2. TABLA DE CONTENIDO
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PRESENTACIÓN.……………………………………………………………………….………….… 5
MANUAL DE CONVIVENCIA………………………………………………………………….….… 6
INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………………..….… 7
ESTRUCTURACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA……………………………………...… 8
CAPITULO PRIMERO: CONCEPTO, FILOSOFÍA Y OBJETIVOS……………………….…… 9
ARTICULO 1-. DEFINICIÓN
ARTICULO 2-. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL
ARTICULO 3-. OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN EN TODOS LOS NIVELES
CAPITULO SEGUNDO: ADMISIÓN Y PERMANENCIA……………...………………………… 10
ARTICULO 4-. ADMISIÓN
ARTICULO 5-. PERMANENCIA
CAPITULO TERCERO: DERECHOS…………………………………….…….…………..……… 10
ARTICULO 6-. DERECHOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
ARTICULO 7-. DERECHOS DE LOS DOCENTES
FRENTE AL ESTADO
FRENTE A LA COMUNIDAD
ARTICULO 8-. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE
ARTICULO 9-. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
CAPITULO CUARTO: DEBERES………………………………………………………………..… 13
ARTICULO 10-. DEBERES DEL ESTADO
ARTICULO 11-. DEBERES DE LA INSTITUCIÓN
ARTICULO 12-. DEBERES DEL CONSEJO DIRECTIVO
ARTICULO 13-. DEBERES DE LOS DOCENTES
RÉGIMEN DISCIPLINARIO, DECRETO 2480/86 Art. 18
ARTICULO 14-. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE
ARTICULO 15-. DEBERES DE LOS ALUMNOS
CAPITULO QUINTO: PROHIBICIONES………………………………………………………….. 18
ARTICULO 16-. PROHIBICIONES PARA TODOS LOS ESTAMENTOS EDUCATIVOS
ARTICULO 17-. PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES
ARTICULO 18-. PROHIBICIONES PARA LOS ALUMNOS
ARTICULO 19-. PROHIBICIONES PARA EL CONSEJO DIRECTIVO
CAPITULO SEXTO: FALTAS ……………………………………………………………………… 19
ARTICULO 20-. FALTAS DE LOS ESTUDIANTES
ARTICULO 21-. FALTAS LEVES DE COMPORTAMIENTO DEL ALUMNO DENTRO O
FUERA DEL ESTABLECIMIENTO
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3. “Pág”
ARTICULO 22-. FALTAS GRAVES DE RESPETO DE LOS ALUMNOS……………………… 20
ARTICULO 23-. FALTAS GRAVÍSIMAS DE MORAL DE LOS EDUCANDOS
DENTRO O FUERA DEL ESTABLECIMIENTO………………………………. 21
ARTICULO 24-. FALTAS DE APLICACIÓN
ARTICULO 25-. FALTAS GRAVÍSIMAS QUE AMERITAN LA CANCELACIÓN DE LA
MATRICULA A UN EDUCANDO
ARTICULO 26. CALIFICACIÓN DE COMPORTAMIENTO
CAPITULO SÉPTIMO: CORRECTIVOS O RUTAS A SEGUIR………………………………… 22
ARTICULO 27-. COMISIONES DE CONVIVENCIA
ARTICULO 28-. CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS
ARTICULO 29-. SANCIONES POR FALTA DE COMPORTAMIENTO………..……………… 23
ARTICULO 30-.SANCIONES POR FALTA DE RESPETO
ARTICULO 31-. FALTAS DE APLICACIÓN
CAPITULO OCTAVO-. PROCESO DISCIPLINARIO……………………………………………. 24
ARTICULO 32-. PROCESO REGULADOR
ARTICULO 33-. ETAPAS DEL DEBIDO PROCESO
ARTICULO 34-. RUTA PARA EL EDUCANDO HACER UN RECLAMO
CAPITULO NOVENO: SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS
ESTUDIANTES SIEE DE LA IE SAN AGUSTÍN………………………………………………… 25
ARTICULO 35-. PROMOCIÓN DE EDUCANDOS DE LA I.E. SAN AGUSTÍN
ARTICULO 36-. COMISIÓN DE PROMOCIÓN Y EVALUACIÓN……………………….……… 26
ARTICULO 37-. ACTIVIDADES QUE LOS ALUMNOS TIENEN DERECHO A
CUMPLIR EN LA I.E. SAN AGUSTÍN
ARTICULO 38-. PROMOCIÓN ANTICIPADA
CAPITULO DECIMO: ESTIMULOS......................................................................................... 28
ARTICULO 39-. ESTÍMULOS
CAPITULO UNDÉCIMO: PROYECCIÓN A LA COMUNIDAD…….…………………………… 29
ARTICULO 40-.SERVICIO SOCIAL
ARTICULO 41-.VIGIA DE LA SALUD
ARTICULO 42, 43, 44
ARTICULO 45-. ESCUELA DE PADRES.
ARTICULO 46-. EDUCACIÓN DE ADULTOS PROGRAMA SAT
ARTICULO 47-. JUEGOS INTERCOLEGIADOS.
ARTICULO 48-. SEMANA CULTURAL.
ARTICULO 49-. ENCUENTRO DE EGRESADOS.
CAPÍTULO DOCE: GOBIERNO ESCOLAR………………………………………………….…… 30
ARTÍCULO 50.- GOBIERNO ESCOLAR
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4. “Pág”
ARTICULO 51.- ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR
ARTICULO 52.- REGLAS PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DEL
GOBIERNO ESCOLAR
ARTICULO 53.- FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
ARTICULO 54.- CONSEJO ACADÉMICO
ARTICULO 55.- FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO
ARTICULO 56.- FUNCIONES DEL RECTOR
ARTICULO 57.- FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO Y DE DISCIPLINA
ARTICULO 58.- FUNCIONES DEL DOCENTE (Res. 1342 jul. 23/82)
ARTICULO 59.- FUNCIONES DEL DIRECTOR DE GRADO
ARTICULO 60.- FUNCIONES DE LA SECRETARIA
ARTICULO 61.- FUNCIONES DEL DOCENTE ENCARGADO DE LA DISCIPLINA
ARTICULO 62.- FUNCIONES DEL BIBLIOTECARIO Y REGLAMENTO
ARTICULO 63.- REGLAMENTO GENERAL DE LABORATORIOS
ARTICULO 64.- FUNCIONES DEL CELADOR
ARTICULO 65.- FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL
ARTICULO 66.- FUNCIONES DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL
ARTICULO 67.- FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES
ARTICULO 68.- ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA
ARTICULO 69.- CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
ARTICULO 70.- REGLAMENTO DEL USO DEL “AULA DE LA VIRTUD VIRTUAL”
ARTICULO 71.- REGLAMENTO DE TIENDA ESCOLAR
CAPITULO TRECE: COSTOS EDUCATIVOS…………………………………...………………… 46
ARTICULO 72-. COSTOS EDUCATIVOS
CAPITULO CATORCE: OTRAS CONSIDERACIONES………………………………………… 47
ARTÍCULOS 73,74,75,76, 77,78,79,80,81,82,83,84,85,86, 87, 88, 89
REPRESENTANTES DEL GOBIERNO ESCOLAR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN
AGUSTÍN DE TRES ESQUINAS CUNDAY……………………………………..……………………… 49
FIRMAS CONSEJO DIRECTIVO…………………………………………………………………… 51
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5. PRESENTACIÓN
La ley 115 de 1994, art. 142, el decreto reglamento 1860 de Agosto/94, el Decreto 1286 de
Abril 27 de 2005 o Ley de la Infancia y de la Adolescencia, decreto 2277 sobre régimen
docente. Se conocieron aspectos que deben contemplar el manual de Convivencia; el equipo
interinstitucional que estuvo al frente del presente trabajo mostró interés pues esto significa
alivio a las inquietudes, aspiraciones y enfoques psicológicos, filosóficos o pedagógicos que
fueron expuesto en continuas reuniones, a veces de grupo o plenarias de estudiantes, padres
de familia, docentes y directivos de Tres Esquinas, reuniones de rectores al nivel de
departamentos del Tolima con funcionarios del M.E.N. lineamientos de la Corte Constitucional
sobre diversas tutelas presentadas por los padres de familia.
El presente manual se inicio en septiembre de 1994, reuniones convocadas por el Rector y
docentes, estudiantes y padres de familia para iniciar la estructuración del texto que hoy se
pone a disposición para ser refrendado por el respectivo Consejo Directivo de la Institución
Educativa SAN AGUSTÍN de Tres Esquinas Cunday Tolima, a partir de la fecha de su
expedición.
El presente manual de convivencia fue divulgado profundamente en el seno de la Institución
Educativa SAN AGUSTÍN de Tres Esquinas Cunday Tolima, adicionando posteriormente
nuevas reglamentaciones e incluyendo mejoras de presentación y de actualización. Tres ejes
sostienen el Manual de Convivencia:
1- La participación, el apoyo mutuo y el compromiso actuante de todos los miembros de la
comunidad educativa para la cual se consignaron derechos, deberes y prohibiciones de
sus integrantes.
2- El espíritu autocrático, correctivo y conciliador antes que sancionatorio como debe
corresponder a sectores sociales heterogéneos pero con suficientes intereses comunes.
3- El debido proceso que instruye a los estamentos en el ejercicio del derecho a la defensa
que ha llevado a fallos contrarios de diferentes instituciones educativas en acciones de
tutela invocadas por los estudiantes de diferentes planteles.
Integrar a los docentes, padres de familia y alumnos fue una gran tarea de la comisión
redactora del presente Manual de Convivencia.
Expresiones de reconocimiento de gratitud a la comunidad educativa por su tiempo, sus aportes
intelectuales desde su experiencia laboral, familiar, estudiantil, enriquecieron el análisis y las
conclusiones.
El presente documento como ruta de navegación nos permite mejorar la educación en pro de la
juventud que le servirá a Colombia.
TRES ESQUINAS, Agosto 23 de 2011
JORGE CASTRO GALEANO
Rector
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6. MANUAL DE CONVIVENCIA.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994, todos los
establecimientos educativos deben tener como parte integral el Proyecto Educativo Institucional
y dentro de este contener el Manual de Convivencia.
El Manual de Convivencia debe contener una definición de los derechos y deberes de los
alumnos y sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa.
En particular deben contemplar los siguientes aspectos;
1. Reglas de higiene personal y de salud pública que preservan el bienestar de la
comunidad educativa, conservación individual de la salud y prevención frente al
consumo de sustancias psicotrópicas.
2. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de
los bienes personales y de uso colectivo tales como equipos, instalaciones e
implementos.
3. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente.
4. Normas de conducta de alumnos y profesores que garanticen el mutuo respeto. Deben
incluir la definición de claros procedimientos para formular las quejas y reclamos al
respecto.
5. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o
colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Debe incluir instancias de
dialogo y de conciliación.
6. Pautas de presentación personal que preservan a los alumnos de la discriminación por
razones de apariencia.
7. Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los alumnos, incluyendo el derecho a
la defensa.
8. Reglas para la elección de representantes al consejo directivo y para la escogencia de
los voceros de los demás consejos previsto en el presente decreto. Debe incluir el
proceso de elección del personero de los estudiantes.
9. Cualidades y condición de los servicios de tienda escolar y demás servicios de
educación que ofrezca el plantel a los alumnos.
10. Funcionamiento y operación de los medios de comunicación internos del plantel tales
como revista, periódicos, murales, etc., que sirvan de instrumentos efectivos al libre
pensamiento y a la libre expresión.
11. Reglas para el uso de los diferentes laboratorios, biblioteca y sala de sistema.
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7. INTRODUCCIÓN
Toda entidad educativa que funcione, debe tener como base legal un manual de Convivencia.
La falta de unidad de criterios para el diseño y aplicación del manual de Convivencia acarrean al
establecimiento y, por ende M.E.N. y la secretaria de educación del Departamento y el plantel,
una serie de inconvenientes de orden académico y disciplinario.
La Institución Educativa SAN AGUSTÍN de Tres Esquinas Cunday Tolima, como instituto
público educativo, tiene como fin la formación integral de alumnos, basados en la búsqueda de
valores intelectuales, culturales, deportivos y morales de tal manera que respondan a los
intereses de los educandos de acuerdo con el medio y con las necesidades para el progreso de
la nación.
Para lograr los objetivos el plantel se propone la integración permanente de la comunidad
educativa y por lo tanto requiere de la eficaz y efectiva colaboración de los padres de familia y
de cada uno de los alumnos con el propósito que estos sean conscientes de su labor en su
propia educación como sujeto de la misma; y que adquieren confianza en sí mismo y alcance
el desarrollo como persona.
La disciplina en la institución debe procurar que el joven, por la rectitud y corrección de sus
actos describa en sí mismo, cada día el crecimiento de una persona integral y útil a la
sociedad.
Por necesidad se creó el Manual de Convivencia en común acuerdo con el Consejo Directivo,
dando cumplimiento al decreto 1860 de 1994.
El presente manual fue aprobado por el consejo directivo.
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8. ESTRUCTURACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
El manual de convivencia estará estructurado así:
CAPITULO PRIMERO
Concepto, filosofía y objetivos.
CAPITULO SEGUNDO
Admisión y permanencia.
CAPITULO TERCERO
Derechos: de la institución, docentes, padres de familia y estudiantes.
CAPITULO CUARTO
Deberes: Del Estado, la institución, consejo directivo, docentes, padres de familia y alumnos.
CAPITULO QUINTO
Prohibiciones: para todos los estamentos educativos, docentes, alumnos y consejo directivo.
CAPITULO SEXTO:
Faltas.
CAPITULO SÉPTIMO:
Correctivos o rutas a seguir.
CAPITULO OCTAVO:
Proceso disciplinario.
CAPITULO NOVENO:
Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes (SIEE) de la institución educativa San
Agustín.
CAPITULO DECIMO:
Estímulos.
CAPITULO ONCE:
Proyección a la comunidad.
CAPITULO DOCE:
Gobierno Escolar.
CAPITULO TRECE:
Otras consideraciones.
CAPITULO CATORCE:
Costos Educativos.
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9. CAPITULO PRIMERO
CONCEPTO, FILOSOFÍA Y OBJETIVOS
FUNDAMENTACIÓN LEGAL
ARTICULO 1-. DEFINICIÓN: es el instrumento elaborado por los miembros de la comunidad
educativa en donde se consignan derechos, estímulos, deberes, correctivos, procesos,
procedimientos e instancia para los alumnos, docentes y padres de familia de conformidad con
la Constitución Política de Colombia, la Ley General de Educación, decreto 1860, la Ley de la
Infancia y de la Adolescencia, código de policía del Tolima y demás normativas jurídicas
vigentes, con el fin de facilitar el proceso educativo, la sana convivencia y la formación integral
de la persona.
ARTICULO 2-.FILOSOFIA INSTITUCIONAL: el presente manual de convivencia parte del
principio fundamental de que toda persona por ser miembro de una comunidad es ser social por
naturaleza, se gesta, evoluciona, se educa y se realiza como un ser situado frente a unas
circunstancia que le es inherente a su misma naturaleza y que por lo tanto el espíritu filosófico
que lo ilumina y orienta apunta hacia el desarrollo equilibrado de todas las dimensiones de la
persona y de la sociedad, mediante el conocimiento, respeto y vivencia de los valores
fundamentales como la vida, la libertad, la ética la comunicación, la justicia, la paz dentro de un
marco jurídico, democrático y participativo.
La estructura de este manual pretende ante todo unificar criterios que respondan a unos
lineamientos generales contemplados en derechos y deberes de los educandos y demás
estamentos educativos, creando conciencia y conocimientos de los mismos en un ambiente de
respecto de las ideas.
ARTICULO 3-. OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN EN TODOS LOS NIVELES: Es objetivo
primordial de todos y cada uno de los niveles educativos el desarrollo integral de los educandos
mediante acciones estructuradas encaminadas a:
1. Formar la personalidad y capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus
derechos y deberes.
2. Proporcionar una sólida formación ética y moral y fomentar la práctica de respeto a los
derechos humanos.
3. Fomentar en la institución educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de los
principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la
autonomía y responsabilidad.
4. Desarrollar una sana sexualidad que promueva el conocimiento de sí mismo y la
autoestima, la construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de
los sexos, la efectividad, el respeto mutuo y prepararse para una vida familiar armónica y
responsable.
5. Crear y fomentar una conciencia de solidaridad internacional.
6. Desarrollar acciones de orientación escolar, profesional y ocupacional.
7. Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y trabajo.
8. Fomentar el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos.
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10. PARÁGRAFO: cada institución incluirá los objetivos correspondientes a su nivel y modalidad,
siendo imperativa la formulación de planes concretos para la materialización de dichos
objetivos.
CAPITULO SEGUNDO
ADMISIÓN Y PERMANENCIA.
ARTICULO 4-. ADMISIÓN: son criterios de admisión los siguientes:
PARA ESTUDIANTES NUEVOS:
1. Haber aprobado el año anterior debidamente y certificados de los grados anteriores al
que va a cursar.
2. Debe presentar copia del anecdotario del año anterior, y paz y salvo de la Institución de
donde proceda.
3. Que exista disponibilidad de cupos.
4. Para ingresar al grado sexto, la edad del estudiante no debe ser mayor a trece (13)
años. La institución ofrece el programa SAT para estudiantes en edad extraescolar.
5. No se reciben estudiantes nuevos mayores de dieciocho (18) años a partir del año 2012.
6. Cumplir los requisitos establecidos por el M.E.N.
ARTICULO 5-. PERMANENCIA: la institución propenderá por la permanencia de los
estudiantes, pero deben cumplir con lo establecido en el Manual de Convivencia y que no
exista una causal de exclusión.
PARÁGRAFO: Las alumnas en estado de gestación faltándole dos meses para dar a luz, su
asistencia es responsabilidad de los padres de familia si deciden la permanencia voluntaria a la
Institución durante éste periodo, la Institución no obliga a la asistencia durante éste tiempo. La
parte académica es responsabilidad del estudiante, sin embargo, la Institución dejará trabajos
extra clase y consultas, orientados a la nivelación de los conocimientos dejados de ver durante
la inasistencia por ésta causa.
CAPITULO TERCERO
DERECHOS
ARTICULO 6-. DERECHOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
1. Recibir presupuesto suficiente con destino a la planta de personal docente, planta física
y material didáctico.
2. Recibir de las autoridades educativas de nivel Departamental y municipal, el respaldo
efectivo a los proyectos institucionales.
3. Desarrollar el P.E.I. y programas curriculares sin interferencia de entidades ajenas a los
estamentos educativos.
4. Exigir a las autoridades el cumplimiento con la institución.
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11. ARTICULO 7-. DERECHOS DE LOS DOCENTES.
FRENTE AL ESTADO:
Los contemplados en el artículo 36 del estatuto docente:
1. Formar asociaciones sindicales con capacidad legal para representar a los afiliados en
la formulación de reclamos y solicitudes ante las autoridades de orden nacional y
seccional.
2. Recibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y grado.
3. Ascender dentro de la carrera docente.
4. Participar en los programas de capacitación y de bienestar social y gozar de los
estímulos de carácter profesional y económico que se establezca.
5. Disfrutar de vacaciones remuneradas.
6. Solicitar y obtener permisos, licencias y comisiones de acuerdo con las disposiciones
legales pertinentes.
7. Permanecer en el servicio y no ser desvinculados o sancionado, si no de acuerdo con
las normas y procedimientos que se establezcan en el decreto 2277 y régimen
disciplinario único.
8. No ser discriminado por razón de sus creencias políticas o religiosas, ni por distinciones
fundadas en condiciones sociales o raciales.
9. Y las demás establecidas o que se establezcan en el futuro.
FRENTE A LA COMUNIDAD:
1. Recibir un trato cortés de directivos, docentes, padres de familia y alumnos.
ARTICULO 8-.DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE:
1. Pertenecer a la Asociación de Padres de Familia siempre y cuando tenga matriculado un
hijo o sirva de acudiente de un estudiante matriculado.
2. Elegir el tipo de educación que de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo
integral de los hijos, de conformidad con la constitución y la ley.
3. Recibir información del estado sobre los establecimientos educativos que se encuentran
debidamente autorizados para prestar el servicio educativo.
4. Reclamar por el incumplimiento del manual de convivencia, ante los docentes,
coordinación, rectoría, Consejo Directivo, Asociación de Padres de Familia.
5. Conocer con anticipación o en el momento de la matricula las características del
establecimiento educativo, los principios que orientan el Proyecto Educativo Institucional,
el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el
sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional.
6. Ser recibidos sus hijos o acudidos siempre y cuando haya disponibilidad de cupo y
reúna los requisitos legales exigidos por M.E.N., la secretaria de educación y el plantel.
7. Ser informados del horario regular de clases de sus hijos acudidos y del horario de
atención a padres de familia
8. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del
proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de idoneidad del personal docente y
directivo de la institución educativa.
9. Exigir a las autoridades el cumplimiento de las responsabilidades con la educación:
personería, Comisaría de familia, alcaldía, secretaría de educación, el MEN y la
institución educativa.
10. Participar en el proceso educativo que desarrolla el establecimiento en el que están
matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y
modificación del proyecto educativo institucional.
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12. 11. Recibir respuestas suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del
establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de
sus hijos.
12. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento
académico y el comportamiento de sus hijos.
13. Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad
del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran
matriculados sus hijos.
14. Elegir y ser elegidos para representar a los padres de familia en los órganos del
gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos de la ley
general de educación y en sus reglamentos.
15. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar el proceso educativo, la
capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el
desarrollo armónico de sus hijos.
ARTICULO 9-. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES:
1. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación de los planes curriculares y exigir
que se cumplan las clases y las actividades programadas en forma puntual y completa,
así como las normas legales vigentes sobre evaluación y promoción dadas a conocer al
inicio del año escolar.
2. Ser evaluado académicamente de acuerdo con la escala establecida por las normas
legales vigentes en los aspectos cognoscitivos, socio afectivos comunicativos y
sicomotor, practicando las evaluaciones diagnosticas, formativa, auto evaluativa en
diferentes tipos.
3. Participar en la evaluación del comportamiento mediante autoevaluación, y coevaluación
con sus compañeros, director de grado y coordinador.
4. Elegir y ser elegido a los organismos de representación en la comunidad educativa
según la ley general de educación y el P.E.I.
5. Conocer las notas de las evaluaciones orales en el momento de ser evaluado, las
escritas durante los cinco días hábiles, los trabajos en diez días hábiles y las definitivas
antes de ser entregada a la secretaria académica.
6. Ser evaluado en término de diez días hábiles cuando la excusa sea justificada por su
inasistencia.
7. Recibir orientación adecuada para trabajos escritos, investigaciones, tareas, consultas,
carteleras, etc., así como la corrección de estos trabajos por los docentes.
8. Fijar en coordinación con los docentes los calendarios relacionados con los trabajos,
tareas, investigaciones, etc.
9. Conservar las calificaciones de cada asignatura sin ser afectada por aspectos de
comportamiento.
10. Reclamar por el incumplimiento del manual de convivencia siguiendo el conducto regular
ante la instancia respectiva: Docentes, coordinación, rectoría, Asociación de padres de
familia y Consejo Directivo.
11. Asistir al acto de graduación con el uniforme reglamentario de la institución.
12. Recibir la educación necesaria para su formación integral. Esta será obligatoria hasta
noveno grado de educación básica y gratuita cuando sea prestada por el estado.
13. Exigir una orientación y una preparación acorde con los objetivos generales y
específicos de la educación que los habilite para ser miembros activos de la sociedad en
beneficio personal y de sus semejantes de acuerdo con las disposiciones vigentes y
emanadas del M.E.N.
14. Exigir claridad en los procedimientos, horarios y métodos que estén de acuerdo con
principios pedagógicos y metodológicos tendientes a lograr un positivo aprendizaje.
12
13. 15. Exigir puntualidad del docente.
16. Ser oídos y escuchados por el rector, coordinador, director de grupo y docentes; según
el caso, cuando presente reclamos o expresen insatisfacción, haciendo gala de cultura,
respeto y buenas maneras; estas personas estarán prestas a ayudarle para resolver su
situación dentro de las normas y principios legalmente establecidos procurando siempre
la formación de los estudiantes.
17. Ser escuchadas las razones que motivaron la transgresión del presente manual antes de
tomar cualquier decisión.
18. Participar en todas las actividades académicas, científicas, culturales y otras que
programe la Institución.
19. Obtener la información oportuna sobre la programación de actividades, forma de
evaluación y cambio de horario.
20. Presentar sugerencias y recomendaciones.
21. Utilizar de acuerdo con horarios previamente establecidos los servicios de biblioteca,
instalaciones deportivas, laboratorios, sala de sistemas, cuando esta utilización no
perturbe el normal desarrollo de las labores en la institución.
22. Que se le expida certificados, constancia y otros documentos según normas legales y
vigentes siempre y cuando estén a paz y salvo con el plantel por todo concepto.
23. Recibir el carnet estudiantil por una sola vez y en caso de pérdida o deterioro se debe
pagar como una constancia.
CAPITULO CUARTO
DEBERES
ARTICULO 10-.DEBERES DEL ESTADO:
1. Brindar educación gratuita hasta noveno grado.
2. Reconocer y proteger el proceso evolutivo sicosomático y cognoscitivo avalado en los
derechos del niño y en la Ley de la Infancia y de la Adolescencia.
3. Dar cumplimiento a la constitución Nacional y a las leyes a través de las autoridades
civiles, militares, eclesiásticas, en todos los cultos religiosos
4. Dotar de presupuesto suficiente con destino a la planta de personal docente, a la planta
física, a equipos y material didácticos.
5. Brindar protección efectiva y oportuna a los niños y menores de edad a través de
autoridades y entidades oficiales designadas para estos fines.
ARTICULO 11-.DEBERES DE LA INSTITUCIÓN:
1. Hacer efectivo el principio constitucional, según el cual los derechos de los niños
prevalecen sobre los derechos de los mayores.
2. Formar integralmente en los aspectos curriculares (contenidos, metodología y
evaluativos); formativos (afectivos, éticos); sicomotrices (estético, deportivos).
3. Cumplir las funciones inherentes a su cargo.
a) Rectoría.
b) Coordinación.
c) Docentes.
d) Administrativos.
e) De servicios.
4. Dar a conocer las rutas a seguir por cada uno de los estamentos educativos para
atender sus inquietudes y entregar el Manual de Convivencia por primera vez.
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14. 5. Promover la organización de la asociación de padres de familia que dinamicen en
coordinación con el Consejo Directivo el P.E.I.
6. Manejar en cuenta bancaria con responsabilidad del rector y la secretaria los dineros
captados por la institución.
7. Expedir el carnet estudiantil y de docentes.
ARTICULO 12-.DEBERES DEL CONSEJO DIRECTIVO.
1. Tomar las decisiones que afectan el funcionamiento de la institución y que no sean
competencia de otra autoridad.
2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes, entre
administrativos, entre administrativo y docentes, entre docentes y alumnos del plantel
educativo.
3. Adoptar el manual de convivencia de la institución de conformidad con las leyes
vigentes.
4. Fijar los criterios para asignación de los cupos disponibles.
5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando
algunos de sus miembros se sientan lesionados.
6. Aprobar el manual de actualización del personal de la institución presentados por el
rector.
7. Participar en la planeación y evaluación del P.E.I. del currículo y del plantel de estudio y
someterlos a consideración de la secretaria de educación respectiva o del organismo
que haga sus veces para que verifique el cumplimiento de los requisitos.
8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
9. Establecer estímulos y sanciones en el desempeño académico social del alumno.
10. Participar en la evaluación anual de la comunidad educativa.
11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades culturales,
recreativas y deportivas.
12. Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas,
culturales, recreativas, deportivas y sociales de la comunidad educativa.
13. Promover las relaciones de tipo académico, cultural (danzas, teatro y música), recreativo
y deportivo con otros planteles educativos e intercolegiados.
14. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de
recolectarlos.
15. Darse su propio reglamento. Además el consejo directivo vigilará el manejo de los
fondos de la asociación de padres de familia y de servicio docentes, toda irregularidad
será informada a las autoridades competentes.
ARTICULO 13-.DEBERES DE LOS DOCENTES:
1. El cumplimiento del art. 44 del estatuto docente y el régimen disciplinario único:
a) Cumplir con la constitución y las leyes de Colombia.
b) Inculcar en los educandos el amor a los valores históricos y culturales de la nación
y el respeto a los símbolos patrios.
c) Desempeñar con solicitud y eficiencia las funciones de su cargo.
d) Cumplir las órdenes inherentes a sus cargos que le impartan sus superiores
jerárquicos.
e) Dar un trato cortés a sus alumnos y compartir sus tareas con espíritu de
solidaridad y unidad de propósitos.
f) Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las
funciones propias de su cargo.
g) Velar y responder por los documentos libros, útiles, equipos, muebles que le sean
confiados y entregados.
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15. h) Observar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo.
i) Las demás que para el personal docente determina las leyes y los reglamentos
educativos.
RÉGIMEN DISCIPLINARIO, DECRETO 2480/86 Art. 18:
2. Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo y en la relación a los
alumnos.
3. Abstenerse de solicitar préstamos en dinero, especie o servicios personales o cualquier
otro beneficio económico a los alumnos o personas de servicio.
4. Informar veraz y oportunamente a la dirección de la institución sobre la comisión de
hechos que puedan constituir causal de mala conducta y de los cuales tengan
conocimiento.
ARTICULO 14-.DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE.
1. Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente
reconocidos por el estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar
obligatoria y conocer el Manual de Convivencia.
2. Proveerá los útiles necesarios para el desarrollo de las actividades escolares y propiciar
en casa un sano ambiente para el estudio.
3. Brindará protección material, física y efectiva a sus hijos en un ambiente de convivencia
hogareña.
4. Ejercitará al interior de la familia valores éticos y morales para la formación integral de
los hijos o acudidos.
5. Informará personalmente y por escrito a la institución o a la sede que corresponda las
causas de inasistencia del educando.
6. Concurrirá puntualmente a todas las convocatorias establecidas por el plantel.
7. Participará activamente en la elaboración, ejecución y evaluación del P.E.I. y actuar
coherentemente con este al interior del hogar.
8. Responderá y pagará los daños que ocasiones los educandos.
9. Participará activamente en la asociación de padres de familia.
10. Cumplirá con los estatutos de la asociación de padres de familia y demás normas
pertinentes.
11. Realizará con el debido respeto cualquier reclamación ante la instancia respectiva.
12. Controlará el uso de los medios de comunicación en particular la T.V., en la selección de
programas y el horario de distracción frente al mismo.
13. Es responsabilidad del padre de familia o acudiente la presentación personal del alumno
en cuanto al uniforme.
14. Asistirá puntualmente a las reuniones o llamados especiales, para ser informados sobre
el rendimiento académico o comportamiento del alumno esta función no es delegable el
incumplimiento a este numeral da motivo para que el alumno no sea admitido en clase
hasta tanto no se presente el padre de familia o acudiente.
15. Conocerá cada una de las calificaciones del educando e informaciones del rendimiento
académico y comportamiento en general.
16. Acatará las disposiciones que adopte el plantel a favor de la comunidad educativa.
17. Inculcará al educando los buenos modales, buen vocabulario y comportamiento superior
en todo sitió y lugar donde se encuentre.
18. Informará al director de grupo sobre los cambios de comportamiento o irregularidad de
su hijo o acudido.
19. Hará que el educando llegue oportunamente a la clase a fin de evitar retardos o
inasistencia.
15
16. 20. Verificará la asistencia de sus hijos o acudidos a la clase y demás actividades
programadas por el plantel.
21. solicitará personalmente permiso al rector o coordinador para el retiro de sus hijos de la
institución durante la jornada laboral, siempre que haya plena justificación.
22. Guardará lealtad a la institución procurando al prestigio de la misma y defendiéndola
de ataques injustos que sean formulados contra ella.
23. Orientará al educando en la selección de amistades.
24. Cumplirá las normas señaladas en el presente manual y las que señalen las
autoridades educativas.
25. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a
la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales.
26. Inscribirse y asistir a la escuela de Padres de familia.
27. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el
Manual de convivencia, para facilitar el proceso educativo.
28. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua
que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la
comunidad educativa.
29. Comunicar oportunamente y en primer lugar a las autoridades del establecimiento
educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras en relación con el
maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir
pronta respuesta acudir a las autoridades competentes.
30. Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al
mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes,
especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional.
31. Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros
educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores
ciudadanos.
32. Participar en el proceso de auto-evaluación anual del establecimiento educativo.
ARTICULO 15.DEBERES DE LOS ALUMNOS:
1. Cumplir la constitución nacional, demás leyes y reglamentos establecidos, junto con el
Manual de Convivencia.
2. Respetar los valores patrios, símbolos y las autoridades democráticamente
Constituidas.
3. Tener padres o acudiente que respondan en el momento de la matricula o por cualquier
acción positiva o negativa que el alumno tenga durante el año.
4. Llenar los requisitos exigidos por el M.E.N. la secretaria de educación y el plantel para
poder ingresar y pertenecer al centro docente.
5. Cumplir normas cívicas en actos públicos. Recreativos y sociales.
6. Respetar y obedecer a sus padres o acudiente.
7. Dar buen uso y procurar el mejor aprovechamiento y conservación de los recursos
ofrecidos por su familia.
8. Respetar y tratar con cortesía a sus condiscípulos, directivos, docentes y al personal
administrativo o de servicio dentro o fuera de la institución.
9. Dar buen uso y procurar el mejor aprovechamiento y conservación de los bienes y
recursos ofrecidos por la institución para sus servicios.
10. Conciliar toda contradicción o conflicto con sus condiscípulos, directivos, docentes y al
personal administrativo o de servicio y en general con la comunidad.
11. Cumplir con las tareas, lecciones, trabajos o evaluaciones sin plagios, suplantaciones ni
fraudes.
16
17. 12. Informar cuando sea de su conocimiento todo hecho violatorio de las normas del
presente manual a las directivas.
13. Concurrir puntualmente a las clases y citaciones para las salidas en comunidad y
actividades culturales o clases extras que requieran de la participación del plantel.
14. Presentarse decorosamente y con el uniforme acordado por la comunidad: hombres;
camibuso con el emblema del colegio, pantalón clásico, zapatos negros, medias blancas
y correa negra; el camibuso debe estar por dentro del pantalón y este debe tener correa.
Mujeres: camibuso blanco cuello sport, falda azul oscuro, dos prenses adelante y a una
altura de 4 cm. De la rodilla hacia arriba, zapatos negros y medias blancas, las alumnas
en estado gestante deberán utilizar una bata materna, zapatos negros colegiales y
medias blancas. EDUCACIÓN FÍSICA: sudadera y buso del colegio, tenis y medias
blancas. El buso debe permanecer por dentro de la sudadera de manera ordenada.
15. Permanecer dentro del plantel durante toda la jornada de estudios con los materiales
necesarios para el desarrollo de las actividades curriculares.
16. Acatar las orientaciones de los directivos y de los docentes en lo relacionado con la
disciplina y las actividades académicas.
17. Abstenerse de utilizar walkman, radios, grabadoras, atari, cámaras fotográficas y demás
objetos que perturben el normal desarrollo de las clases.
18. Tener buen comportamiento dentro fuera y del plantel.
19. Exaltar con su comportamiento el valor de toda actividad que realice el plantel.
20. Actuar con rectitud, veracidad y cortesía haciendo conocer oportunamente a los
docentes y directivos, las irregularidades que atenten y afecten al plantel y a la
comunidad.
21. Entablará amistad cordial y dialogo respetuoso con los docentes, compañeros y
personas en general.
22. Respetará de palabra y hecho a los compañeros, directivos, docentes y administrativos.
23. Proveerse de todos los útiles necesarios para las labores académicas de la institución.
24. Entrar y salir por el portón alterno.
25. Permanecer durante el descanso en la cancha múltiple y zona verde y en las horas de
clase dentro de los salones y no en los corredores, obedecer el toque de la campana.
26. Conservar y cuidar los diferentes objetos del plantel, dándole buen uso y manejo:
escritorios, libros, carteleras etc., así como a la planta física
27. Utilizar la biblioteca acatando el reglamento de la misma.
28. Tener conciencia de sus obligaciones como estudiantes aprovechando el tiempo libre y
cumplir con los trabajos y consultas y demás tareas que se le sean recomendadas.
29. Atender y guardar compostura en las horas de clase velando por la buena presentación
del aula y demás dependencias conservándolos aseados.
30. Presentar los trabajos y pruebas exigidos en cada área o asignatura de acuerdo con el
tiempo y las normas establecidas.
31. Responder por todos aquellos trabajos que se realizan con la colaboración y
organización de grupos (turnos de aseo).
32. No entrar a la sala de profesores salvo los turno de aseo.
33. Informar a los padres o acudiente acerca de las reuniones programadas para ellos.
34. Formar el primero y último día de cada semana o cuando las necesidades lo requieran.
35. Participar en izadas de bandera organizada por el director de grupo comenzando por el
grado undécimo, décimo, etc.
36. Abstenerse de cualquier manifestación amorosa como besos, abrazos, caricias intimas y
conversaciones con tal fin las cuales están prohibidas en el plantel.
37. Cumplir el horario establecido por la institución así; lunes a viernes 7:00 a.m. a las 1:00
p.m. la orden de iniciar la clase será así: primer toque faltando 5 min. Para las 7:00 a.m.,
el segundo toque a las 7:00 a.m. los alumnos entrarán a los salones de clase. Los
17
18. alumnos que llegan tarde deben traer al padre de familia o acudiente a más tardar al otro
día laborable. Los alumnos del campo tendrán hasta 10 minutos de espera después de
este tiempo no serán admitidos, deben traer al padre de familia o acudiente a más tardar
al otro día laborable. Si la falta es repetida para los del campo se citará al padre de
familia o acudiente.
38. Abordar el vehículo de transporte escolar frente a la Institución tanto en el horario de
llegada como en el de salida.
CAPITULO QUINTO
PROHIBICIONES
ARTICULO 16-. PROHIBICIONES PARA TODOS LOS ESTAMENTOS EDUCATIVOS.
1. Fumar, ingerir licor, utilizar cualquier tipo de narcóticos dentro de la institución.
2. Presentarse en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias alucinógenas o
hacer apología de su consumo.
3. Portar cualquier tipo de armas dentro de la institución.
4. Acoso sexual, toda conducta lujuriosa o perjudicial dentro de la institución o portando el
uniforme fuera de ella.
5. Realizar rifas clandestinas, juegos de azar y portar revistas pornográficas dentro del
plantel educativo.
6. Denigrar de los miembros de la comunidad educativa.
7. Usar los celulares, reproductores mp3, mp4, mp5, boofer en las clases, si es de mucha
urgencia se debe utilizar el medio de comunicación de la secretaría.
ARTICULO 17-.PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES:
1. Abandonar o suspender sus labores injustificadamente o sin autorización previa.
2. Aplicar sanciones colectivas de tipo académico o de comportamiento.
3. Incurrir en causales de mala conducta contemplada en el art. 46 del estatuto
docente.
a) La asistencia habitual al sitio de trabajo en estado de embriaguez ó toxicomanía.
b) El homosexualismo o la práctica de aberraciones sexuales.
c) La malversación de fondos y bienes escolares ó cooperativos.
d) Traficar con calificaciones, certificados de estudio, de trabajos o documentos.
e) Aplicar castigos denigrantes o físicos al educando.
f) Incumplir sistemáticamente los deberes y violar reiteradamente las prohibiciones.
g) Ser condenado por delitos dolosos.
h) Usar documentos o informaciones falsas para inscribirse en el ascenso en el
escalafón o para obtener un nombramiento, traslado, licencia o comisión.
ARTICULO 18-.PROHIBICIONES PARA LOS ALUMNOS:
1. Incumplir con el manual de convivencia.
2. Tener cualquier tipo de manifestaciones amorosas dentro del plantel.
3. Portar cualquier clase de arma dentro y fuera del plantel.
4. Que las alumnas vengan con la cara maquillada y las uñas pintadas.
5. Traer al plantel objetos de valor, como joyas, dinero innecesario, radios, grabadoras,
ataris, celulares; deberán tener autorización de la rectoría o coordinación y serán
utilizadas únicamente para el fin solicitado.
18
19. 6. Los grados sexto, séptimo, octavo y noveno no deben traer calculadora.
7. Los celulares se deben utilizar en horas de descanso, haciendo buen uso de ellos y es
responsabilidad del estudiante ante la pérdida del mismo.
8. La insubordinación o rebeldía personal o colectiva en contra de las autoridades del
colegio e incitar a la anarquía, el desorden y el caos por cualquier medio. No se permite
formar comités políticos, partidistas o hacer proselitismo dentro del plantel.
9. Consumo comprobado de drogas, licores, estupefacientes, marihuana o similares se
recomendará un seguimiento especial.
ARTICULO 19-. PROHIBICIONES PARA EL CONSEJO DIRECTIVO:
1. Cambiar el uniforme antes de transcurrido cuatro (4) años sin previa autorización de la
asamblea de padres de familia.
2. Excluir del centro docente a cualquier estudiante sin haber realizado el debido proceso.
3. Realizar procesos disciplinarios contra docentes y administrativos.
4. Hacer llamados de atención de manera pública contra docentes.
5. Guardar absoluta reserva de los juicios o denuncias sobre casos de docentes y alumnos
que tenga conocimiento, no divulgando las conclusiones a que se lleguen de manera
aislada.
6. Abstenerse de dar información al interesado cuando solicite conocer proceso que se
adelanten en su contra.
7. Imponer cuotas obligatorias en dinero o especie.
CAPITULO SEXTO
FALTAS
ARTICULO 20-. Se consideran faltas de los estudiantes a cada violación de los deberes, con la
institución, el estado, la familia, la institución y las prohibiciones aquí consignadas. Se establece
para su autoevaluación y coevaluación del comportamiento de los alumnos la escala de S
(Superior); A (Alto); BS (Básico); B (Bajo); al final de cada período, se hará un análisis
disciplinario y de rendimiento bimestral en reunión que se hará en cada grado con la presencia
del rector, coordinador, director de grupo y tomando como base los libros de monitoría,
coordinación, observador del alumno y rectoría.
ARTICULO 21-. FALTAS LEVES DE COMPORTAMIENTO DEL ALUMNO DENTRO O
FUERA DEL ESTABLECIMIENTO.
1. Retardos para asistir a clase u otra actividad programada por la institución
2. Desórdenes motivados por charlas, gritos, risas, silbidos, etc. En las aulas de clase o en
cualquier actividad curricular.
3. Consumir alimentos, masticar chicle, en clase o en cualquier otra actividad cultural.
4. Salir del aula o retirarse de las actividades curriculares sin previa autorización del
profesor que dirige la clase.
5. Permanecer en cualquier dependencia del colegio sin el respectivo permiso, en horas
diferentes a las establecidas.
6. Incumplir el turno de aseo asignado.
7. No asistir sin la justificación debida a los actos programados por la institución.
8. Evadirse del aula de clase o de cualquier otra actividad del colegio.
9. Ingresar o salir del colegio por lugares no indicados sin el previo permiso.
19
20. 10. Quedarse en el aula de clase, pasillos o lugares no indicados después del toque de la
campana.
11. Quedarse en cualquier dependencia en horas de descanso y sin permiso (salones de
clase, biblioteca, coordinación, rectoría, secretaría, sala de videos, sala de sistemas y
sala de profesores).
12. Mostrar indiferencia a las amonestaciones, ordenes y observaciones de sus superiores.
13. Vocabulario descortés sin ser vulgar.
14. Desorden en el uniforme o porte del uniforme en la calle en horas de no clase.
15. Entrar a cualquier dependencia del plantel en pantalonetas, sin medias, sin camisa y sin
autorización.
16. Sentarse en las tapas de los pupitres, ventanas, mesas, escritorios y mesones de
computación.
17. Lanzar agua, maicena y romper huevos a los compañeros y demás personas.
18. Esconder los elementos de trabajo o estudio a los compañeros y demás personas.
19. Motivar, realizar, participar, etc., en actos de indisciplina, dentro o fuera del plantel.
20. Interrumpir las clases de otros grupos sin justificación.
21. No respetar el horario y violar el reglamento de la biblioteca.
22. Tocar la campana sin autorización, no cumplir con la señal de la campana.
23. Portar armas o similares que sirvan o puedan utilizarse para atentar contra la integridad
física de la persona, síquica o intimidar.
24. Interrumpir o sabotear cualquier actividad de la institución.
25. No informar oportunamente a las directivas o docentes sobre las irregularidades que
atenten contra el plantel, o afecten al mismo o a la comunidad educativa.
26. Hacer uso incorrecto del servicio de primeros auxilio, tomándolos como evasión de
clase.
27. Ser desleales con la institución, llevándola al desprestigio y/o ataques injustos.
28. Hacer mal uso del servicio de transporte escolar.
29. Interrumpir injustificadamente las clases
30. Escribir en los pupitres, paredes y demás elementos del plantel.
31. Uso incorrecto del uniforme, camibuso por fuera del pantalón o la falda desabotonada.
32. Presentarse despeinado o con vestiduras rotas
33. Calzado no acorde con el uniforme sin lustrar y sin medias
34. Descuido en la presentación personal
ARTICULO 22-. FALTAS GRAVES DE RESPETO DE LOS ALUMNOS: A la comunidad
educativa dentro o fuera de la institución:
1. Respuesta descortés.
2. Gestos y acciones de burlas.
3. No obedecer a las autoridades educativas.
4. Vocabulario soez o despectivo.
5. Atentar o causar daños, con cualquier clase de elementos a cualquier persona.
6. Presentarse al plantel en estado de embriaguez o enguayabados.
7. Llamar o nombrar a cualquier persona por sobrenombre o apodos.
8. Formar conflictos reiterativos entre alumnos u otras personas.
9. Hacer reclamos con altanería o despectivamente.
10. Lanzar objetos a los compañeros o demás persona con intención de causar molestias.
11. Desaseo o malos olores por descuido.
12. Escupir en el salón, oficina y con mayor gravedad si es en contra de una persona.
13. Menospreciar a los compañeros, docentes y demás personas.
14. Vocabulario indecente como madrazos o similares en presencia de profesores y demás
compañeros de manera inconsciente sin determinar persona alguna.
20
21. 15. Fumar, consumir licor y estupefacientes dentro del plantel.
16. Leer, portar, distribuir, mostrar revistas pornográficas.
17. El deterioro o destrozo intencional o voluntario de cualquier elemento destinado al
servicio de la institución se hará la reposición o el pago de manera inmediata.
18. Discriminación en todas sus formas.
ARTICULO 23-.FALTAS GRAVÍSIMAS DE MORAL DE LOS EDUCANDOS DENTRO O
FUERA DEL ESTABLECIMIENTO.
1. Fraude y mentira.
2. Chismes, murmuraciones.
3. Ofensa de palabra o de hecho a cualquier persona.
4. Amenazas, o anónimos.
5. Escritos con ofensas contra cualquier persona o la institución.
6. Hurto, robo, estafa contra cualquier persona o la institución.
7. Las calumnias que pueden ser juzgadas.
8. Escándalo de cualquier índole en estado de sobriedad o embriaguez.
9. Uso de drogas estupefacientes, cigarrillos o similares se hace seguimiento especial:
Cap. 7, artículo 27, numerales 1, 1.1 y siguientes.
10. Atentar contra su integridad personal.
11. Lanzar injurias a directivos, docentes o a otras personas.
ARTICULO 24-. FALTAS DE APLICACIÓN:
1. Poco interés en el cumplimiento de sus deberes.
2. Incumplimiento en las labores académicas, lecciones, tareas, etc.
3. Irresponsabilidad en las actividades dentro o fuera del aula.
4. La indiferencia traducida como: Pasividad, pereza, no-participación en el aula de clase y
demás actividades académicas o culturales.
5. Perdida progresiva de áreas o asignaturas.
6. Los educandos que presenten bajo rendimiento académico por pérdida de dos o más
áreas o indisciplinados no podrán participar en eventos deportivos en representación
del colegio o en interclases dentro y fuera de este
ARTICULO 25-.FALTAS GRAVÍSIMAS QUE AMERITAN LA CANCELACIÓN DE LA
MATRICULA A UN EDUCANDO.
1. Agresión verbal: insultos, amenazas, a cualquier miembro de la comunidad educativa
dentro o fuera de la institución.
2. Agresión de hecho: bofetadas, punta pies. Heridas con cualquier arma a algún
miembro de la comunidad educativa dentro o fuera de la institución.
3. Por sentencias proferidas por autoridades competentes.
4. Por robo, hurto comprobado dentro del plantel.
5. Por incendio o causar daños a la planta física en forma premeditada.
6. Lesiones personales ocasionadas por objetos contundentes o armas.
ARTICULO 26-.CALIFICACION DE COMPORTAMIENTO:
Se consideran faltas del estudiante la violación de los deberes con la institución, el Estado y
la familia a las faltas consignadas. Se establece para la calificación del comportamiento la
autoevaluación y coevaluación utilizando la escala S superior, A alto, Bs básico y B bajo. Se
hará un análisis en cada periodo de disciplina y de rendimiento basado en los libros de
monitoria, rendimiento académico y disciplinario y el observador del alumno, dicho análisis
se hará con presencia del rector o coordinador si se amerita o unilateralmente por el
director de grupo.
21
23. CAPITULO SÉPTIMO
CORRECTIVOS O RUTAS A SEGUIR
ARTICULO 27-. COMISIONES DE CONVIVENCIA: Se establece como una estrategia para
solucionar conflictos y estará integrada por: el director de cada grado, un padre de familia de
cada grado, el personero de los estudiantes y si es necesario el coordinador.
Los directores de las instituciones educativas públicas o privadas no podrán imponer sanciones
que forme escarnio para el menor o que de alguna manera afecten su dignidad personal.
La exclusión de un educando de una institución educativa de básica o media, sea público o
privado solo podrá ser impuesta con fundamento de una causal previamente establecida en el
manual de convivencia o con autorización del consejo directivo.
1. La orientación escolar debe procurar por todos los medios posibles, evitar que un
educando sea sancionado pues su función primordial es la de buscar los medios y los
recursos permitidos y necesarios para formar al educando de manera integral. La
orientación estará a cargo del Director de grado, coordinador, rector y Escuela de
padres de familia. Se puede utilizar como recursos:
1.1 La convicción.
1.2 Charlas permanentes individuales o colectivas.
1.3 Charlas individuales o colectivas a los padres de familia.
1.4 Charlas del rector, coordinador, otras autoridades educativas.
1.5 Conferencias profesionales.
1.6 Orientación y asesoría a directores de grupo y docentes en general.
1.7 Conferencias de la escuela de padres de familia.
1.8 Informes a: Comisaría de Familia, Personería, Policía de Infancia y de la
adolescencia.
ACCIONES DE LAS COMISIONES DE CONVIVENCIA:
1. Seleccionar y priorizar conflictos de la institución.
2. Determinar partes involucradas en los conflictos.
3. Indagar origen causas y consecuencias de de los conflictos.
4. Reconocer factores del conflicto.
ARTICULO 28-. CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS:
1. La supresión de privilegios tales como la representación del curso o del plantel en
eventos deportivos, culturales, etc.
2. La amonestación escrita en el observador del educando.
3. La rebaja valorativa en la evaluación del comportamiento.
4. Se podrán imponer normas de conductas que cumplan funciones educativas tales
como:
a) Ofrecer disculpas.
b) Lavado y/o pintado de pupitres, paredes, tableros, puertas, etc.
c) Reposición del objeto y materiales dañados.
d) El desarrollo de actividades creativas.
e) Asistencia a reuniones de carácter comunitario o formativo.
f) Asignación de nuevo trabajo, evaluación.
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24. 5. La pérdida del cupo para el siguiente año lectivo o traslado inmediato a otro centro
educativo previa coordinación de las directivas de los mismos.
ARTICULO 29-.SANCIONES POR FALTA DE COMPORTAMIENTO:
En cada caso de falta de comportamiento para la sanción se procederá dándoles continuidad
acumulativa en cada uno de los periodos así:
PRIMERA VEZ: por cualquier falta de comportamiento repetitivo por tres veces se citará al
padre de familia o acudiente por parte de coordinación, amonestación en el observador del
educando. COMPORTAMIENTO ALTO.
SEGUNDA VEZ: citación del padre de familia o acudiente por parte de coordinación,
amonestación en el observador del educando y libro de coordinación. COMPORTAMIENTO
BÁSICO.
TERCERA VEZ: si el educando reincide en la violación del manual se suspenderá hasta cinco
(5) días hábiles o exclusión del plantel, según lo determine el consejo directivo ameritando la
falta. COMPORTAMIENTO BAJO. Con base en el acta, el rector hará una resolución interna
imponiendo la sanción y las causas que ella acarrea, serán notificadas por escrito a los
implicados y a los padres o acudiente quienes deben firmar el recibido. Los originales del acta y
la resolución interna con las notificaciones, deben ser guardadas en el archivo de la rectoría y
una copia en la coordinación, lo que servirá como antecedentes para la toma de decisiones en
caso posteriores.
PARÁGRAFO 1-. Por cualquier falta de comportamiento, según su gravedad se puede citar a
reunión al consejo directivo o Asociación de padres de Familia para el conocimiento y estudio
de la sanción, con carácter consultivo e informativo.
PARÁGRAFO 2-. Excepto en tiempos de lluvia no habrá sanción en la primera hora para
ningún educando.
Cuando un educando se evada o ingrese por lugares no debidos como ventanas, por el
lado de la tapia, etc. Se citará al padre de familia de manera inmediata y se hará la respectiva
anotación en el observador del educando.
ARTICULO 30-.SANCIONES POR FALTAS DE RESPETO
PRIMERA VEZ: por cualquier falta de respeto se hará anotación en el observador del
educando, citación al padre de familia o acudiente por el coordinador. Comportamiento
BÁSICO.
SEGUNDA VEZ: anotación en el observador del educando, suspensión temporal del plantel
hasta por cinco (5) días hábiles Comportamiento BAJO.
TERCERA VEZ: si es reincidente exclusión del plantel.
ARTICULO 31-.FALTAS DE APLICACIÓN:
1. En el observador del educando se registrarán las áreas pérdidas durante cada uno de
los periodos por parte del director de grado. Se hará el respectivo registro de
seguimiento y observación en el libro de control de rendimiento de la coordinación por
periodo por parte del director.
24
25. 2. En el momento que se observe bajo rendimiento académico de un educando en
cualquier asignatura se le hará orientación especial registrando el caso en el libro de
rendimiento académico destinados para cada grado por parte del profesor de la
asignatura y el director de grado.
3. Sí el educando continua con bajo rendimiento académico pasará a coordinación y allí se
citará al padre de familia y al educando para buscar correctivos.
4. Sí el educando, continúa con bajo rendimiento académico se citará al padre de familia y
al educando, los profesores de la asignatura pérdidas y la comisión de evaluación para
buscar correctivos.
CAPITULO OCTAVO
PROCESO DISCIPLINARIO
ARTICULO 32. PROCESO REGULADOR
1. Reconocimiento a la dignidad humana.
2. Tipicidad de la falta.
3. Principio de igualdad.
4. Presunción de inocencia.
5. Ley de la favorabilidad.
6. Derecho a la defensa.
7. Proporcionalidad entre la falta y la sanción.
ARTICULO 33: ETAPAS DEL DEBIDO PROCESO
1. Etapa de Iniciación: denuncia o averiguación.
2. Etapa de Apertura del proceso: Cargos y descargos.
3. Etapa probatoria: Pruebas.
4. Etapa de pronunciamiento: Fallo.
5. Etapa de Recursos:
a) Reposición: ante la instancia que lo aplicó.
b) Apelación: ante el superior.
6. Etapa en firme.
ARTICULO 34-. LA RUTA PARA QUE EL EDUCANDO HAGA UN RECLAMO ES EL
SIGUIENTE:
Educando – docente con quién cometió la falta o quién dio la información.
Educando – docente de disciplina.
Educando – director de grupo.
Educando – coordinador.
Educando – rector.
25
26. CAPITULO NOVENO
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
(SIEE) DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN AGUSTÍN
ARTICULO 35. PROMOCIÓN DE EDUCANDOS EN LA I.E. SAN AGUSTÍN
La I.E. San Agustín de Tres Esquinas Cunday Tolima para promoción de los estudiantes se
acoge al decreto 1290 de 2009 SIEE
Se considera para la repetición de un grado cualquiera, los siguientes educandos:
En el Nivel Preescolar: nadie pierde el año.
En el nivel de Básica Primaria: En el Grado Primero, para ser promocionado el alumno debe
saber leer, escribir, sumar y restar números hasta de tres cifras: unidades, decenas y centenas.
De Segundo a Quinto puede perder dos áreas que no sean Lenguaje ni Matemáticas. Si estas
áreas las pierde durante dos años consecutivos es causal de pérdida del año, también es
causal de pérdida del año la pérdida de Castellano o Matemáticas en forma consecutiva.
En Básica Secundaria: en los grados de Sexto a Noveno el alumno que pierda dos áreas
fundamentales pierde el año. Si el alumno ha sido promovido perdiendo un área fundamental y
el alumno vuelve y la pierde en el siguiente año es causal de pérdida del año.
En Educación Media:
· En los grados Décimo y Undécimo para ser promovidos, se debe pasar la totalidad de
las áreas después del debido proceso, (actividades de recuperación, complementarias y
actividades complementarias especiales).
· Cuando el alumno pierde castellano e inglés o Física y Química se promedia atendiendo
que forman una sola área, en este caso una arrastra a la otra.
· Estudiante que no se presenta a las actividades y/o especiales se da por perdida el
área.
· Se considera promocionada un área cuando el alumno ha alcanzado el 70% de todos
los logros del área.
· El alumno con el 20% de inasistencia pierde el año para todos los grados y niveles.
· Cuando el alumno es repitente, y vuelve y pierde el año nuevamente se analizará el
caso por el Consejo Académico y Comisión de Promoción en Básica para definir la
promoción.
· La promoción anticipada la solicitará el director de grado con el padre de familia en
forma concertada.
· La promoción anticipada la pueden hacer los alumnos repitentes.
· La promoción anticipada se hace:
- Regular, al finalizar el año
- Al comienzo del año en el Primer período
- Cuando por causa de enfermedad, incapacidad o por casos familiares de fuerza
mayor, y el estudiante ha cumplido al menos básicamente los tres períodos y una
mitad del cuarto período la institución le puede definir el año académico.
26
27. PROMOCIÓN DE ALUMNOS ESPECIALES:
Los alumnos con necesidades especiales en cualquier nivel serán promocionados.
La institución Educativa divide en cuatro períodos el año lectivo.
Cumplido el Decreto 3011, la institución se acoge al sistema de calificaciones aprobado por el
Consejo Directivo para alumnos regulares, Sistema SIEE:
1. Si un alumno de esta modalidad al definirse el Proyecto SAT y Plan de estudios, no
alcanzó los logros de una o dos áreas, puede presentar actividades complementarias y
una vez solucionadas, se podrá aprobar y/o graduar.
2. Cuando el alumno no alcance los logros de más de dos áreas, debe recuperar el Ciclo.
3. Los alumnos del SAT, pagan los mismos derechos de los alumnos regulares para poder
graduarlos.
4. Cada Ciclo tendrá dos informes académicos, uno en la mitad del ciclo y el otro al
finalizar el año, similares a los alumnos regulares.
ESCALA DE VALORACIÓN ACADÉMICA.
BAJO B
BÁSICO BS
ALTO A
SUPERIOR S
La institución establece una relación de escala cualitativa y cuantitativa acercándonos al
sistema de evaluación aplicado por las universidades.
BAJO B de 1 a 2.9
BÁSICO BS de 3 a 3.9
ALTO A de 4 a 4.5
SUPERIOR S de 4.6 a 5
ARTICULO 36. COMISIÓN DE PROMOCIÓN Y EVALUACIÓN
El Consejo Académico conformará tres comisiones de Promoción y Evaluación: una para el
nivel de Básica Primaria, una para el nivel de Básica Secundaria y una para Media Décimo y
Undécimo cada una conformada así: Un representante de los padres de familia de cada nivel, el
director de grado, el rector o en su defecto el coordinador, quien la convocará y la presidirá con
el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de
refuerzo y superación para los estudiantes que presenten dificultades.
La comisión de evaluación y promoción al finalizar cada periodo analizará los casos de los
educandos con evaluación Bajo en cualquiera de las áreas y se harán recomendaciones a los
docentes u otras instancias en términos de actividades de refuerzo y superación. Analizados
los casos se citará al padre de familia o acudiente, al educando y al educador, se presenta un
informe de las deficiencias junto con el refuerzo y acordar los compromisos de los involucrados.
ARTICULO 37-. Actividades a que los alumnos tienen derecho a cumplir en la I.E. San Agustín:
27
28. 1. Todos los alumnos tienen derecho a cumplir durante el año lectivo las siguientes
actividades:
a) Actividades grupales o individuales de clase (recuperación).
b) Actividades de profundización para estudiantes que vayan bien.
c) Actividades pedagógicas complementarias al finalizar cada período
d) Actividades pedagógicas complementarias especiales ofrecidas por la I.E. al
finalizar las complementarias del cuarto período.
e) Actividades para estudiantes con Bajo en una o dos áreas, que serán presentadas
la semana anterior al comienzo del siguiente año escolar. Esta se basará en un
programa de refuerzo de las dificultades que presentó el educando y que el
profesor del área le entregará al finalizar el año escolar.
2. Los estudiantes de sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo que no superen las
dificultades al finalizar el año se les dejará actividades académicas para el período de
vacaciones y deberán presentarse a la institución durante el desarrollo de la semana
institucional y las dos primeras de clase a fin de superar estas dificultades, caso
contrario al no superarlas perderá el año.
3. Los estudiantes del grado undécimo, que no logren superar las deficiencias al finalizar el
año lectivo podrán superarlas durante el año siguiente cuando esta no sobrepase la
cantidad de logros del 30% y podrán graduarse en cualquier época del año.
ARTICULO 38. PROMOCIÓN ANTICIPADA
1. La institución permite la promoción anticipada al grado siguiente para estudiantes
con desempeño Superior en todas las áreas y durante el primer período con el visto
bueno de la Comisión de promoción y Evaluación del nivel respectivo.
2. La institución realiza validación de 1º a 9º grado:
MEDIOS PARA LA EVALUACIÓN
Se hace fundamentalmente por comparación del estado del desarrollo formativo y cognitivo de
un alumno con relación a los indicadores de logro propuesto en el plan de área, uso de pruebas
de comparación, análisis, discusión y crítica y en general apropiación de conceptos, preguntas
interpretativas, argumentativas y de solución de conflictos.
APRECIACIÓN CUALITATIVA. Como resultado de observaciones diálogo o entrevistas
abiertas y formuladas por el propio alumno, profesor o grupo de ellos. Se dará preferencia a la
consulta de textos, notas por internet, celulares y otros. Las pruebas no ligadas a la
constatación de conceptos no se tendrá en cuenta Ej.: recordación de palabras, fechas, datos o
fórmulas.
La institución para calificar el desempeño de los estudiantes tendrá en cuenta los aspectos
cognitivo, volitivo, afectivo y espiritual.
ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DEL DESEMPEÑO DE LOS
ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO:
1. Informe de diario (libro de rendimiento académico y comportamiento)
2. Análisis mensual de rendimiento del director de grado con profesores, padres de familia y
alumnos.
3. Reunión por separado (padres y alumnos si lo ameritan).
28
29. IDENTIFICACIÓN DE INTERESES PERSONALES DE LOS ESTUDIANTES
· El profesor de ética orientará el proyecto de vida de los estudiantes y lo reforzará de
acuerdo a los intereses personales y vocacionales del educando durante el año.
· Cada docente en el área identificará los ritmos de aprendizaje y el estilo para apoyar a
los estudiantes.
· Los estudiantes que sobresalgan en las diferentes áreas pueden servir de monitores de
área y pueden estimularse con una nota del profesor de área cuando demuestren que
ayudaron a superar las dificultades de sus compañeros.
CRITERIOS PARA LA ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE RENDIMIENTO
1. Institución
2. Grado
3. Nombre del profesor de área
4. Nombre del alumno
5. Juicio
6. Escala de valoración
7. Fallas
8. Firma del profesor
9. Firma del rector
CRITERIOS PARA LA ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIÓN DE PADRES DE
FAMILIA SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
1. Alumno – Docente
2. Alumno-Docente- padre de familia
3. Alumno-Docente-padre de familia- Coordinador
4. Alumno-Docente-padre de familia- Coordinador-Rector
5. Alumno-Docente-padre de familia-Coordinador-Rector-Comisión de Promoción y
Evaluación.
CAPITULO DECIMO
ESTÍMULOS
ARTICULO 39: ESTÍMULOS:
1. En los niveles de educación básica primaria, básica secundaria y media vocacional la
institución educativa busca promover los valores de la autodisciplina, conciencia social,
estética, deportiva, investigativo y voluntad de superación.
2. Se crean las menciones de honor o medallas de honor a los dos alumnos de mejor
rendimiento académico de cada grado y una por comportamiento en cada grado
anualmente.
3. El mejor estudiante del grado undécimo por rendimiento académico será exonerado del
pago de derecho de grado, el estudiante seleccionado para este estímulo se hará con el
informe de los tres primeros períodos.
29
30. 4. El ejercicio del cargo del Contralor Estudiantil y del Personero Estudiantil, equivaldrá a
las horas de prestación de servicio social estudiantil obligatorio. Para hacerse acreedor
de este incentivo deberán ejercer sus funciones durante todo el período para el cual
fueron elegidos.
5. Estímulo al mejor grado por período: el grado que obtenga el primer puesto en
rendimiento académico será estimulado cediendo una jornada de labores para ser
utilizada en una salida de campo junto con el director de grado de este grado, pierde el
derecho el alumno más indisciplinado a participar.
6. Se estimulará el grado más organizado en: aseo, cuido de pupitres, pulcritud en las
paredes, con una exaltación pública en reunión de padres de familia.
7. Estímulo a la excelencia académica: El Consejo Directivo, la Asociación de Padres de
familia y los docentes de toda la institución serán responsables del estímulo a los dos
mejores estudiantes de cada sede de la Institución anualmente y será definida al inicio
del año lectivo.
8. Se crearan medallas de honor para los docentes que realicen experiencias significativas
o en actividades que resalten la institución (mejor área del Icfes, eventos deportivos,
culturales e investigativos).
CAPITULO ONCE
PROYECCIÓN A LA COMUNIDAD
ARTICULO 40-. La institución presentará con los educandos del grado undécimo el servicio
social en la conservación del medio ambiente en un total de ochenta (80) horas; también se
podrá hacer en alfabetización de adultos, es requisito para poderse graduar.
ARTICULO 41-. La institución prestará el servicio de vigía de la salud en coordinación con el
hospital y los educandos del grado décimo en conservación del medio ambiente ó proyectos de
salud en acuerdo con el hospital a partir del año 2000, los educandos que reprueben el año y
hayan realizado este servicio no perderán esta labor realizada.
ARTICULO 42-. La institución coordinará con los diferentes estamentos del gobierno o
entidades privadas labores y actividades que vayan en beneficio de la comunidad como:
educación no formal.
ARTICULO 43-. Los laboratorios, biblioteca, sala de computación, instalaciones de la
institución; estarán al servicio de la comunidad siempre y cuando sean para fines educativos y
se siga el conducto regular para la utilización de estos servicios a través del consejo directivo.
ARTICULO 44-. El servicio de computadores y fotocopiadora estará al servicio de la comunidad
cancelando algunos costos y adaptándose al horario establecido por la institución. Los
profesores podrán dictar cursos de capacitación a las personas interesadas; para ellos se fijará
una reglamentación especial en cuanto a costo y horario e intensidad de los cursos por el
consejo directivo.
ARTICULO 45-. La institución crea a partir de 2002 la escuela de padres de familia orientados
por un docente y cuyo propósito es contribuir a la formación de los padres de familia en las
diferentes responsabilidades.
30
31. ARTICULO 46. Educación de adultos Programa SAT, durante el año lectivo
ARTICULO 47. Participación en los juegos intercolegiados: Primero, segundo y tercer período
ARTICULO 48. Semana Cultural y Feria de la Ciencia, Septiembre
ARTICULO 49. Encuentro de egresados, día de grados.
CAPITULO DOCE
GOBIERNO ESCOLAR
ARTICULO 50. Gobierno escolar y la organización institucional.
La comunidad educativa está conformada por:
1. Estudiantes matriculados.
2. Los padres o acudiente en su defecto los responsables de la educación de los
educandos matriculados.
3. Los docentes vinculados que laboran en la institución.
4. Las directivas docentes y administradores escolares que cumplen funciones directivas
en las prestaciones del servicio educativo.
5. Los egresados del colegio.
ARTICULO 51-. ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR
Está constituido por los siguientes órganos:
1. El consejo directivo, como instancia directa, de participación de la comunidad educativa
y de orientación académica y administrativa del establecimiento.
2. El consejo académico, como instancia superior para participar en la orientación
pedagógica del establecimiento.
3. El rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y
ejecutor de las decisiones del gobierno escolar.
Los representantes en los órganos de la institución serán elegidos para períodos anuales, pero
continuarán ejerciendo sus funciones hasta dos períodos anuales. En caso de vacante, se
elegirán su remplazo para el resto de periodo.
ARTICULO 52-. REGLAS PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DEL
GOBIERNO ESCOLAR.
1. REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO.
a) El educando deberá ser elegido por el consejo de estudiantes, de alumnos que se
encuentren cursando el último grado de educación que ofrezca la institución.
b) El educando debe estar matriculado en la institución.
c) Haber observado como mínimo buen rendimiento académico y disciplinario el año
inmediatamente anterior.
d) El educando elegido debe mostrar interés y asistir a las reuniones programadas
del consejo directivo, en otro caso el rector solicitará al consejo de estudiantes la
nueva elección de su representante.
e) El educando será ejemplo para sus compañeros en todos sus actos.
31
32. PROCEDIMIENTO PARA ELEGIR EL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL
CONSEJO DIRECTIVO A PARTIR DEL AÑO 2007
Para su elección se procederá así:
Todas las sedes deben elegir el consejo de estudiantes así:
Un representante para los grados Preescolar, Primero, Segundo y Tercero
Un representante para cada uno de los grados Cuarto, Quinto, Sexto, séptimo, Octavo, Noveno,
Décimo y Undécimo. Cada año en la primera semana de Marzo se hará la elección del
representante al Consejo Directivo, para tal fin se convocará en un día específico a la sede San
Agustín a todos los representantes del consejo de estudiantes de las diferentes sedes y allí se
elegirá el representante al Consejo Directivo.
Como en la institución funcionan dos grados Undécimo, uno en el San Agustín y uno en la sede
Valencia 1, cada grado sacará un candidato al Consejo Directivo el cual será elegido en reunión
del consejo de estudiantes y será válido el escrutinio con la mitad más uno de los
representantes del consejo de estudiantes de las diferentes sedes.
2. CONSEJO DE ESTUDIANTES.
Dentro de los primeros 60 días calendario el rector solicitará a cada uno de los grados
que funcionen en la institución EDUCATIVA SAN AGUSTIN Tres Esquinas Cunday,
reunión para que cada grado elija sus representantes al Consejo de Estudiantes para la
cual se dará aviso a los educandos con ocho días de anticipación, sus representantes
tienen que estar matriculados.
A los ocho días después de haberse realizado la elección se citará a reunión a los
integrantes del Consejo de Estudiantes para la elección del representante de los
educandos al consejo directivo de acuerdo a lo contemplado al presente reglamento
para este caso.
3. EXALUMNO
El representante de los ex alumnos será elegido por el consejo directivo de ternas
presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en defecto por
quien haya elegido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los
estudiantes. Si lo anterior no se cumple los demás miembros del consejo directivo
podrán solicitar a cualquier ex alumno del grado once de la institución que preste sus
servicios.
4. SECTOR PRODUCTIVO
El representante será elegido por el consejo directivo de candidatos propuestos por las
organizaciones de los sectores productivos del ámbito local o subsidiariamente de las
entidades que auspicien el funcionamiento del establecimiento educativo. De no ser
posible lo anterior los demás miembros del consejo directivo podrán reunirse y acordar
elegir una persona que represente este sector.
5. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES:
Debe ser estudiante del último grado, estar matriculado y haber observado buen
rendimiento académico y disciplinario.
a) El personero de los estudiantes será un educando cuyo propósito es promover el
ejercicio del cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes
32
33. consagrados en la constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de
convivencia de la institución EDUCATIVA SAN AGUSTIN de Tres Esquinas Cunday.
El personero de los estudiantes será elegido por votación de todos los estudiantes
de la institución. Cuando por algunas circunstancias no haya candidatos que
reúnan las condiciones podrá acudirse a los grados anteriores hasta el grado
noveno.
ACCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES:
1. Capacitarse en los deberes y derechos de los estudiantes.
2. Presentar oficios o peticiones para mejorar la planta física de la Institución y sus sedes.
3. Reunir al Consejo de estudiantes y darles a conocer propuestas.
PROCEDIMIENTO PARA SU ELECCIÓN A PARTIR DEL AÑO 2007:
Para elegir el personero de los estudiantes se procederá así:
· Se hará en dos etapas, una con la sede Valencia y una con la sede San Agustín.
· La sede Valencia elegirá un representante, allí se hará la votación con los estudiantes
de las sedes que allí convergen: San Isidro, La Yuca, Valencia 1 y Valencia 2, allí
deben estar presentes los candidatos a la personería.
· La sede San Agustín hará su elección con las sedes: Torres Alto, Torres, Bajas,
Montenegro, La Profunda, Vega de Cuinde, La Unión, Gaverales, Chicalá, Rafael
Pombo, Tres Esquinas y San Agustín.
6. PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCIÓN DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL Y
CONTRALOR AUXILIAR:
El Contralor y el Contralor auxiliar serán elegidos por un período fijo de un año, elecciones que
se realizarán dentro de los 30 días calendario siguientes al de la iniciación de clases del período
lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin
de elegirlos por el sistema de mayoría simple y mediante voto universal y secreto. Tanto el
Contralor como el contralor auxiliar estudiantil podrán ser reelegidos salvo que el estudiante
ingrese al grado 11 en cuyo caso no podrá postularse.
7. CONSEJO DIRECTIVO:
Está integrado por:
a) El rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y
extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
b) Dos representantes de los docentes elegidos por votación.
c) Dos representantes de los Padres de Familia elegido por la junta directiva de la
asociación de Padres de Familia.
d) Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de estudiantes.
e) Un representante de los ex alumnos.
f) Un representante del sector productivo.
8. PROCEDIMIENTO INTERNO PARA LA ELECCIÓN DE CADA UNO DE LOS
MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO.
a) El rector es designado por ley.
b) Los representantes de los docentes serán elegidos en asamblea de docentes en la
segunda semana del mes de enero de cada año.
c) El consejo de padres de familia, en una reunión convocada para tal fin por el rector
o director del establecimiento educativo, elegirá dentro de los primeros treinta días
33
34. del año lectivo a los dos representantes de los padres de familia en el consejo
directivo del establecimiento educativo. Los representantes de los padres de
familia solo podrán ser reelegidos por un período adicional. En todo caso los
representantes de los padres ante el consejo directivo deben ser padres de
alumnos del establecimiento educativo. Los docentes, directivos o administrativos
del establecimiento educativo no podrán ser representantes de los padres de
familia en el consejo directivo del mismo establecimiento en que laboran.
d) El representante de los estudiantes deberá ser un estudiante que curse el grado
undécimo y elegido mediante votación por el consejo de estudiantes dentro de los
30 días de iniciadas las labores académicas; en los grados 1º 2º y 3º nombrarán
un representante y en los grados 4º , 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º, y 11º nombrarán un
representante por cada grado.
e) A falta de organización de ex alumnos los demás miembros del consejo directivo
propondrán como mínimo tres nombres de ex alumnos y de ellos se elegirá a uno
para que los represente en la institución.
f) Como no existe asociaciones del sector productivo en la región a consideración de
los demás miembros del consejo directivo, elegirán a cualquier persona de la
comunidad que no tenga hijos estudiando en ningún grado en la institución.
g) No pueden haber dos miembros del Consejo Directivo de la misma familia.
9. CONSEJO DIRECTIVO COMÚN DE LA INSTITUCIÓN:
La institución educativa SAN AGUSTÍN de Tres Esquinas da cumplimiento al art. 22 del
decreto 1860 y de acuerdo al parágrafo 143 de la Ley 115 de 1994,
10. REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DIRECTIVO:
a) Cumplir las funciones establecidas en el art. 23 del decreto 1860.
b) Cumplir la Constitución Nacional y demás leyes concordante.
c) Cumplir y hacer cumplir el manual de convivencia y el PEI de la institución.
d) Asistir el último martes de cada mes a reunión del consejo directivo y cuando se
considere necesario.
e) Ser respetuosos y practicar las reglas de participación democrática en las
propuestas y reclamos.
f) El incumplimiento a tres (3) reuniones consecutivas será causal para que se le
revoque el periodo y cada uno de los representantes lo elijan.
ARTÍCULO 53- FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO:
1. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO:
a) Tomar decisiones que afectan el funcionamiento de la institución, excepto las que
sean competencias de otra autoridad tales como las reservadas a la dirección
administrativas, en el caso de los establecimientos privados.
b) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presentan entre docentes y
administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber
agotado los procedimientos previstos en el manual de convivencia.
c) Adoptar el manual de convivencia.
d) Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa,
cuando algunos de sus miembros se sientan lesionado.
e) Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado
por el rector.
f) Participar en la planeación y evaluación del P.E.I. de los currículos y del plan de
estudio y someterlo a la consideración de la secretaria de educación respectiva.
g) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
34
35. h) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del
alumno que han incorporarse al manual de convivencia. En ningún caso pueden ser
contrarios a la dignidad del estudiante.
i) Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal
administrativo de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y
recreativas.
j) Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización
de actividades educativas, culturales, etc., la respectiva comunidad.
k) Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras
instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
l) Fomentar la conformación de asociación de padres de familia y de estudiantes.
m)Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente decreto
n) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los
provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuado por los padres y
responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso
de libros de texto y similares.
o) Darse su propio reglamento.
2. ACCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO:
a) Verificar el cumplimiento del manual de convivencia.
b) Definir las actividades que se desarrollan en la institución.
c) Verificar los ingresos, egresos y compras de la institución.
d) Solicitud de recursos a través de las diferentes entidades.
ARTÍCULO 54.- CONSEJO ACADÉMICO:
Está integrado por: el rector, directivos docentes y un docente por cada área definidas en el
plan de estudio.
ARTICULO 55. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO:
1. FUNCIONES DEL CONSEJO
ACADÉMICO:
a) Sirve de órgano consultor del consejo directivo en la revisión de la propuesta del
P.E.I.
b) Estudiar los currículos y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las
modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente
decreto.
c) Organiza el plan de estudio y orientar su ejecución.
d) Participa en la evaluación institucional anual.
e) Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de
los educando y para la promoción, asignándole funciones y supervisar el proceso
general de evaluación.
f) Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre evaluación educativa
g) Las demás funciones a fines y complementarías con las anteriores que le atribuya el
P.E.I.
2. ACCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO:
a) Reuniones mensuales de rendimiento académico junto con padres y docentes.
b) Elaborar los planes de estudio.
c) Hacer evaluación y seguimiento a los planes de estudio.
d) Solicitar recursos didácticos referente a cada una de las áreas.
35
36. ARTÍCULO 56.- FUNCIONES DEL RECTOR
1. FUNCIONES DEL RECTOR:
a) Orientará la ejecución del P.E.I. y aplicar las decisiones del gobierno escolar.
b) Vela por el cumplimiento de las funciones de los docentes y el oportuno
aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
c) Promueve el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación del
establecimiento.
d) Mantener activa las relaciones con las autoridades educativas, con los
patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local
e) Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la
comunidad educativa.
f) Orienta el proceso educativo con la asistencia del consejo académico.
g) Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuya la ley y el manual de convivencia.
h) Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones y influencias para canalizarlas a
favor del mejoramiento del P.E.I.
i) Promover actividades de beneficio social que vincule al establecimiento con la
comunidad local.
j) Aplicar las disposiciones que se expiden por parte del estado, ateniendo a la
prestación del servicio público educativo.
k) Representa legalmente al plantel.
l) Ordena los gastos del plantel.
m)Administra los bienes del plantel en coordinación con la secretaria habilitada.
n) Hacer cumplir la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes.
o) Asigna en ausencia temporal las funciones del rector al coordinador de acuerdo con
las normas vigentes.
p) Las demás funcionen afines o complementarías con las anteriores que le atribuya el
P.E.I.
2. ACCIONES DEL RECTOR:
a) Presentar proyecto de ingresos, egresos y planes de compras.
b) Definir la organización de la institución.
c) Mantener la relación y actualización de los docentes frente a los diferentes
cambios.
d) Organizar mecanismos de control de asistencia tanto de alumnos como del
personal docente y administrativo.
e) Definir los eventos culturales y deportivos en los cuales participará la institución.
f) Hacer las compras de la institución.
g) Presentar informes de la gestión realizada ante la comunidad educativa secretaría
de educación departamental y ministerio de educación.
ARTICULO 57. FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO Y DE DISCIPLINA.
El coordinador depende del rector del plantel.
1. Participar en el consejo académico, en el consejo directivo y en los demás donde sea
requerido.
2. Participa con el rector en la planeación y evaluación institucional.
3. Dirige la planeación y programación académica de acuerdo con el P.E.I.
4. Distribuir a los profesores la dirección de grado.
5. Coordina la acción académica con la administración de alumnos y profesores.
36
37. 6. Establece canales y mecanismos de comunicación entre docentes, alumnos docentes,
padres de familia- rector.
7. Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas
programación de áreas y asignaturas, diario programador, cumplimiento de horarios, y
demás proyectos que se realicen a nivel institucional.
8. Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones con el fin de
detener la deserción estudiantil.
9. Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de
clases, presentándolo al rector para su aprobación.
10. Fomenta la investigación científica para el logro de los propósitos educativos.
11. Administra el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes.
12. Rendirá periódicamente informe al rector sobre el cumplimiento de horarios, asistencia
de profesores y alumnos, cumplimiento de los programas y proyectos planteados por el
plantel.
13. Supervisa el cumplimiento de los libros de monitoria, observador del alumno, fichas
acumulativas y diario programador.
14. Responde por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales
pertenecientes al colegio y confiados a su manejo.
15. Lleva el control diario de asistencia de profesores y estudiantes.
16. Vigila que el profesor encargado de la disciplina haga cumplir los turnos de aseo.
17. Permanecer en el plantel toda la jornada de trabajo, observando la llegada de
estudiantes, toque de campana, cambios de clase y en general debe ser el primero que
llega y el último que se retira.
18. Concede permiso a los estudiantes en ausencia del rector.
19. Recibe las excusas y expedir certificaciones a quien lo solicite.
20. Organiza los turnos de disciplina.
21. Lleva hasta 10 (diez) horas de clase decreto 129 de enero 22/82.
22. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo al P.E.I.
23. Controla la disciplina de los estudiantes haciendo registro y citaciones a los padres de
familia, orientando a docentes y estudiantes.
24. Abrir el plantel faltando diez (10) minutos para las siete (7:00) y cerrar los candados de
cada salón de clase después de terminada las labores de clase.
ARTICULO 58-. FUNCIONES DEL DOCENTE (Res. 1342 jul. 23/82).
Los profesores dependen del coordinador académico y de disciplina y por relación de autoridad
funcional dependen del jefe de cada comité. Les corresponden proporcionar la orientación y
guía de las actividades curriculares para que los alumnos logren los cambios de conducta
propuestos:
1. Participa en la elaboración del planeamiento y programación de actividades del área
respectiva, correlacionar, integrar con otros profesores de su misma área.
2. Programa y organiza las actividades de enseñanza – aprendizaje de las asignaturas a
su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel del
área.
3. Dirigir y orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su
personalidad, elaboración de horarios, control de libro de monitoría, estar pendiente
de la asistencia de los estudiantes en sus clases.
4. Participa en la organización de las actividades complementarias, día del idioma, del
hogar, del alumno, del profesor, etc.
37
38. 5. Controla y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza
aprendizaje dentro de las respectivas áreas.
6. Aplicar oportunamente en coordinación con el director de grado o el coordinador
académico las estrategias metodológicas a que de lugar el análisis de resultados de
la evaluación. Observando mortalidad académica dentro de su respectiva área.
7. Presentar informe al coordinador del rendimiento de los estudiantes en su respectiva
área certificando las calificaciones con su firma.
8. Presentar periódicamente informe al coordinador sobre el desarrollo de sus
actividades académicas.
9. Ejercer la dirección de grupo cuando le sea asignada por el coordinador o rector.
10. Cumplir los turnos de disciplina que le sean asignados.
11. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las
directivas del plantel.
12. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y
materiales confiados a su manejo como libros, elementos de laboratorio, etc.
13. Cumplir la jornada laboral y de la asignación académica de acuerdo con las normas
vigentes. Entiéndase la jornada laboral el tiempo que deben dedicar a las labores
específicas, de administración, cumplimiento de calendario, desarrollo curricular,
atención y reparación de su asignación académica, investigación de asuntos
pedagógicos, labores de orientación, disciplina y formación de los estudiantes, de
acuerdo con el manual de convivencia. Decreto 17486 de Nov/84.
14. Cumplir con el horario de trabajo de 7:00 a.m. a 1:p.m.
15. Cumplir la intensidad horaria anual de cada asignatura y área.
16. Mantener la disciplina y el orden en las clases e informar al coordinador, rector sobre
las irregularidades que se presenten.
17. Preparar anticipadamente el plan de clases y proveerse de los materiales que le sean
necesarios.
18. Los docentes que por cualquier circunstancia requieran de aulas de clase en las
horas de la tarde deben solicitar las llaves al coordinador en las horas de la mañana y
dejar en completa seguridad y orden el colegio, dejando las llaves en la casa del
rector.
19. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del
cargo.
ARTICULO 59-. FUNCIONES DEL DIRECTOR DE GRADO
1. Cumplir las funciones como docente.
2. Participar en el planeamiento y programación de la administración de estudiantes
teniendo en cuenta sus condiciones socioeconómicas y características personales.
Organización de horario, listado de aseo, carteleras, cumplimiento del observador del
alumno, libro de monitoria, distribución de estudiantes de acuerdo con las características
y necesidades del aula de clase.
3. Orientará el programa de inducción de los estudiantes del grupo confiados a su
dirección.
4. Orientará acciones de carácter informativo y hacer seguimiento de sus efectos en los
estudiantes.
5. Orientará a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su comportamiento y
aprovechamiento académico, en acuerdo con el coordinador, profesores de área, padre
de familia y rector.
6. Promoverá el análisis de situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en
coordinación con otros estamentos, las soluciones más adecuadas.
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39. 7. Establecer comunicación permanente con el rector, coordinador, docente, padres de
familia para coordinar la acción educativa.
8. Diligencia las fichas de control y registro y efectuar seguimiento de los estudiantes del
grupo a su cargo, en coordinación con los demás estamentos del plantel.
9. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo.
10. Rendir periódicamente informes de las actividades y programas realizados al rector y
coordinador del plantel.
11. Diligenciar oportunamente el anecdotario del alumno, las debilidades y fortalezas
académicas y de comportamiento
ARTICULO 60-. FUNCIONES DE LA SECRETARIA.
La secretaria depende del rector, le corresponde llevar el registro y control de los aspectos
legales de la institución, manejar los fondos del plantel y registrar las operaciones en los libros
respectivos, la administración de los equipos, materiales, muebles y enseres de la institución.
1. Programar las actividades propias de su cargo.
2. Responsabilizarse del diligenciamiento de los libros de matrícula, calificaciones,
recuperaciones, asistencia y actas de reuniones.
3. Organizar y ejecutar el proceso de matrícula - SIMAT.
4. Elaborar la lista de los estudiantes para efectos docentes y administrativos.
5. Mantener ordenado y actualizado la documentación de estudiantes, docentes y
administrativos.
6. Elaborar con el rector los informes estadísticos.
7. Llevar los registros del servicio de los funcionarios del plantel.
8. Organizará funcionalmente el archivo y elaborar los certificados que le soliciten.
9. Refrendar con su firma los certificados expedidos por el rector.
10. Atender al público en el horario establecido.
11. 11.Colaborar con el rector en la elaboración de los anteproyectos del presupuesto.
12. Manejar y controlar los recursos financieros del plantel.
13. Elaborar los informes del banco.
14. Enviar oportunamente la rendición de cuentas y el estado presupuestal a la contraloría y
a la unidad administrativa de la cual dependa el plantel.
15. Hacer los descuentos de ley y los demás que le sean solicitado por la autoridad
competente o por el interesado y enviarlos oportunamente a las entidades
correspondientes.
16. Registrar y tener en cuenta las novedades del plantel.
17. Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas presentando
oportunamente informes al rector.
18. Organizar en colaboración con el rector el plan de compras.
19. Elaborar el balance mensual con base en los comprobantes de entrada y Sali0da de
elementos del plantel dados de baja o que ingrese.
20. Enviar a la contraloría el informe mensual de cuentas de inventario.
21. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los muebles, equipos y
materiales confiados a su cargo.
22. Tomar apuntes y elaborar las actas de reuniones de profesores, padres de familia, etc.
23. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza del
cargo.
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