Se contempla el riesgo profesional desde una perspectiva sanitaria, destacando la complejidad tanto en la determinación de sus efectos como en el abordaje de su prevención, y los sistemas de protección social establecidos. Por último, se analiza la información que proporciona el sistema de comunicación de enfermedades profesionales de la SS (CEPROSS), mostrando indicios de infradeclaración en Andalucía, con consecuencias para hacer prevención de manera efectiva, así como también económicas (al soportar el SPS un gasto que compete a la Mutua o a la entidad que gestione las contingencias profesionales).
Distensibilidad Vascular y funciones de los sist arterial.pptx
Enfermedades profesionales desde una perspectiva sanitaria.
1. Enfermedades profesionales desde una perspectiva sanitaria Pedro García Fortea, Subdirector Médico HMI-HRU.Málaga. Jornada de Salud laboral sobre Enfermedades profesionales: Hagamos visible lo invisible (CC.OO, 14 de diciembre de 2009)
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21. Sistema de protección social: Macrogestión: Financiación Durante 2006, se destinaron 200.333 mill.€ a prestaciones de protección social (75% gastos previstos en PGE), de las que 62.404 mill.€ lo fueron de enfermedad.
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Hinweis der Redaktion
Mi exposición contemplará su perspectiva sanitaria del riesgo profesional, destacando la complejidad tanto en la determinación de sus efectos como en el abordaje de su prevención, y los sistemas de protección social establecidos. Por último, se analiza la información que proporciona el sistema de comunicación de enfermedades profesionales de la SS (CEPROSS), mostrando indicios de infradeclaración en Andalucía, con consecuencias para hacer prevención de manera efectiva, así como también económicas (al soportar el SPS un gasto que compete a la Mutua o a la entidad que gestione las contingencias profesionales).
Mi exposición contemplará su perspectiva sanitaria del riesgo profesional, destacando la complejidad tanto en la determinación de sus efectos como en el abordaje de su prevención, y los sistemas de protección social establecidos. Por último, se analiza la información que proporciona el sistema de comunicación de enfermedades profesionales de la SS (CEPROSS), mostrando indicios de infradeclaración en Andalucía, con consecuencias para hacer prevención de manera efectiva, así como también económicas (al soportar el SPS un gasto que compete a la Mutua o a la entidad que gestione las contingencias profesionales).
Juicio basado en un análisis crítico de los elementos disponibles: Existencia de asociación (estadísticamente significativa, con precisión y fuerza adecuada) entre la exposición y efectos (relación entre la exposición y la gravedad del daño causado al individuo) como la relación entre exposición y respuesta (vinculación entre la exposición y el número de individuos afectados). No hay ambigüedad temporal: Se demuestra que la causa precede al efecto. La enfermedad se produce después de la exposición, dentro de un período determinado. Asociación no debida a errores: Muestral (fruto del azar), y Sesgos (de confusión, selección, información, o análisis). Consistencia, al obtener los mismos resultados ante circunstancias diferentes. Plausibilidad biológica. De acuerdo a los datos aportados por las características toxicológicas, químicas, físicas y de otro tipo del riesgo estudiado, es correcto, desde el punto de vista biológico, afirmar que la exposición genera una determinada alteración. Coherencia. Una síntesis global de las evidencias (epidemiología humana, estudios en animales, etc.) lleva a la conclusión de que existe una relación causal en sentido amplio y desde la perspectiva del sentido común.
Las técnicas preventivas pueden intervenir sobre el trabajador (Medicina del Trabajo, realizando sobre todo prevención 2ª o 3ª) o sobre su entorno físico (Seguridad, Higiene, y Ergonomía) o social (Psicosociología laboral y Política social). Las técnicas de prevención de los accidentes de trabajo son objeto de la Seguridad en el trabajo, mientras que las enfermedades profesionales es la Higiene en el trabajo, a través del estudio del riesgo y la actuación sobre los factores ambientales de la comunidad. Se distinguen riesgos de tipo físico (con relación dosis-respuesta, o no si se trata de efectos estocásticos), biológico (de efecto en relación a la virulencia y cantidad del inóculo, así como los mecanismos de defensa del individuo), y químico (por la acción tóxica del agente, casi siempre órgano-específica, además de eventuales efectos mutagénicos y teratogénicos). En cuanto a los efectos, pueden detectarse tras tiempo variable (agudos o crónicos), permitir la recuperación del estado anterior (reversibles o no), ser proporcionales a la dosis recibida (estocásticos o no), o estar en relación a su eliminación (acumulativos o no).
El ordenamiento jurídico que regula los derechos a la percepción de prestaciones varía de un país a otro, existiendo bien un sistema de listas (el origen profesional de estas enfermedades debería presumirse en las condiciones preestablecidas, salvo prueba en contrario), bien un sistema de definición genérica o de cobertura global, o bien un sistema mixto. Criterios de inclusión de una nueva enfermedad profesional en la lista internacional de la OIT son: la intensidad de la relación entre exposición y efectos; la aparición de la enfermedad junto con una determinada actividad o un medio ambiente de trabajo concreto (que comprende tanto la aparición del cuadro como una naturaleza específica de esta relación); la magnitud del riesgo, medida sobre la base del número de trabajadores expuestos o de la gravedad del riesgo; y la inclusión de la enfermedad en varias listas nacionales
Mi exposición contemplará su perspectiva sanitaria del riesgo profesional, destacando la complejidad tanto en la determinación de sus efectos como en el abordaje de su prevención, y los sistemas de protección social establecidos. Por último, se analiza la información que proporciona el sistema de comunicación de enfermedades profesionales de la SS (CEPROSS), mostrando indicios de infradeclaración en Andalucía, con consecuencias para hacer prevención de manera efectiva, así como también económicas (al soportar el SPS un gasto que compete a la Mutua o a la entidad que gestione las contingencias profesionales).
Mi exposición contemplará su perspectiva sanitaria del riesgo profesional, destacando la complejidad tanto en la determinación de sus efectos como en el abordaje de su prevención, y los sistemas de protección social establecidos. Por último, se analiza la información que proporciona el sistema de comunicación de enfermedades profesionales de la SS (CEPROSS), mostrando indicios de infradeclaración en Andalucía, con consecuencias para hacer prevención de manera efectiva, así como también económicas (al soportar el SPS un gasto que compete a la Mutua o a la entidad que gestione las contingencias profesionales).
Mi exposición contemplará su perspectiva sanitaria del riesgo profesional, destacando la complejidad tanto en la determinación de sus efectos como en el abordaje de su prevención, y los sistemas de protección social establecidos. Por último, se analiza la información que proporciona el sistema de comunicación de enfermedades profesionales de la SS (CEPROSS), mostrando indicios de infradeclaración en Andalucía, con consecuencias para hacer prevención de manera efectiva, así como también económicas (al soportar el SPS un gasto que compete a la Mutua o a la entidad que gestione las contingencias profesionales).