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MANUAL DE CONVIVENCIA
2.015
AJUSTADO A LEY .
Responsable:
ODILIA LOPEZ MONTES
Rectora
Manizales, Vereda Materia, Kilometro 13 Vía al Magdalena
Teléfono: 8742041
Municipio de Manizales
INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA
Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999,
MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION
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2
TABLA DE CONTENIDO
1. PRESENTACION GENERAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MATERIA.
2. ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO, N°10 DE 5 de Febrero de 2.015,
Adopción del MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR.
3. ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO, N°10 DE Febrero de 2.015.
MODIFICACION Y ACTUALIZACION DEL MANUAL DE CONVIVIENCIA
ESCLAR .Ley 1620 de 2.013 y su Decreto Reglamentario.
4. RESOLUCION RECTORAL N°22 DE Febrerode 2.015.
5. PRELIMINARES.
 JUSTICACION.
 INTRODUCCION.
 INTERPRETACION DE TERMINOS DESCONOCIDOS (GLOSARIO).
CAPITULO I
1. DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO INSTITUCIONAL.
1.1. FILOSOFIA.
1.2. VISION.
1.3. MISION.
1.4. PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES.
1.5. POLITICA DE CALIDAD.
1.6. IMAGEN CORPORATIVA.
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CAPITULO II
2. OBJETIVOS, PROPOSITOS, PRINCIPIOS Y NORMATIVA SOBRE LA
FORMACION Y EVALUACION DEL DESARROLLO PERSONAL Y
SOCIAL DEL ESTUDIANTE (Decreto 1290 de 2.009).
2.1. Objetivos Generales.
2.2. Objetivos específicos.
2.1.3. Propósitos sobre los que se fundamenta el MCE.
-Propósito formativo.
-Proceso Disciplinario.
-Principios Básicos de la convivencia escolar.
-Aprendizajes Básicos para la convivencia escolar.
2.1.4. Principios Rectorales de Convivencia.
2.1.5. Normatividad sobre formación y evaluación del desarrollo personal y
social del estudiante.(Decreto 1290 de 2.009).
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CAPITULO III
3.1. FUNDAMENTOS JURIDICOS Y LEGALES QUE SUSTENTAN EL MCE
DE LA I.E.
CAPITULO IV
4.1. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA I.E. (Organigrama).
4.2. GOBIERNO ESCOLAR.
-La escuela como espacio para la democracia.
-Consejo Directivo.
-Consejo Académico (Comité de Calidad).
-Rector.
-Personero.
-Consejo de Estudiantes.
-Asociación de padres.
-Comité de Convivencia Escolar.
4.3. FORMACION ACADEMICA (Escuela Nueva).
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CAPITULO V
5. DERECHOS, DEBERES, PERFILES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
MATERIA.
5.1. OTRAS JURISPRUDENCIAS EN LAS QUE SE APOYA ESTE MCE
(Sentencias de la corte constitucional).
5.2. DERECHOS, DEBERES, PERFIL DEL ESTUDIANTE.
5.3. ACUERDOS PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR EN LA I.E.
MATERIA.
5.4. EL CONFLICTO ESCOLAR Y SU FORMACION PEDAGOGICA
5.5. DERECHOS,DEBERES, PERFIL DEL PADRES DE FAMILIA.
REPRESENTANTE LEGAL.
5.6. DERECHOS, DEBERES, PERFIL DE DOCENTES.
5.7. DERECHOS DEL ESTADO.
5.8. DERECHOS, DEBERES, PERFIL DE LOS DIRECTIVOS.
PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES.
5.9. ESTIMULOS Y DISTINCIONES.
5.10. COMPORTAMIENTOS A ESTIMULAR EN LOS ESTUDIANTES.
5.11. ESTIMULOS A LOS DOCENTES, PADRES DE FAMILIA Y/O
REPRESENTANTE LEGAL , DIRECTIVOS, PERSONAL
ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS.
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CAPITULO VI
6. FALTAS.
6.1. CLASIFICACION DE LAS FALTAS O SITUACIONES QUE AFECTAN
LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS
HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS.(Ley 1620 y su decreto
reglamentario 1965 de 2.013.)
6.1.1. Faltas leves (Tipo uno)
6.1.2. Faltas Graves (Tipo dos)
6.1.3. Faltas gravísimas (Tipo tres)
6.2. Descripción de las faltas disciplinarias en particular (Tipo I, II, III).
6.3. Criterios a tener en cuenta cuando se viola uno de los deberes
contemplados en el Manual de convivencia de la I.E.
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CAPITULO VII
7. EL DEBIDO PROCESO.
7.1. DERECHOS DERIVADOS DEL ARTICULO 29 C.N.
7.2. JURISPRUDENCIAS.
7.3. DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO (Sancion a estudiantes).
7.4. OTROS PRINCIPIOS RECTORES.
CAPITULO VIII
8. RUTA DE ATENCION INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR DE
LA I.E. MATERIA. (Decreto 1965 de 2.013.).
8.1 GARANTIA DE DERECHO, APLICACIÓN Y PRINCIPIOS.
8.2 OBJETIVOS DE LA LEY 1620 DE 2013.
8.3 PRINCIPALES FUNCIONES.
8.4. RUTA DE ATENCION INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR.
8.5. RESPONSABILIDAD DE LOS ACTORES ESCOLARES.
8.6. PROYECTOS PEDAGOGICOS INSTITUCIONALES.
8.7. COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR
8.7.1. Funciones del comité de convivencia escolar.
8.7.2. Miembros del comité de convivencia escolar.
8.7.2.1 Comité Rector.
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8.8 Protocolos.
8.8.1. Recepción o radicación de la queja.
8.8.2. Mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y a la
confidencialidad.
8.8.3. Mecanismos de protección a quien informa.
8.8.4. Estrategias y alternativas de solución.
8.8.5. Formas de seguimiento.
8.8.6. Directorio telefónico del sistema de información unificado de convivencia
escolar y de las alianzas estratégicas para la orientación escolar.
8.8.7. Protocolos para la atención de situaciones Tipo uno.
8.8.8. Protocolos para la atención de situaciones Tipo dos.
8.8.9. Protocolos para la atención de situaciones Tipo tres.
CAPITULO IX
9. RUTA DE ATENCION INTEGRAL.
9.1 COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCION INTEGRAL.
9.1.1. Componente de Promoción.
9.1.2. Componente de Prevención.
9.1.3. Componente de Atención.
9.1.4. Componente de Seguimiento.
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CAPITULO X
10. CONSIDERACIONES GENERALES.
10.1.ASPECTOS A TENER EN CUENTA POR EL CONSEJO DIRECTIVO
CUANDO SE DETECTA CONSUMO Y PORTE DE SUSTANCIAS
PSICOACTIVAS EN LOS ESTUDIANTES.
10.1.1. Análisis del caso.
10.1.2. Acciones de corrección.
10.1.3. Comportamiento reiterativo.
10.1.4. En caso de tráfico de estupefacientes con venta al por menor.
10.1.5. Ante situaciones de uso indebido y porte de sustancias psicoactivas.
10.1.6. Grado de adicción.
CAPITULO XI
11. DISPOSICIONES GENERALES.
11.1. INTERPRETACION DE VACIOS.
11.2. DELEGACION RECTORAL.
11.3. MODIFICACIONES
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CAPITULO XII
ANEXOS.
1. ADMISIONES Y MATRICULAS
2. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION Y PROMOCION (SIE), DE
LOS ESTUDIANTES, Decreto 1290 de 2.009.
3. MANUAL DE FUNCIONES .
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PRESENTACIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MALTERIA:
La Institución Educativa Malteria es una Institución Educativa de carácter oficial,
aprobado por Resolución No. 04146 de Noviembre 4 de 1.991, para impartir
enseñanza formal a niñas(os), jóvenes (mixto) en los niveles de educación preescolar,
básica primaria, básica secundaria y media ,en la jornada de la mañana, Calendario A.
Comprende las siguientes sedes:
Sede principal: Malteria
Sede A: La Colonia, ubicada en el recinto del pensamiento
Sede B: El Porvenir, ubicado en la vereda el desquite.
NIT . 800021571-6
Correo electrónico iimalteria@gmail.com
Pagina WEB, Blog: www.malteriacorazón.blogspost.com
Representante Legal:
ODILIA LOPEZ MONTES- Rectora..
Ubicado en el Km 13 Vía al magdalena, comuna el tesorito.
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ACUERDO N° 10
(Febrero de 2.015)
Por medio del cual se adopta el Manual de Convivencia Escolar “MCE”, de la
Institución Educativa Materia del Municipio de Manizales, Departamento de
Caldas.
El Consejo Directivo de la Institución Educativa MaLteria , en uso de sus facultades
legales y,
CONSIDERANDO:
A- Que el Artículo 68 de la Constitución política de Colombia, aprobada el 4 de
Julio de 1.991, establece “La comunidad Educativa, participara en la dirección
de las Instituciones de Educación”.
B- Que la Constitución Política de Colombia en su Artículo 67, consagra la
Educación como un Derecho fundamental de la persona, con la función de
formar a los ciudadanos en el respeto a los derechos humanos , a la paz y a
la Democracia.
C- Que el artículo 6° de la Ley 115 de 1.994, expresa que: “la comunidad
Educativa está conformada por estudiantes o educandos, educadores, padres
de familia o acudientes, Egresados, Directivos –docentes y administradores
escolares; todos Ellos , según su competencia, participaran en el diseño,
ejecución y evaluación del PEI y en la buena marcha del establecimiento
educativo”.
D- Que la Ley General de Educación Ley 115 de 1.994, Articulo 73 y 87,
Establece “La obligatoriedad del Manual de Convivencia; en el cual se
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definen los Derechos y Deberes de los estudiantes. Los padres o tutores y
los educandos, al firmar el contrato de matrícula correspondiente, en
representación de sus hijos, están aceptando el mismo”.
E- Que el Artículo 14 del Decreto 1860 de 1.994, determina el contenido del PEI,
que todo establecimiento educativo ha de elaborar y poner en práctica, con la
participación de la Comunidad Educativa un Proyecto Educativo Institucional
que exprese la forma como se ha decidido alcanzar los fines de la Educación,
definidos por la Ley teniendo en cuenta las condiciones sociales, económicas
y culturales de su medio.”
F- Que el Artículo 14 del Decreto 1860 de 1.994, en su numeral 7 incluye: “El
reglamento o Manual de convivencia y el Reglamento para docentes”, como
un aspecto a incluir en el PEI”.
G- Que el Decreto 1860 de 1.994 en su Artículo en su Artículo 17, reglamento el
Manual de convivencia y contempla doce aspectos que debe contener el
reglamento o Manual de convivencia.
H- Que cada establecimiento educativo goza de autonomía para formular
,adoptar y poner en práctica el PEI, sin más limitaciones que las definidas
por la Ley y que dichas propuestas fueron presentadas al Consejo Directivo
para su análisis , aprobación y adopción de conformidad con los artículos
14,15 y 25 del 1860 de 1.994.
I- Que la ley de Infancia y Adolescencia, Ley 1098 de 2.006 en su Artículo
segundo señala el objeto de la Ley, sosteniendo que el presente código tiene
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por objeto establecer normas sustantivas y procesales para la protección
integral de los niños (as) y adolescentes, garantizar el ejercicio de sus
derechos y libertades consagradas en la Instituciones internacionales de
derechos humanos , en la constitución política y en las leyes, así como su
restablecimiento, dicha garantía y protección sera obligatoria de la familia ,
sociedad y el estado.
J- Que el MCE-Manual de Convivencia Escolar de la I.E Malteria, tendrá otros
aportes Decreto 1290 de 2009, por el cual se reglamenta en la evaluación del
aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación
Básica y media ; la Ley 1620 de 2.013, creo el sistema Nacional de
Convivencia escolar y la formación para el ejercicio de los derechos humanos ,
la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia
escolar; el Decreto reglamentario , 1965 de 2.013; que reglamenta el
funcionamiento del sistema nacional de convivencia escolar y formación para
el ejercicio de los derechos humanos , la educación para la sexualidad y la
prevención y mitigación de la violencia escolar ; sus herramientas , sus
lineamientos generales bajo los cuales se deben ajustar los manuales de
convivencia escolar en las Instituciones educativas.
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ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: Adoptar en la Institución Educativa Malteria del
Municipio de Manizales-Caldas, el MCE Manual de
Convivencia Escolar
.
ARTICULO SEGUNDO: El Manual de convivencia escolar que se adopta, cumple
con todos los requisitos de Ley, cuyo contenido es el siguiente:
(Ver contenido anexo.)
ARTICULO TERCERO: La comunidad Educativa, conformada por estudiantes o
educandos, educadores, padres de familia o acudientes, egresados, directivos
docentes según su competencia, participar y poner en práctica el presente Manual
de convivencia escolar.
ARTICULO CUARTO: Cualquier ajuste o modificación al mismo se hará en
los términos establecidos en el artículo 15 del Decreto
1860 de 1.994
ARTICULO QUINTO: El Consejo Directivo, procederá a divulgar este Manual
de Convivencia Escolar en la Comunidad Educativa.
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ARTICULO SEXTO: El presente Manual de Convivencia deroga el anterior en
Todas sus partes.
ARTICULO SEPTIMO: El presente Manual de convivencia Escolar rige a partir
de la fecha y debe ser ampliamente difundido por
todos los organismos de la comunidad.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Manizales, a los 10 días del mes de Febrero de 2.015
FIRMADO CONSEJO DIRECTIVO
Original firmado
FIRMADO
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ACUERDO 10
(Febrero de 2.015)
POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA Y ACTUALIZA EL MEC 2.013 Y 2.014.
El Consejo Directivo de la Institución Educativa Malteria de Manizales en uso de
sus facultades y en especial las conferidas en el artículo 87 de la ley 715 de 1994
y el Artículo del decreto 1860 del mismo año, y
CONSIDERANDO:
A-Que el artículo 67 de la constitución nacional consagra que “La Educación es un
derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social… ”La
Educación formará al colombiano en el respeto por los derechos humanos, a la paz y
a la democracia…”
B-Que el artículo 87 de la Ley General de Educación establece que “los
establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el
cual se definen, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes”.
C-Que el artículo 14 del decreto 1860 de 1.994 determina en el numeral 7, que para
lograr la formación integral de los educandos, el Proyecto Educativo Institucional debe
contener “el reglamento o manual de convivencia”, más adelante éste mismo
decreto en su artículo 17, establece el contenido y las pautas básicas que debe tener
una Institución Educativa para formular su “reglamento o manual de convivencia”.
D-Que los artículos 43 del código de la infancia y de la adolescencia ley 1098 de
2006, determina como “obligación ética fundamental de los establecimientos
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educativos….garantizar a los niños, niñas y adolescentes, el pleno respeto a su
dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar”. El artículo
44 de la citada ley le asigna “obligaciones complementarias a las Instituciones
Educativas”, para que los directivos, docentes y comunidad educativa en general,
pongan en marcha mecanismos para proteger eficazmente los niños, niñas y
adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación,
discriminación o burla por parte de los demás compañeros o profesores, “establecer
en sus reglamentos mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y
reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de
burla, desprecio y humillación hacia los niños(as) y adolescentes con dificultades de
aprendizaje, de identidad, población diversa…..” “prevenir el tráfico y consumo de
todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencias dentro de las
instalaciones educativas…”
E-Que la ley 1620 de 2013 “Crea el sistema nacional de convivencia escolar y
formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad,
la prevención y mitigación de la violencia escolar” lo cual le asigna responsabilidad a
la instituciones educativas y a los integrantes de la comunidad educativa para
prevenir, atender, mitigar y hacer seguimiento a los casos de violencia escolar y
sexual através de la puesta en marcha del Comité de Convivencia Escolar; de la
formulación y gestión de los proyectos pedagógicos especialmente de educación para
la democracia y la participación, Educación para la sexualidad, desarrollo moral e
inteligencia emocional; la modificación y actualización del manual de convivencia, el
conocimiento y la activación de la ruta de atención integral en casos graves de
violencia escolar.
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F-Que nuestra Institución Educativa ha venido implementando estrategias
pedagógicas tendientes a formar en los estudiantes competencias ciudadanas, lo que
se ha constituido en una innovación apoyada por personas y entidades externas como
líder en mi proyecto de democracia y participación, entretejiendo nuestras
posibilidades para vivir con otros, habilidades para la vida, en las sexualidad, paz y
convivencia en la construcción de ciudadanía con enfoque ambientalista y preventivo
frente a la drogadicción, escuela saludable con el apoyo de la escuela familiar, PRAE,
implementación de acciones formativas y reparadoras en la intervención del conflicto y
en la adquisición de habilidades para la solución pacífica de los conflictos y en la
formación de docentes, estudiantes y padres de familia para mediar y concertar.
G-Que fueron oídos y tenidos en cuenta los conceptos de los diferentes estamentos
de la comunidad educativa definidos en el artículo 6 de la 115 de 1994.
Que en virtud de lo anterior,
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO. AMBITO DE APLICACIÓN;
El presente acuerdo que modifica y amplia el manual de convivencia, brinda un marco
de referencia, de formación y regulación de las interacciones sociales al interior de la
institución Educativa, con algunos alcances fuera de ella, el involucrar el ámbito
Familiar y comunitario.
ARTICULO SEGUNDO. OBJETO DE ACUERDO;
Realizar modificaciones y ampliaciones al manual de convivencia, introduciendo los
ajustes y precisiones necesarios de acuerdo a las necesidades y potencialidades
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institucionales y a la nueva legislación que le asigna responsabilidades pedagógicas,
éticas y sociales a la Institución Educativa.
ARTICULO TERCERO.
La educación para la convivencia es fundamental, de acuerdo a lo dispuesto en la
constitución política nacional y en los artículos 73 y 87 de la ley 115/94, para
favorecer la construcción de la democracia participativa en todas las comunidades
educativas definida en términos de reciprocidad y equidad en las relaciones
interpersonales, que han de ser solidarias, respetuosas y afectivas, reconociendo y
valorando las diferencias y la diversidad de formas de ser que se presentan al interior
de cada una de ellas.
En la Institución Educativa Malteria, el pacto de convivencia constituye un espacio
para el ejercicio de la participación democrática de todos sus integrantes, dentro de
éste marco de decisiones y a partir del ejercicio de la autonomía, directivos, docentes,
padres y/o acudientes, niños(as) y jóvenes, han elaborado un pacto de convivencia
como acuerdo colectivo expresado en los compromisos de cada uno con el objetivo
primordial “de crear y favorecer ambientes propicios para el desarrollo de la
personalidad y la convivencia armónica”, facilitando a los integrantes de la comunidad
educativa superar sus errores o fallas y fortalecer sus logros y éxitos tomando como
pilar fundamental EL VALOR DE LA PALABRA EMPEÑADA.
Además ésta Institución Educativa recalca en su misión la formación de niños(as) y
jóvenes con enfoque humanista – socializante, inclusivo para la construcción de un
nuevo país
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Como herramienta pedagógica asegura :
1. Respetar los Derechos y Deberes de todos los miembros de la comunidad
educativa.
2. Capacitar en el desarrollo de mecanismos alternos para la resolución de
conflictos.
3. Considerar la sanción como un fin pedagógico excepcional.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: Adoptar en la Institución Educativa Malteria del
Municipio de Manizales-Caldas, el MCE Manual de
Convivencia Escolar
.
ARTICULO SEGUNDO: El Manual de convivencia escolar que se adopta, cumple
con todos los requisitos de Ley, cuyo contenido es el siguiente:
(Ver contenido anexo.)
ARTICULO TERCERO: La comunidad Educativa, conformada por estudiantes o
educandos, educadores, padres de familia o acudientes, egresados, directivos
docentes según su competencia, participar y poner en práctica el presente Manual
de convivencia escolar.
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ARTICULO CUARTO: Cualquier ajuste o modificación al mismo se hará en
los términos establecidos en el artículo 15 del Decreto
1860 de 1.994
ARTICULO QUINTO: El Consejo Directivo, procederá a divulgar este Manual
de Convivencia Escolar en la Comunidad Educativa.
ARTICULO SEXTO: El presente Manual de Convivencia deroga el anterior
en todas sus parte.
ARTICULO SEPTIMO: El presente Manual de convivencia Escolar rige a partir
de la fecha y debe ser ampliamente difundido por
todos los organismos de la comunidad.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Manizales, a los 10 días del mes de Febrero de 2.015
FIRMADO CONSEJO DIRECTIVO
ORIGINAL FIRMADO
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RESOLUCION RECTORAL N°15
(Febrero de 2.015)
Por medio de la cual se adopta el Manual de convivencia escolar de la
Institución Educativa Malteria (modificado y actualizado), del Municipio de
Manizales –Caldas.
La suscrita Rectora de la Institución Educativa Malteria en uso de sus facultades
legales y,
CONSIDERANDO:
A-Que “en todas las Instituciones Educativas oficiales o privadas, se fomentaran
prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la
participación ciudadana”.
B-Que el Artículo 68 de la Constitución política de Colombia, aprobada el 4 de Julio
de 1.991, establece “La comunidad Educativa, participara en la dirección de las
Instituciones de Educación”.
C-Que la Constitución Política de Colombia en su Artículo 67, consagra la Educación
como un Derecho fundamental de la persona, con la función de formar a los
ciudadanos en el respeto a los derechos humanos , a la paz y a la Democracia.
Municipio de Manizales
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D-Que el artículo 6° de la Ley 115 de 1.994, expresa que: “la comunidad Educativa
esta conformada por estudiantes o educandos, educadores, padres de familia o
acudientes, Egresados, Directivos –docentes y administradores escolares; todos
Ellos , según su competencia, participaran en el diseño, ejecución y evaluación del
PEI y en la buena marcha del establecimiento educativo”.
E-Que la Ley General de Educación Ley 115 de 1.994, Articulo 73 y 87, Establece
“La obligatoriedad del Manual de convivencia; en el cual se definen los Derechos y
Deberes de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos, al firmar el
contrato de matrícula correspondiente, en representación de sus hijos, están
aceptando el mismo”.
F-Que el Artículo 14 del Decreto 1860 de 1.994, determina el contenido del PEI, que
todo establecimiento educativo ha de elaborar y poner en práctica, con la
participación de la Comunidad Educativa un Proyecto Educativo Institucional que
exprese la forma como se ha decidido alcanzar los fines de la Educación, definidos
por la Ley teniendo en cuenta las condiciones sociales, económicas y culturales de
su medio.”
G-Que el Artículo 14 del Decreto 1860 de 1.994, en su numeral 7 incluye: “El
reglamento o Manual de convivencia y el Reglamento para docentes”, como un
aspecto a incluir en el PEI”.
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H-Que el Decreto 1860 de 1.994 en su Artículo en su Artículo 17, reglamento el
Manual de convivencia y contempla doce aspectos que debe contener el reglamento
o Manual de convivencia
I-Que el Artículo 25 del 1860, asigna las funciones del Rector, “Orientar la ejecución
del PEI y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar , identificar las nuevas
tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del mejoramiento
del PEI.
J-Que la Rectora promociona la participación entre los estamentos integrantes de la
comunidad educativa para señalar las fechas límites , para cada evento del
proceso dejando suficiente tiempo para la comunicación, la deliberación y reflexión,
en consecuencia la Rectora participo en el análisis y modificaciones de la propuesta
que presentaron los equipos de trabajo designados para tal fin.
K-Que cada establecimiento educativo goza de autonomía para formular ,adoptar y
poner en práctica el PEI, sin más limitaciones que las definidas por la Ley y que
dichas propuestas fueron presentadas al Consejo Directivo para su análisis ,
aprobación y adopción de conformidad con los artículos 14,15 y 25 del 1860 de
1.994.
L-Que la ley de Infancia y Adolescencia, Ley 1098 de 2.006 en su Artículo segundo
señala el objeto de la Ley, sosteniendo que el presente código tiene por objeto
establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños
(as) y adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagradas
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en la Instituciones internacionales de derechos humanos , en la constitución política
y en las leyes, así como su restablecimiento, dicha garantía y protección será
obligatoria de la familia , sociedad y el estado.
M-Que el Manual de convivencia de la I.E. Malteria , tendrá otros aportes, entre
ellos; lo reglamentado en el Decreto 1290 de 2.009 , por el cual se reglamenta la
evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes, de los niveles de
Educación básica y media.
N-Que el Manual de Convivencia escolar MCE, es la herramienta por excelencia ,
para regular y dinamizar la vida escolar .Es el mecanismo que permite profundizar
la democracia y la participación , así como la solución de conflictos y la convivencia
escolar.
O-Que la revisión y ajuste del MCE-Manual de convivencia escolar, se hizo con
referencia a la guía N° 49,”Guias pedagógicas para la convivencia escolar”(Ley 1620
y Decreto 1965 de 2.013).
P-Que la Ley 1620 de 2.013, “crea el sistema nacional de convivencia escolar y
formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad
y la prevención y mitigación de la violencia escolar”.
Q-Que la Ley 1620 de 2.013, en su artículo 21 dice: ”Los manuales de convivencia
deben identifica nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la
convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos de los estudiantes que les permiten aprender del error , respetar la
diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica , así, como de posibles
situaciones y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos”.
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R-Que de acuerdo a la autonomía que concede a los planteles educativos la Ley 115
de 1.994 y su Decreto reglamentario 1860 de 1.994, el Consejo Directivo aprobó el
Manual de convivencia –MCE, mediante acuerdo N° 10 de Marzo de 2.015.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: Adoptar en la Institución Educativa Malteria del
Municipio de Manizales-Caldas, el MCE Manual de
Convivencia Escolar
ARTICULO SEGUNDO: El Manual de convivencia escolar que se adopta, cumple
con todos los requisitos de Ley, cuyo contenido es el
siguiente:
(Ver contenido anexo.)
ARTICULO TERCERO: La comunidad Educativa, conformada por estudiantes o
educandos, educadores, padres de familia o acudientes, egresados, directivos
docentes según su competencia, participar y poner en práctica el presente Manual
de convivencia escolar.
ARTICULO CUARTO: Cualquier ajuste o modificación al mismo se hará en
los términos establecidos en el artículo 15 del Decreto
1860 de 1.994
ARTICULO QUINTO: El Consejo Directivo, procederá a divulgar este Manual
de Convivencia Escolar en la Comunidad Educativa.
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ARTICULO SEXTO: El presente Manual de Convivencia deroga el anterior
en todas sus partes
ARTICULO SEPTIMO: El presente Manual de convivencia Escolar rige a partir
de la fecha y debe ser ampliamente difundido por
todos los organismos de la comunidad.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Manizales, a los 10 días del mes de Febrero de 2.015
FIRMADO
ODILIA LOPEZ MONTES
Rectora
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´PRELIMINARES
JUSTIFICACION:
La Institución Educativa Materia necesita de acuerdos y soportes documentales
que le permitan dentro de una sana convivencia ejercer dentro del ejercicio de sus
deberes y derechos una sana convivencia , como contribución al desarrollo integral
de sus actores educativos . Las pautas de formación, van encaminadas a que el
estudiante logre interiorización de sus competencias ciudadanas ,que lo lleven a
formarse como persona responsable de sus actos y de su vida .
El Manual de convivencia además busca dar el soporte a los niños y niñas para
fortalecer su perfil y ejercer una plena ciudadanía ,partiendo del reconocimiento
de la dignidad humana , de la necesidad de trabajar en la construcción de una
ciudadanía pluralista, participativa e intercultural fundamentada en la solidaridad e
inspirada en la urgencia de integrar un tejido social como lo propone el espíritu
de la CPC .
Aportes para la construcción de los reglamentos o manuales de convivencia escolar.
1. ¿Qué es un reglamento o manual de convivencia escolar?
Se entiende como una herramienta para fortalecer procesos pedagógicos, contemplar
principios, normas, procedimientos, acuerdos y demás aspectos que regulan y hacen
posible la convivencia de todos los miembros de una comunidad educativa, sirve de
bitácora para ayudar a sostener los ideales del PEI del colegio.
Es Reglamento. En él se encuentran las normas que regulan la vinculación,
permanencia, y desvinculación de los estudiantes a una Institución Educativa; y en
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este sentido tiene el carácter de ley o norma para la Institución y para quienes haga
parte de la misma, permite que todos los estamentos que conforman la comunidad
educativa puedan encontrar en él, el respaldo para exigir los deberes y respetar los
derechos de todos sus miembros, mediante la aplicación de procedimientos y normas
de manera justa, superando la arbitrariedad a la subjetividad.
Es Manual. Porque allí se consignan los procedimientos o la manera como en la
Institución Educativa se siguen los conductos regulares para solucionar los conflictos,
se determinan los criterios de evaluación de los estudiantes en su proceso académico
y formativo, se establecen los estímulos y sanciones formativos que se consideren
pertinentes, se regula la estructuración de los organismos de participación, en
síntesis, se establecen los procedimientos operativos del diario vivir escolar. También
es manual porque, como su nombre lo indica debe estar “a la mano” para todos los
miembros de la Institución Educativa.
Es de Convivencia. Porque el espíritu último que subyacen las normas y
procedimientos que rigen el comportamiento de los miembros de una comunidad
educativa, está en línea de lograr y garantizar la sana, cordial y agradable convivencia
para todos, y de hacer de la Institución Educativa un espacio de construcción de
ciudadanía y de la participación democrática, con el propósito de formar hombres y
mujeres íntegros, éticos, social y políticamente maduros, y sujetos válidos de
interlocución política. Su carácter nos pone de relieve que la convivencia es algo que
la persona aprende y puede mejorar a través de las distintas interacciones que
suceden en el espacio escolar.
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Es Escolar. Porque su finalidad última es educativa, es decir debe ser un medio para
desarrollar la formación ética, moral y política de los estudiantes, es un lugar en donde
se les prepara para que se integren de manera activa y efectiva en el seno de la
sociedad. Así, la escuela se constituye en un “laboratorio” de convivencia, de
experiencia, de resolución de conflictos; el escenario para aprender a vivir lo público.
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INTRODUCCION
La escuela, el entorno y el hogar son pilares fundamentales en la educación de los
niños(as) y jóvenes, por ende su deber es el de preparar el hombre para la vida, para
su interacción cultural y para su desarrollo cognitivo, social, afectivo, psicomotor,
frente a la construcción de valores, actitudes y principios.
La educación es uno de los medios a través del cual nos apropiamos del
conocimiento, riqueza acumulada para el trabajo y la cultura. La Educación de hoy
presenta graves dificultades y frente a esta situación, nuestra Institución Educativa
se propone:
a- Ayudar a los estudiantes a adaptarse y prepararse para el cambio mediante un
aprendizaje permanente como lo plantea la visión, la misión y la filosofía
institucional.
b- Formar a los estudiantes para que sean operativos y capaces de resolver
problemas. La Institución Educativa Maltería, pretende llevar a cabo estas
propuestas educativas a través de: aprender a emprender. Aprender Ser,
aprender hacer y aprender a convivir estos aprendizajes permanentes,
permitirán el desarrollo humano, personal y social del ser; u hombre solidario
que se ame y ame a los demás. Que crea en si mismo y decida por si mismo,
se identifique y se implique, que su hablar, pensar, sentir y hacer sean
coherentes y ejemplos de vida, este es el nuevo ciudadano que queremos y
deseamos formar.
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Qué es convivencia escolar.
 Se entiende como la acción de vivir en compañía de otras personas en el
contexto escolar y de manera pacífica y armónica. Se refiere al conjunto de
relaciones que ocurren entre las personas que hacen parte de la comunidad
educativa, el cual debe enfocarse en el logro de los objetivos educativos y su
desarrollo integral. (Tomado de la guía pedagógica para la convivencia escolar
del MEN)
 La convivencia escolar resume el ideal de la vida en común entre las personas
que forman parte de la comunidad educativa, partiendo del deseo de vivir
juntos de manera viable y deseable a pesar de la diversidad de orígenes”
(Mockus, 2002). Así mismo se relaciona con construir y acatar normas; contar
con los mecanismos de autorregulación social y sistemas que velen por su
cumplimiento, respetar las diferencias; aprender a celebrar, cumplir y reparar
acuerdos y construir relaciones de confianza entre las personas de la
comunidad educativa (Mockus, 2003).
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GLOSARIO
(Para dar una mejora interpretación al MCE)
ACUDIENTE. Persona: padre de familia y/o autorizado por el padre para representar
al estudiante en la I.E. Educativa.
ESTUDIANTE. Persona niño o niña que ha formalizado la matrícula.
ANTIJURICIDAD. Comportamiento contrario a lo estipulado en la Ley.
COMUNIDAD EDUCATIVA. Personas que tienen relación directa o indirecta con el
establecimiento.
CONCILIACION. Acuerdo voluntario al cual se llega por libre expresión de los
estudiantes, padres e institución , ante un hecho determinado como causal de
disciplina.
CONDUCTA. Todo comportamiento esperado de manera eficiente.
CULPA. Comportamiento realizado sin querer.
DEBER. Toda exigencia que debe cumplir el estudiante.
DERECHO; Toda facultad que le permite hacer de manera positivo determinadas
actividades al estudiante.
DISCIPLINA: Comportamiento esperado dentro del plantel.
DOLO: Comportamiento realizado de manera premeditada.
EDAD ESCOLAR: Es el tiempo cronológico de los estudiantes para el ingreso a un
nivel determinado.
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EVALUACIÓN: Proceso que pretende la búsqueda del aprendizaje.
EXCLUSIÓN: Es el hecho de llevar por fuero del establecimiento educativo o un
estudiante cuando, previo un proceso, se ha calificado una falta de las más graves.
FALTA: Es el comportamiento anómalo de un estudiante que se encuentra
determinado en el manual de convivencia.
FLAGRANCIA: Es el evento en el cual un estudiante es sorprendido en la ejecución
de un acto no permitido.
MATRICULA: Proceso de vinculación con et establecimiento educativo, una vez se
han llenado los requisitos exigidos.
PADRE DE FAMILIA: Es por mandato legal el representante legal de los estudiantes.
PENSIÓN: Valor pecuniario cancelado o establecimiento educativo por concepto de
estadía mensual en una institución no oficial, es diferente a otros pagos.
PROHIBICIÓN: Son aquellos comportamientos que no están permitidos.
REPROBACIÓN: Lo manifestación de no haber alcanzado los logros propuestos y su
no promoción al grado siguiente.
SANCIÓN: Es la medida impuesta como consecuencia de un proceso de carácter
disciplinario, cuya principal finalidad es la de formar valores de carácter pedagógico y
de vida.
TITULO: Es el reconocimiento otorgado a un estudiante al finalizar su ciclo educativo.
UNIFORME: Prenda de vestir con la cual se identifica el plantel.
COMPETENCIAS CIUDADANAS: Es una de las competencias básicas que se define
como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y
comunicativos que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de
manera constructiva en una sociedad democrático.
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EDUCACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES
Y REPRODUCTIVOS: es aquella orientada a formar personas capaces de
reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y
reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo
mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el
entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que
les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomos para ejercer una
sexualidad libre, satisfactoria, responsable y en torno a la construcción de su proyecto
de vida y a la transformación de los dinámicas sociales, hacia el establecimiento de
relaciones más justas democráticos y responsables .
ACOSO ESCOLAR O BULLYING: Conducta negativa, intencional metódica y
sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción,
aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de
maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o
adolecente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene
una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de
un tiempo determinado.
También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de
estudiantes contra docentes. Ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El
acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el
rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima
escolar del establecimiento educativo.
CIBERBULLYING O CIBERACOSO ESCOLAR: forma de intimidación con uso
deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía
móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
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CONFLICTOS. Son situaciones que se caracterizan porque hay uno incompatibilidad
real o percibido entre una o varias personas frente o sus intereses.
CONFLICTOS MANEJADOS INADECUADAMENTE. Son situaciones en las que los
conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan
la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más
miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y
siempre y cuando no exista uno afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los
involucrados.
AGRESIÓN ESCOLAR. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la
comunidad educativo que busca afectar negativamente a otros miembros de la
comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. Lo agresión
escotar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
AGRESIÓN FÍSICA. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o
a lo salud de otro persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas,
mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otros.
AGRESIÓN VERBAL. Es todo acción que busque con las palabras degradar,
humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y
amenazas.
AGRESIÓN GESTUAL. Es toda acción que busque con tos gestos degradar, humillar,
atemorizar o descalificar a otros.
AGRESIÓN RELACIONAL Es toda acción que busque afectar negativamente las
relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y
difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que
tiene la persona frente a otros.
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AGRESIÓN ELECTRÓNICA. Es toda acción que busque afectar negativamente a
otros o través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos Íntimos
o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros o
través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes
u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien
los envía.
VIOLENCIA SEXUAL. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146
de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo
acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente,
utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción físico, psicológica o emocional,
aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de
poder existentes entre víctima y agresor".
VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES:
Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los
derechos de los niños, niñas y adolescentes.
1. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el
conjunto de actuaciones administrativos y de otra naturaleza, que se
desarrollan para lo restauración de su dignidad e integridad como sujetos de
derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de tos derechos que
le han sido vulnerados.
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CAPITULO I
DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO INSTITUCIONAL.
FILOSOFIA:
Dicha formación es el fundamento y razón de la Institución para formar personas con
altos ideales y útiles a la sociedad.
Sus principios filosóficos han sido:
1. Lograr un verdadero cambio social
2. Orientar e impartir una educación integral autónoma.
3. Formar en valores rescatando y afianzando, el respeto, la responsabilidad, la
solidaridad, la libertad, la autonomía y la participación.
4. Desarrollar habilidades y destrezas para formar personas comprometidas con
la construcción de una dinámica familiar económica y social.
La Institución Educativa Maltaría gira alrededor de la orientación ética,
social, cultural y académica a los estudiantes, hacia el desarrollo integral y
de acuerdo con las facultades intelectuales, la libertad, la participación
democrática y respeto a la dignidad humana.
Teniendo en cuenta la renovación curricular recomendada por el M.E.N. y
considerando que el centro del proceso educativo es el educando como
tal y como miembro de la sociedad, la educación debe responder a sus
características y necesidades y a los avances científicos de hoy.
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VISION
.
MISION:
Formar niños, niñas y jóvenes con enfoque humanista-socializante, inclusivo,
competentes en el ámbito industrial y del campo, para la conservación y
saneamiento ambiental, con el fin de desarrollar proyectos productivos que
respondan a la necesidades personales, familiares y comunitarias en
contexto local, regional y Nacional, mediante metodologías flexibles dentro
del modelo Escuela Nueva
En el año 2016, la Institución Educativa Maltería será reconocida a nivel
global, porque aplica con calidad prácticas ambientales en el sector, que
impactan positivamente el medio, desarrollando proyectos productivos
socialmente responsables, mediante la generación de programas educativos
a través de alianzas estratégicas con la academia y las empresas del sector,
para lograr una amplia integración comunitaria en beneficio de la calidad de
vida de los estudiantes y sus familias
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PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES:
PRINCIPIOS: Antropológicos, sociológicos, psicológicos, pedagógicos.
VALORES: Libertad, respeto, compromiso social, paz y creatividad, respeto al medio
ambiente, tolerancia , prudencia , amor, solidaridad, honestidad, responsabilidad ,
utilización racional del tiempo libre , solución pacífica del conflicto, respeto a la
diversidad entre otros.
POLITICA DE CALIDAD:
La Institución Educativa Maltería es inclusiva, ofrece un servicio educativo
formal por niveles de preescolar, básica primaria, secundaria y media
vocacional, pretende integrar niños y jóvenes a la sociedad post-
contemporánea. Fortalecida en sus valores y con un proyecto de vida, que
potencializa el carácter humanista socializante del SER, mediante procesos
democráticos y participativos, en continuo mejoramiento.
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IMAGEN CORPORATIVA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA:
Los diferentes actores de la comunidad educativa se identifican con los símbolos de la
institución, reconocen y cumplen con el uniforme se trabaja con ellos la interiorización
del himno y la estructura teleológica de la Institución (Misión, Visión, principios). Todo
el talento humano se identifica con la filosofía institucional pero se hace necesario
generar un mejor sentido de pertenencia entre toda la comunidad educativa.
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EL ESCUDO
EL HIMNO:
LETRA: Maria Eloisa Arias Patiño. MUSICA: Diván Benjumea Quiceno
El Escudo nos ofrece un panorama rodeado de naturaleza
fresca y rica, que invita al disfrute a la contemplación y a
enamorarse de ella. La fuente hídrica establece un futuro
prometedor de vida. Su nevado y sus montañas agrestes y
empinadas son guardianes fieles que identifican la zona
andina de la región.
Como sello imprescindible está el hombre ilustrado por las
manos entrelazadas como lenguaje de saludo , de entrega ,
de bienvenida, cordialidad y solidaridad.
I. Estrofa
El colegio siempre nos acoge
Con gestos de fraternidad
Del alumno siempre recoge
Los frutos para la sociedad.
CORO I
Del paisaje emerge belleza
Maltería nos la enseñará
Las montañas con sus grandezas
Armonía siempre brindará
Introducción…
II Estrofa
Estudiantes marchad con amor
Tratando siempre de alcanzar
Amistad, ciencia y honor
Y en futuro poder triunfar
CORO II
La cultura nos brinda progreso
En las aulas se adquiere el saber
Con ciencia llegamos muy lejos
Y así el triunfo se puede obtener
Del paisaje emerge belleza…… fin
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BANDERA: Azul, Blanco y verde
Los colores influyen sobre el ser humano, tanto fisiológica como sicológicamente.
Interviene la vida, creando alegría, tristeza, exaltación, depresión, actividad o
pasividad. Por esto se le da también un significado a los colores, en los diferentes
campos del quehacer humano. Con respecto a la bandera:
Azul: Con efecto opuesto al rojo y más activo que el verde. Representa el cielo azul
de la región, el agua pródigamente creada por el creador en ésta zona de Manizales,
representa frescura, factor importante de vida, es oxígeno vivo.
Blanco: La pureza y limpieza de sus gentes, la humedad, la niebla y la frescura del
aire. La blanca y brillante presencia de los bosques de hielo del vecino nevado del
Ruíz.
Verde: Calmante des--estresante, representa el abundante verdor de las plantas
purificadoras del ambiente, es la esperanza, el futuro del trabajo de sus gentes.
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LOGOTIPO ESCUELA NUEVA
HIMNO DE ESCUELA NUEVA
Hacia Escuela Nueva
Hacia Escuela Nueva
Queremos invitar
A los campesinos
Alos campesinos
Que gusten progresar
Los niños caldenses felices estamos
En Escuela Nueva con amor estudiamos
Terrario y acuario ya listos están
En mesa de arena vamos a practicar
Aquí estudiamos con mucha alegría
Leyendo en grupitos los cuentos de la guía
En la biblioteca mucho investigamos
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El huerto escolar también lo cultivamos
Los días de logros parecen festivos
Amigos y padres todos reunidos
A ti Escuela Nueva cantamos mi canción
Porque te llevamos dentro del corazón.
SIMBOLOS PATRIOS
SIMBOLOS DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
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HIMNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
Coro:
¡Oh gloria inmarcesible!
¡Oh júbilo inmortal!
¡En surcos de dolores
el bien germina ya!
I
¡Cesó la horrible noche! La libertad sublime
derrama las auroras de su invencible luz.
La humanidad entera, que entre cadenas gime,
comprende las palabras del que murió en la cruz.
II
"¡Independencia!" grita el mundo americano;
se baña en sangre de héroes la tierra de Colón.
Pero este gran principio: "El rey no es soberano",
resuena, y los que sufren bendicen su pasión.
III
Del Orinoco el cauce se colma de despojos;
de sangre y llanto un río se mira allí correr.
En Bárbula no saben las almas ni los ojos,
si admiración o espanto sentir o padecer.
IV
A orillas del Caribe hambriento un pueblo lucha,
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horrores prefiriendo a pérfida salud.
¡Oh, sí! De Cartagena la abnegación es mucha,
y escombros de la muerte desprecia su virtud.
V
De Boyacá en los campos el genio de la gloria
con cada espiga un héroe invicto coronó.
Soldados sin coraza ganaron la victoria;
su varonil aliento de escudo les sirvió.
VI
Bolívar cruza el Ande que riega dos océanos;
espadas cual centellas fulguran en Junín.
Centauros indomables descienden a los Llanos,
y empieza a presentirse de la epopeya el fin.
VII
La trompa victoriosa en Ayacucho truena;
y en cada triunfo crece su formidable son.
En su expansivo empuje la libertad se estrena,
del cielo americano formando un pabellón.
VIII
La Virgen sus cabellos arranca en agonía
y de su amor viuda los cuelga del ciprés.
Lamenta su esperanza que cubre losa fría,
pero glorioso orgullo circunda su alba tez.
IX
La patria así se forma, termópilas brotando;
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constelación de cíclopes su noche iluminó.
La flor estremecida, mortal el viento hallando,
debajo los laureles seguridad buscó.
X
Mas no es completa gloria vencer en la batalla,
que al brazo que combate lo anima la verdad.
La independencia sola al gran clamor no acalla;
si el sol alumbra a todos, justicia es libertad.
XI
Del hombre los derechos Nariño predicando,
el alma de la lucha profético enseñó.
Ricaurte en San Mateo en átomos volando,
"Deber antes que vida", con llamas escribió
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SIMBOLOS PATRIOS DEL DEPARTAMENTO DE CALDAS
CORO
¡Viva Caldas! Espléndida comarca;
de virtudes glorioso caudal
de Colombia modelo que marca
el compás de su marcha triunfal
I
Descendientes de casta bravía;
de los Andes magnífica luz,
somos raza donde arde la vida
con destellos de ciencia y salud.
II
Salve Caldas comarca pionera
de progreso fecundo vergel;
salve cuna de raza procera
de Colombia parcela más fiel.
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SIMBOLOS PATRIOS DE LA CIUDAD DE MANIZALES
CORO
Manizales, beso tu
nombre
que significa
juventud
beso la orilla de tu
cielo
y de pie te canto
¡salud
I
Sobre tu frente cruza
un águila
y a tus pies un río de
miel;
y arde la vida
bellamente
en el varón y en la
mujer.
II
La patria entera oye
la música
que sale de tu
corazón
y mira hoy hacia tu
frente
que se levanta como
el sol
NUESTRO LEMA
“Liderazgo en Emprendimiento y Desarrollo Humano”
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CAPITULO II
Objetivos, propósitos y normativa sobre la formación y evaluación del
desarrollo personal y social del estudiante. (Decreto 1290 de 2.009).
ARTICULO PRIMERO DEFINICION: Para los efectos del presente acuerdo, se
entiende por manual de convivencia, el conjunto de normatividades que regulan las
relaciones de los miembros de al comunidad estudiantil, entre sí, y con los demás
estamentos del comunidad educativa de la “Institución Educativa Maltería”
ARTICULOS SEGUNDO:
OBJETIVOS GENERALES.
1. Dar a conocer a la comunidad educativa e manual de convivencia pactado.
2. Participar en el proceso de elaboración y ajuste permanente del manual de
convivencia de acuerdo a la normatividad vigente por parte de estudiantes y
docentes.
3. Fomentar en el estudiante la capacidad crítica, reflexiva y analítica que
fortalezca el desarrollo cognitivo, procedimental y actitudinal del mismo,
orientada al trabajo, el desempeño laboral, al mejoramiento cultural, la calidad
de vida y a la cooperación en busca de alternativas de solución a los
problemas y al proceso social, mediante las oportunidades de participación que
se ofrecen en la comunidad.
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4. Implementar las acciones conducentes al mejoramiento de la convivencia en la
comunidad educativa mediante estrategias que propicien la formación integral
de los estudiantes.
5. Orientar el Manual de Convivencia desde una perspectiva que privilegie la
prevención y reduzca el espíritu sancionatorio. Este debe estar en relación
directa con los principios:
ANTROPOLÓGICOS: Que define al tipo de hombre a formar, las relaciones hombre –
hombre, hombre – mundo, hombre – conocimiento, hombre - saber y hombre –
actitudes.
AXIOLÓGICOS: Valores, hábitos y actitudes.
FILOSÓFICOS Y EPISTEMOLÓGICOS: Autonomía, democracia participativa,
comunicación y métodos del conocimiento o saberes científicos.
PSICOLÓGICOS: Comprensión de la conducta humana.
PEDAGÓGICOS: Búsqueda de medios de formación.
ARTICULO TERCERO:
OBJETIVOS ESPECIFICOS.
1. Adquirir un compromiso responsable con las normas establecidas haciéndolas
parte integral del quehacer educativo cotidiano.
2. Crear en el estudiante el sentido de pertenencia y mantener siempre en alto el
nombre de la institución.
3. Orientar al estudiante para que juzgue las situaciones con criterio propio,
principios de verdad y justicia.
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4. Recuperar y fomentar los valores en los estudiantes por medio de acciones
coordinadas entre los directivos, docentes, estudiantes, padres de familia y/o
acudientes, administrativos y comunidad en general.
5. Desarrollar mecanismos de seguimiento y control efectivo desde el punto de
vista legal, por directores de grupo, comité de convivencia y comisión de
evaluación.
6. Fijar con claridad los procedimientos del conducto regular para las diferentes
situaciones y reclamos ante los integrantes de los estamentos institucionales y
el gobierno escolar.
7. Propiciar en la comunidad educativa un espíritu de concertación y conciliación,
como base fundamental en la resolución de conflictos entre los integrantes de
ésta.
8. Contribuir a la formación integral por medio del cumplimiento del presente
Manual de convivencia.
9. Promover, garantizar y defender DDHH y DHGR (Derechos Humanos y
Derechos Humanos Sexuales y Reproductivos)
10.Establecer normas para las funciones, deberes, comportamientos y actitudes
pactadas por la comunidad educativa entre sí y con el entorno escolar, de tal
manera que se garantice el ejercicio de los derechos de todas las personas
que la conforman.
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ARTICULO CUARTO:
PROPOSITOS SOBRE LOS QUE SE FUNDAMENTA EL MANUAL DE
CONVIVENCIA ESCOLAR .
Esta actualización al manual pretende fundamentar un sistema de convivencia que
posibilite acompañar los procesos formativos (mental, emocional, físicos) de los
niños(as) y jóvenes promoviendo su desarrollo como sujetos de derecho y deberes, es
decir como ciudadanos, por ello busca:
1. Promover las prácticas de respeto entre los miembros de la comunidad
escolar.
2. Promover el diálogo entre los miembros de la comunidad, sobre la base de la
concertación, la conciliación y los compromisos compartidos.
3. Prevenir y mitigar la violencia escolar incluido el matoneo y el ciberbullying
4. Fomentar el respeto por el Manual de Convivencia, el debido proceso y el
conducto regular en las prácticas de convivencia.
5. Orientar la negociación del conflicto en la Institución Educativa, teniendo en
cuenta el manual de convivencia.
6. Conformar los estamentos de participación democrática a través del gobierno
escolar, conforme a lo establecido en la ley general de educación (ley 115/94)
en los artículos 19 y 20.
ARTICULO QUINTO:
PROCESO FORMATIVO.
Es aquella instancia encargada de brindar espacios de diálogo entre los miembros de
la comunidad educativa, con el ánimo de llegar a acuerdos y la reflexión sincera frente
a la transgresión de la norma establecida en el manual de convivencia intervienen en
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éste proceso docentes, directores de grupo, estudiantes, directivos y padres de familia
y/o acudientes, dejando constancia de ello.
ARTICULO SEXTO:
PROCESO DISCIPLINARIO.
Se aplica en el evento de faltas graves y gravísimas contempladas en el manual de
convivencia o por la sistematicidad en el incumplimiento de acuerdos, en relación a las
faltas leves una vez firmado compromisos dentro del proceso formativo. Tiene como
objetivo preservar los derechos de los miembros de la comunidad escolar, fomentando
el respeto a la convivencia intervienen en éste proceso director(a) de grupo, el
estudiante, padre y/o acudiente, la coordinadora general, comité escolar de
convivencia y rectora.
ARTICULO SEPTIMO:
PRINCIPIOS BASICOS PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR.
La convivencia escolar en la Institución está basada en los siguientes principios:
1. Respeto: Implica reconocer nuestra dignidad y la de otras personas, fortaleciendo
las relaciones humanas a través de la empatía, tolerancia, lealtad, prudencia y
veracidad.
2. Responsabilidad: Con nosotros mismos y con los demás ejerciendo libertad en
nuestras palabras y acciones en relaciones interpersonales constructivas.
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3. Honestidad: Conjunto de conductas que reflejan una actitud de veracidad,
honradez, rectitud y autenticidad.
4. Solidaridad: Significa apoyar a los miembros de la comunidad adhiriéndonos en el
servicio y la fraternidad a las necesidades de las personas que nos rodean.
5. Diálogo: Privilegia el encuentro con el otro, a través de la conversación, la
discusión, las preguntas y respuestas que facilitan la comprensión, aceptación y
búsqueda de la verdad en las relaciones humanas armónicas.
6. Participación: Compromiso entusiasta en las actividades del plantel, con optimismo,
alegría y espíritu de trabajo individual y de equipo.
7. Reparación: Son las acciones que realiza el victimario con quien tuvo la dificultad
para enmendar el hecho.
8. Perdón: Sentimiento que aflora en un conflicto cuando las partes reconocen su nivel
de equivocación y de afectación mutua.
9. Libertad.
10. Creatividad
11. Respeto por el medio ambiente.
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ARTICULO OCTAVO:
APRENDIZAJES BASICOS PARA LA CONVIVENCIA.
1. Aprender a no agredir al congénero. Fundamento de todo modelo de
convivencia social, la agresividad es natural y fundamental en todos los
animales, incluido el ser humano. Es la que genera la fuerza para afrontar
situaciones difíciles, abordar los problemas y emprender los grandes
propósitos; en el Ser Humano la agresividad puede convertirse en amor o en
hostilidad, en odio, esto depende en gran parte de las enseñanzas y de la
experiencias de vida que haya tenido.
Aprender a no agredir al otro significa:
 Aprender a valorar la vida del otro como mi propia vida.
 Aprender que no existen enemigos, existen opositores con los cuales puedo
conciliar para resolver los problemas y los conflictos.
 Aprender a valorar la diferencia como una ventaja que me permite ver y
compartir otros modos de pensar, de sentir y de actuar.
 Aprender a buscar la unidad pero no la uniformidad.
 Aprender a tener el cuidado y la defensa de la vida como un principio máximo
de toda la convivencia.
 Aprender a respetar la vida íntima de los demás.
2. Aprender a comunicarse: Base de la autoafirmación personal y grupal. El
medio básico de la comunicación es la conversación y la convivencia social,
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requiere aprender a conversar; a través de ella expresamos, comprendemos,
aclaramos, coincidimos, discrepamos y nos comprometemos, en una
conversación auténtica cada uno busca convencer al otro, pero también acepta
ser convencido, y es en éste propósito mutuo, como se construye la
autoafirmación de cada uno y la de todo el grupo, por eso la mentira deteriora
toda comunicación.
3. Aprender a interactuar: Base de los modelos de relación social. Aprender a
interactuar supone varios aprendizajes:
 Aprender a acercarse a los otros. Esa es la importancia de las reglas de
saludo y cortesía.
 Aprender a comunicarse con los otros. Saber reconocer los sentires y los
mensajes de los otros y lograr que mis mensajes y sentidos sean reconocidos
en otras palabras, saber conversar y saber deliberar.
 Aprender a estar con los otros. Percibir que los otros “están conmigo” en el
mundo buscando y deseando ser felices como yo. Aprender a ponerme de
acuerdo y a discutir sin romper la convivencia, aprender a ceder y a recibir
consejos.
 Aprender a vivir en la intimidad: esa es la importancia de aprender a cortejar y
aprender a amar.
 Aprender a percibirme a percibir a los otros como personas que evolucionamos
y cambiamos en las relaciones intersubjetivas, pero guiados por unas reglas
básicas universales: Los Derechos Humanos.
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4. Aprender a decidir en grupo: Base de la política y de la Economía. Implica
aprender que los intereses individuales y de grupo existen, que dichos
intereses forman parte constitutiva del ser humano y que son un factor
dinamizador de la convivencia social, si aprendemos a concertar y la
concertación es la condición de la decisión en grupo.
5. Aprender a cuidarse: Base de los modelos de salud y seguridad social.
Supone:
 Aprender a proteger la salud propia y de todos como un bién social ( ésta es la
importancia de los hábitos de higiene y comportamientos de prevención).
 Aprender a valorar las normas de seguridad y factores de riesgos físicos,
psicológicos, ambientales entre otros.
 Tener una percepción positiva del cuerpo a nivel personal y colectivo com
forma de expresión (la importancia del deporte, la danza, el teatro, la gimnasia,
etc).
 Toda ética supone una ética del amor propio; y el cuidado de sí mismo, es la
primera premisa de la ética.
6. Aprender a cuidar el entorno. Fundamento de la Supervivencia. Significa:
 Aprender a percibir el planeta tierra como un ser vivo del cual formamos parte,
porque si el planeta muere, moriremos nosotros.
 Aprender a cuidar, a valorar y defender el aire, el ozono, la selva tropical, etc,
etc.,….. . Como la verdadera riqueza común la cual no puede ser apropiada
para beneficios privados o particulares.
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 Aprender a conocer las formas de vida de la naturaleza y la forma como ellas
depender de nosotros y nosotros de ella.
 Aprender a defender y cuidar el espacio público en las ciudades y en los
campos como los lugares en donde los hombres nos encontramos y nos
expresamos como seres del mundo.
 Aprender a manejar y controlar la basura y los desperdicios, valorando el
reciclaje de las basuras como la mejor estrategia para proteger el medio
ambiente la vida.
 Aprender a oponerse a la producción de desperdicios y residuos que dañan el
planeta y destruyen la vida (residuos atómicos, productos no biodegradables)
 Aprender a negociar los conflictos para volver la guerra un acto inútil e
impensable.
7. Aprender a valorar el saber social: Base de la evolución social y cultural. El
saber social lo podemos definir como el conjunto de conocimientos, prácticas,
destrezas, procedimientos, valores, símbolos, ritos y sentidos, que una
sociedad juzga válidos para sobrevivir, convivir y proyectarse. En la sociedad
existen dos grandes tipos de saberes:
El Saber Cultural y el Saber –Académico.
Ambos saberes son igualmente importantes para la convivencia social, porque es
dentro del saber social (el cultural y el académico) en donde evoluciona el hombre
como hombre, lo que llamamos naturaleza humana no es algo ya hecho, el ser
humano se moldea y evoluciona dentro de la cultura y el saber académico que le toca
vivir.
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PRINCIPIOS RECTORALES DE LA CONVIVENCIA:
La Educación de ésta Institución Educativa se basa en los siguientes principios
rectores, los cuales han sido analizados y evidenciados por toda la comunidad
educativa, a través de los proyectos pedagógicos transversales; son ellos:
Primer principio me formará en la paciencia
Segundo principio me formará en la humildad
Tercer principio me formará en el respeto
Cuarto principio me formará en la honestidad
Quinto principio me formará en la justicia
Sexto principio me formará en la lealtad
Séptimo principio me formará en la legalidad
Octavo principio me formará en la autonomía
Noveno principio me formará en la convivencia
Décimo principio me formará en la responsabilidad
Décimo primero principio me formará en la perseverancia
Décimo segundo principio me formará en el patriotismo.
Décimo tercer principio me formará en el orden.
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NORMATIVIDAD SOBRE FORMACIÓN Y EVALUACIÓN DEL DESARROLLO
PERSONAL Y SOCIAL DEL ESTUDIANTE.
El decreto 1290 del 16 de abril de 2009 en el numeral 3 sistema institucional de
evaluación contempla el numeral 3.4 Formación y Evaluación del desarrollo personal y
social del estudiante, que a continuación se transcribe textualmente:
“3.4 Formación y Evaluación del desarrollo personal y social. Además de la educación
académica de alta calidad que deben brindar los establecimientos educativos en el
país, es sabido que el ámbito escolar coadyuva en la formación y desarrollo de los
sujetos en numerosos campos sociales, éticos y ciudadanos, por nombrar algunos. En
ese sentido, todos los establecimientos educativos deben promover internamente
tanto la educación en valores como la evaluación del desarrollo personal y social de
sus educandos, en acuerdo con la Ley General de Educación que nos dice que
es un fin de la educación formar en el respeto a la vida y a los demás derechos
humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia,
solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad (1994,
Articulo 5, numeral 2).
Igualmente los valores se aprenden, y en los actuales contextos, niños, niñas, jóvenes
y adultos son permeados por una pluralidad de valores que invaden su vida cotidiana,
los cuales provienen de múltiples escenarios, tales como: socialización con sus pares,
comunicaciones, informaciones a las que acceden, entre otros. Por ello, la escuela y
la familia deben persistir en acciones intencionadas para que ellos confronten sus
experiencias cotidianas con lo que significa ser libre y tener la posibilidad de
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desarrollar todas sus competencias como persona, en diversos contextos sociales y
culturales.
Del mismo modo, hay que tener en cuenta que los valores no son interiorizados a
través de “formulas éticas” como la enunciación de una serie de virtudes, sino que
deben ser elaborados por cada persona a partir de la reflexión sobre sus relaciones
con los demás, la intencionalidad de sus acciones y las consecuencias de sus actos.
Para la institución educativa, la formación ética no está dirigida a doctrinar a los
estudiantes sino a generar reflexión sobre la construcción de criterios que les ayuden
a tomar decisiones responsables y autónomas, y principios éticos mínimos para la
convivencia social. En la vida cotidiana escolar se debe ofrecer un ambiente propicio
para la formación de valores y actitudes, además de crear espacios favorables para
que los estudiantes puedan tener un diálogo crítico y constructivo acerca de los
valores sociales existentes y su relevancia para la vida en comunidad, así como
generar la necesidad de pensar en mundos más justos y solidarios, donde todos los
seres humanos y no humanos podamos ser reconocidos.
Se pueden identificar tres tipos de acciones en este campo de formación, de acuerdo
con las competencias ciudadanas y los fines y objetivos de cada institución:
Educación en valores, cuya característica consiste en promover que las nuevas
generaciones las apropien y actúen por identidad con ellas de manera autónoma:
Construcción de normas de convivencia, necesarias para el buen funcionamiento de la
vida escolar, cuyo no cumplimiento ocasiona diversas consecuencias descritas en el
manual de convivencia; y
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 Evaluación de actitudes, que son orientaciones favorables o no favorables
hacia un objeto determinado. Las actitudes están sustentadas en cogniciones y
afectos y se manifiestan en comportamientos. Docentes y estudiante pueden
inferirlas a partir de observaciones reflexivas y cuya evaluación puede ayudar a
la creación de un clima agradable para el aprendizaje y la socialización.
En la evaluación de actitudes debe primar una actitud comunicativa, en donde se haga
un reconocimientos de las personas con distintos intereses y competencias cognitivas,
afectivas, estéticas provenientes de diferentes experiencias.
La evaluación de actitudes es un compromiso que debe adquirir una comunidad
educativa al revisar y regular las interacciones sociales que se dan a su interior, con el
propósito de crear ambientes adecuados que favorezcan la relación pedagógica, el
clima institucional y la convivencia escolar.
La evaluación de actitudes contribuye a la formación de un espíritu deliberativo, toda
vez que un o una estudiante a través de ella puede reflexionar sobre su
comportamiento, el de sus compañeros, el papel que juegan las normas y el respeto
que debe tenerse por ellas, siendo consciente en su avance y desarrollo. Para lograr
estos propósitos, conviene que en el establecimiento educativo se identifiquen unos
referentes de comportamientos socialmente deseables, a partir de un diagnóstico y
con ellos implementar la evaluación. Algunos elementos que deben tenerse en cuenta
cuando se plantee este tipo de evaluación, son:
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 Ella no realiza o pretende realizar una evaluación moral del estudiante. La
valoración actitudinal no trata de medir la adquisición de valores o “controlar” a
los alumnos a través de ella. Tampoco es una actividad para determinar la
promoción de los educandos. Son evaluaciones que se enmarcan en acciones
comunicativas para reflexionar en qué medida los valores y actitudes, que son
promovidos por la institución, están siendo apropiados por los estudiantes,
(Bolívar, 1998).
 Exige una reflexión profunda. En este sentido, cuando una institución considere
la posibilidad de implementar la evaluación de actitudes, debe analizar su
sentido. Tal discusión convoca a que la comunidad educativa determine para
qué se evalúan y cuáles son las actitudes que se consideran más pertinentes
para la institución. Sólo así se entenderá un informe de desarrollo personal y
social; porque al no haberse discutido el papel que juega la formación en
valores, normas y actitudes, es posible que algún padre de familia, estudiante o
docente no reconozca su importancia, o considere que estos informes están
atentando contra la dignidad del estudiante. La evaluación de actitudes es un
compromiso que debe ser compartido por toda la comunidad educativa.
 Requiere referentes éticos. Es indispensable que los estudiantes cuenten con
unos referentes valorativos y comportamentales con los cuales puedan orientar
su acción en el mundo. En nuestro contexto se cuenta con disposiciones
normativas, proyectos educativos, y valores institucionales como los siguientes:
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 La constitución Política Colombiana y la Ley General de Educación.
 Los estándares básicos de competencias, especialmente lo relacionado
con las competencias ciudadanas.
 Los proyectos escolares transversales: educación sexual, ambiental,
democracia.
 Los valores establecidos en el horizonte institucional de los proyectos
educativos y en los manuales de convivencia que cada institución ha
construido.
 Conviene que se construya una escala clara de valoración actitudinal, la cual
implica tener en cuenta los valores que orientan al Proyecto Educativo
Institucional y el análisis de las actitudes en las que se considera que es
necesario formar. En este sentido se recomienda implementar una escala de
frecuencia como: siempre, casi siempre, algunas veces, nunca.
Adicionalmente, es conveniente realizar un diagnóstico sobre convivencia que
determine cómo se encuentra la institución.
 La evaluación de actitudes debe haber sido discutida y acordada con los y las
estudiantes. Ellos pueden convenir las actitudes a evaluar, definirlas y construir
unos indicadores, que precisen un estado deseado de comportamiento. Se
trata de acordar unos criterios para interpretar las actitudes que se viven
cotidianamente y que tienen que ver con la relación que establecen niños,
niñas, jóvenes y adultos consigo mismo, con los demás, y con los compromisos
académicos.
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 Facilita procesos de autoevaluación entre los equipos de docentes. Las
consecuencias de esta evaluación son de carácter formativo.
A continuación se presenta un ejemplo de un informe que contiene la evaluación de
actitudes. En este caso se tomó como referencia sólo la responsabilidad y el respeto,
como actitudes a valorar. No debe olvidarse que la selección de dichas actitudes,
debe ser previamente acordada entre los miembros del establecimiento educativo,
además de los indicadores que a manera de señales, orientan las disposiciones más
favorables del comportamiento deseado.
Al ser éste un ejemplo, es claro que se pueden elegir otras actitudes, las cuales
estarían en sintonía con las necesidades de la institución y de los valores que orientan
al proyecto educativo institucional, PEI. La escala en este caso es la siguiente:
Siempre, Casi Siempre, Algunas Veces, Nunca.
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EVALUACIÓN DE DESARROLLO PERSONAL Y SOCIAL DEL ESTUDIANTE EN
LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MALTERIA
Estudiante _________________________ Periodo _________
Grado____________
Director de Grupo __________________________
EVALUCION DE ACTITUDES:
Responsabilidad Autoevaluación
(estudiante)
Heteroevaluación
(Docente)
Acuerdo o
Compromiso
Asumo las consecuencias de mis actos, aceptando
mis errores e intentando mejorar
Siempre Casi Siempre
Me comporto adecuadamente sin necesidad de ser
supervisado(a) por un adulto(a).
Tomo decisiones propias, considerando el punto de
vista de los demás.
Cumplo con los deberes como estudiante y me
comporto de acuerdo con lo establecido en el manual
de convivencia de mi institución.
Respeto
Respeto a las personas, sus ideas, su intimidad y sus
sentimientos, sin discriminación de ningún tipo.
Algunas veces Casi siempre
Cuido los recursos físicos que la institución pone a mi
servicio
Algunas veces Nunca
Me relaciono con mis profesores(as), personal
administrativo y de servicio a través de la cordialidad y
el buen trato evitando usar un lenguaje ofensivo al
dirigirme a ellos(as).
Demuestro ante el diálogo, una actitud de escucha
activa y respetuosa.
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1-Comentario del estudiante:
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
2-Comentario del director de grupo:
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
3-Comentario del padre de familia
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
Firma estudiante _____________________________
Firma Padre y/o acudiente_______________________________
Director de Grupo ______________________________
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CAPITULO III
FUNDAMENTOS JURIDICOS Y LEGALES QUE SUSTENTAN EL MANUAL DE
CONVIVENCIA ESCOLAR DE LA I.E. MALTERIA
ARTÍCULO PRIMERO: existen unos fundamentos legales que sustentan el manual de
convivencia, son ellos:
A-Constitución Nacional de Colombia (1991): En la constitución política colombiana se
consagran de una manera general los derechos tanto de los niños(as) como de los
jóvenes específicamente en los artículos 44 y 45 que textualmente dicen:
“ARTICULO 44: La familia, la sociedad y el estado tienen obligación de asistir y
proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno
de sus derechos”.
Los derechos de los niños(as) jóvenes prevalecen sobre los derechos de los demás.
“ARTICULO 45: El adolescente tiene derechos a la protección y a la formación
integral.
El estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los
organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y
progreso de la juventud, en la parte que hace referencia en los menores en dificultad,
estos artículos anteriores a la Constitución Nacional.
Ley 115/94 en los artículos 73 y 87. Crea el Manual en los siguientes términos: “Art.
73 Proyecto Educativo Institucional, con el fin de lograr la formación integral del
educando, cada establecimiento educativo deberá elaborar y poner en práctica un
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P.E.I en el que se especifiquen entre otros aspectos, los recursos docentes didácticos
disponibles y necesarios, la estrategias pedagógica, el Reglamento para docentes y
Estudiantes y el sistema de gestión, todo ello encaminado a cumplir con las
disposiciones de la presente Ley y sus reglamentos”.
Por su parte, el artículo 87 de la Ley 115 señala: ARTÍCULO 87. REGLAMENTO O
MANUAL DE CONVIVENCIA. Los establecimientos educativos tendrán un
reglamento o manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y las
obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la
matriculan correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando lo
mismo.
El Decreto 1860 de 1994, que reglamenta en los aspectos pedagógicos organizativos
generales de la Ley 115 de 1994, en el artículo 17 señala: ARTICULO 17
REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA de acuerdo con los dispuesto en los
artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben
tener como parte integrante del P.E.I un reglamento o Manual de Convivencia. El
reglamento o Manual de convivencia, debe contener una definición de los derecho y
deberes de los alumnos y sus relación es con los demás de la comunidad educativa.
Decreto 1286 del 27 de abril de 2005. Artículo primero. Ámbito de la aplicación. El
presente decreto tiene por objeto promover y facilitar la participación efectiva de los
padres de familia en los procesos de mejoramiento educativo de los establecimientos
de educación preescolar, básica y media, oficiales y privados, de acuerdo con los
artículos 67 y 38 de la Constitución Política y el Acuerdo 7 de la Ley 115 de 1994,
contempla además las siguientes
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Artículo 2. Derechos de los Padres de Familia
Artículo 3. Deberes de los Padres de Familia
Artículo 4. Asamblea General de Padres de Familia
Artículo 5. Consejo de Padres de Familia
Artículo 6. Estructura y Funcionamiento del Consejo de Padres de Familia
Artículo 7. Funciones del Consejo de Padres de Familia
Artículo 8. Elección de los representantes de los Padres de Familia al Consejo
Directivo
Artículo 9. Asociaciones de Padres de Familia
Artículo 10. Finalidades de la Asociación de Padres de Familia.
Artículo 11. Manejo de los recursos de la Asociación de Padres de Familia
Artículo 12. Prohibiciones para las asociaciones de Padres de Familia
Artículo 13. Hijos, Federaciones y confederaciones de padres de familia
Artículo 14. Prohibiciones para los establecimientos educativos.
Artículo 15. Inspección y Vigilancia y otros.
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El DECRETO 1290 DEL 16 DE ABRIL 2009. Reglamenta la evaluación del
aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y
media. Contempla:
Artículo 1. Evaluación de los estudiantes
Artículo 2. Objeto del Decreto
Artículo 3. Propósitos de la evaluación de los estudiantes
Artículo 4. Definición del sistema institucional de evaluación de los estudiantes
Artículo 5. Escala de Valoración Nacional
Artículo 6. Promoción escolar
Artículo 7. Promoción anticipada por grado
Artículo 8. Creación del sistema institucional de evaluación de los estudiantes
Artículo 9. Responsabilidades del MEN
Artículo 10. Responsabilidades del SEM
Artículo 11. Responsabilidades de los establecimientos educativos
Artículo 12. Derecho de los estudiantes
Artículo 13. Deberes de los estudiantes
Artículo 14.
Artículo 15. Deberes de los Padres de Familia.
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Artículo 16. Registro escolar
Artículo 17. Constancias del desempeño
Artículo 18. Graduación
Artículo 19. Vigencia.
Existen además, otros marcos legales y nuevas instancias institucionales, así:
1. Reglas de las Naciones Unidas para los jóvenes y niños(as) privados de la
libertad. Creación en 1990 del Comité Interinstitucional para la defensa,
protección y promoción de los derechos humanos de la infancia y la juventud y
de la Consejería Presidencial para la juventud, la mujer y la familia.
En 1991 la Asamblea Nacional Constituyente consagra los derechos de los
jóvenes y niños(as) en la nueva carta política.
En 1992 el Presidente CESAR GAVIRIA TRUJILLO constituyó la Consejeria
Presidencial para el desarrollo Social.
El 30 de Septiembre de 1990, suscribe la Declaración Mundial sobre la
supervivencia, la protección y el desarrollo del niño(a), comprometiéndose con
el Plan de Acción a favor de la infancia. Tomado de: Conferencia de Nelson
Ortiz Pinilla, por una cultura del niño(a) en Colombia. Revista Asociación
Colombiana para la defensa del Menor maltratado. El drama de la niñez
maltratado en Colombia.
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2. CODIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA (LEY 1098 DE 2006)
Objeto: El presente código tiene por objeto establecer las normas sustantivas y
procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los
adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagradas
en los instrumentos internacionales de derechos humanos, en la constitución
política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y
protección será obligación de la familia, la sociedad y el estado. (Articulo 2).
Sujetos Titulares de derechos. Para todos los efectos de esta ley son sujetos
titulares de derechos todas las personas menores de 18 años, sin perjuicio de
los establecido en el artículo 34 del Código civil, se entiende por niño o niña las
personas entre 12 y 18 años de edad (Artículo 3).
3. RESOLUCION No. 1356 del 5 de Septiembre de 2008
Por la cual se establecen políticas, directrices, criterios, procedimientos y el
Cronograma para definir la oferta y atender la demanda de cupos escolares, en
los niveles de Preescolar, Básica y Media del sistema de educación oficial y no
oficial del municipio de Manizales y se dictan otras disposiciones.
Las transcripciones mencionadas nos permiten afirmar categóricamente que el
Manual de Convivencia entre otras definiciones, es el Reglamento Interno de
esta Institución y como tal señala el camino que debemos seguir los miembros
de esta comunidad para alcanzar los fines propuestos por el sistema educativo.
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4. Ley 1620 del 2013. Sistema Nacional de Convivencia escolar y su decreto
reglamentario 1965 de Septiembre 11 de 2013 atención y manejo del conflicto.
5. Ley 734 del 2002 código único disciplinario.
6. Ley 124/94 Reglamenta el consumo de bebidas alcohólicas.
7. Ley 745 de Julio 19 del 2002. Por el cual tipifica como contravención el
consumo y porte de dosis personal de estupefacientes o sustancias que
produzcan dependencia, con peligro para los menores de edad y la familia.
8. Ley 30/86 por el cual se adopta el estatuto nacional de estupefacientes y se
dictan otras disposiciones.
9. Resolución 1956 de Mayo 30 de 2008. Prohibición de fumar en sitios
públicos.
10.Ley 715/2001 .Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y
competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto
Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras
disposiciones, para Organizar la prestación de los servicios de educación y
salud, entre otros.
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POR LO TANTO.
 Por favor, no nos lastimen hacemos parte de un mundo que quiere ser mejor .
 No queremos prácticas que atentan contra nuestras vidas.
 Queremos vivir en nuestro hogar y colegio en paz.
 Necesitamos que nos atiendan oportunamente .
 Que las brigadas de salud sean permanentes (artículo 27)
 Que nos alimenten bien, que el restaurante escolar nunca falte (artículo 24)
 Necesitamos tener seguridad social (artículo 27)
 Que lindo que mis padres o acudientes estén a mi lado en todos los momentos,
al igual que mi maestr@ (artículo 23)
 Que mis maestr@ me brinde amor y comprensión.
 Necesitamos que las directivas, padres, maestros y maestras nos escuchen y
que nuestras opiniones sean tenidas en cuenta (debido proceso, artículo 26 ley
1098 de 2006).
 Tengo derecho a la intimidad personal, a ser protegido contra el maltrato y a
los abusos de toda índole por parte de mis padres, representantes legales, de
las personas responsables de mi cuidado, de los miembros de la familia, de la
escuela y la comunidad (artículo 18, 20 Ley 1098 de 2006)
 Tengo derecho a mis libertades fundamentales consagradas en la constitución
nacional y en los tratos internacionales de los Derechos Humanos. Forman
parte de estas libertades, el libre derecho a la personalidad y la autonomía
personal; la libertad de conciencia y de creencia, la libertad de cultos, la
libertad de pensamiento, la libertad de locomoción, la libertad para escoger
profesión u oficio (artículo 37)
 Tengo derecho por el respeto a la diferencia (inclusión) y a disfrutar una vida
digna, en condiciones de igualdad con las demás personas, que permitan
desarrollar al máximo mis potencialidades y mi participación activa en la
comunidad (artículo 36 numeral 1,2,3,4)
 Tengo derecho a mi identidad: a tener un nombre, nacionalidad, asociarse, a
preservar mi lengua de origen, mi cultura e idiosincrasia (artículo 25)
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 Tengo derecho a que se me prepare para asumir una vida responsable en una
sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los
sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos étnicos, nacionales, religión y
personas de origen indígena, ley 19/91, convención de los derechos del niño
(artículo 29 literal d)
 Tengo derecho al descanso y al esparcimiento, al juego y a las actividades
recreativas propias de mi edad y a participar libremente en la vida cultural en
las artes (artículo 31 de la ley 12/91.
ITULO IV.
Estructura Organizacional de la Institución Educativa:
ARTICULO PRIMERO: Organigrama (anexo)
ARTICULO SEGUNDO: El gobierno escolar y la organización institucional
La Escuela como espacio de la Democracia
Quienes somos los niños, niñas y jóvenes?
Somos la mejor inversión, no un gasto inútil.
Somos importantísimos ciudadanos del mundo,
Somos la fuerza más interna para resolver los problemas,
Somos el futuro, pero también el presente.
Para que nuestra institución educativa sea una escuela pensada desde las
perspectivas de los derechos humanos, destaquemos como elementos determinantes
para el logro de un verdadero proyecto democrático los siguientes:
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  • 1. MANUAL DE CONVIVENCIA 2.015 AJUSTADO A LEY . Responsable: ODILIA LOPEZ MONTES Rectora Manizales, Vereda Materia, Kilometro 13 Vía al Magdalena Teléfono: 8742041
  • 2. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 2 TABLA DE CONTENIDO 1. PRESENTACION GENERAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MATERIA. 2. ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO, N°10 DE 5 de Febrero de 2.015, Adopción del MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR. 3. ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO, N°10 DE Febrero de 2.015. MODIFICACION Y ACTUALIZACION DEL MANUAL DE CONVIVIENCIA ESCLAR .Ley 1620 de 2.013 y su Decreto Reglamentario. 4. RESOLUCION RECTORAL N°22 DE Febrerode 2.015. 5. PRELIMINARES.  JUSTICACION.  INTRODUCCION.  INTERPRETACION DE TERMINOS DESCONOCIDOS (GLOSARIO). CAPITULO I 1. DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO INSTITUCIONAL. 1.1. FILOSOFIA. 1.2. VISION. 1.3. MISION. 1.4. PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES. 1.5. POLITICA DE CALIDAD. 1.6. IMAGEN CORPORATIVA.
  • 3. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 3 CAPITULO II 2. OBJETIVOS, PROPOSITOS, PRINCIPIOS Y NORMATIVA SOBRE LA FORMACION Y EVALUACION DEL DESARROLLO PERSONAL Y SOCIAL DEL ESTUDIANTE (Decreto 1290 de 2.009). 2.1. Objetivos Generales. 2.2. Objetivos específicos. 2.1.3. Propósitos sobre los que se fundamenta el MCE. -Propósito formativo. -Proceso Disciplinario. -Principios Básicos de la convivencia escolar. -Aprendizajes Básicos para la convivencia escolar. 2.1.4. Principios Rectorales de Convivencia. 2.1.5. Normatividad sobre formación y evaluación del desarrollo personal y social del estudiante.(Decreto 1290 de 2.009).
  • 4. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 4 CAPITULO III 3.1. FUNDAMENTOS JURIDICOS Y LEGALES QUE SUSTENTAN EL MCE DE LA I.E. CAPITULO IV 4.1. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA I.E. (Organigrama). 4.2. GOBIERNO ESCOLAR. -La escuela como espacio para la democracia. -Consejo Directivo. -Consejo Académico (Comité de Calidad). -Rector. -Personero. -Consejo de Estudiantes. -Asociación de padres. -Comité de Convivencia Escolar. 4.3. FORMACION ACADEMICA (Escuela Nueva).
  • 5. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 5 CAPITULO V 5. DERECHOS, DEBERES, PERFILES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA MATERIA. 5.1. OTRAS JURISPRUDENCIAS EN LAS QUE SE APOYA ESTE MCE (Sentencias de la corte constitucional). 5.2. DERECHOS, DEBERES, PERFIL DEL ESTUDIANTE. 5.3. ACUERDOS PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR EN LA I.E. MATERIA. 5.4. EL CONFLICTO ESCOLAR Y SU FORMACION PEDAGOGICA 5.5. DERECHOS,DEBERES, PERFIL DEL PADRES DE FAMILIA. REPRESENTANTE LEGAL. 5.6. DERECHOS, DEBERES, PERFIL DE DOCENTES. 5.7. DERECHOS DEL ESTADO. 5.8. DERECHOS, DEBERES, PERFIL DE LOS DIRECTIVOS. PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES. 5.9. ESTIMULOS Y DISTINCIONES. 5.10. COMPORTAMIENTOS A ESTIMULAR EN LOS ESTUDIANTES. 5.11. ESTIMULOS A LOS DOCENTES, PADRES DE FAMILIA Y/O REPRESENTANTE LEGAL , DIRECTIVOS, PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS.
  • 6. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 6 CAPITULO VI 6. FALTAS. 6.1. CLASIFICACION DE LAS FALTAS O SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS.(Ley 1620 y su decreto reglamentario 1965 de 2.013.) 6.1.1. Faltas leves (Tipo uno) 6.1.2. Faltas Graves (Tipo dos) 6.1.3. Faltas gravísimas (Tipo tres) 6.2. Descripción de las faltas disciplinarias en particular (Tipo I, II, III). 6.3. Criterios a tener en cuenta cuando se viola uno de los deberes contemplados en el Manual de convivencia de la I.E.
  • 7. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 7 CAPITULO VII 7. EL DEBIDO PROCESO. 7.1. DERECHOS DERIVADOS DEL ARTICULO 29 C.N. 7.2. JURISPRUDENCIAS. 7.3. DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO (Sancion a estudiantes). 7.4. OTROS PRINCIPIOS RECTORES. CAPITULO VIII 8. RUTA DE ATENCION INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR DE LA I.E. MATERIA. (Decreto 1965 de 2.013.). 8.1 GARANTIA DE DERECHO, APLICACIÓN Y PRINCIPIOS. 8.2 OBJETIVOS DE LA LEY 1620 DE 2013. 8.3 PRINCIPALES FUNCIONES. 8.4. RUTA DE ATENCION INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR. 8.5. RESPONSABILIDAD DE LOS ACTORES ESCOLARES. 8.6. PROYECTOS PEDAGOGICOS INSTITUCIONALES. 8.7. COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR 8.7.1. Funciones del comité de convivencia escolar. 8.7.2. Miembros del comité de convivencia escolar. 8.7.2.1 Comité Rector.
  • 8. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 8 8.8 Protocolos. 8.8.1. Recepción o radicación de la queja. 8.8.2. Mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad. 8.8.3. Mecanismos de protección a quien informa. 8.8.4. Estrategias y alternativas de solución. 8.8.5. Formas de seguimiento. 8.8.6. Directorio telefónico del sistema de información unificado de convivencia escolar y de las alianzas estratégicas para la orientación escolar. 8.8.7. Protocolos para la atención de situaciones Tipo uno. 8.8.8. Protocolos para la atención de situaciones Tipo dos. 8.8.9. Protocolos para la atención de situaciones Tipo tres. CAPITULO IX 9. RUTA DE ATENCION INTEGRAL. 9.1 COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCION INTEGRAL. 9.1.1. Componente de Promoción. 9.1.2. Componente de Prevención. 9.1.3. Componente de Atención. 9.1.4. Componente de Seguimiento.
  • 9. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 9 CAPITULO X 10. CONSIDERACIONES GENERALES. 10.1.ASPECTOS A TENER EN CUENTA POR EL CONSEJO DIRECTIVO CUANDO SE DETECTA CONSUMO Y PORTE DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS EN LOS ESTUDIANTES. 10.1.1. Análisis del caso. 10.1.2. Acciones de corrección. 10.1.3. Comportamiento reiterativo. 10.1.4. En caso de tráfico de estupefacientes con venta al por menor. 10.1.5. Ante situaciones de uso indebido y porte de sustancias psicoactivas. 10.1.6. Grado de adicción. CAPITULO XI 11. DISPOSICIONES GENERALES. 11.1. INTERPRETACION DE VACIOS. 11.2. DELEGACION RECTORAL. 11.3. MODIFICACIONES
  • 10. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 10 CAPITULO XII ANEXOS. 1. ADMISIONES Y MATRICULAS 2. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION Y PROMOCION (SIE), DE LOS ESTUDIANTES, Decreto 1290 de 2.009. 3. MANUAL DE FUNCIONES .
  • 11. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 11 PRESENTACIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MALTERIA: La Institución Educativa Malteria es una Institución Educativa de carácter oficial, aprobado por Resolución No. 04146 de Noviembre 4 de 1.991, para impartir enseñanza formal a niñas(os), jóvenes (mixto) en los niveles de educación preescolar, básica primaria, básica secundaria y media ,en la jornada de la mañana, Calendario A. Comprende las siguientes sedes: Sede principal: Malteria Sede A: La Colonia, ubicada en el recinto del pensamiento Sede B: El Porvenir, ubicado en la vereda el desquite. NIT . 800021571-6 Correo electrónico iimalteria@gmail.com Pagina WEB, Blog: www.malteriacorazón.blogspost.com Representante Legal: ODILIA LOPEZ MONTES- Rectora.. Ubicado en el Km 13 Vía al magdalena, comuna el tesorito.
  • 12. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 12 ACUERDO N° 10 (Febrero de 2.015) Por medio del cual se adopta el Manual de Convivencia Escolar “MCE”, de la Institución Educativa Materia del Municipio de Manizales, Departamento de Caldas. El Consejo Directivo de la Institución Educativa MaLteria , en uso de sus facultades legales y, CONSIDERANDO: A- Que el Artículo 68 de la Constitución política de Colombia, aprobada el 4 de Julio de 1.991, establece “La comunidad Educativa, participara en la dirección de las Instituciones de Educación”. B- Que la Constitución Política de Colombia en su Artículo 67, consagra la Educación como un Derecho fundamental de la persona, con la función de formar a los ciudadanos en el respeto a los derechos humanos , a la paz y a la Democracia. C- Que el artículo 6° de la Ley 115 de 1.994, expresa que: “la comunidad Educativa está conformada por estudiantes o educandos, educadores, padres de familia o acudientes, Egresados, Directivos –docentes y administradores escolares; todos Ellos , según su competencia, participaran en el diseño, ejecución y evaluación del PEI y en la buena marcha del establecimiento educativo”. D- Que la Ley General de Educación Ley 115 de 1.994, Articulo 73 y 87, Establece “La obligatoriedad del Manual de Convivencia; en el cual se
  • 13. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 13 definen los Derechos y Deberes de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos, al firmar el contrato de matrícula correspondiente, en representación de sus hijos, están aceptando el mismo”. E- Que el Artículo 14 del Decreto 1860 de 1.994, determina el contenido del PEI, que todo establecimiento educativo ha de elaborar y poner en práctica, con la participación de la Comunidad Educativa un Proyecto Educativo Institucional que exprese la forma como se ha decidido alcanzar los fines de la Educación, definidos por la Ley teniendo en cuenta las condiciones sociales, económicas y culturales de su medio.” F- Que el Artículo 14 del Decreto 1860 de 1.994, en su numeral 7 incluye: “El reglamento o Manual de convivencia y el Reglamento para docentes”, como un aspecto a incluir en el PEI”. G- Que el Decreto 1860 de 1.994 en su Artículo en su Artículo 17, reglamento el Manual de convivencia y contempla doce aspectos que debe contener el reglamento o Manual de convivencia. H- Que cada establecimiento educativo goza de autonomía para formular ,adoptar y poner en práctica el PEI, sin más limitaciones que las definidas por la Ley y que dichas propuestas fueron presentadas al Consejo Directivo para su análisis , aprobación y adopción de conformidad con los artículos 14,15 y 25 del 1860 de 1.994. I- Que la ley de Infancia y Adolescencia, Ley 1098 de 2.006 en su Artículo segundo señala el objeto de la Ley, sosteniendo que el presente código tiene
  • 14. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 14 por objeto establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños (as) y adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagradas en la Instituciones internacionales de derechos humanos , en la constitución política y en las leyes, así como su restablecimiento, dicha garantía y protección sera obligatoria de la familia , sociedad y el estado. J- Que el MCE-Manual de Convivencia Escolar de la I.E Malteria, tendrá otros aportes Decreto 1290 de 2009, por el cual se reglamenta en la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación Básica y media ; la Ley 1620 de 2.013, creo el sistema Nacional de Convivencia escolar y la formación para el ejercicio de los derechos humanos , la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar; el Decreto reglamentario , 1965 de 2.013; que reglamenta el funcionamiento del sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos , la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar ; sus herramientas , sus lineamientos generales bajo los cuales se deben ajustar los manuales de convivencia escolar en las Instituciones educativas.
  • 15. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 15 ACUERDA: ARTICULO PRIMERO: Adoptar en la Institución Educativa Malteria del Municipio de Manizales-Caldas, el MCE Manual de Convivencia Escolar . ARTICULO SEGUNDO: El Manual de convivencia escolar que se adopta, cumple con todos los requisitos de Ley, cuyo contenido es el siguiente: (Ver contenido anexo.) ARTICULO TERCERO: La comunidad Educativa, conformada por estudiantes o educandos, educadores, padres de familia o acudientes, egresados, directivos docentes según su competencia, participar y poner en práctica el presente Manual de convivencia escolar. ARTICULO CUARTO: Cualquier ajuste o modificación al mismo se hará en los términos establecidos en el artículo 15 del Decreto 1860 de 1.994 ARTICULO QUINTO: El Consejo Directivo, procederá a divulgar este Manual de Convivencia Escolar en la Comunidad Educativa.
  • 16. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 16 ARTICULO SEXTO: El presente Manual de Convivencia deroga el anterior en Todas sus partes. ARTICULO SEPTIMO: El presente Manual de convivencia Escolar rige a partir de la fecha y debe ser ampliamente difundido por todos los organismos de la comunidad. COMUNIQUESE Y CUMPLASE. Dado en Manizales, a los 10 días del mes de Febrero de 2.015 FIRMADO CONSEJO DIRECTIVO Original firmado FIRMADO
  • 17. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 17 ACUERDO 10 (Febrero de 2.015) POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA Y ACTUALIZA EL MEC 2.013 Y 2.014. El Consejo Directivo de la Institución Educativa Malteria de Manizales en uso de sus facultades y en especial las conferidas en el artículo 87 de la ley 715 de 1994 y el Artículo del decreto 1860 del mismo año, y CONSIDERANDO: A-Que el artículo 67 de la constitución nacional consagra que “La Educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social… ”La Educación formará al colombiano en el respeto por los derechos humanos, a la paz y a la democracia…” B-Que el artículo 87 de la Ley General de Educación establece que “los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual se definen, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes”. C-Que el artículo 14 del decreto 1860 de 1.994 determina en el numeral 7, que para lograr la formación integral de los educandos, el Proyecto Educativo Institucional debe contener “el reglamento o manual de convivencia”, más adelante éste mismo decreto en su artículo 17, establece el contenido y las pautas básicas que debe tener una Institución Educativa para formular su “reglamento o manual de convivencia”. D-Que los artículos 43 del código de la infancia y de la adolescencia ley 1098 de 2006, determina como “obligación ética fundamental de los establecimientos
  • 18. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 18 educativos….garantizar a los niños, niñas y adolescentes, el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar”. El artículo 44 de la citada ley le asigna “obligaciones complementarias a las Instituciones Educativas”, para que los directivos, docentes y comunidad educativa en general, pongan en marcha mecanismos para proteger eficazmente los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla por parte de los demás compañeros o profesores, “establecer en sus reglamentos mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños(as) y adolescentes con dificultades de aprendizaje, de identidad, población diversa…..” “prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencias dentro de las instalaciones educativas…” E-Que la ley 1620 de 2013 “Crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad, la prevención y mitigación de la violencia escolar” lo cual le asigna responsabilidad a la instituciones educativas y a los integrantes de la comunidad educativa para prevenir, atender, mitigar y hacer seguimiento a los casos de violencia escolar y sexual através de la puesta en marcha del Comité de Convivencia Escolar; de la formulación y gestión de los proyectos pedagógicos especialmente de educación para la democracia y la participación, Educación para la sexualidad, desarrollo moral e inteligencia emocional; la modificación y actualización del manual de convivencia, el conocimiento y la activación de la ruta de atención integral en casos graves de violencia escolar.
  • 19. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 19 F-Que nuestra Institución Educativa ha venido implementando estrategias pedagógicas tendientes a formar en los estudiantes competencias ciudadanas, lo que se ha constituido en una innovación apoyada por personas y entidades externas como líder en mi proyecto de democracia y participación, entretejiendo nuestras posibilidades para vivir con otros, habilidades para la vida, en las sexualidad, paz y convivencia en la construcción de ciudadanía con enfoque ambientalista y preventivo frente a la drogadicción, escuela saludable con el apoyo de la escuela familiar, PRAE, implementación de acciones formativas y reparadoras en la intervención del conflicto y en la adquisición de habilidades para la solución pacífica de los conflictos y en la formación de docentes, estudiantes y padres de familia para mediar y concertar. G-Que fueron oídos y tenidos en cuenta los conceptos de los diferentes estamentos de la comunidad educativa definidos en el artículo 6 de la 115 de 1994. Que en virtud de lo anterior, ACUERDA ARTICULO PRIMERO. AMBITO DE APLICACIÓN; El presente acuerdo que modifica y amplia el manual de convivencia, brinda un marco de referencia, de formación y regulación de las interacciones sociales al interior de la institución Educativa, con algunos alcances fuera de ella, el involucrar el ámbito Familiar y comunitario. ARTICULO SEGUNDO. OBJETO DE ACUERDO; Realizar modificaciones y ampliaciones al manual de convivencia, introduciendo los ajustes y precisiones necesarios de acuerdo a las necesidades y potencialidades
  • 20. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 20 institucionales y a la nueva legislación que le asigna responsabilidades pedagógicas, éticas y sociales a la Institución Educativa. ARTICULO TERCERO. La educación para la convivencia es fundamental, de acuerdo a lo dispuesto en la constitución política nacional y en los artículos 73 y 87 de la ley 115/94, para favorecer la construcción de la democracia participativa en todas las comunidades educativas definida en términos de reciprocidad y equidad en las relaciones interpersonales, que han de ser solidarias, respetuosas y afectivas, reconociendo y valorando las diferencias y la diversidad de formas de ser que se presentan al interior de cada una de ellas. En la Institución Educativa Malteria, el pacto de convivencia constituye un espacio para el ejercicio de la participación democrática de todos sus integrantes, dentro de éste marco de decisiones y a partir del ejercicio de la autonomía, directivos, docentes, padres y/o acudientes, niños(as) y jóvenes, han elaborado un pacto de convivencia como acuerdo colectivo expresado en los compromisos de cada uno con el objetivo primordial “de crear y favorecer ambientes propicios para el desarrollo de la personalidad y la convivencia armónica”, facilitando a los integrantes de la comunidad educativa superar sus errores o fallas y fortalecer sus logros y éxitos tomando como pilar fundamental EL VALOR DE LA PALABRA EMPEÑADA. Además ésta Institución Educativa recalca en su misión la formación de niños(as) y jóvenes con enfoque humanista – socializante, inclusivo para la construcción de un nuevo país
  • 21. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 21 Como herramienta pedagógica asegura : 1. Respetar los Derechos y Deberes de todos los miembros de la comunidad educativa. 2. Capacitar en el desarrollo de mecanismos alternos para la resolución de conflictos. 3. Considerar la sanción como un fin pedagógico excepcional. ACUERDA: ARTICULO PRIMERO: Adoptar en la Institución Educativa Malteria del Municipio de Manizales-Caldas, el MCE Manual de Convivencia Escolar . ARTICULO SEGUNDO: El Manual de convivencia escolar que se adopta, cumple con todos los requisitos de Ley, cuyo contenido es el siguiente: (Ver contenido anexo.) ARTICULO TERCERO: La comunidad Educativa, conformada por estudiantes o educandos, educadores, padres de familia o acudientes, egresados, directivos docentes según su competencia, participar y poner en práctica el presente Manual de convivencia escolar.
  • 22. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 22 ARTICULO CUARTO: Cualquier ajuste o modificación al mismo se hará en los términos establecidos en el artículo 15 del Decreto 1860 de 1.994 ARTICULO QUINTO: El Consejo Directivo, procederá a divulgar este Manual de Convivencia Escolar en la Comunidad Educativa. ARTICULO SEXTO: El presente Manual de Convivencia deroga el anterior en todas sus parte. ARTICULO SEPTIMO: El presente Manual de convivencia Escolar rige a partir de la fecha y debe ser ampliamente difundido por todos los organismos de la comunidad. COMUNIQUESE Y CUMPLASE. Dado en Manizales, a los 10 días del mes de Febrero de 2.015 FIRMADO CONSEJO DIRECTIVO ORIGINAL FIRMADO
  • 23. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 23 RESOLUCION RECTORAL N°15 (Febrero de 2.015) Por medio de la cual se adopta el Manual de convivencia escolar de la Institución Educativa Malteria (modificado y actualizado), del Municipio de Manizales –Caldas. La suscrita Rectora de la Institución Educativa Malteria en uso de sus facultades legales y, CONSIDERANDO: A-Que “en todas las Instituciones Educativas oficiales o privadas, se fomentaran prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana”. B-Que el Artículo 68 de la Constitución política de Colombia, aprobada el 4 de Julio de 1.991, establece “La comunidad Educativa, participara en la dirección de las Instituciones de Educación”. C-Que la Constitución Política de Colombia en su Artículo 67, consagra la Educación como un Derecho fundamental de la persona, con la función de formar a los ciudadanos en el respeto a los derechos humanos , a la paz y a la Democracia.
  • 24. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 24 D-Que el artículo 6° de la Ley 115 de 1.994, expresa que: “la comunidad Educativa esta conformada por estudiantes o educandos, educadores, padres de familia o acudientes, Egresados, Directivos –docentes y administradores escolares; todos Ellos , según su competencia, participaran en el diseño, ejecución y evaluación del PEI y en la buena marcha del establecimiento educativo”. E-Que la Ley General de Educación Ley 115 de 1.994, Articulo 73 y 87, Establece “La obligatoriedad del Manual de convivencia; en el cual se definen los Derechos y Deberes de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos, al firmar el contrato de matrícula correspondiente, en representación de sus hijos, están aceptando el mismo”. F-Que el Artículo 14 del Decreto 1860 de 1.994, determina el contenido del PEI, que todo establecimiento educativo ha de elaborar y poner en práctica, con la participación de la Comunidad Educativa un Proyecto Educativo Institucional que exprese la forma como se ha decidido alcanzar los fines de la Educación, definidos por la Ley teniendo en cuenta las condiciones sociales, económicas y culturales de su medio.” G-Que el Artículo 14 del Decreto 1860 de 1.994, en su numeral 7 incluye: “El reglamento o Manual de convivencia y el Reglamento para docentes”, como un aspecto a incluir en el PEI”.
  • 25. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 25 H-Que el Decreto 1860 de 1.994 en su Artículo en su Artículo 17, reglamento el Manual de convivencia y contempla doce aspectos que debe contener el reglamento o Manual de convivencia I-Que el Artículo 25 del 1860, asigna las funciones del Rector, “Orientar la ejecución del PEI y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar , identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del mejoramiento del PEI. J-Que la Rectora promociona la participación entre los estamentos integrantes de la comunidad educativa para señalar las fechas límites , para cada evento del proceso dejando suficiente tiempo para la comunicación, la deliberación y reflexión, en consecuencia la Rectora participo en el análisis y modificaciones de la propuesta que presentaron los equipos de trabajo designados para tal fin. K-Que cada establecimiento educativo goza de autonomía para formular ,adoptar y poner en práctica el PEI, sin más limitaciones que las definidas por la Ley y que dichas propuestas fueron presentadas al Consejo Directivo para su análisis , aprobación y adopción de conformidad con los artículos 14,15 y 25 del 1860 de 1.994. L-Que la ley de Infancia y Adolescencia, Ley 1098 de 2.006 en su Artículo segundo señala el objeto de la Ley, sosteniendo que el presente código tiene por objeto establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños (as) y adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagradas
  • 26. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 26 en la Instituciones internacionales de derechos humanos , en la constitución política y en las leyes, así como su restablecimiento, dicha garantía y protección será obligatoria de la familia , sociedad y el estado. M-Que el Manual de convivencia de la I.E. Malteria , tendrá otros aportes, entre ellos; lo reglamentado en el Decreto 1290 de 2.009 , por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes, de los niveles de Educación básica y media. N-Que el Manual de Convivencia escolar MCE, es la herramienta por excelencia , para regular y dinamizar la vida escolar .Es el mecanismo que permite profundizar la democracia y la participación , así como la solución de conflictos y la convivencia escolar. O-Que la revisión y ajuste del MCE-Manual de convivencia escolar, se hizo con referencia a la guía N° 49,”Guias pedagógicas para la convivencia escolar”(Ley 1620 y Decreto 1965 de 2.013). P-Que la Ley 1620 de 2.013, “crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar”. Q-Que la Ley 1620 de 2.013, en su artículo 21 dice: ”Los manuales de convivencia deben identifica nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes que les permiten aprender del error , respetar la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica , así, como de posibles situaciones y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos”.
  • 27. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 27 R-Que de acuerdo a la autonomía que concede a los planteles educativos la Ley 115 de 1.994 y su Decreto reglamentario 1860 de 1.994, el Consejo Directivo aprobó el Manual de convivencia –MCE, mediante acuerdo N° 10 de Marzo de 2.015. ACUERDA: ARTICULO PRIMERO: Adoptar en la Institución Educativa Malteria del Municipio de Manizales-Caldas, el MCE Manual de Convivencia Escolar ARTICULO SEGUNDO: El Manual de convivencia escolar que se adopta, cumple con todos los requisitos de Ley, cuyo contenido es el siguiente: (Ver contenido anexo.) ARTICULO TERCERO: La comunidad Educativa, conformada por estudiantes o educandos, educadores, padres de familia o acudientes, egresados, directivos docentes según su competencia, participar y poner en práctica el presente Manual de convivencia escolar. ARTICULO CUARTO: Cualquier ajuste o modificación al mismo se hará en los términos establecidos en el artículo 15 del Decreto 1860 de 1.994 ARTICULO QUINTO: El Consejo Directivo, procederá a divulgar este Manual de Convivencia Escolar en la Comunidad Educativa.
  • 28. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 28 ARTICULO SEXTO: El presente Manual de Convivencia deroga el anterior en todas sus partes ARTICULO SEPTIMO: El presente Manual de convivencia Escolar rige a partir de la fecha y debe ser ampliamente difundido por todos los organismos de la comunidad. COMUNIQUESE Y CUMPLASE. Dado en Manizales, a los 10 días del mes de Febrero de 2.015 FIRMADO ODILIA LOPEZ MONTES Rectora
  • 29. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 29 ´PRELIMINARES JUSTIFICACION: La Institución Educativa Materia necesita de acuerdos y soportes documentales que le permitan dentro de una sana convivencia ejercer dentro del ejercicio de sus deberes y derechos una sana convivencia , como contribución al desarrollo integral de sus actores educativos . Las pautas de formación, van encaminadas a que el estudiante logre interiorización de sus competencias ciudadanas ,que lo lleven a formarse como persona responsable de sus actos y de su vida . El Manual de convivencia además busca dar el soporte a los niños y niñas para fortalecer su perfil y ejercer una plena ciudadanía ,partiendo del reconocimiento de la dignidad humana , de la necesidad de trabajar en la construcción de una ciudadanía pluralista, participativa e intercultural fundamentada en la solidaridad e inspirada en la urgencia de integrar un tejido social como lo propone el espíritu de la CPC . Aportes para la construcción de los reglamentos o manuales de convivencia escolar. 1. ¿Qué es un reglamento o manual de convivencia escolar? Se entiende como una herramienta para fortalecer procesos pedagógicos, contemplar principios, normas, procedimientos, acuerdos y demás aspectos que regulan y hacen posible la convivencia de todos los miembros de una comunidad educativa, sirve de bitácora para ayudar a sostener los ideales del PEI del colegio. Es Reglamento. En él se encuentran las normas que regulan la vinculación, permanencia, y desvinculación de los estudiantes a una Institución Educativa; y en
  • 30. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 30 este sentido tiene el carácter de ley o norma para la Institución y para quienes haga parte de la misma, permite que todos los estamentos que conforman la comunidad educativa puedan encontrar en él, el respaldo para exigir los deberes y respetar los derechos de todos sus miembros, mediante la aplicación de procedimientos y normas de manera justa, superando la arbitrariedad a la subjetividad. Es Manual. Porque allí se consignan los procedimientos o la manera como en la Institución Educativa se siguen los conductos regulares para solucionar los conflictos, se determinan los criterios de evaluación de los estudiantes en su proceso académico y formativo, se establecen los estímulos y sanciones formativos que se consideren pertinentes, se regula la estructuración de los organismos de participación, en síntesis, se establecen los procedimientos operativos del diario vivir escolar. También es manual porque, como su nombre lo indica debe estar “a la mano” para todos los miembros de la Institución Educativa. Es de Convivencia. Porque el espíritu último que subyacen las normas y procedimientos que rigen el comportamiento de los miembros de una comunidad educativa, está en línea de lograr y garantizar la sana, cordial y agradable convivencia para todos, y de hacer de la Institución Educativa un espacio de construcción de ciudadanía y de la participación democrática, con el propósito de formar hombres y mujeres íntegros, éticos, social y políticamente maduros, y sujetos válidos de interlocución política. Su carácter nos pone de relieve que la convivencia es algo que la persona aprende y puede mejorar a través de las distintas interacciones que suceden en el espacio escolar.
  • 31. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 31 Es Escolar. Porque su finalidad última es educativa, es decir debe ser un medio para desarrollar la formación ética, moral y política de los estudiantes, es un lugar en donde se les prepara para que se integren de manera activa y efectiva en el seno de la sociedad. Así, la escuela se constituye en un “laboratorio” de convivencia, de experiencia, de resolución de conflictos; el escenario para aprender a vivir lo público.
  • 32. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 32 INTRODUCCION La escuela, el entorno y el hogar son pilares fundamentales en la educación de los niños(as) y jóvenes, por ende su deber es el de preparar el hombre para la vida, para su interacción cultural y para su desarrollo cognitivo, social, afectivo, psicomotor, frente a la construcción de valores, actitudes y principios. La educación es uno de los medios a través del cual nos apropiamos del conocimiento, riqueza acumulada para el trabajo y la cultura. La Educación de hoy presenta graves dificultades y frente a esta situación, nuestra Institución Educativa se propone: a- Ayudar a los estudiantes a adaptarse y prepararse para el cambio mediante un aprendizaje permanente como lo plantea la visión, la misión y la filosofía institucional. b- Formar a los estudiantes para que sean operativos y capaces de resolver problemas. La Institución Educativa Maltería, pretende llevar a cabo estas propuestas educativas a través de: aprender a emprender. Aprender Ser, aprender hacer y aprender a convivir estos aprendizajes permanentes, permitirán el desarrollo humano, personal y social del ser; u hombre solidario que se ame y ame a los demás. Que crea en si mismo y decida por si mismo, se identifique y se implique, que su hablar, pensar, sentir y hacer sean coherentes y ejemplos de vida, este es el nuevo ciudadano que queremos y deseamos formar.
  • 33. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 33 Qué es convivencia escolar.  Se entiende como la acción de vivir en compañía de otras personas en el contexto escolar y de manera pacífica y armónica. Se refiere al conjunto de relaciones que ocurren entre las personas que hacen parte de la comunidad educativa, el cual debe enfocarse en el logro de los objetivos educativos y su desarrollo integral. (Tomado de la guía pedagógica para la convivencia escolar del MEN)  La convivencia escolar resume el ideal de la vida en común entre las personas que forman parte de la comunidad educativa, partiendo del deseo de vivir juntos de manera viable y deseable a pesar de la diversidad de orígenes” (Mockus, 2002). Así mismo se relaciona con construir y acatar normas; contar con los mecanismos de autorregulación social y sistemas que velen por su cumplimiento, respetar las diferencias; aprender a celebrar, cumplir y reparar acuerdos y construir relaciones de confianza entre las personas de la comunidad educativa (Mockus, 2003).
  • 34. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 34 GLOSARIO (Para dar una mejora interpretación al MCE) ACUDIENTE. Persona: padre de familia y/o autorizado por el padre para representar al estudiante en la I.E. Educativa. ESTUDIANTE. Persona niño o niña que ha formalizado la matrícula. ANTIJURICIDAD. Comportamiento contrario a lo estipulado en la Ley. COMUNIDAD EDUCATIVA. Personas que tienen relación directa o indirecta con el establecimiento. CONCILIACION. Acuerdo voluntario al cual se llega por libre expresión de los estudiantes, padres e institución , ante un hecho determinado como causal de disciplina. CONDUCTA. Todo comportamiento esperado de manera eficiente. CULPA. Comportamiento realizado sin querer. DEBER. Toda exigencia que debe cumplir el estudiante. DERECHO; Toda facultad que le permite hacer de manera positivo determinadas actividades al estudiante. DISCIPLINA: Comportamiento esperado dentro del plantel. DOLO: Comportamiento realizado de manera premeditada. EDAD ESCOLAR: Es el tiempo cronológico de los estudiantes para el ingreso a un nivel determinado.
  • 35. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 35 EVALUACIÓN: Proceso que pretende la búsqueda del aprendizaje. EXCLUSIÓN: Es el hecho de llevar por fuero del establecimiento educativo o un estudiante cuando, previo un proceso, se ha calificado una falta de las más graves. FALTA: Es el comportamiento anómalo de un estudiante que se encuentra determinado en el manual de convivencia. FLAGRANCIA: Es el evento en el cual un estudiante es sorprendido en la ejecución de un acto no permitido. MATRICULA: Proceso de vinculación con et establecimiento educativo, una vez se han llenado los requisitos exigidos. PADRE DE FAMILIA: Es por mandato legal el representante legal de los estudiantes. PENSIÓN: Valor pecuniario cancelado o establecimiento educativo por concepto de estadía mensual en una institución no oficial, es diferente a otros pagos. PROHIBICIÓN: Son aquellos comportamientos que no están permitidos. REPROBACIÓN: Lo manifestación de no haber alcanzado los logros propuestos y su no promoción al grado siguiente. SANCIÓN: Es la medida impuesta como consecuencia de un proceso de carácter disciplinario, cuya principal finalidad es la de formar valores de carácter pedagógico y de vida. TITULO: Es el reconocimiento otorgado a un estudiante al finalizar su ciclo educativo. UNIFORME: Prenda de vestir con la cual se identifica el plantel. COMPETENCIAS CIUDADANAS: Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativos que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrático.
  • 36. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 36 EDUCACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS: es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomos para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de los dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticos y responsables . ACOSO ESCOLAR O BULLYING: Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolecente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes. Ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo. CIBERBULLYING O CIBERACOSO ESCOLAR: forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
  • 37. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 37 CONFLICTOS. Son situaciones que se caracterizan porque hay uno incompatibilidad real o percibido entre una o varias personas frente o sus intereses. CONFLICTOS MANEJADOS INADECUADAMENTE. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista uno afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. AGRESIÓN ESCOLAR. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativo que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. Lo agresión escotar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. AGRESIÓN FÍSICA. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a lo salud de otro persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otros. AGRESIÓN VERBAL. Es todo acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. AGRESIÓN GESTUAL. Es toda acción que busque con tos gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. AGRESIÓN RELACIONAL Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.
  • 38. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 38 AGRESIÓN ELECTRÓNICA. Es toda acción que busque afectar negativamente a otros o través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos Íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros o través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía. VIOLENCIA SEXUAL. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción físico, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor". VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. 1. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativos y de otra naturaleza, que se desarrollan para lo restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de tos derechos que le han sido vulnerados.
  • 39. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 39 CAPITULO I DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO INSTITUCIONAL. FILOSOFIA: Dicha formación es el fundamento y razón de la Institución para formar personas con altos ideales y útiles a la sociedad. Sus principios filosóficos han sido: 1. Lograr un verdadero cambio social 2. Orientar e impartir una educación integral autónoma. 3. Formar en valores rescatando y afianzando, el respeto, la responsabilidad, la solidaridad, la libertad, la autonomía y la participación. 4. Desarrollar habilidades y destrezas para formar personas comprometidas con la construcción de una dinámica familiar económica y social. La Institución Educativa Maltaría gira alrededor de la orientación ética, social, cultural y académica a los estudiantes, hacia el desarrollo integral y de acuerdo con las facultades intelectuales, la libertad, la participación democrática y respeto a la dignidad humana. Teniendo en cuenta la renovación curricular recomendada por el M.E.N. y considerando que el centro del proceso educativo es el educando como tal y como miembro de la sociedad, la educación debe responder a sus características y necesidades y a los avances científicos de hoy.
  • 40. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 40 VISION . MISION: Formar niños, niñas y jóvenes con enfoque humanista-socializante, inclusivo, competentes en el ámbito industrial y del campo, para la conservación y saneamiento ambiental, con el fin de desarrollar proyectos productivos que respondan a la necesidades personales, familiares y comunitarias en contexto local, regional y Nacional, mediante metodologías flexibles dentro del modelo Escuela Nueva En el año 2016, la Institución Educativa Maltería será reconocida a nivel global, porque aplica con calidad prácticas ambientales en el sector, que impactan positivamente el medio, desarrollando proyectos productivos socialmente responsables, mediante la generación de programas educativos a través de alianzas estratégicas con la academia y las empresas del sector, para lograr una amplia integración comunitaria en beneficio de la calidad de vida de los estudiantes y sus familias
  • 41. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 41 PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES: PRINCIPIOS: Antropológicos, sociológicos, psicológicos, pedagógicos. VALORES: Libertad, respeto, compromiso social, paz y creatividad, respeto al medio ambiente, tolerancia , prudencia , amor, solidaridad, honestidad, responsabilidad , utilización racional del tiempo libre , solución pacífica del conflicto, respeto a la diversidad entre otros. POLITICA DE CALIDAD: La Institución Educativa Maltería es inclusiva, ofrece un servicio educativo formal por niveles de preescolar, básica primaria, secundaria y media vocacional, pretende integrar niños y jóvenes a la sociedad post- contemporánea. Fortalecida en sus valores y con un proyecto de vida, que potencializa el carácter humanista socializante del SER, mediante procesos democráticos y participativos, en continuo mejoramiento.
  • 42. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 42 IMAGEN CORPORATIVA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA: Los diferentes actores de la comunidad educativa se identifican con los símbolos de la institución, reconocen y cumplen con el uniforme se trabaja con ellos la interiorización del himno y la estructura teleológica de la Institución (Misión, Visión, principios). Todo el talento humano se identifica con la filosofía institucional pero se hace necesario generar un mejor sentido de pertenencia entre toda la comunidad educativa.
  • 43. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 43 EL ESCUDO EL HIMNO: LETRA: Maria Eloisa Arias Patiño. MUSICA: Diván Benjumea Quiceno El Escudo nos ofrece un panorama rodeado de naturaleza fresca y rica, que invita al disfrute a la contemplación y a enamorarse de ella. La fuente hídrica establece un futuro prometedor de vida. Su nevado y sus montañas agrestes y empinadas son guardianes fieles que identifican la zona andina de la región. Como sello imprescindible está el hombre ilustrado por las manos entrelazadas como lenguaje de saludo , de entrega , de bienvenida, cordialidad y solidaridad. I. Estrofa El colegio siempre nos acoge Con gestos de fraternidad Del alumno siempre recoge Los frutos para la sociedad. CORO I Del paisaje emerge belleza Maltería nos la enseñará Las montañas con sus grandezas Armonía siempre brindará Introducción… II Estrofa Estudiantes marchad con amor Tratando siempre de alcanzar Amistad, ciencia y honor Y en futuro poder triunfar CORO II La cultura nos brinda progreso En las aulas se adquiere el saber Con ciencia llegamos muy lejos Y así el triunfo se puede obtener Del paisaje emerge belleza…… fin
  • 44. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 44 BANDERA: Azul, Blanco y verde Los colores influyen sobre el ser humano, tanto fisiológica como sicológicamente. Interviene la vida, creando alegría, tristeza, exaltación, depresión, actividad o pasividad. Por esto se le da también un significado a los colores, en los diferentes campos del quehacer humano. Con respecto a la bandera: Azul: Con efecto opuesto al rojo y más activo que el verde. Representa el cielo azul de la región, el agua pródigamente creada por el creador en ésta zona de Manizales, representa frescura, factor importante de vida, es oxígeno vivo. Blanco: La pureza y limpieza de sus gentes, la humedad, la niebla y la frescura del aire. La blanca y brillante presencia de los bosques de hielo del vecino nevado del Ruíz. Verde: Calmante des--estresante, representa el abundante verdor de las plantas purificadoras del ambiente, es la esperanza, el futuro del trabajo de sus gentes.
  • 45. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 45 LOGOTIPO ESCUELA NUEVA HIMNO DE ESCUELA NUEVA Hacia Escuela Nueva Hacia Escuela Nueva Queremos invitar A los campesinos Alos campesinos Que gusten progresar Los niños caldenses felices estamos En Escuela Nueva con amor estudiamos Terrario y acuario ya listos están En mesa de arena vamos a practicar Aquí estudiamos con mucha alegría Leyendo en grupitos los cuentos de la guía En la biblioteca mucho investigamos
  • 46. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 46 El huerto escolar también lo cultivamos Los días de logros parecen festivos Amigos y padres todos reunidos A ti Escuela Nueva cantamos mi canción Porque te llevamos dentro del corazón. SIMBOLOS PATRIOS SIMBOLOS DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
  • 47. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 47 HIMNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Coro: ¡Oh gloria inmarcesible! ¡Oh júbilo inmortal! ¡En surcos de dolores el bien germina ya! I ¡Cesó la horrible noche! La libertad sublime derrama las auroras de su invencible luz. La humanidad entera, que entre cadenas gime, comprende las palabras del que murió en la cruz. II "¡Independencia!" grita el mundo americano; se baña en sangre de héroes la tierra de Colón. Pero este gran principio: "El rey no es soberano", resuena, y los que sufren bendicen su pasión. III Del Orinoco el cauce se colma de despojos; de sangre y llanto un río se mira allí correr. En Bárbula no saben las almas ni los ojos, si admiración o espanto sentir o padecer. IV A orillas del Caribe hambriento un pueblo lucha,
  • 48. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 48 horrores prefiriendo a pérfida salud. ¡Oh, sí! De Cartagena la abnegación es mucha, y escombros de la muerte desprecia su virtud. V De Boyacá en los campos el genio de la gloria con cada espiga un héroe invicto coronó. Soldados sin coraza ganaron la victoria; su varonil aliento de escudo les sirvió. VI Bolívar cruza el Ande que riega dos océanos; espadas cual centellas fulguran en Junín. Centauros indomables descienden a los Llanos, y empieza a presentirse de la epopeya el fin. VII La trompa victoriosa en Ayacucho truena; y en cada triunfo crece su formidable son. En su expansivo empuje la libertad se estrena, del cielo americano formando un pabellón. VIII La Virgen sus cabellos arranca en agonía y de su amor viuda los cuelga del ciprés. Lamenta su esperanza que cubre losa fría, pero glorioso orgullo circunda su alba tez. IX La patria así se forma, termópilas brotando;
  • 49. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 49 constelación de cíclopes su noche iluminó. La flor estremecida, mortal el viento hallando, debajo los laureles seguridad buscó. X Mas no es completa gloria vencer en la batalla, que al brazo que combate lo anima la verdad. La independencia sola al gran clamor no acalla; si el sol alumbra a todos, justicia es libertad. XI Del hombre los derechos Nariño predicando, el alma de la lucha profético enseñó. Ricaurte en San Mateo en átomos volando, "Deber antes que vida", con llamas escribió
  • 50. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 50 SIMBOLOS PATRIOS DEL DEPARTAMENTO DE CALDAS CORO ¡Viva Caldas! Espléndida comarca; de virtudes glorioso caudal de Colombia modelo que marca el compás de su marcha triunfal I Descendientes de casta bravía; de los Andes magnífica luz, somos raza donde arde la vida con destellos de ciencia y salud. II Salve Caldas comarca pionera de progreso fecundo vergel; salve cuna de raza procera de Colombia parcela más fiel.
  • 51. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 51 SIMBOLOS PATRIOS DE LA CIUDAD DE MANIZALES CORO Manizales, beso tu nombre que significa juventud beso la orilla de tu cielo y de pie te canto ¡salud I Sobre tu frente cruza un águila y a tus pies un río de miel; y arde la vida bellamente en el varón y en la mujer. II La patria entera oye la música que sale de tu corazón y mira hoy hacia tu frente que se levanta como el sol NUESTRO LEMA “Liderazgo en Emprendimiento y Desarrollo Humano”
  • 52. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 52 CAPITULO II Objetivos, propósitos y normativa sobre la formación y evaluación del desarrollo personal y social del estudiante. (Decreto 1290 de 2.009). ARTICULO PRIMERO DEFINICION: Para los efectos del presente acuerdo, se entiende por manual de convivencia, el conjunto de normatividades que regulan las relaciones de los miembros de al comunidad estudiantil, entre sí, y con los demás estamentos del comunidad educativa de la “Institución Educativa Maltería” ARTICULOS SEGUNDO: OBJETIVOS GENERALES. 1. Dar a conocer a la comunidad educativa e manual de convivencia pactado. 2. Participar en el proceso de elaboración y ajuste permanente del manual de convivencia de acuerdo a la normatividad vigente por parte de estudiantes y docentes. 3. Fomentar en el estudiante la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el desarrollo cognitivo, procedimental y actitudinal del mismo, orientada al trabajo, el desempeño laboral, al mejoramiento cultural, la calidad de vida y a la cooperación en busca de alternativas de solución a los problemas y al proceso social, mediante las oportunidades de participación que se ofrecen en la comunidad.
  • 53. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 53 4. Implementar las acciones conducentes al mejoramiento de la convivencia en la comunidad educativa mediante estrategias que propicien la formación integral de los estudiantes. 5. Orientar el Manual de Convivencia desde una perspectiva que privilegie la prevención y reduzca el espíritu sancionatorio. Este debe estar en relación directa con los principios: ANTROPOLÓGICOS: Que define al tipo de hombre a formar, las relaciones hombre – hombre, hombre – mundo, hombre – conocimiento, hombre - saber y hombre – actitudes. AXIOLÓGICOS: Valores, hábitos y actitudes. FILOSÓFICOS Y EPISTEMOLÓGICOS: Autonomía, democracia participativa, comunicación y métodos del conocimiento o saberes científicos. PSICOLÓGICOS: Comprensión de la conducta humana. PEDAGÓGICOS: Búsqueda de medios de formación. ARTICULO TERCERO: OBJETIVOS ESPECIFICOS. 1. Adquirir un compromiso responsable con las normas establecidas haciéndolas parte integral del quehacer educativo cotidiano. 2. Crear en el estudiante el sentido de pertenencia y mantener siempre en alto el nombre de la institución. 3. Orientar al estudiante para que juzgue las situaciones con criterio propio, principios de verdad y justicia.
  • 54. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 54 4. Recuperar y fomentar los valores en los estudiantes por medio de acciones coordinadas entre los directivos, docentes, estudiantes, padres de familia y/o acudientes, administrativos y comunidad en general. 5. Desarrollar mecanismos de seguimiento y control efectivo desde el punto de vista legal, por directores de grupo, comité de convivencia y comisión de evaluación. 6. Fijar con claridad los procedimientos del conducto regular para las diferentes situaciones y reclamos ante los integrantes de los estamentos institucionales y el gobierno escolar. 7. Propiciar en la comunidad educativa un espíritu de concertación y conciliación, como base fundamental en la resolución de conflictos entre los integrantes de ésta. 8. Contribuir a la formación integral por medio del cumplimiento del presente Manual de convivencia. 9. Promover, garantizar y defender DDHH y DHGR (Derechos Humanos y Derechos Humanos Sexuales y Reproductivos) 10.Establecer normas para las funciones, deberes, comportamientos y actitudes pactadas por la comunidad educativa entre sí y con el entorno escolar, de tal manera que se garantice el ejercicio de los derechos de todas las personas que la conforman.
  • 55. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 55 ARTICULO CUARTO: PROPOSITOS SOBRE LOS QUE SE FUNDAMENTA EL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR . Esta actualización al manual pretende fundamentar un sistema de convivencia que posibilite acompañar los procesos formativos (mental, emocional, físicos) de los niños(as) y jóvenes promoviendo su desarrollo como sujetos de derecho y deberes, es decir como ciudadanos, por ello busca: 1. Promover las prácticas de respeto entre los miembros de la comunidad escolar. 2. Promover el diálogo entre los miembros de la comunidad, sobre la base de la concertación, la conciliación y los compromisos compartidos. 3. Prevenir y mitigar la violencia escolar incluido el matoneo y el ciberbullying 4. Fomentar el respeto por el Manual de Convivencia, el debido proceso y el conducto regular en las prácticas de convivencia. 5. Orientar la negociación del conflicto en la Institución Educativa, teniendo en cuenta el manual de convivencia. 6. Conformar los estamentos de participación democrática a través del gobierno escolar, conforme a lo establecido en la ley general de educación (ley 115/94) en los artículos 19 y 20. ARTICULO QUINTO: PROCESO FORMATIVO. Es aquella instancia encargada de brindar espacios de diálogo entre los miembros de la comunidad educativa, con el ánimo de llegar a acuerdos y la reflexión sincera frente a la transgresión de la norma establecida en el manual de convivencia intervienen en
  • 56. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 56 éste proceso docentes, directores de grupo, estudiantes, directivos y padres de familia y/o acudientes, dejando constancia de ello. ARTICULO SEXTO: PROCESO DISCIPLINARIO. Se aplica en el evento de faltas graves y gravísimas contempladas en el manual de convivencia o por la sistematicidad en el incumplimiento de acuerdos, en relación a las faltas leves una vez firmado compromisos dentro del proceso formativo. Tiene como objetivo preservar los derechos de los miembros de la comunidad escolar, fomentando el respeto a la convivencia intervienen en éste proceso director(a) de grupo, el estudiante, padre y/o acudiente, la coordinadora general, comité escolar de convivencia y rectora. ARTICULO SEPTIMO: PRINCIPIOS BASICOS PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR. La convivencia escolar en la Institución está basada en los siguientes principios: 1. Respeto: Implica reconocer nuestra dignidad y la de otras personas, fortaleciendo las relaciones humanas a través de la empatía, tolerancia, lealtad, prudencia y veracidad. 2. Responsabilidad: Con nosotros mismos y con los demás ejerciendo libertad en nuestras palabras y acciones en relaciones interpersonales constructivas.
  • 57. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 57 3. Honestidad: Conjunto de conductas que reflejan una actitud de veracidad, honradez, rectitud y autenticidad. 4. Solidaridad: Significa apoyar a los miembros de la comunidad adhiriéndonos en el servicio y la fraternidad a las necesidades de las personas que nos rodean. 5. Diálogo: Privilegia el encuentro con el otro, a través de la conversación, la discusión, las preguntas y respuestas que facilitan la comprensión, aceptación y búsqueda de la verdad en las relaciones humanas armónicas. 6. Participación: Compromiso entusiasta en las actividades del plantel, con optimismo, alegría y espíritu de trabajo individual y de equipo. 7. Reparación: Son las acciones que realiza el victimario con quien tuvo la dificultad para enmendar el hecho. 8. Perdón: Sentimiento que aflora en un conflicto cuando las partes reconocen su nivel de equivocación y de afectación mutua. 9. Libertad. 10. Creatividad 11. Respeto por el medio ambiente.
  • 58. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 58 ARTICULO OCTAVO: APRENDIZAJES BASICOS PARA LA CONVIVENCIA. 1. Aprender a no agredir al congénero. Fundamento de todo modelo de convivencia social, la agresividad es natural y fundamental en todos los animales, incluido el ser humano. Es la que genera la fuerza para afrontar situaciones difíciles, abordar los problemas y emprender los grandes propósitos; en el Ser Humano la agresividad puede convertirse en amor o en hostilidad, en odio, esto depende en gran parte de las enseñanzas y de la experiencias de vida que haya tenido. Aprender a no agredir al otro significa:  Aprender a valorar la vida del otro como mi propia vida.  Aprender que no existen enemigos, existen opositores con los cuales puedo conciliar para resolver los problemas y los conflictos.  Aprender a valorar la diferencia como una ventaja que me permite ver y compartir otros modos de pensar, de sentir y de actuar.  Aprender a buscar la unidad pero no la uniformidad.  Aprender a tener el cuidado y la defensa de la vida como un principio máximo de toda la convivencia.  Aprender a respetar la vida íntima de los demás. 2. Aprender a comunicarse: Base de la autoafirmación personal y grupal. El medio básico de la comunicación es la conversación y la convivencia social,
  • 59. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 59 requiere aprender a conversar; a través de ella expresamos, comprendemos, aclaramos, coincidimos, discrepamos y nos comprometemos, en una conversación auténtica cada uno busca convencer al otro, pero también acepta ser convencido, y es en éste propósito mutuo, como se construye la autoafirmación de cada uno y la de todo el grupo, por eso la mentira deteriora toda comunicación. 3. Aprender a interactuar: Base de los modelos de relación social. Aprender a interactuar supone varios aprendizajes:  Aprender a acercarse a los otros. Esa es la importancia de las reglas de saludo y cortesía.  Aprender a comunicarse con los otros. Saber reconocer los sentires y los mensajes de los otros y lograr que mis mensajes y sentidos sean reconocidos en otras palabras, saber conversar y saber deliberar.  Aprender a estar con los otros. Percibir que los otros “están conmigo” en el mundo buscando y deseando ser felices como yo. Aprender a ponerme de acuerdo y a discutir sin romper la convivencia, aprender a ceder y a recibir consejos.  Aprender a vivir en la intimidad: esa es la importancia de aprender a cortejar y aprender a amar.  Aprender a percibirme a percibir a los otros como personas que evolucionamos y cambiamos en las relaciones intersubjetivas, pero guiados por unas reglas básicas universales: Los Derechos Humanos.
  • 60. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 60 4. Aprender a decidir en grupo: Base de la política y de la Economía. Implica aprender que los intereses individuales y de grupo existen, que dichos intereses forman parte constitutiva del ser humano y que son un factor dinamizador de la convivencia social, si aprendemos a concertar y la concertación es la condición de la decisión en grupo. 5. Aprender a cuidarse: Base de los modelos de salud y seguridad social. Supone:  Aprender a proteger la salud propia y de todos como un bién social ( ésta es la importancia de los hábitos de higiene y comportamientos de prevención).  Aprender a valorar las normas de seguridad y factores de riesgos físicos, psicológicos, ambientales entre otros.  Tener una percepción positiva del cuerpo a nivel personal y colectivo com forma de expresión (la importancia del deporte, la danza, el teatro, la gimnasia, etc).  Toda ética supone una ética del amor propio; y el cuidado de sí mismo, es la primera premisa de la ética. 6. Aprender a cuidar el entorno. Fundamento de la Supervivencia. Significa:  Aprender a percibir el planeta tierra como un ser vivo del cual formamos parte, porque si el planeta muere, moriremos nosotros.  Aprender a cuidar, a valorar y defender el aire, el ozono, la selva tropical, etc, etc.,….. . Como la verdadera riqueza común la cual no puede ser apropiada para beneficios privados o particulares.
  • 61. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 61  Aprender a conocer las formas de vida de la naturaleza y la forma como ellas depender de nosotros y nosotros de ella.  Aprender a defender y cuidar el espacio público en las ciudades y en los campos como los lugares en donde los hombres nos encontramos y nos expresamos como seres del mundo.  Aprender a manejar y controlar la basura y los desperdicios, valorando el reciclaje de las basuras como la mejor estrategia para proteger el medio ambiente la vida.  Aprender a oponerse a la producción de desperdicios y residuos que dañan el planeta y destruyen la vida (residuos atómicos, productos no biodegradables)  Aprender a negociar los conflictos para volver la guerra un acto inútil e impensable. 7. Aprender a valorar el saber social: Base de la evolución social y cultural. El saber social lo podemos definir como el conjunto de conocimientos, prácticas, destrezas, procedimientos, valores, símbolos, ritos y sentidos, que una sociedad juzga válidos para sobrevivir, convivir y proyectarse. En la sociedad existen dos grandes tipos de saberes: El Saber Cultural y el Saber –Académico. Ambos saberes son igualmente importantes para la convivencia social, porque es dentro del saber social (el cultural y el académico) en donde evoluciona el hombre como hombre, lo que llamamos naturaleza humana no es algo ya hecho, el ser humano se moldea y evoluciona dentro de la cultura y el saber académico que le toca vivir.
  • 62. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 62 PRINCIPIOS RECTORALES DE LA CONVIVENCIA: La Educación de ésta Institución Educativa se basa en los siguientes principios rectores, los cuales han sido analizados y evidenciados por toda la comunidad educativa, a través de los proyectos pedagógicos transversales; son ellos: Primer principio me formará en la paciencia Segundo principio me formará en la humildad Tercer principio me formará en el respeto Cuarto principio me formará en la honestidad Quinto principio me formará en la justicia Sexto principio me formará en la lealtad Séptimo principio me formará en la legalidad Octavo principio me formará en la autonomía Noveno principio me formará en la convivencia Décimo principio me formará en la responsabilidad Décimo primero principio me formará en la perseverancia Décimo segundo principio me formará en el patriotismo. Décimo tercer principio me formará en el orden.
  • 63. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 63 NORMATIVIDAD SOBRE FORMACIÓN Y EVALUACIÓN DEL DESARROLLO PERSONAL Y SOCIAL DEL ESTUDIANTE. El decreto 1290 del 16 de abril de 2009 en el numeral 3 sistema institucional de evaluación contempla el numeral 3.4 Formación y Evaluación del desarrollo personal y social del estudiante, que a continuación se transcribe textualmente: “3.4 Formación y Evaluación del desarrollo personal y social. Además de la educación académica de alta calidad que deben brindar los establecimientos educativos en el país, es sabido que el ámbito escolar coadyuva en la formación y desarrollo de los sujetos en numerosos campos sociales, éticos y ciudadanos, por nombrar algunos. En ese sentido, todos los establecimientos educativos deben promover internamente tanto la educación en valores como la evaluación del desarrollo personal y social de sus educandos, en acuerdo con la Ley General de Educación que nos dice que es un fin de la educación formar en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad (1994, Articulo 5, numeral 2). Igualmente los valores se aprenden, y en los actuales contextos, niños, niñas, jóvenes y adultos son permeados por una pluralidad de valores que invaden su vida cotidiana, los cuales provienen de múltiples escenarios, tales como: socialización con sus pares, comunicaciones, informaciones a las que acceden, entre otros. Por ello, la escuela y la familia deben persistir en acciones intencionadas para que ellos confronten sus experiencias cotidianas con lo que significa ser libre y tener la posibilidad de
  • 64. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 64 desarrollar todas sus competencias como persona, en diversos contextos sociales y culturales. Del mismo modo, hay que tener en cuenta que los valores no son interiorizados a través de “formulas éticas” como la enunciación de una serie de virtudes, sino que deben ser elaborados por cada persona a partir de la reflexión sobre sus relaciones con los demás, la intencionalidad de sus acciones y las consecuencias de sus actos. Para la institución educativa, la formación ética no está dirigida a doctrinar a los estudiantes sino a generar reflexión sobre la construcción de criterios que les ayuden a tomar decisiones responsables y autónomas, y principios éticos mínimos para la convivencia social. En la vida cotidiana escolar se debe ofrecer un ambiente propicio para la formación de valores y actitudes, además de crear espacios favorables para que los estudiantes puedan tener un diálogo crítico y constructivo acerca de los valores sociales existentes y su relevancia para la vida en comunidad, así como generar la necesidad de pensar en mundos más justos y solidarios, donde todos los seres humanos y no humanos podamos ser reconocidos. Se pueden identificar tres tipos de acciones en este campo de formación, de acuerdo con las competencias ciudadanas y los fines y objetivos de cada institución: Educación en valores, cuya característica consiste en promover que las nuevas generaciones las apropien y actúen por identidad con ellas de manera autónoma: Construcción de normas de convivencia, necesarias para el buen funcionamiento de la vida escolar, cuyo no cumplimiento ocasiona diversas consecuencias descritas en el manual de convivencia; y
  • 65. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 65  Evaluación de actitudes, que son orientaciones favorables o no favorables hacia un objeto determinado. Las actitudes están sustentadas en cogniciones y afectos y se manifiestan en comportamientos. Docentes y estudiante pueden inferirlas a partir de observaciones reflexivas y cuya evaluación puede ayudar a la creación de un clima agradable para el aprendizaje y la socialización. En la evaluación de actitudes debe primar una actitud comunicativa, en donde se haga un reconocimientos de las personas con distintos intereses y competencias cognitivas, afectivas, estéticas provenientes de diferentes experiencias. La evaluación de actitudes es un compromiso que debe adquirir una comunidad educativa al revisar y regular las interacciones sociales que se dan a su interior, con el propósito de crear ambientes adecuados que favorezcan la relación pedagógica, el clima institucional y la convivencia escolar. La evaluación de actitudes contribuye a la formación de un espíritu deliberativo, toda vez que un o una estudiante a través de ella puede reflexionar sobre su comportamiento, el de sus compañeros, el papel que juegan las normas y el respeto que debe tenerse por ellas, siendo consciente en su avance y desarrollo. Para lograr estos propósitos, conviene que en el establecimiento educativo se identifiquen unos referentes de comportamientos socialmente deseables, a partir de un diagnóstico y con ellos implementar la evaluación. Algunos elementos que deben tenerse en cuenta cuando se plantee este tipo de evaluación, son:
  • 66. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 66  Ella no realiza o pretende realizar una evaluación moral del estudiante. La valoración actitudinal no trata de medir la adquisición de valores o “controlar” a los alumnos a través de ella. Tampoco es una actividad para determinar la promoción de los educandos. Son evaluaciones que se enmarcan en acciones comunicativas para reflexionar en qué medida los valores y actitudes, que son promovidos por la institución, están siendo apropiados por los estudiantes, (Bolívar, 1998).  Exige una reflexión profunda. En este sentido, cuando una institución considere la posibilidad de implementar la evaluación de actitudes, debe analizar su sentido. Tal discusión convoca a que la comunidad educativa determine para qué se evalúan y cuáles son las actitudes que se consideran más pertinentes para la institución. Sólo así se entenderá un informe de desarrollo personal y social; porque al no haberse discutido el papel que juega la formación en valores, normas y actitudes, es posible que algún padre de familia, estudiante o docente no reconozca su importancia, o considere que estos informes están atentando contra la dignidad del estudiante. La evaluación de actitudes es un compromiso que debe ser compartido por toda la comunidad educativa.  Requiere referentes éticos. Es indispensable que los estudiantes cuenten con unos referentes valorativos y comportamentales con los cuales puedan orientar su acción en el mundo. En nuestro contexto se cuenta con disposiciones normativas, proyectos educativos, y valores institucionales como los siguientes:
  • 67. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 67  La constitución Política Colombiana y la Ley General de Educación.  Los estándares básicos de competencias, especialmente lo relacionado con las competencias ciudadanas.  Los proyectos escolares transversales: educación sexual, ambiental, democracia.  Los valores establecidos en el horizonte institucional de los proyectos educativos y en los manuales de convivencia que cada institución ha construido.  Conviene que se construya una escala clara de valoración actitudinal, la cual implica tener en cuenta los valores que orientan al Proyecto Educativo Institucional y el análisis de las actitudes en las que se considera que es necesario formar. En este sentido se recomienda implementar una escala de frecuencia como: siempre, casi siempre, algunas veces, nunca. Adicionalmente, es conveniente realizar un diagnóstico sobre convivencia que determine cómo se encuentra la institución.  La evaluación de actitudes debe haber sido discutida y acordada con los y las estudiantes. Ellos pueden convenir las actitudes a evaluar, definirlas y construir unos indicadores, que precisen un estado deseado de comportamiento. Se trata de acordar unos criterios para interpretar las actitudes que se viven cotidianamente y que tienen que ver con la relación que establecen niños, niñas, jóvenes y adultos consigo mismo, con los demás, y con los compromisos académicos.
  • 68. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 68  Facilita procesos de autoevaluación entre los equipos de docentes. Las consecuencias de esta evaluación son de carácter formativo. A continuación se presenta un ejemplo de un informe que contiene la evaluación de actitudes. En este caso se tomó como referencia sólo la responsabilidad y el respeto, como actitudes a valorar. No debe olvidarse que la selección de dichas actitudes, debe ser previamente acordada entre los miembros del establecimiento educativo, además de los indicadores que a manera de señales, orientan las disposiciones más favorables del comportamiento deseado. Al ser éste un ejemplo, es claro que se pueden elegir otras actitudes, las cuales estarían en sintonía con las necesidades de la institución y de los valores que orientan al proyecto educativo institucional, PEI. La escala en este caso es la siguiente: Siempre, Casi Siempre, Algunas Veces, Nunca.
  • 69. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 69 EVALUACIÓN DE DESARROLLO PERSONAL Y SOCIAL DEL ESTUDIANTE EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MALTERIA Estudiante _________________________ Periodo _________ Grado____________ Director de Grupo __________________________ EVALUCION DE ACTITUDES: Responsabilidad Autoevaluación (estudiante) Heteroevaluación (Docente) Acuerdo o Compromiso Asumo las consecuencias de mis actos, aceptando mis errores e intentando mejorar Siempre Casi Siempre Me comporto adecuadamente sin necesidad de ser supervisado(a) por un adulto(a). Tomo decisiones propias, considerando el punto de vista de los demás. Cumplo con los deberes como estudiante y me comporto de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia de mi institución. Respeto Respeto a las personas, sus ideas, su intimidad y sus sentimientos, sin discriminación de ningún tipo. Algunas veces Casi siempre Cuido los recursos físicos que la institución pone a mi servicio Algunas veces Nunca Me relaciono con mis profesores(as), personal administrativo y de servicio a través de la cordialidad y el buen trato evitando usar un lenguaje ofensivo al dirigirme a ellos(as). Demuestro ante el diálogo, una actitud de escucha activa y respetuosa.
  • 70. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 70 1-Comentario del estudiante: _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ 2-Comentario del director de grupo: _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ 3-Comentario del padre de familia _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ Firma estudiante _____________________________ Firma Padre y/o acudiente_______________________________ Director de Grupo ______________________________
  • 71. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 71 CAPITULO III FUNDAMENTOS JURIDICOS Y LEGALES QUE SUSTENTAN EL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR DE LA I.E. MALTERIA ARTÍCULO PRIMERO: existen unos fundamentos legales que sustentan el manual de convivencia, son ellos: A-Constitución Nacional de Colombia (1991): En la constitución política colombiana se consagran de una manera general los derechos tanto de los niños(as) como de los jóvenes específicamente en los artículos 44 y 45 que textualmente dicen: “ARTICULO 44: La familia, la sociedad y el estado tienen obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos”. Los derechos de los niños(as) jóvenes prevalecen sobre los derechos de los demás. “ARTICULO 45: El adolescente tiene derechos a la protección y a la formación integral. El estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud, en la parte que hace referencia en los menores en dificultad, estos artículos anteriores a la Constitución Nacional. Ley 115/94 en los artículos 73 y 87. Crea el Manual en los siguientes términos: “Art. 73 Proyecto Educativo Institucional, con el fin de lograr la formación integral del educando, cada establecimiento educativo deberá elaborar y poner en práctica un
  • 72. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 72 P.E.I en el que se especifiquen entre otros aspectos, los recursos docentes didácticos disponibles y necesarios, la estrategias pedagógica, el Reglamento para docentes y Estudiantes y el sistema de gestión, todo ello encaminado a cumplir con las disposiciones de la presente Ley y sus reglamentos”. Por su parte, el artículo 87 de la Ley 115 señala: ARTÍCULO 87. REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA. Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y las obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matriculan correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando lo mismo. El Decreto 1860 de 1994, que reglamenta en los aspectos pedagógicos organizativos generales de la Ley 115 de 1994, en el artículo 17 señala: ARTICULO 17 REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA de acuerdo con los dispuesto en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del P.E.I un reglamento o Manual de Convivencia. El reglamento o Manual de convivencia, debe contener una definición de los derecho y deberes de los alumnos y sus relación es con los demás de la comunidad educativa. Decreto 1286 del 27 de abril de 2005. Artículo primero. Ámbito de la aplicación. El presente decreto tiene por objeto promover y facilitar la participación efectiva de los padres de familia en los procesos de mejoramiento educativo de los establecimientos de educación preescolar, básica y media, oficiales y privados, de acuerdo con los artículos 67 y 38 de la Constitución Política y el Acuerdo 7 de la Ley 115 de 1994, contempla además las siguientes
  • 73. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 73 Artículo 2. Derechos de los Padres de Familia Artículo 3. Deberes de los Padres de Familia Artículo 4. Asamblea General de Padres de Familia Artículo 5. Consejo de Padres de Familia Artículo 6. Estructura y Funcionamiento del Consejo de Padres de Familia Artículo 7. Funciones del Consejo de Padres de Familia Artículo 8. Elección de los representantes de los Padres de Familia al Consejo Directivo Artículo 9. Asociaciones de Padres de Familia Artículo 10. Finalidades de la Asociación de Padres de Familia. Artículo 11. Manejo de los recursos de la Asociación de Padres de Familia Artículo 12. Prohibiciones para las asociaciones de Padres de Familia Artículo 13. Hijos, Federaciones y confederaciones de padres de familia Artículo 14. Prohibiciones para los establecimientos educativos. Artículo 15. Inspección y Vigilancia y otros.
  • 74. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 74 El DECRETO 1290 DEL 16 DE ABRIL 2009. Reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media. Contempla: Artículo 1. Evaluación de los estudiantes Artículo 2. Objeto del Decreto Artículo 3. Propósitos de la evaluación de los estudiantes Artículo 4. Definición del sistema institucional de evaluación de los estudiantes Artículo 5. Escala de Valoración Nacional Artículo 6. Promoción escolar Artículo 7. Promoción anticipada por grado Artículo 8. Creación del sistema institucional de evaluación de los estudiantes Artículo 9. Responsabilidades del MEN Artículo 10. Responsabilidades del SEM Artículo 11. Responsabilidades de los establecimientos educativos Artículo 12. Derecho de los estudiantes Artículo 13. Deberes de los estudiantes Artículo 14. Artículo 15. Deberes de los Padres de Familia.
  • 75. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 75 Artículo 16. Registro escolar Artículo 17. Constancias del desempeño Artículo 18. Graduación Artículo 19. Vigencia. Existen además, otros marcos legales y nuevas instancias institucionales, así: 1. Reglas de las Naciones Unidas para los jóvenes y niños(as) privados de la libertad. Creación en 1990 del Comité Interinstitucional para la defensa, protección y promoción de los derechos humanos de la infancia y la juventud y de la Consejería Presidencial para la juventud, la mujer y la familia. En 1991 la Asamblea Nacional Constituyente consagra los derechos de los jóvenes y niños(as) en la nueva carta política. En 1992 el Presidente CESAR GAVIRIA TRUJILLO constituyó la Consejeria Presidencial para el desarrollo Social. El 30 de Septiembre de 1990, suscribe la Declaración Mundial sobre la supervivencia, la protección y el desarrollo del niño(a), comprometiéndose con el Plan de Acción a favor de la infancia. Tomado de: Conferencia de Nelson Ortiz Pinilla, por una cultura del niño(a) en Colombia. Revista Asociación Colombiana para la defensa del Menor maltratado. El drama de la niñez maltratado en Colombia.
  • 76. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 76 2. CODIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA (LEY 1098 DE 2006) Objeto: El presente código tiene por objeto establecer las normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagradas en los instrumentos internacionales de derechos humanos, en la constitución política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la sociedad y el estado. (Articulo 2). Sujetos Titulares de derechos. Para todos los efectos de esta ley son sujetos titulares de derechos todas las personas menores de 18 años, sin perjuicio de los establecido en el artículo 34 del Código civil, se entiende por niño o niña las personas entre 12 y 18 años de edad (Artículo 3). 3. RESOLUCION No. 1356 del 5 de Septiembre de 2008 Por la cual se establecen políticas, directrices, criterios, procedimientos y el Cronograma para definir la oferta y atender la demanda de cupos escolares, en los niveles de Preescolar, Básica y Media del sistema de educación oficial y no oficial del municipio de Manizales y se dictan otras disposiciones. Las transcripciones mencionadas nos permiten afirmar categóricamente que el Manual de Convivencia entre otras definiciones, es el Reglamento Interno de esta Institución y como tal señala el camino que debemos seguir los miembros de esta comunidad para alcanzar los fines propuestos por el sistema educativo.
  • 77. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 77 4. Ley 1620 del 2013. Sistema Nacional de Convivencia escolar y su decreto reglamentario 1965 de Septiembre 11 de 2013 atención y manejo del conflicto. 5. Ley 734 del 2002 código único disciplinario. 6. Ley 124/94 Reglamenta el consumo de bebidas alcohólicas. 7. Ley 745 de Julio 19 del 2002. Por el cual tipifica como contravención el consumo y porte de dosis personal de estupefacientes o sustancias que produzcan dependencia, con peligro para los menores de edad y la familia. 8. Ley 30/86 por el cual se adopta el estatuto nacional de estupefacientes y se dictan otras disposiciones. 9. Resolución 1956 de Mayo 30 de 2008. Prohibición de fumar en sitios públicos. 10.Ley 715/2001 .Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones, para Organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.
  • 78. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 78 POR LO TANTO.  Por favor, no nos lastimen hacemos parte de un mundo que quiere ser mejor .  No queremos prácticas que atentan contra nuestras vidas.  Queremos vivir en nuestro hogar y colegio en paz.  Necesitamos que nos atiendan oportunamente .  Que las brigadas de salud sean permanentes (artículo 27)  Que nos alimenten bien, que el restaurante escolar nunca falte (artículo 24)  Necesitamos tener seguridad social (artículo 27)  Que lindo que mis padres o acudientes estén a mi lado en todos los momentos, al igual que mi maestr@ (artículo 23)  Que mis maestr@ me brinde amor y comprensión.  Necesitamos que las directivas, padres, maestros y maestras nos escuchen y que nuestras opiniones sean tenidas en cuenta (debido proceso, artículo 26 ley 1098 de 2006).  Tengo derecho a la intimidad personal, a ser protegido contra el maltrato y a los abusos de toda índole por parte de mis padres, representantes legales, de las personas responsables de mi cuidado, de los miembros de la familia, de la escuela y la comunidad (artículo 18, 20 Ley 1098 de 2006)  Tengo derecho a mis libertades fundamentales consagradas en la constitución nacional y en los tratos internacionales de los Derechos Humanos. Forman parte de estas libertades, el libre derecho a la personalidad y la autonomía personal; la libertad de conciencia y de creencia, la libertad de cultos, la libertad de pensamiento, la libertad de locomoción, la libertad para escoger profesión u oficio (artículo 37)  Tengo derecho por el respeto a la diferencia (inclusión) y a disfrutar una vida digna, en condiciones de igualdad con las demás personas, que permitan desarrollar al máximo mis potencialidades y mi participación activa en la comunidad (artículo 36 numeral 1,2,3,4)  Tengo derecho a mi identidad: a tener un nombre, nacionalidad, asociarse, a preservar mi lengua de origen, mi cultura e idiosincrasia (artículo 25)
  • 79. Municipio de Manizales INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA Reconocimiento oficial de estudios 04146 de 04 Noviembre de 1.999, MANUAL DE CONVIVENCIA—RESIGNIFICACION 2.015 79  Tengo derecho a que se me prepare para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos étnicos, nacionales, religión y personas de origen indígena, ley 19/91, convención de los derechos del niño (artículo 29 literal d)  Tengo derecho al descanso y al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de mi edad y a participar libremente en la vida cultural en las artes (artículo 31 de la ley 12/91. ITULO IV. Estructura Organizacional de la Institución Educativa: ARTICULO PRIMERO: Organigrama (anexo) ARTICULO SEGUNDO: El gobierno escolar y la organización institucional La Escuela como espacio de la Democracia Quienes somos los niños, niñas y jóvenes? Somos la mejor inversión, no un gasto inútil. Somos importantísimos ciudadanos del mundo, Somos la fuerza más interna para resolver los problemas, Somos el futuro, pero también el presente. Para que nuestra institución educativa sea una escuela pensada desde las perspectivas de los derechos humanos, destaquemos como elementos determinantes para el logro de un verdadero proyecto democrático los siguientes: