Índigo Energía e Industria No. 15 - digitalización en industria farmacéutica
Análisis Costo-Beneficio de la Ley de Regulación del Sistema de Ventas Programadas
1. Caracas, Diciembre 2011
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CEDICE LIBERTAD
Av. Andrés Eloy Blanco
Proyecto de Ley de Regulación y Control del Sistema de Ventas (Este 2) Edif. Cámara
de Comercio de Cara-
Programadas RESUMEN EJECUTIVO cas. Nivel Auditorio, Los
Caobos. C a r a c as ,
El presente documento recoge venezolano desde marzo de Resalta del proyecto de Ley, la Venezuela. 1050-A.
el Análisis Costo Beneficio 2011, siendo finalmente coincidencia en cuanto al título,
Telf: +58(212) 5713357
aplicado a la Ley de aprobada en plenaria de el cual al igual que la ley Fax: +58(212) 5760512
Regulación y Control del segunda discusión a principios aprobada para el sector de
Sistema de Ventas de Diciembre. Llama la atención arrendamiento de vivienda, está
Programadas, con la intención que los proyectos preliminares enfocado al control de una
de promover la discusión estaban dirigidos a las compras actividad económica existente.
Encuéntranos en el
publica en cuanto a sus programadas de vehículos, Está ampliamente demostrada Grupo de Facebook:
posibles bondades y las siendo finalmente aprobado en en la teoría económica que los cedice
deficiencias de las cuales un proyecto de ley que abarca a controles directos sobre la
pudiera adolecer. Cabe todos los bienes que pudieran actividad económica , terminan
destacar que el proyecto de ser objetos de comercialización por generar mayores
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Ley analizado estuvo previsto mediante el sistema de compras distorsiones y perjudican al @cedice
en la Agenda Legislativa que programadas, constituyendo consumidor. Lo cual se
diseñó el parlamento esta versión el insumo y objeto desarrolla en el presente
del presente análisis. análisis.
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CRITERIOS ESGRIMIDOS PARA DISCUTIR EL PROYECTO DE LEY correo electrónico:
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Existen dos ámbitos a partir del cual puede ser aplicado un análisis económico al presente proyecto de
Ley. El primero, el normativo, para apuntar hacia el diseño ideal que debería tener el proyecto de Ley. El
segundo, el positivo, para intentar entender qué elementos, intereses e ideas determinaron la redacción
del proyecto de Ley bajo análisis.
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Desde la perspectiva normativa, pudiera tener sentido una regularización legal a favor del
reconocimiento, la mejora y el perfeccionamiento de la actividad de administración de fondos para
compras programadas; creándose así un marco institucional-regulatorio que coadyuve al desarrollo y
potenciación del bienestar social que esta actividad generaría. En Venezuela las eventuales fallas
ocurridas en los mercados en los cuales se presta este servicio pudo haber sido producto, cuando
menos parcialmente, por la ausencia de un marco regulatorio que estableciera las condiciones y la
caracterización mínima que deben cumplir los prestadores del servicio, así como los contratos o la
relación con sus clientes.
En el ámbito positivo, aun cuando los beneficiarios de esta modalidad, los prestadores del servicio de
administración de fondos para la adquisición de bienes, los oferentes primarios de los bienes –línea
marrón, línea blanca, inmuebles, vehículos, etc.-, los consumidores aportadores al fondo, constituyen
grupos significativos de agentes económicos pero finitos o limitados, podría tener sentido preguntarse si
Rafael González.
existe algún interés público en la materia sobre la cual se estaría normando. Economista, Master in
Industrial Organization
Sobre ello habría que realizar una precisión previa respecto al nivel de oferta y de la demanda de bienes and Markets. Master in
subyacentes en los contratos y/o planes. Si bien esta modalidad pudiera permitir a aquellos individuos Competition and Market
Regulation. Investigador
del Observatorio
Económico Legislativo de
Si desea más información sobre este boletín escriba a: aliciasepulvedacedice@gmail.com CEDICE
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servicios de compras programadas. Para que exista poder
sin capacidad patrimonial y/o no bancarizados contar con
de compra del fondo administrado y los futuros
una alternativa de financiamiento para la adquisición de un
adjudicatarios del bien puedan tener acceso al mismo se
bien; la materialización de la compra dependerá de si existe
requiere resguardar el valor en términos reales del fondo,
disponibilidad u oferta suficiente del bien.
particularmente con respecto a los cambios de precios de
los bienes subyacente en los contratos. Lo anterior no
En este sentido, existiendo limitaciones en la oferta, una
puede ocurrir si no existen ajustes en las cuotas, lo cual
Ley que reconozca y permita el desarrollo de este tipo de
pareciera imposibilitarse según lo descrito en el numeral 5.
actividades no garantiza que el interés público esté siendo
protegido, entendiéndose este (en el ámbito de las
En esa misma línea, el Artículo 8 sobre las
actuaciones públicas en la economía) como la garantía de
“Prohibiciones”, en su numeral 1, imposibilita que se
expandir la demanda satisfecha. Este llamado de atención
establezcan y utilicen mecanismos de actualización de
resulta fundamental para no crear falsas expectativas sobre
precios. Esta disposición haría que el fondo a ser
la aprobación del proyecto de Ley.
administrado pierda su poder de compra o valor real a lo
largo del tiempo, haciendo inviable al servicio de ventas
La idea expuesta anteriormente sirve para hacer el análisis
programadas. El referido numeral hace mención a una
en el ámbito positivo de ciertos riesgos a los que se ha
regulación de precios fijados por el órgano competente.
podido encontrar expuesta la calidad de la redacción del
Esta disposición estaría creando una regulación de
presente proyecto de Ley. Venezuela se encuentra en un
precios que trasciende la naturaleza que debería tener la
periodo pre-electoral trascendental, en el cual intereses
norma al regular los servicios de compras programadas.
electorales pudieran estar detrás de iniciativas
Carece de asidero normativo y regulatorio tal imposición
parlamentarias para ponerse a favor de redactar y aprobar
velada de precios administrados sobre los bienes
ciertos instrumentos legales. De allí que la redacción
subyacentes, especialmente cuando la norma debería
presentada en el proyecto de Ley de Regulación y Control
regularizar y normar a los servicios de ventas o compras
del Sistema de Ventas Programadas (así como el espíritu
programadas. Incluso resultaría discriminatorio que los
de una serie de disposiciones) pueden resultar
bienes subyacentes estén sometidos a una regulación y
anticonstitucionales y confiscatorias, dado que podría
control de precios cuando el resto de los demandantes por
pensarse que el redactor del proyecto ha estado capturado
otros medios de adquisición y/o financiamiento no están
a favor de una fracción o particularidad política para intentar
sujetos a regulación de precios.
capitalizar alguna ganancia electoral.
El Artículo 19 sobre la “Póliza de seguro” prohíbe que la
Retomando el criterio normativo, el esfuerzo que implica la
empresa de servicios de compras programadas pueda
redacción de una norma específica para este tipo de
trabajar preferible o exclusivamente con una compañía de
actividad –las compras programadas-, debería constituir un
seguros determinada. Si la intención del redactor es
avance en contraste a las prohibiciones absolutas y
prohibir los empaquetamientos o las ventas vinculadas,
administrativas que ciertos entes administrativos han
debe destacarse que este tipo de prácticas no
impuesto hacia esta actividad económica y sobre ciertos
necesariamente generaría una lesión al consumidor final.
prestadores de este servicio. La oportunidad que implicó
Por ejemplo, podrían existir razones de eficiencia que
abrir un espacio de análisis y discusión sobre la norma que
justifiquen el despliegue de este tipo de prácticas, como la
reconozca y regule la actividad de compras programadas
reducción de costos transaccionales, descuentos por
resultará positiva, en la medida que cree incentivo
volúmenes o descuentos por lealtad que implicaría una
favorables a la prestación de dicho servicios.
situación ganar-ganar tanto para el consumidor o cliente,
para la empresa de servicios de compras programadas y
PRINCIPALES ASPECTOS DEL PROYECTO DE LEY
para la empresa de seguros.
El numeral 5 del Artículo 6 constituye una disposición
confiscatoria e inconstitucional sobre los prestadores de los El Artículo 26 sobre el “Capital mínimo” podría constituir
servicios de compras programadas. El numeral en cuestión una barrera legal de entrada al mercado de servicios de
exige que el precio de la venta del bien mueble no podrá compras programadas. Si la intención es garantizar
sufrir modificaciones. Esta disposición violaría la restricción corresponsabilidad de los accionistas y capacidad
de participación de los oferentes del servicio de compras patrimonial de respuesta por parte de los propietarios,
programadas, haciéndolos inviables económicamente. Las podría diseñarse un porcentaje sobre el fondo
empresas de ventas programadas no pueden financiar a administrado.
pérdida los cambios de valor de los bienes subyacentes a
lo largo del tiempo. En este sentido, se destruirán todos los El Artículo 33 sobre la “Obligación de la empresa a
incentivos para constituir, operar y desarrollar empresas y informar”, resulta absolutamente descontextualizado y
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desproporcionado. Este Artículo impone una serie de COSTOS Y BENEFICIOS
obligaciones informacionales a las empresas de ventas Los efectos de la aprobación de la Ley de Regulación y
programadas sin asidero alguno ni base legal y Control del Sistema de ventas Programadas serían
constitucional. fundamentalmente negativos, dada la redacción actual,
por varias razones que se expondrán a continuación:
El Artículo 35 sobre la “Producción mínima destinada a las Primero, se lesionará a los proveedores actuales y
ventas programadas” constituye un desincentivo en contra potenciales de los servicios de ventas programadas. Las
de la oferta de servicios de ventas programadas. La disposiciones que evitan la viabilidad económica de los
imposición de una oferta simular a favor de un competidor proveedores de los servicios de ventas programadas –por
parece basarse en la débil teoría de apalancamiento para ejemplo, la prohibición de ajuste de cuotas por inflación-,
explotar un poder de mercado. Sin embargo, lo que logrará lesiona a toda la actividad económica desarrollada hasta
es lesionar los incentivos a favor de la oferta de los servicios la fecha, así como la potencialmente desarrollable por
de ventas programadas. todas aquellas empresas que podrían prestar servicios de
compras programadas. Cabe destacar que el mercado de
Los agentes económicos involucrados en la actividad compras programadas, según el gremio que los afilia
económica de servicio de administración de un sistema de (CAVECOMPRAS) emplea a 1.500 familias, sumando
fondos para la adquisición de bienes -conocido como más de 30.000 asociados que se benefician del Sistema
compras programadas- son: primero, los oferentes del de Compra Programada.
servicio (las empresas de compras programadas), segundo,
los clientes de las anteriores, quienes aportan recursos Segundo, estarán siendo lesionados todos los
monetarios al fondo administrado, tercero, de forma un tanto consumidores que verán desaparecer o constreñirse este
más indirecta los oferentes de los bienes que serían tipo de oferta de servicios, el cual representaba una
adquiridos por el fondo administrado, cuarto, aquellos formula para acceder a bienes a que implicaban una
proveedores de insumos operativos para las empresas de elevada inversión..
compras programadas, quinto, los comercializadores finales
de los activos subyacentes en los contratos de las compras Tercero, se podría lesionar a los consumidores o
programadas, los cuales constituyen eventuales compradores de bienes subyacentes en los contratos,
competidores de las empresas de ventas programadas. que no los adquieran por medio de compras
programadas. En la medida que las estructuras de costos
La red de comercialización final, podría estar siendo de los oferentes finales de bienes pierdan economías de
afectada, en la medida que existan disposiciones obligatorias escala, los precios de los bienes podrían verse
de disponer o destinar porcentajes o un número de bienes incrementados.
para ser comercializados por medio del sistema de compras
programadas. Cuarto, la presión de la demanda sobre una oferta rígida
en el corto plazo, podría crear presiones inflacionarias a
El sentido de la afectación, positiva o negativa, dependerá la par que crearán o acentuarán los incentivos para
del diseño, redacción y la administración de la norma. El extraer rentas de escases y arbitrar con los bienes
legislador debería proteger el interés público y actuar como subyacentes. Es así como, podrían aparecer fuertes
un regulador o un “Estado Benevolente”, el cual debería incentivos a favor de la proliferación de mercados
procurar el diseño de una normativa que garantice el mejor secundarios.
desempeño del sector de servicios de compras
programadas, lo que significa resguardar los suficientes La principal alternativa la constituye la redacción de un
incentivos a favor de la oferta del servicio, así como las marco regulatorio general de los sistemas de compras
disposiciones de carácter prudencial que garanticen la programadas que tenga por norte la sostenibilidad y
continuidad del sistema y los recursos administrados, así multiplicación de la oferta de este servicio. El
como las disposiciones que corrijan las asimetrías de reconocimiento de esta actividad vía desarrollo normativo
información entre las partes involucradas. implica admitir las bondades de este tipo de sistemas, el
cual permite expandir las alternativas de financiamiento a
los consumidores; que existiendo la suficiente oferta,
implicaría un incremento de la eficiencia económica. Lo
anterior resulta crucial para el redactor de la Ley porque
si se cree que este tipo de instrumento legal generaría
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bienestar social y resguardaría a los consumidores, lo cierto cliente, coadyuvando a que este tome sus decisiones
es que todo dependerá de su redacción y del nivel de oferta de forma responsable y eficiente. Las dos dimensiones
primaria del bien. de la toma de decisiones de los usuarios que aportan
recursos al fondo administrado son cruciales.
La naturaleza regulatoria de un instrumento normativo que
se encuentre destinado a normar los servicios de sistemas La toma de decisiones responsables significa que el
de compras programadas es estrictamente prudencial y de usuario, cliente, consumidor o aportador de recursos
protección al consumidor o usuario por las eventuales es y debe ser co-responsable del sistema y del
asimetrías de información que pudieran existir. contrato. Al reducir las asimetrías de información
sobre el funcionamiento del sistema y sus condiciones,
Lo anterior significa que el enfoque prudencial exigirá que la condición de débil jurídico del usuario se corrige o
las empresas que pretendan proveer los servicios de ventas desaparece. Una vez reducido y corregido el problema
programadas deberán estar debidamente constituidas y de asimetría de información, mal puede el cliente lucir
registradas. Asimismo, estas empresas deberán contar con como ignorante y débil jurídico. Es por esto que las
suficiencia patrimonial para responder por la administración instancias públicas no deberían forzar desequilibrios
de fondos no propios. Es así como, deberá determinarse un en contra de los prestadores de los servicios de
porcentaje sobre la capacidad de manejo de fondos compras programadas porque se crearían incentivos
administrados para constituir los requerimientos mínimos perversos para no solo generar problemas de riesgo
patrimoniales de la empresa. moral sino comportamientos oportunistas en
Adicionalmente, se requerirá que el instrumento legal cuente detrimento del resto de clientes y de la sostenibilidad
con disposiciones para dotar de información suficiente al del sistema.
Todas aquellas disposiciones que atentan que restringen la participación de los oferentes de los servicios de
compras programadas, atentará igualmente contra sus usuarios que no encontrarán el nivel de oferta de servicios
suficiente. Lo anterior resulta trascendental porque más allá de la transferencia de rentas que pudiera intentar
justificarse del primer grupo hacia el segundo, el constreñimiento de la oferta de los servicios producto de
disposiciones confiscatorias o violatorias de libertades económicas, atentará contra el bienestar social, el acceso a
los servicios de compras programadas y a bienes, y especialmente en contra del consumidor, el usuario y el
excedente del consumidor.
Frente a un proyecto de Ley como el analizado, es importante reiterar que no deben imponerse obligaciones
violatorias de las libertadas económicas, especialmente cuando existe razonadas evidencias de la existencia de
intereses por parte de los privados para prestar los servicios de compras programadas.
Al introducirse controles de precios que establece el escenario para generar distorsiones tales como subsidios
cruzados que al final destruyen el bienestar social, además de representar una confiscación económica
inconstitucional sobre los agentes económicos oferentes.
Una Legislación sana que incentive su aplicación no debería imponer requerimientos de capital que se erijan como
una barrera legal y económica a la entrada, pues ello genera incentivos perversos que conculcan el bienestar
general.
Si desea citar este documento:
Ley de Regulación y Control del Sistema de Ventas Programadas
Documento "Promoción del Diálogo Democrático a través de un Programa
de Análisis Legislativo y Económico"
CIPE-CEDICE, Diciembre 2011
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