nación y el respeto por los símbolos patrios. 3. Dar un trato amable y cordial a todos los miembros de la comunidad y compartir con espíritu de solidaridad y unidad de propósito. 4. Observar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo. 5. Tratar con respeto, imparcialidad, rectitud y justicia a las personas con quienes tenga relación en el ejercicio de su cargo. 6. Abstenerse de solicitar préstamo en dinero a sus estudiantes, la venta de productos dentro de la Institución o la obtención de cualquier otro beneficio económico personal. 7. Informar veraz y oportunamente al directivo correspondiente sobre la comisión de hechos que puedan constituir causales de mala conducta y de los cuales tenga conocimiento. 8. Utilizar adecuadamente los recursos que tenga asignados para el desempeño de su cargo. 9. Hacerse responsable del manejo de los recursos didácticos y tecnológicos. 10. Poner en conocimiento del superior los hechos que puedan perjudicar la administración y las iniciativas que se estimen útiles para el mejoramiento del servicio. 11. Atender, tramitar o realizar las sugerencias que reciba de sus colegas, de los padres de familia, o de los estudiantes, acerca de sus relaciones interpersonales y de la manera de orientar tanto las clases como los procesos curriculares.
  • 28. 28 12. Conocer los principios, lineamientos, planeación, proyectos y demás aspectos de la institución. 13. Asistir puntualmente a las clases y actividades programadas por la institución. 14. Llevar con responsabilidad todos los instrumentos de control y evaluación de los educandos, entregándolos oportunamente. 15. Dar a conocer a los estudiantes en la primera (1ª) semana de clase los estándares del área bajo su responsabilidad, así como sus estrategias metodológicas. 16. En la primera semana de clase del año lectivo realizar el encuadre pedagógico con los estudiantes y consignarlo en el cuaderno del área que orienta. 17. Colaborar con la disciplina, el orden y el aseo de la institución. 18. Respetar los derechos de los estudiantes, de los padres de familia y los demás miembros de la comunidad educativa. 19. Presentarse al establecimiento todos los días laborables en la hora establecida en el PEI. 20. Recibir la carga académica respectiva, de acuerdo a su especialidad. 21. Observar una buena presentación, vistiendo con pulcritud y elegancia, dando así ejemplo a sus educandos. 22. Solicitar con anticipación y causa justa los permisos, entregando al coordinador las actividades a desarrollar en su ausencia dentro del aula de clase. 23. Mantener un espíritu de solidaridad y cooperación dentro de la comunidad educativa. 24. Cumplir con la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo. 25. Participar activamente en la elaboración del proyecto educativo institucional. 26. Escuchar al estudiante y permitirle expresar sus pensamientos, ideas, sugerencias y descargos cuando sea necesario, teniendo en cuenta las normas establecidas. 27. Entregar oportunamente los informes solicitados por las diferentes instancias administrativas establecidas en el plantel. 28. Despertar en el educando amor por la patria, su folclore y las costumbres autóctonas de su región (art. 72 de la Constitución Nacional). 29. Diligenciar con claridad y en forma oportuna el registro de acontecimientos significativos del estudiante con los informes positivos y negativos. 30. Socializar permanentemente el pacto de convivencia con estudiantes y padres de familia. 31. Informar oportunamente a los estudiantes las fechas para las evaluaciones. 32. Las evaluaciones deben corresponder a los temas vistos. 33. Mantener el aula de clase en orden y aseo. 34. Supervisar con anterioridad el acto cultural que se va a presentar para evitar la participación de personas ajenas a la institución. 35. Atender oportunamente el timbre e Iniciar puntualmente las clases. 36. Recibir asignación académica de acuerdo a la especialidad y aptitudes. ARTÍCULO 27. Estímulos para los educadores 1. Felicitación por escrito, con copia a la hoja de vida, a los docentes que se distingan por su responsabilidad, colaboración y buena calidad en el desempeño de su labor. 2. La institución organizará cada año la celebración del día del educador, como un reconocimiento a la labor desarrollada. 3. Los establecidos en el capítulo VI de la ley general de educación. 4. Serán responsables de otorgar los estímulos a los docentes, los miembros del Consejo Directivo.
  • 29. 29 5. En el marco de la celebración de los cumpleaños de la institución condecorar a los docentes que se destaquen por su sentido de pertenencia, responsabilidad, buen trato y desempeño en su labor académica por parte del consejo académico y el consejo estudiantil. ARTÍCULO 28. Prohibiciones de los educadores 1. Presentarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias alucinógenas a desempeñar su labor docente. 2. Fumar dentro de las dependencias del establecimiento. 3. Acosar de manera psicológica, académica y sexual a los estudiantes. 4. Utilizar la investidura de docente para efectuar negociaciones con los padres y/o estudiantes. 5. Irrespetar a los compañeros en todos los aspectos, utilizando la crítica destructiva. 6. Protagonizar escándalos con los padres de familia o compañeros. 7. Ridiculizar a los estudiantes frente a profesores y compañeros. 8. Aplicar castigos denigrantes o físicos, que atente contra la formación integral de los estudiantes. 9. Utilizar vocabulario soez y/o ridiculizante para tratar compañeros o estudiantes. 10. Desautorizar a otro docente frente a los estudiantes o padres de familia. 11. Realizar paseos y salidas pedagógicas sin autorización de las directivas de la institución. 12. Utilizar los emblemas o uniformes de la institución en salidas no autorizadas por las directivas de la institución. ARTÍCULO 29. Derechos de los padres de familia. Los padres o acudientes de los alumnos de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada gozan de todos los derechos y garantías civiles reconocidas en la legislación colombiana y frente a éste tienen especialmente los siguientes: 1. Ser atendidos por el personal directivo, docente y administrativo de la institución, en los horarios establecidos para tal fin. 2. Recibir un trato cortés y respetuoso por todos los demás miembros de la comunidad educativa. 3. Recibir información académica o de convivencia (disciplinaria), aclarar dudas, resolver inquietudes, presentar reclamos y hacer las sugerencias que consideren pertinentes. 4. Recibir periódicamente el informe detallado del rendimiento y comportamiento de su(s) hijo(s). 5. Beneficiarse de los servicios de psicología ofrecidos por la institución. 6. Hacer parte de la Asociación de padres, del Consejo de padres y demás comités existentes en la institución. 7. Participar en las actividades programadas para padres de familia. 8. Participar en la elaboración y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y del Pacto de convivencia. 9. Representar a su hijo o acudido en todas las actuaciones en las que sea necesario o conveniente y, especialmente cuando es solicitado por uno de los docentes y/o coordinadores. 10. Interponer los recursos establecidos en este pacto contra las decisiones con las que no estén de acuerdo.
  • 30. 30 11. Los demás que dentro de la Ley se prevean en los estatutos de la Asociación de padres de familia o en las normas vigentes reguladoras de su actividad. ARTÍCULO 30. Deberes de los padres de familia o acudientes. De acuerdo con el Código de la infancia y la adolescencia; Ley 1098 de noviembre de 2006 art. 39, son los padres de familia los primeros y principales educadores de sus hijos, artífices de la unidad familiar y responsables de la formación de sus valores humanos. Por tales razones, la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada propende por una integración y participación activa de los padres en el proceso educativo. En consecuencia al legalizar la matricula, el padre de familia o acudiente adquiere con la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada y con sus hijos los siguientes compromisos y responsabilidades: 1. Acatar las disposiciones legales que rigen las relaciones de la comunidad educativa. 2. Participar, atender y cumplir las programaciones curriculares, resoluciones, circulares, directivas, memorandos y oficios que emanen de la institución como resultado de su organización interna. 3. Orientar a sus hijos en los aspectos moral y social proporcionándoles un ambiente de comprensión, cariño, respeto y buen ejemplo, corrigiéndolos en forma oportuna y adecuada. 4. Controlar el cumplimiento de los deberes escolares de los hijos, dando oportunidad para que asuman sus propias responsabilidades. 5. Suministrar oportunamente a sus hijos o acudidos los uniformes, textos y útiles recomendados por la institución. 6. Asistir en la hora y fecha fijadas a las reuniones y actividades programadas, tales como: entrega de informes, talleres, conferencias u otros. Así mismo a las citaciones enviadas por la institución, disponiendo en todos los casos del tiempo necesario. 7. Solicitar personalmente al coordinador de convivencia o/a las directivas del plantel, los permisos o autorizaciones para sus hijos en los casos de inasistencias, retardos o ausencias dentro de la jornada. Excepcionalmente, a juicio del coordinador de convivencia o del rector, se tramitarán solicitudes de permisos comunicados telefónicamente o por vía fax. 8. Presentarse ante el coordinador de convivencia para justificar la inasistencia de su(s) hijo(s) dentro de los tres días hábiles siguientes al regreso del alumno(s) al plantel. 9. Proporcionar a sus hijos un lugar para el estudio y la elaboración de tareas, orientando diariamente la ejecución de las mismas. 10. Fomentar en sus hijos normas de urbanidad y buenas costumbres, propendiendo por un excelente manejo de las relaciones interpersonales a nivel del hogar, de la institución y en general de la comunidad. 11. Analizar y orientar en forma continua los resultados académicos de sus hijos, estimular sus logros, establecer correctivos a situaciones que así lo requieran y solicitar los informes pertinentes en el horario establecido para la atención a padres de familia. 12. Evitar las agresiones físicas o verbales entre los miembros del grupo familiar, puesto que van en contra de la integridad física, moral y psicológica de sus propios hijos. 13. Inculcar y lograr en su(s) hijo(s) hábitos de aseo y pulcritud personales y diligencia en el cuidado de los elementos que utilicen, sean o no de su propiedad.
  • 31. 31 14. No permitir a sus hijos traer a la institución elementos diferentes a los útiles escolares y vestuario reglamentario. La institución no responderá por la pérdida de dinero, teléfonos celulares, joyas, grabadoras, juguetes, entre otros. 15. Observar una buena presentación personal cuando se trate de acercarse al plantel por motivo alguno. 16. Devolver a la institución cualquier objeto que lleven sus hijos a casa y no sea de su propiedad. 17. Dar a conocer en forma oportuna a quien corresponda, problemas conductuales o actitudinales observados en sus hijos para brindarles ayuda adecuada en la institución. En casos especiales, entregar al coordinador de convivencia la certificación médica en la cual se consignen detalladamente los cuidados y precauciones que el alumno debe observar y/o medicamentos prescritos. 18. Fomentar y apoyar en sus hijos la participación en actividades culturales, artísticas y deportivas que ayuden a su formación integral. 19. Fortalecer los valores de la institución evitando críticas o comentarios destructivos que desfavorezcan el buen nombre de la misma. 20. Al finalizar el año escolar es obligación del padre de familia o acudiente estar a paz y salvo por todo concepto con la institución. 21. Seguir el conducto regular al presentar algún reclamo o sugerencia dependiendo de la situación a tratar y hacerlo de manera oportuna: a. Profesor b. Director de grupo c. Coordinador académico o Coordinador de convivencia. d. Rector e. Consejo Directivo Excepto para utilizar el servicio de psicología o para actuar ante los comités o consejos instituidos. 22. Adquirir los seguros contra accidentes que propone la institución u otro que estime conveniente. En caso de no tomar el seguro estudiantil se autoriza automáticamente a la institución para llevar al alumno al centro médico u hospitalario más cercano, cuando se trate de una situación de emergencia. En este evento el padre o acudiente debe cancelar directamente al centro médico u hospitalario los gastos que ocasione la atención. Firmar el acta en caso de no adquirir el seguro, en el momento de la matrícula. 23. Participar en las actividades de la Asociación de padres de familia. 24. Entregar y recibir los estudiantes de preescolar en el horario establecido. ARTÍCULO 31. Prohibiciones de los padres de familia. Se prohíbe a los padres de familia: 1. Presentarse al plantel en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias alucinógenas. 2. Fumar en el interior de las dependencias del plantel. 3. Gritar u ofender de palabra o hecho a los educandos y educadores de la institución. 4. Retirar a sus hijos del plantel sin previo permiso de la coordinación o el rector. 5. Presionar o chantajear a los docentes o directivos para lograr beneficios académicos y/o disciplinarios. 6. Permanecer en la institución en el horario de clases, entorpeciendo el proceso académico y el libre desarrollo del niño. 7. Ingresar materiales de trabajo, comestibles u otros a los estudiantes en horas de clase.
  • 32. 32 ARTÍCULO 32. Quejas, conflictos y procedimientos. Frente a situaciones de quejas o reclamos y frente a las clases a las que pudieran originar conflictos entre profesores y estudiantes, se establecen las siguientes instancias, competencias y procedimientos. Cuando un estudiante o un padre de familia observa alguna conducta del profesor(a) que le merezca especial atención, queja o reclamo, se lo hará saber al mismo educador(a). Si éste(a) no le da solución, lo comunica al coordinador, el cual llamará al docente y buscará una concertación conveniente a todos los involucrados. Si la situación no se resuelve y continúa se le informará al rector, luego al comité conciliador, y si continúa la problemática se le informará al director de núcleo educativo o en su defecto a la secretaría departamental. Si el Rector no logra o es un asunto de competencia exclusiva del Comité conciliador se llevará el caso a la dirección de Núcleo o en su defecto a la Secretaría de Educación Departamental. Cuando la conducta presuntamente reprobable sea de un padre de familia, deberá comunicarse a la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia. Si es de un estudiante se actuará conforme a lo establecido en éste Pacto de Convivencia. ARTÍCULO 33. Personal Administrativo. El personal administrativo de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada debe trabajar en acción coordinada con los demás estamentos de la comunidad, bajo la orientación de todos y cada uno de sus superiores o con la autonomía que le confiere la organización institucional o la ley, según el funcionario de que se trate. Igualmente deben conocer y aceptar la filosofía de la Institución, así como cumplir cabalmente con sus funciones, respetar, apoyar la labor educativa y cumplir el horario establecido. ARTÍCULO 34. Egresados. Los egresados de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada podrán constituirse como fundación o entidad sin ánimo de lucro, darse sus propios estatutos, reglamento interno de funcionamiento y obtener personería jurídica. Gozarán de la respetuosa y debida atención por parte de los demás miembros de la comunidad educativa. El representante de los egresados ante el Consejo Directivo de la Institución, presentará las iniciativas y proyectos que favorezcan el bienestar de todos los estamentos del plantel. CAPÍTULO QUINTO BIENESTAR ESCOLAR ARTÍCULO 35. Restaurante escolar. La Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada cuenta con un restaurante escolar con restaurante escolar, debidamente organizado y apto para recibir los desayunos y almuerzos escolares, especialmente a estudiantes de más bajos recursos y/o que vivan demasiado lejos. Los estudiantes al recibir los alimentos deben cumplir las siguientes normas: 1. Adquirir una boleta semanal en el horario que establezca la secretaria de la Institución y presentarla en el momento de recibir los alimentos 2. Hacer el respectivo turno o fila
  • 33. 33 3. Saludar con cortesía y dar gracias a la persona que nos brinda los alimentos 4. Sentarse adecuadamente y en silencio mientras se encuentra dentro del restaurante escolar 5. Utilizar los utensilios de cocina adecuadamente 6. Evitar comentarios despectivos por los alimentos y jugar con los mismos 7. Dejar las sillas y los utensilios en su respectivo lugar 8. Evitar arrojar papeles u alimentos al piso o comedor 9. Abandonar el recinto una vez haya consumido sus alimentos 10. Evitar quitar el refrigerio y / o boleta a otro compañero 11. Evitar doblarse en e turno con engaño y mentiras ARTÍCULO 36. Recreación y deporte. Los docentes y estudiantes de la Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada cuentan con espacios para la recreación y el deporte mediante la formación en danzas, baloncesto y micro futbol, y la participación en interclases, y eventos deportivos y culturales de carácter municipal, departamental y nacional en las diferentes disciplinas. ARTÍCULO 37. Medios de comunicación interna. (Decreto 1860 de 1994, art. 17, numeral 10). La Institución Educativa Gonzalo Jiménez de Quesada, cuenta como medios de comunicación interna los siguientes: Carteleras, circulares, consejo académico, consejo directivo, e-mail y página web. ARTÍCULO 38. Seguro estudiantil. Respecto de los seguros de vida, salud y del llamado “Seguro estudiantil”, se hace claridad de que estos están siempre de elección voluntaria de los usuarios y que son las compañías especializadas las que contratan con éstos, sin detrimento de la regulación y vigilancia de las personas encargadas en la institución. ARTÍCULO 39. Biblioteca escolar. Decreto 1860/94 Capitulo III art. 17 numeral 12 capítulo V art. 42 1. El servicio de biblioteca se prestará de lunes a viernes según horario establecido con las estudiantes del servicio social. 2. El servicio se prestará preferencialmente a los estudiantes y profesores de la institución, pero podrá ser extensivo al público siempre y cuando guarden las normas de respeto y cumplan con los requisitos exigidos por el plantel. 3. El préstamo de libros se hará únicamente a profesores y estudiantes de la institución, previa presentación de documento de identidad. El préstamo ordinario se hará hasta por ocho (8) días. Los libros de reserva se prestarán hasta por 24 horas máximo. 4. Quien pierda un libro o cualquier otro elemento de biblioteca deberá reponerlo. 5. Para solicitar certificados, documentos o recibir el título de bachiller es indispensable estar a paz y salvo con la biblioteca. 6. Los daños, deterioro o sustracción dolosa de elementos de la biblioteca se sancionará con pérdida del derecho al uso de la misma y con las demás normas contempladas en el presente pacto de convivencia. 7. Dentro del recinto queda prohibido hablar en voz alta, comer o ingresar a ella en pantaloneta. Los actos de indisciplina y en general toda conducta que altere la normalidad o perjudique los derechos ajenos dentro de la biblioteca son causales de suspensión temporal o definitiva del derecho al uso de la misma; además de las sanciones que fueren de competencia del consejo directivo.
  • 34. 34 ARTÍCULO 40. Sala de profesores. 1. Recinto para el estudio y descanso de los profesores. 2. Prohibida la entrada de estudiantes a este recinto. 3. Los profesores atenderán reclamos en sus horas libres. 4. Prohibido retirar cualquier elemento sin autorización por parte de algún profesor. ARTÍCULO 41. Banda músico marcial. Para la buena marcha de la banda músico marcial, es necesario propiciar un clima de concordia, comprensión y buenas relaciones en el marco de una convivencia pacífica. Requisitos para pertenecer a la banda músico marcial. 1. Comprar el seguro contra accidente obligatorio 2. Estar matriculado en la institución o ser exalumno. 3. Observar buena conducta y sobresalir en su rendimiento académico. 4. Someterse a los gastos económicos que ésta requiere y presentar un permiso escrito y firmado por los padres de familia o acudiente. 5. Presentarse a la matrícula con dos (2) fotografías y una carpeta. 6. Comprometerse a cancelar la cuota de mantenimiento dentro de los días acordados por el comité pro banda músico marcial. 7. Si faltase a un entrenamiento, debe presentarse ante el instructor con el acudiente o con la debida excusa médica. 8. Debe tener en cuenta que la banda músico marcial es un grupo representativo de la institución, no de paseos. Derechos del estudiante. Basándose en los principios del mutuo respeto, el estudiante matriculado en la banda músico marcial, sin excepción alguna, goza de derechos, los cuales puede ejercer directamente a través de sus representantes. 1. Presentarse ante el instructor y directivos de la banda con el debido respeto, con sugerencias y toda iniciativa que considere conveniente y ser escuchado con el debido respeto. 2. Representar a la institución en todo tipo de eventos para los que sea elegida la banda músico marcial. 3. Solicitar y obtener permiso para retirarse de entrenamiento cuando media una excusa fundamentada a juicio del instructor y comité pro banda músico marcial. 4. Hacer uso del instrumental de la banda músico marcial y cualquier otro implemento cumpliendo con los requisitos exigidos por la institución, cuidado, mantenimiento y responsabilidad. 5. Obtener el paz y salvo de Servicio social exigido por la Ley. Deberes del estudiante. 1. Manifestar una actitud abierta que propicie un ambiente de armonía entre la comunidad que lo rodee. 2. Asistir puntualmente a entrenamientos y presentaciones previstas por la institución. 3. Preservar, cuidar y mantener en buen estado los instrumentos, banderas, uniformes y planta física (salón de banda). 4. Comprometerse adecuadamente dentro y fuera de la institución con el decoro y dignidad propios del estudiante de la institución.
  • 35. 35 5. Presentarse aseado con el uniforme adecuado o con ropa práctica a todas las actividades y ensayos programados por ésta. 6. Ser leal a la institución, con sus superiores, instructor y compañeros en general. 7. Acatar las disposiciones previstas en este manual y cumplirlas con propiedad. 8. Cancelar en secretaría los aportes por pago de mantenimiento e inscripciones de la banda. 9. Informar al padre de familia cuando es convocado a reunión. Estímulos. Conceder una medalla de honor u otorgar una mención para los estudiantes que se destaquen en ésta actividad al finalizar el año lectivo y hacer un reconocimiento público mediante un acto especial. Exonerar del pago mensual al estudiante destacado en la banda músico marcial. Prohibiciones. 1. Irrespetar, calumniar u ofender a cualquier miembro de la institución o comunidad en general. 2. Apropiarse, esconder o tomar objetos ajenos sin la debida autorización del dueño. 3. Salir del entrenamiento o desfile sin autorización. 4. Arrojar basuras o papeles fuera de los sitios destinados para este fin. 5. Hacer burlas durante actos solemnes o cuando habla un superior o compañero, irrespetar las bandas de otros establecimientos durante el desarrollo de cualquier actividad. 6. Utilizar el nombre de la institución para organizar paseos, fiestas, rifas sin autorización de los directivos de la misma. 7. La práctica del juego brusco, vocablos soeces, insultos, burlas y todo cuanto sea contrario a las buenas maneras. 8. Dirigirse al instructor y directivos con gestos que denoten altanería e irrespeto a la dignidad humana. 9. Hacer justicia por sí mismo y tomar decisiones que estén reservadas al instructor y directivos. 10. Participar o incitar a otros a tomar parte de actos atentatorios contra la disciplina y la marcha normal de la actividad. 11. Usar maquillaje y objetos que adornen en forma indebida el uniforme. 12. Retirarse de la banda de la institución para integrar a la de otro establecimiento educativo. Suspensiones. Los estudiantes que acumulen tres (3) faltas sin justificación serán retirados definitivamente de la banda, previa investigación del comité. 1. También serán causal de sanción aquellos estudiantes que se nieguen a participar en concursos fuera del municipio. 2. Será causal de suspensión el consumo de bebidas alcohólicas, consumo de cigarrillos o cualquier alucinógeno al ser comprobado. 3. También será falta de suspensión lo referente al numeral 7, 8, 9 y 10 de prohibiciones. Referente a los concursos. La participación de la banda músico marcial dependerá del cronograma presentado y aprobado por el consejo directivo. La presentación de los estudiantes en los concursos es de carácter obligatorio para quienes cumplan la asistencia a todos los entrenamientos anteriores a este. Cabe anotar que los estudiantes que no asistan a estos perjudican notablemente el desarrollo de toda actividad.
  • 36. 36 Los padres de familia no deben intervenir en el desarrollo de las actividades, puesto que perjudican el puntaje y el buen funcionamiento de éstas. Referente a la premiación. Al ocupar primeros puestos la premiación debe ser únicamente de la banda músico marcial sea instrumentos o premios en dinero. Los premios deben ser recibidos por el tambor mayor y un representante de la institución. Los premios adquiridos por la banda en los eventos que participa son de propiedad de la institución y no serán compartidos con nadie. El instructor: El instructor será contratado por el representante de la institución en este caso el director previa autorización del comité pro banda. Se hará un contrato de trabajo especificando salario y horarios de trabajo. Seguidamente se hará reunión general para la presentación, el instructor y el método de entrenamiento a seguir. El instructor debe dirigirse a los estudiantes con el debido respeto teniendo en cuenta, que estamos formando hombres para el mañana encaminados siempre a un mejor futuro. Los ensayos de la banda no deben interferir en la jornada escolar. Queda prohibido que el instructor exija dinero o implementos a los estudiantes en calidad de préstamo. El instructor no debe presentarse embriagado, ni incitar a los estudiantes a consumir licor ni cigarrillos. Se prohíbe relaciones sentimentales entre estudiantes e instructor, si se confirma este hecho se dará por terminado el contrato con el instructor. El instructor no puede organizar actividades sin el conocimiento del rector de la institución. ARTÍCULO 42. Tienda escolar. Lugar donde se venden refrescos y comestibles a los estudiantes. Estos deben ser de buena calidad, alimenticios y a precios cómodos. La lista de comestibles y sus respectivos precios deben estar fijados en una cartelera dentro del recinto y con el visto bueno del consejo directivo. 1. Se exigirá aseo e higiene en éste lugar y buen uso de los elementos. 2. La atención será únicamente en las horas de descanso. 3. Se prohíbe la entrada sin autorización a las dependencias por parte de los estudiantes. 4. Buena presentación del personal que la atiende. 5. Se prohíbe la venta de chicles o comestibles que lo contenga. 6. Se prohíbe la venta de comestibles en horas diferentes a las de descanso. ARTÍCULO 43. Sala de audiovisuales. Será para uso de todas las asignaturas, pero para ello deben solicitar con anticipación a la coordinación el uso de la misma. 1. La responsabilidad será siempre del profesor de la asignatura. 2. Nadie puede retirar ningún elemento de allí sin la autorización de la rectoría o coordinación. 3. Cualquier daño causado por mal uso será responsabilidad del docente y de los estudiantes.
  • 37. 37 ARTÍCULO 44. Aula especial o virtual Deberes de los docentes 1. Hacer reserva de los equipos o de las salas con la debida anticipación, de conformidad con las políticas establecidas por la Institución. La asignación de equipos se ajustará a la disponibilidad de equipos y a la atención de los usos prioritarios del Aula. 2. El docente o responsable de una clase no debe abandonar en ningún momento el Aula. 3. En caso de requerir algún software especial, el profesor debe solicitar su instalación con la debida anticipación indicando en cuántos y en cuáles equipos del Aula de Informática se requiere. 4. Cumplir puntualmente con los horarios de servicio establecidos para trabajar en el Aula. 5. Cuidar los equipos y materiales del aula que vayan a utilizar para su actividad pedagógica. 6. Inculcar a los estudiantes el manejo adecuado de los recursos de hardware y software así como los muebles y demás materiales que se encuentran disponibles para su uso en el aula. 7. Informar inmediatamente al encargado de la sala sobre cualquier irregularidad en el funcionamiento del equipo asignado (hardware, software o conectividad). 8. Coordinar que los estudiantes dejen en completo orden los equipos y sus mesas de trabajo. 9. Acatar las instrucciones y procedimientos especiales establecidos por la Institución para hacer buen uso de los recursos del Aula. Deberes de los estudiantes a. Acatar la reglamentación y disposiciones impartidas por el docente b. Mantener una buena disciplina en el aula c. No ingresar ni consumir alimentos y/o bebidas dentro del aula. d. Procurar el debido orden, limpieza y cuidado de los equipos al iniciar y finalizar su uso, esto incluye apagar los equipos adecuadamente y dejar el puesto de trabajo limpio y ordenado. ARTÍCULO 45. Sala de informática. - Será responsable el docente de la asignatura en cada jornada. - Cualquier daño causado por mal uso será responsabilidad del profesor y estudiantes. - Prohibido consumir alimentos y/o bebidas dentro de la sala. - Dejar en completo orden los equipos. - Estudiante que se detecte haciendo mal uso de los equipos o la sala será sancionado y perderá el derecho a hacer uso de la misma. - Se prohíbe el uso de la sala para juegos o videos pornográficos. - Se prohíbe el uso de la sala, a estudiantes, en horas extraclase. - Se debe ingresar en completo orden y aseo. - Los estudiantes deben estar siempre acompañados por un docente en la sala. - Respetar los horarios y turnos. Decreto 1860 de 1994, Capítulo V, art. 35. Obligaciones de los docentes encargados. 1. Responsabilizarse por su clase tanto en la jornada mañana como en la jornada tarde. 2. Cuidar los recursos equipos que vaya a utilizar en su clase.