SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 25
Actos y hechos
            juridicos
                     Introduccion al estudio del Derecho.




Por:
• Seidi Ramirez Luna
• Estefania Porras Reyes
• Marissa Ortiz Alvidrez
Hechos Jurídicos
 Concepto:
  • ¿Qué es un hecho? Es aquel acontecimiento, aquel cambio que
    es perceptible por medio de los sentidos.
  • Hechos Jurídicos: Todos los acontecimientos susceptibles de
    producir alguna adquisición, modificación, transferencia o
    extinción de derechos u obligaciones.
Caracterización:
• Llamamos efectos jurídicos a tres tipos de eventos: la
  adquisición, la pérdida o modificación de los derechos
  subjetivos.
• El hecho puede producirse, ya por una causa que se halle
  enteramente fuera del hombre, y a la que este no haya
  podido auxiliar ni poner un obstáculo, ya por participación
  directa o indirecta del hombre, y ya finalmente por efecto
  inmediato de su voluntad.
• (Los primeros un terremoto o una enfermedad, los
  segundos un accidente de tránsito y los terceros una estafa
  o un contrato).
• El caso en que tal acontecimiento no se verifique, la
  omisión o negativa del hombre a hacer tal cosa. El “no
  hacer” es también un hacer: es un hacer otra cosa. No es
  lo que se hace si no lo que se deja de hacer.
• (Si el padre divorciado no va a buscar a sus hijos los días de visita, es
  porque va a otro sitio)
• Las ficciones jurídicas son también hechos, el derecho crea hechos
  imaginarios que no tienen realidad ninguna y obra como si hubieran
  existido. Las ficciones jurídicas consolidan normativamente una solución
  desvinculada de la realidad.

• (La muerte de un ausente después de años se fija a la ausencia para
  crear la presunción de fallecimiento).
• Los hechos pueden recaer sobre el hombre mismo (su nacimiento, su
  matrimonio y su muerte),
• o sobre las cosas (su creación, modificación o destrucción), o en fin
  sobre uno y otro objetos combinados, considerando las relaciones del
  hombre con las cosas (ocupación, toma o perdida de la posesión de una
  cosa por el hombre).
• El hecho del hombre puede ser considerado bajo dos
                       relaciones:



1) Como objeto de derecho.         Cuando alguno debe hacer algo a
                                            nuestro favor
2) Como fuente de derecho.
División

Hecho Jurídico Humano

• Hay algunos en los que uno o más humanos intervienen
  como tales, es decir, que hacen cosas que solo un miembro
  de nuestra especie puede concretar, aunque sea
  involuntariamente.
• Los hechos humanos no son los únicos generadores o
  destructores de derechos, pues hay numeroso derechos
  que se pierden, por el mero efecto de otros hechos, los
  llamamos hechos externos o de la naturaleza.
• Los hechos jurídicos no humanos son hechos externos.
Hecho Jurídico Voluntario
• Los hechos se juzgan voluntarios si son ejecutados con discernimiento, intención y
  libertad.
• Discernimiento.-Es la facultad de conocer el bien y el mal de las acciones y
  omisiones. Es decir, que el discernimiento seria la posibilidad de entender la licitud o
  ilicitud de los propios actos, antes de llevarlos adelante.
• No poseen discernimiento aquellos cuyas mentes padecen alguna enfermedad o se
  hallan en un nivel de desarrollo tal, que les impide conocer las normas en vigor o
  cotejar las conductas que describen con las del propio proyecto.
• Intención.- Aptitud de escoger entre las alternativas de acción posibles, de ahí no
  puede haber intención sin discernimiento.
• Los actos serán reputados practicados sin intención, cuando fueren hechos por
  ignorancia o error, y aquellos que se ejecuten por fuerza o intimidación.
• Libertad.-El discernimiento de los agentes en ocasión de actos y la intención formal
  de hacerse lo que se hace, implican la conciencia actual de sí como primera
  condición del acto voluntario.
• La otra condición es el imperio de sí o la libertad, que expresa la posibilidad de
  escoger los motivos y la independencia de la voluntad.
• Poder de llevar adelante la opción.
Actos No voluntarios

• Los hechos que fueren ejecutados sin discernimiento,
  intención y libertad, no producen por si obligación
  alguna.
• Nada hubo en mis actos ni en mis elecciones que se
  vinculase con la producción de un perjuicio.
• Es por esto que el hecho de in insensato o de una
  persona que no tiene discernimiento y libertad en sus
  actos, no es considerado en el derecho como un acto,
  sino como un acontecimiento fotuito.
Acto Ilícito
• Los hechos voluntarios son lícitos o ilícitos. Son actos
  ilícitos las acciones voluntarias no prohibidas por la ley, de
  que puede resultar alguna adquisición, modificación o
  extinción de derechos.
                      Libre Albedrio
• Una vez conocedor de las posibilidades que tiene de
  obrar, y de las consecuencias de sus acciones, el humano
  aun puede decidir qué hacer.
• Pero la consecuencia de la elección errónea, contraria al
  orden correcto de las cosas, es la responsabilidad y el
  castigo.
                    Simple acto licito
• El hecho jurídico humano y voluntario que no se halla
  prohibido por las leyes, y genera efectos jurídicos.
Especie de Actos Jurídicos:
• ·   Unilaterales: Solo Interviene la voluntad de una de las partes

• ·   Bilaterales: Ambos contrayentes quedan obligados uno hacia el otro.

• · Onerosos: Cada una de las partes que interviene se obliga a dar o hacer alguna
  cosa.

• · Gratuitos: Una de las partes procura que la otra obtenga ventaja sin obtener
  provecho.

• ·   Entre Vivos: Producen efectos en vida de las partes que los realizan.

• ·   Por causa de Muerte: Aquellos que producen efectos después de la muerte.

• · Conmutativos: Actos en que las prestaciones que se deben las partes son
  inmediatamente ciertas.

• ·   Aleatorios: Dependen de un acontecimiento futuro e incierto.

• · Momentáneos: Actos cuyos efectos se producen en el momento de la
  celebración.

• ·   Tracto Sucesivo: Aquellos cuyos efectos se prolongan en el tiempo.
Requisitos de la Existencia de
     los actos Jurídicos:
                      La Voluntad

• Que se manifieste o exprese plenamente.

• Que la persona que lo exprese sea capaz de obligarse en
  derecho.

• Que dicha voluntad responda a la intención que se tuvo
  de ejecutar el acto.
El Objeto

• No puede existir cuando no existe sobre que
  materia recae. Puede ser cosa o hecho.

• • Deben existir en la naturaleza.

• • Ser determinadas o determinables en cuanto a
  su especie.

• • Estar en el comercio.
Solemnidades

• Es necesario que se celebren ante las
  autoridades señaladas en la ley y que quienes
  intervienen pronuncien determinadas palabras o
  formulas exigidas para su validez; por ejemplo el
  matrimonio debe celebrarse ante un Oficial del
  Registro Civil, la solemnidad esta en la
  celebración del acto y las palabras que este
  pronuncia a los contrayentes.
Requisitos de la validez de los
       actos juridicos
       Respecto al rubro de referencia, el articulo
1795 del Codigo Civil, establece a contrario sensu,
los elementos de validez de los contratos, por
ende, del acto juridico son:
I.- Por incapacidad legal de las partes o de una de
ellas;
II.- Por vicios del consentimiento;
III.- porque su objeto, o su motivo o fin sea ilicito;
IV.- Porque el consentimiento no se haya
manifestado en la forma que la ley establece.
La capacidad
• En la doctrina ha sido uiformemente aceptada la idea de que
  la capacidad es la aptitud para ser sujeto activo o pasivo de
  derechos y obligaciones, asi como la posibilidad de ejercitarlo.
• Se afirma que se adquiere desde el momento de su
  nacimiento, o bien, desde la concepcion, de acuerdo a los que
  nos habla el articulo 22 y 337 del Codigo Civil.

• Existen dos clases de capacidad:
• A) Capacidad de goce
• B) Capacidad de ejercicio
Capacidad de goce

• Se refiere precisamente, a la aptitud para ser titular de
  derechos y sujeto de obligaciones y que todo ente tiene como
  parte inherente de su personalidad.

• Un caso:
Todos los sujetos tienen derecho a adquirir el dominio de tierras
y aguas en el territorio de la Republica Mexicana, mas por
excepcion, tal facultad les es negada a los extranjeros, por lo que
se refiere a las tierras y aguas ubicadas en una franja de 100 km.
a lo largo de las fronteras y 50 km. sobre las costas (articulo 27
de la Constitucion Politica.)
• Los extranjeros tienen en Mexico esa incapacidad de goce y
   tambien son incapaces respecto de los derechos politicos.
Capacidad de ejercicio
• Se hace consistir en la aptitud del sujeto para hacer va;er por
   si mismos sus derechos y cumplir con sus obligaciones. Las
   restricciones a la capacidad del ejercicio, se encuentran
   reguladas en el siguiente precepto del codigo civil:
Articulo 450. tienen incapacidad natural y legal:
I. Los menores de edad;
II. Los mayores de edad disminuidos o perturbados en su
      inteligencia, aunque tengan intervalos lucidos; y aquellos
      que padezcan alguna afeccion originada por enfermedad o
      deficiencia persistente de caracter fisico, psicologico o
      sensorial.
Ausencia de vicios del
 consentimiento o de la voluntad
• Entre las causas contempladas como vicios de la voluntad, se
  encuentran las siguientes:
1. el ERROR
• Consiste en una falsa creencia de la realidad;creer verdadero
  lo que es falso o viceversa.
• Se han distinguido dos tipos de error:
• Error de derecho y error de hecho
2. El DOLO
• De acuerdo al articulo 185 del Codigo Civil: ‘ se entiende por
  dolo en los contratos, cualquiera sugestion o artificio que se
  emplee para inducir a error o mantener en el alguno de los
  contratantes; y por mala fe, la disimulacion del error de uno
  de los contratantes, una vez conocido”.
• Ejemplo:
Juan sabiendo la naturaleza del material le dice a Pedro: “te
vendo un anillo de oro” y resulta que solo esta bañado de oro;
de mala fe, en la misma hipotesis, donde Pedro le dice a Juan : “
vendeme tu anillo de oro” y este se aprovecha del error de
apreciacion de Pedro y calla, celebrando el contrato.
3.La violencia
• El articulo 1819 del Codigo Civil, refiere que:
 Hay violencia cuando se emplea fuerza fisica o amenazas
     que importen peligro de perder la vida, la honra, la
  libertad,la salud, o una parte considerable de los bienes
  del contratante, de su conyuge, de sus ascendientes, de
sus descendientes o de sus parientes colaterales dentro del
                        segundo grado.
4. Lesion
• El fundamento toral de este vicio se encuentra plasmado en el
  articulo 17 del Codigo Civil que reza:

Cuando alguno, explotando la suma ignorancia, notoria
inexperiencia o de extrema miseria de otro; obtiene un lucro
excesivo que sea evidentemente desproporcionado a lo que el
por su parte obliga, el perjudicado tiene derecho a elegir entre
pedir la nulidad del contrato o la reduccion equitativa de su
obligacion, mas el pago de los correspondientes daños y
perjuicios.

• El derecho concedido en este año dura un año.
Formalidades
• La doctrina mexicana ha distinguido tres formas en que se
  pueden presentar los actos juridicos, a saber:
• A) solemnes.- significa que determinados actos juridicos para
  su existencia requieren de una formalidad especial, sin el cual
  no pueden tener vida juridica. Ejemplo: el matrimonio.
• B) formales.- son aquellos donde la ley contempla
  determinada formalidad para que sean validos, sin embargo,
  el hecho de no cumplir con la misma, trae como consecuencia
  la invalidez, pero existe la posibilidad de probar, por diversos
  medios que establece la ley.
• C) Consensuales.- son aquellos en que la ley no exige una
  forma especial para su celebracion, esto es, la voluntad puede
  manifestrase por medio de escritura publica, por escrito
  privado, verbalmente, por medio de señales o signos.
• Por ejemplo, el articulo 2316 del Codigo Civil, establece
                             que:
  “el contrato de compraventa no requiere para su validez
 formalidad alguna especial , si no cuando recae sobre un
inmueble”. Entre los contratos consensuales mas comunes,
  encontramos las compras que realizamos en las tiendas,
              supermercados el transporte, etc.
Elementos de los actos
             juridicos
• Ejemplo: “ maria quiere comprar la casa blanca de su amigo
  Andres que esta a un lado del consulado, Andres necesita
  venderla lo mas pronto posible porque se mudara a los
  Estados Unidos, asi que haran ”

• Personas: creadoras del acto : Maria y Andres
• Objeto: el objeto en si mismo: La casa
• Vinculacion o relacion: es el acto en si mismo: compra-venta
  de la casa
Referencias :
• http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/24/pr/
  pr4.pdf
• www.juridicas.unam.mx
• http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/anjuris/cont/233/
  pr/pr6.pdf
• http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/pr8.pdf

• Bonnecasse ( Elementos del derecho civil, T,I, Trad. Esp. Puebla 1945
  P. 165) : ” Un acontecimiento engendrado por la actividad humana o
  puramente material que fundada en Derecho, que genera
  situaciones o efectos jurídicos, aun cuando el sujeto de este
  acontecimiento no haya tenido, ni podido tener el deseo de
  colocarse, bajo el imperio del Derecho.”
• Rojina Villegas (Compendio de Derecho Civil, T.I. 1ª.ed. México 1962.
  P. 116): “Todos aquellos acontecimientos, naturales o del hombre
  que originan consecuencias de Derecho.”

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

Negocio juridico.ppt ricardo
Negocio juridico.ppt ricardoNegocio juridico.ppt ricardo
Negocio juridico.ppt ricardo
Rosaline Pink
 
Presentacion las obligaciones
Presentacion las obligacionesPresentacion las obligaciones
Presentacion las obligaciones
Magnolia Antigua
 
Clasificacion de los derechos subjetivos copia
Clasificacion de los derechos subjetivos   copiaClasificacion de los derechos subjetivos   copia
Clasificacion de los derechos subjetivos copia
Keily Caman
 

Was ist angesagt? (20)

La Organizacion judicial
La Organizacion judicialLa Organizacion judicial
La Organizacion judicial
 
Atributos de las personas (física y moral)
Atributos de las personas (física y moral)Atributos de las personas (física y moral)
Atributos de las personas (física y moral)
 
Cuadro comparativo
Cuadro comparativoCuadro comparativo
Cuadro comparativo
 
DERECHO PROCESAL ROMANO
DERECHO PROCESAL ROMANODERECHO PROCESAL ROMANO
DERECHO PROCESAL ROMANO
 
Acto jurídico
Acto jurídicoActo jurídico
Acto jurídico
 
La Pena. Ensayo
La Pena. EnsayoLa Pena. Ensayo
La Pena. Ensayo
 
Negocio juridico.ppt ricardo
Negocio juridico.ppt ricardoNegocio juridico.ppt ricardo
Negocio juridico.ppt ricardo
 
Defensa de los derechos derecho romano
Defensa de los derechos derecho romanoDefensa de los derechos derecho romano
Defensa de los derechos derecho romano
 
Funciones Del Estado Joselyn Murillo
Funciones Del Estado Joselyn MurilloFunciones Del Estado Joselyn Murillo
Funciones Del Estado Joselyn Murillo
 
Elementos esenciales del derecho
Elementos esenciales del derechoElementos esenciales del derecho
Elementos esenciales del derecho
 
acciones en el derecho romano
acciones en el derecho romano acciones en el derecho romano
acciones en el derecho romano
 
Modos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedadModos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedad
 
Presentacion las obligaciones
Presentacion las obligacionesPresentacion las obligaciones
Presentacion las obligaciones
 
Capítulo VI Tipicidad (actualizado)
Capítulo VI Tipicidad (actualizado)Capítulo VI Tipicidad (actualizado)
Capítulo VI Tipicidad (actualizado)
 
Derecho Penal General
Derecho Penal GeneralDerecho Penal General
Derecho Penal General
 
Transmision de las obligaciones
Transmision de las obligacionesTransmision de las obligaciones
Transmision de las obligaciones
 
Derecho subjetivo-y-objetivo1
Derecho subjetivo-y-objetivo1Derecho subjetivo-y-objetivo1
Derecho subjetivo-y-objetivo1
 
Clasificacion de los derechos subjetivos copia
Clasificacion de los derechos subjetivos   copiaClasificacion de los derechos subjetivos   copia
Clasificacion de los derechos subjetivos copia
 
Hechos y actos jurídicos
Hechos y actos jurídicosHechos y actos jurídicos
Hechos y actos jurídicos
 
Transmision y Extincion de las Obligaciones
Transmision y Extincion de las ObligacionesTransmision y Extincion de las Obligaciones
Transmision y Extincion de las Obligaciones
 

Andere mochten auch

Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentos
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentosSucesión testamentaria y clasificación de los testamentos
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentos
JoordanS
 
Actividad mapa mental
Actividad mapa mentalActividad mapa mental
Actividad mapa mental
martinklemm
 

Andere mochten auch (12)

Capitulo 5 hechos y actos jurídicos
Capitulo 5   hechos y actos jurídicosCapitulo 5   hechos y actos jurídicos
Capitulo 5 hechos y actos jurídicos
 
Planeación fiscal para personas morales
Planeación fiscal para personas moralesPlaneación fiscal para personas morales
Planeación fiscal para personas morales
 
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentos
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentosSucesión testamentaria y clasificación de los testamentos
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentos
 
Persona fisica
Persona fisicaPersona fisica
Persona fisica
 
Mapa sucesiones testamentarias
Mapa sucesiones testamentariasMapa sucesiones testamentarias
Mapa sucesiones testamentarias
 
Jesus trabajo i
Jesus trabajo iJesus trabajo i
Jesus trabajo i
 
Act.10
Act.10Act.10
Act.10
 
Actividad mapa mental
Actividad mapa mentalActividad mapa mental
Actividad mapa mental
 
Principios Del Derecho Civil Y Propiedad Privada
Principios Del Derecho Civil Y Propiedad PrivadaPrincipios Del Derecho Civil Y Propiedad Privada
Principios Del Derecho Civil Y Propiedad Privada
 
Breves antecedentes del_derecho_civil_venezolano
Breves antecedentes del_derecho_civil_venezolanoBreves antecedentes del_derecho_civil_venezolano
Breves antecedentes del_derecho_civil_venezolano
 
Mapa conceptual Derecho Civil Bienes
Mapa conceptual  Derecho Civil BienesMapa conceptual  Derecho Civil Bienes
Mapa conceptual Derecho Civil Bienes
 
DERECHO CIVIL DE LAS PERSONAS
DERECHO CIVIL DE LAS PERSONASDERECHO CIVIL DE LAS PERSONAS
DERECHO CIVIL DE LAS PERSONAS
 

Ähnlich wie Actos y hechos juridicos exposicion

Cuestionario unidad#3 derecho
Cuestionario  unidad#3 derechoCuestionario  unidad#3 derecho
Cuestionario unidad#3 derecho
seack09
 
Romano i leccion 21
Romano i leccion 21Romano i leccion 21
Romano i leccion 21
karenlgo_der
 
Plantilla-diapositivas obligaciones1 TEMA 1.pptx
Plantilla-diapositivas obligaciones1 TEMA 1.pptxPlantilla-diapositivas obligaciones1 TEMA 1.pptx
Plantilla-diapositivas obligaciones1 TEMA 1.pptx
isaacflorez5
 
Romano (1)
Romano (1)Romano (1)
Romano (1)
Mons339
 
Obligaciones en el_derecho_civil_colombiano
Obligaciones en el_derecho_civil_colombianoObligaciones en el_derecho_civil_colombiano
Obligaciones en el_derecho_civil_colombiano
realista92
 
Mmmhirbdjjoñkdrk jahroxnsvs lalamsbryr nsveyr
Mmmhirbdjjoñkdrk jahroxnsvs lalamsbryr nsveyrMmmhirbdjjoñkdrk jahroxnsvs lalamsbryr nsveyr
Mmmhirbdjjoñkdrk jahroxnsvs lalamsbryr nsveyr
AraceliSharon
 

Ähnlich wie Actos y hechos juridicos exposicion (20)

Actos y hechos jurídicos
Actos y hechos jurídicosActos y hechos jurídicos
Actos y hechos jurídicos
 
4033 ramseyer lucas_tp9
4033 ramseyer lucas_tp94033 ramseyer lucas_tp9
4033 ramseyer lucas_tp9
 
4033 repetto gonzalo_tp9
4033 repetto gonzalo_tp94033 repetto gonzalo_tp9
4033 repetto gonzalo_tp9
 
Resumen Teoría General del Acto Jurídico
Resumen Teoría General del Acto Jurídico Resumen Teoría General del Acto Jurídico
Resumen Teoría General del Acto Jurídico
 
04.pdf
04.pdf04.pdf
04.pdf
 
Cuestionario unidad#3 derecho
Cuestionario  unidad#3 derechoCuestionario  unidad#3 derecho
Cuestionario unidad#3 derecho
 
Teoria de las obligaciones
Teoria de las obligacionesTeoria de las obligaciones
Teoria de las obligaciones
 
ACTO JURIDICO ,}. contratos II.pptx
ACTO JURIDICO  ,}. contratos II.pptxACTO JURIDICO  ,}. contratos II.pptx
ACTO JURIDICO ,}. contratos II.pptx
 
Derecho civil i (1)
Derecho civil i (1)Derecho civil i (1)
Derecho civil i (1)
 
Obligaciones en el_derecho_civil_colombiano
Obligaciones en el_derecho_civil_colombianoObligaciones en el_derecho_civil_colombiano
Obligaciones en el_derecho_civil_colombiano
 
Romano i leccion 21
Romano i leccion 21Romano i leccion 21
Romano i leccion 21
 
derecho subjetivo- deber jurídico
derecho subjetivo- deber jurídicoderecho subjetivo- deber jurídico
derecho subjetivo- deber jurídico
 
Acto juridico
Acto juridicoActo juridico
Acto juridico
 
Plantilla-diapositivas obligaciones1 TEMA 1.pptx
Plantilla-diapositivas obligaciones1 TEMA 1.pptxPlantilla-diapositivas obligaciones1 TEMA 1.pptx
Plantilla-diapositivas obligaciones1 TEMA 1.pptx
 
Romano (1)
Romano (1)Romano (1)
Romano (1)
 
Obligaciones en el_derecho_civil_colombiano
Obligaciones en el_derecho_civil_colombianoObligaciones en el_derecho_civil_colombiano
Obligaciones en el_derecho_civil_colombiano
 
Mmmhirbdjjoñkdrk jahroxnsvs lalamsbryr nsveyr
Mmmhirbdjjoñkdrk jahroxnsvs lalamsbryr nsveyrMmmhirbdjjoñkdrk jahroxnsvs lalamsbryr nsveyr
Mmmhirbdjjoñkdrk jahroxnsvs lalamsbryr nsveyr
 
3. hecho juridico
3. hecho juridico3. hecho juridico
3. hecho juridico
 
3. hecho juridico
3. hecho juridico3. hecho juridico
3. hecho juridico
 
DERECHO CIVIL & DERECHO COMERCIAL
DERECHO CIVIL & DERECHO COMERCIALDERECHO CIVIL & DERECHO COMERCIAL
DERECHO CIVIL & DERECHO COMERCIAL
 

Actos y hechos juridicos exposicion

  • 1. Actos y hechos juridicos Introduccion al estudio del Derecho. Por: • Seidi Ramirez Luna • Estefania Porras Reyes • Marissa Ortiz Alvidrez
  • 2. Hechos Jurídicos Concepto: • ¿Qué es un hecho? Es aquel acontecimiento, aquel cambio que es perceptible por medio de los sentidos. • Hechos Jurídicos: Todos los acontecimientos susceptibles de producir alguna adquisición, modificación, transferencia o extinción de derechos u obligaciones.
  • 3. Caracterización: • Llamamos efectos jurídicos a tres tipos de eventos: la adquisición, la pérdida o modificación de los derechos subjetivos. • El hecho puede producirse, ya por una causa que se halle enteramente fuera del hombre, y a la que este no haya podido auxiliar ni poner un obstáculo, ya por participación directa o indirecta del hombre, y ya finalmente por efecto inmediato de su voluntad. • (Los primeros un terremoto o una enfermedad, los segundos un accidente de tránsito y los terceros una estafa o un contrato). • El caso en que tal acontecimiento no se verifique, la omisión o negativa del hombre a hacer tal cosa. El “no hacer” es también un hacer: es un hacer otra cosa. No es lo que se hace si no lo que se deja de hacer.
  • 4. • (Si el padre divorciado no va a buscar a sus hijos los días de visita, es porque va a otro sitio) • Las ficciones jurídicas son también hechos, el derecho crea hechos imaginarios que no tienen realidad ninguna y obra como si hubieran existido. Las ficciones jurídicas consolidan normativamente una solución desvinculada de la realidad. • (La muerte de un ausente después de años se fija a la ausencia para crear la presunción de fallecimiento). • Los hechos pueden recaer sobre el hombre mismo (su nacimiento, su matrimonio y su muerte), • o sobre las cosas (su creación, modificación o destrucción), o en fin sobre uno y otro objetos combinados, considerando las relaciones del hombre con las cosas (ocupación, toma o perdida de la posesión de una cosa por el hombre).
  • 5. • El hecho del hombre puede ser considerado bajo dos relaciones: 1) Como objeto de derecho. Cuando alguno debe hacer algo a nuestro favor 2) Como fuente de derecho.
  • 6. División Hecho Jurídico Humano • Hay algunos en los que uno o más humanos intervienen como tales, es decir, que hacen cosas que solo un miembro de nuestra especie puede concretar, aunque sea involuntariamente. • Los hechos humanos no son los únicos generadores o destructores de derechos, pues hay numeroso derechos que se pierden, por el mero efecto de otros hechos, los llamamos hechos externos o de la naturaleza. • Los hechos jurídicos no humanos son hechos externos.
  • 7. Hecho Jurídico Voluntario • Los hechos se juzgan voluntarios si son ejecutados con discernimiento, intención y libertad. • Discernimiento.-Es la facultad de conocer el bien y el mal de las acciones y omisiones. Es decir, que el discernimiento seria la posibilidad de entender la licitud o ilicitud de los propios actos, antes de llevarlos adelante. • No poseen discernimiento aquellos cuyas mentes padecen alguna enfermedad o se hallan en un nivel de desarrollo tal, que les impide conocer las normas en vigor o cotejar las conductas que describen con las del propio proyecto. • Intención.- Aptitud de escoger entre las alternativas de acción posibles, de ahí no puede haber intención sin discernimiento. • Los actos serán reputados practicados sin intención, cuando fueren hechos por ignorancia o error, y aquellos que se ejecuten por fuerza o intimidación. • Libertad.-El discernimiento de los agentes en ocasión de actos y la intención formal de hacerse lo que se hace, implican la conciencia actual de sí como primera condición del acto voluntario. • La otra condición es el imperio de sí o la libertad, que expresa la posibilidad de escoger los motivos y la independencia de la voluntad. • Poder de llevar adelante la opción.
  • 8. Actos No voluntarios • Los hechos que fueren ejecutados sin discernimiento, intención y libertad, no producen por si obligación alguna. • Nada hubo en mis actos ni en mis elecciones que se vinculase con la producción de un perjuicio. • Es por esto que el hecho de in insensato o de una persona que no tiene discernimiento y libertad en sus actos, no es considerado en el derecho como un acto, sino como un acontecimiento fotuito.
  • 9. Acto Ilícito • Los hechos voluntarios son lícitos o ilícitos. Son actos ilícitos las acciones voluntarias no prohibidas por la ley, de que puede resultar alguna adquisición, modificación o extinción de derechos. Libre Albedrio • Una vez conocedor de las posibilidades que tiene de obrar, y de las consecuencias de sus acciones, el humano aun puede decidir qué hacer. • Pero la consecuencia de la elección errónea, contraria al orden correcto de las cosas, es la responsabilidad y el castigo. Simple acto licito • El hecho jurídico humano y voluntario que no se halla prohibido por las leyes, y genera efectos jurídicos.
  • 10. Especie de Actos Jurídicos: • · Unilaterales: Solo Interviene la voluntad de una de las partes • · Bilaterales: Ambos contrayentes quedan obligados uno hacia el otro. • · Onerosos: Cada una de las partes que interviene se obliga a dar o hacer alguna cosa. • · Gratuitos: Una de las partes procura que la otra obtenga ventaja sin obtener provecho. • · Entre Vivos: Producen efectos en vida de las partes que los realizan. • · Por causa de Muerte: Aquellos que producen efectos después de la muerte. • · Conmutativos: Actos en que las prestaciones que se deben las partes son inmediatamente ciertas. • · Aleatorios: Dependen de un acontecimiento futuro e incierto. • · Momentáneos: Actos cuyos efectos se producen en el momento de la celebración. • · Tracto Sucesivo: Aquellos cuyos efectos se prolongan en el tiempo.
  • 11. Requisitos de la Existencia de los actos Jurídicos: La Voluntad • Que se manifieste o exprese plenamente. • Que la persona que lo exprese sea capaz de obligarse en derecho. • Que dicha voluntad responda a la intención que se tuvo de ejecutar el acto.
  • 12. El Objeto • No puede existir cuando no existe sobre que materia recae. Puede ser cosa o hecho. • • Deben existir en la naturaleza. • • Ser determinadas o determinables en cuanto a su especie. • • Estar en el comercio.
  • 13. Solemnidades • Es necesario que se celebren ante las autoridades señaladas en la ley y que quienes intervienen pronuncien determinadas palabras o formulas exigidas para su validez; por ejemplo el matrimonio debe celebrarse ante un Oficial del Registro Civil, la solemnidad esta en la celebración del acto y las palabras que este pronuncia a los contrayentes.
  • 14. Requisitos de la validez de los actos juridicos Respecto al rubro de referencia, el articulo 1795 del Codigo Civil, establece a contrario sensu, los elementos de validez de los contratos, por ende, del acto juridico son: I.- Por incapacidad legal de las partes o de una de ellas; II.- Por vicios del consentimiento; III.- porque su objeto, o su motivo o fin sea ilicito; IV.- Porque el consentimiento no se haya manifestado en la forma que la ley establece.
  • 15. La capacidad • En la doctrina ha sido uiformemente aceptada la idea de que la capacidad es la aptitud para ser sujeto activo o pasivo de derechos y obligaciones, asi como la posibilidad de ejercitarlo. • Se afirma que se adquiere desde el momento de su nacimiento, o bien, desde la concepcion, de acuerdo a los que nos habla el articulo 22 y 337 del Codigo Civil. • Existen dos clases de capacidad: • A) Capacidad de goce • B) Capacidad de ejercicio
  • 16. Capacidad de goce • Se refiere precisamente, a la aptitud para ser titular de derechos y sujeto de obligaciones y que todo ente tiene como parte inherente de su personalidad. • Un caso: Todos los sujetos tienen derecho a adquirir el dominio de tierras y aguas en el territorio de la Republica Mexicana, mas por excepcion, tal facultad les es negada a los extranjeros, por lo que se refiere a las tierras y aguas ubicadas en una franja de 100 km. a lo largo de las fronteras y 50 km. sobre las costas (articulo 27 de la Constitucion Politica.) • Los extranjeros tienen en Mexico esa incapacidad de goce y tambien son incapaces respecto de los derechos politicos.
  • 17. Capacidad de ejercicio • Se hace consistir en la aptitud del sujeto para hacer va;er por si mismos sus derechos y cumplir con sus obligaciones. Las restricciones a la capacidad del ejercicio, se encuentran reguladas en el siguiente precepto del codigo civil: Articulo 450. tienen incapacidad natural y legal: I. Los menores de edad; II. Los mayores de edad disminuidos o perturbados en su inteligencia, aunque tengan intervalos lucidos; y aquellos que padezcan alguna afeccion originada por enfermedad o deficiencia persistente de caracter fisico, psicologico o sensorial.
  • 18. Ausencia de vicios del consentimiento o de la voluntad • Entre las causas contempladas como vicios de la voluntad, se encuentran las siguientes: 1. el ERROR • Consiste en una falsa creencia de la realidad;creer verdadero lo que es falso o viceversa. • Se han distinguido dos tipos de error: • Error de derecho y error de hecho
  • 19. 2. El DOLO • De acuerdo al articulo 185 del Codigo Civil: ‘ se entiende por dolo en los contratos, cualquiera sugestion o artificio que se emplee para inducir a error o mantener en el alguno de los contratantes; y por mala fe, la disimulacion del error de uno de los contratantes, una vez conocido”. • Ejemplo: Juan sabiendo la naturaleza del material le dice a Pedro: “te vendo un anillo de oro” y resulta que solo esta bañado de oro; de mala fe, en la misma hipotesis, donde Pedro le dice a Juan : “ vendeme tu anillo de oro” y este se aprovecha del error de apreciacion de Pedro y calla, celebrando el contrato.
  • 20. 3.La violencia • El articulo 1819 del Codigo Civil, refiere que: Hay violencia cuando se emplea fuerza fisica o amenazas que importen peligro de perder la vida, la honra, la libertad,la salud, o una parte considerable de los bienes del contratante, de su conyuge, de sus ascendientes, de sus descendientes o de sus parientes colaterales dentro del segundo grado.
  • 21. 4. Lesion • El fundamento toral de este vicio se encuentra plasmado en el articulo 17 del Codigo Civil que reza: Cuando alguno, explotando la suma ignorancia, notoria inexperiencia o de extrema miseria de otro; obtiene un lucro excesivo que sea evidentemente desproporcionado a lo que el por su parte obliga, el perjudicado tiene derecho a elegir entre pedir la nulidad del contrato o la reduccion equitativa de su obligacion, mas el pago de los correspondientes daños y perjuicios. • El derecho concedido en este año dura un año.
  • 22. Formalidades • La doctrina mexicana ha distinguido tres formas en que se pueden presentar los actos juridicos, a saber: • A) solemnes.- significa que determinados actos juridicos para su existencia requieren de una formalidad especial, sin el cual no pueden tener vida juridica. Ejemplo: el matrimonio. • B) formales.- son aquellos donde la ley contempla determinada formalidad para que sean validos, sin embargo, el hecho de no cumplir con la misma, trae como consecuencia la invalidez, pero existe la posibilidad de probar, por diversos medios que establece la ley. • C) Consensuales.- son aquellos en que la ley no exige una forma especial para su celebracion, esto es, la voluntad puede manifestrase por medio de escritura publica, por escrito privado, verbalmente, por medio de señales o signos.
  • 23. • Por ejemplo, el articulo 2316 del Codigo Civil, establece que: “el contrato de compraventa no requiere para su validez formalidad alguna especial , si no cuando recae sobre un inmueble”. Entre los contratos consensuales mas comunes, encontramos las compras que realizamos en las tiendas, supermercados el transporte, etc.
  • 24. Elementos de los actos juridicos • Ejemplo: “ maria quiere comprar la casa blanca de su amigo Andres que esta a un lado del consulado, Andres necesita venderla lo mas pronto posible porque se mudara a los Estados Unidos, asi que haran ” • Personas: creadoras del acto : Maria y Andres • Objeto: el objeto en si mismo: La casa • Vinculacion o relacion: es el acto en si mismo: compra-venta de la casa
  • 25. Referencias : • http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/24/pr/ pr4.pdf • www.juridicas.unam.mx • http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/anjuris/cont/233/ pr/pr6.pdf • http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/pr8.pdf • Bonnecasse ( Elementos del derecho civil, T,I, Trad. Esp. Puebla 1945 P. 165) : ” Un acontecimiento engendrado por la actividad humana o puramente material que fundada en Derecho, que genera situaciones o efectos jurídicos, aun cuando el sujeto de este acontecimiento no haya tenido, ni podido tener el deseo de colocarse, bajo el imperio del Derecho.” • Rojina Villegas (Compendio de Derecho Civil, T.I. 1ª.ed. México 1962. P. 116): “Todos aquellos acontecimientos, naturales o del hombre que originan consecuencias de Derecho.”