2. FINANCIACION DE EXPORTACIONES
El acceso a una financiación adecuada del
comercio es un elemento fundamental
para lograr buenos resultados en materia
de exportación.
La necesidad de financiación puede
suscitarse antes del envío de la
mercadería, cuando la empresa necesita
adquirir insumos y realizar las labores de
transformación, o luego de la misma.
4. PREFINANCIACION DE EXPORTACIONES
Este tipo de crédito, conocido como de
prefinanciación de exportaciones, es
necesario cuando la producción lleva un
tiempo considerable o cuando se deban
importar insumos para elaborar los
productos a exportar.
5. Prefinanciación de Exportaciones
Características:
• Alcances: asistencia crediticia previa al embarque de la
mercadería, que permite a los exportadores obtener
fondos para acopiar materias primas, materiales,
productos intermedios, y elaborar el producto final que
se venderá al exterior.
• Beneficiarios de la financiación: exportadores,
productores, fabricantes, prestadores de servicios de
productos primarios, manufacturas de origen
agropecuario e industrial.
• Responsabilidad: para el banco otorgante, el exportador
es responsable principal de embarcar la mercadería y
reintegrar los fondos con el cobro de la exportación.
6. Prefinanciación de Exportaciones
• El banco asume el “riesgo directo exportador”:
la falta de embarque y el riesgo de no cobro de
la exportación. Por eso se requieren garantías.
• Requisitos: se le puede exigir al exportador
una carta de crédito irrevocable a su favor, un
contrato o una orden de compra en firme.
• Porcentaje de la financiación: en general,
hasta el 80% del valor FOB de las
exportaciones o del monto de los servicios.
• Moneda de crédito: dólares estadounidenses u
otras monedas a criterio del Banco.
7. Prefinanciación de Exportaciones
• Tasa de interés: se negocia directamente con
cada empresa.
• Plazo: se ajusta al ciclo productivo; al
despacho y a la negociación de los
instrumentos de pagos de los bienes y/o
servicios exportados a partir de la fecha de los
desembolsos.
En general, los plazos son cortos: 180 días.
Se podrán conceder plazos de hasta 270 días a
exportadores de bienes agrícolas y laneros cuyos
ciclos productivos excedan los 180 días.
Para los exportadores de bienes de capital, cuyos
ciclos de producción también excedan los 180 días,
se podrá evaluar el otorgamiento de una
prefinanciación por hasta 360 días.
9. Financiación de exportaciones
Financiación de exportaciones: las empresas
también podrán necesitar que se financien sus
exportaciones una vez fabricados los bienes, ya
que su capacidad para competir eficazmente
dependerá de que puedan respaldar sus ofertas a
los compradores extranjeros con condiciones
crediticias atractivas.
Es una financiación en moneda extranjera, para
vender a plazo bienes de origen argentino en los
mercados del exterior y cobrar al contado.
10. Financiación de exportaciones
Características:
Alcances: exportaciones de bienes de capital, bienes
durables, bienes de consumo, bienes industriales,
plantas industriales y proyectos llave en mano. Hasta el
XX % de su valor en repuestos y accesorios y/o gastos
de instalación en países de destino.
Beneficiarios de la financiación: exportadores,
productores, fabricantes, prestadores de servicios.
Amortización del capital: para la exportación de bienes
de capital y plantas llave en mano, las cuotas serán
como máximo anuales y para el resto de los bienes
serán como máximo semestrales.
11. Financiación de exportaciones
Moneda de crédito: dólares
estadounidenses u otras monedas a
criterio del Banco.
Tasa de interés: se negocia directamente
con cada empresa.
Plazo: hasta XX años, según las
características del producto exportado.
12. Financiación de exportaciones
Según el instrumento de pago convenido con el
importador, el exportador puede solicitar a su
banco que:
• Le adelante los fondos / descuento de letras de
cambio.
• Le compre los documentos de embarque con
recurso.
• Le compre los documentos mediante forfaiting.
• Venta de facturas mediante factoring.
13. Financiación de exportaciones
Adelanto de fondos: el banco
financiador le acredita el producto de la
financiación, previa solicitud y
cumplimiento por el exportador de los
requisitos acordados con el banco. El
banco confía en que el exportador recibirá
el pago de parte del comprador.
14. Financiación de exportaciones
Compra de documentos con recurso: es el
caso de las exportaciones documentadas con
carta de crédito pagaderas a plazo o cuando
existen letras avaladas o no a favor del
exportador. Una vez encontrados los documentos
conformes, el exportador puede solicitar al banco
financiador que le acredite fondos en forma
inmediata, que devolverá al ingresar las divisas
del exterior. Cuando el banco acuerda esta
financiación, se establece que, en caso de no
ingresar las divisas, el exportador reintegrará los
fondos.
15. Financiación de exportaciones
FORFAITING: es una manera especial de
financiamiento de exportaciones que puede
realizarse como una compra de obligaciones
“elegibles” emergentes de operaciones de
comercio exterior, tales como letras de cambio,
pagarés y cartas de crédito irrevocables con pago
diferido. Se emplea en operaciones a mediano y
largo plazo, de acuerdo con el criterio del banco
prestamista y con el riesgo del país importador.
El banco prestamista renuncia a los derechos de
recurso contra el exportador (sin recurso).
16. Financiación de exportaciones
En la práctica, consiste en la venta de
documentos financieros derivados de una
operación de exportación. El punto de partida
es el otorgamiento de un crédito proveedor
por el exportador al comprador.
Beneficios para el exportador:
• Aumenta su liquidez.
• Libera su balance de responsabilidades
eventuales.
• Mantiene abiertas líneas de crédito para
atender otras necesidades financieras.
• Traslada todos los riesgos asociados a la
cobranza al banco prestamista.
17. Financiación de exportaciones
FACTORING: aquel contrato por medio
del cual una empresa conviene que una
entidad financiera le adquiera todos los
créditos provenientes de la explotación
normal de su giro operativo hasta una
suma determinada y por un tiempo
expresamente convenido; asumiendo
todos los riesgos de su cobro y
reservándose el derecho de seleccionar
dicho crédito.
18. Financiación de exportaciones
REQUISITOS:
• La adquisición en firme y con carácter irreversible de los créditos
derivados del giro industrial de la empresa.
• La asunción de todos los riesgos de insolvencia, comerciales y
políticos; sin recurso.
• La fijación del precio de la financiación: la comisión y el interés.
La Comisión retribuye los gastos de la Entidad y el riesgo; se
establece como un porcentaje de las obligaciones cobradas y por el
crédito se percibe un interés que responde al costo financiero de
anticipar los fondos al cliente y se establece con similar criterio que
las tasas de interés de otras operaciones. Además, el costo se
recarga por todos los servicios adicionales que pueda prestar la
entidad, según lo pactado.
• La prestación de asistencia técnica y administrativa de la empresa,
alivianando, aligerando y descongestionando la tarea administrativa
y operativa de la misma.
19. Financiación de exportaciones
PARTES INTERVINIENTES:
• La Empresa de Factor: la Entidad Financiera.
• El Factoreado: la empresa.
• El Deudor: la cartera de clientes del
factoreado.
20. Financiación de exportaciones
BENEFICIOS PARA EL FACTOREADO:
• Por medio de esta asistencia incrementa su liquidez, ya
que sus créditos a cobrar se transforman en dinero en
efectivo. Convierte al contado sus ventas a crédito.
• Se libera de la incertidumbre que provoca toda deuda a
cobrar, encontrándose con el cobro de la misma antes
del vencimiento.
• Obtiene una mejor organización administrativa y
empresaria, eliminando secciones con el consiguiente
ahorro y modernización de su empresa; ocupándose así;
la empresa; de centralizar sus esfuerzos en sus propios
objetivos comerciales y/o industriales.
21. Financiación de exportaciones
BENEFICIOS PARA EL FACTOR:
• La tasa de interés a cobrar irá en función del riesgo de
las deudas y de los plazos establecidos.
• El factor es un especialista del negocio financiero y
conoce como evaluar el riesgo de no-cumplimiento,
seleccionando los deudores y evaluando su solvencia
comercial y moral.
• Es decir que habitualmente el factor investiga al deudor
futuro; antes de comprar las facturas o efectos que se
girarán sobre él. Posee servicios muy eficientes de
análisis y evaluación de futuros deudores; información
que obtiene por intermedio de su staff o de empresas
especializadas a ese efecto.
22. Financiación de exportaciones
PRINCIPALES CARACTERISTICAS:
• Es un contrato INNOMINADO, ya que no está legislado
en nuestro país.
• Es BILATERAL.
• Es ONEROSO, ya que las partes acuerdan ventajas
recíprocas
• Es CONCENSUAL, ya que existe acuerdo de partes
• La diferencia con el descuento bancario es que el
factoreado no se constituye en deudor del factor y a su
vez deja de ser acreedor del deudor cedido; ya que
existe una transferencia lisa y llana de los créditos
provenientes de sus ventas de mercaderías y/o
servicios.
23. Financiación de exportaciones
En el descuento, en cambio, el cedente se constituye en
deudor del banco, siendo solidario por el pago con del
deudor cedido.
Es decir que en el factoring se produce un desprendimiento
de la propiedad de los créditos que constituyen su objetivo,
por lo que consumada la financiación, la entidad bancaria
nada puede reclamar, a posteriori, a su cliente.
El factoreado ha dejado de ser deudor de la entidad
bancaria una vez operada la nueva venta de facturas.
Este aspecto y la obligación del factor de brindarle,
además, asistencia técnica y administrativa lo diferencia de
otras figuras como la cesión de créditos.
24. Financiación de exportaciones
DIFERENCIAS ENTRE EL FACTORING Y EL
FORFAITING:
• El forfaiting ha sido diseñado para operaciones
internacionales, para operaciones de mediano y largo
plazo.
• El factoring puede operarse tanto en el mercado
interno como en el mercado externo, para operaciones
de corto plazo; 180 días.
• En el factoring se pueden descontar facturas.
• En el forfaiting no, solo documentos; letras de cambio,
cartas de crédito, etc.
27. Prefinanciación de Exportaciones
• Asistencia financiera antes del embarque:
– Hasta el 70% del valor FOB.
– Plazo máximo: 90 días (dependiendo esto último
del ciclo de fabricación del producto y de la
Normativa cambiaria).
– Con Carta de Crédito o sin Carta de Crédito.
– En caso de operaciones de cobro diferido,
asistencia hasta 180 días de producido el
embarque.
28. Financiación de Exportaciones
• Asistencia financiera Post Embarque:
– Financiación del plazo de pago (Post embarque)
hasta 180 días (o hasta el plazo máximo para el
ingreso de divisas, el que sea menor).
– Para operaciones con carta de crédito: 100% del
valor FOB.
– Para operaciones sin carta de crédito: 90% del
valor FOB.
29. Costos
• Costos de la Prefinanciación de exportaciones:
4,00% anual en dólares.
• Costos de la Financiación de exportaciones:
4,00% anual en dólares.
• PRORROGA: 2% adicional.
• La mayoría de las líneas se utilizan a 180 días y,
algunas pocas, hasta 360.
30. Requisitos y formularios
• En caso de Operación sin Carta de Crédito:
– Copia de Factura E Comercial, Conocimiento de
Embarque, permiso de Embarque cumplido, firmados
declarando que son copia del original.
– Cobranza Documentaria.
– Cheques post datados, para envío en gestión de
cobro.
31. Requisitos y formularios
• En caso de Operación con Carta de Crédito:
– Que la misma esté en el Banco, y que el Banco Emisor y/o
confirmador cuente con la aprobación de la Gerencia.
Presentación de los documentos de embarque de acuerdo
con los términos de la carta de crédito.
– Form 20269/7 (06-04) Solicitud de financiación de
exportaciones. La misma no puede contener tachaduras ni
enmiendas.
– Form. 20247/7 (09-09) Pagaré para operaciones de
comercio exterior. El mismo no puede tener tachaduras ni
enmiendas.
– Boleto de Compra y Venta BCRA.
33. Prefinanciación de Exportaciones
• Alcances: financiamiento de la producción de bienes y prestación de
servicios dedicados al mercado externo.
• Beneficiarios de la financiación: exportadores, productores, fabricantes,
prestadores de servicios de productos primarios, manufacturas de origen
agropecuario e industrial.
• Límites al financiamiento: Mínimo: u$s 20.000 Máximo: u$s 2.000.000.
• Porcentaje de la financiación: hasta el 75% del valor FOB de las
exportaciones o del monto de los servicios.
• Moneda de crédito: u$s u otras monedas a criterio del BICE.
• Tasa de interés: se aplica la fijada al momento de cada desembolso, de
acuerdo con la categorización que se haga de la empresa.
• Plazo: se ajusta al ciclo productivo; al despacho y a la negociación de los
instrumentos de pagos de los bienes y/o servicios exportados a partir de
la fecha de los desembolsos y siempre conforme al plazo acordado según
la exportación realizada, dentro de los dispuesto por la normativa
cambiaria vigente.
34. Posfinanciación de Exportaciones
• Alcances: Productos primarios, manufacturas de origen
agropecuario e industrial, bienes durables y bienes de
capital..
• Beneficiarios de la financiación: sectores productivos.
• Límites al financiamiento: Mínimo: u$s 20.000 Máximo: u$s
15.000.000.
• Moneda de crédito: dólares estadounidenses u otras
monedas a criterio del BICE.
• Tasa de interés: Se aplica la fijada por el Directorio del Banco
al momento de cada desembolso, de acuerdo con la
categorización que se haga de la empresa.
• Plazo: conforme al plazo acordado según la exportación
realizada, dentro de lo dispuesto por la normativa cambiaria
36. Líneas de Prefinanciación y Financiación
• Líneas de Bancos Corresponsales (más caras por el
factor riesgo país Argentina) = 8% / 9% anual en
dólares.
• Línea con fondeo Com. "A" 4015 con argendólares =
entre 5 y 6% anual en dólares, dependiendo del cliente
y su calificación.
• Línea de descuento de cartas de crédito y cobranzas
con letras avaladas (forfaiting): 5 / 7% anual en
dólares.
37. Comisiones
• Comisiones: dependen del medio de pago. A
modo de comisión estándar, para cobrar una
exportación con órdenes de pago, la misma es
de: 0,25% - mínimo: USD 50.
• Esta comisión estándar se reduce negociando
con el cliente y dependiendo de la cantidad de
órdenes de pago.
38. Com. "A" 4015
• Establecer que la capacidad de préstamo proveniente de los depósitos
constituidos en moneda extranjera, incluidas las imposiciones a plazo en
dólares estadounidenses liquidables en pesos, deberá aplicarse, en forma
indistinta, a los siguientes destinos:
– 1.1. Prefinanciación y financiación de exportaciones que se efectúen
directamente o a través de mandatarios, consignatarios u otros
intermediarios que actúen por cuenta y orden del propietario de las
mercaderías, conforme a lo previsto en la comunicación “A” 3818.
– 1.2. Financiaciones otorgadas a productores o procesadores de
bienes, siempre que cuenten con contratos de venta en firme de la
mercadería a producir a un exportador, con precio fijado en moneda
extranjera y se trate de mercaderías fungibles que cuenten con
cotización, en moneda extranjera, normal y habitual en los mercados
locales o internacionales, de amplia difusión y fácil acceso al
conocimiento público.
– 1.3. Etc.
40. Tasas y Plazos
• Entre el 3,5% y 6% para todas las operaciones
de prefinanciación y financiación de
exportaciones.
• Plazo: entre 180 y 360 días, tanto para
prefinanciación como para financiación.
42. Líneas del BNA
• El BNA cuenta con un Régimen de
Financiación de exportaciones de bienes de
capital y contratos de exportación llave en
mano, a mediano y largo plazo, "sin recurso",
y otro Régimen de Financiación de
exportaciones de bienes en general (incluye
bienes de consumo durables) a corto plazo,
"con recurso" o "sin recurso" (forfaiting).
43. Usuarios
• Los exportadores finales de bienes de capital,
contratos de exportación llave en mano, y de otros
bienes en general.
• En operaciones "con recurso" (afectan el margen de
crédito del cliente) el exportador deberá estar
vinculado crediticiamente al BNA.
• En operaciones "sin recurso" (no afectan el margen de
crédito del cliente) se deberá ser titular de una cuenta
corriente o, sujeto a ciertas restricciones, sólo ser
beneficiario de créditos documentarios de exportación
notificados por el BNA.
44. Requisitos para exportaciones de bienes de
capital y contratos de exportación llave en mano
• Seguro de crédito a la exportación cubriendo los riesgos
extraordinarios.
• No se requerirá cuando las exportaciones tengan como
destino final alguno de los países de la ALADI, siempre que
los instrumentos emergentes de la financiación se afecten
a los Convenios de Pagos y Créditos Recíprocos suscriptos
entre el BCRA y sus similares del resto de los países de la
ALADI y cuenten con la asignación del correspondiente
código de reembolso automático.
• Aval de las letras por un banco del exterior que satisfaga al
BNA o por una institución autorizada a operar a través de
los Convenios de Pagos y Créditos Recíprocos, endosadas a
favor del BNA sin recurso.
45. Requisitos para exportaciones de bienes
en general a corto plazo
• Documentos de embarque negociados conforme.
• Endoso de letras de cambio o cesión de los
derechos de cobro de los instrumentos de pago,
según corresponda, de una institución autorizada
a operar a través de los Convenios de Pagos.
• Para operaciones con recurso, además se podrán
requerir garantías institución autorizada a operar
a través de los Convenios de Pagos y adicionales
a satisfacción del BNA.
46. Características del financiamiento
• Para exportaciones de bienes de capital y contratos de exportación
llave en mano:
– Son operaciones cursadas sin recurso en dólares, por plazos de hasta
5 años y la financiación puede alcanzar hasta el 100% del valor FOB o
CFR o CIF del bien exportado o sus equivalentes para otros medios de
transporte. También se podrá financiar hasta el 10% del valor FOB o
FCA en repuestos y accesorios; hasta el 100% de los servicios técnicos
facturados concernientes a la instalación y puesta en marcha del bien
exportado con un máximo del 10% del valor FOB o FCA y hasta el
100% de la prima de seguro de crédito a la exportación contra los
riesgos extraordinarios.
• Para exportaciones de bienes en general:
– Son operaciones cursadas con o sin recurso en dólares, por plazos de
hasta 360 días y la financiación puede alcanzar hasta el 100% del valor
de los documentos.
47. Condiciones de las líneas de financiamiento
• Para exportaciones de bienes de capital y contratos de
exportación llave en mano:
– El apoyo financiero alcanzará hasta el 100% del Valor FOB, con un
plazo de financiación de hasta 5 años, y la tasa de interés será
equivalente a LIBOR + 2% pp.
• Para exportaciones de bienes en general:
– El apoyo financiero podrá alcanzar hasta el 100% del valor de los
documentos de embarque, por plazos de hasta 360 días o hasta el
plazo máximo para el ingreso de divisas de acuerdo con la normativa
vigente, el que sea mayor. La tasa de interés es de LIBOR + 1,75% p.p.
Deberán tratarse de bienes incluidos en los Capítulos 39, 40, 44, 68,
69, 70, 72, 73, 74, 75, 76, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89,
90 y 94 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR.
48. Tasas
• Si bien las tasas se negocian caso por caso según el
tipo y tamaño de empresa y la cantidad y frecuencia de
las operaciones, para el caso de clientes que sean
grandes empresas, la tasa puede llegar al 2% anual en
dólares.
• Para empresas medianas puede ser del 2,5 o 3%.
• Y para empresas pequeñas puede oscilar entre el 3 y el
4%.
• En general, los costos de prórroga son menores que
otros bancos y rondan el 1%.