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DIPLOMADO SOBRE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

                 VILLAVICENCIO 2012




LA PARTICIPACIÓN Y EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

           Facilitador:   Ricardo Villamarín Ramírez
LA PARTICIPACIÓN
 COMUNITARIA Y EL
  ORDENAMIENTO
   TERRITORIAL
ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA
                      ESAP
            Ricardo Villamarín Ramírez
                Septiembre de 2012
Comunidad y territorio
• Toda comunidad se encuentra ubicada en un espacio físico
  (geográfico) denominado: territorio.
• El territorio, tal y como lo vemos hoy, es el resultado de la acción
  del hombre sobre el espacio geográfico y sus atributos:
   – Topografía / Suelo / Hidrografía. Fuentes de agua.
   – Flora y Fauna.
   – Recursos naturales no renovables: petróleo – minería (oro –
      carbón – cal – etc.)
El Territorio Es Una Realidad:

Ø HISTÓRICAMENTE FORMADA
Ø SOCIALMENTE CONSTRUIDA
Ø COLECTIVAMENTE VIVIDA
 • FUERZA DE COHESIÓN SOCIAL.
   Barrio, Vereda, Municipio, Región, País.
 • FUENTE DE CONFLICTO SOCIAL
   Separa a las personas: la posesión por
unos     implica la exclusión de los demás.
La organización del espacio territorial
  es el resultado de la interacción y
    acción histórica de procesos:

Naturales         Demográficos
Económicos        Tecnológicos
Sociales          Políticos
Culturales        Cognoscitivos
La forma como las sociedades, en distintos
tiempos y lugares, articulan y dinamizan
estos procesos, definen el modelo de
desarrollo regional
Las regiones no son inmutables: cambian,
creciendo o decreciendo según las distintas
fuerzas que actúan.

 EL TERRITORIO REGIONAL ES UN
     CUERPO VIVO QUE TIENE
           MEMORIA.
Cómo ha evolucionado el territorio?
• Quienes fueron los primeros pobladores?
• Cual era su modelo de ocupación del territorio?
• La conquista y la imposición de un nuevo modelo de
  explotación y uso del territorio.
La Organizacion territorial en la
            colonia:
- Función económica: promover el saqueo de
  las riquezas del nuevo mundo y facilitar su
  traslado al viejo continente.
- Función militar: garantizar el control de las
  poblaciones sojuzgadas.
• Esta forma particular de ocupar el territorio
  aniquiló la poblacion nativa: de + de
  3´000.000 (S. XVI) a - de 800.000 a finales
  del S. XVIII.
• El control del territorio era amplio.
  La ocupación del espacio era pequeño.
Regiones que se organizaron en el
   Nuevo Reino de Granada :
• 1) Los enclaves mercantiles de la costa
• 2) El occidente minero de Antioquia
• 3) El sur minero y agrícola del Cauca y
  Nariño.
• 4) El centro agrícola y ganadero de Tolima y
      Cundinamarca.
• 5) El oriente artesanal y ganadero de Boyacá,
      Santander y los Llanos orientales.
Las regiones culturales:

La agreste topografía propició el desarrollo de
 regiones     autosuficientes con       cultura,
 idiosincrasia, territorio, centros de poder y
 formas de producción y de intercambio
 propias:
paisa, boyacense, santandereana, costeña,
valluna, pastusa, llanera, tolimense.
El poblamiento histórico
            nacional:
• 1. Indígena  dispersión territorial
• 2. Español: ocupación territorial y
   –          centralización de poder.
• 3. Republicano: ocupamiento de las vertientes
      andinas (S. XIX: colonización antioqueña
  y la colonización de la cordillera oriental).
• 4. Contemporáneo: poblamiento del sur de la
      llanura   caribe,    magdalena      medio,
  orinoquia y     amazonia (S. XX).
Distribución regional de las ciudades

 Región /año          1851    1870    1918    1938
C. Oriental            18      16       4      3
C. Central               3       6      15    12
Costa Caribe             2       2        5    7
Costa Pacífica           1       2        1    2
Valles interandinos      6       4        3    4
Sur                     ---     ---       2    2
• La independencia o la reapropiación social del
  territorio. El derecho a gobernarnos nosotros
  mismos.
• El modelo de ocupación y uso del territorio
  siguió siendo el mismo:
      andino / excluyente / racista /
      poder económico terrateniente.
• Orden basado en la ley del mas fuerte.
• Regla de oro: quien tiene el oro, pone la regla.
COLOMBIA PAIS de REGIONES.
 Mosaico de paisajes naturales y territorios
 culturales; y por eso decimos que somos
 ricos en diversidad:

• Diversidad biológica  BIODIVERSO
• Diversidad étnica  MULTIETNICO
• Diversidad cultural  PLURICULTURAL
Qué pasó en el llano?
• Poblamiento nativo y ancestral indígena.
• Las haciendas de los jesuitas. Introducción del ganado
  y el caballo. Surgimiento de la cultura llanera: mezcla
  indígena - español y criollo.
• La Ley de Llanos: el derecho consetudinario a la
  sabana y a las fuentes de agua (al territorio).
• La disolución de la Gran Colombia: al darle la espalda
  a Venezuela se le dio la espalda al llano:
   – Prohibición de la navegabilidad por el Rio Meta para darle
     prioridad al Magdalena.
   – Vías de comunicación precarias que aún se mantiene.
   – Imaginario de lejanía e inmensidad donde todo es
     abundante y todo está a disposición.
El territorio metense
• Una tierra sin gente para gente sin tierra que sirvió de
  válvula de escape al conflicto agrario interno:
   •   La violencia de los 50.
   •   La colonización del piedemonte.
   •   La guerrilla liberal del llano.
   •   La colonización dirigida del medio Ariari.
   •   La colonización armada del Alto Ariari.
   •   La revolución verde (brachiarización / cultivos semestrales)
   •   La bonanza marimbera y coquera.
   •   La disputa por el control territorial.
   •   Grandes proyectos de inversión: el petróleo / la palma
       africana / los megaproyectos de la altillanura.
La crisis del modelo de desarrollo
• Crisis sistémica:
   – Económica: ricos + ricos / pobres + pobres
   – Política: representatividad / legitimidad
   – Social: Deterioro del tejido social / pérdida del
     sentido de pertenencia / «todo vale» / «el fin justifica
     los medios»
   – Ambiental: Deterioro ambiental / desastres naturales
     / explotación de los RNNR / agotamiento de los
     RN renovables /
• El desarrollo humano sostenible (Naciones
  Unidas).
El Desarrollo Humano
          Sostenible

            Dimensión
            Ambiental



            Desarrollo
            Sostenible
Dimensión                Dimensión
  Social                 Económica
La participación como derecho
•   La historia de la humanidad ha estado marcada por la
    búsqueda del respeto a la dignidad del ser humano y
    por la creación de condiciones materiales que le
    permitan vivir y desarrollarse dignamente.
•   En esa búsqueda, se ha enfrentado continuamente con
    dos grandes retos:
    1. Cómo proteger a los más débiles.
    2. Cómo evitar las arbitrariedades y abusos en el ejercicio del
       poder.
•   Los derechos humanos constituyen a la vez un
    mandato y un límite al ejercicio del poder del Estado.
El Estado
• El origen y razón de ser del Estado: organizar la
  sociedad para aprovechar mejor los recursos
  disponibles en beneficio de sus integrantes y
  protegerla de los eventuales ataques externos que
  afecten su existencia.
• La función del Estado es promover el bienestar
  general. Es velar por lo público … por lo de todos.
• El Estado es el garante de los derechos humanos.
Evolución de los Ds Hs
• REVOLUCIÓN FRANCESA (1789)
  Declaración de los Derechos del hombre y del
  ciudadano.
• La independencia de América. (Nariño y la
  publicación de los Derechos del hombre).
• Las luchas de los pueblos del mundo contra el
  colonialismo y la opresión.
• La I y II Guerra Mundial.
• Carta de las Naciones en 1948 (10 de Diciembre):
  - Acuerdo de la postguerra.
  - Universalidad, integralidad y exigibilidad.
De las declaraciones retóricas a las
      declaraciones vinculantes
• Declaración universal de los derechos humanos
  (1948) consagró todos los derechos en una
  perspectiva de integralidad: todos son igualmente
  importantes, se interrelacionan y se complementan.
• Sin embargo, algunos estados consideraron que era
  necesario crear instrumentos jurídicos para
  explicitar las obligaciones del Estado. La
  declaración en sí misma no era vinculante.
• La Guerra Fría:
• Bloque occidental – bloque soviético: suscitó
  divergencias sobre la prioridad de ciertos Derechos
De las declaraciones retóricas a las
      declaraciones vinculantes
• Estados occidentales: derechos civiles y políticos
  basados en las libertades individuales.
• Estados soviéticos: derechos económicos, sociales
  y culturales basados en la igualdad y la equidad.
• Dos pactos (1966):
  - Derechos civiles y políticos.
  - DESC
• 1968: Teherán: 1ª Conferencia Mundial de
  Derechos Humanos: Declaró el principio de
  integralidad de los derechos humanos y reforzó la
  obligatoriedad estatal con todos los derechos.
LAS GENERACIONES DE LOS Ds. Hs.
          (Karel Vasak, 1979)

Generación     Principio           Característica
PRIMERA:     LIBERTAD        Derechos de defensa o
Civiles y                    negativos. Exigen del Estado
políticos                    inhibición y no injerencia en
                             la vida privada.
SEGUNDA:     IGUALDAD    Exigen de la intervención del
DESC                     Estado a través de servicios
                         públicos y prestaciones.
TERCERA:     SOLIDARIDAD Incidencia en la vida
Colectivos               planetaria: paz, el medio
                         ambiente, el desarrollo.
El debate actual: el enfoque de Ds
• Demandas de mayores libertades y reconocimiento social de
  grupos específicos: mujeres, indígenas, afros, jóvenes, infancia,
  desplazados, gays.
• Cambio de enfoque hacia una perspectiva más integral y menos
  centrada en los derechos civiles y políticos.
• No hay amenaza más seria a los derechos que la desigualdad.
• Revisión de los ámbitos jurídicos, sociales, políticos e
  institucionales: Reformas constitucionales y la construcción de
  Políticas públicas.
• La visión del desarrollo basado en derechos, no es otra que la
  protección de los que están peor, los más pobres y los más
  vulnerables.
El derecho al desarrollo
• “El derecho al desarrollo es un derecho humano
  inalienable en virtud del cual todo ser humano y
  todos los pueblos están facultados para participar
  en un desarrollo económico, social, cultural y
  político en el que puedan realizarse plenamente
  todos los derechos humanos y libertades
  fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a
  disfrutar de él” (Artículo primero de la Declaración
  sobre el Derecho al Desarrollo, adoptada por la
  Asamblea General de las Naciones Unidas el 4 de
  diciembre de 1986).
Desarrollo y Ds hs
• El progreso duradero depende del respeto de los
  derechos humanos y de la participación efectiva de los
  ciudadanos en los asuntos públicos.
• Los derechos humanos aportan al debate relativo al
  desarrollo un conjunto unificador de normas, una
  referencia común para fijar objetivos y tasar el valor de la
  acción. (...) Al proteger esos derechos podemos ayudar a
  prevenir los muchos conflictos que tienen su base en la
  pobreza, la discriminación y la exclusión (social, económica
  y política), que siguen afectando a la humanidad. Debe
  romperse el círculo vicioso de violaciones de derechos
  humanos que provocan conflictos, que a su vez provocan
  nuevas violaciones. (...). (Mary Robinson).
Enfoques del desarrollo
• Desarrollo como progreso y crecimiento económico
  (modernización). Resultado del mercado.
  Centrado en la economía. Economicistas.
• Desarrollo como bienestar de los individuos y grupos
  humanos. Depende de la capacidad de las instituciones
  para garantizar los derechos y expectativas sociales.
  Centrada en el ser humano. Desarrollo humano.
• La concepción del desarrollo como derecho humano
  nuevo paradigma de UN (PNUD). El desarrollo se
  entiende como un derecho autónomo de las personas y las
  naciones e implica la realización de los demás Ds Hs.
Principios básicos del D. H.
• Es el proceso de ampliación de las opciones de la
  gente (es un medio).
• La gente son la verdadera riqueza de los pueblos,
  de las naciones y de los territorios. (Son la razón
  de ser).
• El centro de los derechos humanos es la
  dignidad. Ni se compra ni se vende.
• Deben desarrollarse las condiciones para que la
  gente viva dignamente. (DESC).
• El desarrollo humano es más que crecimiento
  económico.
Derechos que lo componen
• Derecho de participación. Toda persona y todos los
  pueblos tienen derecho a una participación activa, libre
  y significativa en el desarrollo y, en tanto participante
  activo, a contribuir al desarrollo económico, social,
  cultural y político y disfrutar de él.
• El derecho a ser el sujeto central del desarrollo
  que está encaminado al mejoramiento constante del
  bienestar humano. Este constituye el derecho al
  desarrollo humano centrado en la gente en que la
  gente y su bienestar ocupan el primer plano, por encima
  de todos los otros objetivos y prioridades del
  desarrollo.
• El derecho a la distribución justa de los beneficios
  del desarrollo.
• El derecho a la no discriminación en el desarrollo sin
  distinción de ninguna clase.
• El derecho a la libre determinación, que incluye su
  derecho inalienable a la plena soberanía sobre todas sus
  riquezas y recursos naturales.
• El derecho a la realización libre y plena del ser
  humano con pleno respeto de sus derechos humanos y
  libertades fundamentales.
• El derecho a estar protegido de las excepciones. Toda
  persona humana y todos los pueblos tienen derecho a la
  aplicación, la promoción y protección de todos los
  derechos humanos y libertades fundamentales, los
  derechos civiles, políticos, económicos, sociales y
  culturales. Todos los derechos humanos y libertades
  fundamentales son indivisibles e interdependientes
  (Preámbulo).
El ejercicio de la participa-acción

• “En situaciones donde el Estado y sus
  representantes no pueden o no quieren cumplir
  con sus obligaciones frente a los derechos
  humanos, en todas sus generaciones, la
  participación es un derecho prioritario y hasta
  primigénico, ya que a través de su fortalecimiento
  se permite que ella misma los defienda y
  garantice.” Marcelo Carusso. Proyecyto Terra
  Incognita. Defensoria del Pueblo
• De los 4.600 millones de habitantes de los países en
  desarrollo:
  - más de 850 millones son analfabetos,
  - 1.000 millones carecen de acceso a agua potable,
  - 2.400 millones no tienen acceso a servicios sanitarios
  básicos
  - Cerca de 325 millones de niñ@s no van a la escuela.
  - 11 millones de niños menores de 5 años mueren cada
  año (30.000 niños/día), por causas que podrían evitarse.
  - Alrededor de 1.200 millones de personas viven con
  menos de 1 dólar al día y 2.800 millones con menos de
  2 dólares al día .
• Los países en desarrollo
  - 70% de la población      30% de los ingresos
• La brecha entre el 20% más rico y el 20% más
  pobre a nivel mundial era:
  30 : 1 (1960)                    59 : 1 (1989)
• En 1998 los activos de las 200 personas más
  ricas del mundo = ingreso del 41% de la
  población mundial.
• 3 principales multimillonarios = 600 millones
  pobres.
¿Qué hacer?
• ¿ COMO AVANZAR EN LA
  CONSTRUCCIÓN DE UNA SOCIEDAD
  MAS JUSTA CON UN MODELO DE
  DESARROLLO MAS EQUITATIVO E
  INCLUYENTE QUE LE BRINDE A TODAS
  Y TODOS LA POSIBILIDAD DEL
  DISFRUTE PLENO DE SUS DERECHOS
  HUMANOS?
Las reformas constitucionales
• Declaración del derecho al desarrollo (1986)
  planteó a todos los países que hacen parte del
  Sistema de Naciones Unidas la necesidad de
  revisar las Constituciones Nacionales para
  incorporar las recomendaciones y los avances
  hechos en materia de derechos humanos.
• Del Estado benefactor que atiende la solución de
  necesidades insatisfechas, al Estado Social de
  Derecho que garantiza el respeto, protección y
  ejercicio de los derechos humanos (integrales).
MARCO CONCEPTUAL
                                      DEMOCRACIA
    DEMOCRACIA                        PARTICIPATIVA


      Ciudadanía:
   •Derecho a elegir                  Derecho a participar
•Elecciones periódicas               Ampliar la ciudadanía
   •Intermediación                   (sujetos de derechos)
 de Partidos políticos             Estado  Sociedad civil
 •Ley de las mayorías             Deliberación y Concertación




                                     REPRESENTATIVIDAD
REPRESENTATIVA           CRISIS         LEGITIMIDAD
                                         CONFIANZA
La participación social
• Se refiere a los diversos mecanismos e instancias que posee
  la sociedad para incidir en las estructuras estatales y las
  políticas públicas.
• El estudio de la participación social es el de las
  mediaciones entre el Estado y la sociedad.
• CÓMO SE HACÍA ESTA MEDIACIÓN ANTES DE
  LA CONSTITUCIÓN DEL 91?
• CÓMO PARTICIPABAN LAS COMUNIDADES EN
  LA GESTIÓN PÚBLICA?
• QUÉ MUEVE A LA GENTE A PARTICIPAR?
• CUÁL ES EL INTERÉS PARA PARTICIPAR?
La “revalorización” de la participación
• La organización social era «subversiva» porque
  cuestionaba el poder constituido y reclamaba el poder
  constituyente (la soberanía reside en el pueblo).
• La organización intervenida y tutelada.
• De la participación, como un peligro (levantamientos
  populares) a la participación como estrategia de acción.
• En los años 90 se reconoce “la participación como una
  nueva forma de cooperación para el desarrollo”.
• La participación: instrumento para superar la pobreza.
• La participación como discurso o como realidad.
• La participación como un medio y un fin.
Toda organización implica un interés

                        POLÍTICAS
   GENERAL

                       CIVICAS O
                       ALTRUISTAS




  SOCIALES

                      PARTICULAR

 COMUNITARIAS
La práctica participativa
• Se entienden las prácticas participativas como aquellas
  conductas que resultan de la acción intencionada de
  individuos y grupos en el escenario público, en pos de
  metas específicas, en función de intereses diversos y en el
  contexto de tramas concretas de relaciones sociales y de
  poder.
• A través de ellas los individuos o grupos, en función de sus
  respectivos intereses (de clase, de género, de generación,
  étnicas, etc.), intervienen en el escenario público,
  directamente o por medio de sus representantes, con el fin
  de obtener bienes y servicios específicos (materiales y
  simbólicos) y/o de incidir en las decisiones colectivas
  relacionadas con la distribución de dichos bienes y
  servicios. Pueden desarrollarse a través de canales
  institucionales o de manera informal.
El objeto de la participación social

• La participación social debe crear una nueva
  cultura, basada en el compromiso directo de
  los ciudadanos y comunidades con la
  administración del Estado y las políticas de
  interés colectivo.
• En este sentido la participación social es una
  estrategia política de re institucionalización y
  relegitimación del sistema político.
• Planeación participativa: estrategia de paz.
La Constitución Nacional
• Artículo 1º:
• Colombia es un Estado social de derecho,
  organizado en forma de República unitaria,
  descentralizada, con autonomía de sus entidades
  territoriales, democrática, participativa y pluralista,
  fundada en el respeto de la dignidad humana, en el
  trabajo y la solidaridad de las personas que la
  integran y en la prevalencia del interés general.
La Constitución Nacional
• Artículo 2º: Son fines esenciales del Estado: servir a la
  comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la
  efectividad de los principios, derechos y deberes
  consagrados en la Constitución; facilitar la participación de
  todos en las decisiones que los afectan y en la vida
  económica, política, administrativa y cultural de la Nación;
  defender la independencia nacional, mantener la integridad
  territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de
  un orden justo.
La participación en la Constitución
• La Constitución menciona 72 veces la participación:

   – En la planeación: Nacional y territorial
   – En la contratación
   – En lo administrativo: En las empresas descentralizadas
   – En lo político: Revocatoria, cabildos, referendo,
     plebiscito, consulta popular, iniciativa legislativa
   – En lo sectorial: Educación, salud, cultura, vivienda, Ss
     públicos, seguridad.
   – En lo poblacional: Mujer, juventud, niñez, tercera edad,
     indígenas, afrocolombianos.
EL DERECHO A LA PARTICIPACIÒN
• Derecho al voto
• Voto programático: Imposición del mandato al elegido
  (Ley 131/94)
• Revocatoria del mandato: Incumplimiento del
  programa de gobierno.
• Cabildo abierto.
• Iniciativa legislativa.
• Acciones populares.
• Veedurías ciudadanas.
• Audiencias públicas.
• Rendición pública de cuentas.
MECANISMOS DE PROTECCIÓN DEL
     DERECHO A LA PARTICIPACIÓN

•   Derecho de petición
•   Acción de tutela
•   Acción de cumplimiento
•   Acción de nulidad simple
•   Acción de inconstitucionalidad
•   Excepción de ilegalidad y de inconstitucionalidad
La institucionalización de la participación
• La Constitución de 1991 y sus desarrollos legislativos
  crearon mecanismos de intervención directa de la población
  en las decisiones públicas (iniciativa legislativa, consulta
  popular, referendo, plebiscito, revocatoria del mandato,
  cabildo abierto) y un buen número de instancias de
  participación ciudadana en la gestión pública municipal.
• Hay una amplia infraestructura participativa que permite a
  los ciudadanos intervenir en los asuntos de su municipio y
  del país e incidir de diversa forma en las decisiones públicas.
• La democracia participativa en Colombia busca:
   – transformar el régimen político promoviendo prácticas
     participativas que involucraran a los ciudadanos en los asuntos
     públicos,
   – dar legitimidad a las decisiones políticas y administrativas; y
   – permitir un desempeño eficiente y transparente de las
     autoridades públicas.
La participación como derecho
1.   Debe ser vista como una relación vinculante entre
     ciudadan@s y autoridades  transparencia, rendición
     de cuentas, equidad y no discriminación.
2.   Discusión pública = discusión bien informada. 
     procesos de información y formación.
3.   Igualdad de las personas y el respeto de su
     autonomía.
4.   La deliberación debe tener incidencia en las políticas
     públicas.
5.   Las decisiones deben guiarse por el criterio de
     favorecer absolutamente a aquellos que estén más
     privados de sus derechos.
Marco normativo y políticas públicas
• Las disposiciones legales cobran vida cuando las
  personas se apropian de su contenido y exigen
  que se respeten los derechos y mecanismos ahí
  establecidos, o que se incluyan nuevos derechos
  en demanda de la satisfacción de determinadas
  necesidades e intereses.
• Cómo avanzar en la construcción colectiva de la
  visión del territorio y cuál es el interés colectivo
  alrededor del cual se deben armonizar los
  intereses particulares.
La globalización: vuelta a lo local
          Apertura económica                     Territorios
              hacia fuera                       competitivos


  MAYOR Y MEJOR
   DEMOCRACIA
     LOCAL

                                                         Decisiones
                                                          rápidas

       Mas
  Participación



                                                           Confianza
Apertura política                 Mayor                    Reglas de
 hacia adentro                 Gobernabilidad                juego
La utilidad de la participación
• “La participación es una forma de asegurar la provisión
  más equitativa de bienes y servicios. Cuando las
  personas se comprometen con el proceso de toma de
  decisiones, las políticas y los proyectos tienden a ser
  más realistas, más programáticos y más fáciles de
  sostener.”
  PNUD: Informe de Desarrollo Humano.
             1991
• La participación, para ser eficaz debe ser informada.
Ventajas de la participación
•   LA PARTICIPACION DA RESULTADOS:
    - A participar se aprende participando.
    - Requiere respeto por la historia, cultura e
    idiosincracia de los pueblos y comunidades.
    - No hay participación de laboratorio.
    - Es de largo plazo  Proyecto de vida.
•   GENERA VALORES AGREGADOS:
    - Promueva la eficiencia, la equidad, y la
       sostenibilidad.
    - Crea confianza.
    - Construye capital social.
Obstáculos para la participación
- Cortoplacismo: El afán por mostrar resultados a corto
plazo.
- Economicismo: Presión por reducir la participación a
procesos que tengan resultados económicos tangibles.
- Formalismo: Exagerado peso a la cultura organizacional
formal. Prima la personería jurídica sobre el proceso
organizativo.
- Paternalismo: La subestimación de los pobres. “Ellos no
saben y hay que ayudarlos”.
- Clientelismo: Manipulación de la comunidad.
- Autoritarismo: Relaciones de poder sobre y no relaciones
de poder con.
5 maneras de entender la participación
• a. La participación-formalidad: Es la participación entendida
  únicamente como un requisito formal que es preciso llenar para
  cumplir con las exigencias de la norma. Se crean las instancias,
  pero éstas no reciben ningún estímulo ni apoyo de parte de las
  autoridades gubernamentales. Incluso, en ocasiones éstas buscan
  que los canales no funcionen y se vuelvan inocuos, de manera que
  pierdan legitimidad y mueran por falta de apoyo gubernamental
  y/o ciudadano.
• b. La participación “sin alas”: es aquella que las autoridades locales
  promueven siempre y cuando las prácticas participativas no
  pongan en cuestión las lógicas y las estructuras de poder vigentes
  en el municipio. Se habla de ella, se la pondera, se la respalda,
  incluso con fondos municipales, pero al mismo tiempo se la
  “ataja” para que no se convierta en un instrumento de
  construcción de contra-poderes en favor de sectores
  tradicionalmente excluidos de los circuitos de toma de decisiones.
• c. La participación-integración-cooptación: Es aquella que las
  autoridades locales promueven para evitar corrientes de
  pensamiento y de movilización ciudadana que actúen en contra
  de la lógica dominante del sistema político local. Uno de los
  instrumentos más importantes utilizados para el logro de ese
  propósito, aunque no el único, es la cooptación de viejos y
  nuevos liderazgos por parte de las autoridades locales y sus
  organizaciones políticas para que actúen en beneficio de los
  intereses políticos hegemónicos en la vida local, antes que a favor
  de las necesidades y aspiraciones de la población a la que -se
  supone- representan.
• d. La participación-concertación: Este concepto coloca el acento
  en la construcción colectiva de acuerdos en torno a objetivos
  comunes y a los medios para alcanzarlos. Dos ideas son centrales
  en esta noción: el pluralismo socio-político y la intervención
  directa de la ciudadanía en el análisis de su entorno y en la toma
  de decisiones.
• e. La participación-modo de vida: Aquí la
  participación no es concebida como una actividad
  adicional a la rutina diaria de la gente, como algo
  que exige esfuerzos adicionales y costos (de tiempo,
  de recursos, etc.) sino como un valor y una norma
  social interiorizados desde la infancia, que llevan a
  la gente a involucrarse en dinámicas colectivas no
  tanto para la obtención de un beneficio específico,
  aunque ese aliciente puede existir, sino
  principalmente porque es bueno hacerlo y de esa
  forma el colectivo social se beneficia y fortalece.
Condiciones para una efectiva
            participación
• Voluntad política para incluir la participación en
  la agenda del gobernante (información suficiente
  y oportuna, espacios, tiempos, etc.).
• Capacidad de la comunidad para participar.
• Adecuado arreglo institucional que facilite el
  relacionamiento entre el Estado local y las
  comunidades.
Políticas para hacer avanzar la
          participación
- Aprendizaje social. A participar se aprende participando.
Aprender a aprender de la experiencia (Lecciones aprendidas).
- Voluntad política que favorezca la participación.
- Apoyo a experiencias innovadoras y exitosas.
- Construir alianzas en torno a la participación.
  Fomentar redes sociales.
- Construir opinión pública favorable.
- Los procesos de formación deben responder a las demandas de
la comunidad y no a los intereses de las instituciones.
Formación o Capacitación
- Con la capacitación, las instituciones buscan instrumentalizar a
  la población hacia los fines estatales. Capacitador externo que
  dice a la comunidad lo que hay que hacer. Relación mecánica y
  vertical.
- La formación, busca fortalecer las capacidades de los asociados
  para dirigir su organización y para incidir en la gestión pública.
  Se aprende a partir de las lecciones de la propia práctica social.
  Aprender haciendo. Escuela de la vida.
  Requiere un facilitador que reconozca la sabiduría popular y
  promueva un diálogo de saberes entre la teoría y la práctica.
- Los procesos de formación y capacitación, son un elemento
  articulador entre la oferta estatal (interés de las instituciones) y
  la demanda local (interés de las comunidades). Plan de
  formación y capacitación.
El estado actual de la participación
• Exceso de oferta pública de participación
• Dispersión de la oferta de participación
• Énfasis en lo sectorial o poblacional y poco en lo
  territorial.
• Cada institución tiene su propio espacio de participación.
• La participación es normalizada, dosificada y conductista.
• La reglamentación se convierte en un obstáculo. Son más
  las trabas que las facilidades.
• Esta forma de participación perpetúa la dependencia de la
  sociedad civil del Estado y genera fragmentación social.
LA COPA DE LA PARTICIPACIÓN
La oferta normativa y programática de las instituciones: Pobreza, educación,
     salud, medio ambiente, políticas de juventud, mujer y tercera edad,
     servicios públicos y ejercicios de planeación local.


                                 Participación en la Información: Reuniones con comunidades


                                Participación en la consulta: gestión de políticas



                                Participación en la concertación de políticas:
                                Priorización social de necesidades

                          Participación en la decisión de políticas públicas
                          Planeación participativa
                          Control Estratégico a la política social

                           Crece la participación en el control de las ejecuciones de proyectos
                           Extensión de la participación en la ejecución parcial de las acciones
                           públicas
LA ESCALERA DE LA PARTICIPACIÓN
Enfoques de la participación
• En este sentido se puede hablar de dos enfoques de la
  participación:
  a) PARA LEGITIMAR EL ESTABLECIMIENTO o
  MANTENER EL STATU QUO: (mantiene la
  separación entre el Estado y la Sociedad y ve al Estado
  como el único garante del desarrollo y de la democracia).
  b) PARA TRANSFORMAR LAS RELACIONES
  EXISTENTES. (La corresponsabilidad en el desarrollo y
  en la democracia como el nuevo referente de la relación
  entre el Estado y la Sociedad.)
  Lo público es considerado un ámbito de concurrencia
  entre el Estado y la sociedad.
Fracturas que limitan el alcance de la
            participación
• Fractura entre las distintas instancias de
  participación: cada una de ellas actúa según su
  propia lógica, lo que termina por fragmentar los
  actores y dispersar las acciones.
• Fractura entre iniciativa gubernamental y acción
  ciudadana: la oferta participativa estatal y el manejo
  que le dan las autoridades gubernamentales y los
  agentes políticos no siempre coincide con las
  demandas ciudadanas, lo que provoca
  desencuentros e ineficiencias en la operación de las
  instancias de participación.
• Fractura entre representación política y participación
  ciudadana: los agentes políticos y los líderes sociales
  no siempre coinciden en la definición de los objetivos
  y del alcance de la participación, lo que produce
  tensiones entre ellos y limita la eficacia de la
  participación.
• Fractura entre intereses particulares e intereses
  colectivos: la participación en las instancias creadas se
  convierte en ocasiones en un “campo de batalla” para
  el logro de objetivos que no necesariamente le apuntan
  al bien común.
• Fractura entre líderes sociales y sus bases:
• La participación institucionalizada surgió en Colombia en los años 80
  como una respuesta a la crisis de legitimidad del régimen político y
  de los actores del sistema político.
• Se la entendió por parte de muchos sectores, especialmente aquellos
  que habían sido secularmente excluidos de las decisiones políticas,
  como un sustituto de la representación política.
• Los agentes participativos harían, entonces, lo que los agentes
  políticos no habrían logrado: satisfacer las demandas ciudadanas e
  incidir en las respuestas del gobierno a dichas demandas.
• Sin embargo, esa sustitución no ha significado un empoderamiento
  de la ciudadanía y, finalmente las decisiones son tomadas por los
  agentes políticos y son muy pocos los escenarios en los cuales la
  participación logra incidir en esas decisiones.
• Tendencia a la desinstitucionalización de la participación: consejos
  comunales.
Corolario
25 años de institucionalización de la participación ciudadana que
reafirman algunos problemas del marco normativo vigente:
• Alta dispersión => fragmentación de los actores
• Reglamentarismo vs. Espontaneidad y creatividad
• Alcance limitado de los espacios
• Fetichismo de la norma
• La Ley 134 de 1994 se restringe a los mecanismos de
participación directa y no contempla otros espacios de
participación ciudadana

Las normas parecen haber restringido más que facilitado el
       ejercicio de una participación democrática.
• Por tal motivo, es necesario blindar la
  institucionalidad participativa del acecho del modelo
  autoritario que se pretende implantar en Colombia.
  Significa ello fortalecer los espacios de participación y
  evitar que la desinstitucionalización de la participación
  y la discrecionalidad de las autoridades en la toma de
  decisiones se impongan como reglas para el futuro.
• Es verdad que los escenarios de participación no son
  los mejores, que hay dispersión, fenómenos de
  burocratización y de cooptación de los líderes sociales
  por los agentes gubernamentales. Pero siguen siendo
  una trinchera importante en la batalla por la
  democracia real en Colombia. Hay que
  perfeccionarlos, sin duda, antes que acabarlos.
Participación y gestión municipal
                                  Interacción de actores políticos,
Gestión del desarrollo local:     sociales, económicos y culturales.


               Mejores condiciones para el ejercicio de :

                                                Derechos
   Derechos                                     sociales
   políticos           Círculo virtuoso
                      de la participación
                             social                 Fortalecimiento
                                                    del sentido de
                                                    pertenencia a la
                      Derechos cívicos              comunidad
Las políticas públicas
• Para que una ley o una norma genere
  gobernabilidad, es decir, para que contribuya a
  ordenar el comportamiento social y sea acatada en
  libertad (que sea útil), debe ser debatida
  públicamente y guiada por el bien común.
• Cuando la ley se construye en secreto (a espaldas
  de los afectados) o camufla intereses privados con
  visos de interés público (los “micos”), la aplicación
  de esa ley fragmenta la sociedad, deslegitima las
  instituciones y crea condiciones para la violencia.
Condiciones necesarias
Para que las entidades territoriales sean un escenario efectivo de
desarrollo (dimensión de gestión) y profundización democrática
(dimensión política), es necesario que se cumplan ciertas
condiciones básicas. A saber:

 1. Condiciones institucionales apropiadas
    Gobierno Municipal              Sociedad civil
    - Apertura a la participación   - Motivación para participar
    - Transparencia en la gestión   - Organización
    - Capacidad técnica             - Empoderamiento


2. Posibilidad de ejercicio pleno    - Vigencia de libertades ciudadanas
                                     - Conocimiento de derechos y responsabilidades
de derechos ciudadanos
                                        - Valores democráticos
3. Cambios en la cultura política       - Respeto a la institucionalidad
                                        - Respeto y tolerancia democráticos
Planes de desarrollo territorial
• Articuladores de políticas públicas en lo local.
• Marco normativo predeterminado. (Constitución
  Nacional, Ley 152 de 1994 y Ley 388 de 1997))
• Responsabilidades institucionales.
• Define situaciones problemáticas a atender.
• Establece mecanismos y espacios de
  participación. (Planeación participativa).
¿Qué es una política pública?
• “Una política pública designa el proceso por el
  cual se elaboran y se implementan programas de
  acción pública, es decir dispositivos político-
  administrativos coordinados, en principio,
  alrededor de objetivos explícitos.” (Muller y
  Surrel. 1998)
• “El conjunto de sucesivas respuestas del Estado
  (o de un gobierno específico) frente a
  situaciones consideradas socialmente como
  problemáticas.” (Salazar. 1999)
Elementos centrales
1.   Implicación del gobierno.
2.   Percepción de problemas.
3.   Definición de objetivos.
4.   Proceso.

•    Una política pública existe siempre y cuando
     instituciones estatales asuman total o parcialmente la
     tarea de alcanzar objetivos estimados como deseables
     o necesarios, por medio de un proceso destinado a
     cambiar un estado de cosas percibido como
     problemático.
El ciclo de las políticas públicas
1. La identificación del problema: implica un
   análisis y una movilización que hacen las
   organizaciones y los partidos, quienes
   convocan a una acción pública con el objeto
   de inscribir el problema en la agenda del
   sistema político. (DIAGNÓSTICO)
2. La administración estudia el problema y
   propone una o varias soluciones.
   (FORMULACIÓN).
El ciclo de las políticas públicas
3. Los actores e instituciones autorizados para
   tomar la decisión examinan las soluciones
   existentes y deciden la respuesta.
   (DELIBERACIÓN  DISCUSIÓN 
   DECISIÓN)
4. La implementación práctica de la decisión.
   (IMPLEMENTACIÓN  EJECUCIÓN 
   SEGUIMIENTO  CONTROL).
5. La respuesta dada al problema y los impactos
   causados son evaluados por los actores sociales y
   políticos. (EVALUACIÓN 
   SISTEMATIZACIÓN
Rendición de cuentas
• La rendición de cuentas es la obligación de un actor
  de informar y explicar sus acciones a otro(s) que
  tiene el derecho de exigirla, debido a la presencia de
  una relación de poder, y la posibilidad de imponer
  algún tipo de sanción por un comportamiento
  inadecuado o de premiar un comportamiento
  destacado. (CONPES 3654)
• En el corazón de la rendición de cuentas está el diálogo
  crítico. No se trata de un juego de un solo tiro sino de
  un juego iterativo, un ir y venir de preguntas y
  respuestas, de argumentos y contra-argumentos.
Rendición de cuentas

• La rendición de cuentas no es un derecho de
  petición. Es un derecho a la crítica y al diálogo.

• SI LA INFORMACIÓN FUERA
  PERFECTA Y EL EJERCICIO DEL
  PODER TRANSPARENTE, NO HABRÍA
  NECESIDAD DE EXIGIR CUENTAS A
  NADIE.
Gestión comunitaria
• El papel de las organizaciones sociales y
  comunitarias, en general, es el de hacer gestiones
  en procura de la defensa de sus intereses y velar
  por el bienestar de sus asociados, teniendo en
  cuenta que sus intereses particulares estén en
  armonía con los intereses generales de la
  colectividad (interés colectivo).
Lo privado y lo público
        Lo particular y lo colectivo
• En todo proceso participativo siempre parece estar
  presente el interés individual, más aún en el caso de
  sectores con altos niveles de necesidades básicas no
  resueltas (intereses válidos asociados a derechos
  claramente establecidos en la Constitución.
• El interrogante es si las conductas participativas se
  quedan encerradas en ese circuito o bien trascienden
  hacia la esfera de los intereses colectivos, del bien
  público.
Gestión del territorio
    Abordar la GESTION PARTICIPATIVA DEL
    TERRITORIO implica:
•   1. Conocer el territorio.
•   2. Identificar los conflictos (sociales y ambientales).
•   3. Reconocer los actores y validar socialmente los
    interlocutores.
•   4. Conocer las reglas de juego existentes.
•   5. Preparar los escenarios y concertar nuevas reglas.
•   6. Construir una cultura de lo público (lo de todos).
LAS JUNTAS DE
ACCIÓN COMUNAL Y
  LA PLANEACIÓN
  PARTICIPATIVA

    Septiembre 2012
Antecedentes

• Tradición indígena: Mingas – Convites
• Ley 19 de 1958 le da vida jurídica a la
  Acción Comunal en Colombia.
• La única con enfoque territorial.
  (veredas – barrios).
• La principal organización de base en la
  zona rural.
Marco Normativo
1. CONSTITUCION NACIONAL :
 Art. 38: Derecho de asociación
 Art. 103: (mecanismos de participación)
 El Estado contribuirá a la organización,
 promoción y capacitación de las asociaciones
 comunitarias, (...) sin detrimento de su
 autonomía para que constituyan mecanismos
 democráticos de representación en las
 instancias de participación, concertación,
 control y vigilancia de la gestión pública.
Ley 743 de 2002:
• Art 2: El desarrollo de la comunidad es
  el conjunto de procesos económicos,
  políticos, culturales y sociales, que
  integran los esfuerzos de la población,
  sus organizaciones y las del Estado,
  para mejorar la calidad de vida de las
  comunidades.
           El desarrollo es responsabilidad
           conjunta de Estado y Sociedad.
Ley 743: Acción Comunal
Art. 6: Es una expresión social
organizada, autónoma y solidaria de la
sociedad civil, cuyo propósito es
promover      un    desarrollo   integral,
sostenible y sustentable construido a
partir del ejercicio de la democracia
participativa en la gestión del desarrollo
de la comunidad.
Ley 743 - 02:
           Fundamentos
a) Fomentar la construcción de comunidad para
  el logro de la paz.
b) Promover la concertación, los diálogos y los
  pactos como estrategias del desarrollo.
c) Validar la planeación como instrumento de
  gestión del desarrollo de la comunidad.
d) Incrementar la capacidad de gestión,
  autogestión y cogestión de la comunidad.
e) Promover la educación comunitaria para
  revalorizar su participación en los asuntos
  locales, municipales, regionales y nacionales.
Ley 743 – 02: Objetivos:
* Promover y fortalecer el sentido de
  pertenencia a través del ejercicio de la
  democracia participativa.
* Crear y desarrollar procesos de
  formación.
* Planificar el desarrollo integral y
  sostenible de la comunidad.
* Formular, ejecutar y administrar planes,
  programas y proyectos
Ley 743 – 02: Objetivos:
* Informar sobre políticas, programas y
  servicios del Estado.
* Promover y velar por el ejercicio de los
  derechos humanos y del medio
  ambiente.
* Promover y facilitar la participación de
  todos los sectores sociales, en especial
  de las mujeres y los jóvenes, en los
  organismos directivos de la acción
  comunal.
El rol de las JAC
• LAS JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL
  TIENEN UNA FUNCIÓN CENTRAL EN LA
  PLANEACIÓN PARTICIPATIVA DEL
  DESARROLLO TERRITORIAL.
• SON MECANISMO DE CONCERTACIÓN
  PARA EL ORDENAMIENTO DEL
  TERRITORIO.
• SON VEEDORES DEL CUMPLIMIENTO
  DE LOS DERECHOS DE LOS
  ASOCIADOS (individuales y colectivos).
Objetivos del O.T.:
1. Ejercer la autonomía municipal en el
  ordenamiento de su territorio:
  * Uso equitativo y racional del suelo
   * Preservar el patrimonio ecológico y cultural
   * Prevenir desastres.
  2. Garantizar el cumplimiento de la función
  social y ambiental de la propiedad en el uso del
  suelo.
  3. Lograr el mejoramiento de la calidad de vida
  de sus habitantes
Principios
1. La función social y ecológica de la propiedad.
2. Prevalencia del interés general sobre el
      particular.
3. Distribución equitativa de las cargas y
      beneficios.
4. Concertación entre los intereses sociales,
      económicos y urbanísticos, mediante la
      participación de los pobladores y sus
      organizaciones.
Sobre la participación en el O.T.
ARTICULO 4o. PARTICIPACION DEMOCRATICA. En ejercicio de las
diferentes actividades que conforman la acción urbanística, las
administraciones municipales, deberán fomentar la concertación entre los
intereses sociales, económicos y urbanísticos, mediante la participación de los
pobladores y sus organizaciones.

Esta concertación tendrá por objeto asegurar la eficacia de las políticas
públicas respecto de las necesidades y aspiraciones de los diversos sectores de
la vida económica y social relacionados con el ordenamiento del territorio
municipal, teniendo en cuenta los principios señalados en la ley.

La participación ciudadana podrá desarrollarse mediante el derecho de
petición, audiencias públicas, el ejercicio de la acción de cumplimiento, la
intervención en la formulación, discusión y ejecución de los planes de
ordenamiento y en los procesos de otorgamiento, modificación, suspensión o
revocatoria de las licencias urbanísticas, en los términos establecidos en la ley y
sus reglamentos.
ARTICULO 22. DE LA PARTICIPACION COMUNAL EN EL
ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO. Para efectos de organizar la
participación comunal en la definición del contenido urbano del plan de
ordenamiento, las autoridades municipales o distritales podrán delimitar en el
área comprendida dentro del perímetro urbano, los barrios o agrupamientos
de barrios residenciales usualmente reconocidos por sus habitantes como
referentes de su localización en la ciudad y que definen su pertenencia
inmediata a un ámbito local o vecinal. Lo pertinente regirá para la
participación comunitaria en la definición del contenido rural, caso en el cual
la división territorial se referirá a veredas o agrupaciones de veredas.

En el curso de la formulación y concertación de los planes de ordenamiento
territorial, las organizaciones cívicas debidamente reconocidas de dichos
agrupamientos de barrios o veredas, a través de mecanismos democráticos
que aseguren la representatividad de los elegidos, podrán designar
representantes para que transmitan y pongan a consideración sus propuestas
sobre los componentes urbano y rural del plan.
Una vez surtido el proceso de adopción o revisión del plan, estas mismas
organizaciones cívicas mantendrán su participación en el ordenamiento del
territorio en los siguientes eventos:
1. Para proponer, en los casos excepcionales que consideren las normas
urbanísticas generales, la asignación específica de usos y aprovechamientos
del suelo en micro zonas de escala vecinal, esto es, en los casos donde el
efecto se limite exclusivamente a sus respectivos territorios y no contraríen
las normas estructurales. En las zonas exclusivamente residenciales estas
propuestas podrán referirse a normas de paisajismo, regulaciones al tránsito
vehicular y demás previsiones tendientes al mantenimiento de la tranquilidad
de la zona, siempre y cuando no se afecte el uso del espacio público, de
acuerdo con las normas generales.
2. Para formular y proponer planes parciales para actuaciones urbanísticas
dentro de su área, de acuerdo con las previsiones y autorizaciones del
componente urbano del plan.
3. Para ejercer acciones de veeduría ciudadana que garanticen el
cumplimiento o impidan la violación de las normas establecidas, a través de
procedimientos acordes con las políticas locales de descentralización.
Plan de Ordenamiento Territorial



 Instrumento para la planificación de las
          entidades territoriales.



          Vigencia de 12 años
Componentes POT

       COMPONENTE GENERAL

                                         Largo plazo


                           COMPONENTE   Mediano plazo
COMPONENTE
                             RURAL
  URBANO


        PROGRAMA DE
                                         Corto plazo
        EJECUCIÓN

             CARTOGRAFÍA
CONTENIDOS
                          Contenidos Prioritarios

Conservación y protección del medio ambiente, los recursos
naturales y la prevención de amenazas y riesgos naturales


Conservación y uso de las áreas e inmuebles que son patrimonio cultural.



Señalamiento y localización de las infraestructuras de la red vial nacional y
regional, los puertos y aeropuertos y los sistemas de suministros de agua,
energía y servicios de saneamiento básico
SISTEMAS ESTRUCTURANTES
                      LARGO PLAZO


•CLASIFICACION DEL SUELO MUNICIPAL

•AMBIENTAL

•AMENAZAS Y RIESGOS

•ESPACIAL DE INTERÈS PÙBLICO

•MOVILIDAD Y TRANSPORTE

•EQUIPAMIENTOS

•VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL

•SERVICIOS PÚBLICOS
¿Cómo se hace? – FASES -
1                  2
    Diagnóstico     Formulación



    Evaluación y    Implementación
    Seguimiento

                    3
    4
ETAPAS DEL PROCESO DEL POT Y ACTORES


                  Artículo 24 Ley 388


1. FORMULACION                 ALCALDE

                            SECRETARIA DE




                                                     COMUNICACION - DIFUSION
                                                     CONSULTA CIUDADANA
                            PLANEACIÓN

                         CONSEJO DE GOBIERNO

                             CORPORACIÓN
2. CONCERTACION              AUTÓNOMA
                             REGIONAL

                  CONSULTA PREVIA    CONSEJO
                  CON GRUPOS         TERRITORIAL
                  ÉTNICOS            DE PLANEACIÓN

3. APROBACION              CONCEJO MUNICIPAL
Concertación y consulta ciudadana
Artículo 24: Antes de la presentación del proyecto de POT a
consideración del concejo municipal, se surtirán los trámites
de concertación inter-institucional y consulta ciudadana, así:
1. El proyecto de Plan se someterá a consideración de la
Corporación Autónoma Regional, para su aprobación en lo
conserniente a los asuntos exclusivamente ambientales,
dentro de su competencia para lo cual dispondrá de 30 días

2. Una vez revisado el proyecto por la autoridad ambiental, se
somete a consideración del Consejo Territorial de Planeación,
instancia que deberá rendir concepto y formular
recomendaciones dentro de los 30 días hábiles siguientes.
¿ QUE SON LOS CONSEJOS
TERRITORIALES DE PLANEACION ?

Art. 340 de la Constitución Nacional:
Todas las entidades territoriales deben tener un
 Consejo de Planeación.


INSTANCIAS CONSULTIVAS DE LA SOCIEDAD
  CIVIL EN LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO
  DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES (PLANES
  DE DESARROLLO Y P.O.T.)
Quienes lo conforman
– Sectores que representan los diversos intereses que se
  expresan en el territorio: Sectores económicos, sociales,
  comunitarios, ecológicos, solidarios, culturales, etc.)
– Grupos Poblacionales: mujeres, jóvenes, adultos
  mayores, afrocolombianos, indígenas, discapacitados,
  víctimas.
- Son escogidos por el Alcalde, de ternas que presentan
  los sectores y grupos poblacionales.
- Período de 8 años, pero podrán ser renovados hasta en
  un 50% cuando hay cambio de administración.
FUNCIONES
  Servir de foro ciudadano para la discusión del plan de
    desarrollo y OT, durante su preparación y ejecución.
  Conceptuar sobre el proyecto de plan de desarrollo y de OT.
  Hacer seguimiento a los planes y producir informes
    periódicos sobre la correspondencia de los presupuestos con
    el Plan de Desarrollo y con el Programa de Gobierno.
 Formular recomendaciones a la administración y demás
  organizaciones sobre la planeación del desarrollo territorial.
 Contribuir a la construcción del Sistema Nacional de
  Planeación (desde lo municipal hacia lo nacional).
 Dotarse de su propio reglamento y darse su propia forma de
  organización (elevarlo a norma en el acuerdo municipal).
 Revalidar permanentemente su legitimidad ante la sociedad
  civil (rendición de cuentas).
Concertación y consulta ciudadana
3. Durante el período de revisión del plan por la CAR y el CTP, la
administración municipal o distrital solicitará opiniones a los
gremios económicos y agremiaciones profesionales y realizará
convocatorias públicas para la discusión del plan, incluyendo
audiencias con las juntas administradoras locales, expondrá los
documentos básicos del mismo en sitios accesibles a todos los
interesados y recogerá las recomendaciones y observaciones
formuladas por las distintas entidades gremiales, ecológicas,
cívicas y comunitarias del municipio, debiendo proceder a su
evaluación, de acuerdo con la factibilidad, conveniencia y
concordancia con los objetivos del plan.
Igualmente pondrán en marcha los mecanismos de participación
comunal previstos en el artículo 22 de esta Ley.
Aprobación
Artículo 25º.- Aprobación de los planes de ordenamiento. El
proyecto de plan de ordenamiento territorial, como
documento consolidado después de surtir la etapa de la
participación democrática y de la concertación
interinstitucional de que trata el artículo precedente, será
presentado por el alcalde a consideración del concejo
municipal o distrital, dentro de los treinta (30) días siguientes
al recibo del concepto del Consejo Territorial de Planeación.
Artículo 26º.- Adopción de los planes. Transcurridos sesenta (60)
días desde la presentación del proyecto de plan de
ordenamiento territorial sin que el concejo municipal o
distrital adopte decisión alguna, el alcalde podrá adoptarlo
mediante decreto
Consejo consultivo
Artículo 29º.- El Consejo Consultivo de Ordenamiento será una
instancia asesora de la administración en materia de ordenamiento
territorial, que deberá conformar los alcaldes de municipios con
población superior a los 30.000 habitantes. Estará integrado por
funcionarios de la administración y por representantes de las
organizaciones gremiales, profesionales, ecológicas, cívicas y
comunitarias vinculadas con el desarrollo urbano. Así mismo los
curadores urbanos, donde exista esta institución.
Serán funciones de este Consejo el seguimiento del POT y
proponer sus ajustes y revisiones cuando sea del caso.
• Parágrafo.- Los miembros de este consejo podrán ser
   escogidos entre los integrantes del CTPM.
TIEMPOS DEL PROCESO POT



                                                   Tiempo de formulación variable, depende de los recursos técnicos y
Formulación




               Valoración                          financieros del municipio, así como la complejidad del territorio de su
               Alcances                            jurisdicción.
               Prediagnóstico
               Diagnóstico
               Formulación                    30                               90                               150              180
                                                               60                              120
               Aprobación CAR
Concertación




               Concepto Consejo Territorial        30 Días Hábiles
               de Planeación

               Consulta Democrática

               Ajustes
Aprobación




               Aprobación por el Concejo
               Municipal para adopción por
               Acuerdo (60 – 90 días)

               Días Calendario
                                                   30 Días*         30 Días*        30 Días*         30 Días*         30 Días*
CRONOGRAMA DE TRABAJO

                             2012                                                                2013




                                       Noviembre




                                                                                                                                 Septiembre
                Septiembre




                                                   Diciembre
  Actividades




                             Octubre




                                                                       Febrero
                Agosto




                                                                                                                        Agosto
                                                                                 Marzo
                                                               Enero




                                                                                                 Mayo
                                                                                                        Junio
                                                                                         Abril




                                                                                                                Julio
                o
Elaboración
Proyecto POT
Concertación
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Consolidación
proyecto POT
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Municipal

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Participación y OT

  • 1. DIPLOMADO SOBRE ORDENAMIENTO TERRITORIAL VILLAVICENCIO 2012 LA PARTICIPACIÓN Y EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL Facilitador: Ricardo Villamarín Ramírez
  • 2. LA PARTICIPACIÓN COMUNITARIA Y EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA ESAP Ricardo Villamarín Ramírez Septiembre de 2012
  • 3. Comunidad y territorio • Toda comunidad se encuentra ubicada en un espacio físico (geográfico) denominado: territorio. • El territorio, tal y como lo vemos hoy, es el resultado de la acción del hombre sobre el espacio geográfico y sus atributos: – Topografía / Suelo / Hidrografía. Fuentes de agua. – Flora y Fauna. – Recursos naturales no renovables: petróleo – minería (oro – carbón – cal – etc.)
  • 4. El Territorio Es Una Realidad: Ø HISTÓRICAMENTE FORMADA Ø SOCIALMENTE CONSTRUIDA Ø COLECTIVAMENTE VIVIDA • FUERZA DE COHESIÓN SOCIAL. Barrio, Vereda, Municipio, Región, País. • FUENTE DE CONFLICTO SOCIAL Separa a las personas: la posesión por unos implica la exclusión de los demás.
  • 5. La organización del espacio territorial es el resultado de la interacción y acción histórica de procesos: Naturales Demográficos Económicos Tecnológicos Sociales Políticos Culturales Cognoscitivos
  • 6. La forma como las sociedades, en distintos tiempos y lugares, articulan y dinamizan estos procesos, definen el modelo de desarrollo regional Las regiones no son inmutables: cambian, creciendo o decreciendo según las distintas fuerzas que actúan. EL TERRITORIO REGIONAL ES UN CUERPO VIVO QUE TIENE MEMORIA.
  • 7. Cómo ha evolucionado el territorio? • Quienes fueron los primeros pobladores? • Cual era su modelo de ocupación del territorio? • La conquista y la imposición de un nuevo modelo de explotación y uso del territorio.
  • 8. La Organizacion territorial en la colonia: - Función económica: promover el saqueo de las riquezas del nuevo mundo y facilitar su traslado al viejo continente. - Función militar: garantizar el control de las poblaciones sojuzgadas. • Esta forma particular de ocupar el territorio aniquiló la poblacion nativa: de + de 3´000.000 (S. XVI) a - de 800.000 a finales del S. XVIII. • El control del territorio era amplio. La ocupación del espacio era pequeño.
  • 9. Regiones que se organizaron en el Nuevo Reino de Granada : • 1) Los enclaves mercantiles de la costa • 2) El occidente minero de Antioquia • 3) El sur minero y agrícola del Cauca y Nariño. • 4) El centro agrícola y ganadero de Tolima y Cundinamarca. • 5) El oriente artesanal y ganadero de Boyacá, Santander y los Llanos orientales.
  • 10. Las regiones culturales: La agreste topografía propició el desarrollo de regiones autosuficientes con cultura, idiosincrasia, territorio, centros de poder y formas de producción y de intercambio propias: paisa, boyacense, santandereana, costeña, valluna, pastusa, llanera, tolimense.
  • 11. El poblamiento histórico nacional: • 1. Indígena  dispersión territorial • 2. Español: ocupación territorial y – centralización de poder. • 3. Republicano: ocupamiento de las vertientes andinas (S. XIX: colonización antioqueña y la colonización de la cordillera oriental). • 4. Contemporáneo: poblamiento del sur de la llanura caribe, magdalena medio, orinoquia y amazonia (S. XX).
  • 12. Distribución regional de las ciudades Región /año 1851 1870 1918 1938 C. Oriental 18 16 4 3 C. Central 3 6 15 12 Costa Caribe 2 2 5 7 Costa Pacífica 1 2 1 2 Valles interandinos 6 4 3 4 Sur --- --- 2 2
  • 13. • La independencia o la reapropiación social del territorio. El derecho a gobernarnos nosotros mismos. • El modelo de ocupación y uso del territorio siguió siendo el mismo: andino / excluyente / racista / poder económico terrateniente. • Orden basado en la ley del mas fuerte. • Regla de oro: quien tiene el oro, pone la regla.
  • 14. COLOMBIA PAIS de REGIONES. Mosaico de paisajes naturales y territorios culturales; y por eso decimos que somos ricos en diversidad: • Diversidad biológica  BIODIVERSO • Diversidad étnica  MULTIETNICO • Diversidad cultural  PLURICULTURAL
  • 15. Qué pasó en el llano? • Poblamiento nativo y ancestral indígena. • Las haciendas de los jesuitas. Introducción del ganado y el caballo. Surgimiento de la cultura llanera: mezcla indígena - español y criollo. • La Ley de Llanos: el derecho consetudinario a la sabana y a las fuentes de agua (al territorio). • La disolución de la Gran Colombia: al darle la espalda a Venezuela se le dio la espalda al llano: – Prohibición de la navegabilidad por el Rio Meta para darle prioridad al Magdalena. – Vías de comunicación precarias que aún se mantiene. – Imaginario de lejanía e inmensidad donde todo es abundante y todo está a disposición.
  • 16. El territorio metense • Una tierra sin gente para gente sin tierra que sirvió de válvula de escape al conflicto agrario interno: • La violencia de los 50. • La colonización del piedemonte. • La guerrilla liberal del llano. • La colonización dirigida del medio Ariari. • La colonización armada del Alto Ariari. • La revolución verde (brachiarización / cultivos semestrales) • La bonanza marimbera y coquera. • La disputa por el control territorial. • Grandes proyectos de inversión: el petróleo / la palma africana / los megaproyectos de la altillanura.
  • 17. La crisis del modelo de desarrollo • Crisis sistémica: – Económica: ricos + ricos / pobres + pobres – Política: representatividad / legitimidad – Social: Deterioro del tejido social / pérdida del sentido de pertenencia / «todo vale» / «el fin justifica los medios» – Ambiental: Deterioro ambiental / desastres naturales / explotación de los RNNR / agotamiento de los RN renovables / • El desarrollo humano sostenible (Naciones Unidas).
  • 18. El Desarrollo Humano Sostenible Dimensión Ambiental Desarrollo Sostenible Dimensión Dimensión Social Económica
  • 19. La participación como derecho • La historia de la humanidad ha estado marcada por la búsqueda del respeto a la dignidad del ser humano y por la creación de condiciones materiales que le permitan vivir y desarrollarse dignamente. • En esa búsqueda, se ha enfrentado continuamente con dos grandes retos: 1. Cómo proteger a los más débiles. 2. Cómo evitar las arbitrariedades y abusos en el ejercicio del poder. • Los derechos humanos constituyen a la vez un mandato y un límite al ejercicio del poder del Estado.
  • 20. El Estado • El origen y razón de ser del Estado: organizar la sociedad para aprovechar mejor los recursos disponibles en beneficio de sus integrantes y protegerla de los eventuales ataques externos que afecten su existencia. • La función del Estado es promover el bienestar general. Es velar por lo público … por lo de todos. • El Estado es el garante de los derechos humanos.
  • 21. Evolución de los Ds Hs • REVOLUCIÓN FRANCESA (1789) Declaración de los Derechos del hombre y del ciudadano. • La independencia de América. (Nariño y la publicación de los Derechos del hombre). • Las luchas de los pueblos del mundo contra el colonialismo y la opresión. • La I y II Guerra Mundial. • Carta de las Naciones en 1948 (10 de Diciembre): - Acuerdo de la postguerra. - Universalidad, integralidad y exigibilidad.
  • 22. De las declaraciones retóricas a las declaraciones vinculantes • Declaración universal de los derechos humanos (1948) consagró todos los derechos en una perspectiva de integralidad: todos son igualmente importantes, se interrelacionan y se complementan. • Sin embargo, algunos estados consideraron que era necesario crear instrumentos jurídicos para explicitar las obligaciones del Estado. La declaración en sí misma no era vinculante. • La Guerra Fría: • Bloque occidental – bloque soviético: suscitó divergencias sobre la prioridad de ciertos Derechos
  • 23. De las declaraciones retóricas a las declaraciones vinculantes • Estados occidentales: derechos civiles y políticos basados en las libertades individuales. • Estados soviéticos: derechos económicos, sociales y culturales basados en la igualdad y la equidad. • Dos pactos (1966): - Derechos civiles y políticos. - DESC • 1968: Teherán: 1ª Conferencia Mundial de Derechos Humanos: Declaró el principio de integralidad de los derechos humanos y reforzó la obligatoriedad estatal con todos los derechos.
  • 24. LAS GENERACIONES DE LOS Ds. Hs. (Karel Vasak, 1979) Generación Principio Característica PRIMERA: LIBERTAD Derechos de defensa o Civiles y negativos. Exigen del Estado políticos inhibición y no injerencia en la vida privada. SEGUNDA: IGUALDAD Exigen de la intervención del DESC Estado a través de servicios públicos y prestaciones. TERCERA: SOLIDARIDAD Incidencia en la vida Colectivos planetaria: paz, el medio ambiente, el desarrollo.
  • 25. El debate actual: el enfoque de Ds • Demandas de mayores libertades y reconocimiento social de grupos específicos: mujeres, indígenas, afros, jóvenes, infancia, desplazados, gays. • Cambio de enfoque hacia una perspectiva más integral y menos centrada en los derechos civiles y políticos. • No hay amenaza más seria a los derechos que la desigualdad. • Revisión de los ámbitos jurídicos, sociales, políticos e institucionales: Reformas constitucionales y la construcción de Políticas públicas. • La visión del desarrollo basado en derechos, no es otra que la protección de los que están peor, los más pobres y los más vulnerables.
  • 26. El derecho al desarrollo • “El derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable en virtud del cual todo ser humano y todos los pueblos están facultados para participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar de él” (Artículo primero de la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 4 de diciembre de 1986).
  • 27. Desarrollo y Ds hs • El progreso duradero depende del respeto de los derechos humanos y de la participación efectiva de los ciudadanos en los asuntos públicos. • Los derechos humanos aportan al debate relativo al desarrollo un conjunto unificador de normas, una referencia común para fijar objetivos y tasar el valor de la acción. (...) Al proteger esos derechos podemos ayudar a prevenir los muchos conflictos que tienen su base en la pobreza, la discriminación y la exclusión (social, económica y política), que siguen afectando a la humanidad. Debe romperse el círculo vicioso de violaciones de derechos humanos que provocan conflictos, que a su vez provocan nuevas violaciones. (...). (Mary Robinson).
  • 28. Enfoques del desarrollo • Desarrollo como progreso y crecimiento económico (modernización). Resultado del mercado. Centrado en la economía. Economicistas. • Desarrollo como bienestar de los individuos y grupos humanos. Depende de la capacidad de las instituciones para garantizar los derechos y expectativas sociales. Centrada en el ser humano. Desarrollo humano. • La concepción del desarrollo como derecho humano nuevo paradigma de UN (PNUD). El desarrollo se entiende como un derecho autónomo de las personas y las naciones e implica la realización de los demás Ds Hs.
  • 29.
  • 30. Principios básicos del D. H. • Es el proceso de ampliación de las opciones de la gente (es un medio). • La gente son la verdadera riqueza de los pueblos, de las naciones y de los territorios. (Son la razón de ser). • El centro de los derechos humanos es la dignidad. Ni se compra ni se vende. • Deben desarrollarse las condiciones para que la gente viva dignamente. (DESC). • El desarrollo humano es más que crecimiento económico.
  • 31. Derechos que lo componen • Derecho de participación. Toda persona y todos los pueblos tienen derecho a una participación activa, libre y significativa en el desarrollo y, en tanto participante activo, a contribuir al desarrollo económico, social, cultural y político y disfrutar de él. • El derecho a ser el sujeto central del desarrollo que está encaminado al mejoramiento constante del bienestar humano. Este constituye el derecho al desarrollo humano centrado en la gente en que la gente y su bienestar ocupan el primer plano, por encima de todos los otros objetivos y prioridades del desarrollo. • El derecho a la distribución justa de los beneficios del desarrollo.
  • 32. • El derecho a la no discriminación en el desarrollo sin distinción de ninguna clase. • El derecho a la libre determinación, que incluye su derecho inalienable a la plena soberanía sobre todas sus riquezas y recursos naturales. • El derecho a la realización libre y plena del ser humano con pleno respeto de sus derechos humanos y libertades fundamentales. • El derecho a estar protegido de las excepciones. Toda persona humana y todos los pueblos tienen derecho a la aplicación, la promoción y protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Todos los derechos humanos y libertades fundamentales son indivisibles e interdependientes (Preámbulo).
  • 33. El ejercicio de la participa-acción • “En situaciones donde el Estado y sus representantes no pueden o no quieren cumplir con sus obligaciones frente a los derechos humanos, en todas sus generaciones, la participación es un derecho prioritario y hasta primigénico, ya que a través de su fortalecimiento se permite que ella misma los defienda y garantice.” Marcelo Carusso. Proyecyto Terra Incognita. Defensoria del Pueblo
  • 34. • De los 4.600 millones de habitantes de los países en desarrollo: - más de 850 millones son analfabetos, - 1.000 millones carecen de acceso a agua potable, - 2.400 millones no tienen acceso a servicios sanitarios básicos - Cerca de 325 millones de niñ@s no van a la escuela. - 11 millones de niños menores de 5 años mueren cada año (30.000 niños/día), por causas que podrían evitarse. - Alrededor de 1.200 millones de personas viven con menos de 1 dólar al día y 2.800 millones con menos de 2 dólares al día .
  • 35. • Los países en desarrollo - 70% de la población 30% de los ingresos • La brecha entre el 20% más rico y el 20% más pobre a nivel mundial era: 30 : 1 (1960) 59 : 1 (1989) • En 1998 los activos de las 200 personas más ricas del mundo = ingreso del 41% de la población mundial. • 3 principales multimillonarios = 600 millones pobres.
  • 36. ¿Qué hacer? • ¿ COMO AVANZAR EN LA CONSTRUCCIÓN DE UNA SOCIEDAD MAS JUSTA CON UN MODELO DE DESARROLLO MAS EQUITATIVO E INCLUYENTE QUE LE BRINDE A TODAS Y TODOS LA POSIBILIDAD DEL DISFRUTE PLENO DE SUS DERECHOS HUMANOS?
  • 37. Las reformas constitucionales • Declaración del derecho al desarrollo (1986) planteó a todos los países que hacen parte del Sistema de Naciones Unidas la necesidad de revisar las Constituciones Nacionales para incorporar las recomendaciones y los avances hechos en materia de derechos humanos. • Del Estado benefactor que atiende la solución de necesidades insatisfechas, al Estado Social de Derecho que garantiza el respeto, protección y ejercicio de los derechos humanos (integrales).
  • 38. MARCO CONCEPTUAL DEMOCRACIA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA Ciudadanía: •Derecho a elegir Derecho a participar •Elecciones periódicas Ampliar la ciudadanía •Intermediación (sujetos de derechos) de Partidos políticos Estado  Sociedad civil •Ley de las mayorías Deliberación y Concertación REPRESENTATIVIDAD REPRESENTATIVA CRISIS LEGITIMIDAD CONFIANZA
  • 39. La participación social • Se refiere a los diversos mecanismos e instancias que posee la sociedad para incidir en las estructuras estatales y las políticas públicas. • El estudio de la participación social es el de las mediaciones entre el Estado y la sociedad. • CÓMO SE HACÍA ESTA MEDIACIÓN ANTES DE LA CONSTITUCIÓN DEL 91? • CÓMO PARTICIPABAN LAS COMUNIDADES EN LA GESTIÓN PÚBLICA? • QUÉ MUEVE A LA GENTE A PARTICIPAR? • CUÁL ES EL INTERÉS PARA PARTICIPAR?
  • 40. La “revalorización” de la participación • La organización social era «subversiva» porque cuestionaba el poder constituido y reclamaba el poder constituyente (la soberanía reside en el pueblo). • La organización intervenida y tutelada. • De la participación, como un peligro (levantamientos populares) a la participación como estrategia de acción. • En los años 90 se reconoce “la participación como una nueva forma de cooperación para el desarrollo”. • La participación: instrumento para superar la pobreza. • La participación como discurso o como realidad. • La participación como un medio y un fin.
  • 41. Toda organización implica un interés POLÍTICAS GENERAL CIVICAS O ALTRUISTAS SOCIALES PARTICULAR COMUNITARIAS
  • 42. La práctica participativa • Se entienden las prácticas participativas como aquellas conductas que resultan de la acción intencionada de individuos y grupos en el escenario público, en pos de metas específicas, en función de intereses diversos y en el contexto de tramas concretas de relaciones sociales y de poder. • A través de ellas los individuos o grupos, en función de sus respectivos intereses (de clase, de género, de generación, étnicas, etc.), intervienen en el escenario público, directamente o por medio de sus representantes, con el fin de obtener bienes y servicios específicos (materiales y simbólicos) y/o de incidir en las decisiones colectivas relacionadas con la distribución de dichos bienes y servicios. Pueden desarrollarse a través de canales institucionales o de manera informal.
  • 43. El objeto de la participación social • La participación social debe crear una nueva cultura, basada en el compromiso directo de los ciudadanos y comunidades con la administración del Estado y las políticas de interés colectivo. • En este sentido la participación social es una estrategia política de re institucionalización y relegitimación del sistema político. • Planeación participativa: estrategia de paz.
  • 44. La Constitución Nacional • Artículo 1º: • Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.
  • 45. La Constitución Nacional • Artículo 2º: Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
  • 46. La participación en la Constitución • La Constitución menciona 72 veces la participación: – En la planeación: Nacional y territorial – En la contratación – En lo administrativo: En las empresas descentralizadas – En lo político: Revocatoria, cabildos, referendo, plebiscito, consulta popular, iniciativa legislativa – En lo sectorial: Educación, salud, cultura, vivienda, Ss públicos, seguridad. – En lo poblacional: Mujer, juventud, niñez, tercera edad, indígenas, afrocolombianos.
  • 47. EL DERECHO A LA PARTICIPACIÒN • Derecho al voto • Voto programático: Imposición del mandato al elegido (Ley 131/94) • Revocatoria del mandato: Incumplimiento del programa de gobierno. • Cabildo abierto. • Iniciativa legislativa. • Acciones populares. • Veedurías ciudadanas. • Audiencias públicas. • Rendición pública de cuentas.
  • 48. MECANISMOS DE PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN • Derecho de petición • Acción de tutela • Acción de cumplimiento • Acción de nulidad simple • Acción de inconstitucionalidad • Excepción de ilegalidad y de inconstitucionalidad
  • 49. La institucionalización de la participación • La Constitución de 1991 y sus desarrollos legislativos crearon mecanismos de intervención directa de la población en las decisiones públicas (iniciativa legislativa, consulta popular, referendo, plebiscito, revocatoria del mandato, cabildo abierto) y un buen número de instancias de participación ciudadana en la gestión pública municipal. • Hay una amplia infraestructura participativa que permite a los ciudadanos intervenir en los asuntos de su municipio y del país e incidir de diversa forma en las decisiones públicas. • La democracia participativa en Colombia busca: – transformar el régimen político promoviendo prácticas participativas que involucraran a los ciudadanos en los asuntos públicos, – dar legitimidad a las decisiones políticas y administrativas; y – permitir un desempeño eficiente y transparente de las autoridades públicas.
  • 50. La participación como derecho 1. Debe ser vista como una relación vinculante entre ciudadan@s y autoridades  transparencia, rendición de cuentas, equidad y no discriminación. 2. Discusión pública = discusión bien informada.  procesos de información y formación. 3. Igualdad de las personas y el respeto de su autonomía. 4. La deliberación debe tener incidencia en las políticas públicas. 5. Las decisiones deben guiarse por el criterio de favorecer absolutamente a aquellos que estén más privados de sus derechos.
  • 51. Marco normativo y políticas públicas • Las disposiciones legales cobran vida cuando las personas se apropian de su contenido y exigen que se respeten los derechos y mecanismos ahí establecidos, o que se incluyan nuevos derechos en demanda de la satisfacción de determinadas necesidades e intereses. • Cómo avanzar en la construcción colectiva de la visión del territorio y cuál es el interés colectivo alrededor del cual se deben armonizar los intereses particulares.
  • 52. La globalización: vuelta a lo local Apertura económica Territorios hacia fuera competitivos MAYOR Y MEJOR DEMOCRACIA LOCAL Decisiones rápidas Mas Participación Confianza Apertura política Mayor Reglas de hacia adentro Gobernabilidad juego
  • 53. La utilidad de la participación • “La participación es una forma de asegurar la provisión más equitativa de bienes y servicios. Cuando las personas se comprometen con el proceso de toma de decisiones, las políticas y los proyectos tienden a ser más realistas, más programáticos y más fáciles de sostener.” PNUD: Informe de Desarrollo Humano. 1991 • La participación, para ser eficaz debe ser informada.
  • 54. Ventajas de la participación • LA PARTICIPACION DA RESULTADOS: - A participar se aprende participando. - Requiere respeto por la historia, cultura e idiosincracia de los pueblos y comunidades. - No hay participación de laboratorio. - Es de largo plazo  Proyecto de vida. • GENERA VALORES AGREGADOS: - Promueva la eficiencia, la equidad, y la sostenibilidad. - Crea confianza. - Construye capital social.
  • 55. Obstáculos para la participación - Cortoplacismo: El afán por mostrar resultados a corto plazo. - Economicismo: Presión por reducir la participación a procesos que tengan resultados económicos tangibles. - Formalismo: Exagerado peso a la cultura organizacional formal. Prima la personería jurídica sobre el proceso organizativo. - Paternalismo: La subestimación de los pobres. “Ellos no saben y hay que ayudarlos”. - Clientelismo: Manipulación de la comunidad. - Autoritarismo: Relaciones de poder sobre y no relaciones de poder con.
  • 56. 5 maneras de entender la participación • a. La participación-formalidad: Es la participación entendida únicamente como un requisito formal que es preciso llenar para cumplir con las exigencias de la norma. Se crean las instancias, pero éstas no reciben ningún estímulo ni apoyo de parte de las autoridades gubernamentales. Incluso, en ocasiones éstas buscan que los canales no funcionen y se vuelvan inocuos, de manera que pierdan legitimidad y mueran por falta de apoyo gubernamental y/o ciudadano. • b. La participación “sin alas”: es aquella que las autoridades locales promueven siempre y cuando las prácticas participativas no pongan en cuestión las lógicas y las estructuras de poder vigentes en el municipio. Se habla de ella, se la pondera, se la respalda, incluso con fondos municipales, pero al mismo tiempo se la “ataja” para que no se convierta en un instrumento de construcción de contra-poderes en favor de sectores tradicionalmente excluidos de los circuitos de toma de decisiones.
  • 57. • c. La participación-integración-cooptación: Es aquella que las autoridades locales promueven para evitar corrientes de pensamiento y de movilización ciudadana que actúen en contra de la lógica dominante del sistema político local. Uno de los instrumentos más importantes utilizados para el logro de ese propósito, aunque no el único, es la cooptación de viejos y nuevos liderazgos por parte de las autoridades locales y sus organizaciones políticas para que actúen en beneficio de los intereses políticos hegemónicos en la vida local, antes que a favor de las necesidades y aspiraciones de la población a la que -se supone- representan. • d. La participación-concertación: Este concepto coloca el acento en la construcción colectiva de acuerdos en torno a objetivos comunes y a los medios para alcanzarlos. Dos ideas son centrales en esta noción: el pluralismo socio-político y la intervención directa de la ciudadanía en el análisis de su entorno y en la toma de decisiones.
  • 58. • e. La participación-modo de vida: Aquí la participación no es concebida como una actividad adicional a la rutina diaria de la gente, como algo que exige esfuerzos adicionales y costos (de tiempo, de recursos, etc.) sino como un valor y una norma social interiorizados desde la infancia, que llevan a la gente a involucrarse en dinámicas colectivas no tanto para la obtención de un beneficio específico, aunque ese aliciente puede existir, sino principalmente porque es bueno hacerlo y de esa forma el colectivo social se beneficia y fortalece.
  • 59. Condiciones para una efectiva participación • Voluntad política para incluir la participación en la agenda del gobernante (información suficiente y oportuna, espacios, tiempos, etc.). • Capacidad de la comunidad para participar. • Adecuado arreglo institucional que facilite el relacionamiento entre el Estado local y las comunidades.
  • 60. Políticas para hacer avanzar la participación - Aprendizaje social. A participar se aprende participando. Aprender a aprender de la experiencia (Lecciones aprendidas). - Voluntad política que favorezca la participación. - Apoyo a experiencias innovadoras y exitosas. - Construir alianzas en torno a la participación. Fomentar redes sociales. - Construir opinión pública favorable. - Los procesos de formación deben responder a las demandas de la comunidad y no a los intereses de las instituciones.
  • 61. Formación o Capacitación - Con la capacitación, las instituciones buscan instrumentalizar a la población hacia los fines estatales. Capacitador externo que dice a la comunidad lo que hay que hacer. Relación mecánica y vertical. - La formación, busca fortalecer las capacidades de los asociados para dirigir su organización y para incidir en la gestión pública. Se aprende a partir de las lecciones de la propia práctica social. Aprender haciendo. Escuela de la vida. Requiere un facilitador que reconozca la sabiduría popular y promueva un diálogo de saberes entre la teoría y la práctica. - Los procesos de formación y capacitación, son un elemento articulador entre la oferta estatal (interés de las instituciones) y la demanda local (interés de las comunidades). Plan de formación y capacitación.
  • 62. El estado actual de la participación • Exceso de oferta pública de participación • Dispersión de la oferta de participación • Énfasis en lo sectorial o poblacional y poco en lo territorial. • Cada institución tiene su propio espacio de participación. • La participación es normalizada, dosificada y conductista. • La reglamentación se convierte en un obstáculo. Son más las trabas que las facilidades. • Esta forma de participación perpetúa la dependencia de la sociedad civil del Estado y genera fragmentación social.
  • 63. LA COPA DE LA PARTICIPACIÓN La oferta normativa y programática de las instituciones: Pobreza, educación, salud, medio ambiente, políticas de juventud, mujer y tercera edad, servicios públicos y ejercicios de planeación local. Participación en la Información: Reuniones con comunidades Participación en la consulta: gestión de políticas Participación en la concertación de políticas: Priorización social de necesidades Participación en la decisión de políticas públicas Planeación participativa Control Estratégico a la política social Crece la participación en el control de las ejecuciones de proyectos Extensión de la participación en la ejecución parcial de las acciones públicas
  • 64. LA ESCALERA DE LA PARTICIPACIÓN
  • 65. Enfoques de la participación • En este sentido se puede hablar de dos enfoques de la participación: a) PARA LEGITIMAR EL ESTABLECIMIENTO o MANTENER EL STATU QUO: (mantiene la separación entre el Estado y la Sociedad y ve al Estado como el único garante del desarrollo y de la democracia). b) PARA TRANSFORMAR LAS RELACIONES EXISTENTES. (La corresponsabilidad en el desarrollo y en la democracia como el nuevo referente de la relación entre el Estado y la Sociedad.) Lo público es considerado un ámbito de concurrencia entre el Estado y la sociedad.
  • 66. Fracturas que limitan el alcance de la participación • Fractura entre las distintas instancias de participación: cada una de ellas actúa según su propia lógica, lo que termina por fragmentar los actores y dispersar las acciones. • Fractura entre iniciativa gubernamental y acción ciudadana: la oferta participativa estatal y el manejo que le dan las autoridades gubernamentales y los agentes políticos no siempre coincide con las demandas ciudadanas, lo que provoca desencuentros e ineficiencias en la operación de las instancias de participación.
  • 67. • Fractura entre representación política y participación ciudadana: los agentes políticos y los líderes sociales no siempre coinciden en la definición de los objetivos y del alcance de la participación, lo que produce tensiones entre ellos y limita la eficacia de la participación. • Fractura entre intereses particulares e intereses colectivos: la participación en las instancias creadas se convierte en ocasiones en un “campo de batalla” para el logro de objetivos que no necesariamente le apuntan al bien común. • Fractura entre líderes sociales y sus bases:
  • 68. • La participación institucionalizada surgió en Colombia en los años 80 como una respuesta a la crisis de legitimidad del régimen político y de los actores del sistema político. • Se la entendió por parte de muchos sectores, especialmente aquellos que habían sido secularmente excluidos de las decisiones políticas, como un sustituto de la representación política. • Los agentes participativos harían, entonces, lo que los agentes políticos no habrían logrado: satisfacer las demandas ciudadanas e incidir en las respuestas del gobierno a dichas demandas. • Sin embargo, esa sustitución no ha significado un empoderamiento de la ciudadanía y, finalmente las decisiones son tomadas por los agentes políticos y son muy pocos los escenarios en los cuales la participación logra incidir en esas decisiones. • Tendencia a la desinstitucionalización de la participación: consejos comunales.
  • 69. Corolario 25 años de institucionalización de la participación ciudadana que reafirman algunos problemas del marco normativo vigente: • Alta dispersión => fragmentación de los actores • Reglamentarismo vs. Espontaneidad y creatividad • Alcance limitado de los espacios • Fetichismo de la norma • La Ley 134 de 1994 se restringe a los mecanismos de participación directa y no contempla otros espacios de participación ciudadana Las normas parecen haber restringido más que facilitado el ejercicio de una participación democrática.
  • 70. • Por tal motivo, es necesario blindar la institucionalidad participativa del acecho del modelo autoritario que se pretende implantar en Colombia. Significa ello fortalecer los espacios de participación y evitar que la desinstitucionalización de la participación y la discrecionalidad de las autoridades en la toma de decisiones se impongan como reglas para el futuro. • Es verdad que los escenarios de participación no son los mejores, que hay dispersión, fenómenos de burocratización y de cooptación de los líderes sociales por los agentes gubernamentales. Pero siguen siendo una trinchera importante en la batalla por la democracia real en Colombia. Hay que perfeccionarlos, sin duda, antes que acabarlos.
  • 71. Participación y gestión municipal Interacción de actores políticos, Gestión del desarrollo local: sociales, económicos y culturales. Mejores condiciones para el ejercicio de : Derechos Derechos sociales políticos Círculo virtuoso de la participación social Fortalecimiento del sentido de pertenencia a la Derechos cívicos comunidad
  • 72. Las políticas públicas • Para que una ley o una norma genere gobernabilidad, es decir, para que contribuya a ordenar el comportamiento social y sea acatada en libertad (que sea útil), debe ser debatida públicamente y guiada por el bien común. • Cuando la ley se construye en secreto (a espaldas de los afectados) o camufla intereses privados con visos de interés público (los “micos”), la aplicación de esa ley fragmenta la sociedad, deslegitima las instituciones y crea condiciones para la violencia.
  • 73. Condiciones necesarias Para que las entidades territoriales sean un escenario efectivo de desarrollo (dimensión de gestión) y profundización democrática (dimensión política), es necesario que se cumplan ciertas condiciones básicas. A saber: 1. Condiciones institucionales apropiadas Gobierno Municipal Sociedad civil - Apertura a la participación - Motivación para participar - Transparencia en la gestión - Organización - Capacidad técnica - Empoderamiento 2. Posibilidad de ejercicio pleno - Vigencia de libertades ciudadanas - Conocimiento de derechos y responsabilidades de derechos ciudadanos - Valores democráticos 3. Cambios en la cultura política - Respeto a la institucionalidad - Respeto y tolerancia democráticos
  • 74. Planes de desarrollo territorial • Articuladores de políticas públicas en lo local. • Marco normativo predeterminado. (Constitución Nacional, Ley 152 de 1994 y Ley 388 de 1997)) • Responsabilidades institucionales. • Define situaciones problemáticas a atender. • Establece mecanismos y espacios de participación. (Planeación participativa).
  • 75. ¿Qué es una política pública? • “Una política pública designa el proceso por el cual se elaboran y se implementan programas de acción pública, es decir dispositivos político- administrativos coordinados, en principio, alrededor de objetivos explícitos.” (Muller y Surrel. 1998) • “El conjunto de sucesivas respuestas del Estado (o de un gobierno específico) frente a situaciones consideradas socialmente como problemáticas.” (Salazar. 1999)
  • 76. Elementos centrales 1. Implicación del gobierno. 2. Percepción de problemas. 3. Definición de objetivos. 4. Proceso. • Una política pública existe siempre y cuando instituciones estatales asuman total o parcialmente la tarea de alcanzar objetivos estimados como deseables o necesarios, por medio de un proceso destinado a cambiar un estado de cosas percibido como problemático.
  • 77. El ciclo de las políticas públicas 1. La identificación del problema: implica un análisis y una movilización que hacen las organizaciones y los partidos, quienes convocan a una acción pública con el objeto de inscribir el problema en la agenda del sistema político. (DIAGNÓSTICO) 2. La administración estudia el problema y propone una o varias soluciones. (FORMULACIÓN).
  • 78. El ciclo de las políticas públicas 3. Los actores e instituciones autorizados para tomar la decisión examinan las soluciones existentes y deciden la respuesta. (DELIBERACIÓN  DISCUSIÓN  DECISIÓN) 4. La implementación práctica de la decisión. (IMPLEMENTACIÓN  EJECUCIÓN  SEGUIMIENTO  CONTROL). 5. La respuesta dada al problema y los impactos causados son evaluados por los actores sociales y políticos. (EVALUACIÓN  SISTEMATIZACIÓN
  • 79. Rendición de cuentas • La rendición de cuentas es la obligación de un actor de informar y explicar sus acciones a otro(s) que tiene el derecho de exigirla, debido a la presencia de una relación de poder, y la posibilidad de imponer algún tipo de sanción por un comportamiento inadecuado o de premiar un comportamiento destacado. (CONPES 3654) • En el corazón de la rendición de cuentas está el diálogo crítico. No se trata de un juego de un solo tiro sino de un juego iterativo, un ir y venir de preguntas y respuestas, de argumentos y contra-argumentos.
  • 80. Rendición de cuentas • La rendición de cuentas no es un derecho de petición. Es un derecho a la crítica y al diálogo. • SI LA INFORMACIÓN FUERA PERFECTA Y EL EJERCICIO DEL PODER TRANSPARENTE, NO HABRÍA NECESIDAD DE EXIGIR CUENTAS A NADIE.
  • 81. Gestión comunitaria • El papel de las organizaciones sociales y comunitarias, en general, es el de hacer gestiones en procura de la defensa de sus intereses y velar por el bienestar de sus asociados, teniendo en cuenta que sus intereses particulares estén en armonía con los intereses generales de la colectividad (interés colectivo).
  • 82. Lo privado y lo público Lo particular y lo colectivo • En todo proceso participativo siempre parece estar presente el interés individual, más aún en el caso de sectores con altos niveles de necesidades básicas no resueltas (intereses válidos asociados a derechos claramente establecidos en la Constitución. • El interrogante es si las conductas participativas se quedan encerradas en ese circuito o bien trascienden hacia la esfera de los intereses colectivos, del bien público.
  • 83. Gestión del territorio Abordar la GESTION PARTICIPATIVA DEL TERRITORIO implica: • 1. Conocer el territorio. • 2. Identificar los conflictos (sociales y ambientales). • 3. Reconocer los actores y validar socialmente los interlocutores. • 4. Conocer las reglas de juego existentes. • 5. Preparar los escenarios y concertar nuevas reglas. • 6. Construir una cultura de lo público (lo de todos).
  • 84. LAS JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL Y LA PLANEACIÓN PARTICIPATIVA Septiembre 2012
  • 85. Antecedentes • Tradición indígena: Mingas – Convites • Ley 19 de 1958 le da vida jurídica a la Acción Comunal en Colombia. • La única con enfoque territorial. (veredas – barrios). • La principal organización de base en la zona rural.
  • 86. Marco Normativo 1. CONSTITUCION NACIONAL : Art. 38: Derecho de asociación Art. 103: (mecanismos de participación) El Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones comunitarias, (...) sin detrimento de su autonomía para que constituyan mecanismos democráticos de representación en las instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública.
  • 87. Ley 743 de 2002: • Art 2: El desarrollo de la comunidad es el conjunto de procesos económicos, políticos, culturales y sociales, que integran los esfuerzos de la población, sus organizaciones y las del Estado, para mejorar la calidad de vida de las comunidades. El desarrollo es responsabilidad conjunta de Estado y Sociedad.
  • 88. Ley 743: Acción Comunal Art. 6: Es una expresión social organizada, autónoma y solidaria de la sociedad civil, cuyo propósito es promover un desarrollo integral, sostenible y sustentable construido a partir del ejercicio de la democracia participativa en la gestión del desarrollo de la comunidad.
  • 89. Ley 743 - 02: Fundamentos a) Fomentar la construcción de comunidad para el logro de la paz. b) Promover la concertación, los diálogos y los pactos como estrategias del desarrollo. c) Validar la planeación como instrumento de gestión del desarrollo de la comunidad. d) Incrementar la capacidad de gestión, autogestión y cogestión de la comunidad. e) Promover la educación comunitaria para revalorizar su participación en los asuntos locales, municipales, regionales y nacionales.
  • 90. Ley 743 – 02: Objetivos: * Promover y fortalecer el sentido de pertenencia a través del ejercicio de la democracia participativa. * Crear y desarrollar procesos de formación. * Planificar el desarrollo integral y sostenible de la comunidad. * Formular, ejecutar y administrar planes, programas y proyectos
  • 91. Ley 743 – 02: Objetivos: * Informar sobre políticas, programas y servicios del Estado. * Promover y velar por el ejercicio de los derechos humanos y del medio ambiente. * Promover y facilitar la participación de todos los sectores sociales, en especial de las mujeres y los jóvenes, en los organismos directivos de la acción comunal.
  • 92. El rol de las JAC • LAS JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL TIENEN UNA FUNCIÓN CENTRAL EN LA PLANEACIÓN PARTICIPATIVA DEL DESARROLLO TERRITORIAL. • SON MECANISMO DE CONCERTACIÓN PARA EL ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO. • SON VEEDORES DEL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS ASOCIADOS (individuales y colectivos).
  • 93. Objetivos del O.T.: 1. Ejercer la autonomía municipal en el ordenamiento de su territorio: * Uso equitativo y racional del suelo * Preservar el patrimonio ecológico y cultural * Prevenir desastres. 2. Garantizar el cumplimiento de la función social y ambiental de la propiedad en el uso del suelo. 3. Lograr el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes
  • 94. Principios 1. La función social y ecológica de la propiedad. 2. Prevalencia del interés general sobre el particular. 3. Distribución equitativa de las cargas y beneficios. 4. Concertación entre los intereses sociales, económicos y urbanísticos, mediante la participación de los pobladores y sus organizaciones.
  • 95. Sobre la participación en el O.T. ARTICULO 4o. PARTICIPACION DEMOCRATICA. En ejercicio de las diferentes actividades que conforman la acción urbanística, las administraciones municipales, deberán fomentar la concertación entre los intereses sociales, económicos y urbanísticos, mediante la participación de los pobladores y sus organizaciones. Esta concertación tendrá por objeto asegurar la eficacia de las políticas públicas respecto de las necesidades y aspiraciones de los diversos sectores de la vida económica y social relacionados con el ordenamiento del territorio municipal, teniendo en cuenta los principios señalados en la ley. La participación ciudadana podrá desarrollarse mediante el derecho de petición, audiencias públicas, el ejercicio de la acción de cumplimiento, la intervención en la formulación, discusión y ejecución de los planes de ordenamiento y en los procesos de otorgamiento, modificación, suspensión o revocatoria de las licencias urbanísticas, en los términos establecidos en la ley y sus reglamentos.
  • 96.
  • 97. ARTICULO 22. DE LA PARTICIPACION COMUNAL EN EL ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO. Para efectos de organizar la participación comunal en la definición del contenido urbano del plan de ordenamiento, las autoridades municipales o distritales podrán delimitar en el área comprendida dentro del perímetro urbano, los barrios o agrupamientos de barrios residenciales usualmente reconocidos por sus habitantes como referentes de su localización en la ciudad y que definen su pertenencia inmediata a un ámbito local o vecinal. Lo pertinente regirá para la participación comunitaria en la definición del contenido rural, caso en el cual la división territorial se referirá a veredas o agrupaciones de veredas. En el curso de la formulación y concertación de los planes de ordenamiento territorial, las organizaciones cívicas debidamente reconocidas de dichos agrupamientos de barrios o veredas, a través de mecanismos democráticos que aseguren la representatividad de los elegidos, podrán designar representantes para que transmitan y pongan a consideración sus propuestas sobre los componentes urbano y rural del plan.
  • 98. Una vez surtido el proceso de adopción o revisión del plan, estas mismas organizaciones cívicas mantendrán su participación en el ordenamiento del territorio en los siguientes eventos: 1. Para proponer, en los casos excepcionales que consideren las normas urbanísticas generales, la asignación específica de usos y aprovechamientos del suelo en micro zonas de escala vecinal, esto es, en los casos donde el efecto se limite exclusivamente a sus respectivos territorios y no contraríen las normas estructurales. En las zonas exclusivamente residenciales estas propuestas podrán referirse a normas de paisajismo, regulaciones al tránsito vehicular y demás previsiones tendientes al mantenimiento de la tranquilidad de la zona, siempre y cuando no se afecte el uso del espacio público, de acuerdo con las normas generales. 2. Para formular y proponer planes parciales para actuaciones urbanísticas dentro de su área, de acuerdo con las previsiones y autorizaciones del componente urbano del plan. 3. Para ejercer acciones de veeduría ciudadana que garanticen el cumplimiento o impidan la violación de las normas establecidas, a través de procedimientos acordes con las políticas locales de descentralización.
  • 99. Plan de Ordenamiento Territorial Instrumento para la planificación de las entidades territoriales. Vigencia de 12 años
  • 100. Componentes POT COMPONENTE GENERAL Largo plazo COMPONENTE Mediano plazo COMPONENTE RURAL URBANO PROGRAMA DE Corto plazo EJECUCIÓN CARTOGRAFÍA
  • 101. CONTENIDOS Contenidos Prioritarios Conservación y protección del medio ambiente, los recursos naturales y la prevención de amenazas y riesgos naturales Conservación y uso de las áreas e inmuebles que son patrimonio cultural. Señalamiento y localización de las infraestructuras de la red vial nacional y regional, los puertos y aeropuertos y los sistemas de suministros de agua, energía y servicios de saneamiento básico
  • 102. SISTEMAS ESTRUCTURANTES LARGO PLAZO •CLASIFICACION DEL SUELO MUNICIPAL •AMBIENTAL •AMENAZAS Y RIESGOS •ESPACIAL DE INTERÈS PÙBLICO •MOVILIDAD Y TRANSPORTE •EQUIPAMIENTOS •VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL •SERVICIOS PÚBLICOS
  • 103. ¿Cómo se hace? – FASES - 1 2 Diagnóstico Formulación Evaluación y Implementación Seguimiento 3 4
  • 104. ETAPAS DEL PROCESO DEL POT Y ACTORES Artículo 24 Ley 388 1. FORMULACION ALCALDE SECRETARIA DE COMUNICACION - DIFUSION CONSULTA CIUDADANA PLANEACIÓN CONSEJO DE GOBIERNO CORPORACIÓN 2. CONCERTACION AUTÓNOMA REGIONAL CONSULTA PREVIA CONSEJO CON GRUPOS TERRITORIAL ÉTNICOS DE PLANEACIÓN 3. APROBACION CONCEJO MUNICIPAL
  • 105. Concertación y consulta ciudadana Artículo 24: Antes de la presentación del proyecto de POT a consideración del concejo municipal, se surtirán los trámites de concertación inter-institucional y consulta ciudadana, así: 1. El proyecto de Plan se someterá a consideración de la Corporación Autónoma Regional, para su aprobación en lo conserniente a los asuntos exclusivamente ambientales, dentro de su competencia para lo cual dispondrá de 30 días 2. Una vez revisado el proyecto por la autoridad ambiental, se somete a consideración del Consejo Territorial de Planeación, instancia que deberá rendir concepto y formular recomendaciones dentro de los 30 días hábiles siguientes.
  • 106. ¿ QUE SON LOS CONSEJOS TERRITORIALES DE PLANEACION ? Art. 340 de la Constitución Nacional: Todas las entidades territoriales deben tener un Consejo de Planeación. INSTANCIAS CONSULTIVAS DE LA SOCIEDAD CIVIL EN LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES (PLANES DE DESARROLLO Y P.O.T.)
  • 107. Quienes lo conforman – Sectores que representan los diversos intereses que se expresan en el territorio: Sectores económicos, sociales, comunitarios, ecológicos, solidarios, culturales, etc.) – Grupos Poblacionales: mujeres, jóvenes, adultos mayores, afrocolombianos, indígenas, discapacitados, víctimas. - Son escogidos por el Alcalde, de ternas que presentan los sectores y grupos poblacionales. - Período de 8 años, pero podrán ser renovados hasta en un 50% cuando hay cambio de administración.
  • 108. FUNCIONES  Servir de foro ciudadano para la discusión del plan de desarrollo y OT, durante su preparación y ejecución.  Conceptuar sobre el proyecto de plan de desarrollo y de OT.  Hacer seguimiento a los planes y producir informes periódicos sobre la correspondencia de los presupuestos con el Plan de Desarrollo y con el Programa de Gobierno.  Formular recomendaciones a la administración y demás organizaciones sobre la planeación del desarrollo territorial.  Contribuir a la construcción del Sistema Nacional de Planeación (desde lo municipal hacia lo nacional).  Dotarse de su propio reglamento y darse su propia forma de organización (elevarlo a norma en el acuerdo municipal).  Revalidar permanentemente su legitimidad ante la sociedad civil (rendición de cuentas).
  • 109. Concertación y consulta ciudadana 3. Durante el período de revisión del plan por la CAR y el CTP, la administración municipal o distrital solicitará opiniones a los gremios económicos y agremiaciones profesionales y realizará convocatorias públicas para la discusión del plan, incluyendo audiencias con las juntas administradoras locales, expondrá los documentos básicos del mismo en sitios accesibles a todos los interesados y recogerá las recomendaciones y observaciones formuladas por las distintas entidades gremiales, ecológicas, cívicas y comunitarias del municipio, debiendo proceder a su evaluación, de acuerdo con la factibilidad, conveniencia y concordancia con los objetivos del plan. Igualmente pondrán en marcha los mecanismos de participación comunal previstos en el artículo 22 de esta Ley.
  • 110. Aprobación Artículo 25º.- Aprobación de los planes de ordenamiento. El proyecto de plan de ordenamiento territorial, como documento consolidado después de surtir la etapa de la participación democrática y de la concertación interinstitucional de que trata el artículo precedente, será presentado por el alcalde a consideración del concejo municipal o distrital, dentro de los treinta (30) días siguientes al recibo del concepto del Consejo Territorial de Planeación. Artículo 26º.- Adopción de los planes. Transcurridos sesenta (60) días desde la presentación del proyecto de plan de ordenamiento territorial sin que el concejo municipal o distrital adopte decisión alguna, el alcalde podrá adoptarlo mediante decreto
  • 111. Consejo consultivo Artículo 29º.- El Consejo Consultivo de Ordenamiento será una instancia asesora de la administración en materia de ordenamiento territorial, que deberá conformar los alcaldes de municipios con población superior a los 30.000 habitantes. Estará integrado por funcionarios de la administración y por representantes de las organizaciones gremiales, profesionales, ecológicas, cívicas y comunitarias vinculadas con el desarrollo urbano. Así mismo los curadores urbanos, donde exista esta institución. Serán funciones de este Consejo el seguimiento del POT y proponer sus ajustes y revisiones cuando sea del caso. • Parágrafo.- Los miembros de este consejo podrán ser escogidos entre los integrantes del CTPM.
  • 112. TIEMPOS DEL PROCESO POT Tiempo de formulación variable, depende de los recursos técnicos y Formulación Valoración financieros del municipio, así como la complejidad del territorio de su Alcances jurisdicción. Prediagnóstico Diagnóstico Formulación 30 90 150 180 60 120 Aprobación CAR Concertación Concepto Consejo Territorial 30 Días Hábiles de Planeación Consulta Democrática Ajustes Aprobación Aprobación por el Concejo Municipal para adopción por Acuerdo (60 – 90 días) Días Calendario 30 Días* 30 Días* 30 Días* 30 Días* 30 Días*
  • 113. CRONOGRAMA DE TRABAJO 2012 2013 Noviembre Septiembre Septiembre Diciembre Actividades Octubre Febrero Agosto Agosto Marzo Enero Mayo Junio Abril Julio o Elaboración Proyecto POT Concertación autoridad ambiental Consulta CTP Consolidación proyecto POT Aprobación Concejo Municipal