El documento describe el sistema financiero de Chile. Explica que desde la década de 1960 ha habido una liberalización y profundización del sistema financiero chileno, incluyendo la privatización de bancos en los 1970s y reformas legales en las décadas siguientes. También describe la estructura actual del mercado chileno de valores, los principales emisores, intermediarios e inversionistas institucionales, y las leyes y organismos reguladores que gobiernan el sistema financiero chileno.
1. SISTEMA FINANCIERO EN CHILE
Finanzas III – G. Hormazábal P.
Miércoles 14 de Abril de 2010
2. INTRODUCCIÓN
Robinson(1952) y Merton
(1998) argumentan que el
desarrollo financiero de los
países es causante del
desarrollo económico de los
mismos. Levin (1997) enuncia
el rol de los mercados
financieros como impulsores
del desarrollo, mientras que
Lucas (1988) lo desestima.
Los activos del sistema financiero incluyen los pasivos líquidos del sistema bancario, la
capitalización del mercado accionario, los bonos privados domésticos y los bonos públicos
domésticos.
Fuente: Beck, Demirguç-Kunt y Levine (2003)
3. INTRODUCCIÓN
Los sistemas financieros surgen con el propósito de
reducir los costos y minimizar las fricciones y asimetrías
que existen en los mercados.
El modo en que estos problemas se resuelven influye en
las decisiones de ahorro e inversión, y afectan a la
asignación de recursos de las economías y al crecimiento
económico.
4. DESARROLLO FINANCIERO
EN CHILE
’60s : Economía cerrada al comercio mundial y alta
intervención estatal.
’74s : Liberación de tasas de interés, eliminación de
controles crediticios, alta privatización.
’85s : Revisión de las instituciones, nueva Ley de
Bancos, Ley de Quiebras, Reforma de
Pensiones.
5. DESARROLLO FINANCIERO
EN CHILE
’90s : Liberalización y profundización,
internacionalización de la banca.
2001: Ley de OPAS, Ley de Mercado de Capitales, I,
II y III, desregulación de la industria de
Fondos Mutuos y de Seguros, Multifondos.
8. ESTRUCTURA DEL MERCADO
Principales emisores de valores
Sociedades anónimas abiertas,
Bancos e instituciones financieras,
Fondos institucionales,
Banco Central,
Tesorería General de la República
Instituto de Normalización Previsional (INP),
Sociedades securitizadoras,
Emisores extranjeros.
9. ESTRUCTURA DEL MERCADO
Principales emisores de valores
Sociedades Anónimas:
Pueden emitir títulos de renta variable (acciones) y
títulos de renta fija (principalmente bonos y efectos de
comercio).
Bancos e Instituciones Financieras:
Participan en el mercado a través de la emisión de
depósitos, letras hipotecarias y bonos bancarios, entre
otros.
10. ESTRUCTURA DEL MERCADO
Principales emisores de valores
Fondos Patrimoniales o Institucionales:
Fondos mutuos, Fondos de inversión, Fondos de
inversión de capital extranjero y Fondos para la
vivienda.
Instituciones Públicas:
Banco Central de Chile: bonos y pagarés con diferentes
denominaciones.
Tesorería General de la República: bonos.
Instituto de Normalización Previsional: bonos de
reconocimiento.
Empresas públicas.
11. ESTRUCTURA DEL MERCADO
Principales emisores de valores
Sociedades Securitizadoras:
Adquieren activos o derechos sobre flujos futuros con los
cuales constituyen un patrimonio separado que respalda
la emisión de un bono securitizado que se ofrece
públicamente en el mercado.
Emisores Extranjeros:
Cuotas de fondos, Acciones y Certificados de Depósitos
de Valores (CDV). Deben inscribirse en un registro
público especial denominado “Registro de Valores
Extranjeros”.
12. ESTRUCTURA DEL MERCADO
Intermediarios Financieros
Intermediarios Operaciones de Sociedades de
Corredores de intermediación apoyo a la
bolsa. Bolsas de intermediación
Agentes de valores. Cámaras de
valores. Extra compensación.
Bancos e bursátil. Depósito
instituciones central de
financieras. valores.
13. ESTRUCTURA DEL MERCADO
Intermediarios Financieros
• Los intermediarios tienen por objeto exclusivo el corretaje de
valores.
• Custodia de valores; administración de cartera de terceros;
asesoría y comisión específica para la compra y venta de
valores en mercados de valores extranjeros; prestación de
asesorías o realización de determinados estudios;
representación de personas naturales o jurídicas, nacionales o
extranjeras en algunas materias, y realización de "contratos
forwards", entre otras.
14. ESTRUCTURA DEL MERCADO
Intermediarios Financieros
• Bolsas de Valores:
Tienen por objeto proveer a sus miembros (corredores) la
implementación necesaria para que puedan realizar eficazmente, las
transacciones de valores mediante mecanismos continuos de
subasta pública y para que puedan efectuar las demás actividades de
intermediación de valores que procedan en conformidad a la ley, de
manera de asegurar la existencia de un mercado competitivo,
ordenado y transparente.
• Cámaras de Compensación:
Tienen por objeto ser la contraparte de todas las compras y ventas
de contratos a futuro, de opciones sobre valores y otros de similar
naturaleza que autorice la SVS. Estas entidades sólo pueden estar
constituidas por bolsas de valores y sus respectivos corredores.
15. ESTRUCTURA DEL MERCADO
Intermediarios Financieros
• Depósitos Centralizados de Valores:
Son instituciones especializadas en la inmovilización, custodia
y transferencia de valores. La inmovilización es un aspecto
fundamental, ya que al lograr reunir los instrumentos que se
transan se evita que las transferencias de propiedad
impliquen el traspaso físico de los valores desde el vendedor al
comprador, disminuyendo los riesgos asociados y creando
una oportunidad para la disminución de los costos de
transacción. Asimismo, el sistema de registro en cuenta hace
posible la emisión de valores en forma desmaterializada.
16. DEMANDA DE VALORES
Inversionistas
• La Ley de Mercado de Valores señala que los inversionistas
institucionales son bancos, sociedades financieras, compañías
de seguros, entidades nacionales de reaseguro y
administradoras de fondos autorizados por ley.
• Otra figura definida por la regulación del mercado de valores
es el inversionista calificado. La normativa considera que se
puede clasificar en dicha categoría a todos los inversionistas
institucionales, a los intermediarios de valores y a las
personas naturales o jurídicas que declaren y acrediten contar
con inversiones financieras no inferiores a 2.000 UF.
17. DEMANDA DE VALORES
Inversionistas Institucionales
• Fondos de Pensiones:
Son los inversionistas institucionales más importantes en
términos de volúmenes de inversión. Su administración es
ejercida por sociedades anónimas especiales, de objeto
exclusivo y deben contar con un patrimonio mínimo.
• Compañías de Seguros:
Las compañías de seguros se dividen en de vida o generales:
las primeras, además de comercializar seguros de vida,
también ofrecen rentas vitalicias, giro por el cual captan
abundantes recursos, los cuales son prioritariamente
invertidos en instrumentos de deuda de largo plazo.
18. DEMANDA DE VALORES
Inversionistas Institucionales
• Fondos Mutuos:
Patrimonio integrado por aportes de personas naturales y
jurídicas para su inversión en valores de oferta pública. El
patrimonio de cada fondo mutuo se divide en cuotas
rescatables, todas ellas de igual valor y características.
• Fondos de Inversión:
Patrimonio integrado por aportes de personas naturales y
jurídicas para su inversión en valores y bienes que autorice la
Ley de Fondos de Inversión.
19. DEMANDA DE VALORES
Inversionistas Institucionales
• Fondos de Inversión de Capital Extranjero (FICE) y
Fondos de Inversión de Capital Extranjero de Riesgo
(FICER):
Los fondos de inversión de capital extranjero están regulados
por la Ley 18.657 y son fondos cuyo patrimonio está formado
por aportes realizados fuera del territorio nacional por
personas naturales o jurídicas.
Los FICE sólo invierten en valores de oferta pública y los
FICER invierten en valores de emisores no registrados en la
SVS.
20. DEMANDA DE VALORES
Inversionistas Institucionales
• Fondos para la Vivienda:
El fondo para la vivienda es un patrimonio constituido con los
recursos depositados en las cuentas de ahorro para
arrendamiento de viviendas con promesa de compraventa. La
forma en que se pueden invertir estos recursos está
determinada por la Ley de Leasing Habitacional N° 19.281. La
administración de estos fondos es ejercida por sociedades
anónimas especiales, de objeto exclusivo cuya existencia
requiere de una autorización previa de la Superintendencia
21. DEMANDA DE VALORES
Inversionistas Institucionales
• Inversionistas Extranjeros:
Participan activamente en nuestro mercado a través de
diferentes mecanismos para ingresar sus capitales. Entre ellos
se encuentran: el Decreto Ley 600, a través de un contrato de
inversión; la Ley Nº 18.657, que crea los Fondos de Inversión
de Capital Extranjero; el Capítulo XIV del Compendio de
Normas de Cambios Internacionales del Banco Central, a
través de aportes de capital o créditos externos, y el Título
XXIV de la Ley de Mercado de Valores, que regula la oferta
pública de valores extranjeros en el país, en la cual pueden
participar como oferentes y demandantes inversionistas
extranjeros.
22. LEYES Y REGULACIONES
DEL MERCADO CHILENO
• Ley N°20.382,
▫ Introduce Perfeccionamientos a la Normativa que Regula los
Gobiernos Corporativos de las Empresas.
• Ley N°20.345,
▫ sobre Sistema de Compensación y Liquidación de Instrumentos
Financieros.
• Ley N°20.190 (MK2)
▫ Introduce adecuaciones tributarias e institucionales para el
fomento de la industria de capital de riesgo y continúa el proceso
de modernización del Mercado de Capitales
• Ley N° 20.019,
▫ regula a las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales.
23. LEYES Y REGULACIONES
DEL MERCADO CHILENO
• Ley N° 20.108,
▫ prorroga plazos de la Ley N° 20.019.
• D.S N° 75, de 2006,
▫ aprueba Reglamento sobre Organizaciones Deportivas.
• Ley Nº19.769.
▫ Flexibiliza las inversiones de los Fondos Mutuos y Compañías de
Seguro, crea Administradora General de Fondos, facilita la
internacionalización de la Banca, y perfecciona leyes de
Sociedades Anónimas y de Fondos de Inversiones.
24. LEYES Y REGULACIONES
DEL MERCADO CHILENO
• Ley Nº19.768.
▫ Introduce adecuaciones de índole tributaria al mercado de
capitales y flexibiliza el mecanismo de ahorro voluntario.
• Ley Nº 19.705.
▫ Regula las Ofertas Públicas de Adquisición de Acciones (OPAS) y
establece régimen de Gobiernos Corporativos.
• Ley Nº 18.045
▫ de Mercado de Valores "incluye última modificación
introducida por la ley N° 20.382, publicada en el Diario
Oficial de 20 de octubre de 2009.
25. LEYES Y REGULACIONES
DEL MERCADO CHILENO
• D.S. de Hda. Nº 587de 1982,
▫ Reglamento de Sociedades Anónimas.
• D.L. Nº 1.328 de 1976,
▫ sobre Administración de Fondos Mutuos.
• D.S. de Hda. Nº 249 de 1982,
▫ Reglamento de Fondos Mutuos,
• Ley Nº 18.657
▫ de Fondos de Inversión de Capital Extranjero
• Ley Nº 18.815
▫ sobre Fondos de Inversión.
26. LEYES Y REGULACIONES
DEL MERCADO CHILENO
• Ley Nº 19.281,
▫ Arrendamiento de Viviendas con Promesa de Compraventa.
• D.S.Nº 120 de 1995,
▫ Reglamento sobre arrendamiento de viviendas con promesa
de compraventa.
• Ley Nº 19.220,
▫ Regula Establecimiento de Bolsas de Productos
Agropecuarios (incluye modificaciones introducidas por la
ley N°19.826, actualizada al 24 de enero de 2003.
27. REGULADORES Y FISCALIZADORES
DEL MERCADO CHILENO
• El Banco Central de Chile también cumple una función
reguladora a través de la normativa que emite en
relación con el mercado monetario y cambiario.
• Además, el Banco Central regula las transacciones de los
denominados American Depositary Receipts (ADRs), los
límites en las inversiones de instrumentos en el
extranjero que posean los inversionistas institucionales y
el ingreso y salida de divisas para esos fondos, dentro de
otras funciones.
28. REGULADORES Y FISCALIZADORES
DEL MERCADO CHILENO
• Los participantes del mercado, y sus operaciones, son
regulados y fiscalizados por:
▫ Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), que
supervisa los mercados de valores y de seguros;
▫ Superintendencia de Administradoras de Fondos de
Pensiones (SAFP), que regula y fiscaliza el sistema de
pensiones y el Seguro de Cesantía
▫ Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras
(SBIF), que regula y fiscaliza el sistema bancario.
29. REGULADOS
DEL MERCADO CHILENO
• Emisores de valores (Ley N° 18.045)
• Sociedades anónimas abiertas (Ley Nº 18.045 y Ley N° 18.046)
• Sociedades en comandita por acciones (Ley Nº 18.045)
• Agentes de valores (Título VI, Ley Nº 18.045)
• Corredores de bolsas (Título VI, Ley Nº 18.045)
• Bolsas de valores (Título VII, Ley Nº 18.045)
• Administradoras de fondos mutuos y los fondos que administran (DL
Nº 1.328, de 1976)
30. REGULADOS
DEL MERCADO CHILENO
• Administradoras de fondos de inversión y los fondos que
administran (Ley Nº 18.815).
• Administradoras de fondos de inversión de capital extranjero
y los fondos que administran (Ley Nº 18.657).
• Clasificadoras de riesgo (Título XIV de la Ley Nº 18.045).
• Empresas de valores y custodia de valores (Ley Nº 18.876).
31. REGULADOS
DEL MERCADO CHILENO
• Auditores externos independientes (Art. 52, Ley Nº 18.046)
• Arrendamiento de vivienda con promesa de compraventa:
administradoras de fondos para la vivienda, los fondos que
estas sociedades administran y las sociedades inmobiliarias
(Ley Nº 19.281).
• Sociedades securitizadoras (Título XVIII, Ley Nº 18.045)
• Cámaras de compensación (Título XIX, Ley Nº 18.045)
• Emisores de valores extranjeros (Certificados de Depósito de
Valor, CDV) (Título XXIV, Ley N° 18.045)
32. ENTIDADES DE APOYO A LA
INTERMEDIACIÓN
• Son organismos privados que contribuyen a la labor de
fiscalización de los órganos reguladores, mediante el análisis y
validación de la información financiera de las sociedades. Este
es el caso de las clasificadoras de riesgo y de los auditores
externos.
▫ Clasificadoras:
Feller, Humpreys, Fitch, ICR.
▫ Auditores:
PriceWaterHouseCoopers, Delloite, KPMG, Ernst &Young, Surlatina.
33. ENTIDADES DE APOYO A LA
INTERMEDIACIÓN
• Clasificadoras de Riesgo:
▫ Clasifican valores de oferta pública y otros que autorice la SVS. La
clasificación de riesgo es obligatoria para los bonos y efectos de
comercio y voluntaria para las acciones y las cuotas de fondos
mutuos.
• Auditores Externos:
▫ Constatan que la información proporcionada a la SVS y al público
en general, es una expresión verdadera de la situación financiera
de las sociedades fiscalizadas. Examina la contabilidad,
inventario, balance y otros estados financieros y expresar su
opinión profesional e independiente sobre dichos documentos.
34. SISTEMA FINANCIERO EN CHILE
Finanzas III – G. Hormazábal P.
Miércoles 14 de Abril de 2010