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INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN AGUSTÍN 
MANUAL DE CONVIVENCIA 
TRES ESQUINAS CUNDAY 
MARZO DE 2013
TABLA DE CONTENIDO 
“Pág” 
PRESENTACIÓN.……………………………………………………………………….………….… 5 
MANUAL DE CONVIVENCIA………………………………………………………………….….… 6 
INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………………..….… 7 
ESTRUCTURACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA……………………………………...… 8 
CAPITULO PRIMERO: CONCEPTO, FILOSOFÍA Y OBJETIVOS……………………….…… 9 
ARTICULO 1-. DEFINICIÓN 
ARTICULO 2-. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL 
ARTICULO 3-. OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN EN TODOS LOS NIVELES 
CAPITULO SEGUNDO: ADMISIÓN Y PERMANENCIA……………...………………………… 10 
ARTICULO 4-. ADMISIÓN 
ARTICULO 5-. PERMANENCIA 
CAPITULO TERCERO: DERECHOS…………………………………….…….…………..……… 10 
ARTICULO 6-. DERECHOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 
ARTICULO 7-. DERECHOS DE LOS DOCENTES 
FRENTE AL ESTADO 
FRENTE A LA COMUNIDAD 
ARTICULO 8-. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE 
ARTICULO 9-. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 
CAPITULO CUARTO: DEBERES………………………………………………………………..… 13 
ARTICULO 10-. DEBERES DEL ESTADO 
ARTICULO 11-. DEBERES DE LA INSTITUCIÓN 
ARTICULO 12-. DEBERES DEL CONSEJO DIRECTIVO 
ARTICULO 13-. DEBERES DE LOS DOCENTES 
RÉGIMEN DISCIPLINARIO, DECRETO 2480/86 Art. 18 
ARTICULO 14-. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE 
ARTICULO 15-. DEBERES DE LOS ALUMNOS 
CAPITULO QUINTO: PROHIBICIONES………………………………………………………….. 18 
ARTICULO 16-. PROHIBICIONES PARA TODOS LOS ESTAMENTOS EDUCATIVOS 
ARTICULO 17-. PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES 
ARTICULO 18-. PROHIBICIONES PARA LOS ALUMNOS 
ARTICULO 19-. PROHIBICIONES PARA EL CONSEJO DIRECTIVO 
CAPITULO SEXTO: FALTAS ……………………………………………………………………… 19 
ARTICULO 20-. FALTAS DE LOS ESTUDIANTES 
ARTICULO 21-. FALTAS LEVES DE COMPORTAMIENTO DEL ALUMNO DENTRO O 
FUERA DEL ESTABLECIMIENTO 
2
“Pág” 
ARTICULO 22-. FALTAS GRAVES DE RESPETO DE LOS ALUMNOS……………………… 20 
ARTICULO 23-. FALTAS GRAVÍSIMAS DE MORAL DE LOS EDUCANDOS 
DENTRO O FUERA DEL ESTABLECIMIENTO………………………………. 21 
ARTICULO 24-. FALTAS DE APLICACIÓN 
ARTICULO 25-. FALTAS GRAVÍSIMAS QUE AMERITAN LA CANCELACIÓN DE LA 
MATRICULA A UN EDUCANDO 
ARTICULO 26. CALIFICACIÓN DE COMPORTAMIENTO 
CAPITULO SÉPTIMO: CORRECTIVOS O RUTAS A SEGUIR………………………………… 22 
ARTICULO 27-. COMISIONES DE CONVIVENCIA 
ARTICULO 28-. CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS 
ARTICULO 29-. SANCIONES POR FALTA DE COMPORTAMIENTO………..……………… 23 
ARTICULO 30-.SANCIONES POR FALTA DE RESPETO 
ARTICULO 31-. FALTAS DE APLICACIÓN 
CAPITULO OCTAVO-. PROCESO DISCIPLINARIO……………………………………………. 24 
ARTICULO 32-. PROCESO REGULADOR 
ARTICULO 33-. ETAPAS DEL DEBIDO PROCESO 
ARTICULO 34-. RUTA PARA EL EDUCANDO HACER UN RECLAMO 
CAPITULO NOVENO: SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS 
ESTUDIANTES SIEE DE LA IE SAN AGUSTÍN………………………………………………… 25 
ARTICULO 35-. PROMOCIÓN DE EDUCANDOS DE LA I.E. SAN AGUSTÍN 
ARTICULO 36-. COMISIÓN DE PROMOCIÓN Y EVALUACIÓN……………………….……… 26 
ARTICULO 37-. ACTIVIDADES QUE LOS ALUMNOS TIENEN DERECHO A 
CUMPLIR EN LA I.E. SAN AGUSTÍN 
ARTICULO 38-. PROMOCIÓN ANTICIPADA 
CAPITULO DECIMO: ESTIMULOS......................................................................................... 28 
ARTICULO 39-. ESTÍMULOS 
CAPITULO UNDÉCIMO: PROYECCIÓN A LA COMUNIDAD…….…………………………… 29 
ARTICULO 40-.SERVICIO SOCIAL 
ARTICULO 41-.VIGIA DE LA SALUD 
ARTICULO 42, 43, 44 
ARTICULO 45-. ESCUELA DE PADRES. 
ARTICULO 46-. EDUCACIÓN DE ADULTOS PROGRAMA SAT 
ARTICULO 47-. JUEGOS INTERCOLEGIADOS. 
ARTICULO 48-. SEMANA CULTURAL. 
ARTICULO 49-. ENCUENTRO DE EGRESADOS. 
CAPÍTULO DOCE: GOBIERNO ESCOLAR………………………………………………….…… 30 
ARTÍCULO 50.- GOBIERNO ESCOLAR 
3
“Pág” 
ARTICULO 51.- ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR 
ARTICULO 52.- REGLAS PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DEL 
GOBIERNO ESCOLAR 
ARTICULO 53.- FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO 
ARTICULO 54.- CONSEJO ACADÉMICO 
ARTICULO 55.- FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO 
ARTICULO 56.- FUNCIONES DEL RECTOR 
ARTICULO 57.- FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO Y DE DISCIPLINA 
ARTICULO 58.- FUNCIONES DEL DOCENTE (Res. 1342 jul. 23/82) 
ARTICULO 59.- FUNCIONES DEL DIRECTOR DE GRADO 
ARTICULO 60.- FUNCIONES DE LA SECRETARIA 
ARTICULO 61.- FUNCIONES DEL DOCENTE ENCARGADO DE LA DISCIPLINA 
ARTICULO 62.- FUNCIONES DEL BIBLIOTECARIO Y REGLAMENTO 
ARTICULO 63.- REGLAMENTO GENERAL DE LABORATORIOS 
ARTICULO 64.- FUNCIONES DEL CELADOR 
ARTICULO 65.- FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL 
ARTICULO 66.- FUNCIONES DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL 
ARTICULO 67.- FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES 
ARTICULO 68.- ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA 
ARTICULO 69.- CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA 
ARTICULO 70.- REGLAMENTO DEL USO DEL “AULA DE LA VIRTUD VIRTUAL” 
ARTICULO 71.- REGLAMENTO DE TIENDA ESCOLAR 
CAPITULO TRECE: COSTOS EDUCATIVOS…………………………………...………………… 46 
ARTICULO 72-. COSTOS EDUCATIVOS 
CAPITULO CATORCE: OTRAS CONSIDERACIONES………………………………………… 47 
ARTÍCULOS 73,74,75,76, 77,78,79,80,81,82,83,84,85,86, 87, 88, 89 
REPRESENTANTES DEL GOBIERNO ESCOLAR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN 
AGUSTÍN DE TRES ESQUINAS CUNDAY……………………………………..……………………… 49 
FIRMAS CONSEJO DIRECTIVO…………………………………………………………………… 51 
4
PRESENTACIÓN 
La ley 115 de 1994, art. 142, el decreto reglamento 1860 de Agosto/94, el Decreto 1286 de 
Abril 27 de 2005 o Ley de la Infancia y de la Adolescencia, decreto 2277 sobre régimen 
docente. Se conocieron aspectos que deben contemplar el manual de Convivencia; el equipo 
interinstitucional que estuvo al frente del presente trabajo mostró interés pues esto significa 
alivio a las inquietudes, aspiraciones y enfoques psicológicos, filosóficos o pedagógicos que 
fueron expuesto en continuas reuniones, a veces de grupo o plenarias de estudiantes, padres 
de familia, docentes y directivos de Tres Esquinas, reuniones de rectores al nivel de 
departamentos del Tolima con funcionarios del M.E.N. lineamientos de la Corte Constitucional 
sobre diversas tutelas presentadas por los padres de familia. 
El presente manual se inicio en septiembre de 1994, reuniones convocadas por el Rector y 
docentes, estudiantes y padres de familia para iniciar la estructuración del texto que hoy se 
pone a disposición para ser refrendado por el respectivo Consejo Directivo de la Institución 
Educativa SAN AGUSTÍN de Tres Esquinas Cunday Tolima, a partir de la fecha de su 
expedición. 
El presente manual de convivencia fue divulgado profundamente en el seno de la Institución 
Educativa SAN AGUSTÍN de Tres Esquinas Cunday Tolima, adicionando posteriormente 
nuevas reglamentaciones e incluyendo mejoras de presentación y de actualización. Tres ejes 
sostienen el Manual de Convivencia: 
1- La participación, el apoyo mutuo y el compromiso actuante de todos los miembros de la 
comunidad educativa para la cual se consignaron derechos, deberes y prohibiciones de 
sus integrantes. 
2- El espíritu autocrático, correctivo y conciliador antes que sancionatorio como debe 
corresponder a sectores sociales heterogéneos pero con suficientes intereses comunes. 
3- El debido proceso que instruye a los estamentos en el ejercicio del derecho a la defensa 
que ha llevado a fallos contrarios de diferentes instituciones educativas en acciones de 
tutela invocadas por los estudiantes de diferentes planteles. 
Integrar a los docentes, padres de familia y alumnos fue una gran tarea de la comisión 
redactora del presente Manual de Convivencia. 
Expresiones de reconocimiento de gratitud a la comunidad educativa por su tiempo, sus aportes 
intelectuales desde su experiencia laboral, familiar, estudiantil, enriquecieron el análisis y las 
conclusiones. 
El presente documento como ruta de navegación nos permite mejorar la educación en pro de la 
juventud que le servirá a Colombia. 
TRES ESQUINAS, Agosto 23 de 2011 
JORGE CASTRO GALEANO 
Rector 
5
MANUAL DE CONVIVENCIA. 
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994, todos los 
establecimientos educativos deben tener como parte integral el Proyecto Educativo Institucional 
y dentro de este contener el Manual de Convivencia. 
El Manual de Convivencia debe contener una definición de los derechos y deberes de los 
alumnos y sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa. 
En particular deben contemplar los siguientes aspectos; 
1. Reglas de higiene personal y de salud pública que preservan el bienestar de la 
comunidad educativa, conservación individual de la salud y prevención frente al 
consumo de sustancias psicotrópicas. 
2. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de 
los bienes personales y de uso colectivo tales como equipos, instalaciones e 
implementos. 
3. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente. 
4. Normas de conducta de alumnos y profesores que garanticen el mutuo respeto. Deben 
incluir la definición de claros procedimientos para formular las quejas y reclamos al 
respecto. 
5. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o 
colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Debe incluir instancias de 
dialogo y de conciliación. 
6. Pautas de presentación personal que preservan a los alumnos de la discriminación por 
razones de apariencia. 
7. Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los alumnos, incluyendo el derecho a 
la defensa. 
8. Reglas para la elección de representantes al consejo directivo y para la escogencia de 
los voceros de los demás consejos previsto en el presente decreto. Debe incluir el 
proceso de elección del personero de los estudiantes. 
9. Cualidades y condición de los servicios de tienda escolar y demás servicios de 
educación que ofrezca el plantel a los alumnos. 
10. Funcionamiento y operación de los medios de comunicación internos del plantel tales 
como revista, periódicos, murales, etc., que sirvan de instrumentos efectivos al libre 
pensamiento y a la libre expresión. 
11. Reglas para el uso de los diferentes laboratorios, biblioteca y sala de sistema. 
6
INTRODUCCIÓN 
Toda entidad educativa que funcione, debe tener como base legal un manual de Convivencia. 
La falta de unidad de criterios para el diseño y aplicación del manual de Convivencia acarrean al 
establecimiento y, por ende M.E.N. y la secretaria de educación del Departamento y el plantel, 
una serie de inconvenientes de orden académico y disciplinario. 
La Institución Educativa SAN AGUSTÍN de Tres Esquinas Cunday Tolima, como instituto 
público educativo, tiene como fin la formación integral de alumnos, basados en la búsqueda de 
valores intelectuales, culturales, deportivos y morales de tal manera que respondan a los 
intereses de los educandos de acuerdo con el medio y con las necesidades para el progreso de 
la nación. 
Para lograr los objetivos el plantel se propone la integración permanente de la comunidad 
educativa y por lo tanto requiere de la eficaz y efectiva colaboración de los padres de familia y 
de cada uno de los alumnos con el propósito que estos sean conscientes de su labor en su 
propia educación como sujeto de la misma; y que adquieren confianza en sí mismo y alcance 
el desarrollo como persona. 
La disciplina en la institución debe procurar que el joven, por la rectitud y corrección de sus 
actos describa en sí mismo, cada día el crecimiento de una persona integral y útil a la 
sociedad. 
Por necesidad se creó el Manual de Convivencia en común acuerdo con el Consejo Directivo, 
dando cumplimiento al decreto 1860 de 1994. 
El presente manual fue aprobado por el consejo directivo. 
7
ESTRUCTURACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 
El manual de convivencia estará estructurado así: 
CAPITULO PRIMERO 
Concepto, filosofía y objetivos. 
CAPITULO SEGUNDO 
Admisión y permanencia. 
CAPITULO TERCERO 
Derechos: de la institución, docentes, padres de familia y estudiantes. 
CAPITULO CUARTO 
Deberes: Del Estado, la institución, consejo directivo, docentes, padres de familia y alumnos. 
CAPITULO QUINTO 
Prohibiciones: para todos los estamentos educativos, docentes, alumnos y consejo directivo. 
CAPITULO SEXTO: 
Faltas. 
CAPITULO SÉPTIMO: 
Correctivos o rutas a seguir. 
CAPITULO OCTAVO: 
Proceso disciplinario. 
CAPITULO NOVENO: 
Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes (SIEE) de la institución educativa San 
Agustín. 
CAPITULO DECIMO: 
Estímulos. 
CAPITULO ONCE: 
Proyección a la comunidad. 
CAPITULO DOCE: 
Gobierno Escolar. 
CAPITULO TRECE: 
Otras consideraciones. 
CAPITULO CATORCE: 
Costos Educativos. 
8
CAPITULO PRIMERO 
CONCEPTO, FILOSOFÍA Y OBJETIVOS 
FUNDAMENTACIÓN LEGAL 
ARTICULO 1-. DEFINICIÓN: es el instrumento elaborado por los miembros de la comunidad 
educativa en donde se consignan derechos, estímulos, deberes, correctivos, procesos, 
procedimientos e instancia para los alumnos, docentes y padres de familia de conformidad con 
la Constitución Política de Colombia, la Ley General de Educación, decreto 1860, la Ley de la 
Infancia y de la Adolescencia, código de policía del Tolima y demás normativas jurídicas 
vigentes, con el fin de facilitar el proceso educativo, la sana convivencia y la formación integral 
de la persona. 
ARTICULO 2-.FILOSOFIA INSTITUCIONAL: el presente manual de convivencia parte del 
principio fundamental de que toda persona por ser miembro de una comunidad es ser social por 
naturaleza, se gesta, evoluciona, se educa y se realiza como un ser situado frente a unas 
circunstancia que le es inherente a su misma naturaleza y que por lo tanto el espíritu filosófico 
que lo ilumina y orienta apunta hacia el desarrollo equilibrado de todas las dimensiones de la 
persona y de la sociedad, mediante el conocimiento, respeto y vivencia de los valores 
fundamentales como la vida, la libertad, la ética la comunicación, la justicia, la paz dentro de un 
marco jurídico, democrático y participativo. 
La estructura de este manual pretende ante todo unificar criterios que respondan a unos 
lineamientos generales contemplados en derechos y deberes de los educandos y demás 
estamentos educativos, creando conciencia y conocimientos de los mismos en un ambiente de 
respecto de las ideas. 
ARTICULO 3-. OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN EN TODOS LOS NIVELES: Es objetivo 
primordial de todos y cada uno de los niveles educativos el desarrollo integral de los educandos 
mediante acciones estructuradas encaminadas a: 
1. Formar la personalidad y capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus 
derechos y deberes. 
2. Proporcionar una sólida formación ética y moral y fomentar la práctica de respeto a los 
derechos humanos. 
3. Fomentar en la institución educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de los 
principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la 
autonomía y responsabilidad. 
4. Desarrollar una sana sexualidad que promueva el conocimiento de sí mismo y la 
autoestima, la construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de 
los sexos, la efectividad, el respeto mutuo y prepararse para una vida familiar armónica y 
responsable. 
5. Crear y fomentar una conciencia de solidaridad internacional. 
6. Desarrollar acciones de orientación escolar, profesional y ocupacional. 
7. Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y trabajo. 
8. Fomentar el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos. 
9
PARÁGRAFO: cada institución incluirá los objetivos correspondientes a su nivel y modalidad, 
siendo imperativa la formulación de planes concretos para la materialización de dichos 
objetivos. 
CAPITULO SEGUNDO 
ADMISIÓN Y PERMANENCIA. 
ARTICULO 4-. ADMISIÓN: son criterios de admisión los siguientes: 
PARA ESTUDIANTES NUEVOS: 
1. Haber aprobado el año anterior debidamente y certificados de los grados anteriores al 
que va a cursar. 
2. Debe presentar copia del anecdotario del año anterior, y paz y salvo de la Institución de 
donde proceda. 
3. Que exista disponibilidad de cupos. 
4. Para ingresar al grado sexto, la edad del estudiante no debe ser mayor a trece (13) 
años. La institución ofrece el programa SAT para estudiantes en edad extraescolar. 
5. No se reciben estudiantes nuevos mayores de dieciocho (18) años a partir del año 2012. 
6. Cumplir los requisitos establecidos por el M.E.N. 
ARTICULO 5-. PERMANENCIA: la institución propenderá por la permanencia de los 
estudiantes, pero deben cumplir con lo establecido en el Manual de Convivencia y que no 
exista una causal de exclusión. 
PARÁGRAFO: Las alumnas en estado de gestación faltándole dos meses para dar a luz, su 
asistencia es responsabilidad de los padres de familia si deciden la permanencia voluntaria a la 
Institución durante éste periodo, la Institución no obliga a la asistencia durante éste tiempo. La 
parte académica es responsabilidad del estudiante, sin embargo, la Institución dejará trabajos 
extra clase y consultas, orientados a la nivelación de los conocimientos dejados de ver durante 
la inasistencia por ésta causa. 
CAPITULO TERCERO 
DERECHOS 
ARTICULO 6-. DERECHOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. 
1. Recibir presupuesto suficiente con destino a la planta de personal docente, planta física 
y material didáctico. 
2. Recibir de las autoridades educativas de nivel Departamental y municipal, el respaldo 
efectivo a los proyectos institucionales. 
3. Desarrollar el P.E.I. y programas curriculares sin interferencia de entidades ajenas a los 
estamentos educativos. 
4. Exigir a las autoridades el cumplimiento con la institución. 
10
ARTICULO 7-. DERECHOS DE LOS DOCENTES. 
FRENTE AL ESTADO: 
Los contemplados en el artículo 36 del estatuto docente: 
1. Formar asociaciones sindicales con capacidad legal para representar a los afiliados en 
la formulación de reclamos y solicitudes ante las autoridades de orden nacional y 
seccional. 
2. Recibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y grado. 
3. Ascender dentro de la carrera docente. 
4. Participar en los programas de capacitación y de bienestar social y gozar de los 
estímulos de carácter profesional y económico que se establezca. 
5. Disfrutar de vacaciones remuneradas. 
6. Solicitar y obtener permisos, licencias y comisiones de acuerdo con las disposiciones 
legales pertinentes. 
7. Permanecer en el servicio y no ser desvinculados o sancionado, si no de acuerdo con 
las normas y procedimientos que se establezcan en el decreto 2277 y régimen 
disciplinario único. 
8. No ser discriminado por razón de sus creencias políticas o religiosas, ni por distinciones 
fundadas en condiciones sociales o raciales. 
9. Y las demás establecidas o que se establezcan en el futuro. 
FRENTE A LA COMUNIDAD: 
1. Recibir un trato cortés de directivos, docentes, padres de familia y alumnos. 
ARTICULO 8-.DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE: 
1. Pertenecer a la Asociación de Padres de Familia siempre y cuando tenga matriculado un 
hijo o sirva de acudiente de un estudiante matriculado. 
2. Elegir el tipo de educación que de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo 
integral de los hijos, de conformidad con la constitución y la ley. 
3. Recibir información del estado sobre los establecimientos educativos que se encuentran 
debidamente autorizados para prestar el servicio educativo. 
4. Reclamar por el incumplimiento del manual de convivencia, ante los docentes, 
coordinación, rectoría, Consejo Directivo, Asociación de Padres de Familia. 
5. Conocer con anticipación o en el momento de la matricula las características del 
establecimiento educativo, los principios que orientan el Proyecto Educativo Institucional, 
el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el 
sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional. 
6. Ser recibidos sus hijos o acudidos siempre y cuando haya disponibilidad de cupo y 
reúna los requisitos legales exigidos por M.E.N., la secretaria de educación y el plantel. 
7. Ser informados del horario regular de clases de sus hijos acudidos y del horario de 
atención a padres de familia 
8. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del 
proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de idoneidad del personal docente y 
directivo de la institución educativa. 
9. Exigir a las autoridades el cumplimiento de las responsabilidades con la educación: 
personería, Comisaría de familia, alcaldía, secretaría de educación, el MEN y la 
institución educativa. 
10. Participar en el proceso educativo que desarrolla el establecimiento en el que están 
matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y 
modificación del proyecto educativo institucional. 
11
11. Recibir respuestas suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del 
establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de 
sus hijos. 
12. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento 
académico y el comportamiento de sus hijos. 
13. Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad 
del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran 
matriculados sus hijos. 
14. Elegir y ser elegidos para representar a los padres de familia en los órganos del 
gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos de la ley 
general de educación y en sus reglamentos. 
15. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar el proceso educativo, la 
capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el 
desarrollo armónico de sus hijos. 
ARTICULO 9-. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES: 
1. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación de los planes curriculares y exigir 
que se cumplan las clases y las actividades programadas en forma puntual y completa, 
así como las normas legales vigentes sobre evaluación y promoción dadas a conocer al 
inicio del año escolar. 
2. Ser evaluado académicamente de acuerdo con la escala establecida por las normas 
legales vigentes en los aspectos cognoscitivos, socio afectivos comunicativos y 
sicomotor, practicando las evaluaciones diagnosticas, formativa, auto evaluativa en 
diferentes tipos. 
3. Participar en la evaluación del comportamiento mediante autoevaluación, y coevaluación 
con sus compañeros, director de grado y coordinador. 
4. Elegir y ser elegido a los organismos de representación en la comunidad educativa 
según la ley general de educación y el P.E.I. 
5. Conocer las notas de las evaluaciones orales en el momento de ser evaluado, las 
escritas durante los cinco días hábiles, los trabajos en diez días hábiles y las definitivas 
antes de ser entregada a la secretaria académica. 
6. Ser evaluado en término de diez días hábiles cuando la excusa sea justificada por su 
inasistencia. 
7. Recibir orientación adecuada para trabajos escritos, investigaciones, tareas, consultas, 
carteleras, etc., así como la corrección de estos trabajos por los docentes. 
8. Fijar en coordinación con los docentes los calendarios relacionados con los trabajos, 
tareas, investigaciones, etc. 
9. Conservar las calificaciones de cada asignatura sin ser afectada por aspectos de 
comportamiento. 
10. Reclamar por el incumplimiento del manual de convivencia siguiendo el conducto regular 
ante la instancia respectiva: Docentes, coordinación, rectoría, Asociación de padres de 
familia y Consejo Directivo. 
11. Asistir al acto de graduación con el uniforme reglamentario de la institución. 
12. Recibir la educación necesaria para su formación integral. Esta será obligatoria hasta 
noveno grado de educación básica y gratuita cuando sea prestada por el estado. 
13. Exigir una orientación y una preparación acorde con los objetivos generales y 
específicos de la educación que los habilite para ser miembros activos de la sociedad en 
beneficio personal y de sus semejantes de acuerdo con las disposiciones vigentes y 
emanadas del M.E.N. 
14. Exigir claridad en los procedimientos, horarios y métodos que estén de acuerdo con 
principios pedagógicos y metodológicos tendientes a lograr un positivo aprendizaje. 
12
15. Exigir puntualidad del docente. 
16. Ser oídos y escuchados por el rector, coordinador, director de grupo y docentes; según 
el caso, cuando presente reclamos o expresen insatisfacción, haciendo gala de cultura, 
respeto y buenas maneras; estas personas estarán prestas a ayudarle para resolver su 
situación dentro de las normas y principios legalmente establecidos procurando siempre 
la formación de los estudiantes. 
17. Ser escuchadas las razones que motivaron la transgresión del presente manual antes de 
tomar cualquier decisión. 
18. Participar en todas las actividades académicas, científicas, culturales y otras que 
programe la Institución. 
19. Obtener la información oportuna sobre la programación de actividades, forma de 
evaluación y cambio de horario. 
20. Presentar sugerencias y recomendaciones. 
21. Utilizar de acuerdo con horarios previamente establecidos los servicios de biblioteca, 
instalaciones deportivas, laboratorios, sala de sistemas, cuando esta utilización no 
perturbe el normal desarrollo de las labores en la institución. 
22. Que se le expida certificados, constancia y otros documentos según normas legales y 
vigentes siempre y cuando estén a paz y salvo con el plantel por todo concepto. 
23. Recibir el carnet estudiantil por una sola vez y en caso de pérdida o deterioro se debe 
pagar como una constancia. 
CAPITULO CUARTO 
DEBERES 
ARTICULO 10-.DEBERES DEL ESTADO: 
1. Brindar educación gratuita hasta noveno grado. 
2. Reconocer y proteger el proceso evolutivo sicosomático y cognoscitivo avalado en los 
derechos del niño y en la Ley de la Infancia y de la Adolescencia. 
3. Dar cumplimiento a la constitución Nacional y a las leyes a través de las autoridades 
civiles, militares, eclesiásticas, en todos los cultos religiosos 
4. Dotar de presupuesto suficiente con destino a la planta de personal docente, a la planta 
física, a equipos y material didácticos. 
5. Brindar protección efectiva y oportuna a los niños y menores de edad a través de 
autoridades y entidades oficiales designadas para estos fines. 
ARTICULO 11-.DEBERES DE LA INSTITUCIÓN: 
1. Hacer efectivo el principio constitucional, según el cual los derechos de los niños 
prevalecen sobre los derechos de los mayores. 
2. Formar integralmente en los aspectos curriculares (contenidos, metodología y 
evaluativos); formativos (afectivos, éticos); sicomotrices (estético, deportivos). 
3. Cumplir las funciones inherentes a su cargo. 
a) Rectoría. 
b) Coordinación. 
c) Docentes. 
d) Administrativos. 
e) De servicios. 
4. Dar a conocer las rutas a seguir por cada uno de los estamentos educativos para 
atender sus inquietudes y entregar el Manual de Convivencia por primera vez. 
13
5. Promover la organización de la asociación de padres de familia que dinamicen en 
coordinación con el Consejo Directivo el P.E.I. 
6. Manejar en cuenta bancaria con responsabilidad del rector y la secretaria los dineros 
captados por la institución. 
7. Expedir el carnet estudiantil y de docentes. 
ARTICULO 12-.DEBERES DEL CONSEJO DIRECTIVO. 
1. Tomar las decisiones que afectan el funcionamiento de la institución y que no sean 
competencia de otra autoridad. 
2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes, entre 
administrativos, entre administrativo y docentes, entre docentes y alumnos del plantel 
educativo. 
3. Adoptar el manual de convivencia de la institución de conformidad con las leyes 
vigentes. 
4. Fijar los criterios para asignación de los cupos disponibles. 
5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando 
algunos de sus miembros se sientan lesionados. 
6. Aprobar el manual de actualización del personal de la institución presentados por el 
rector. 
7. Participar en la planeación y evaluación del P.E.I. del currículo y del plantel de estudio y 
someterlos a consideración de la secretaria de educación respectiva o del organismo 
que haga sus veces para que verifique el cumplimiento de los requisitos. 
8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa. 
9. Establecer estímulos y sanciones en el desempeño académico social del alumno. 
10. Participar en la evaluación anual de la comunidad educativa. 
11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades culturales, 
recreativas y deportivas. 
12. Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas, 
culturales, recreativas, deportivas y sociales de la comunidad educativa. 
13. Promover las relaciones de tipo académico, cultural (danzas, teatro y música), recreativo 
y deportivo con otros planteles educativos e intercolegiados. 
14. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de 
recolectarlos. 
15. Darse su propio reglamento. Además el consejo directivo vigilará el manejo de los 
fondos de la asociación de padres de familia y de servicio docentes, toda irregularidad 
será informada a las autoridades competentes. 
ARTICULO 13-.DEBERES DE LOS DOCENTES: 
1. El cumplimiento del art. 44 del estatuto docente y el régimen disciplinario único: 
a) Cumplir con la constitución y las leyes de Colombia. 
b) Inculcar en los educandos el amor a los valores históricos y culturales de la nación 
y el respeto a los símbolos patrios. 
c) Desempeñar con solicitud y eficiencia las funciones de su cargo. 
d) Cumplir las órdenes inherentes a sus cargos que le impartan sus superiores 
jerárquicos. 
e) Dar un trato cortés a sus alumnos y compartir sus tareas con espíritu de 
solidaridad y unidad de propósitos. 
f) Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las 
funciones propias de su cargo. 
g) Velar y responder por los documentos libros, útiles, equipos, muebles que le sean 
confiados y entregados. 
14
h) Observar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo. 
i) Las demás que para el personal docente determina las leyes y los reglamentos 
educativos. 
RÉGIMEN DISCIPLINARIO, DECRETO 2480/86 Art. 18: 
2. Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo y en la relación a los 
alumnos. 
3. Abstenerse de solicitar préstamos en dinero, especie o servicios personales o cualquier 
otro beneficio económico a los alumnos o personas de servicio. 
4. Informar veraz y oportunamente a la dirección de la institución sobre la comisión de 
hechos que puedan constituir causal de mala conducta y de los cuales tengan 
conocimiento. 
ARTICULO 14-.DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE. 
1. Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente 
reconocidos por el estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar 
obligatoria y conocer el Manual de Convivencia. 
2. Proveerá los útiles necesarios para el desarrollo de las actividades escolares y propiciar 
en casa un sano ambiente para el estudio. 
3. Brindará protección material, física y efectiva a sus hijos en un ambiente de convivencia 
hogareña. 
4. Ejercitará al interior de la familia valores éticos y morales para la formación integral de 
los hijos o acudidos. 
5. Informará personalmente y por escrito a la institución o a la sede que corresponda las 
causas de inasistencia del educando. 
6. Concurrirá puntualmente a todas las convocatorias establecidas por el plantel. 
7. Participará activamente en la elaboración, ejecución y evaluación del P.E.I. y actuar 
coherentemente con este al interior del hogar. 
8. Responderá y pagará los daños que ocasiones los educandos. 
9. Participará activamente en la asociación de padres de familia. 
10. Cumplirá con los estatutos de la asociación de padres de familia y demás normas 
pertinentes. 
11. Realizará con el debido respeto cualquier reclamación ante la instancia respectiva. 
12. Controlará el uso de los medios de comunicación en particular la T.V., en la selección de 
programas y el horario de distracción frente al mismo. 
13. Es responsabilidad del padre de familia o acudiente la presentación personal del alumno 
en cuanto al uniforme. 
14. Asistirá puntualmente a las reuniones o llamados especiales, para ser informados sobre 
el rendimiento académico o comportamiento del alumno esta función no es delegable el 
incumplimiento a este numeral da motivo para que el alumno no sea admitido en clase 
hasta tanto no se presente el padre de familia o acudiente. 
15. Conocerá cada una de las calificaciones del educando e informaciones del rendimiento 
académico y comportamiento en general. 
16. Acatará las disposiciones que adopte el plantel a favor de la comunidad educativa. 
17. Inculcará al educando los buenos modales, buen vocabulario y comportamiento superior 
en todo sitió y lugar donde se encuentre. 
18. Informará al director de grupo sobre los cambios de comportamiento o irregularidad de 
su hijo o acudido. 
19. Hará que el educando llegue oportunamente a la clase a fin de evitar retardos o 
inasistencia. 
15
20. Verificará la asistencia de sus hijos o acudidos a la clase y demás actividades 
programadas por el plantel. 
21. solicitará personalmente permiso al rector o coordinador para el retiro de sus hijos de la 
institución durante la jornada laboral, siempre que haya plena justificación. 
22. Guardará lealtad a la institución procurando al prestigio de la misma y defendiéndola 
de ataques injustos que sean formulados contra ella. 
23. Orientará al educando en la selección de amistades. 
24. Cumplirá las normas señaladas en el presente manual y las que señalen las 
autoridades educativas. 
25. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a 
la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales. 
26. Inscribirse y asistir a la escuela de Padres de familia. 
27. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el 
Manual de convivencia, para facilitar el proceso educativo. 
28. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua 
que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la 
comunidad educativa. 
29. Comunicar oportunamente y en primer lugar a las autoridades del establecimiento 
educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras en relación con el 
maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir 
pronta respuesta acudir a las autoridades competentes. 
30. Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al 
mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, 
especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional. 
31. Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros 
educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores 
ciudadanos. 
32. Participar en el proceso de auto-evaluación anual del establecimiento educativo. 
ARTICULO 15.DEBERES DE LOS ALUMNOS: 
1. Cumplir la constitución nacional, demás leyes y reglamentos establecidos, junto con el 
Manual de Convivencia. 
2. Respetar los valores patrios, símbolos y las autoridades democráticamente 
Constituidas. 
3. Tener padres o acudiente que respondan en el momento de la matricula o por cualquier 
acción positiva o negativa que el alumno tenga durante el año. 
4. Llenar los requisitos exigidos por el M.E.N. la secretaria de educación y el plantel para 
poder ingresar y pertenecer al centro docente. 
5. Cumplir normas cívicas en actos públicos. Recreativos y sociales. 
6. Respetar y obedecer a sus padres o acudiente. 
7. Dar buen uso y procurar el mejor aprovechamiento y conservación de los recursos 
ofrecidos por su familia. 
8. Respetar y tratar con cortesía a sus condiscípulos, directivos, docentes y al personal 
administrativo o de servicio dentro o fuera de la institución. 
9. Dar buen uso y procurar el mejor aprovechamiento y conservación de los bienes y 
recursos ofrecidos por la institución para sus servicios. 
10. Conciliar toda contradicción o conflicto con sus condiscípulos, directivos, docentes y al 
personal administrativo o de servicio y en general con la comunidad. 
11. Cumplir con las tareas, lecciones, trabajos o evaluaciones sin plagios, suplantaciones ni 
fraudes. 
16
12. Informar cuando sea de su conocimiento todo hecho violatorio de las normas del 
presente manual a las directivas. 
13. Concurrir puntualmente a las clases y citaciones para las salidas en comunidad y 
actividades culturales o clases extras que requieran de la participación del plantel. 
14. Presentarse decorosamente y con el uniforme acordado por la comunidad: hombres; 
camibuso con el emblema del colegio, pantalón clásico, zapatos negros, medias blancas 
y correa negra; el camibuso debe estar por dentro del pantalón y este debe tener correa. 
Mujeres: camibuso blanco cuello sport, falda azul oscuro, dos prenses adelante y a una 
altura de 4 cm. De la rodilla hacia arriba, zapatos negros y medias blancas, las alumnas 
en estado gestante deberán utilizar una bata materna, zapatos negros colegiales y 
medias blancas. EDUCACIÓN FÍSICA: sudadera y buso del colegio, tenis y medias 
blancas. El buso debe permanecer por dentro de la sudadera de manera ordenada. 
15. Permanecer dentro del plantel durante toda la jornada de estudios con los materiales 
necesarios para el desarrollo de las actividades curriculares. 
16. Acatar las orientaciones de los directivos y de los docentes en lo relacionado con la 
disciplina y las actividades académicas. 
17. Abstenerse de utilizar walkman, radios, grabadoras, atari, cámaras fotográficas y demás 
objetos que perturben el normal desarrollo de las clases. 
18. Tener buen comportamiento dentro fuera y del plantel. 
19. Exaltar con su comportamiento el valor de toda actividad que realice el plantel. 
20. Actuar con rectitud, veracidad y cortesía haciendo conocer oportunamente a los 
docentes y directivos, las irregularidades que atenten y afecten al plantel y a la 
comunidad. 
21. Entablará amistad cordial y dialogo respetuoso con los docentes, compañeros y 
personas en general. 
22. Respetará de palabra y hecho a los compañeros, directivos, docentes y administrativos. 
23. Proveerse de todos los útiles necesarios para las labores académicas de la institución. 
24. Entrar y salir por el portón alterno. 
25. Permanecer durante el descanso en la cancha múltiple y zona verde y en las horas de 
clase dentro de los salones y no en los corredores, obedecer el toque de la campana. 
26. Conservar y cuidar los diferentes objetos del plantel, dándole buen uso y manejo: 
escritorios, libros, carteleras etc., así como a la planta física 
27. Utilizar la biblioteca acatando el reglamento de la misma. 
28. Tener conciencia de sus obligaciones como estudiantes aprovechando el tiempo libre y 
cumplir con los trabajos y consultas y demás tareas que se le sean recomendadas. 
29. Atender y guardar compostura en las horas de clase velando por la buena presentación 
del aula y demás dependencias conservándolos aseados. 
30. Presentar los trabajos y pruebas exigidos en cada área o asignatura de acuerdo con el 
tiempo y las normas establecidas. 
31. Responder por todos aquellos trabajos que se realizan con la colaboración y 
organización de grupos (turnos de aseo). 
32. No entrar a la sala de profesores salvo los turno de aseo. 
33. Informar a los padres o acudiente acerca de las reuniones programadas para ellos. 
34. Formar el primero y último día de cada semana o cuando las necesidades lo requieran. 
35. Participar en izadas de bandera organizada por el director de grupo comenzando por el 
grado undécimo, décimo, etc. 
36. Abstenerse de cualquier manifestación amorosa como besos, abrazos, caricias intimas y 
conversaciones con tal fin las cuales están prohibidas en el plantel. 
37. Cumplir el horario establecido por la institución así; lunes a viernes 7:00 a.m. a las 1:00 
p.m. la orden de iniciar la clase será así: primer toque faltando 5 min. Para las 7:00 a.m., 
el segundo toque a las 7:00 a.m. los alumnos entrarán a los salones de clase. Los 
17
alumnos que llegan tarde deben traer al padre de familia o acudiente a más tardar al otro 
día laborable. Los alumnos del campo tendrán hasta 10 minutos de espera después de 
este tiempo no serán admitidos, deben traer al padre de familia o acudiente a más tardar 
al otro día laborable. Si la falta es repetida para los del campo se citará al padre de 
familia o acudiente. 
38. Abordar el vehículo de transporte escolar frente a la Institución tanto en el horario de 
llegada como en el de salida. 
CAPITULO QUINTO 
PROHIBICIONES 
ARTICULO 16-. PROHIBICIONES PARA TODOS LOS ESTAMENTOS EDUCATIVOS. 
1. Fumar, ingerir licor, utilizar cualquier tipo de narcóticos dentro de la institución. 
2. Presentarse en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias alucinógenas o 
hacer apología de su consumo. 
3. Portar cualquier tipo de armas dentro de la institución. 
4. Acoso sexual, toda conducta lujuriosa o perjudicial dentro de la institución o portando el 
uniforme fuera de ella. 
5. Realizar rifas clandestinas, juegos de azar y portar revistas pornográficas dentro del 
plantel educativo. 
6. Denigrar de los miembros de la comunidad educativa. 
7. Usar los celulares, reproductores mp3, mp4, mp5, boofer en las clases, si es de mucha 
urgencia se debe utilizar el medio de comunicación de la secretaría. 
ARTICULO 17-.PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES: 
1. Abandonar o suspender sus labores injustificadamente o sin autorización previa. 
2. Aplicar sanciones colectivas de tipo académico o de comportamiento. 
3. Incurrir en causales de mala conducta contemplada en el art. 46 del estatuto 
docente. 
a) La asistencia habitual al sitio de trabajo en estado de embriaguez ó toxicomanía. 
b) El homosexualismo o la práctica de aberraciones sexuales. 
c) La malversación de fondos y bienes escolares ó cooperativos. 
d) Traficar con calificaciones, certificados de estudio, de trabajos o documentos. 
e) Aplicar castigos denigrantes o físicos al educando. 
f) Incumplir sistemáticamente los deberes y violar reiteradamente las prohibiciones. 
g) Ser condenado por delitos dolosos. 
h) Usar documentos o informaciones falsas para inscribirse en el ascenso en el 
escalafón o para obtener un nombramiento, traslado, licencia o comisión. 
ARTICULO 18-.PROHIBICIONES PARA LOS ALUMNOS: 
1. Incumplir con el manual de convivencia. 
2. Tener cualquier tipo de manifestaciones amorosas dentro del plantel. 
3. Portar cualquier clase de arma dentro y fuera del plantel. 
4. Que las alumnas vengan con la cara maquillada y las uñas pintadas. 
5. Traer al plantel objetos de valor, como joyas, dinero innecesario, radios, grabadoras, 
ataris, celulares; deberán tener autorización de la rectoría o coordinación y serán 
utilizadas únicamente para el fin solicitado. 
18
6. Los grados sexto, séptimo, octavo y noveno no deben traer calculadora. 
7. Los celulares se deben utilizar en horas de descanso, haciendo buen uso de ellos y es 
responsabilidad del estudiante ante la pérdida del mismo. 
8. La insubordinación o rebeldía personal o colectiva en contra de las autoridades del 
colegio e incitar a la anarquía, el desorden y el caos por cualquier medio. No se permite 
formar comités políticos, partidistas o hacer proselitismo dentro del plantel. 
9. Consumo comprobado de drogas, licores, estupefacientes, marihuana o similares se 
recomendará un seguimiento especial. 
ARTICULO 19-. PROHIBICIONES PARA EL CONSEJO DIRECTIVO: 
1. Cambiar el uniforme antes de transcurrido cuatro (4) años sin previa autorización de la 
asamblea de padres de familia. 
2. Excluir del centro docente a cualquier estudiante sin haber realizado el debido proceso. 
3. Realizar procesos disciplinarios contra docentes y administrativos. 
4. Hacer llamados de atención de manera pública contra docentes. 
5. Guardar absoluta reserva de los juicios o denuncias sobre casos de docentes y alumnos 
que tenga conocimiento, no divulgando las conclusiones a que se lleguen de manera 
aislada. 
6. Abstenerse de dar información al interesado cuando solicite conocer proceso que se 
adelanten en su contra. 
7. Imponer cuotas obligatorias en dinero o especie. 
CAPITULO SEXTO 
FALTAS 
ARTICULO 20-. Se consideran faltas de los estudiantes a cada violación de los deberes, con la 
institución, el estado, la familia, la institución y las prohibiciones aquí consignadas. Se establece 
para su autoevaluación y coevaluación del comportamiento de los alumnos la escala de S 
(Superior); A (Alto); BS (Básico); B (Bajo); al final de cada período, se hará un análisis 
disciplinario y de rendimiento bimestral en reunión que se hará en cada grado con la presencia 
del rector, coordinador, director de grupo y tomando como base los libros de monitoría, 
coordinación, observador del alumno y rectoría. 
ARTICULO 21-. FALTAS LEVES DE COMPORTAMIENTO DEL ALUMNO DENTRO O 
FUERA DEL ESTABLECIMIENTO. 
1. Retardos para asistir a clase u otra actividad programada por la institución 
2. Desórdenes motivados por charlas, gritos, risas, silbidos, etc. En las aulas de clase o en 
cualquier actividad curricular. 
3. Consumir alimentos, masticar chicle, en clase o en cualquier otra actividad cultural. 
4. Salir del aula o retirarse de las actividades curriculares sin previa autorización del 
profesor que dirige la clase. 
5. Permanecer en cualquier dependencia del colegio sin el respectivo permiso, en horas 
diferentes a las establecidas. 
6. Incumplir el turno de aseo asignado. 
7. No asistir sin la justificación debida a los actos programados por la institución. 
8. Evadirse del aula de clase o de cualquier otra actividad del colegio. 
9. Ingresar o salir del colegio por lugares no indicados sin el previo permiso. 
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10. Quedarse en el aula de clase, pasillos o lugares no indicados después del toque de la 
campana. 
11. Quedarse en cualquier dependencia en horas de descanso y sin permiso (salones de 
clase, biblioteca, coordinación, rectoría, secretaría, sala de videos, sala de sistemas y 
sala de profesores). 
12. Mostrar indiferencia a las amonestaciones, ordenes y observaciones de sus superiores. 
13. Vocabulario descortés sin ser vulgar. 
14. Desorden en el uniforme o porte del uniforme en la calle en horas de no clase. 
15. Entrar a cualquier dependencia del plantel en pantalonetas, sin medias, sin camisa y sin 
autorización. 
16. Sentarse en las tapas de los pupitres, ventanas, mesas, escritorios y mesones de 
computación. 
17. Lanzar agua, maicena y romper huevos a los compañeros y demás personas. 
18. Esconder los elementos de trabajo o estudio a los compañeros y demás personas. 
19. Motivar, realizar, participar, etc., en actos de indisciplina, dentro o fuera del plantel. 
20. Interrumpir las clases de otros grupos sin justificación. 
21. No respetar el horario y violar el reglamento de la biblioteca. 
22. Tocar la campana sin autorización, no cumplir con la señal de la campana. 
23. Portar armas o similares que sirvan o puedan utilizarse para atentar contra la integridad 
física de la persona, síquica o intimidar. 
24. Interrumpir o sabotear cualquier actividad de la institución. 
25. No informar oportunamente a las directivas o docentes sobre las irregularidades que 
atenten contra el plantel, o afecten al mismo o a la comunidad educativa. 
26. Hacer uso incorrecto del servicio de primeros auxilio, tomándolos como evasión de 
clase. 
27. Ser desleales con la institución, llevándola al desprestigio y/o ataques injustos. 
28. Hacer mal uso del servicio de transporte escolar. 
29. Interrumpir injustificadamente las clases 
30. Escribir en los pupitres, paredes y demás elementos del plantel. 
31. Uso incorrecto del uniforme, camibuso por fuera del pantalón o la falda desabotonada. 
32. Presentarse despeinado o con vestiduras rotas 
33. Calzado no acorde con el uniforme sin lustrar y sin medias 
34. Descuido en la presentación personal 
ARTICULO 22-. FALTAS GRAVES DE RESPETO DE LOS ALUMNOS: A la comunidad 
educativa dentro o fuera de la institución: 
1. Respuesta descortés. 
2. Gestos y acciones de burlas. 
3. No obedecer a las autoridades educativas. 
4. Vocabulario soez o despectivo. 
5. Atentar o causar daños, con cualquier clase de elementos a cualquier persona. 
6. Presentarse al plantel en estado de embriaguez o enguayabados. 
7. Llamar o nombrar a cualquier persona por sobrenombre o apodos. 
8. Formar conflictos reiterativos entre alumnos u otras personas. 
9. Hacer reclamos con altanería o despectivamente. 
10. Lanzar objetos a los compañeros o demás persona con intención de causar molestias. 
11. Desaseo o malos olores por descuido. 
12. Escupir en el salón, oficina y con mayor gravedad si es en contra de una persona. 
13. Menospreciar a los compañeros, docentes y demás personas. 
14. Vocabulario indecente como madrazos o similares en presencia de profesores y demás 
compañeros de manera inconsciente sin determinar persona alguna. 
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15. Fumar, consumir licor y estupefacientes dentro del plantel. 
16. Leer, portar, distribuir, mostrar revistas pornográficas. 
17. El deterioro o destrozo intencional o voluntario de cualquier elemento destinado al 
servicio de la institución se hará la reposición o el pago de manera inmediata. 
18. Discriminación en todas sus formas. 
ARTICULO 23-.FALTAS GRAVÍSIMAS DE MORAL DE LOS EDUCANDOS DENTRO O 
FUERA DEL ESTABLECIMIENTO. 
1. Fraude y mentira. 
2. Chismes, murmuraciones. 
3. Ofensa de palabra o de hecho a cualquier persona. 
4. Amenazas, o anónimos. 
5. Escritos con ofensas contra cualquier persona o la institución. 
6. Hurto, robo, estafa contra cualquier persona o la institución. 
7. Las calumnias que pueden ser juzgadas. 
8. Escándalo de cualquier índole en estado de sobriedad o embriaguez. 
9. Uso de drogas estupefacientes, cigarrillos o similares se hace seguimiento especial: 
Cap. 7, artículo 27, numerales 1, 1.1 y siguientes. 
10. Atentar contra su integridad personal. 
11. Lanzar injurias a directivos, docentes o a otras personas. 
ARTICULO 24-. FALTAS DE APLICACIÓN: 
1. Poco interés en el cumplimiento de sus deberes. 
2. Incumplimiento en las labores académicas, lecciones, tareas, etc. 
3. Irresponsabilidad en las actividades dentro o fuera del aula. 
4. La indiferencia traducida como: Pasividad, pereza, no-participación en el aula de clase y 
demás actividades académicas o culturales. 
5. Perdida progresiva de áreas o asignaturas. 
6. Los educandos que presenten bajo rendimiento académico por pérdida de dos o más 
áreas o indisciplinados no podrán participar en eventos deportivos en representación 
del colegio o en interclases dentro y fuera de este 
ARTICULO 25-.FALTAS GRAVÍSIMAS QUE AMERITAN LA CANCELACIÓN DE LA 
MATRICULA A UN EDUCANDO. 
1. Agresión verbal: insultos, amenazas, a cualquier miembro de la comunidad educativa 
dentro o fuera de la institución. 
2. Agresión de hecho: bofetadas, punta pies. Heridas con cualquier arma a algún 
miembro de la comunidad educativa dentro o fuera de la institución. 
3. Por sentencias proferidas por autoridades competentes. 
4. Por robo, hurto comprobado dentro del plantel. 
5. Por incendio o causar daños a la planta física en forma premeditada. 
6. Lesiones personales ocasionadas por objetos contundentes o armas. 
ARTICULO 26-.CALIFICACION DE COMPORTAMIENTO: 
Se consideran faltas del estudiante la violación de los deberes con la institución, el Estado y 
la familia a las faltas consignadas. Se establece para la calificación del comportamiento la 
autoevaluación y coevaluación utilizando la escala S superior, A alto, Bs básico y B bajo. Se 
hará un análisis en cada periodo de disciplina y de rendimiento basado en los libros de 
monitoria, rendimiento académico y disciplinario y el observador del alumno, dicho análisis 
se hará con presencia del rector o coordinador si se amerita o unilateralmente por el 
director de grupo. 
21
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CAPITULO SÉPTIMO 
CORRECTIVOS O RUTAS A SEGUIR 
ARTICULO 27-. COMISIONES DE CONVIVENCIA: Se establece como una estrategia para 
solucionar conflictos y estará integrada por: el director de cada grado, un padre de familia de 
cada grado, el personero de los estudiantes y si es necesario el coordinador. 
Los directores de las instituciones educativas públicas o privadas no podrán imponer sanciones 
que forme escarnio para el menor o que de alguna manera afecten su dignidad personal. 
La exclusión de un educando de una institución educativa de básica o media, sea público o 
privado solo podrá ser impuesta con fundamento de una causal previamente establecida en el 
manual de convivencia o con autorización del consejo directivo. 
1. La orientación escolar debe procurar por todos los medios posibles, evitar que un 
educando sea sancionado pues su función primordial es la de buscar los medios y los 
recursos permitidos y necesarios para formar al educando de manera integral. La 
orientación estará a cargo del Director de grado, coordinador, rector y Escuela de 
padres de familia. Se puede utilizar como recursos: 
1.1 La convicción. 
1.2 Charlas permanentes individuales o colectivas. 
1.3 Charlas individuales o colectivas a los padres de familia. 
1.4 Charlas del rector, coordinador, otras autoridades educativas. 
1.5 Conferencias profesionales. 
1.6 Orientación y asesoría a directores de grupo y docentes en general. 
1.7 Conferencias de la escuela de padres de familia. 
1.8 Informes a: Comisaría de Familia, Personería, Policía de Infancia y de la 
adolescencia. 
ACCIONES DE LAS COMISIONES DE CONVIVENCIA: 
1. Seleccionar y priorizar conflictos de la institución. 
2. Determinar partes involucradas en los conflictos. 
3. Indagar origen causas y consecuencias de de los conflictos. 
4. Reconocer factores del conflicto. 
ARTICULO 28-. CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS: 
1. La supresión de privilegios tales como la representación del curso o del plantel en 
eventos deportivos, culturales, etc. 
2. La amonestación escrita en el observador del educando. 
3. La rebaja valorativa en la evaluación del comportamiento. 
4. Se podrán imponer normas de conductas que cumplan funciones educativas tales 
como: 
a) Ofrecer disculpas. 
b) Lavado y/o pintado de pupitres, paredes, tableros, puertas, etc. 
c) Reposición del objeto y materiales dañados. 
d) El desarrollo de actividades creativas. 
e) Asistencia a reuniones de carácter comunitario o formativo. 
f) Asignación de nuevo trabajo, evaluación. 
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5. La pérdida del cupo para el siguiente año lectivo o traslado inmediato a otro centro 
educativo previa coordinación de las directivas de los mismos. 
ARTICULO 29-.SANCIONES POR FALTA DE COMPORTAMIENTO: 
En cada caso de falta de comportamiento para la sanción se procederá dándoles continuidad 
acumulativa en cada uno de los periodos así: 
PRIMERA VEZ: por cualquier falta de comportamiento repetitivo por tres veces se citará al 
padre de familia o acudiente por parte de coordinación, amonestación en el observador del 
educando. COMPORTAMIENTO ALTO. 
SEGUNDA VEZ: citación del padre de familia o acudiente por parte de coordinación, 
amonestación en el observador del educando y libro de coordinación. COMPORTAMIENTO 
BÁSICO. 
TERCERA VEZ: si el educando reincide en la violación del manual se suspenderá hasta cinco 
(5) días hábiles o exclusión del plantel, según lo determine el consejo directivo ameritando la 
falta. COMPORTAMIENTO BAJO. Con base en el acta, el rector hará una resolución interna 
imponiendo la sanción y las causas que ella acarrea, serán notificadas por escrito a los 
implicados y a los padres o acudiente quienes deben firmar el recibido. Los originales del acta y 
la resolución interna con las notificaciones, deben ser guardadas en el archivo de la rectoría y 
una copia en la coordinación, lo que servirá como antecedentes para la toma de decisiones en 
caso posteriores. 
PARÁGRAFO 1-. Por cualquier falta de comportamiento, según su gravedad se puede citar a 
reunión al consejo directivo o Asociación de padres de Familia para el conocimiento y estudio 
de la sanción, con carácter consultivo e informativo. 
PARÁGRAFO 2-. Excepto en tiempos de lluvia no habrá sanción en la primera hora para 
ningún educando. 
Cuando un educando se evada o ingrese por lugares no debidos como ventanas, por el 
lado de la tapia, etc. Se citará al padre de familia de manera inmediata y se hará la respectiva 
anotación en el observador del educando. 
ARTICULO 30-.SANCIONES POR FALTAS DE RESPETO 
PRIMERA VEZ: por cualquier falta de respeto se hará anotación en el observador del 
educando, citación al padre de familia o acudiente por el coordinador. Comportamiento 
BÁSICO. 
SEGUNDA VEZ: anotación en el observador del educando, suspensión temporal del plantel 
hasta por cinco (5) días hábiles Comportamiento BAJO. 
TERCERA VEZ: si es reincidente exclusión del plantel. 
ARTICULO 31-.FALTAS DE APLICACIÓN: 
1. En el observador del educando se registrarán las áreas pérdidas durante cada uno de 
los periodos por parte del director de grado. Se hará el respectivo registro de 
seguimiento y observación en el libro de control de rendimiento de la coordinación por 
periodo por parte del director. 
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2. En el momento que se observe bajo rendimiento académico de un educando en 
cualquier asignatura se le hará orientación especial registrando el caso en el libro de 
rendimiento académico destinados para cada grado por parte del profesor de la 
asignatura y el director de grado. 
3. Sí el educando continua con bajo rendimiento académico pasará a coordinación y allí se 
citará al padre de familia y al educando para buscar correctivos. 
4. Sí el educando, continúa con bajo rendimiento académico se citará al padre de familia y 
al educando, los profesores de la asignatura pérdidas y la comisión de evaluación para 
buscar correctivos. 
CAPITULO OCTAVO 
PROCESO DISCIPLINARIO 
ARTICULO 32. PROCESO REGULADOR 
1. Reconocimiento a la dignidad humana. 
2. Tipicidad de la falta. 
3. Principio de igualdad. 
4. Presunción de inocencia. 
5. Ley de la favorabilidad. 
6. Derecho a la defensa. 
7. Proporcionalidad entre la falta y la sanción. 
ARTICULO 33: ETAPAS DEL DEBIDO PROCESO 
1. Etapa de Iniciación: denuncia o averiguación. 
2. Etapa de Apertura del proceso: Cargos y descargos. 
3. Etapa probatoria: Pruebas. 
4. Etapa de pronunciamiento: Fallo. 
5. Etapa de Recursos: 
a) Reposición: ante la instancia que lo aplicó. 
b) Apelación: ante el superior. 
6. Etapa en firme. 
ARTICULO 34-. LA RUTA PARA QUE EL EDUCANDO HAGA UN RECLAMO ES EL 
SIGUIENTE: 
Educando – docente con quién cometió la falta o quién dio la información. 
Educando – docente de disciplina. 
Educando – director de grupo. 
Educando – coordinador. 
Educando – rector. 
25
CAPITULO NOVENO 
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES 
(SIEE) DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN AGUSTÍN 
ARTICULO 35. PROMOCIÓN DE EDUCANDOS EN LA I.E. SAN AGUSTÍN 
La I.E. San Agustín de Tres Esquinas Cunday Tolima para promoción de los estudiantes se 
acoge al decreto 1290 de 2009 SIEE 
Se considera para la repetición de un grado cualquiera, los siguientes educandos: 
En el Nivel Preescolar: nadie pierde el año. 
En el nivel de Básica Primaria: En el Grado Primero, para ser promocionado el alumno debe 
saber leer, escribir, sumar y restar números hasta de tres cifras: unidades, decenas y centenas. 
De Segundo a Quinto puede perder dos áreas que no sean Lenguaje ni Matemáticas. Si estas 
áreas las pierde durante dos años consecutivos es causal de pérdida del año, también es 
causal de pérdida del año la pérdida de Castellano o Matemáticas en forma consecutiva. 
En Básica Secundaria: en los grados de Sexto a Noveno el alumno que pierda dos áreas 
fundamentales pierde el año. Si el alumno ha sido promovido perdiendo un área fundamental y 
el alumno vuelve y la pierde en el siguiente año es causal de pérdida del año. 
En Educación Media: 
· En los grados Décimo y Undécimo para ser promovidos, se debe pasar la totalidad de 
las áreas después del debido proceso, (actividades de recuperación, complementarias y 
actividades complementarias especiales). 
· Cuando el alumno pierde castellano e inglés o Física y Química se promedia atendiendo 
que forman una sola área, en este caso una arrastra a la otra. 
· Estudiante que no se presenta a las actividades y/o especiales se da por perdida el 
área. 
· Se considera promocionada un área cuando el alumno ha alcanzado el 70% de todos 
los logros del área. 
· El alumno con el 20% de inasistencia pierde el año para todos los grados y niveles. 
· Cuando el alumno es repitente, y vuelve y pierde el año nuevamente se analizará el 
caso por el Consejo Académico y Comisión de Promoción en Básica para definir la 
promoción. 
· La promoción anticipada la solicitará el director de grado con el padre de familia en 
forma concertada. 
· La promoción anticipada la pueden hacer los alumnos repitentes. 
· La promoción anticipada se hace: 
- Regular, al finalizar el año 
- Al comienzo del año en el Primer período 
- Cuando por causa de enfermedad, incapacidad o por casos familiares de fuerza 
mayor, y el estudiante ha cumplido al menos básicamente los tres períodos y una 
mitad del cuarto período la institución le puede definir el año académico. 
26
PROMOCIÓN DE ALUMNOS ESPECIALES: 
Los alumnos con necesidades especiales en cualquier nivel serán promocionados. 
La institución Educativa divide en cuatro períodos el año lectivo. 
Cumplido el Decreto 3011, la institución se acoge al sistema de calificaciones aprobado por el 
Consejo Directivo para alumnos regulares, Sistema SIEE: 
1. Si un alumno de esta modalidad al definirse el Proyecto SAT y Plan de estudios, no 
alcanzó los logros de una o dos áreas, puede presentar actividades complementarias y 
una vez solucionadas, se podrá aprobar y/o graduar. 
2. Cuando el alumno no alcance los logros de más de dos áreas, debe recuperar el Ciclo. 
3. Los alumnos del SAT, pagan los mismos derechos de los alumnos regulares para poder 
graduarlos. 
4. Cada Ciclo tendrá dos informes académicos, uno en la mitad del ciclo y el otro al 
finalizar el año, similares a los alumnos regulares. 
ESCALA DE VALORACIÓN ACADÉMICA. 
BAJO B 
BÁSICO BS 
ALTO A 
SUPERIOR S 
La institución establece una relación de escala cualitativa y cuantitativa acercándonos al 
sistema de evaluación aplicado por las universidades. 
BAJO B de 1 a 2.9 
BÁSICO BS de 3 a 3.9 
ALTO A de 4 a 4.5 
SUPERIOR S de 4.6 a 5 
ARTICULO 36. COMISIÓN DE PROMOCIÓN Y EVALUACIÓN 
El Consejo Académico conformará tres comisiones de Promoción y Evaluación: una para el 
nivel de Básica Primaria, una para el nivel de Básica Secundaria y una para Media Décimo y 
Undécimo cada una conformada así: Un representante de los padres de familia de cada nivel, el 
director de grado, el rector o en su defecto el coordinador, quien la convocará y la presidirá con 
el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de 
refuerzo y superación para los estudiantes que presenten dificultades. 
La comisión de evaluación y promoción al finalizar cada periodo analizará los casos de los 
educandos con evaluación Bajo en cualquiera de las áreas y se harán recomendaciones a los 
docentes u otras instancias en términos de actividades de refuerzo y superación. Analizados 
los casos se citará al padre de familia o acudiente, al educando y al educador, se presenta un 
informe de las deficiencias junto con el refuerzo y acordar los compromisos de los involucrados. 
ARTICULO 37-. Actividades a que los alumnos tienen derecho a cumplir en la I.E. San Agustín: 
27
1. Todos los alumnos tienen derecho a cumplir durante el año lectivo las siguientes 
actividades: 
a) Actividades grupales o individuales de clase (recuperación). 
b) Actividades de profundización para estudiantes que vayan bien. 
c) Actividades pedagógicas complementarias al finalizar cada período 
d) Actividades pedagógicas complementarias especiales ofrecidas por la I.E. al 
finalizar las complementarias del cuarto período. 
e) Actividades para estudiantes con Bajo en una o dos áreas, que serán presentadas 
la semana anterior al comienzo del siguiente año escolar. Esta se basará en un 
programa de refuerzo de las dificultades que presentó el educando y que el 
profesor del área le entregará al finalizar el año escolar. 
2. Los estudiantes de sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo que no superen las 
dificultades al finalizar el año se les dejará actividades académicas para el período de 
vacaciones y deberán presentarse a la institución durante el desarrollo de la semana 
institucional y las dos primeras de clase a fin de superar estas dificultades, caso 
contrario al no superarlas perderá el año. 
3. Los estudiantes del grado undécimo, que no logren superar las deficiencias al finalizar el 
año lectivo podrán superarlas durante el año siguiente cuando esta no sobrepase la 
cantidad de logros del 30% y podrán graduarse en cualquier época del año. 
ARTICULO 38. PROMOCIÓN ANTICIPADA 
1. La institución permite la promoción anticipada al grado siguiente para estudiantes 
con desempeño Superior en todas las áreas y durante el primer período con el visto 
bueno de la Comisión de promoción y Evaluación del nivel respectivo. 
2. La institución realiza validación de 1º a 9º grado: 
MEDIOS PARA LA EVALUACIÓN 
Se hace fundamentalmente por comparación del estado del desarrollo formativo y cognitivo de 
un alumno con relación a los indicadores de logro propuesto en el plan de área, uso de pruebas 
de comparación, análisis, discusión y crítica y en general apropiación de conceptos, preguntas 
interpretativas, argumentativas y de solución de conflictos. 
APRECIACIÓN CUALITATIVA. Como resultado de observaciones diálogo o entrevistas 
abiertas y formuladas por el propio alumno, profesor o grupo de ellos. Se dará preferencia a la 
consulta de textos, notas por internet, celulares y otros. Las pruebas no ligadas a la 
constatación de conceptos no se tendrá en cuenta Ej.: recordación de palabras, fechas, datos o 
fórmulas. 
La institución para calificar el desempeño de los estudiantes tendrá en cuenta los aspectos 
cognitivo, volitivo, afectivo y espiritual. 
ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DEL DESEMPEÑO DE LOS 
ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO: 
1. Informe de diario (libro de rendimiento académico y comportamiento) 
2. Análisis mensual de rendimiento del director de grado con profesores, padres de familia y 
alumnos. 
3. Reunión por separado (padres y alumnos si lo ameritan). 
28
IDENTIFICACIÓN DE INTERESES PERSONALES DE LOS ESTUDIANTES 
· El profesor de ética orientará el proyecto de vida de los estudiantes y lo reforzará de 
acuerdo a los intereses personales y vocacionales del educando durante el año. 
· Cada docente en el área identificará los ritmos de aprendizaje y el estilo para apoyar a 
los estudiantes. 
· Los estudiantes que sobresalgan en las diferentes áreas pueden servir de monitores de 
área y pueden estimularse con una nota del profesor de área cuando demuestren que 
ayudaron a superar las dificultades de sus compañeros. 
CRITERIOS PARA LA ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE RENDIMIENTO 
1. Institución 
2. Grado 
3. Nombre del profesor de área 
4. Nombre del alumno 
5. Juicio 
6. Escala de valoración 
7. Fallas 
8. Firma del profesor 
9. Firma del rector 
CRITERIOS PARA LA ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIÓN DE PADRES DE 
FAMILIA SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 
1. Alumno – Docente 
2. Alumno-Docente- padre de familia 
3. Alumno-Docente-padre de familia- Coordinador 
4. Alumno-Docente-padre de familia- Coordinador-Rector 
5. Alumno-Docente-padre de familia-Coordinador-Rector-Comisión de Promoción y 
Evaluación. 
CAPITULO DECIMO 
ESTÍMULOS 
ARTICULO 39: ESTÍMULOS: 
1. En los niveles de educación básica primaria, básica secundaria y media vocacional la 
institución educativa busca promover los valores de la autodisciplina, conciencia social, 
estética, deportiva, investigativo y voluntad de superación. 
2. Se crean las menciones de honor o medallas de honor a los dos alumnos de mejor 
rendimiento académico de cada grado y una por comportamiento en cada grado 
anualmente. 
3. El mejor estudiante del grado undécimo por rendimiento académico será exonerado del 
pago de derecho de grado, el estudiante seleccionado para este estímulo se hará con el 
informe de los tres primeros períodos. 
29
4. El ejercicio del cargo del Contralor Estudiantil y del Personero Estudiantil, equivaldrá a 
las horas de prestación de servicio social estudiantil obligatorio. Para hacerse acreedor 
de este incentivo deberán ejercer sus funciones durante todo el período para el cual 
fueron elegidos. 
5. Estímulo al mejor grado por período: el grado que obtenga el primer puesto en 
rendimiento académico será estimulado cediendo una jornada de labores para ser 
utilizada en una salida de campo junto con el director de grado de este grado, pierde el 
derecho el alumno más indisciplinado a participar. 
6. Se estimulará el grado más organizado en: aseo, cuido de pupitres, pulcritud en las 
paredes, con una exaltación pública en reunión de padres de familia. 
7. Estímulo a la excelencia académica: El Consejo Directivo, la Asociación de Padres de 
familia y los docentes de toda la institución serán responsables del estímulo a los dos 
mejores estudiantes de cada sede de la Institución anualmente y será definida al inicio 
del año lectivo. 
8. Se crearan medallas de honor para los docentes que realicen experiencias significativas 
o en actividades que resalten la institución (mejor área del Icfes, eventos deportivos, 
culturales e investigativos). 
CAPITULO ONCE 
PROYECCIÓN A LA COMUNIDAD 
ARTICULO 40-. La institución presentará con los educandos del grado undécimo el servicio 
social en la conservación del medio ambiente en un total de ochenta (80) horas; también se 
podrá hacer en alfabetización de adultos, es requisito para poderse graduar. 
ARTICULO 41-. La institución prestará el servicio de vigía de la salud en coordinación con el 
hospital y los educandos del grado décimo en conservación del medio ambiente ó proyectos de 
salud en acuerdo con el hospital a partir del año 2000, los educandos que reprueben el año y 
hayan realizado este servicio no perderán esta labor realizada. 
ARTICULO 42-. La institución coordinará con los diferentes estamentos del gobierno o 
entidades privadas labores y actividades que vayan en beneficio de la comunidad como: 
educación no formal. 
ARTICULO 43-. Los laboratorios, biblioteca, sala de computación, instalaciones de la 
institución; estarán al servicio de la comunidad siempre y cuando sean para fines educativos y 
se siga el conducto regular para la utilización de estos servicios a través del consejo directivo. 
ARTICULO 44-. El servicio de computadores y fotocopiadora estará al servicio de la comunidad 
cancelando algunos costos y adaptándose al horario establecido por la institución. Los 
profesores podrán dictar cursos de capacitación a las personas interesadas; para ellos se fijará 
una reglamentación especial en cuanto a costo y horario e intensidad de los cursos por el 
consejo directivo. 
ARTICULO 45-. La institución crea a partir de 2002 la escuela de padres de familia orientados 
por un docente y cuyo propósito es contribuir a la formación de los padres de familia en las 
diferentes responsabilidades. 
30
ARTICULO 46. Educación de adultos Programa SAT, durante el año lectivo 
ARTICULO 47. Participación en los juegos intercolegiados: Primero, segundo y tercer período 
ARTICULO 48. Semana Cultural y Feria de la Ciencia, Septiembre 
ARTICULO 49. Encuentro de egresados, día de grados. 
CAPITULO DOCE 
GOBIERNO ESCOLAR 
ARTICULO 50. Gobierno escolar y la organización institucional. 
La comunidad educativa está conformada por: 
1. Estudiantes matriculados. 
2. Los padres o acudiente en su defecto los responsables de la educación de los 
educandos matriculados. 
3. Los docentes vinculados que laboran en la institución. 
4. Las directivas docentes y administradores escolares que cumplen funciones directivas 
en las prestaciones del servicio educativo. 
5. Los egresados del colegio. 
ARTICULO 51-. ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR 
Está constituido por los siguientes órganos: 
1. El consejo directivo, como instancia directa, de participación de la comunidad educativa 
y de orientación académica y administrativa del establecimiento. 
2. El consejo académico, como instancia superior para participar en la orientación 
pedagógica del establecimiento. 
3. El rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y 
ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. 
Los representantes en los órganos de la institución serán elegidos para períodos anuales, pero 
continuarán ejerciendo sus funciones hasta dos períodos anuales. En caso de vacante, se 
elegirán su remplazo para el resto de periodo. 
ARTICULO 52-. REGLAS PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DEL 
GOBIERNO ESCOLAR. 
1. REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO. 
a) El educando deberá ser elegido por el consejo de estudiantes, de alumnos que se 
encuentren cursando el último grado de educación que ofrezca la institución. 
b) El educando debe estar matriculado en la institución. 
c) Haber observado como mínimo buen rendimiento académico y disciplinario el año 
inmediatamente anterior. 
d) El educando elegido debe mostrar interés y asistir a las reuniones programadas 
del consejo directivo, en otro caso el rector solicitará al consejo de estudiantes la 
nueva elección de su representante. 
e) El educando será ejemplo para sus compañeros en todos sus actos. 
31
PROCEDIMIENTO PARA ELEGIR EL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL 
CONSEJO DIRECTIVO A PARTIR DEL AÑO 2007 
Para su elección se procederá así: 
Todas las sedes deben elegir el consejo de estudiantes así: 
Un representante para los grados Preescolar, Primero, Segundo y Tercero 
Un representante para cada uno de los grados Cuarto, Quinto, Sexto, séptimo, Octavo, Noveno, 
Décimo y Undécimo. Cada año en la primera semana de Marzo se hará la elección del 
representante al Consejo Directivo, para tal fin se convocará en un día específico a la sede San 
Agustín a todos los representantes del consejo de estudiantes de las diferentes sedes y allí se 
elegirá el representante al Consejo Directivo. 
Como en la institución funcionan dos grados Undécimo, uno en el San Agustín y uno en la sede 
Valencia 1, cada grado sacará un candidato al Consejo Directivo el cual será elegido en reunión 
del consejo de estudiantes y será válido el escrutinio con la mitad más uno de los 
representantes del consejo de estudiantes de las diferentes sedes. 
2. CONSEJO DE ESTUDIANTES. 
Dentro de los primeros 60 días calendario el rector solicitará a cada uno de los grados 
que funcionen en la institución EDUCATIVA SAN AGUSTIN Tres Esquinas Cunday, 
reunión para que cada grado elija sus representantes al Consejo de Estudiantes para la 
cual se dará aviso a los educandos con ocho días de anticipación, sus representantes 
tienen que estar matriculados. 
A los ocho días después de haberse realizado la elección se citará a reunión a los 
integrantes del Consejo de Estudiantes para la elección del representante de los 
educandos al consejo directivo de acuerdo a lo contemplado al presente reglamento 
para este caso. 
3. EXALUMNO 
El representante de los ex alumnos será elegido por el consejo directivo de ternas 
presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en defecto por 
quien haya elegido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los 
estudiantes. Si lo anterior no se cumple los demás miembros del consejo directivo 
podrán solicitar a cualquier ex alumno del grado once de la institución que preste sus 
servicios. 
4. SECTOR PRODUCTIVO 
El representante será elegido por el consejo directivo de candidatos propuestos por las 
organizaciones de los sectores productivos del ámbito local o subsidiariamente de las 
entidades que auspicien el funcionamiento del establecimiento educativo. De no ser 
posible lo anterior los demás miembros del consejo directivo podrán reunirse y acordar 
elegir una persona que represente este sector. 
5. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES: 
Debe ser estudiante del último grado, estar matriculado y haber observado buen 
rendimiento académico y disciplinario. 
a) El personero de los estudiantes será un educando cuyo propósito es promover el 
ejercicio del cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes 
32
consagrados en la constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de 
convivencia de la institución EDUCATIVA SAN AGUSTIN de Tres Esquinas Cunday. 
El personero de los estudiantes será elegido por votación de todos los estudiantes 
de la institución. Cuando por algunas circunstancias no haya candidatos que 
reúnan las condiciones podrá acudirse a los grados anteriores hasta el grado 
noveno. 
ACCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES: 
1. Capacitarse en los deberes y derechos de los estudiantes. 
2. Presentar oficios o peticiones para mejorar la planta física de la Institución y sus sedes. 
3. Reunir al Consejo de estudiantes y darles a conocer propuestas. 
PROCEDIMIENTO PARA SU ELECCIÓN A PARTIR DEL AÑO 2007: 
Para elegir el personero de los estudiantes se procederá así: 
· Se hará en dos etapas, una con la sede Valencia y una con la sede San Agustín. 
· La sede Valencia elegirá un representante, allí se hará la votación con los estudiantes 
de las sedes que allí convergen: San Isidro, La Yuca, Valencia 1 y Valencia 2, allí 
deben estar presentes los candidatos a la personería. 
· La sede San Agustín hará su elección con las sedes: Torres Alto, Torres, Bajas, 
Montenegro, La Profunda, Vega de Cuinde, La Unión, Gaverales, Chicalá, Rafael 
Pombo, Tres Esquinas y San Agustín. 
6. PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCIÓN DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL Y 
CONTRALOR AUXILIAR: 
El Contralor y el Contralor auxiliar serán elegidos por un período fijo de un año, elecciones que 
se realizarán dentro de los 30 días calendario siguientes al de la iniciación de clases del período 
lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin 
de elegirlos por el sistema de mayoría simple y mediante voto universal y secreto. Tanto el 
Contralor como el contralor auxiliar estudiantil podrán ser reelegidos salvo que el estudiante 
ingrese al grado 11 en cuyo caso no podrá postularse. 
7. CONSEJO DIRECTIVO: 
Está integrado por: 
a) El rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y 
extraordinariamente cuando lo considere conveniente. 
b) Dos representantes de los docentes elegidos por votación. 
c) Dos representantes de los Padres de Familia elegido por la junta directiva de la 
asociación de Padres de Familia. 
d) Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de estudiantes. 
e) Un representante de los ex alumnos. 
f) Un representante del sector productivo. 
8. PROCEDIMIENTO INTERNO PARA LA ELECCIÓN DE CADA UNO DE LOS 
MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO. 
a) El rector es designado por ley. 
b) Los representantes de los docentes serán elegidos en asamblea de docentes en la 
segunda semana del mes de enero de cada año. 
c) El consejo de padres de familia, en una reunión convocada para tal fin por el rector 
o director del establecimiento educativo, elegirá dentro de los primeros treinta días 
33
del año lectivo a los dos representantes de los padres de familia en el consejo 
directivo del establecimiento educativo. Los representantes de los padres de 
familia solo podrán ser reelegidos por un período adicional. En todo caso los 
representantes de los padres ante el consejo directivo deben ser padres de 
alumnos del establecimiento educativo. Los docentes, directivos o administrativos 
del establecimiento educativo no podrán ser representantes de los padres de 
familia en el consejo directivo del mismo establecimiento en que laboran. 
d) El representante de los estudiantes deberá ser un estudiante que curse el grado 
undécimo y elegido mediante votación por el consejo de estudiantes dentro de los 
30 días de iniciadas las labores académicas; en los grados 1º 2º y 3º nombrarán 
un representante y en los grados 4º , 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º, y 11º nombrarán un 
representante por cada grado. 
e) A falta de organización de ex alumnos los demás miembros del consejo directivo 
propondrán como mínimo tres nombres de ex alumnos y de ellos se elegirá a uno 
para que los represente en la institución. 
f) Como no existe asociaciones del sector productivo en la región a consideración de 
los demás miembros del consejo directivo, elegirán a cualquier persona de la 
comunidad que no tenga hijos estudiando en ningún grado en la institución. 
g) No pueden haber dos miembros del Consejo Directivo de la misma familia. 
9. CONSEJO DIRECTIVO COMÚN DE LA INSTITUCIÓN: 
La institución educativa SAN AGUSTÍN de Tres Esquinas da cumplimiento al art. 22 del 
decreto 1860 y de acuerdo al parágrafo 143 de la Ley 115 de 1994, 
10. REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DIRECTIVO: 
a) Cumplir las funciones establecidas en el art. 23 del decreto 1860. 
b) Cumplir la Constitución Nacional y demás leyes concordante. 
c) Cumplir y hacer cumplir el manual de convivencia y el PEI de la institución. 
d) Asistir el último martes de cada mes a reunión del consejo directivo y cuando se 
considere necesario. 
e) Ser respetuosos y practicar las reglas de participación democrática en las 
propuestas y reclamos. 
f) El incumplimiento a tres (3) reuniones consecutivas será causal para que se le 
revoque el periodo y cada uno de los representantes lo elijan. 
ARTÍCULO 53- FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO: 
1. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO: 
a) Tomar decisiones que afectan el funcionamiento de la institución, excepto las que 
sean competencias de otra autoridad tales como las reservadas a la dirección 
administrativas, en el caso de los establecimientos privados. 
b) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presentan entre docentes y 
administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber 
agotado los procedimientos previstos en el manual de convivencia. 
c) Adoptar el manual de convivencia. 
d) Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, 
cuando algunos de sus miembros se sientan lesionado. 
e) Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado 
por el rector. 
f) Participar en la planeación y evaluación del P.E.I. de los currículos y del plan de 
estudio y someterlo a la consideración de la secretaria de educación respectiva. 
g) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa. 
34
h) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del 
alumno que han incorporarse al manual de convivencia. En ningún caso pueden ser 
contrarios a la dignidad del estudiante. 
i) Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal 
administrativo de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y 
recreativas. 
j) Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización 
de actividades educativas, culturales, etc., la respectiva comunidad. 
k) Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras 
instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. 
l) Fomentar la conformación de asociación de padres de familia y de estudiantes. 
m)Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente decreto 
n) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los 
provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuado por los padres y 
responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso 
de libros de texto y similares. 
o) Darse su propio reglamento. 
2. ACCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO: 
a) Verificar el cumplimiento del manual de convivencia. 
b) Definir las actividades que se desarrollan en la institución. 
c) Verificar los ingresos, egresos y compras de la institución. 
d) Solicitud de recursos a través de las diferentes entidades. 
ARTÍCULO 54.- CONSEJO ACADÉMICO: 
Está integrado por: el rector, directivos docentes y un docente por cada área definidas en el 
plan de estudio. 
ARTICULO 55. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO: 
1. FUNCIONES DEL CONSEJO 
ACADÉMICO: 
a) Sirve de órgano consultor del consejo directivo en la revisión de la propuesta del 
P.E.I. 
b) Estudiar los currículos y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las 
modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente 
decreto. 
c) Organiza el plan de estudio y orientar su ejecución. 
d) Participa en la evaluación institucional anual. 
e) Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de 
los educando y para la promoción, asignándole funciones y supervisar el proceso 
general de evaluación. 
f) Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre evaluación educativa 
g) Las demás funciones a fines y complementarías con las anteriores que le atribuya el 
P.E.I. 
2. ACCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO: 
a) Reuniones mensuales de rendimiento académico junto con padres y docentes. 
b) Elaborar los planes de estudio. 
c) Hacer evaluación y seguimiento a los planes de estudio. 
d) Solicitar recursos didácticos referente a cada una de las áreas. 
35
ARTÍCULO 56.- FUNCIONES DEL RECTOR 
1. FUNCIONES DEL RECTOR: 
a) Orientará la ejecución del P.E.I. y aplicar las decisiones del gobierno escolar. 
b) Vela por el cumplimiento de las funciones de los docentes y el oportuno 
aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto. 
c) Promueve el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación del 
establecimiento. 
d) Mantener activa las relaciones con las autoridades educativas, con los 
patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local 
e) Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la 
comunidad educativa. 
f) Orienta el proceso educativo con la asistencia del consejo académico. 
g) Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuya la ley y el manual de convivencia. 
h) Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones y influencias para canalizarlas a 
favor del mejoramiento del P.E.I. 
i) Promover actividades de beneficio social que vincule al establecimiento con la 
comunidad local. 
j) Aplicar las disposiciones que se expiden por parte del estado, ateniendo a la 
prestación del servicio público educativo. 
k) Representa legalmente al plantel. 
l) Ordena los gastos del plantel. 
m)Administra los bienes del plantel en coordinación con la secretaria habilitada. 
n) Hacer cumplir la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes. 
o) Asigna en ausencia temporal las funciones del rector al coordinador de acuerdo con 
las normas vigentes. 
p) Las demás funcionen afines o complementarías con las anteriores que le atribuya el 
P.E.I. 
2. ACCIONES DEL RECTOR: 
a) Presentar proyecto de ingresos, egresos y planes de compras. 
b) Definir la organización de la institución. 
c) Mantener la relación y actualización de los docentes frente a los diferentes 
cambios. 
d) Organizar mecanismos de control de asistencia tanto de alumnos como del 
personal docente y administrativo. 
e) Definir los eventos culturales y deportivos en los cuales participará la institución. 
f) Hacer las compras de la institución. 
g) Presentar informes de la gestión realizada ante la comunidad educativa secretaría 
de educación departamental y ministerio de educación. 
ARTICULO 57. FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO Y DE DISCIPLINA. 
El coordinador depende del rector del plantel. 
1. Participar en el consejo académico, en el consejo directivo y en los demás donde sea 
requerido. 
2. Participa con el rector en la planeación y evaluación institucional. 
3. Dirige la planeación y programación académica de acuerdo con el P.E.I. 
4. Distribuir a los profesores la dirección de grado. 
5. Coordina la acción académica con la administración de alumnos y profesores. 
36
6. Establece canales y mecanismos de comunicación entre docentes, alumnos docentes, 
padres de familia- rector. 
7. Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas 
programación de áreas y asignaturas, diario programador, cumplimiento de horarios, y 
demás proyectos que se realicen a nivel institucional. 
8. Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones con el fin de 
detener la deserción estudiantil. 
9. Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de 
clases, presentándolo al rector para su aprobación. 
10. Fomenta la investigación científica para el logro de los propósitos educativos. 
11. Administra el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes. 
12. Rendirá periódicamente informe al rector sobre el cumplimiento de horarios, asistencia 
de profesores y alumnos, cumplimiento de los programas y proyectos planteados por el 
plantel. 
13. Supervisa el cumplimiento de los libros de monitoria, observador del alumno, fichas 
acumulativas y diario programador. 
14. Responde por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales 
pertenecientes al colegio y confiados a su manejo. 
15. Lleva el control diario de asistencia de profesores y estudiantes. 
16. Vigila que el profesor encargado de la disciplina haga cumplir los turnos de aseo. 
17. Permanecer en el plantel toda la jornada de trabajo, observando la llegada de 
estudiantes, toque de campana, cambios de clase y en general debe ser el primero que 
llega y el último que se retira. 
18. Concede permiso a los estudiantes en ausencia del rector. 
19. Recibe las excusas y expedir certificaciones a quien lo solicite. 
20. Organiza los turnos de disciplina. 
21. Lleva hasta 10 (diez) horas de clase decreto 129 de enero 22/82. 
22. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo al P.E.I. 
23. Controla la disciplina de los estudiantes haciendo registro y citaciones a los padres de 
familia, orientando a docentes y estudiantes. 
24. Abrir el plantel faltando diez (10) minutos para las siete (7:00) y cerrar los candados de 
cada salón de clase después de terminada las labores de clase. 
ARTICULO 58-. FUNCIONES DEL DOCENTE (Res. 1342 jul. 23/82). 
Los profesores dependen del coordinador académico y de disciplina y por relación de autoridad 
funcional dependen del jefe de cada comité. Les corresponden proporcionar la orientación y 
guía de las actividades curriculares para que los alumnos logren los cambios de conducta 
propuestos: 
1. Participa en la elaboración del planeamiento y programación de actividades del área 
respectiva, correlacionar, integrar con otros profesores de su misma área. 
2. Programa y organiza las actividades de enseñanza – aprendizaje de las asignaturas a 
su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel del 
área. 
3. Dirigir y orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su 
personalidad, elaboración de horarios, control de libro de monitoría, estar pendiente 
de la asistencia de los estudiantes en sus clases. 
4. Participa en la organización de las actividades complementarias, día del idioma, del 
hogar, del alumno, del profesor, etc. 
37
5. Controla y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza 
aprendizaje dentro de las respectivas áreas. 
6. Aplicar oportunamente en coordinación con el director de grado o el coordinador 
académico las estrategias metodológicas a que de lugar el análisis de resultados de 
la evaluación. Observando mortalidad académica dentro de su respectiva área. 
7. Presentar informe al coordinador del rendimiento de los estudiantes en su respectiva 
área certificando las calificaciones con su firma. 
8. Presentar periódicamente informe al coordinador sobre el desarrollo de sus 
actividades académicas. 
9. Ejercer la dirección de grupo cuando le sea asignada por el coordinador o rector. 
10. Cumplir los turnos de disciplina que le sean asignados. 
11. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las 
directivas del plantel. 
12. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y 
materiales confiados a su manejo como libros, elementos de laboratorio, etc. 
13. Cumplir la jornada laboral y de la asignación académica de acuerdo con las normas 
vigentes. Entiéndase la jornada laboral el tiempo que deben dedicar a las labores 
específicas, de administración, cumplimiento de calendario, desarrollo curricular, 
atención y reparación de su asignación académica, investigación de asuntos 
pedagógicos, labores de orientación, disciplina y formación de los estudiantes, de 
acuerdo con el manual de convivencia. Decreto 17486 de Nov/84. 
14. Cumplir con el horario de trabajo de 7:00 a.m. a 1:p.m. 
15. Cumplir la intensidad horaria anual de cada asignatura y área. 
16. Mantener la disciplina y el orden en las clases e informar al coordinador, rector sobre 
las irregularidades que se presenten. 
17. Preparar anticipadamente el plan de clases y proveerse de los materiales que le sean 
necesarios. 
18. Los docentes que por cualquier circunstancia requieran de aulas de clase en las 
horas de la tarde deben solicitar las llaves al coordinador en las horas de la mañana y 
dejar en completa seguridad y orden el colegio, dejando las llaves en la casa del 
rector. 
19. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del 
cargo. 
ARTICULO 59-. FUNCIONES DEL DIRECTOR DE GRADO 
1. Cumplir las funciones como docente. 
2. Participar en el planeamiento y programación de la administración de estudiantes 
teniendo en cuenta sus condiciones socioeconómicas y características personales. 
Organización de horario, listado de aseo, carteleras, cumplimiento del observador del 
alumno, libro de monitoria, distribución de estudiantes de acuerdo con las características 
y necesidades del aula de clase. 
3. Orientará el programa de inducción de los estudiantes del grupo confiados a su 
dirección. 
4. Orientará acciones de carácter informativo y hacer seguimiento de sus efectos en los 
estudiantes. 
5. Orientará a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su comportamiento y 
aprovechamiento académico, en acuerdo con el coordinador, profesores de área, padre 
de familia y rector. 
6. Promoverá el análisis de situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en 
coordinación con otros estamentos, las soluciones más adecuadas. 
38
7. Establecer comunicación permanente con el rector, coordinador, docente, padres de 
familia para coordinar la acción educativa. 
8. Diligencia las fichas de control y registro y efectuar seguimiento de los estudiantes del 
grupo a su cargo, en coordinación con los demás estamentos del plantel. 
9. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo. 
10. Rendir periódicamente informes de las actividades y programas realizados al rector y 
coordinador del plantel. 
11. Diligenciar oportunamente el anecdotario del alumno, las debilidades y fortalezas 
académicas y de comportamiento 
ARTICULO 60-. FUNCIONES DE LA SECRETARIA. 
La secretaria depende del rector, le corresponde llevar el registro y control de los aspectos 
legales de la institución, manejar los fondos del plantel y registrar las operaciones en los libros 
respectivos, la administración de los equipos, materiales, muebles y enseres de la institución. 
1. Programar las actividades propias de su cargo. 
2. Responsabilizarse del diligenciamiento de los libros de matrícula, calificaciones, 
recuperaciones, asistencia y actas de reuniones. 
3. Organizar y ejecutar el proceso de matrícula - SIMAT. 
4. Elaborar la lista de los estudiantes para efectos docentes y administrativos. 
5. Mantener ordenado y actualizado la documentación de estudiantes, docentes y 
administrativos. 
6. Elaborar con el rector los informes estadísticos. 
7. Llevar los registros del servicio de los funcionarios del plantel. 
8. Organizará funcionalmente el archivo y elaborar los certificados que le soliciten. 
9. Refrendar con su firma los certificados expedidos por el rector. 
10. Atender al público en el horario establecido. 
11. 11.Colaborar con el rector en la elaboración de los anteproyectos del presupuesto. 
12. Manejar y controlar los recursos financieros del plantel. 
13. Elaborar los informes del banco. 
14. Enviar oportunamente la rendición de cuentas y el estado presupuestal a la contraloría y 
a la unidad administrativa de la cual dependa el plantel. 
15. Hacer los descuentos de ley y los demás que le sean solicitado por la autoridad 
competente o por el interesado y enviarlos oportunamente a las entidades 
correspondientes. 
16. Registrar y tener en cuenta las novedades del plantel. 
17. Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas presentando 
oportunamente informes al rector. 
18. Organizar en colaboración con el rector el plan de compras. 
19. Elaborar el balance mensual con base en los comprobantes de entrada y Sali0da de 
elementos del plantel dados de baja o que ingrese. 
20. Enviar a la contraloría el informe mensual de cuentas de inventario. 
21. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los muebles, equipos y 
materiales confiados a su cargo. 
22. Tomar apuntes y elaborar las actas de reuniones de profesores, padres de familia, etc. 
23. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza del 
cargo. 
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  • 1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN AGUSTÍN MANUAL DE CONVIVENCIA TRES ESQUINAS CUNDAY MARZO DE 2013
  • 2. TABLA DE CONTENIDO “Pág” PRESENTACIÓN.……………………………………………………………………….………….… 5 MANUAL DE CONVIVENCIA………………………………………………………………….….… 6 INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………………..….… 7 ESTRUCTURACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA……………………………………...… 8 CAPITULO PRIMERO: CONCEPTO, FILOSOFÍA Y OBJETIVOS……………………….…… 9 ARTICULO 1-. DEFINICIÓN ARTICULO 2-. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL ARTICULO 3-. OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN EN TODOS LOS NIVELES CAPITULO SEGUNDO: ADMISIÓN Y PERMANENCIA……………...………………………… 10 ARTICULO 4-. ADMISIÓN ARTICULO 5-. PERMANENCIA CAPITULO TERCERO: DERECHOS…………………………………….…….…………..……… 10 ARTICULO 6-. DERECHOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ARTICULO 7-. DERECHOS DE LOS DOCENTES FRENTE AL ESTADO FRENTE A LA COMUNIDAD ARTICULO 8-. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE ARTICULO 9-. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES CAPITULO CUARTO: DEBERES………………………………………………………………..… 13 ARTICULO 10-. DEBERES DEL ESTADO ARTICULO 11-. DEBERES DE LA INSTITUCIÓN ARTICULO 12-. DEBERES DEL CONSEJO DIRECTIVO ARTICULO 13-. DEBERES DE LOS DOCENTES RÉGIMEN DISCIPLINARIO, DECRETO 2480/86 Art. 18 ARTICULO 14-. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE ARTICULO 15-. DEBERES DE LOS ALUMNOS CAPITULO QUINTO: PROHIBICIONES………………………………………………………….. 18 ARTICULO 16-. PROHIBICIONES PARA TODOS LOS ESTAMENTOS EDUCATIVOS ARTICULO 17-. PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES ARTICULO 18-. PROHIBICIONES PARA LOS ALUMNOS ARTICULO 19-. PROHIBICIONES PARA EL CONSEJO DIRECTIVO CAPITULO SEXTO: FALTAS ……………………………………………………………………… 19 ARTICULO 20-. FALTAS DE LOS ESTUDIANTES ARTICULO 21-. FALTAS LEVES DE COMPORTAMIENTO DEL ALUMNO DENTRO O FUERA DEL ESTABLECIMIENTO 2
  • 3. “Pág” ARTICULO 22-. FALTAS GRAVES DE RESPETO DE LOS ALUMNOS……………………… 20 ARTICULO 23-. FALTAS GRAVÍSIMAS DE MORAL DE LOS EDUCANDOS DENTRO O FUERA DEL ESTABLECIMIENTO………………………………. 21 ARTICULO 24-. FALTAS DE APLICACIÓN ARTICULO 25-. FALTAS GRAVÍSIMAS QUE AMERITAN LA CANCELACIÓN DE LA MATRICULA A UN EDUCANDO ARTICULO 26. CALIFICACIÓN DE COMPORTAMIENTO CAPITULO SÉPTIMO: CORRECTIVOS O RUTAS A SEGUIR………………………………… 22 ARTICULO 27-. COMISIONES DE CONVIVENCIA ARTICULO 28-. CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS ARTICULO 29-. SANCIONES POR FALTA DE COMPORTAMIENTO………..……………… 23 ARTICULO 30-.SANCIONES POR FALTA DE RESPETO ARTICULO 31-. FALTAS DE APLICACIÓN CAPITULO OCTAVO-. PROCESO DISCIPLINARIO……………………………………………. 24 ARTICULO 32-. PROCESO REGULADOR ARTICULO 33-. ETAPAS DEL DEBIDO PROCESO ARTICULO 34-. RUTA PARA EL EDUCANDO HACER UN RECLAMO CAPITULO NOVENO: SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES SIEE DE LA IE SAN AGUSTÍN………………………………………………… 25 ARTICULO 35-. PROMOCIÓN DE EDUCANDOS DE LA I.E. SAN AGUSTÍN ARTICULO 36-. COMISIÓN DE PROMOCIÓN Y EVALUACIÓN……………………….……… 26 ARTICULO 37-. ACTIVIDADES QUE LOS ALUMNOS TIENEN DERECHO A CUMPLIR EN LA I.E. SAN AGUSTÍN ARTICULO 38-. PROMOCIÓN ANTICIPADA CAPITULO DECIMO: ESTIMULOS......................................................................................... 28 ARTICULO 39-. ESTÍMULOS CAPITULO UNDÉCIMO: PROYECCIÓN A LA COMUNIDAD…….…………………………… 29 ARTICULO 40-.SERVICIO SOCIAL ARTICULO 41-.VIGIA DE LA SALUD ARTICULO 42, 43, 44 ARTICULO 45-. ESCUELA DE PADRES. ARTICULO 46-. EDUCACIÓN DE ADULTOS PROGRAMA SAT ARTICULO 47-. JUEGOS INTERCOLEGIADOS. ARTICULO 48-. SEMANA CULTURAL. ARTICULO 49-. ENCUENTRO DE EGRESADOS. CAPÍTULO DOCE: GOBIERNO ESCOLAR………………………………………………….…… 30 ARTÍCULO 50.- GOBIERNO ESCOLAR 3
  • 4. “Pág” ARTICULO 51.- ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR ARTICULO 52.- REGLAS PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DEL GOBIERNO ESCOLAR ARTICULO 53.- FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO ARTICULO 54.- CONSEJO ACADÉMICO ARTICULO 55.- FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO ARTICULO 56.- FUNCIONES DEL RECTOR ARTICULO 57.- FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO Y DE DISCIPLINA ARTICULO 58.- FUNCIONES DEL DOCENTE (Res. 1342 jul. 23/82) ARTICULO 59.- FUNCIONES DEL DIRECTOR DE GRADO ARTICULO 60.- FUNCIONES DE LA SECRETARIA ARTICULO 61.- FUNCIONES DEL DOCENTE ENCARGADO DE LA DISCIPLINA ARTICULO 62.- FUNCIONES DEL BIBLIOTECARIO Y REGLAMENTO ARTICULO 63.- REGLAMENTO GENERAL DE LABORATORIOS ARTICULO 64.- FUNCIONES DEL CELADOR ARTICULO 65.- FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL ARTICULO 66.- FUNCIONES DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL ARTICULO 67.- FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES ARTICULO 68.- ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA ARTICULO 69.- CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA ARTICULO 70.- REGLAMENTO DEL USO DEL “AULA DE LA VIRTUD VIRTUAL” ARTICULO 71.- REGLAMENTO DE TIENDA ESCOLAR CAPITULO TRECE: COSTOS EDUCATIVOS…………………………………...………………… 46 ARTICULO 72-. COSTOS EDUCATIVOS CAPITULO CATORCE: OTRAS CONSIDERACIONES………………………………………… 47 ARTÍCULOS 73,74,75,76, 77,78,79,80,81,82,83,84,85,86, 87, 88, 89 REPRESENTANTES DEL GOBIERNO ESCOLAR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN AGUSTÍN DE TRES ESQUINAS CUNDAY……………………………………..……………………… 49 FIRMAS CONSEJO DIRECTIVO…………………………………………………………………… 51 4
  • 5. PRESENTACIÓN La ley 115 de 1994, art. 142, el decreto reglamento 1860 de Agosto/94, el Decreto 1286 de Abril 27 de 2005 o Ley de la Infancia y de la Adolescencia, decreto 2277 sobre régimen docente. Se conocieron aspectos que deben contemplar el manual de Convivencia; el equipo interinstitucional que estuvo al frente del presente trabajo mostró interés pues esto significa alivio a las inquietudes, aspiraciones y enfoques psicológicos, filosóficos o pedagógicos que fueron expuesto en continuas reuniones, a veces de grupo o plenarias de estudiantes, padres de familia, docentes y directivos de Tres Esquinas, reuniones de rectores al nivel de departamentos del Tolima con funcionarios del M.E.N. lineamientos de la Corte Constitucional sobre diversas tutelas presentadas por los padres de familia. El presente manual se inicio en septiembre de 1994, reuniones convocadas por el Rector y docentes, estudiantes y padres de familia para iniciar la estructuración del texto que hoy se pone a disposición para ser refrendado por el respectivo Consejo Directivo de la Institución Educativa SAN AGUSTÍN de Tres Esquinas Cunday Tolima, a partir de la fecha de su expedición. El presente manual de convivencia fue divulgado profundamente en el seno de la Institución Educativa SAN AGUSTÍN de Tres Esquinas Cunday Tolima, adicionando posteriormente nuevas reglamentaciones e incluyendo mejoras de presentación y de actualización. Tres ejes sostienen el Manual de Convivencia: 1- La participación, el apoyo mutuo y el compromiso actuante de todos los miembros de la comunidad educativa para la cual se consignaron derechos, deberes y prohibiciones de sus integrantes. 2- El espíritu autocrático, correctivo y conciliador antes que sancionatorio como debe corresponder a sectores sociales heterogéneos pero con suficientes intereses comunes. 3- El debido proceso que instruye a los estamentos en el ejercicio del derecho a la defensa que ha llevado a fallos contrarios de diferentes instituciones educativas en acciones de tutela invocadas por los estudiantes de diferentes planteles. Integrar a los docentes, padres de familia y alumnos fue una gran tarea de la comisión redactora del presente Manual de Convivencia. Expresiones de reconocimiento de gratitud a la comunidad educativa por su tiempo, sus aportes intelectuales desde su experiencia laboral, familiar, estudiantil, enriquecieron el análisis y las conclusiones. El presente documento como ruta de navegación nos permite mejorar la educación en pro de la juventud que le servirá a Colombia. TRES ESQUINAS, Agosto 23 de 2011 JORGE CASTRO GALEANO Rector 5
  • 6. MANUAL DE CONVIVENCIA. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integral el Proyecto Educativo Institucional y dentro de este contener el Manual de Convivencia. El Manual de Convivencia debe contener una definición de los derechos y deberes de los alumnos y sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa. En particular deben contemplar los siguientes aspectos; 1. Reglas de higiene personal y de salud pública que preservan el bienestar de la comunidad educativa, conservación individual de la salud y prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas. 2. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo tales como equipos, instalaciones e implementos. 3. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente. 4. Normas de conducta de alumnos y profesores que garanticen el mutuo respeto. Deben incluir la definición de claros procedimientos para formular las quejas y reclamos al respecto. 5. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Debe incluir instancias de dialogo y de conciliación. 6. Pautas de presentación personal que preservan a los alumnos de la discriminación por razones de apariencia. 7. Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los alumnos, incluyendo el derecho a la defensa. 8. Reglas para la elección de representantes al consejo directivo y para la escogencia de los voceros de los demás consejos previsto en el presente decreto. Debe incluir el proceso de elección del personero de los estudiantes. 9. Cualidades y condición de los servicios de tienda escolar y demás servicios de educación que ofrezca el plantel a los alumnos. 10. Funcionamiento y operación de los medios de comunicación internos del plantel tales como revista, periódicos, murales, etc., que sirvan de instrumentos efectivos al libre pensamiento y a la libre expresión. 11. Reglas para el uso de los diferentes laboratorios, biblioteca y sala de sistema. 6
  • 7. INTRODUCCIÓN Toda entidad educativa que funcione, debe tener como base legal un manual de Convivencia. La falta de unidad de criterios para el diseño y aplicación del manual de Convivencia acarrean al establecimiento y, por ende M.E.N. y la secretaria de educación del Departamento y el plantel, una serie de inconvenientes de orden académico y disciplinario. La Institución Educativa SAN AGUSTÍN de Tres Esquinas Cunday Tolima, como instituto público educativo, tiene como fin la formación integral de alumnos, basados en la búsqueda de valores intelectuales, culturales, deportivos y morales de tal manera que respondan a los intereses de los educandos de acuerdo con el medio y con las necesidades para el progreso de la nación. Para lograr los objetivos el plantel se propone la integración permanente de la comunidad educativa y por lo tanto requiere de la eficaz y efectiva colaboración de los padres de familia y de cada uno de los alumnos con el propósito que estos sean conscientes de su labor en su propia educación como sujeto de la misma; y que adquieren confianza en sí mismo y alcance el desarrollo como persona. La disciplina en la institución debe procurar que el joven, por la rectitud y corrección de sus actos describa en sí mismo, cada día el crecimiento de una persona integral y útil a la sociedad. Por necesidad se creó el Manual de Convivencia en común acuerdo con el Consejo Directivo, dando cumplimiento al decreto 1860 de 1994. El presente manual fue aprobado por el consejo directivo. 7
  • 8. ESTRUCTURACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA El manual de convivencia estará estructurado así: CAPITULO PRIMERO Concepto, filosofía y objetivos. CAPITULO SEGUNDO Admisión y permanencia. CAPITULO TERCERO Derechos: de la institución, docentes, padres de familia y estudiantes. CAPITULO CUARTO Deberes: Del Estado, la institución, consejo directivo, docentes, padres de familia y alumnos. CAPITULO QUINTO Prohibiciones: para todos los estamentos educativos, docentes, alumnos y consejo directivo. CAPITULO SEXTO: Faltas. CAPITULO SÉPTIMO: Correctivos o rutas a seguir. CAPITULO OCTAVO: Proceso disciplinario. CAPITULO NOVENO: Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes (SIEE) de la institución educativa San Agustín. CAPITULO DECIMO: Estímulos. CAPITULO ONCE: Proyección a la comunidad. CAPITULO DOCE: Gobierno Escolar. CAPITULO TRECE: Otras consideraciones. CAPITULO CATORCE: Costos Educativos. 8
  • 9. CAPITULO PRIMERO CONCEPTO, FILOSOFÍA Y OBJETIVOS FUNDAMENTACIÓN LEGAL ARTICULO 1-. DEFINICIÓN: es el instrumento elaborado por los miembros de la comunidad educativa en donde se consignan derechos, estímulos, deberes, correctivos, procesos, procedimientos e instancia para los alumnos, docentes y padres de familia de conformidad con la Constitución Política de Colombia, la Ley General de Educación, decreto 1860, la Ley de la Infancia y de la Adolescencia, código de policía del Tolima y demás normativas jurídicas vigentes, con el fin de facilitar el proceso educativo, la sana convivencia y la formación integral de la persona. ARTICULO 2-.FILOSOFIA INSTITUCIONAL: el presente manual de convivencia parte del principio fundamental de que toda persona por ser miembro de una comunidad es ser social por naturaleza, se gesta, evoluciona, se educa y se realiza como un ser situado frente a unas circunstancia que le es inherente a su misma naturaleza y que por lo tanto el espíritu filosófico que lo ilumina y orienta apunta hacia el desarrollo equilibrado de todas las dimensiones de la persona y de la sociedad, mediante el conocimiento, respeto y vivencia de los valores fundamentales como la vida, la libertad, la ética la comunicación, la justicia, la paz dentro de un marco jurídico, democrático y participativo. La estructura de este manual pretende ante todo unificar criterios que respondan a unos lineamientos generales contemplados en derechos y deberes de los educandos y demás estamentos educativos, creando conciencia y conocimientos de los mismos en un ambiente de respecto de las ideas. ARTICULO 3-. OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN EN TODOS LOS NIVELES: Es objetivo primordial de todos y cada uno de los niveles educativos el desarrollo integral de los educandos mediante acciones estructuradas encaminadas a: 1. Formar la personalidad y capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus derechos y deberes. 2. Proporcionar una sólida formación ética y moral y fomentar la práctica de respeto a los derechos humanos. 3. Fomentar en la institución educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la autonomía y responsabilidad. 4. Desarrollar una sana sexualidad que promueva el conocimiento de sí mismo y la autoestima, la construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de los sexos, la efectividad, el respeto mutuo y prepararse para una vida familiar armónica y responsable. 5. Crear y fomentar una conciencia de solidaridad internacional. 6. Desarrollar acciones de orientación escolar, profesional y ocupacional. 7. Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y trabajo. 8. Fomentar el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos. 9
  • 10. PARÁGRAFO: cada institución incluirá los objetivos correspondientes a su nivel y modalidad, siendo imperativa la formulación de planes concretos para la materialización de dichos objetivos. CAPITULO SEGUNDO ADMISIÓN Y PERMANENCIA. ARTICULO 4-. ADMISIÓN: son criterios de admisión los siguientes: PARA ESTUDIANTES NUEVOS: 1. Haber aprobado el año anterior debidamente y certificados de los grados anteriores al que va a cursar. 2. Debe presentar copia del anecdotario del año anterior, y paz y salvo de la Institución de donde proceda. 3. Que exista disponibilidad de cupos. 4. Para ingresar al grado sexto, la edad del estudiante no debe ser mayor a trece (13) años. La institución ofrece el programa SAT para estudiantes en edad extraescolar. 5. No se reciben estudiantes nuevos mayores de dieciocho (18) años a partir del año 2012. 6. Cumplir los requisitos establecidos por el M.E.N. ARTICULO 5-. PERMANENCIA: la institución propenderá por la permanencia de los estudiantes, pero deben cumplir con lo establecido en el Manual de Convivencia y que no exista una causal de exclusión. PARÁGRAFO: Las alumnas en estado de gestación faltándole dos meses para dar a luz, su asistencia es responsabilidad de los padres de familia si deciden la permanencia voluntaria a la Institución durante éste periodo, la Institución no obliga a la asistencia durante éste tiempo. La parte académica es responsabilidad del estudiante, sin embargo, la Institución dejará trabajos extra clase y consultas, orientados a la nivelación de los conocimientos dejados de ver durante la inasistencia por ésta causa. CAPITULO TERCERO DERECHOS ARTICULO 6-. DERECHOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. 1. Recibir presupuesto suficiente con destino a la planta de personal docente, planta física y material didáctico. 2. Recibir de las autoridades educativas de nivel Departamental y municipal, el respaldo efectivo a los proyectos institucionales. 3. Desarrollar el P.E.I. y programas curriculares sin interferencia de entidades ajenas a los estamentos educativos. 4. Exigir a las autoridades el cumplimiento con la institución. 10
  • 11. ARTICULO 7-. DERECHOS DE LOS DOCENTES. FRENTE AL ESTADO: Los contemplados en el artículo 36 del estatuto docente: 1. Formar asociaciones sindicales con capacidad legal para representar a los afiliados en la formulación de reclamos y solicitudes ante las autoridades de orden nacional y seccional. 2. Recibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y grado. 3. Ascender dentro de la carrera docente. 4. Participar en los programas de capacitación y de bienestar social y gozar de los estímulos de carácter profesional y económico que se establezca. 5. Disfrutar de vacaciones remuneradas. 6. Solicitar y obtener permisos, licencias y comisiones de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes. 7. Permanecer en el servicio y no ser desvinculados o sancionado, si no de acuerdo con las normas y procedimientos que se establezcan en el decreto 2277 y régimen disciplinario único. 8. No ser discriminado por razón de sus creencias políticas o religiosas, ni por distinciones fundadas en condiciones sociales o raciales. 9. Y las demás establecidas o que se establezcan en el futuro. FRENTE A LA COMUNIDAD: 1. Recibir un trato cortés de directivos, docentes, padres de familia y alumnos. ARTICULO 8-.DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE: 1. Pertenecer a la Asociación de Padres de Familia siempre y cuando tenga matriculado un hijo o sirva de acudiente de un estudiante matriculado. 2. Elegir el tipo de educación que de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la constitución y la ley. 3. Recibir información del estado sobre los establecimientos educativos que se encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo. 4. Reclamar por el incumplimiento del manual de convivencia, ante los docentes, coordinación, rectoría, Consejo Directivo, Asociación de Padres de Familia. 5. Conocer con anticipación o en el momento de la matricula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el Proyecto Educativo Institucional, el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional. 6. Ser recibidos sus hijos o acudidos siempre y cuando haya disponibilidad de cupo y reúna los requisitos legales exigidos por M.E.N., la secretaria de educación y el plantel. 7. Ser informados del horario regular de clases de sus hijos acudidos y del horario de atención a padres de familia 8. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la institución educativa. 9. Exigir a las autoridades el cumplimiento de las responsabilidades con la educación: personería, Comisaría de familia, alcaldía, secretaría de educación, el MEN y la institución educativa. 10. Participar en el proceso educativo que desarrolla el establecimiento en el que están matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del proyecto educativo institucional. 11
  • 12. 11. Recibir respuestas suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos. 12. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos. 13. Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran matriculados sus hijos. 14. Elegir y ser elegidos para representar a los padres de familia en los órganos del gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos de la ley general de educación y en sus reglamentos. 15. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar el proceso educativo, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos. ARTICULO 9-. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES: 1. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación de los planes curriculares y exigir que se cumplan las clases y las actividades programadas en forma puntual y completa, así como las normas legales vigentes sobre evaluación y promoción dadas a conocer al inicio del año escolar. 2. Ser evaluado académicamente de acuerdo con la escala establecida por las normas legales vigentes en los aspectos cognoscitivos, socio afectivos comunicativos y sicomotor, practicando las evaluaciones diagnosticas, formativa, auto evaluativa en diferentes tipos. 3. Participar en la evaluación del comportamiento mediante autoevaluación, y coevaluación con sus compañeros, director de grado y coordinador. 4. Elegir y ser elegido a los organismos de representación en la comunidad educativa según la ley general de educación y el P.E.I. 5. Conocer las notas de las evaluaciones orales en el momento de ser evaluado, las escritas durante los cinco días hábiles, los trabajos en diez días hábiles y las definitivas antes de ser entregada a la secretaria académica. 6. Ser evaluado en término de diez días hábiles cuando la excusa sea justificada por su inasistencia. 7. Recibir orientación adecuada para trabajos escritos, investigaciones, tareas, consultas, carteleras, etc., así como la corrección de estos trabajos por los docentes. 8. Fijar en coordinación con los docentes los calendarios relacionados con los trabajos, tareas, investigaciones, etc. 9. Conservar las calificaciones de cada asignatura sin ser afectada por aspectos de comportamiento. 10. Reclamar por el incumplimiento del manual de convivencia siguiendo el conducto regular ante la instancia respectiva: Docentes, coordinación, rectoría, Asociación de padres de familia y Consejo Directivo. 11. Asistir al acto de graduación con el uniforme reglamentario de la institución. 12. Recibir la educación necesaria para su formación integral. Esta será obligatoria hasta noveno grado de educación básica y gratuita cuando sea prestada por el estado. 13. Exigir una orientación y una preparación acorde con los objetivos generales y específicos de la educación que los habilite para ser miembros activos de la sociedad en beneficio personal y de sus semejantes de acuerdo con las disposiciones vigentes y emanadas del M.E.N. 14. Exigir claridad en los procedimientos, horarios y métodos que estén de acuerdo con principios pedagógicos y metodológicos tendientes a lograr un positivo aprendizaje. 12
  • 13. 15. Exigir puntualidad del docente. 16. Ser oídos y escuchados por el rector, coordinador, director de grupo y docentes; según el caso, cuando presente reclamos o expresen insatisfacción, haciendo gala de cultura, respeto y buenas maneras; estas personas estarán prestas a ayudarle para resolver su situación dentro de las normas y principios legalmente establecidos procurando siempre la formación de los estudiantes. 17. Ser escuchadas las razones que motivaron la transgresión del presente manual antes de tomar cualquier decisión. 18. Participar en todas las actividades académicas, científicas, culturales y otras que programe la Institución. 19. Obtener la información oportuna sobre la programación de actividades, forma de evaluación y cambio de horario. 20. Presentar sugerencias y recomendaciones. 21. Utilizar de acuerdo con horarios previamente establecidos los servicios de biblioteca, instalaciones deportivas, laboratorios, sala de sistemas, cuando esta utilización no perturbe el normal desarrollo de las labores en la institución. 22. Que se le expida certificados, constancia y otros documentos según normas legales y vigentes siempre y cuando estén a paz y salvo con el plantel por todo concepto. 23. Recibir el carnet estudiantil por una sola vez y en caso de pérdida o deterioro se debe pagar como una constancia. CAPITULO CUARTO DEBERES ARTICULO 10-.DEBERES DEL ESTADO: 1. Brindar educación gratuita hasta noveno grado. 2. Reconocer y proteger el proceso evolutivo sicosomático y cognoscitivo avalado en los derechos del niño y en la Ley de la Infancia y de la Adolescencia. 3. Dar cumplimiento a la constitución Nacional y a las leyes a través de las autoridades civiles, militares, eclesiásticas, en todos los cultos religiosos 4. Dotar de presupuesto suficiente con destino a la planta de personal docente, a la planta física, a equipos y material didácticos. 5. Brindar protección efectiva y oportuna a los niños y menores de edad a través de autoridades y entidades oficiales designadas para estos fines. ARTICULO 11-.DEBERES DE LA INSTITUCIÓN: 1. Hacer efectivo el principio constitucional, según el cual los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los mayores. 2. Formar integralmente en los aspectos curriculares (contenidos, metodología y evaluativos); formativos (afectivos, éticos); sicomotrices (estético, deportivos). 3. Cumplir las funciones inherentes a su cargo. a) Rectoría. b) Coordinación. c) Docentes. d) Administrativos. e) De servicios. 4. Dar a conocer las rutas a seguir por cada uno de los estamentos educativos para atender sus inquietudes y entregar el Manual de Convivencia por primera vez. 13
  • 14. 5. Promover la organización de la asociación de padres de familia que dinamicen en coordinación con el Consejo Directivo el P.E.I. 6. Manejar en cuenta bancaria con responsabilidad del rector y la secretaria los dineros captados por la institución. 7. Expedir el carnet estudiantil y de docentes. ARTICULO 12-.DEBERES DEL CONSEJO DIRECTIVO. 1. Tomar las decisiones que afectan el funcionamiento de la institución y que no sean competencia de otra autoridad. 2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes, entre administrativos, entre administrativo y docentes, entre docentes y alumnos del plantel educativo. 3. Adoptar el manual de convivencia de la institución de conformidad con las leyes vigentes. 4. Fijar los criterios para asignación de los cupos disponibles. 5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando algunos de sus miembros se sientan lesionados. 6. Aprobar el manual de actualización del personal de la institución presentados por el rector. 7. Participar en la planeación y evaluación del P.E.I. del currículo y del plantel de estudio y someterlos a consideración de la secretaria de educación respectiva o del organismo que haga sus veces para que verifique el cumplimiento de los requisitos. 8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa. 9. Establecer estímulos y sanciones en el desempeño académico social del alumno. 10. Participar en la evaluación anual de la comunidad educativa. 11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades culturales, recreativas y deportivas. 12. Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la comunidad educativa. 13. Promover las relaciones de tipo académico, cultural (danzas, teatro y música), recreativo y deportivo con otros planteles educativos e intercolegiados. 14. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de recolectarlos. 15. Darse su propio reglamento. Además el consejo directivo vigilará el manejo de los fondos de la asociación de padres de familia y de servicio docentes, toda irregularidad será informada a las autoridades competentes. ARTICULO 13-.DEBERES DE LOS DOCENTES: 1. El cumplimiento del art. 44 del estatuto docente y el régimen disciplinario único: a) Cumplir con la constitución y las leyes de Colombia. b) Inculcar en los educandos el amor a los valores históricos y culturales de la nación y el respeto a los símbolos patrios. c) Desempeñar con solicitud y eficiencia las funciones de su cargo. d) Cumplir las órdenes inherentes a sus cargos que le impartan sus superiores jerárquicos. e) Dar un trato cortés a sus alumnos y compartir sus tareas con espíritu de solidaridad y unidad de propósitos. f) Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo. g) Velar y responder por los documentos libros, útiles, equipos, muebles que le sean confiados y entregados. 14
  • 15. h) Observar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo. i) Las demás que para el personal docente determina las leyes y los reglamentos educativos. RÉGIMEN DISCIPLINARIO, DECRETO 2480/86 Art. 18: 2. Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo y en la relación a los alumnos. 3. Abstenerse de solicitar préstamos en dinero, especie o servicios personales o cualquier otro beneficio económico a los alumnos o personas de servicio. 4. Informar veraz y oportunamente a la dirección de la institución sobre la comisión de hechos que puedan constituir causal de mala conducta y de los cuales tengan conocimiento. ARTICULO 14-.DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE. 1. Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente reconocidos por el estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria y conocer el Manual de Convivencia. 2. Proveerá los útiles necesarios para el desarrollo de las actividades escolares y propiciar en casa un sano ambiente para el estudio. 3. Brindará protección material, física y efectiva a sus hijos en un ambiente de convivencia hogareña. 4. Ejercitará al interior de la familia valores éticos y morales para la formación integral de los hijos o acudidos. 5. Informará personalmente y por escrito a la institución o a la sede que corresponda las causas de inasistencia del educando. 6. Concurrirá puntualmente a todas las convocatorias establecidas por el plantel. 7. Participará activamente en la elaboración, ejecución y evaluación del P.E.I. y actuar coherentemente con este al interior del hogar. 8. Responderá y pagará los daños que ocasiones los educandos. 9. Participará activamente en la asociación de padres de familia. 10. Cumplirá con los estatutos de la asociación de padres de familia y demás normas pertinentes. 11. Realizará con el debido respeto cualquier reclamación ante la instancia respectiva. 12. Controlará el uso de los medios de comunicación en particular la T.V., en la selección de programas y el horario de distracción frente al mismo. 13. Es responsabilidad del padre de familia o acudiente la presentación personal del alumno en cuanto al uniforme. 14. Asistirá puntualmente a las reuniones o llamados especiales, para ser informados sobre el rendimiento académico o comportamiento del alumno esta función no es delegable el incumplimiento a este numeral da motivo para que el alumno no sea admitido en clase hasta tanto no se presente el padre de familia o acudiente. 15. Conocerá cada una de las calificaciones del educando e informaciones del rendimiento académico y comportamiento en general. 16. Acatará las disposiciones que adopte el plantel a favor de la comunidad educativa. 17. Inculcará al educando los buenos modales, buen vocabulario y comportamiento superior en todo sitió y lugar donde se encuentre. 18. Informará al director de grupo sobre los cambios de comportamiento o irregularidad de su hijo o acudido. 19. Hará que el educando llegue oportunamente a la clase a fin de evitar retardos o inasistencia. 15
  • 16. 20. Verificará la asistencia de sus hijos o acudidos a la clase y demás actividades programadas por el plantel. 21. solicitará personalmente permiso al rector o coordinador para el retiro de sus hijos de la institución durante la jornada laboral, siempre que haya plena justificación. 22. Guardará lealtad a la institución procurando al prestigio de la misma y defendiéndola de ataques injustos que sean formulados contra ella. 23. Orientará al educando en la selección de amistades. 24. Cumplirá las normas señaladas en el presente manual y las que señalen las autoridades educativas. 25. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales. 26. Inscribirse y asistir a la escuela de Padres de familia. 27. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el Manual de convivencia, para facilitar el proceso educativo. 28. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa. 29. Comunicar oportunamente y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes. 30. Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional. 31. Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos. 32. Participar en el proceso de auto-evaluación anual del establecimiento educativo. ARTICULO 15.DEBERES DE LOS ALUMNOS: 1. Cumplir la constitución nacional, demás leyes y reglamentos establecidos, junto con el Manual de Convivencia. 2. Respetar los valores patrios, símbolos y las autoridades democráticamente Constituidas. 3. Tener padres o acudiente que respondan en el momento de la matricula o por cualquier acción positiva o negativa que el alumno tenga durante el año. 4. Llenar los requisitos exigidos por el M.E.N. la secretaria de educación y el plantel para poder ingresar y pertenecer al centro docente. 5. Cumplir normas cívicas en actos públicos. Recreativos y sociales. 6. Respetar y obedecer a sus padres o acudiente. 7. Dar buen uso y procurar el mejor aprovechamiento y conservación de los recursos ofrecidos por su familia. 8. Respetar y tratar con cortesía a sus condiscípulos, directivos, docentes y al personal administrativo o de servicio dentro o fuera de la institución. 9. Dar buen uso y procurar el mejor aprovechamiento y conservación de los bienes y recursos ofrecidos por la institución para sus servicios. 10. Conciliar toda contradicción o conflicto con sus condiscípulos, directivos, docentes y al personal administrativo o de servicio y en general con la comunidad. 11. Cumplir con las tareas, lecciones, trabajos o evaluaciones sin plagios, suplantaciones ni fraudes. 16
  • 17. 12. Informar cuando sea de su conocimiento todo hecho violatorio de las normas del presente manual a las directivas. 13. Concurrir puntualmente a las clases y citaciones para las salidas en comunidad y actividades culturales o clases extras que requieran de la participación del plantel. 14. Presentarse decorosamente y con el uniforme acordado por la comunidad: hombres; camibuso con el emblema del colegio, pantalón clásico, zapatos negros, medias blancas y correa negra; el camibuso debe estar por dentro del pantalón y este debe tener correa. Mujeres: camibuso blanco cuello sport, falda azul oscuro, dos prenses adelante y a una altura de 4 cm. De la rodilla hacia arriba, zapatos negros y medias blancas, las alumnas en estado gestante deberán utilizar una bata materna, zapatos negros colegiales y medias blancas. EDUCACIÓN FÍSICA: sudadera y buso del colegio, tenis y medias blancas. El buso debe permanecer por dentro de la sudadera de manera ordenada. 15. Permanecer dentro del plantel durante toda la jornada de estudios con los materiales necesarios para el desarrollo de las actividades curriculares. 16. Acatar las orientaciones de los directivos y de los docentes en lo relacionado con la disciplina y las actividades académicas. 17. Abstenerse de utilizar walkman, radios, grabadoras, atari, cámaras fotográficas y demás objetos que perturben el normal desarrollo de las clases. 18. Tener buen comportamiento dentro fuera y del plantel. 19. Exaltar con su comportamiento el valor de toda actividad que realice el plantel. 20. Actuar con rectitud, veracidad y cortesía haciendo conocer oportunamente a los docentes y directivos, las irregularidades que atenten y afecten al plantel y a la comunidad. 21. Entablará amistad cordial y dialogo respetuoso con los docentes, compañeros y personas en general. 22. Respetará de palabra y hecho a los compañeros, directivos, docentes y administrativos. 23. Proveerse de todos los útiles necesarios para las labores académicas de la institución. 24. Entrar y salir por el portón alterno. 25. Permanecer durante el descanso en la cancha múltiple y zona verde y en las horas de clase dentro de los salones y no en los corredores, obedecer el toque de la campana. 26. Conservar y cuidar los diferentes objetos del plantel, dándole buen uso y manejo: escritorios, libros, carteleras etc., así como a la planta física 27. Utilizar la biblioteca acatando el reglamento de la misma. 28. Tener conciencia de sus obligaciones como estudiantes aprovechando el tiempo libre y cumplir con los trabajos y consultas y demás tareas que se le sean recomendadas. 29. Atender y guardar compostura en las horas de clase velando por la buena presentación del aula y demás dependencias conservándolos aseados. 30. Presentar los trabajos y pruebas exigidos en cada área o asignatura de acuerdo con el tiempo y las normas establecidas. 31. Responder por todos aquellos trabajos que se realizan con la colaboración y organización de grupos (turnos de aseo). 32. No entrar a la sala de profesores salvo los turno de aseo. 33. Informar a los padres o acudiente acerca de las reuniones programadas para ellos. 34. Formar el primero y último día de cada semana o cuando las necesidades lo requieran. 35. Participar en izadas de bandera organizada por el director de grupo comenzando por el grado undécimo, décimo, etc. 36. Abstenerse de cualquier manifestación amorosa como besos, abrazos, caricias intimas y conversaciones con tal fin las cuales están prohibidas en el plantel. 37. Cumplir el horario establecido por la institución así; lunes a viernes 7:00 a.m. a las 1:00 p.m. la orden de iniciar la clase será así: primer toque faltando 5 min. Para las 7:00 a.m., el segundo toque a las 7:00 a.m. los alumnos entrarán a los salones de clase. Los 17
  • 18. alumnos que llegan tarde deben traer al padre de familia o acudiente a más tardar al otro día laborable. Los alumnos del campo tendrán hasta 10 minutos de espera después de este tiempo no serán admitidos, deben traer al padre de familia o acudiente a más tardar al otro día laborable. Si la falta es repetida para los del campo se citará al padre de familia o acudiente. 38. Abordar el vehículo de transporte escolar frente a la Institución tanto en el horario de llegada como en el de salida. CAPITULO QUINTO PROHIBICIONES ARTICULO 16-. PROHIBICIONES PARA TODOS LOS ESTAMENTOS EDUCATIVOS. 1. Fumar, ingerir licor, utilizar cualquier tipo de narcóticos dentro de la institución. 2. Presentarse en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias alucinógenas o hacer apología de su consumo. 3. Portar cualquier tipo de armas dentro de la institución. 4. Acoso sexual, toda conducta lujuriosa o perjudicial dentro de la institución o portando el uniforme fuera de ella. 5. Realizar rifas clandestinas, juegos de azar y portar revistas pornográficas dentro del plantel educativo. 6. Denigrar de los miembros de la comunidad educativa. 7. Usar los celulares, reproductores mp3, mp4, mp5, boofer en las clases, si es de mucha urgencia se debe utilizar el medio de comunicación de la secretaría. ARTICULO 17-.PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES: 1. Abandonar o suspender sus labores injustificadamente o sin autorización previa. 2. Aplicar sanciones colectivas de tipo académico o de comportamiento. 3. Incurrir en causales de mala conducta contemplada en el art. 46 del estatuto docente. a) La asistencia habitual al sitio de trabajo en estado de embriaguez ó toxicomanía. b) El homosexualismo o la práctica de aberraciones sexuales. c) La malversación de fondos y bienes escolares ó cooperativos. d) Traficar con calificaciones, certificados de estudio, de trabajos o documentos. e) Aplicar castigos denigrantes o físicos al educando. f) Incumplir sistemáticamente los deberes y violar reiteradamente las prohibiciones. g) Ser condenado por delitos dolosos. h) Usar documentos o informaciones falsas para inscribirse en el ascenso en el escalafón o para obtener un nombramiento, traslado, licencia o comisión. ARTICULO 18-.PROHIBICIONES PARA LOS ALUMNOS: 1. Incumplir con el manual de convivencia. 2. Tener cualquier tipo de manifestaciones amorosas dentro del plantel. 3. Portar cualquier clase de arma dentro y fuera del plantel. 4. Que las alumnas vengan con la cara maquillada y las uñas pintadas. 5. Traer al plantel objetos de valor, como joyas, dinero innecesario, radios, grabadoras, ataris, celulares; deberán tener autorización de la rectoría o coordinación y serán utilizadas únicamente para el fin solicitado. 18
  • 19. 6. Los grados sexto, séptimo, octavo y noveno no deben traer calculadora. 7. Los celulares se deben utilizar en horas de descanso, haciendo buen uso de ellos y es responsabilidad del estudiante ante la pérdida del mismo. 8. La insubordinación o rebeldía personal o colectiva en contra de las autoridades del colegio e incitar a la anarquía, el desorden y el caos por cualquier medio. No se permite formar comités políticos, partidistas o hacer proselitismo dentro del plantel. 9. Consumo comprobado de drogas, licores, estupefacientes, marihuana o similares se recomendará un seguimiento especial. ARTICULO 19-. PROHIBICIONES PARA EL CONSEJO DIRECTIVO: 1. Cambiar el uniforme antes de transcurrido cuatro (4) años sin previa autorización de la asamblea de padres de familia. 2. Excluir del centro docente a cualquier estudiante sin haber realizado el debido proceso. 3. Realizar procesos disciplinarios contra docentes y administrativos. 4. Hacer llamados de atención de manera pública contra docentes. 5. Guardar absoluta reserva de los juicios o denuncias sobre casos de docentes y alumnos que tenga conocimiento, no divulgando las conclusiones a que se lleguen de manera aislada. 6. Abstenerse de dar información al interesado cuando solicite conocer proceso que se adelanten en su contra. 7. Imponer cuotas obligatorias en dinero o especie. CAPITULO SEXTO FALTAS ARTICULO 20-. Se consideran faltas de los estudiantes a cada violación de los deberes, con la institución, el estado, la familia, la institución y las prohibiciones aquí consignadas. Se establece para su autoevaluación y coevaluación del comportamiento de los alumnos la escala de S (Superior); A (Alto); BS (Básico); B (Bajo); al final de cada período, se hará un análisis disciplinario y de rendimiento bimestral en reunión que se hará en cada grado con la presencia del rector, coordinador, director de grupo y tomando como base los libros de monitoría, coordinación, observador del alumno y rectoría. ARTICULO 21-. FALTAS LEVES DE COMPORTAMIENTO DEL ALUMNO DENTRO O FUERA DEL ESTABLECIMIENTO. 1. Retardos para asistir a clase u otra actividad programada por la institución 2. Desórdenes motivados por charlas, gritos, risas, silbidos, etc. En las aulas de clase o en cualquier actividad curricular. 3. Consumir alimentos, masticar chicle, en clase o en cualquier otra actividad cultural. 4. Salir del aula o retirarse de las actividades curriculares sin previa autorización del profesor que dirige la clase. 5. Permanecer en cualquier dependencia del colegio sin el respectivo permiso, en horas diferentes a las establecidas. 6. Incumplir el turno de aseo asignado. 7. No asistir sin la justificación debida a los actos programados por la institución. 8. Evadirse del aula de clase o de cualquier otra actividad del colegio. 9. Ingresar o salir del colegio por lugares no indicados sin el previo permiso. 19
  • 20. 10. Quedarse en el aula de clase, pasillos o lugares no indicados después del toque de la campana. 11. Quedarse en cualquier dependencia en horas de descanso y sin permiso (salones de clase, biblioteca, coordinación, rectoría, secretaría, sala de videos, sala de sistemas y sala de profesores). 12. Mostrar indiferencia a las amonestaciones, ordenes y observaciones de sus superiores. 13. Vocabulario descortés sin ser vulgar. 14. Desorden en el uniforme o porte del uniforme en la calle en horas de no clase. 15. Entrar a cualquier dependencia del plantel en pantalonetas, sin medias, sin camisa y sin autorización. 16. Sentarse en las tapas de los pupitres, ventanas, mesas, escritorios y mesones de computación. 17. Lanzar agua, maicena y romper huevos a los compañeros y demás personas. 18. Esconder los elementos de trabajo o estudio a los compañeros y demás personas. 19. Motivar, realizar, participar, etc., en actos de indisciplina, dentro o fuera del plantel. 20. Interrumpir las clases de otros grupos sin justificación. 21. No respetar el horario y violar el reglamento de la biblioteca. 22. Tocar la campana sin autorización, no cumplir con la señal de la campana. 23. Portar armas o similares que sirvan o puedan utilizarse para atentar contra la integridad física de la persona, síquica o intimidar. 24. Interrumpir o sabotear cualquier actividad de la institución. 25. No informar oportunamente a las directivas o docentes sobre las irregularidades que atenten contra el plantel, o afecten al mismo o a la comunidad educativa. 26. Hacer uso incorrecto del servicio de primeros auxilio, tomándolos como evasión de clase. 27. Ser desleales con la institución, llevándola al desprestigio y/o ataques injustos. 28. Hacer mal uso del servicio de transporte escolar. 29. Interrumpir injustificadamente las clases 30. Escribir en los pupitres, paredes y demás elementos del plantel. 31. Uso incorrecto del uniforme, camibuso por fuera del pantalón o la falda desabotonada. 32. Presentarse despeinado o con vestiduras rotas 33. Calzado no acorde con el uniforme sin lustrar y sin medias 34. Descuido en la presentación personal ARTICULO 22-. FALTAS GRAVES DE RESPETO DE LOS ALUMNOS: A la comunidad educativa dentro o fuera de la institución: 1. Respuesta descortés. 2. Gestos y acciones de burlas. 3. No obedecer a las autoridades educativas. 4. Vocabulario soez o despectivo. 5. Atentar o causar daños, con cualquier clase de elementos a cualquier persona. 6. Presentarse al plantel en estado de embriaguez o enguayabados. 7. Llamar o nombrar a cualquier persona por sobrenombre o apodos. 8. Formar conflictos reiterativos entre alumnos u otras personas. 9. Hacer reclamos con altanería o despectivamente. 10. Lanzar objetos a los compañeros o demás persona con intención de causar molestias. 11. Desaseo o malos olores por descuido. 12. Escupir en el salón, oficina y con mayor gravedad si es en contra de una persona. 13. Menospreciar a los compañeros, docentes y demás personas. 14. Vocabulario indecente como madrazos o similares en presencia de profesores y demás compañeros de manera inconsciente sin determinar persona alguna. 20
  • 21. 15. Fumar, consumir licor y estupefacientes dentro del plantel. 16. Leer, portar, distribuir, mostrar revistas pornográficas. 17. El deterioro o destrozo intencional o voluntario de cualquier elemento destinado al servicio de la institución se hará la reposición o el pago de manera inmediata. 18. Discriminación en todas sus formas. ARTICULO 23-.FALTAS GRAVÍSIMAS DE MORAL DE LOS EDUCANDOS DENTRO O FUERA DEL ESTABLECIMIENTO. 1. Fraude y mentira. 2. Chismes, murmuraciones. 3. Ofensa de palabra o de hecho a cualquier persona. 4. Amenazas, o anónimos. 5. Escritos con ofensas contra cualquier persona o la institución. 6. Hurto, robo, estafa contra cualquier persona o la institución. 7. Las calumnias que pueden ser juzgadas. 8. Escándalo de cualquier índole en estado de sobriedad o embriaguez. 9. Uso de drogas estupefacientes, cigarrillos o similares se hace seguimiento especial: Cap. 7, artículo 27, numerales 1, 1.1 y siguientes. 10. Atentar contra su integridad personal. 11. Lanzar injurias a directivos, docentes o a otras personas. ARTICULO 24-. FALTAS DE APLICACIÓN: 1. Poco interés en el cumplimiento de sus deberes. 2. Incumplimiento en las labores académicas, lecciones, tareas, etc. 3. Irresponsabilidad en las actividades dentro o fuera del aula. 4. La indiferencia traducida como: Pasividad, pereza, no-participación en el aula de clase y demás actividades académicas o culturales. 5. Perdida progresiva de áreas o asignaturas. 6. Los educandos que presenten bajo rendimiento académico por pérdida de dos o más áreas o indisciplinados no podrán participar en eventos deportivos en representación del colegio o en interclases dentro y fuera de este ARTICULO 25-.FALTAS GRAVÍSIMAS QUE AMERITAN LA CANCELACIÓN DE LA MATRICULA A UN EDUCANDO. 1. Agresión verbal: insultos, amenazas, a cualquier miembro de la comunidad educativa dentro o fuera de la institución. 2. Agresión de hecho: bofetadas, punta pies. Heridas con cualquier arma a algún miembro de la comunidad educativa dentro o fuera de la institución. 3. Por sentencias proferidas por autoridades competentes. 4. Por robo, hurto comprobado dentro del plantel. 5. Por incendio o causar daños a la planta física en forma premeditada. 6. Lesiones personales ocasionadas por objetos contundentes o armas. ARTICULO 26-.CALIFICACION DE COMPORTAMIENTO: Se consideran faltas del estudiante la violación de los deberes con la institución, el Estado y la familia a las faltas consignadas. Se establece para la calificación del comportamiento la autoevaluación y coevaluación utilizando la escala S superior, A alto, Bs básico y B bajo. Se hará un análisis en cada periodo de disciplina y de rendimiento basado en los libros de monitoria, rendimiento académico y disciplinario y el observador del alumno, dicho análisis se hará con presencia del rector o coordinador si se amerita o unilateralmente por el director de grupo. 21
  • 22. 22
  • 23. CAPITULO SÉPTIMO CORRECTIVOS O RUTAS A SEGUIR ARTICULO 27-. COMISIONES DE CONVIVENCIA: Se establece como una estrategia para solucionar conflictos y estará integrada por: el director de cada grado, un padre de familia de cada grado, el personero de los estudiantes y si es necesario el coordinador. Los directores de las instituciones educativas públicas o privadas no podrán imponer sanciones que forme escarnio para el menor o que de alguna manera afecten su dignidad personal. La exclusión de un educando de una institución educativa de básica o media, sea público o privado solo podrá ser impuesta con fundamento de una causal previamente establecida en el manual de convivencia o con autorización del consejo directivo. 1. La orientación escolar debe procurar por todos los medios posibles, evitar que un educando sea sancionado pues su función primordial es la de buscar los medios y los recursos permitidos y necesarios para formar al educando de manera integral. La orientación estará a cargo del Director de grado, coordinador, rector y Escuela de padres de familia. Se puede utilizar como recursos: 1.1 La convicción. 1.2 Charlas permanentes individuales o colectivas. 1.3 Charlas individuales o colectivas a los padres de familia. 1.4 Charlas del rector, coordinador, otras autoridades educativas. 1.5 Conferencias profesionales. 1.6 Orientación y asesoría a directores de grupo y docentes en general. 1.7 Conferencias de la escuela de padres de familia. 1.8 Informes a: Comisaría de Familia, Personería, Policía de Infancia y de la adolescencia. ACCIONES DE LAS COMISIONES DE CONVIVENCIA: 1. Seleccionar y priorizar conflictos de la institución. 2. Determinar partes involucradas en los conflictos. 3. Indagar origen causas y consecuencias de de los conflictos. 4. Reconocer factores del conflicto. ARTICULO 28-. CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS: 1. La supresión de privilegios tales como la representación del curso o del plantel en eventos deportivos, culturales, etc. 2. La amonestación escrita en el observador del educando. 3. La rebaja valorativa en la evaluación del comportamiento. 4. Se podrán imponer normas de conductas que cumplan funciones educativas tales como: a) Ofrecer disculpas. b) Lavado y/o pintado de pupitres, paredes, tableros, puertas, etc. c) Reposición del objeto y materiales dañados. d) El desarrollo de actividades creativas. e) Asistencia a reuniones de carácter comunitario o formativo. f) Asignación de nuevo trabajo, evaluación. 23
  • 24. 5. La pérdida del cupo para el siguiente año lectivo o traslado inmediato a otro centro educativo previa coordinación de las directivas de los mismos. ARTICULO 29-.SANCIONES POR FALTA DE COMPORTAMIENTO: En cada caso de falta de comportamiento para la sanción se procederá dándoles continuidad acumulativa en cada uno de los periodos así: PRIMERA VEZ: por cualquier falta de comportamiento repetitivo por tres veces se citará al padre de familia o acudiente por parte de coordinación, amonestación en el observador del educando. COMPORTAMIENTO ALTO. SEGUNDA VEZ: citación del padre de familia o acudiente por parte de coordinación, amonestación en el observador del educando y libro de coordinación. COMPORTAMIENTO BÁSICO. TERCERA VEZ: si el educando reincide en la violación del manual se suspenderá hasta cinco (5) días hábiles o exclusión del plantel, según lo determine el consejo directivo ameritando la falta. COMPORTAMIENTO BAJO. Con base en el acta, el rector hará una resolución interna imponiendo la sanción y las causas que ella acarrea, serán notificadas por escrito a los implicados y a los padres o acudiente quienes deben firmar el recibido. Los originales del acta y la resolución interna con las notificaciones, deben ser guardadas en el archivo de la rectoría y una copia en la coordinación, lo que servirá como antecedentes para la toma de decisiones en caso posteriores. PARÁGRAFO 1-. Por cualquier falta de comportamiento, según su gravedad se puede citar a reunión al consejo directivo o Asociación de padres de Familia para el conocimiento y estudio de la sanción, con carácter consultivo e informativo. PARÁGRAFO 2-. Excepto en tiempos de lluvia no habrá sanción en la primera hora para ningún educando. Cuando un educando se evada o ingrese por lugares no debidos como ventanas, por el lado de la tapia, etc. Se citará al padre de familia de manera inmediata y se hará la respectiva anotación en el observador del educando. ARTICULO 30-.SANCIONES POR FALTAS DE RESPETO PRIMERA VEZ: por cualquier falta de respeto se hará anotación en el observador del educando, citación al padre de familia o acudiente por el coordinador. Comportamiento BÁSICO. SEGUNDA VEZ: anotación en el observador del educando, suspensión temporal del plantel hasta por cinco (5) días hábiles Comportamiento BAJO. TERCERA VEZ: si es reincidente exclusión del plantel. ARTICULO 31-.FALTAS DE APLICACIÓN: 1. En el observador del educando se registrarán las áreas pérdidas durante cada uno de los periodos por parte del director de grado. Se hará el respectivo registro de seguimiento y observación en el libro de control de rendimiento de la coordinación por periodo por parte del director. 24
  • 25. 2. En el momento que se observe bajo rendimiento académico de un educando en cualquier asignatura se le hará orientación especial registrando el caso en el libro de rendimiento académico destinados para cada grado por parte del profesor de la asignatura y el director de grado. 3. Sí el educando continua con bajo rendimiento académico pasará a coordinación y allí se citará al padre de familia y al educando para buscar correctivos. 4. Sí el educando, continúa con bajo rendimiento académico se citará al padre de familia y al educando, los profesores de la asignatura pérdidas y la comisión de evaluación para buscar correctivos. CAPITULO OCTAVO PROCESO DISCIPLINARIO ARTICULO 32. PROCESO REGULADOR 1. Reconocimiento a la dignidad humana. 2. Tipicidad de la falta. 3. Principio de igualdad. 4. Presunción de inocencia. 5. Ley de la favorabilidad. 6. Derecho a la defensa. 7. Proporcionalidad entre la falta y la sanción. ARTICULO 33: ETAPAS DEL DEBIDO PROCESO 1. Etapa de Iniciación: denuncia o averiguación. 2. Etapa de Apertura del proceso: Cargos y descargos. 3. Etapa probatoria: Pruebas. 4. Etapa de pronunciamiento: Fallo. 5. Etapa de Recursos: a) Reposición: ante la instancia que lo aplicó. b) Apelación: ante el superior. 6. Etapa en firme. ARTICULO 34-. LA RUTA PARA QUE EL EDUCANDO HAGA UN RECLAMO ES EL SIGUIENTE: Educando – docente con quién cometió la falta o quién dio la información. Educando – docente de disciplina. Educando – director de grupo. Educando – coordinador. Educando – rector. 25
  • 26. CAPITULO NOVENO SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES (SIEE) DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN AGUSTÍN ARTICULO 35. PROMOCIÓN DE EDUCANDOS EN LA I.E. SAN AGUSTÍN La I.E. San Agustín de Tres Esquinas Cunday Tolima para promoción de los estudiantes se acoge al decreto 1290 de 2009 SIEE Se considera para la repetición de un grado cualquiera, los siguientes educandos: En el Nivel Preescolar: nadie pierde el año. En el nivel de Básica Primaria: En el Grado Primero, para ser promocionado el alumno debe saber leer, escribir, sumar y restar números hasta de tres cifras: unidades, decenas y centenas. De Segundo a Quinto puede perder dos áreas que no sean Lenguaje ni Matemáticas. Si estas áreas las pierde durante dos años consecutivos es causal de pérdida del año, también es causal de pérdida del año la pérdida de Castellano o Matemáticas en forma consecutiva. En Básica Secundaria: en los grados de Sexto a Noveno el alumno que pierda dos áreas fundamentales pierde el año. Si el alumno ha sido promovido perdiendo un área fundamental y el alumno vuelve y la pierde en el siguiente año es causal de pérdida del año. En Educación Media: · En los grados Décimo y Undécimo para ser promovidos, se debe pasar la totalidad de las áreas después del debido proceso, (actividades de recuperación, complementarias y actividades complementarias especiales). · Cuando el alumno pierde castellano e inglés o Física y Química se promedia atendiendo que forman una sola área, en este caso una arrastra a la otra. · Estudiante que no se presenta a las actividades y/o especiales se da por perdida el área. · Se considera promocionada un área cuando el alumno ha alcanzado el 70% de todos los logros del área. · El alumno con el 20% de inasistencia pierde el año para todos los grados y niveles. · Cuando el alumno es repitente, y vuelve y pierde el año nuevamente se analizará el caso por el Consejo Académico y Comisión de Promoción en Básica para definir la promoción. · La promoción anticipada la solicitará el director de grado con el padre de familia en forma concertada. · La promoción anticipada la pueden hacer los alumnos repitentes. · La promoción anticipada se hace: - Regular, al finalizar el año - Al comienzo del año en el Primer período - Cuando por causa de enfermedad, incapacidad o por casos familiares de fuerza mayor, y el estudiante ha cumplido al menos básicamente los tres períodos y una mitad del cuarto período la institución le puede definir el año académico. 26
  • 27. PROMOCIÓN DE ALUMNOS ESPECIALES: Los alumnos con necesidades especiales en cualquier nivel serán promocionados. La institución Educativa divide en cuatro períodos el año lectivo. Cumplido el Decreto 3011, la institución se acoge al sistema de calificaciones aprobado por el Consejo Directivo para alumnos regulares, Sistema SIEE: 1. Si un alumno de esta modalidad al definirse el Proyecto SAT y Plan de estudios, no alcanzó los logros de una o dos áreas, puede presentar actividades complementarias y una vez solucionadas, se podrá aprobar y/o graduar. 2. Cuando el alumno no alcance los logros de más de dos áreas, debe recuperar el Ciclo. 3. Los alumnos del SAT, pagan los mismos derechos de los alumnos regulares para poder graduarlos. 4. Cada Ciclo tendrá dos informes académicos, uno en la mitad del ciclo y el otro al finalizar el año, similares a los alumnos regulares. ESCALA DE VALORACIÓN ACADÉMICA. BAJO B BÁSICO BS ALTO A SUPERIOR S La institución establece una relación de escala cualitativa y cuantitativa acercándonos al sistema de evaluación aplicado por las universidades. BAJO B de 1 a 2.9 BÁSICO BS de 3 a 3.9 ALTO A de 4 a 4.5 SUPERIOR S de 4.6 a 5 ARTICULO 36. COMISIÓN DE PROMOCIÓN Y EVALUACIÓN El Consejo Académico conformará tres comisiones de Promoción y Evaluación: una para el nivel de Básica Primaria, una para el nivel de Básica Secundaria y una para Media Décimo y Undécimo cada una conformada así: Un representante de los padres de familia de cada nivel, el director de grado, el rector o en su defecto el coordinador, quien la convocará y la presidirá con el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para los estudiantes que presenten dificultades. La comisión de evaluación y promoción al finalizar cada periodo analizará los casos de los educandos con evaluación Bajo en cualquiera de las áreas y se harán recomendaciones a los docentes u otras instancias en términos de actividades de refuerzo y superación. Analizados los casos se citará al padre de familia o acudiente, al educando y al educador, se presenta un informe de las deficiencias junto con el refuerzo y acordar los compromisos de los involucrados. ARTICULO 37-. Actividades a que los alumnos tienen derecho a cumplir en la I.E. San Agustín: 27
  • 28. 1. Todos los alumnos tienen derecho a cumplir durante el año lectivo las siguientes actividades: a) Actividades grupales o individuales de clase (recuperación). b) Actividades de profundización para estudiantes que vayan bien. c) Actividades pedagógicas complementarias al finalizar cada período d) Actividades pedagógicas complementarias especiales ofrecidas por la I.E. al finalizar las complementarias del cuarto período. e) Actividades para estudiantes con Bajo en una o dos áreas, que serán presentadas la semana anterior al comienzo del siguiente año escolar. Esta se basará en un programa de refuerzo de las dificultades que presentó el educando y que el profesor del área le entregará al finalizar el año escolar. 2. Los estudiantes de sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo que no superen las dificultades al finalizar el año se les dejará actividades académicas para el período de vacaciones y deberán presentarse a la institución durante el desarrollo de la semana institucional y las dos primeras de clase a fin de superar estas dificultades, caso contrario al no superarlas perderá el año. 3. Los estudiantes del grado undécimo, que no logren superar las deficiencias al finalizar el año lectivo podrán superarlas durante el año siguiente cuando esta no sobrepase la cantidad de logros del 30% y podrán graduarse en cualquier época del año. ARTICULO 38. PROMOCIÓN ANTICIPADA 1. La institución permite la promoción anticipada al grado siguiente para estudiantes con desempeño Superior en todas las áreas y durante el primer período con el visto bueno de la Comisión de promoción y Evaluación del nivel respectivo. 2. La institución realiza validación de 1º a 9º grado: MEDIOS PARA LA EVALUACIÓN Se hace fundamentalmente por comparación del estado del desarrollo formativo y cognitivo de un alumno con relación a los indicadores de logro propuesto en el plan de área, uso de pruebas de comparación, análisis, discusión y crítica y en general apropiación de conceptos, preguntas interpretativas, argumentativas y de solución de conflictos. APRECIACIÓN CUALITATIVA. Como resultado de observaciones diálogo o entrevistas abiertas y formuladas por el propio alumno, profesor o grupo de ellos. Se dará preferencia a la consulta de textos, notas por internet, celulares y otros. Las pruebas no ligadas a la constatación de conceptos no se tendrá en cuenta Ej.: recordación de palabras, fechas, datos o fórmulas. La institución para calificar el desempeño de los estudiantes tendrá en cuenta los aspectos cognitivo, volitivo, afectivo y espiritual. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DEL DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO: 1. Informe de diario (libro de rendimiento académico y comportamiento) 2. Análisis mensual de rendimiento del director de grado con profesores, padres de familia y alumnos. 3. Reunión por separado (padres y alumnos si lo ameritan). 28
  • 29. IDENTIFICACIÓN DE INTERESES PERSONALES DE LOS ESTUDIANTES · El profesor de ética orientará el proyecto de vida de los estudiantes y lo reforzará de acuerdo a los intereses personales y vocacionales del educando durante el año. · Cada docente en el área identificará los ritmos de aprendizaje y el estilo para apoyar a los estudiantes. · Los estudiantes que sobresalgan en las diferentes áreas pueden servir de monitores de área y pueden estimularse con una nota del profesor de área cuando demuestren que ayudaron a superar las dificultades de sus compañeros. CRITERIOS PARA LA ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE RENDIMIENTO 1. Institución 2. Grado 3. Nombre del profesor de área 4. Nombre del alumno 5. Juicio 6. Escala de valoración 7. Fallas 8. Firma del profesor 9. Firma del rector CRITERIOS PARA LA ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 1. Alumno – Docente 2. Alumno-Docente- padre de familia 3. Alumno-Docente-padre de familia- Coordinador 4. Alumno-Docente-padre de familia- Coordinador-Rector 5. Alumno-Docente-padre de familia-Coordinador-Rector-Comisión de Promoción y Evaluación. CAPITULO DECIMO ESTÍMULOS ARTICULO 39: ESTÍMULOS: 1. En los niveles de educación básica primaria, básica secundaria y media vocacional la institución educativa busca promover los valores de la autodisciplina, conciencia social, estética, deportiva, investigativo y voluntad de superación. 2. Se crean las menciones de honor o medallas de honor a los dos alumnos de mejor rendimiento académico de cada grado y una por comportamiento en cada grado anualmente. 3. El mejor estudiante del grado undécimo por rendimiento académico será exonerado del pago de derecho de grado, el estudiante seleccionado para este estímulo se hará con el informe de los tres primeros períodos. 29
  • 30. 4. El ejercicio del cargo del Contralor Estudiantil y del Personero Estudiantil, equivaldrá a las horas de prestación de servicio social estudiantil obligatorio. Para hacerse acreedor de este incentivo deberán ejercer sus funciones durante todo el período para el cual fueron elegidos. 5. Estímulo al mejor grado por período: el grado que obtenga el primer puesto en rendimiento académico será estimulado cediendo una jornada de labores para ser utilizada en una salida de campo junto con el director de grado de este grado, pierde el derecho el alumno más indisciplinado a participar. 6. Se estimulará el grado más organizado en: aseo, cuido de pupitres, pulcritud en las paredes, con una exaltación pública en reunión de padres de familia. 7. Estímulo a la excelencia académica: El Consejo Directivo, la Asociación de Padres de familia y los docentes de toda la institución serán responsables del estímulo a los dos mejores estudiantes de cada sede de la Institución anualmente y será definida al inicio del año lectivo. 8. Se crearan medallas de honor para los docentes que realicen experiencias significativas o en actividades que resalten la institución (mejor área del Icfes, eventos deportivos, culturales e investigativos). CAPITULO ONCE PROYECCIÓN A LA COMUNIDAD ARTICULO 40-. La institución presentará con los educandos del grado undécimo el servicio social en la conservación del medio ambiente en un total de ochenta (80) horas; también se podrá hacer en alfabetización de adultos, es requisito para poderse graduar. ARTICULO 41-. La institución prestará el servicio de vigía de la salud en coordinación con el hospital y los educandos del grado décimo en conservación del medio ambiente ó proyectos de salud en acuerdo con el hospital a partir del año 2000, los educandos que reprueben el año y hayan realizado este servicio no perderán esta labor realizada. ARTICULO 42-. La institución coordinará con los diferentes estamentos del gobierno o entidades privadas labores y actividades que vayan en beneficio de la comunidad como: educación no formal. ARTICULO 43-. Los laboratorios, biblioteca, sala de computación, instalaciones de la institución; estarán al servicio de la comunidad siempre y cuando sean para fines educativos y se siga el conducto regular para la utilización de estos servicios a través del consejo directivo. ARTICULO 44-. El servicio de computadores y fotocopiadora estará al servicio de la comunidad cancelando algunos costos y adaptándose al horario establecido por la institución. Los profesores podrán dictar cursos de capacitación a las personas interesadas; para ellos se fijará una reglamentación especial en cuanto a costo y horario e intensidad de los cursos por el consejo directivo. ARTICULO 45-. La institución crea a partir de 2002 la escuela de padres de familia orientados por un docente y cuyo propósito es contribuir a la formación de los padres de familia en las diferentes responsabilidades. 30
  • 31. ARTICULO 46. Educación de adultos Programa SAT, durante el año lectivo ARTICULO 47. Participación en los juegos intercolegiados: Primero, segundo y tercer período ARTICULO 48. Semana Cultural y Feria de la Ciencia, Septiembre ARTICULO 49. Encuentro de egresados, día de grados. CAPITULO DOCE GOBIERNO ESCOLAR ARTICULO 50. Gobierno escolar y la organización institucional. La comunidad educativa está conformada por: 1. Estudiantes matriculados. 2. Los padres o acudiente en su defecto los responsables de la educación de los educandos matriculados. 3. Los docentes vinculados que laboran en la institución. 4. Las directivas docentes y administradores escolares que cumplen funciones directivas en las prestaciones del servicio educativo. 5. Los egresados del colegio. ARTICULO 51-. ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR Está constituido por los siguientes órganos: 1. El consejo directivo, como instancia directa, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. 2. El consejo académico, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. 3. El rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. Los representantes en los órganos de la institución serán elegidos para períodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta dos períodos anuales. En caso de vacante, se elegirán su remplazo para el resto de periodo. ARTICULO 52-. REGLAS PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DEL GOBIERNO ESCOLAR. 1. REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO. a) El educando deberá ser elegido por el consejo de estudiantes, de alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación que ofrezca la institución. b) El educando debe estar matriculado en la institución. c) Haber observado como mínimo buen rendimiento académico y disciplinario el año inmediatamente anterior. d) El educando elegido debe mostrar interés y asistir a las reuniones programadas del consejo directivo, en otro caso el rector solicitará al consejo de estudiantes la nueva elección de su representante. e) El educando será ejemplo para sus compañeros en todos sus actos. 31
  • 32. PROCEDIMIENTO PARA ELEGIR EL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO A PARTIR DEL AÑO 2007 Para su elección se procederá así: Todas las sedes deben elegir el consejo de estudiantes así: Un representante para los grados Preescolar, Primero, Segundo y Tercero Un representante para cada uno de los grados Cuarto, Quinto, Sexto, séptimo, Octavo, Noveno, Décimo y Undécimo. Cada año en la primera semana de Marzo se hará la elección del representante al Consejo Directivo, para tal fin se convocará en un día específico a la sede San Agustín a todos los representantes del consejo de estudiantes de las diferentes sedes y allí se elegirá el representante al Consejo Directivo. Como en la institución funcionan dos grados Undécimo, uno en el San Agustín y uno en la sede Valencia 1, cada grado sacará un candidato al Consejo Directivo el cual será elegido en reunión del consejo de estudiantes y será válido el escrutinio con la mitad más uno de los representantes del consejo de estudiantes de las diferentes sedes. 2. CONSEJO DE ESTUDIANTES. Dentro de los primeros 60 días calendario el rector solicitará a cada uno de los grados que funcionen en la institución EDUCATIVA SAN AGUSTIN Tres Esquinas Cunday, reunión para que cada grado elija sus representantes al Consejo de Estudiantes para la cual se dará aviso a los educandos con ocho días de anticipación, sus representantes tienen que estar matriculados. A los ocho días después de haberse realizado la elección se citará a reunión a los integrantes del Consejo de Estudiantes para la elección del representante de los educandos al consejo directivo de acuerdo a lo contemplado al presente reglamento para este caso. 3. EXALUMNO El representante de los ex alumnos será elegido por el consejo directivo de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en defecto por quien haya elegido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes. Si lo anterior no se cumple los demás miembros del consejo directivo podrán solicitar a cualquier ex alumno del grado once de la institución que preste sus servicios. 4. SECTOR PRODUCTIVO El representante será elegido por el consejo directivo de candidatos propuestos por las organizaciones de los sectores productivos del ámbito local o subsidiariamente de las entidades que auspicien el funcionamiento del establecimiento educativo. De no ser posible lo anterior los demás miembros del consejo directivo podrán reunirse y acordar elegir una persona que represente este sector. 5. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES: Debe ser estudiante del último grado, estar matriculado y haber observado buen rendimiento académico y disciplinario. a) El personero de los estudiantes será un educando cuyo propósito es promover el ejercicio del cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes 32
  • 33. consagrados en la constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia de la institución EDUCATIVA SAN AGUSTIN de Tres Esquinas Cunday. El personero de los estudiantes será elegido por votación de todos los estudiantes de la institución. Cuando por algunas circunstancias no haya candidatos que reúnan las condiciones podrá acudirse a los grados anteriores hasta el grado noveno. ACCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES: 1. Capacitarse en los deberes y derechos de los estudiantes. 2. Presentar oficios o peticiones para mejorar la planta física de la Institución y sus sedes. 3. Reunir al Consejo de estudiantes y darles a conocer propuestas. PROCEDIMIENTO PARA SU ELECCIÓN A PARTIR DEL AÑO 2007: Para elegir el personero de los estudiantes se procederá así: · Se hará en dos etapas, una con la sede Valencia y una con la sede San Agustín. · La sede Valencia elegirá un representante, allí se hará la votación con los estudiantes de las sedes que allí convergen: San Isidro, La Yuca, Valencia 1 y Valencia 2, allí deben estar presentes los candidatos a la personería. · La sede San Agustín hará su elección con las sedes: Torres Alto, Torres, Bajas, Montenegro, La Profunda, Vega de Cuinde, La Unión, Gaverales, Chicalá, Rafael Pombo, Tres Esquinas y San Agustín. 6. PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCIÓN DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL Y CONTRALOR AUXILIAR: El Contralor y el Contralor auxiliar serán elegidos por un período fijo de un año, elecciones que se realizarán dentro de los 30 días calendario siguientes al de la iniciación de clases del período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlos por el sistema de mayoría simple y mediante voto universal y secreto. Tanto el Contralor como el contralor auxiliar estudiantil podrán ser reelegidos salvo que el estudiante ingrese al grado 11 en cuyo caso no podrá postularse. 7. CONSEJO DIRECTIVO: Está integrado por: a) El rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. b) Dos representantes de los docentes elegidos por votación. c) Dos representantes de los Padres de Familia elegido por la junta directiva de la asociación de Padres de Familia. d) Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de estudiantes. e) Un representante de los ex alumnos. f) Un representante del sector productivo. 8. PROCEDIMIENTO INTERNO PARA LA ELECCIÓN DE CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO. a) El rector es designado por ley. b) Los representantes de los docentes serán elegidos en asamblea de docentes en la segunda semana del mes de enero de cada año. c) El consejo de padres de familia, en una reunión convocada para tal fin por el rector o director del establecimiento educativo, elegirá dentro de los primeros treinta días 33
  • 34. del año lectivo a los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo. Los representantes de los padres de familia solo podrán ser reelegidos por un período adicional. En todo caso los representantes de los padres ante el consejo directivo deben ser padres de alumnos del establecimiento educativo. Los docentes, directivos o administrativos del establecimiento educativo no podrán ser representantes de los padres de familia en el consejo directivo del mismo establecimiento en que laboran. d) El representante de los estudiantes deberá ser un estudiante que curse el grado undécimo y elegido mediante votación por el consejo de estudiantes dentro de los 30 días de iniciadas las labores académicas; en los grados 1º 2º y 3º nombrarán un representante y en los grados 4º , 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º, y 11º nombrarán un representante por cada grado. e) A falta de organización de ex alumnos los demás miembros del consejo directivo propondrán como mínimo tres nombres de ex alumnos y de ellos se elegirá a uno para que los represente en la institución. f) Como no existe asociaciones del sector productivo en la región a consideración de los demás miembros del consejo directivo, elegirán a cualquier persona de la comunidad que no tenga hijos estudiando en ningún grado en la institución. g) No pueden haber dos miembros del Consejo Directivo de la misma familia. 9. CONSEJO DIRECTIVO COMÚN DE LA INSTITUCIÓN: La institución educativa SAN AGUSTÍN de Tres Esquinas da cumplimiento al art. 22 del decreto 1860 y de acuerdo al parágrafo 143 de la Ley 115 de 1994, 10. REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DIRECTIVO: a) Cumplir las funciones establecidas en el art. 23 del decreto 1860. b) Cumplir la Constitución Nacional y demás leyes concordante. c) Cumplir y hacer cumplir el manual de convivencia y el PEI de la institución. d) Asistir el último martes de cada mes a reunión del consejo directivo y cuando se considere necesario. e) Ser respetuosos y practicar las reglas de participación democrática en las propuestas y reclamos. f) El incumplimiento a tres (3) reuniones consecutivas será causal para que se le revoque el periodo y cada uno de los representantes lo elijan. ARTÍCULO 53- FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO: 1. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO: a) Tomar decisiones que afectan el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencias de otra autoridad tales como las reservadas a la dirección administrativas, en el caso de los establecimientos privados. b) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presentan entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el manual de convivencia. c) Adoptar el manual de convivencia. d) Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando algunos de sus miembros se sientan lesionado. e) Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector. f) Participar en la planeación y evaluación del P.E.I. de los currículos y del plan de estudio y someterlo a la consideración de la secretaria de educación respectiva. g) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa. 34
  • 35. h) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han incorporarse al manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante. i) Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. j) Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, etc., la respectiva comunidad. k) Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. l) Fomentar la conformación de asociación de padres de familia y de estudiantes. m)Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente decreto n) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuado por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares. o) Darse su propio reglamento. 2. ACCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO: a) Verificar el cumplimiento del manual de convivencia. b) Definir las actividades que se desarrollan en la institución. c) Verificar los ingresos, egresos y compras de la institución. d) Solicitud de recursos a través de las diferentes entidades. ARTÍCULO 54.- CONSEJO ACADÉMICO: Está integrado por: el rector, directivos docentes y un docente por cada área definidas en el plan de estudio. ARTICULO 55. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO: 1. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO: a) Sirve de órgano consultor del consejo directivo en la revisión de la propuesta del P.E.I. b) Estudiar los currículos y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente decreto. c) Organiza el plan de estudio y orientar su ejecución. d) Participa en la evaluación institucional anual. e) Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educando y para la promoción, asignándole funciones y supervisar el proceso general de evaluación. f) Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre evaluación educativa g) Las demás funciones a fines y complementarías con las anteriores que le atribuya el P.E.I. 2. ACCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO: a) Reuniones mensuales de rendimiento académico junto con padres y docentes. b) Elaborar los planes de estudio. c) Hacer evaluación y seguimiento a los planes de estudio. d) Solicitar recursos didácticos referente a cada una de las áreas. 35
  • 36. ARTÍCULO 56.- FUNCIONES DEL RECTOR 1. FUNCIONES DEL RECTOR: a) Orientará la ejecución del P.E.I. y aplicar las decisiones del gobierno escolar. b) Vela por el cumplimiento de las funciones de los docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto. c) Promueve el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación del establecimiento. d) Mantener activa las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local e) Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa. f) Orienta el proceso educativo con la asistencia del consejo académico. g) Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuya la ley y el manual de convivencia. h) Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones y influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del P.E.I. i) Promover actividades de beneficio social que vincule al establecimiento con la comunidad local. j) Aplicar las disposiciones que se expiden por parte del estado, ateniendo a la prestación del servicio público educativo. k) Representa legalmente al plantel. l) Ordena los gastos del plantel. m)Administra los bienes del plantel en coordinación con la secretaria habilitada. n) Hacer cumplir la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes. o) Asigna en ausencia temporal las funciones del rector al coordinador de acuerdo con las normas vigentes. p) Las demás funcionen afines o complementarías con las anteriores que le atribuya el P.E.I. 2. ACCIONES DEL RECTOR: a) Presentar proyecto de ingresos, egresos y planes de compras. b) Definir la organización de la institución. c) Mantener la relación y actualización de los docentes frente a los diferentes cambios. d) Organizar mecanismos de control de asistencia tanto de alumnos como del personal docente y administrativo. e) Definir los eventos culturales y deportivos en los cuales participará la institución. f) Hacer las compras de la institución. g) Presentar informes de la gestión realizada ante la comunidad educativa secretaría de educación departamental y ministerio de educación. ARTICULO 57. FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO Y DE DISCIPLINA. El coordinador depende del rector del plantel. 1. Participar en el consejo académico, en el consejo directivo y en los demás donde sea requerido. 2. Participa con el rector en la planeación y evaluación institucional. 3. Dirige la planeación y programación académica de acuerdo con el P.E.I. 4. Distribuir a los profesores la dirección de grado. 5. Coordina la acción académica con la administración de alumnos y profesores. 36
  • 37. 6. Establece canales y mecanismos de comunicación entre docentes, alumnos docentes, padres de familia- rector. 7. Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas programación de áreas y asignaturas, diario programador, cumplimiento de horarios, y demás proyectos que se realicen a nivel institucional. 8. Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones con el fin de detener la deserción estudiantil. 9. Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de clases, presentándolo al rector para su aprobación. 10. Fomenta la investigación científica para el logro de los propósitos educativos. 11. Administra el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes. 12. Rendirá periódicamente informe al rector sobre el cumplimiento de horarios, asistencia de profesores y alumnos, cumplimiento de los programas y proyectos planteados por el plantel. 13. Supervisa el cumplimiento de los libros de monitoria, observador del alumno, fichas acumulativas y diario programador. 14. Responde por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales pertenecientes al colegio y confiados a su manejo. 15. Lleva el control diario de asistencia de profesores y estudiantes. 16. Vigila que el profesor encargado de la disciplina haga cumplir los turnos de aseo. 17. Permanecer en el plantel toda la jornada de trabajo, observando la llegada de estudiantes, toque de campana, cambios de clase y en general debe ser el primero que llega y el último que se retira. 18. Concede permiso a los estudiantes en ausencia del rector. 19. Recibe las excusas y expedir certificaciones a quien lo solicite. 20. Organiza los turnos de disciplina. 21. Lleva hasta 10 (diez) horas de clase decreto 129 de enero 22/82. 22. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo al P.E.I. 23. Controla la disciplina de los estudiantes haciendo registro y citaciones a los padres de familia, orientando a docentes y estudiantes. 24. Abrir el plantel faltando diez (10) minutos para las siete (7:00) y cerrar los candados de cada salón de clase después de terminada las labores de clase. ARTICULO 58-. FUNCIONES DEL DOCENTE (Res. 1342 jul. 23/82). Los profesores dependen del coordinador académico y de disciplina y por relación de autoridad funcional dependen del jefe de cada comité. Les corresponden proporcionar la orientación y guía de las actividades curriculares para que los alumnos logren los cambios de conducta propuestos: 1. Participa en la elaboración del planeamiento y programación de actividades del área respectiva, correlacionar, integrar con otros profesores de su misma área. 2. Programa y organiza las actividades de enseñanza – aprendizaje de las asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel del área. 3. Dirigir y orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su personalidad, elaboración de horarios, control de libro de monitoría, estar pendiente de la asistencia de los estudiantes en sus clases. 4. Participa en la organización de las actividades complementarias, día del idioma, del hogar, del alumno, del profesor, etc. 37
  • 38. 5. Controla y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza aprendizaje dentro de las respectivas áreas. 6. Aplicar oportunamente en coordinación con el director de grado o el coordinador académico las estrategias metodológicas a que de lugar el análisis de resultados de la evaluación. Observando mortalidad académica dentro de su respectiva área. 7. Presentar informe al coordinador del rendimiento de los estudiantes en su respectiva área certificando las calificaciones con su firma. 8. Presentar periódicamente informe al coordinador sobre el desarrollo de sus actividades académicas. 9. Ejercer la dirección de grupo cuando le sea asignada por el coordinador o rector. 10. Cumplir los turnos de disciplina que le sean asignados. 11. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las directivas del plantel. 12. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo como libros, elementos de laboratorio, etc. 13. Cumplir la jornada laboral y de la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes. Entiéndase la jornada laboral el tiempo que deben dedicar a las labores específicas, de administración, cumplimiento de calendario, desarrollo curricular, atención y reparación de su asignación académica, investigación de asuntos pedagógicos, labores de orientación, disciplina y formación de los estudiantes, de acuerdo con el manual de convivencia. Decreto 17486 de Nov/84. 14. Cumplir con el horario de trabajo de 7:00 a.m. a 1:p.m. 15. Cumplir la intensidad horaria anual de cada asignatura y área. 16. Mantener la disciplina y el orden en las clases e informar al coordinador, rector sobre las irregularidades que se presenten. 17. Preparar anticipadamente el plan de clases y proveerse de los materiales que le sean necesarios. 18. Los docentes que por cualquier circunstancia requieran de aulas de clase en las horas de la tarde deben solicitar las llaves al coordinador en las horas de la mañana y dejar en completa seguridad y orden el colegio, dejando las llaves en la casa del rector. 19. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. ARTICULO 59-. FUNCIONES DEL DIRECTOR DE GRADO 1. Cumplir las funciones como docente. 2. Participar en el planeamiento y programación de la administración de estudiantes teniendo en cuenta sus condiciones socioeconómicas y características personales. Organización de horario, listado de aseo, carteleras, cumplimiento del observador del alumno, libro de monitoria, distribución de estudiantes de acuerdo con las características y necesidades del aula de clase. 3. Orientará el programa de inducción de los estudiantes del grupo confiados a su dirección. 4. Orientará acciones de carácter informativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes. 5. Orientará a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico, en acuerdo con el coordinador, profesores de área, padre de familia y rector. 6. Promoverá el análisis de situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en coordinación con otros estamentos, las soluciones más adecuadas. 38
  • 39. 7. Establecer comunicación permanente con el rector, coordinador, docente, padres de familia para coordinar la acción educativa. 8. Diligencia las fichas de control y registro y efectuar seguimiento de los estudiantes del grupo a su cargo, en coordinación con los demás estamentos del plantel. 9. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo. 10. Rendir periódicamente informes de las actividades y programas realizados al rector y coordinador del plantel. 11. Diligenciar oportunamente el anecdotario del alumno, las debilidades y fortalezas académicas y de comportamiento ARTICULO 60-. FUNCIONES DE LA SECRETARIA. La secretaria depende del rector, le corresponde llevar el registro y control de los aspectos legales de la institución, manejar los fondos del plantel y registrar las operaciones en los libros respectivos, la administración de los equipos, materiales, muebles y enseres de la institución. 1. Programar las actividades propias de su cargo. 2. Responsabilizarse del diligenciamiento de los libros de matrícula, calificaciones, recuperaciones, asistencia y actas de reuniones. 3. Organizar y ejecutar el proceso de matrícula - SIMAT. 4. Elaborar la lista de los estudiantes para efectos docentes y administrativos. 5. Mantener ordenado y actualizado la documentación de estudiantes, docentes y administrativos. 6. Elaborar con el rector los informes estadísticos. 7. Llevar los registros del servicio de los funcionarios del plantel. 8. Organizará funcionalmente el archivo y elaborar los certificados que le soliciten. 9. Refrendar con su firma los certificados expedidos por el rector. 10. Atender al público en el horario establecido. 11. 11.Colaborar con el rector en la elaboración de los anteproyectos del presupuesto. 12. Manejar y controlar los recursos financieros del plantel. 13. Elaborar los informes del banco. 14. Enviar oportunamente la rendición de cuentas y el estado presupuestal a la contraloría y a la unidad administrativa de la cual dependa el plantel. 15. Hacer los descuentos de ley y los demás que le sean solicitado por la autoridad competente o por el interesado y enviarlos oportunamente a las entidades correspondientes. 16. Registrar y tener en cuenta las novedades del plantel. 17. Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas presentando oportunamente informes al rector. 18. Organizar en colaboración con el rector el plan de compras. 19. Elaborar el balance mensual con base en los comprobantes de entrada y Sali0da de elementos del plantel dados de baja o que ingrese. 20. Enviar a la contraloría el informe mensual de cuentas de inventario. 21. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los muebles, equipos y materiales confiados a su cargo. 22. Tomar apuntes y elaborar las actas de reuniones de profesores, padres de familia, etc. 23. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza del cargo. 39