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Coche de caballos




Coche de caballos.


Se denomina coche de caballos al carruaje mayor de cuatro ruedas compuesto de una caja grande,
semicircular o de otro tipo suspendida en correas o puesta sobre muelles con dos portezuelas laterales
y ventanillas con cristales dentro de la cual hay asientos para dos, cuatro o más personas. También
existen coches de dos ruedas.

Con el desarrollo de los vehículos de motor, los coches de caballos prácticamente han desaparecido de
las poblaciones y los caminos siendo sustituidos por éstos salvo para ocasiones especiales o con
propósitos turísticos.

             Contenido
              [ocultar]


1 Etimología

2 Tipos de coches

3 Historia

 o    3.1 El coche en España

 o    3.2 El coche en Francia

4 Véase también

5 Referencias

6 Enlaces externos

[editar]Etimología
Coche de caballos de nobleza, ca. 1870


Algunos quieren, dice Covarrubias, que se haya dicho coche, quasi curroche, como carrozade curroza á
curro. A otros les parece haber tomado el nombre del verbo francés coucher, cubare, por ir dentro del
coche como echado en su cama. Y también los hay que dicen se deriva de una población de Hungría,
en la que suponen fueron inventados o de la voz alemanagutsche, lecho de reposo. También pudiera
venir de la voz inglesa stagecoach "diligencia o sea transporte a caballo de cuatro ruedas".

[editar]Tipos     de coches




Matrícula obligatoria para coches de caballos en la Feria de Jerez.


Por su forma o función, se pueden distinguir los siguientes tipos de coches:


    Coche de camino. El destinado a hacer viajes.

    Coche de colleras. El tirado por mulas adornadas por colleras.

    Coche de estribos. El que tiene asientos en las portezuelas.

    Coche de regalo o coche de rúa. El que sólo se usaba por comodidad dentro de las poblaciones o
     para cortas distancias.

    Coche de varas. El que lleva dos varas entre las cuales se engancha el caballo de tiro.

    Coche de viga. El que en lugar de varas, tiene una viga por debajo.

    Coche pesetero. El de alquiler que no es de camino.
[editar]Historia
La invención no data más allá del siglo XVI. Antes de esta época y aún mucho después de ella las
gentes distinguidas viajaban en litera o andas y por las ciudades en silla de mano o a caballo, por lo
común en mulas, particularmente los médicos.

Gonzalo Fernández de Oviedo dice que la princesa Margarita, cuando vino a casar con el príncipe don
Juan, trajo el uso de los coches de cuatro ruedas y que habiéndose vuelto viuda a Flandes cesaron tales
carros y quedaron las literas que antes se usaban.

[editar]El   coche en España
El primer coche que se vio en la Península fue por los años de 1546, según lo expresa Mendes Silva en
su Catálogo Real de España. Sin embargo, Vanderkamen, historiador de don Juan de Austria, supone
que el primer coche que anduvo por estos reinos fue el que trajo en 1554 Cárlos Pubest, criado del
emperador Carlos V.




El carro del Parnaso y otros carruajes, 1748.


El día 23 de febrero de 1559, hizo su magnífica entrada en Barcelona ellugarteniente general don
García de Toledo con su esposa doña Victoria Colona, en un magnífico coche, que las crónicas de
aquellos tiempos califican de carro tot daurat de dins y de fora á la italiana (carro o coche enteramente
dorado por dentro y por fuera a la italiana). Este sería sin duda el primer coche que se vio en Barcelona.

Después de referir el mencionado Vanderkamen que el príncipe don Juan solía ir a visitar a Nuestra
Señora de Regla enAndalucía, en una carreta de bueyes, con la duquesa de Medina, añade:

         Pero dentro de pocos años (1567) fue necesario prohibir los coches por pragmática. Tan
         introducido se hallaba ya este vicio infernal que tanto daño ha causado en Castilla.

     Consecuente a esto sin duda fue que en 1578, accediendo Felipe II a la petición de las Cortes,
     prohibió tener coches y carrozas sino con cuatro caballos, propios del dueño del carruaje, cuya
     disposición se amplió en 1593 a los carricoches y carros largos. Más adelante, en 2 de junio
de 1600, Felipe III teniendo en consideración lo que le expusieron los procuradores de Córtes,
permitió traer dos . caballos en los coches y carrozas, sin embargo de lo dispuesto en las leyes
anteriores. Felipe II prohibió en 11 de octubre de 1579, las carrozas con seda y guarniciones de oro
y plata. Felipe III, por pragmática dada en San Lorenzo a 2 de enero de 1600 y luego por otras
publicadas en Madrid a 3 de enero y 7 de abril de 1611 prohibió los forros, cubiertas y bordados de
oro, plata y seda en las sillas de manos, coches y literas.

El mismo monarca, en 8 de junio de 1619, autorizó para andar en coches de dos mulas a
los labradores de veinte y cinco fanegas de tierra, cuya disposición fue revocada por pragmática de
Felipe IV de 11 de febrero de 1628 y puesta nuevamente en observancia por el mismo rey
atendidas las razones de los procuradores de Cortes en 1632.

Carlos II, por bando de 16 de julio de 1678, prohibió usar mulas y machos en
coches, estufas, calesas y demás portes de rua. Luego Felipe V prohibió en 1723 y 1729 el uso de
seis mulas o caballos en los coches, dentro de la corte, etc., hasta que Carlos III en 1785prohibió
más de dos mulas o caballos en los coches, berlinas y demás carruajes de rua. Felipe V, en 5 de
noviembre de 1723, dispuso el adorno que debían tener los coches y sillas de mano con arreglo a lo
mandado en la ley precedente. Felipe III, por pragmática de1604 y por otra de 1611 prohibió usar
los hombres de sillas de manos. El mismo monarca, en 3 de enero del referido año de 1611, limitó
el uso del coche a determinadas personas en cuya pragmática se leen las disposiciones siguientes:

    Que persona alguna de cualquier estado, calidad y condición, pueda hacer ni mandar hacer
    coche de nuevo sin licencia del Presidente del Consejo. Que nadie pueda andar en coche de
    rua en ninguna ciudad, villa ó lugar de estos reinos, sin licencia de S. M. Pero permitimos, que
    las mujeres puedan andar en coche, yendo en ellos destapadas y descubiertas, de manera que
    se puedan ver y conocer; con que los coches con que anduvieren sean propios y de cuatro
    caballos y no de menos: y permitimos que las dichas mujeres puedan llevar en sus coches á
    sus maridos, padres, hijos y abuelos, y las mujeres que quisieren, yendo destapadas, y yendo
    las dueñas del coche con ellas; y entiéndase que en los de sus amas puedan ir las hijas,
    deudas ó criadas de aquella familia, aunque ellas no vayan dentro, y también permitimos que
    los hombres que tuvieren licencia nuestra para andar en coche, pueden llevar en ellos á los que
    quisieren yendo ellos dentro.

    Otro si mandamos que las personas que tuvieren coche no le puedan prestar, etc.

    Que ninguna persona pueda ruar en coche alquilado en la córte
Paseo de coches de caballo en la Feria de Jerez, en la actualidad


Que ninguna mujer que públicamente fuere mala de su cuerpo y ganare por ello, pueda andar
en coche, ni en carroza, ni en litera, ni en silla en esta córte, ni en otro algún lugar de estos
nuestros reinos, so pena de cuatro años de destierro de ella con las cinco leguas, y de cualquier
otro lugar y su jurisdicción adonde anduviere en coche, carroza, litera ó silla por la primera vez,
y por la segunda sea traída á la vergüenza públicamente y condenada en el dicho destierro.

               En la aclaración de esta ley que se publicó en 4 de abril del mismo año se
               estableció, entre otras cosas menos importantes, que la prohibición de ruar en
               coche se entienda en todas las ciudades, villas y lugares de España; que en
               cuanto se permite a los hombres que tienen licencia para andar en coche, que
               puedan llevar en él a los que quisieren llevando hombres, más siendo mujeres
               sea solamente a sus mujeres propias, madres, abuelas, hijas, suegras y nueras; Íj
               que los hijos de los que tuvieren licencia para andar en coche, puedan andar en
               ellos aunque los padres no vayan dentro hasta la edad de diez años y no más.

               Según las eyes recopiladas españolas estaba prohibido el uso del coche u otro
               carruaje en la corte los tres días últimos de la Semana Santa; esto es, durante el
               jueves, viernes y sábado, bajo una determinada pena salvo con licencia del
               Alcalde del cuartel dada por escrito, etc.

               [editar]El   coche en Francia
Correo francés, 1906.


En Francia no eran en el siglo XVI más abundantes los coches. Enrique IV se
excusaba con Sully, de no haber podido ir a verle porque su mujer había tomado
su coche. En tiempo deFrancisco I no había todavía en París más que
tres carrozas o coches; el de la reina, el deDiana de Poitiers, hija natural de
Enrique II y el tercero pertenencía a René o Renato de La val, que no podía ir a
caballo, ni andar por ser tan grueso.

Los carruajes conocidos con el nombre de Mensajerias, Diligencias, etc. fueron
establecidos por primera vez en Francia a cuenta de las universidades literarias,
para la conducción y trasporte de los estudiantes en ellas. Los conductores eran
responsables del comportamiento de los escolares durante el víaje.

En 1595 Enrique III de Francia estableció mensajerías reales concediendo desde
entonces a la universidad de París cierto derecho sobre ellas por vía de
indemnización que cobró hasta el año 1719. Muy luego, el público comenzó a
encargarles algunas cartas y la conducción de ciertas mercancías tomando el
mayor desarrollo.

En 1825 se crearon en París, luego en Londres y sucesivamente en Barcelona
una especie de Mensajerías para el trasporte de personas y efectos de un cuartel
de ciudad a otro a cuyos carruajes, por su gran capacidad, se les dio el nombre
de Omnibus.1

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Coche de caballos

  • 1. Coche de caballos Coche de caballos. Se denomina coche de caballos al carruaje mayor de cuatro ruedas compuesto de una caja grande, semicircular o de otro tipo suspendida en correas o puesta sobre muelles con dos portezuelas laterales y ventanillas con cristales dentro de la cual hay asientos para dos, cuatro o más personas. También existen coches de dos ruedas. Con el desarrollo de los vehículos de motor, los coches de caballos prácticamente han desaparecido de las poblaciones y los caminos siendo sustituidos por éstos salvo para ocasiones especiales o con propósitos turísticos. Contenido [ocultar] 1 Etimología 2 Tipos de coches 3 Historia o 3.1 El coche en España o 3.2 El coche en Francia 4 Véase también 5 Referencias 6 Enlaces externos [editar]Etimología
  • 2. Coche de caballos de nobleza, ca. 1870 Algunos quieren, dice Covarrubias, que se haya dicho coche, quasi curroche, como carrozade curroza á curro. A otros les parece haber tomado el nombre del verbo francés coucher, cubare, por ir dentro del coche como echado en su cama. Y también los hay que dicen se deriva de una población de Hungría, en la que suponen fueron inventados o de la voz alemanagutsche, lecho de reposo. También pudiera venir de la voz inglesa stagecoach "diligencia o sea transporte a caballo de cuatro ruedas". [editar]Tipos de coches Matrícula obligatoria para coches de caballos en la Feria de Jerez. Por su forma o función, se pueden distinguir los siguientes tipos de coches:  Coche de camino. El destinado a hacer viajes.  Coche de colleras. El tirado por mulas adornadas por colleras.  Coche de estribos. El que tiene asientos en las portezuelas.  Coche de regalo o coche de rúa. El que sólo se usaba por comodidad dentro de las poblaciones o para cortas distancias.  Coche de varas. El que lleva dos varas entre las cuales se engancha el caballo de tiro.  Coche de viga. El que en lugar de varas, tiene una viga por debajo.  Coche pesetero. El de alquiler que no es de camino. [editar]Historia
  • 3. La invención no data más allá del siglo XVI. Antes de esta época y aún mucho después de ella las gentes distinguidas viajaban en litera o andas y por las ciudades en silla de mano o a caballo, por lo común en mulas, particularmente los médicos. Gonzalo Fernández de Oviedo dice que la princesa Margarita, cuando vino a casar con el príncipe don Juan, trajo el uso de los coches de cuatro ruedas y que habiéndose vuelto viuda a Flandes cesaron tales carros y quedaron las literas que antes se usaban. [editar]El coche en España El primer coche que se vio en la Península fue por los años de 1546, según lo expresa Mendes Silva en su Catálogo Real de España. Sin embargo, Vanderkamen, historiador de don Juan de Austria, supone que el primer coche que anduvo por estos reinos fue el que trajo en 1554 Cárlos Pubest, criado del emperador Carlos V. El carro del Parnaso y otros carruajes, 1748. El día 23 de febrero de 1559, hizo su magnífica entrada en Barcelona ellugarteniente general don García de Toledo con su esposa doña Victoria Colona, en un magnífico coche, que las crónicas de aquellos tiempos califican de carro tot daurat de dins y de fora á la italiana (carro o coche enteramente dorado por dentro y por fuera a la italiana). Este sería sin duda el primer coche que se vio en Barcelona. Después de referir el mencionado Vanderkamen que el príncipe don Juan solía ir a visitar a Nuestra Señora de Regla enAndalucía, en una carreta de bueyes, con la duquesa de Medina, añade: Pero dentro de pocos años (1567) fue necesario prohibir los coches por pragmática. Tan introducido se hallaba ya este vicio infernal que tanto daño ha causado en Castilla. Consecuente a esto sin duda fue que en 1578, accediendo Felipe II a la petición de las Cortes, prohibió tener coches y carrozas sino con cuatro caballos, propios del dueño del carruaje, cuya disposición se amplió en 1593 a los carricoches y carros largos. Más adelante, en 2 de junio
  • 4. de 1600, Felipe III teniendo en consideración lo que le expusieron los procuradores de Córtes, permitió traer dos . caballos en los coches y carrozas, sin embargo de lo dispuesto en las leyes anteriores. Felipe II prohibió en 11 de octubre de 1579, las carrozas con seda y guarniciones de oro y plata. Felipe III, por pragmática dada en San Lorenzo a 2 de enero de 1600 y luego por otras publicadas en Madrid a 3 de enero y 7 de abril de 1611 prohibió los forros, cubiertas y bordados de oro, plata y seda en las sillas de manos, coches y literas. El mismo monarca, en 8 de junio de 1619, autorizó para andar en coches de dos mulas a los labradores de veinte y cinco fanegas de tierra, cuya disposición fue revocada por pragmática de Felipe IV de 11 de febrero de 1628 y puesta nuevamente en observancia por el mismo rey atendidas las razones de los procuradores de Cortes en 1632. Carlos II, por bando de 16 de julio de 1678, prohibió usar mulas y machos en coches, estufas, calesas y demás portes de rua. Luego Felipe V prohibió en 1723 y 1729 el uso de seis mulas o caballos en los coches, dentro de la corte, etc., hasta que Carlos III en 1785prohibió más de dos mulas o caballos en los coches, berlinas y demás carruajes de rua. Felipe V, en 5 de noviembre de 1723, dispuso el adorno que debían tener los coches y sillas de mano con arreglo a lo mandado en la ley precedente. Felipe III, por pragmática de1604 y por otra de 1611 prohibió usar los hombres de sillas de manos. El mismo monarca, en 3 de enero del referido año de 1611, limitó el uso del coche a determinadas personas en cuya pragmática se leen las disposiciones siguientes: Que persona alguna de cualquier estado, calidad y condición, pueda hacer ni mandar hacer coche de nuevo sin licencia del Presidente del Consejo. Que nadie pueda andar en coche de rua en ninguna ciudad, villa ó lugar de estos reinos, sin licencia de S. M. Pero permitimos, que las mujeres puedan andar en coche, yendo en ellos destapadas y descubiertas, de manera que se puedan ver y conocer; con que los coches con que anduvieren sean propios y de cuatro caballos y no de menos: y permitimos que las dichas mujeres puedan llevar en sus coches á sus maridos, padres, hijos y abuelos, y las mujeres que quisieren, yendo destapadas, y yendo las dueñas del coche con ellas; y entiéndase que en los de sus amas puedan ir las hijas, deudas ó criadas de aquella familia, aunque ellas no vayan dentro, y también permitimos que los hombres que tuvieren licencia nuestra para andar en coche, pueden llevar en ellos á los que quisieren yendo ellos dentro. Otro si mandamos que las personas que tuvieren coche no le puedan prestar, etc. Que ninguna persona pueda ruar en coche alquilado en la córte
  • 5. Paseo de coches de caballo en la Feria de Jerez, en la actualidad Que ninguna mujer que públicamente fuere mala de su cuerpo y ganare por ello, pueda andar en coche, ni en carroza, ni en litera, ni en silla en esta córte, ni en otro algún lugar de estos nuestros reinos, so pena de cuatro años de destierro de ella con las cinco leguas, y de cualquier otro lugar y su jurisdicción adonde anduviere en coche, carroza, litera ó silla por la primera vez, y por la segunda sea traída á la vergüenza públicamente y condenada en el dicho destierro. En la aclaración de esta ley que se publicó en 4 de abril del mismo año se estableció, entre otras cosas menos importantes, que la prohibición de ruar en coche se entienda en todas las ciudades, villas y lugares de España; que en cuanto se permite a los hombres que tienen licencia para andar en coche, que puedan llevar en él a los que quisieren llevando hombres, más siendo mujeres sea solamente a sus mujeres propias, madres, abuelas, hijas, suegras y nueras; Íj que los hijos de los que tuvieren licencia para andar en coche, puedan andar en ellos aunque los padres no vayan dentro hasta la edad de diez años y no más. Según las eyes recopiladas españolas estaba prohibido el uso del coche u otro carruaje en la corte los tres días últimos de la Semana Santa; esto es, durante el jueves, viernes y sábado, bajo una determinada pena salvo con licencia del Alcalde del cuartel dada por escrito, etc. [editar]El coche en Francia
  • 6. Correo francés, 1906. En Francia no eran en el siglo XVI más abundantes los coches. Enrique IV se excusaba con Sully, de no haber podido ir a verle porque su mujer había tomado su coche. En tiempo deFrancisco I no había todavía en París más que tres carrozas o coches; el de la reina, el deDiana de Poitiers, hija natural de Enrique II y el tercero pertenencía a René o Renato de La val, que no podía ir a caballo, ni andar por ser tan grueso. Los carruajes conocidos con el nombre de Mensajerias, Diligencias, etc. fueron establecidos por primera vez en Francia a cuenta de las universidades literarias, para la conducción y trasporte de los estudiantes en ellas. Los conductores eran responsables del comportamiento de los escolares durante el víaje. En 1595 Enrique III de Francia estableció mensajerías reales concediendo desde entonces a la universidad de París cierto derecho sobre ellas por vía de indemnización que cobró hasta el año 1719. Muy luego, el público comenzó a encargarles algunas cartas y la conducción de ciertas mercancías tomando el mayor desarrollo. En 1825 se crearon en París, luego en Londres y sucesivamente en Barcelona una especie de Mensajerías para el trasporte de personas y efectos de un cuartel de ciudad a otro a cuyos carruajes, por su gran capacidad, se les dio el nombre de Omnibus.1