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Caracas, Mayo 2012

                                                                                                                                      Pág. 1


                                                                                                                    CEDICE LIBERTAD

                                                                                                                    Av. Andrés Eloy Blanco
Decreto Ley del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.                                                       (Este 2) Edif. Cámara
                                                                                                                    de Comercio de Cara-
Buenas Intenciones, ¿Trágicos resultados?             RESUMEN EJECUTIVO                                             cas. Nivel Auditorio, Los
                                                                                                                    Caobos.      C a r a c as ,
La regulación laboral, como           directa     las    relaciones          servicios y riquezas en las            Venezuela. 1050-A.
política publica ha tendido a         laborales e implican costos            naciones.
                                                                                                                    Telf: +58(212) 5713357
centrarse     en   normativas         administrativos que deben              Debe entenderse que existe solo        Fax: +58(212) 5760512
concebidas        bajo        la      ser    asumidos     por    las         un camino para mejorar las
concepción del trabajador             empresas. A esa larga lista            condiciones de los trabajadores y
como       el débil jurídico,         se une una nueva ley del               ella es el incremento del capital
dejándose de lado los                 trabajo, los trabajadores y            invertido, los métodos restantes por
                                                                                                                     Encuéntranos en el
incentivos al empresario y a          las trabajadoras, la cual es           muy populares que sean , no solo        Grupo de Facebook:
la productividad misma del            cuestionable desde la forma            son inútiles sino que terminan por      cedice
trabajador, con lo cual el            como fue aprobada. Esta ley            perjudicar a aquellos a los que
sistema       de    relaciones        cambia las concepciones                quiere beneficiar. El presente
laborales      se   encuentra         modernas       de    alianzas          análisis sobre el Decreto Ley del
                                                                                                                     Síguenos en Twitter:
inmerso en un conjunto de             empleador-empleado,                    Trabajo, los Trabajadores y las         @cedice
normas        que    propician        sustituyéndolas           por          Trabajadoras revisa los costos que
informalidad, desempleo e             conceptos     caducos     que          dicha ley implica tanto para los
inflación.                            restringen las oportunidades           trabajadores      como    para    la
En      Venezuela       existen       de negociación y de trabajo            sociedad       en    su    conjunto,   Contáctanos por el
                                                                                                                    correo electrónico:
alrededor de 18 normativas            conjunto en pro de la                  principalmente por la perdida de       cedice@cedice.org.ve
que regulan de manera                 generación de bienes y                 oportunidades para la creación de
                                                                             nuevos puestos de trabajo.

                                                                                                                     Visita nuestra web:
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ANTECEDENTES
       Desde 1928, Venezuela ha tenido básicamente tres leyes del trabajo, la primera promulgada por
Juan Vicente Gómez. Esta ley tenía un claro objetivo de política internacional y en términos de beneficios
laborales no fue más que un saludo a la bandera.
       La segunda promulgada en 1936, estableció la jornada laboral de ocho horas, incorporando
sanciones que permitieran hacer cumplir sus normas y creando bases generales de los estudios técnicos
requeridos para establecer el Seguro Social Obligatorio. Dicha ley sufrió reformas en los años 1945,
1947, 1966, 1974, 1975 y 1983, y se mantuvo en vigencia hasta el 1° de mayo de 1991.
       La tercera fue la Ley del Trabajo promulgada en Gaceta Oficial del primero de mayo de 1991, la
cual presenta la relación de trabajo como una figura del sistema legal aunque relacionado con la del
contrato individual del trabajo para entender el origen y desarrollo del nexo entre el patrono y su
trabajador. Incorpora relaciones especiales de trabajo como lo es el transporte aéreo, lacustre, fluvial y
marítimo, de los trabajadores motorizados, minusválidos, de la mujer y de la familia. Esta ley permitió a
                                                                                                                    Elaborado por:
los sindicatos nacionales y regionales actuar en todo el territorio nacional y en jurisdicción de varios
                                                                                                                    Luis Alfonso Herrera O.
estados, también aumentó la participación de los trabajadores en los beneficios de la empresa,                      Abogado. Investigador del
incrementó el pago de antigüedad se ubicó en treinta días de salario por año de servicio y retroactivo.             Observatorio Económico
       Esta Ley de 1990-1991, fue reformada en 1997, ello como resultado de un consenso entre todos                 Legislativo de CEDICE
                                                                                                                    Alicia Sepúlveda.
                                                                                                                    Coordinadora del
                                                                                                                    Observatorio Económico
                Si desea más información sobre este boletín escriba a: aliciasepulvedacedice@gmail.com              Legislativo.
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                                                                 bienes y servicios de calidad), no fueron considerados al
los actores. Con esta reforma se estableció un nuevo
                                                                 momento de fortalecer y ampliar radicalmente los
cálculo de la antigüedad (sobre la base de aportes anuales
                                                                 derechos laborales de los trabajadores.
de 60 días de salario, calculados al último salario), se
insertó beneficios de orden laboral como el establecimiento
                                                                 PREMISAS DE UNA NORMATIVA LABORAL QUE
de una ley de seguridad social integral y calificaciones de
                                                                 GARANTICE EMPLEO PRODUCTIVO Y DIGNO
despido más beneficiosas para los trabajadores. Esta
                                                                        En cualquier país del mundo, la legislación laboral
reforma se originó en un contexto en el cual los
                                                                 constituye el contrato social más importante luego de su
incrementos salariales por productividad se habían
                                                                 Constitución. A partir de la normativa laboral se
deteriorado como resultado del cálculo retroactivo de
                                                                 desprenden relaciones laborales sanas, equilibradas y
prestaciones de antigüedad, además           que se había
                                                                 seguras, que con base al respecto mutuo entre
desincentivado la antigüedad en los puestos de trabajo.
                                                                 trabajadores y empleadores, garantizan la empleabilidad
       A propósito de la elaboración de la nueva
                                                                 del mayor número de trabajadores posible.
constitución en 1999, la Asamblea Constituyente en la
                                                                        Una normativa laboral que promueva el empleo
disposición transitoria cuarta, exhortó al Poder Legislativo
                                                                 productivo debería reflejar una política de empleo
para que en un lapso no mayor de un año estableciera una
                                                                 concertada sobre la base de cuatro ideas fundamentales:
ley del trabajo, que permitiera, entre otros, calcular las
                                                                        -La existencia de un empleo inducido, ello implica la
prestaciones sociales con base al último salario que
                                                                 adopción de una política activa destinada a fomentar el
devenga el trabajador. Pasaron 12 años de tal solicitud y el
                                                                 pleno empleo, productivo y libremente elegido, con efectos
poder legislativo no promulgó tal instrumento jurídico (a
                                                                 multiplicadores en la generación nuevas fuentes de
pesar de diversas propuestas y discusiones).
                                                                 trabajo como consecuencia del puesto de trabajo creado;
       A finales de 2011, el presidente de la República,
                                                                        -Capacitación y formación del personal, que permita
invocando los poderes habilitante, constituyó la Comisión
                                                                 afrontar los desafíos de las nuevas tecnologías y un
Presidencial para consultas sobre la LOT. Dicha comisión
                                                                 pensamiento estratégico que promueva el beneficio;
estuvo conformada por ministros del Trabajo y la Seguridad
                                                                        -Mecanismos tendentes a superar las inequidades
Social, de Planificación y Finanzas, el canciller y alrededor
                                                                 en el mercado laboral, garantizando la igualdad de
de 25 personas, del circulo cercano a la presidencia de la
                                                                 oportunidades en el acceso a los puestos de trabajo
republica, dejando por fuera a importantes sectores de la
                                                                        -Política activa de fijación de salarios, considerando
sociedad. Finalmente (luego de una supuesta discusión,
                                                                 factores de productividad, eficiencia, inclusión y dialogo
pues se considera que fue poco transparente y unilateral) el
                                                                 social y minimizando en ese proceso de fijación de
07 de Mayo de 2012, en Gaceta Extraordinaria No. 6.076
                                                                 salarios la intervención del Estado.
fue publicado el Decreto Ley del Trabajo, los trabajadores y
                                                                        Igualmente para que exista equilibrio entre las
las trabajadoras (DLOTTT), la cual es objeto del presente
                                                                 obligaciones generadas por la contratación laboral y los
análisis.
                                                                 beneficios que les corresponde a los trabajadores, la
       El DLOTTT, en sintonía con el contenido de otras
                                                                 estructuración y redacción de las leyes laborales deben
normativas vigentes tales como la Ley para la Defensa de
                                                                 presentar las siguientes características:
las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios y el
                                                                        -Sencillez, lo cual implica, facilidad para entenderla,
Decreto-Ley de Costos y Precios Justos (ambas contrarias
                                                                 aplicarla y manejarla, donde las disposiciones para cada
a la economía social de mercado, ver: http://cedice.org.ve/?
                                                                 tema o capitulo se basten por sí mismas y las referencias
p=3735 y http://cedice.org.ve/?p=2727), profundiza la
                                                                 cruzadas sean reducidas al mínimo.
tendencia seguida por la legislación y la regulación
                                                                        -Claridad, sin ambigüedades, donde se minimicen la
económica venezolana de los últimos años, de reconocer
                                                                 posibilidad de diferentes interpretaciones y la posibilidad
una jerarquía entre los derechos constitucionales conforme
                                                                 de acciones arbitrarias por parte de los funcionarios
a la cual sólo los derechos sociales serían verdaderos
                                                                 públicos, como resultado de una interpretación
derechos, en tanto que los restantes, los civiles, políticos y
                                                                 discrecional.
económicos, serían una mera invención de ideologías
                                                                        -Concentración, ello implica que debe ser
superadas, que sólo tenían vigencia durante el “caduco”
                                                                 esquemática, regular principios y contener las normas
Estado de Derecho, pero ya no en el Estado social o
                                                                 fundamentales aplicables en materia laboral.
“Global” como lo llama la Sala Constitucional (ver sobre
                                                                        El marco legal para el sector laboral, debe
este tema la sentencia: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/
                                                                 propender a la protección de las relaciones laborales y
scon/julio/1049-23709-2009-04-2233.html).
                                                                 principalmente más allá de las leyes como tal, se debe
       Quiere lo anterior decir que tanto los derechos
                                                                 garantizar el buen funcionamiento de las instituciones
económicos de los empresarios (libertad económica y
                                                                 encargada de vigilar el cumplimiento de las mismas. En la
propiedad privada) como los derechos económicos de los
                                                                 actualidad la conflictividad laboral, está explicada por las
consumidores y usuarios (a disponer, a acceder y a elegir
                                                                 escasas decisiones que toman las instituciones
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encargadas, lo cual fomenta en el trabajador actitudes            patrono que acreditarla como garantía de prestaciones
perversas frente a la empresa, minimizando la posibilidad de      trimestralmente. En dicho artículo la Ley ordena al patrono
exigencia en cuanto a productividad y calidad del trabajo         depositar 62 días de salario integral el primer año (antes eran
realizado, situación ésta que debe ser solventada.                45 días), 64 el segundo año y así sucesivamente hasta llegar
                                                                  a 90 días.        Estos depósitos deben hacerse en forma
      En Venezuela existen alrededor de 18 normas que de          trimestral (15 días por trimestre) calculados con base en el
manera directa condicionan el marco legal de la relación          último salario del trimestre y al final de cada año se depositan
laboral, entre ellas destacan: Ley de Alimentación de los         los 2 días adicionales por año adicional de servicios.
Trabajadores; Ley para las personas con discapacidad;             Igualmente en ese mismo artículo se ordena recalcular (al
Decreto de extensión de la inamovilidad laboral; Ley de           finalizar la relación de trabajo) la prestación de social a razón
protección a la familia; ley orgánica de prevención, condición    de 30 días de salario integral por año trabajado, ello con base
y medio ambiente de trabajo (LOPCYMAT). Los cuales                al último salario devengado por el trabajador.
redundan en un incremento del costo laboral que debe ser          Destaca, que el empleador debe cancelar al trabajador
asumido por las empresas. A ellas viene a sumarse la nueva        por concepto de prestaciones (en los cinco días
Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las                  siguientes al término de la relación laboral) el monto que
Trabajadoras.                                                     resulte mayor entre ambos cálculos.
                                                                  Se establece además el pago doble de las prestaciones
PRINCIPALES ASPECTOS DEL DECRETO LEY DEL                          calculadas, en casos de terminación de la relación de trabajo
T R AB AJ O ,     LOS       T R AB AJ AD O R E S     Y    L AS    por causas ajenas a la voluntad del trabajador, o en casos de
TRABAJADORAS.                                                     despidos injustificados sólo cuando el trabajador manifieste
El mandato de reforma a la Ley de Trabajo, establecido por        su voluntad de no interponer procedimiento para solicitud de
la Constitución de 1999, se refería a tres grandes aspectos:      reenganche (Art 92).
Aumento del lapso de prescripción, cambio en el sistema de        Igualmente se establece que las prestaciones serán deudas
prestación de antigüedad y reducción progresiva de la             privilegiadas, que en caso de quiebra, cierre o término de la
jornada laboral. Sin embargo la nueva ley del trabajo             acción económica de la compañía se pagarán primero que
modifica aspectos fundamentales, tales como la asignación         cualquier otra deuda, quedando el patrono (es decir, los
de roles dentro de la toma de decisiones, la vigilancia de los    accionistas de la compañía) obligados hasta con sus bienes
trabajadores en el tema de precios y ganancias y diversos         propios al pago de esta deuda privilegiada de su compañía.
conceptos, con los cuales se tiende a complicar el marco          Jornada Laboral:
regulatorio de la Relación Laboral.                               En ejecución de lo previsto en la Constitución de 1999, el
El DLOTTT consta de 554 artículos y 7 disposiciones               DLOTTT ordena para los centro de trabajo en que no se
transitorias, que buscan “la protección al trabajo como hecho     labora 24 horas al día los 7 días de la semana se establece la
social y garantizar los fines del Estado”, enunciado en el cual   reducción de la jornada laboral de 44 a 40 horas semanales y
se dejan de lado los intereses individuales o colectivo de los    dos días continuos de descanso semanal (sábados y
trabajadores. También se desprende del texto de la ley su         domingos), mientras que para los centros en que ello sí
vocación a propiciar la lucha de clases, resultando perversa      ocurre (trabajo 7 x 24) la jornada será de máximo 42 horas, y
para el empleador. Estos enunciados propician conflictividad      por cada semana de 6 días de trabajo corresponderá a ese
en la relación laboral, con lo cual a largo plazo terminará       trabajador un día adicional de vacaciones ese año. Estas
desincentivando la inversión y a la creación de nuevas            obligaciones se harán exigibles a partir del 1° de mayo de
fuentes de empleo.                                                2013, debido a la vacatio legis del DLOTTT en esta materia.
Es importante mencionar que el artículo 16 señala como            Régimen de la estabilidad e inamovilidad laboral y prohibición
fuentes del derecho de trabajo la inclusión social y el ideario   de la tercerización:
bolivariano, zamorano y robisoniano, estos últimos                El DLOTTT eliminó la posibilidad de despidos injustificados,
cuestionado por historiadores como idearios de lucha de           es decir, los restos de libertad de contratación que se
clase.                                                            encontraban en la legislación laboral de Venezuela, y en su
                                                                  lugar establece la inamovilidad y la estabilidad absolutas. En
Entre los temas reformados destacan:                              tal sentido, sólo se puede despedir por causas justificadas
Prestaciones de Antigüedad:                                       previstas en el DLOTTT (incumplimientos o faltas así
Las reformas sobre el tema de la prestaciones de antigüedad       previstas) y previa autorización del Juez laboral. En tal
(ahora sociales) se encuentra en los artículos 141 al 147, y      sentido, cuando se produzca un despido que el trabajador
específicamente en el 142, el cual establece que se               considere sin justificación, podrá acudir ante el Juez laboral
mantiene la forma de cálculo de las prestaciones, teniendo el     competente para que analice el caso y si no hay justificación
                                                                  ordene su reenganche.
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Consecuencia de este régimen inflexible de inamovilidad y la       administrativas o judiciales, y así entonces se acabarían
estabilidad absolutas, es que según el DLOTTT si el                con las violaciones a los derechos laborales y no se
trabajador, no obstante la orden de reenganche, decide no          pondría en riesgo los fines del Estado en este ámbito.
volver al trabajo el patrono debe pagar doble (el monto            El costo evidente de esta determinación del DLOTTT es
original más ese mismo monto como castigo) las                     que se sacrificarán la justicia y los derechos económicos
prestaciones sociales.                                             de los patronos y los consumidores y usuarios de los
En cuanto a las utilidades, éstas, al igual que las                bienes y servicios que esos patronos produzcan, pues las
bonificaciones de fin de año, serán de mínimo 30 días de           autoridades del Ejecutivo Nacional y los tribunales
salario.                                                           laborales no actuarán con independencia e imparcialidad
En cuanto a la tercerización, el DLOTT la define como la           en cada caso, atendiendo a los alegatos y pruebas de las
“simulación o fraude cometido por patronos o patronas en           partes, sino con el propósito deliberado de favorecer al
general, con el propósito de desvirtuar, desconocer u              trabajador y cumplir con los fines de índole política que el
obstaculizar la aplicación de la legislación laboral.”, de modo    Ejecutivo tenga en cada caso, con lo cual las
que lo prohibido es la intención de “desvirtuar, desconocer u      probabilidades de que el patrono resulte vencedor en un
obstaculizar la aplicación de la legislación laboral”, razón por   juicio justo son mínimas, y se reducen a cuando sea el
la cual debe entenderse, entonces, que la tercerización,           propio Estado el patrono (allí los fines de los trabajadores
subcontratación o outsourcing sólo está prohibida si es            es posible que coliden con los del Estado).
fraudulenta, solo que de verificar la autoridad competente         Y sin garantías jurídicas y Estado de Derecho, es
que se da un supuesto de tercerización contraria al DLOTTT         previsible que los patronos poco a poco tengan peores
el patrono tendrá, con esos trabajadores tercerizados todas        condiciones e incentivos para producir bienes y servicios
las obligaciones derivadas de la relación laboral, además de       de calidad, y los consumidores y usuarios cada vez, por
su incorporación a la nómina del patrono en un lapso de 3          tanto, menos bienes y servicios a los cuales acceder y
años contados desde la publicación del DLOTTT en Gaceta            disfrutar.
Oficial. Además, durante este lapso de incorporación, los
trabajadores tercerizados gozarán de inamovilidad laboral          - Cálculo retroactivo de las prestaciones sociales y
hasta tanto sean incorporados efectivamente a la entidad de        régimen para su pago y garantía: el beneficio de este
trabajo.                                                           regreso al régimen anterior a 1997 es que los
                                                                   trabajadores, al menos después de ciertos años de
COSTO BENEFICIO DE LAS PRINCIPALES NORMAS                          relación laboral estable (los expertos señalan que sólo
CONTENIDA EN EL DECRETO LOTTT                                      luego de 12 años o más de trabajo ininterrumpido es que
Los costos incrementados para el empleador como resultado          ello se lograría, véase: http://www.el-nacional.com/
de su adaptación a la nueva LOTTT se pueden clasificar en          noticia/33438/18/Retroactividad-beneficia-a-empleados-
tres grandes grupos: resultantes de aumento de los                 con-mas-antig%C3%BCedad.html), recibirán al término
beneficios laborales para el trabajador; las adaptaciones          de la relación de trabajo un monto mayor al que recibían
administrativas del recurso humano y la inversión por              conforme al régimen derogado pues (i) se pagará en
contingencia.    A continuación se resaltan los más                forma acumulada y no fraccionada el monto que
importantes,    considerando    los   principales  temas           corresponda según el DLOTTT por todos los años de la
modificados.                                                       relación laboral contados desde el día 1 y no luego de 3
                                                                   meses, y (ii) se tomará con base el salario
- Interpretación del DLOTTT como un instrumento para               (presumiblemente mayor a cualquier anterior) que tenga
favorecer a una parte de la relación laboral y para realizar los   el trabajador para la fecha en que culmine la relación de
fines del Estado: el beneficio de la declaratoria que hace el      trabajo, con lo cual se entiende que el trabajador (con
DLOTTT de que se dicta para proteger los derechos de sólo          independencia del sistema que adopte para ir
una parte de la relación laboral, los trabajadores, y para         acumulando sus prestaciones, sea contabilidad de la
realizar los fines del Estado, en lugar de regular conforme a      empresa, Fideicomiso o Fondo estatal) dispondría de
la Constitución la relación de trabajo y garantizar el respeto y   mayores recursos al terminar su trabajo, quedando así
equilibrio entre los derechos de todos los actores                 potencialmente protegido ante dificultades para iniciar o
involucrados, es que con ello se “garantizaría” que la             conseguir otro empleo.
aplicación del DLOTTT en procedimientos administrativos y                   El costo de esta situación es el incremento de los
judiciales sólo favorezca a los trabajadores y al Estado, y        costos para los patronos por la acumulación de múltiples
que los patronos no resulten “beneficiados” (es decir,             y cuantiosas deudas que deben ser cumplidas dentro de
obtengan la razón en caso de conflicto) por las autoridades        los 5 días luego de terminada la relación de trabajo, el
                                                                   desestimulo a que se eleven contractualmente los
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salarios y otros conceptos laborales empleados como base          desempleadas, estén o no embarazadas, difícilmente
de cálculo de las prestaciones, la limitación de la               lograrán ser contratadas por la empresa privada o por el
contratación de nuevos trabajadores para evitar la adición de     Estado pues implicará para los patronos asumir
nuevas deudas por este concepto y -dado que los patronos          potencialmente todos los costos de sostener a futuras
no pueden imprimir dinero inorgánico- la progresiva               trabajadoras madres (ver lo que se explica en: http://
elevación (o cesación de la producción si hay controles que       www.laverdad.com/economia/1321-dicen-que-nueva-lottt-
lo impidan) de los precios de bienes y servicios en perjuicio     discrimina-a-las-mujeres.html).
de los consumidores y usuarios, a fin de contar con los
fondos para reserva y oportuno pago de las prestaciones                    - Régimen de reducción de la jornada laboral: el
sociales, lo que generará mayor inflación.                        beneficio de esta limitación del número de horas
                                                                  semanales dedicadas por los trabajadores a cumplir con
        - Régimen de protección a la maternidad y a la            sus deberes laborales, siempre que no se les obligue a
paternidad: el beneficio que supone la ampliación por el          realizar actividades ajenas a las elegidas por ellos
DLOTTT del pre y del postnatal podría ser asegurar un             libremente, será el incremento del tiempo de los
mayor tiempo a la trabajadora madre de dedicarse al               trabajadores para dedicarse a su familia, a la recreación o
cuidado y atención del niño antes y, sobre todo, luego del        a cualquier otra actividad de su preferencia, no sólo por
nacimiento, dedicación ésta que sin duda es positiva y hasta      contar con mayor tiempo para ello, sino por disponer de
necesaria, a fin de contribuir con la mejor salud y               más energías no invertidas en el proceso productivo o
condiciones físicas y emocionales del recién nacido en sus        laboral al que presta su capacidad de trabajo. En esto
primeros días, beneficio además que se extiende al                podría considerarse que el DLOTTT sigue lo previsto y
trabajador padre, para asegurar que el grupo familiar esté        recomendado en normativas y sugerencias de la
unido y compartiendo en los primeros días posteriores al          Organización Internacional del Trabajo (OIT).
parto. Del mismo modo, la inamovilidad por 2 años, se puede                Sólo que el Derecho del Trabajo puede lograr su
considerar un beneficio del DLOTTT en la medida que               máximo desarrollo y, por ejemplo, reducir el tiempo de
asegura al menos durante ese tiempo, que la madre tendrá          trabajo en beneficio del trabajador, en economías
ingresos para la manutención de su hijo, lo mismo que el          prósperas, productivas y generadoras de riqueza, esto
régimen de lactancia.                                             es, de bienes y servicios en cantidad y calidad suficientes
        El costo será que tanto el patrono, como los demás        para su población, que evite la dependencia de
trabajadores, los usuarios y consumidores y hasta las             importaciones, y que genere utilidades, capital y
personas desempleadas calificadas para el empleo que debe         ganancias que recompensen a quienes crean tal riqueza
reservarse a la trabajadora madre (pues no podrán acceder         (patronos y trabajadores) y les permita reinvertir con
a ese empleo ni durante el posnatal ni durante los 2 años         seguridad jurídica y respeto a la propiedad privada, en las
siguientes al nacimiento), tendrán que cubrir o financiar tanto   actividades económicas de su preferencia. ¿Es éste el
a la trabajadora madre como al trabajador padre durante el        caso de Venezuela?
tiempo en que estén de permiso, ya que en lugar de ser el                  Como no lo es, el costo de la reducción de la
padre y la madre los que planifiquen con su esfuerzo y            jornada laboral será una nueva y peor caída de la ya
propios recursos con qué fondos contarán durante el tiempo        mermada productividad de las empresas privadas en el
en que la madre deba suspender sus relaciones laborales y         país, así como una peor prestación de servicios y
de otra índole para cumplir adecuadamente con su                  atención al público en el caso de los entes y órganos de
responsabilidad respecto del recién nacido, esa carga,            la Administración Pública sujetos al DLOTTT, ya que
siguiendo aquí el DLOTTT la tradición legal laboral               como lo explican integrantes de Cámaras de Industriales
venezolana, se traslada a los mencionados inicialmente, en        la disminución de las horas de trabajo no es aplicable en
especial al patrono, sólo que ahora por mucho más tiempo,         este momento en Venezuela, cuando lo que se necesita
tiempo durante el cual deberán generar recursos suficientes       es más producción de bienes y servicios para garantizar
para pagar durante 26 semanas y 14 días a personas que no         el acceso y evitar la dependencia de importaciones,
están trabajando (y por tanto, que no están produciendo           mejorar la calidad y el acceso a los servicios que presta la
bienes y servicios) todos sus derechos laborales, en              Administración Pública, así como la generación de
especial, salario y prestaciones sociales.                        puestos de trabajo, ya que la productividad en Venezuela
        Adicionalmente, habrá otro costo derivado de lo que       se encuentra entre 56 y 62%, en tanto que en los países
implica financiar a las madres trabajadoras durante el tiempo     industrializados donde se ha aplicado una reducción así,
en que no estarán produciendo bienes y servicios que              la productividad está por encima de 85%. Otro costo de la
generen recursos para pagar sus derechos: las mujeres             reducción de la jornada laboral es que obligará a las
                                                                  empresas a contratar más personal, lo que elevará sus
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costos de operaciones, por lo que tendrán la necesidad de         eventual e imprevisible aumento de las nóminas de
subir los precios de los productos y servicios que ofrecen, de    trabajadores de las empresas y entes y órganos de
nuevo, en perjuicio del acceso de los consumidores y              la Administración Pública, cuando a través de
usuarios a bienes y servicios de calidad a precios                interpretaciones extensivas o ideologizadas del
competitivos (véase lo explicado en: http://informe21.com/        DLOTT se califique como tercerización ilegal (que
economia/12/05/10/reduccion-de-la-jornada-laboral-afectara-       pretende ocultar una relación laboral) relaciones que
a-las-empresas).                                                  no existen (cuando se diga que el trabajador en
                                                                  realidad presta servicios a la empresa contratante A
           - Régimen de la estabilidad e inamovilidad absoluta,   y no a la empresa contratista B, que presta servicios
prohibición de la tercerización y supresión de la libertad        o suministra bienes a la empresa A) o relaciones
contractual laboral: los beneficios de este régimen del           que no reúnen las notas de subordinación y
DLOTTT podrían ser (i) que los que tenían empleo para la          ajenidad típicas de la relación de trabajo.
fecha de puesta en vigencia del decreto-ley prácticamente
quedarán amparados de cualquier forma de terminación de                  El costo de la inamovilidad y la estabilidad del
la relación de trabajo salvo que voluntariamente renuncien o      DLOTT unido a los pasivos que implica para los patronos
incurran en uno de los supuestos de despido justificado así       (privados y estatales), unido a la elimina-ción de la
calificados por la autoridad competente para ello; (ii) que los   libertad de contratación, supondrá el congelamiento del
empleados de empresas relacionadas contractualmente con           número de empleos disponibles así como el progresivo
otras empresas con mejor régimen laboral (logrados por una        aumento del número de desempleados (no se generarán
planificación responsable, no demagógica, de sus costos) y        más empleos, por lo costoso y la falta de libertad
los prestadores de servicios profesionales o no terminarán        contractual, pero sí habrán cada año más jóvenes sin
todos disfrutando eventualmente de ese mejor régimen              empleos por los cuales optar), tal y como lo destacó el
laboral por orden de una Inspectoría o de un tribunal laboral,    Presidente de FEDECÁMARAS quien “aseguró que esta
y (iii) la supresión de la libertad contractual de los patronos   ley sólo defiende y protege a los trabajadores ya
de poner fin unilateralmente a la relación laboral, aún           empleados, pero excluye totalmente a los 6 millones de
estando dispuesto a pagar indemnizaciones adicionales             desempleados que hay en el país según las cifras
como las previstas en la derogada ley de 1997.                    suministradas     por     el  Instituto   Nacional    de
          Uno de los costos de este régimen inflexible y          Estadísticas” (ver: http://www.noticias24.com/venezuela/
desequilibrado del DLOTTT, a saber, los abusos la                 noticia/105470/nueva-lot-aumentara-el-costo-de-vida-del-
administración pública, los desestímulos a la producción, la      venezolano-y-bajara-la-produccion/).
discriminación y la impunidad, se describe bien en el relato
de la escritora Adriana Villanueva (puede ser consultado en:      - Régimen del período de prueba y el aumento de los
http://evitandointensidades.blogspot.com/2011/12/el-obrero-       días feriados: los beneficios derivados de estas
arrejuntado.html), donde que muestra el incentivo perverso        novedades del DLOTTT vienen a ser (i) la rápida
del régimen de inamovilidad. En el relato se muestra una          estabilidad que obtienen los nuevos trabajadores y la
historia cotidiana, de una pequeña empresa en donde el            posibilidad de disfrutar rápidamente del derecho a
trabajador justifica las ausencias al trabajo, por la necesidad   acumular prestaciones sociales, y (ii) el aumento del
de asistir a actos de gobierno para poder acceder a una           tiempo fuera del centro de trabajo, sea estatal o privado,
vivienda, y cuando el empleador reclama la respuesta es:          para dedicarse a otras actividades personales de su
     "Recuerde que hay inamovilidad laboral decretada             preferencia, sin que ello implique desmejorar en sus
     por el gobierno, seguiré faltando al trabajo cada vez        derechos laborales, que se siguen computando y
     que me convoque la revolución y usted no me                  sumando en esos nuevos días feriados.
     puede despedir".                                             Los costos son, de nuevo, para los patronos, para los
     Y tiene razón, hay inamovilidad laboral, si el               consumidores y usuarios (incluso, para los usuarios de
     empleado llega con un machete y ataca al jefe,               servicios de la Administración Pública) y, en especial,
     quizás podría haber un atenuante para despedirlo, y          para los millones de desempleados que existen en
     cuidado si ni siquiera…”                                     Venezuela, pues (i) con independencia de su
     Otro costo, derivado más que de la prohibición de            rendimiento,    compromiso,     aptitud,   capacidad     y
tercerización, de la calificación de ciertas relaciones no        responsabilidad laboral, el nuevo trabajador tendrá
laborales como formas de tercerización o la declaratoria          estabilidad dese el primer mes, con todos los beneficios y
de relaciones laborales entre trabajadores de                     garantías que ello le implica, lo que puede generar
contratistas con la empresa a la cual ésta presta                 abusos de su parte o falta de incentivo para mejorar su
servicios aún no conexos con su objeto social, será el            productividad ya que no está en riesgo su trabajo, puede
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ser mediocre, y los consumidores y usuarios tendrán peor         Nacional indispensables para la operatividad de la
atención sin consecuencias; (ii) la imposibilidad de que otras   empresa, y (iii) el riesgo de que se inicien investigaciones
personas     desempleadas,       con    mejor     rendimiento,   penales que culminen con arrestos de patronos y otros
compromiso, aptitud, capacidad y responsabilidad laboral         representantes de las empresas, todo lo cual no sólo
pueda asumir ese puesto de trabajo, en su propio beneficio,      desincentiva nuevas inversiones, la creación de más
en beneficio de la empresa y de los consumidores o usuarios      empleos y el aumento de la productividad, sino que, en
de la misma; y (iii) serán los patronos los que tendrán que      vista de lo complicado y en casos imposible que resulta
asumir sin retribución alguna los costos de los días feriados,   cumplir con las obligaciones del DLOTTT, el costo final de
en los que los trabajadores nada aportaran al proceso de         este régimen de sanciones puede ser el progresivo cierre
generación de riqueza.                                           de las empresas privadas que no puedan adecuarse a
                                                                 dichas exigencias.
- Régimen de las competencias del Ejecutivo Nacional en
protección de los derechos de los trabajadores y de sus          Costos Generales en el Sector Privado.
fines: el posible beneficio de que el Ejecutivo Nacional en      Además de los señalados en la sección anterior, en las
lugar de los tribunales laborales puedan asumir nuevas           empresas se percibe la LOTTT como fuente de
competencias contra el patrono estatal o privado “renuente”      conflictividad. Las excesivas prerrogativas otorgadas al
a cumplir con decisiones del Ministerio del Trabajo o de las     trabajador, impedirá al empleador tomar decisiones
Inspectorías, es que los trabajadores beneficiados por esos      libremente y ajustadas a los objetivos de la empresa,
actos no tendrán que costear abogados ni “soportar” un           además las empresas deberán aprovisionar los costos
proceso judicial laboral para que se examine si tienen o no      económicos que ello implicará.
razón, sino que obtendrán apoyo gratuito del Gobierno en
sus controversias, al juzgar por motivos ideológicos (según      El excesivo proteccionismo al trabajador hace inferir que
la Exposición de Motivos y letra del propio DLOTTT) que          se incrementará el ausentismo laboral, y conllevará una
siempre los intereses de los trabajadores coinciden con los      merma en la productividad laboral. A manera de ejemplo,
fines del Estado, cuando los patronos son privados               establecer como causa para falta al trabajo el cuidado a
                                                                 un familiar enfermo, podría incrementar el ausentismo
El costo de estas nuevas atribuciones (que se suman a las        laboral, con lo cual el empleador para cubrir esa falta
previstas en la Ley del INDEPABIS y en el Decreto-Ley de         debe incurrir en costos adicionales.
Costos), de ordenar la ocupación del lugar de trabajo y el
reinicio de las actividades productivas en caso de cierre,       Las sanciones por incumplimiento fueron incrementadas,
cuando se verifiquen casos de cierres ilegales o fraudulentos    siendo el nuevo rango entre Bs. 2.700 y Bs. 32.400,
de una entidad de trabajo, o debido a una acción de paro         además se incluye sanciones (penales) de arresto al
patronal, o en los casos en que el patrono se niegue a           empleador por incurrir en desacato. Cabe destacar que
cumplir con una orden contenida en una Providencia               en los últimos años en Venezuela con la promulgación de
Administrativa que ordena el reinicio de las actividades         alrededor de 100 leyes se ha establecido una fuerte
productivas, es el aumento de la inseguridad jurídica (los       penalización a la actividad empresarial, son más de 100
patronos no serán juzgados por su juez natural, sino por una     leyes con las cuales se han creado alrededor de mil tipos
Administración que actúa según motivos políticos, no             de penas.
técnicos), de vías para la violación de la propiedad privada y
libre empresa, de medidas políticas que afectan el proceso       La mayor participación que se atribuye a los trabajadores,
productivo y el aumento de los desincentivos a la inversión,     por medio del consejo de Trabajadores impactará en el
lo que supone en la práctica menos bienes y servicios            funcionamiento de las empresas, en sus costos y
producidos en el país, menos puestos de trabajo, y más           márgenes de ganancias. Pues podrán cuestionar la
dificultades   para    los     consumidores,     usuarios    y   estructura de costos, los precios y las relaciones del
desempleados, con lo cual, como afirman expertos, será el        empleador con sus trabajadores. Podrán solicitar los
Gobierno Nacional quien decida quién regresa y quién sale        movimientos administrativos de las empresas y
de las empresas.                                                 cuestionar si son ó no justos. Estos Consejos pretenden
                                                                 sustituir al empleador y a los sindicatos en algunas
                                                                 decisiones referidas a ascensos laborales, capacitación y
      Sobre los costos del régimen sancionatorio, en             formación, lo cual incidirá en la política de personal que
general, cabe indicar que se incrementa (i) el riesgo de ser     diseñe la empresa.
sancionado sin derecho a la defensa en múltiples casos en
que será el Ejecutivo el que decida y no un tribunal, (ii) el    Dado lo estipulado en los artículos del título II referido a la
riesgo de que por no pagar la multa se revoque la solvencia
laboral y se paralicen trámites ante la Administración Pública
Pág. 8


relación de trabajo, el empleador se verá en la obligación de     Se puede prever como resultado de la aplicación de la
documentar (y mantener hasta por un lapso de 10 años) toda        Ley una mayor contracción en el empleo formal,
la relación de trabajo con sus empleados: contratos, recibos      incrementándose la informalidad y la desocupación,
de pagos de las obligaciones, remuneraciones, beneficios,         igualmente la población inactiva tenderá a incrementarse,
horas extras, etc, lo cual encarece los costos administrativos    toda vez que ante la escasez de fuentes de empleo,
de las empresas.                                                  habrá un desincentivo a procurar insertarse en el
                                                                  mercado laboral.
Esta nueva LOTTT prevé la ocupación de empresas por el
riesgo de extinción de la fuente de trabajo o de                  EFECTOS SOBRE LA LIBERTAD INDIVIDUAL Y LA
modificaciones de las condiciones de trabajo, ello con el “fin”   PROPIEDAD.
de garantizar el funcionamiento de la empresa, evitar cierres     Al revisar el objeto de la Ley señalado en el articulo No. 1
y ofrecer seguridad al trabajador, lo cual como fue señalado      del DLOTTT: “proteger el trabajo como hecho social y
genera mayor inseguridad jurídica.                                garantizar los derechos de los trabajadores y las
                                                                  trabajadoras creadoras de la riqueza socialmente
Según lo establecido en la nueva LOTTT la contratación de         producida, y sujetos protagónicos de los procesos de
un empleado que perciba el salario mínimo ubicado en Bs.          educación y trabajo para alcanzar los fines del Estado
1.780,45 implica para una empresa un desembolso de                democrático y social de derecho y de justicia, de
alrededor Bs. 2.336,84 mensuales en los primeros 12 meses         conformidad con la Constitución de la República
de la relación laboral.                                           Bolivariana de Venezuela y el pensamiento del padre de
                                                                  la Patria Simón Bolívar”, partiendo para ello de que la
Costos Generales en el Sector Público.                            “correcta aplicación de esta Ley tiene como esencia la
Al igual que en el sector privado el cálculo retroactivo de las   concepción constitucional sobre el trabajo como proceso
prestación impactará la estructura de gasto, más aún cuando       social fundamental para alcanzar los fines del Estado”, se
existe un estimado de antigüedad promedio de entre 10 años        puede inferir que no son los fines que individual o
y 14 años ininterrumpidos. Esta deuda vendría a sumarse al        colectivamente persigan los trabajadores, lo que motiva la
calculo que refiere que el Gobierno adeuda a 1 millón 500         DLTTT, por lo cual el trabajador queda supeditado a los
mil trabajadores de la administración pública más de $20.000      fines del Estado.
millones por concepto de pasivos laborales desde el 19 de
junio de 1997.                                                    Igualmente se desprende del ámbito de aplicación, donde
                                                                  se señala que “esta Ley regirá las situaciones y
Impacto en el mercado Laboral.                                    relaciones laborales desarrolladas dentro del territorio
Al cierre de Marzo de 2012, la fuerza de trabajo (entendida       nacional, de los trabajadores y trabajadoras con los
como toda la población mayor de 15 años) se ubicó en 20,95        patronos y patronas, derivadas del trabajo como hecho
millones de personas. De ese número se encuentran en              social” y así como las relaciones entre los trabajadores
condición de población económicamente activa 13,46                contratados y los obreros y la Administración Pública
millones y en condición de inactivos 7,49 millones. En el         nacional, estadal y municipal, con exclusión de los
grafico se muestra la distribución de la población                funcionarios públicos (carrera, de libre nombramiento y de
económicamente activa, de los cuales estarán protegidos por       elección popular al regirse por las normas sobre la
la Ley sólo los empleos formales, equivalentes a 7,27             función pública), que la misma aplicará a casi la totalidad
millones de personas, ellos representan sólo el 35% de la         de las relaciones jurídicas laborales.
fuerza de trabajo, dejando desprotegido y cerrando las
oportunidades de empleo formal a los desocupados y a los          La ley tiende a ser un instrumento para control de los
ocupados informales.                                              trabajadores, por la vía de las atribuciones de los
                                                                  consejos de trabajadores, que más que instancias de
                                                                  reivindicación se perciben como instancias políticas a
                                                                  favor gubernamental, cabe recordar, que por ejemplo en
                                                                  el sector público,      la cantidad de protesta por
                                                                  reivindicaciones laborales realizada han venido
                                                                  incrementando, se ubicaron en 2.500 al cierre de 2011 y
                                                                  sólo en los dos primeros meses de 2012 se registraron
                                                                  450 protestas más.
Pág. 10




Esta Ley no puede mirarse aisladamente, tiene que verse dentro del conjunto de instrumentos que han sido
aprobados para sustituir el modelo socio productivo previsto en la Constitución Nacional. Con esta nueva LOTTT las
empresas deberán hacer más desembolsos para sostener la estructura del negocio. Además con el encarecimiento
del costo laboral se desincentiva la inversión, pues no existen razones lógicas para invertir su no se puede despedir
a un trabajador improductivo y estás expuesto a sanciones y cierres.
Se desnaturaliza la relación de trabajo. Se impone una protección a ultranza de grupos de trabajadores (mujeres),
que terminará por desincentivar su contratación y generando una mayor discriminación. Se debe procurar que la
Legislación Laboral, tienda a incentivar y garantizar el empleo para toda la población con capacidad de trabajo. La
Ley debe ir más allá del marco legal, deben existir cambios en las instituciones del estado encargadas de velar por
su cumplimiento.
El mercado de trabajo, es fundamental en el crecimiento económico de los países, pues sirve de fuente de consumo
al generar capacidad de compra, dado el ingreso percibido por los trabajadores como resultado del pago por el
esfuerzo aportado.
La literatura de libre mercado que surge de la Escuela Austriaca, ha intentado demostrar que en ausencia de
intervención estatal la economía tiende, en última instancia, a reducir sus niveles de desocupación hasta alcanzar el
pleno empleo, al mismo tiempo que erradica por completo el proceso inflacionario. Al respecto Ludwing von Mises
expresa en su artículo “Salario, Desempleo e Inflación”1:

        “El nivel de salario al cual encuentran empleo todas las personas que quieren emplearse, depende de la
        productividad marginal del trabajo…..mientras mayor capital se invierte mayor altura alcanzan los salarios
        reales en el mercado libre…A esos niveles de salarios, en el mercado libre, todos los empleadores que
        desean emplear trabajadores pueden contratar tantos de ellos como su actividad requieran. Y a esos
        niveles salariales todos los trabajadores que quieran emplearse encuentran trabajo. En el mercado laboral
        libre, prevalece la tendencia hacia el pleno empleo. En verdad, la política de permitir que le libre mercado
        determine el nivel de salario es la única política de pleno empleo, razonable y destinada a tener éxito. Si los
        salarios sobrepasan dicho nivel…sobreviene el desempleo duradero de una parte de la potencial fuerza
        laboral”

La protección del Estado de Derecho, implica, entre otras cosas, proveer de un marco jurídico adecuado a los
derechos de los trabajadores y los empleadores para que puedan fijar libremente sus acuerdos contractuales.
Como señalan Alberto Benegas Link (h) y Martin Krause 2 “si las regulaciones laborales de un país no contribuyen a
ello, si socavan la cooperación y la mutua confianza, si restringen las libertades y las oportunidades, los costos
tienden a elevarse y disminuyen los beneficios de las partes contratantes y de la sociedad en su conjunto. De este
modo surgen los problemas de desempleo, ingresos reducidos, menores posibilidades de capacitación, baja
productividad, escasa competitividad internacional y se las autonomías individuales”.

Puede concluirse de este análisis que la solución al problema de desempleo en Venezuela, no se perfila en el corto
plazo, debido a que la regulación laboral contenida en la LOTTT pareciera que viene a complicar el escenario de las
relaciones laborales, generando mayor conflictividad, desincentivo a la inversión y mayor informalización del
mercado laboral.
1/
     Ludwing von Mises (1976). Salario, Desempleo e Inflación, Ideas sobre Libertad. Centro de Estudios Sobre la Libertad, Año XVIII, junio de 1976.
2/
     Alberto Benegas Link (h) y Martin Krause. Legislación Laboral para los más necesitados. Proyecto para una sociedad abierta. Informe No. 2. Mayo de 1992.




                                                                                        Si desea citar este documento:
                                                                                        Decreto Ley del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
                                                                                        Buenas Intenciones, ¿Trágicos resultados?
                                                                                        CIPE-CEDICE, Mayo 2012
                                                                                        Pueden ser consultados en www.cedice.org.ve

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  • 1. Caracas, Mayo 2012 Pág. 1 CEDICE LIBERTAD Av. Andrés Eloy Blanco Decreto Ley del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. (Este 2) Edif. Cámara de Comercio de Cara- Buenas Intenciones, ¿Trágicos resultados? RESUMEN EJECUTIVO cas. Nivel Auditorio, Los Caobos. C a r a c as , La regulación laboral, como directa las relaciones servicios y riquezas en las Venezuela. 1050-A. política publica ha tendido a laborales e implican costos naciones. Telf: +58(212) 5713357 centrarse en normativas administrativos que deben Debe entenderse que existe solo Fax: +58(212) 5760512 concebidas bajo la ser asumidos por las un camino para mejorar las concepción del trabajador empresas. A esa larga lista condiciones de los trabajadores y como el débil jurídico, se une una nueva ley del ella es el incremento del capital dejándose de lado los trabajo, los trabajadores y invertido, los métodos restantes por Encuéntranos en el incentivos al empresario y a las trabajadoras, la cual es muy populares que sean , no solo Grupo de Facebook: la productividad misma del cuestionable desde la forma son inútiles sino que terminan por cedice trabajador, con lo cual el como fue aprobada. Esta ley perjudicar a aquellos a los que sistema de relaciones cambia las concepciones quiere beneficiar. El presente laborales se encuentra modernas de alianzas análisis sobre el Decreto Ley del Síguenos en Twitter: inmerso en un conjunto de empleador-empleado, Trabajo, los Trabajadores y las @cedice normas que propician sustituyéndolas por Trabajadoras revisa los costos que informalidad, desempleo e conceptos caducos que dicha ley implica tanto para los inflación. restringen las oportunidades trabajadores como para la En Venezuela existen de negociación y de trabajo sociedad en su conjunto, Contáctanos por el correo electrónico: alrededor de 18 normativas conjunto en pro de la principalmente por la perdida de cedice@cedice.org.ve que regulan de manera generación de bienes y oportunidades para la creación de nuevos puestos de trabajo. Visita nuestra web: www.cedice.org.ve ANTECEDENTES Desde 1928, Venezuela ha tenido básicamente tres leyes del trabajo, la primera promulgada por Juan Vicente Gómez. Esta ley tenía un claro objetivo de política internacional y en términos de beneficios laborales no fue más que un saludo a la bandera. La segunda promulgada en 1936, estableció la jornada laboral de ocho horas, incorporando sanciones que permitieran hacer cumplir sus normas y creando bases generales de los estudios técnicos requeridos para establecer el Seguro Social Obligatorio. Dicha ley sufrió reformas en los años 1945, 1947, 1966, 1974, 1975 y 1983, y se mantuvo en vigencia hasta el 1° de mayo de 1991. La tercera fue la Ley del Trabajo promulgada en Gaceta Oficial del primero de mayo de 1991, la cual presenta la relación de trabajo como una figura del sistema legal aunque relacionado con la del contrato individual del trabajo para entender el origen y desarrollo del nexo entre el patrono y su trabajador. Incorpora relaciones especiales de trabajo como lo es el transporte aéreo, lacustre, fluvial y marítimo, de los trabajadores motorizados, minusválidos, de la mujer y de la familia. Esta ley permitió a Elaborado por: los sindicatos nacionales y regionales actuar en todo el territorio nacional y en jurisdicción de varios Luis Alfonso Herrera O. estados, también aumentó la participación de los trabajadores en los beneficios de la empresa, Abogado. Investigador del incrementó el pago de antigüedad se ubicó en treinta días de salario por año de servicio y retroactivo. Observatorio Económico Esta Ley de 1990-1991, fue reformada en 1997, ello como resultado de un consenso entre todos Legislativo de CEDICE Alicia Sepúlveda. Coordinadora del Observatorio Económico Si desea más información sobre este boletín escriba a: aliciasepulvedacedice@gmail.com Legislativo.
  • 2. Pág. 2 bienes y servicios de calidad), no fueron considerados al los actores. Con esta reforma se estableció un nuevo momento de fortalecer y ampliar radicalmente los cálculo de la antigüedad (sobre la base de aportes anuales derechos laborales de los trabajadores. de 60 días de salario, calculados al último salario), se insertó beneficios de orden laboral como el establecimiento PREMISAS DE UNA NORMATIVA LABORAL QUE de una ley de seguridad social integral y calificaciones de GARANTICE EMPLEO PRODUCTIVO Y DIGNO despido más beneficiosas para los trabajadores. Esta En cualquier país del mundo, la legislación laboral reforma se originó en un contexto en el cual los constituye el contrato social más importante luego de su incrementos salariales por productividad se habían Constitución. A partir de la normativa laboral se deteriorado como resultado del cálculo retroactivo de desprenden relaciones laborales sanas, equilibradas y prestaciones de antigüedad, además que se había seguras, que con base al respecto mutuo entre desincentivado la antigüedad en los puestos de trabajo. trabajadores y empleadores, garantizan la empleabilidad A propósito de la elaboración de la nueva del mayor número de trabajadores posible. constitución en 1999, la Asamblea Constituyente en la Una normativa laboral que promueva el empleo disposición transitoria cuarta, exhortó al Poder Legislativo productivo debería reflejar una política de empleo para que en un lapso no mayor de un año estableciera una concertada sobre la base de cuatro ideas fundamentales: ley del trabajo, que permitiera, entre otros, calcular las -La existencia de un empleo inducido, ello implica la prestaciones sociales con base al último salario que adopción de una política activa destinada a fomentar el devenga el trabajador. Pasaron 12 años de tal solicitud y el pleno empleo, productivo y libremente elegido, con efectos poder legislativo no promulgó tal instrumento jurídico (a multiplicadores en la generación nuevas fuentes de pesar de diversas propuestas y discusiones). trabajo como consecuencia del puesto de trabajo creado; A finales de 2011, el presidente de la República, -Capacitación y formación del personal, que permita invocando los poderes habilitante, constituyó la Comisión afrontar los desafíos de las nuevas tecnologías y un Presidencial para consultas sobre la LOT. Dicha comisión pensamiento estratégico que promueva el beneficio; estuvo conformada por ministros del Trabajo y la Seguridad -Mecanismos tendentes a superar las inequidades Social, de Planificación y Finanzas, el canciller y alrededor en el mercado laboral, garantizando la igualdad de de 25 personas, del circulo cercano a la presidencia de la oportunidades en el acceso a los puestos de trabajo republica, dejando por fuera a importantes sectores de la -Política activa de fijación de salarios, considerando sociedad. Finalmente (luego de una supuesta discusión, factores de productividad, eficiencia, inclusión y dialogo pues se considera que fue poco transparente y unilateral) el social y minimizando en ese proceso de fijación de 07 de Mayo de 2012, en Gaceta Extraordinaria No. 6.076 salarios la intervención del Estado. fue publicado el Decreto Ley del Trabajo, los trabajadores y Igualmente para que exista equilibrio entre las las trabajadoras (DLOTTT), la cual es objeto del presente obligaciones generadas por la contratación laboral y los análisis. beneficios que les corresponde a los trabajadores, la El DLOTTT, en sintonía con el contenido de otras estructuración y redacción de las leyes laborales deben normativas vigentes tales como la Ley para la Defensa de presentar las siguientes características: las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios y el -Sencillez, lo cual implica, facilidad para entenderla, Decreto-Ley de Costos y Precios Justos (ambas contrarias aplicarla y manejarla, donde las disposiciones para cada a la economía social de mercado, ver: http://cedice.org.ve/? tema o capitulo se basten por sí mismas y las referencias p=3735 y http://cedice.org.ve/?p=2727), profundiza la cruzadas sean reducidas al mínimo. tendencia seguida por la legislación y la regulación -Claridad, sin ambigüedades, donde se minimicen la económica venezolana de los últimos años, de reconocer posibilidad de diferentes interpretaciones y la posibilidad una jerarquía entre los derechos constitucionales conforme de acciones arbitrarias por parte de los funcionarios a la cual sólo los derechos sociales serían verdaderos públicos, como resultado de una interpretación derechos, en tanto que los restantes, los civiles, políticos y discrecional. económicos, serían una mera invención de ideologías -Concentración, ello implica que debe ser superadas, que sólo tenían vigencia durante el “caduco” esquemática, regular principios y contener las normas Estado de Derecho, pero ya no en el Estado social o fundamentales aplicables en materia laboral. “Global” como lo llama la Sala Constitucional (ver sobre El marco legal para el sector laboral, debe este tema la sentencia: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/ propender a la protección de las relaciones laborales y scon/julio/1049-23709-2009-04-2233.html). principalmente más allá de las leyes como tal, se debe Quiere lo anterior decir que tanto los derechos garantizar el buen funcionamiento de las instituciones económicos de los empresarios (libertad económica y encargada de vigilar el cumplimiento de las mismas. En la propiedad privada) como los derechos económicos de los actualidad la conflictividad laboral, está explicada por las consumidores y usuarios (a disponer, a acceder y a elegir escasas decisiones que toman las instituciones
  • 3. Pág. 3 encargadas, lo cual fomenta en el trabajador actitudes patrono que acreditarla como garantía de prestaciones perversas frente a la empresa, minimizando la posibilidad de trimestralmente. En dicho artículo la Ley ordena al patrono exigencia en cuanto a productividad y calidad del trabajo depositar 62 días de salario integral el primer año (antes eran realizado, situación ésta que debe ser solventada. 45 días), 64 el segundo año y así sucesivamente hasta llegar a 90 días. Estos depósitos deben hacerse en forma En Venezuela existen alrededor de 18 normas que de trimestral (15 días por trimestre) calculados con base en el manera directa condicionan el marco legal de la relación último salario del trimestre y al final de cada año se depositan laboral, entre ellas destacan: Ley de Alimentación de los los 2 días adicionales por año adicional de servicios. Trabajadores; Ley para las personas con discapacidad; Igualmente en ese mismo artículo se ordena recalcular (al Decreto de extensión de la inamovilidad laboral; Ley de finalizar la relación de trabajo) la prestación de social a razón protección a la familia; ley orgánica de prevención, condición de 30 días de salario integral por año trabajado, ello con base y medio ambiente de trabajo (LOPCYMAT). Los cuales al último salario devengado por el trabajador. redundan en un incremento del costo laboral que debe ser Destaca, que el empleador debe cancelar al trabajador asumido por las empresas. A ellas viene a sumarse la nueva por concepto de prestaciones (en los cinco días Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las siguientes al término de la relación laboral) el monto que Trabajadoras. resulte mayor entre ambos cálculos. Se establece además el pago doble de las prestaciones PRINCIPALES ASPECTOS DEL DECRETO LEY DEL calculadas, en casos de terminación de la relación de trabajo T R AB AJ O , LOS T R AB AJ AD O R E S Y L AS por causas ajenas a la voluntad del trabajador, o en casos de TRABAJADORAS. despidos injustificados sólo cuando el trabajador manifieste El mandato de reforma a la Ley de Trabajo, establecido por su voluntad de no interponer procedimiento para solicitud de la Constitución de 1999, se refería a tres grandes aspectos: reenganche (Art 92). Aumento del lapso de prescripción, cambio en el sistema de Igualmente se establece que las prestaciones serán deudas prestación de antigüedad y reducción progresiva de la privilegiadas, que en caso de quiebra, cierre o término de la jornada laboral. Sin embargo la nueva ley del trabajo acción económica de la compañía se pagarán primero que modifica aspectos fundamentales, tales como la asignación cualquier otra deuda, quedando el patrono (es decir, los de roles dentro de la toma de decisiones, la vigilancia de los accionistas de la compañía) obligados hasta con sus bienes trabajadores en el tema de precios y ganancias y diversos propios al pago de esta deuda privilegiada de su compañía. conceptos, con los cuales se tiende a complicar el marco Jornada Laboral: regulatorio de la Relación Laboral. En ejecución de lo previsto en la Constitución de 1999, el El DLOTTT consta de 554 artículos y 7 disposiciones DLOTTT ordena para los centro de trabajo en que no se transitorias, que buscan “la protección al trabajo como hecho labora 24 horas al día los 7 días de la semana se establece la social y garantizar los fines del Estado”, enunciado en el cual reducción de la jornada laboral de 44 a 40 horas semanales y se dejan de lado los intereses individuales o colectivo de los dos días continuos de descanso semanal (sábados y trabajadores. También se desprende del texto de la ley su domingos), mientras que para los centros en que ello sí vocación a propiciar la lucha de clases, resultando perversa ocurre (trabajo 7 x 24) la jornada será de máximo 42 horas, y para el empleador. Estos enunciados propician conflictividad por cada semana de 6 días de trabajo corresponderá a ese en la relación laboral, con lo cual a largo plazo terminará trabajador un día adicional de vacaciones ese año. Estas desincentivando la inversión y a la creación de nuevas obligaciones se harán exigibles a partir del 1° de mayo de fuentes de empleo. 2013, debido a la vacatio legis del DLOTTT en esta materia. Es importante mencionar que el artículo 16 señala como Régimen de la estabilidad e inamovilidad laboral y prohibición fuentes del derecho de trabajo la inclusión social y el ideario de la tercerización: bolivariano, zamorano y robisoniano, estos últimos El DLOTTT eliminó la posibilidad de despidos injustificados, cuestionado por historiadores como idearios de lucha de es decir, los restos de libertad de contratación que se clase. encontraban en la legislación laboral de Venezuela, y en su lugar establece la inamovilidad y la estabilidad absolutas. En Entre los temas reformados destacan: tal sentido, sólo se puede despedir por causas justificadas Prestaciones de Antigüedad: previstas en el DLOTTT (incumplimientos o faltas así Las reformas sobre el tema de la prestaciones de antigüedad previstas) y previa autorización del Juez laboral. En tal (ahora sociales) se encuentra en los artículos 141 al 147, y sentido, cuando se produzca un despido que el trabajador específicamente en el 142, el cual establece que se considere sin justificación, podrá acudir ante el Juez laboral mantiene la forma de cálculo de las prestaciones, teniendo el competente para que analice el caso y si no hay justificación ordene su reenganche.
  • 4. Pág. 4 Consecuencia de este régimen inflexible de inamovilidad y la administrativas o judiciales, y así entonces se acabarían estabilidad absolutas, es que según el DLOTTT si el con las violaciones a los derechos laborales y no se trabajador, no obstante la orden de reenganche, decide no pondría en riesgo los fines del Estado en este ámbito. volver al trabajo el patrono debe pagar doble (el monto El costo evidente de esta determinación del DLOTTT es original más ese mismo monto como castigo) las que se sacrificarán la justicia y los derechos económicos prestaciones sociales. de los patronos y los consumidores y usuarios de los En cuanto a las utilidades, éstas, al igual que las bienes y servicios que esos patronos produzcan, pues las bonificaciones de fin de año, serán de mínimo 30 días de autoridades del Ejecutivo Nacional y los tribunales salario. laborales no actuarán con independencia e imparcialidad En cuanto a la tercerización, el DLOTT la define como la en cada caso, atendiendo a los alegatos y pruebas de las “simulación o fraude cometido por patronos o patronas en partes, sino con el propósito deliberado de favorecer al general, con el propósito de desvirtuar, desconocer u trabajador y cumplir con los fines de índole política que el obstaculizar la aplicación de la legislación laboral.”, de modo Ejecutivo tenga en cada caso, con lo cual las que lo prohibido es la intención de “desvirtuar, desconocer u probabilidades de que el patrono resulte vencedor en un obstaculizar la aplicación de la legislación laboral”, razón por juicio justo son mínimas, y se reducen a cuando sea el la cual debe entenderse, entonces, que la tercerización, propio Estado el patrono (allí los fines de los trabajadores subcontratación o outsourcing sólo está prohibida si es es posible que coliden con los del Estado). fraudulenta, solo que de verificar la autoridad competente Y sin garantías jurídicas y Estado de Derecho, es que se da un supuesto de tercerización contraria al DLOTTT previsible que los patronos poco a poco tengan peores el patrono tendrá, con esos trabajadores tercerizados todas condiciones e incentivos para producir bienes y servicios las obligaciones derivadas de la relación laboral, además de de calidad, y los consumidores y usuarios cada vez, por su incorporación a la nómina del patrono en un lapso de 3 tanto, menos bienes y servicios a los cuales acceder y años contados desde la publicación del DLOTTT en Gaceta disfrutar. Oficial. Además, durante este lapso de incorporación, los trabajadores tercerizados gozarán de inamovilidad laboral - Cálculo retroactivo de las prestaciones sociales y hasta tanto sean incorporados efectivamente a la entidad de régimen para su pago y garantía: el beneficio de este trabajo. regreso al régimen anterior a 1997 es que los trabajadores, al menos después de ciertos años de COSTO BENEFICIO DE LAS PRINCIPALES NORMAS relación laboral estable (los expertos señalan que sólo CONTENIDA EN EL DECRETO LOTTT luego de 12 años o más de trabajo ininterrumpido es que Los costos incrementados para el empleador como resultado ello se lograría, véase: http://www.el-nacional.com/ de su adaptación a la nueva LOTTT se pueden clasificar en noticia/33438/18/Retroactividad-beneficia-a-empleados- tres grandes grupos: resultantes de aumento de los con-mas-antig%C3%BCedad.html), recibirán al término beneficios laborales para el trabajador; las adaptaciones de la relación de trabajo un monto mayor al que recibían administrativas del recurso humano y la inversión por conforme al régimen derogado pues (i) se pagará en contingencia. A continuación se resaltan los más forma acumulada y no fraccionada el monto que importantes, considerando los principales temas corresponda según el DLOTTT por todos los años de la modificados. relación laboral contados desde el día 1 y no luego de 3 meses, y (ii) se tomará con base el salario - Interpretación del DLOTTT como un instrumento para (presumiblemente mayor a cualquier anterior) que tenga favorecer a una parte de la relación laboral y para realizar los el trabajador para la fecha en que culmine la relación de fines del Estado: el beneficio de la declaratoria que hace el trabajo, con lo cual se entiende que el trabajador (con DLOTTT de que se dicta para proteger los derechos de sólo independencia del sistema que adopte para ir una parte de la relación laboral, los trabajadores, y para acumulando sus prestaciones, sea contabilidad de la realizar los fines del Estado, en lugar de regular conforme a empresa, Fideicomiso o Fondo estatal) dispondría de la Constitución la relación de trabajo y garantizar el respeto y mayores recursos al terminar su trabajo, quedando así equilibrio entre los derechos de todos los actores potencialmente protegido ante dificultades para iniciar o involucrados, es que con ello se “garantizaría” que la conseguir otro empleo. aplicación del DLOTTT en procedimientos administrativos y El costo de esta situación es el incremento de los judiciales sólo favorezca a los trabajadores y al Estado, y costos para los patronos por la acumulación de múltiples que los patronos no resulten “beneficiados” (es decir, y cuantiosas deudas que deben ser cumplidas dentro de obtengan la razón en caso de conflicto) por las autoridades los 5 días luego de terminada la relación de trabajo, el desestimulo a que se eleven contractualmente los
  • 5. Pág. 5 salarios y otros conceptos laborales empleados como base desempleadas, estén o no embarazadas, difícilmente de cálculo de las prestaciones, la limitación de la lograrán ser contratadas por la empresa privada o por el contratación de nuevos trabajadores para evitar la adición de Estado pues implicará para los patronos asumir nuevas deudas por este concepto y -dado que los patronos potencialmente todos los costos de sostener a futuras no pueden imprimir dinero inorgánico- la progresiva trabajadoras madres (ver lo que se explica en: http:// elevación (o cesación de la producción si hay controles que www.laverdad.com/economia/1321-dicen-que-nueva-lottt- lo impidan) de los precios de bienes y servicios en perjuicio discrimina-a-las-mujeres.html). de los consumidores y usuarios, a fin de contar con los fondos para reserva y oportuno pago de las prestaciones - Régimen de reducción de la jornada laboral: el sociales, lo que generará mayor inflación. beneficio de esta limitación del número de horas semanales dedicadas por los trabajadores a cumplir con - Régimen de protección a la maternidad y a la sus deberes laborales, siempre que no se les obligue a paternidad: el beneficio que supone la ampliación por el realizar actividades ajenas a las elegidas por ellos DLOTTT del pre y del postnatal podría ser asegurar un libremente, será el incremento del tiempo de los mayor tiempo a la trabajadora madre de dedicarse al trabajadores para dedicarse a su familia, a la recreación o cuidado y atención del niño antes y, sobre todo, luego del a cualquier otra actividad de su preferencia, no sólo por nacimiento, dedicación ésta que sin duda es positiva y hasta contar con mayor tiempo para ello, sino por disponer de necesaria, a fin de contribuir con la mejor salud y más energías no invertidas en el proceso productivo o condiciones físicas y emocionales del recién nacido en sus laboral al que presta su capacidad de trabajo. En esto primeros días, beneficio además que se extiende al podría considerarse que el DLOTTT sigue lo previsto y trabajador padre, para asegurar que el grupo familiar esté recomendado en normativas y sugerencias de la unido y compartiendo en los primeros días posteriores al Organización Internacional del Trabajo (OIT). parto. Del mismo modo, la inamovilidad por 2 años, se puede Sólo que el Derecho del Trabajo puede lograr su considerar un beneficio del DLOTTT en la medida que máximo desarrollo y, por ejemplo, reducir el tiempo de asegura al menos durante ese tiempo, que la madre tendrá trabajo en beneficio del trabajador, en economías ingresos para la manutención de su hijo, lo mismo que el prósperas, productivas y generadoras de riqueza, esto régimen de lactancia. es, de bienes y servicios en cantidad y calidad suficientes El costo será que tanto el patrono, como los demás para su población, que evite la dependencia de trabajadores, los usuarios y consumidores y hasta las importaciones, y que genere utilidades, capital y personas desempleadas calificadas para el empleo que debe ganancias que recompensen a quienes crean tal riqueza reservarse a la trabajadora madre (pues no podrán acceder (patronos y trabajadores) y les permita reinvertir con a ese empleo ni durante el posnatal ni durante los 2 años seguridad jurídica y respeto a la propiedad privada, en las siguientes al nacimiento), tendrán que cubrir o financiar tanto actividades económicas de su preferencia. ¿Es éste el a la trabajadora madre como al trabajador padre durante el caso de Venezuela? tiempo en que estén de permiso, ya que en lugar de ser el Como no lo es, el costo de la reducción de la padre y la madre los que planifiquen con su esfuerzo y jornada laboral será una nueva y peor caída de la ya propios recursos con qué fondos contarán durante el tiempo mermada productividad de las empresas privadas en el en que la madre deba suspender sus relaciones laborales y país, así como una peor prestación de servicios y de otra índole para cumplir adecuadamente con su atención al público en el caso de los entes y órganos de responsabilidad respecto del recién nacido, esa carga, la Administración Pública sujetos al DLOTTT, ya que siguiendo aquí el DLOTTT la tradición legal laboral como lo explican integrantes de Cámaras de Industriales venezolana, se traslada a los mencionados inicialmente, en la disminución de las horas de trabajo no es aplicable en especial al patrono, sólo que ahora por mucho más tiempo, este momento en Venezuela, cuando lo que se necesita tiempo durante el cual deberán generar recursos suficientes es más producción de bienes y servicios para garantizar para pagar durante 26 semanas y 14 días a personas que no el acceso y evitar la dependencia de importaciones, están trabajando (y por tanto, que no están produciendo mejorar la calidad y el acceso a los servicios que presta la bienes y servicios) todos sus derechos laborales, en Administración Pública, así como la generación de especial, salario y prestaciones sociales. puestos de trabajo, ya que la productividad en Venezuela Adicionalmente, habrá otro costo derivado de lo que se encuentra entre 56 y 62%, en tanto que en los países implica financiar a las madres trabajadoras durante el tiempo industrializados donde se ha aplicado una reducción así, en que no estarán produciendo bienes y servicios que la productividad está por encima de 85%. Otro costo de la generen recursos para pagar sus derechos: las mujeres reducción de la jornada laboral es que obligará a las empresas a contratar más personal, lo que elevará sus
  • 6. Pág. 6 costos de operaciones, por lo que tendrán la necesidad de eventual e imprevisible aumento de las nóminas de subir los precios de los productos y servicios que ofrecen, de trabajadores de las empresas y entes y órganos de nuevo, en perjuicio del acceso de los consumidores y la Administración Pública, cuando a través de usuarios a bienes y servicios de calidad a precios interpretaciones extensivas o ideologizadas del competitivos (véase lo explicado en: http://informe21.com/ DLOTT se califique como tercerización ilegal (que economia/12/05/10/reduccion-de-la-jornada-laboral-afectara- pretende ocultar una relación laboral) relaciones que a-las-empresas). no existen (cuando se diga que el trabajador en realidad presta servicios a la empresa contratante A - Régimen de la estabilidad e inamovilidad absoluta, y no a la empresa contratista B, que presta servicios prohibición de la tercerización y supresión de la libertad o suministra bienes a la empresa A) o relaciones contractual laboral: los beneficios de este régimen del que no reúnen las notas de subordinación y DLOTTT podrían ser (i) que los que tenían empleo para la ajenidad típicas de la relación de trabajo. fecha de puesta en vigencia del decreto-ley prácticamente quedarán amparados de cualquier forma de terminación de El costo de la inamovilidad y la estabilidad del la relación de trabajo salvo que voluntariamente renuncien o DLOTT unido a los pasivos que implica para los patronos incurran en uno de los supuestos de despido justificado así (privados y estatales), unido a la elimina-ción de la calificados por la autoridad competente para ello; (ii) que los libertad de contratación, supondrá el congelamiento del empleados de empresas relacionadas contractualmente con número de empleos disponibles así como el progresivo otras empresas con mejor régimen laboral (logrados por una aumento del número de desempleados (no se generarán planificación responsable, no demagógica, de sus costos) y más empleos, por lo costoso y la falta de libertad los prestadores de servicios profesionales o no terminarán contractual, pero sí habrán cada año más jóvenes sin todos disfrutando eventualmente de ese mejor régimen empleos por los cuales optar), tal y como lo destacó el laboral por orden de una Inspectoría o de un tribunal laboral, Presidente de FEDECÁMARAS quien “aseguró que esta y (iii) la supresión de la libertad contractual de los patronos ley sólo defiende y protege a los trabajadores ya de poner fin unilateralmente a la relación laboral, aún empleados, pero excluye totalmente a los 6 millones de estando dispuesto a pagar indemnizaciones adicionales desempleados que hay en el país según las cifras como las previstas en la derogada ley de 1997. suministradas por el Instituto Nacional de Uno de los costos de este régimen inflexible y Estadísticas” (ver: http://www.noticias24.com/venezuela/ desequilibrado del DLOTTT, a saber, los abusos la noticia/105470/nueva-lot-aumentara-el-costo-de-vida-del- administración pública, los desestímulos a la producción, la venezolano-y-bajara-la-produccion/). discriminación y la impunidad, se describe bien en el relato de la escritora Adriana Villanueva (puede ser consultado en: - Régimen del período de prueba y el aumento de los http://evitandointensidades.blogspot.com/2011/12/el-obrero- días feriados: los beneficios derivados de estas arrejuntado.html), donde que muestra el incentivo perverso novedades del DLOTTT vienen a ser (i) la rápida del régimen de inamovilidad. En el relato se muestra una estabilidad que obtienen los nuevos trabajadores y la historia cotidiana, de una pequeña empresa en donde el posibilidad de disfrutar rápidamente del derecho a trabajador justifica las ausencias al trabajo, por la necesidad acumular prestaciones sociales, y (ii) el aumento del de asistir a actos de gobierno para poder acceder a una tiempo fuera del centro de trabajo, sea estatal o privado, vivienda, y cuando el empleador reclama la respuesta es: para dedicarse a otras actividades personales de su "Recuerde que hay inamovilidad laboral decretada preferencia, sin que ello implique desmejorar en sus por el gobierno, seguiré faltando al trabajo cada vez derechos laborales, que se siguen computando y que me convoque la revolución y usted no me sumando en esos nuevos días feriados. puede despedir". Los costos son, de nuevo, para los patronos, para los Y tiene razón, hay inamovilidad laboral, si el consumidores y usuarios (incluso, para los usuarios de empleado llega con un machete y ataca al jefe, servicios de la Administración Pública) y, en especial, quizás podría haber un atenuante para despedirlo, y para los millones de desempleados que existen en cuidado si ni siquiera…” Venezuela, pues (i) con independencia de su Otro costo, derivado más que de la prohibición de rendimiento, compromiso, aptitud, capacidad y tercerización, de la calificación de ciertas relaciones no responsabilidad laboral, el nuevo trabajador tendrá laborales como formas de tercerización o la declaratoria estabilidad dese el primer mes, con todos los beneficios y de relaciones laborales entre trabajadores de garantías que ello le implica, lo que puede generar contratistas con la empresa a la cual ésta presta abusos de su parte o falta de incentivo para mejorar su servicios aún no conexos con su objeto social, será el productividad ya que no está en riesgo su trabajo, puede
  • 7. Pág. 7 ser mediocre, y los consumidores y usuarios tendrán peor Nacional indispensables para la operatividad de la atención sin consecuencias; (ii) la imposibilidad de que otras empresa, y (iii) el riesgo de que se inicien investigaciones personas desempleadas, con mejor rendimiento, penales que culminen con arrestos de patronos y otros compromiso, aptitud, capacidad y responsabilidad laboral representantes de las empresas, todo lo cual no sólo pueda asumir ese puesto de trabajo, en su propio beneficio, desincentiva nuevas inversiones, la creación de más en beneficio de la empresa y de los consumidores o usuarios empleos y el aumento de la productividad, sino que, en de la misma; y (iii) serán los patronos los que tendrán que vista de lo complicado y en casos imposible que resulta asumir sin retribución alguna los costos de los días feriados, cumplir con las obligaciones del DLOTTT, el costo final de en los que los trabajadores nada aportaran al proceso de este régimen de sanciones puede ser el progresivo cierre generación de riqueza. de las empresas privadas que no puedan adecuarse a dichas exigencias. - Régimen de las competencias del Ejecutivo Nacional en protección de los derechos de los trabajadores y de sus Costos Generales en el Sector Privado. fines: el posible beneficio de que el Ejecutivo Nacional en Además de los señalados en la sección anterior, en las lugar de los tribunales laborales puedan asumir nuevas empresas se percibe la LOTTT como fuente de competencias contra el patrono estatal o privado “renuente” conflictividad. Las excesivas prerrogativas otorgadas al a cumplir con decisiones del Ministerio del Trabajo o de las trabajador, impedirá al empleador tomar decisiones Inspectorías, es que los trabajadores beneficiados por esos libremente y ajustadas a los objetivos de la empresa, actos no tendrán que costear abogados ni “soportar” un además las empresas deberán aprovisionar los costos proceso judicial laboral para que se examine si tienen o no económicos que ello implicará. razón, sino que obtendrán apoyo gratuito del Gobierno en sus controversias, al juzgar por motivos ideológicos (según El excesivo proteccionismo al trabajador hace inferir que la Exposición de Motivos y letra del propio DLOTTT) que se incrementará el ausentismo laboral, y conllevará una siempre los intereses de los trabajadores coinciden con los merma en la productividad laboral. A manera de ejemplo, fines del Estado, cuando los patronos son privados establecer como causa para falta al trabajo el cuidado a un familiar enfermo, podría incrementar el ausentismo El costo de estas nuevas atribuciones (que se suman a las laboral, con lo cual el empleador para cubrir esa falta previstas en la Ley del INDEPABIS y en el Decreto-Ley de debe incurrir en costos adicionales. Costos), de ordenar la ocupación del lugar de trabajo y el reinicio de las actividades productivas en caso de cierre, Las sanciones por incumplimiento fueron incrementadas, cuando se verifiquen casos de cierres ilegales o fraudulentos siendo el nuevo rango entre Bs. 2.700 y Bs. 32.400, de una entidad de trabajo, o debido a una acción de paro además se incluye sanciones (penales) de arresto al patronal, o en los casos en que el patrono se niegue a empleador por incurrir en desacato. Cabe destacar que cumplir con una orden contenida en una Providencia en los últimos años en Venezuela con la promulgación de Administrativa que ordena el reinicio de las actividades alrededor de 100 leyes se ha establecido una fuerte productivas, es el aumento de la inseguridad jurídica (los penalización a la actividad empresarial, son más de 100 patronos no serán juzgados por su juez natural, sino por una leyes con las cuales se han creado alrededor de mil tipos Administración que actúa según motivos políticos, no de penas. técnicos), de vías para la violación de la propiedad privada y libre empresa, de medidas políticas que afectan el proceso La mayor participación que se atribuye a los trabajadores, productivo y el aumento de los desincentivos a la inversión, por medio del consejo de Trabajadores impactará en el lo que supone en la práctica menos bienes y servicios funcionamiento de las empresas, en sus costos y producidos en el país, menos puestos de trabajo, y más márgenes de ganancias. Pues podrán cuestionar la dificultades para los consumidores, usuarios y estructura de costos, los precios y las relaciones del desempleados, con lo cual, como afirman expertos, será el empleador con sus trabajadores. Podrán solicitar los Gobierno Nacional quien decida quién regresa y quién sale movimientos administrativos de las empresas y de las empresas. cuestionar si son ó no justos. Estos Consejos pretenden sustituir al empleador y a los sindicatos en algunas decisiones referidas a ascensos laborales, capacitación y Sobre los costos del régimen sancionatorio, en formación, lo cual incidirá en la política de personal que general, cabe indicar que se incrementa (i) el riesgo de ser diseñe la empresa. sancionado sin derecho a la defensa en múltiples casos en que será el Ejecutivo el que decida y no un tribunal, (ii) el Dado lo estipulado en los artículos del título II referido a la riesgo de que por no pagar la multa se revoque la solvencia laboral y se paralicen trámites ante la Administración Pública
  • 8. Pág. 8 relación de trabajo, el empleador se verá en la obligación de Se puede prever como resultado de la aplicación de la documentar (y mantener hasta por un lapso de 10 años) toda Ley una mayor contracción en el empleo formal, la relación de trabajo con sus empleados: contratos, recibos incrementándose la informalidad y la desocupación, de pagos de las obligaciones, remuneraciones, beneficios, igualmente la población inactiva tenderá a incrementarse, horas extras, etc, lo cual encarece los costos administrativos toda vez que ante la escasez de fuentes de empleo, de las empresas. habrá un desincentivo a procurar insertarse en el mercado laboral. Esta nueva LOTTT prevé la ocupación de empresas por el riesgo de extinción de la fuente de trabajo o de EFECTOS SOBRE LA LIBERTAD INDIVIDUAL Y LA modificaciones de las condiciones de trabajo, ello con el “fin” PROPIEDAD. de garantizar el funcionamiento de la empresa, evitar cierres Al revisar el objeto de la Ley señalado en el articulo No. 1 y ofrecer seguridad al trabajador, lo cual como fue señalado del DLOTTT: “proteger el trabajo como hecho social y genera mayor inseguridad jurídica. garantizar los derechos de los trabajadores y las trabajadoras creadoras de la riqueza socialmente Según lo establecido en la nueva LOTTT la contratación de producida, y sujetos protagónicos de los procesos de un empleado que perciba el salario mínimo ubicado en Bs. educación y trabajo para alcanzar los fines del Estado 1.780,45 implica para una empresa un desembolso de democrático y social de derecho y de justicia, de alrededor Bs. 2.336,84 mensuales en los primeros 12 meses conformidad con la Constitución de la República de la relación laboral. Bolivariana de Venezuela y el pensamiento del padre de la Patria Simón Bolívar”, partiendo para ello de que la Costos Generales en el Sector Público. “correcta aplicación de esta Ley tiene como esencia la Al igual que en el sector privado el cálculo retroactivo de las concepción constitucional sobre el trabajo como proceso prestación impactará la estructura de gasto, más aún cuando social fundamental para alcanzar los fines del Estado”, se existe un estimado de antigüedad promedio de entre 10 años puede inferir que no son los fines que individual o y 14 años ininterrumpidos. Esta deuda vendría a sumarse al colectivamente persigan los trabajadores, lo que motiva la calculo que refiere que el Gobierno adeuda a 1 millón 500 DLTTT, por lo cual el trabajador queda supeditado a los mil trabajadores de la administración pública más de $20.000 fines del Estado. millones por concepto de pasivos laborales desde el 19 de junio de 1997. Igualmente se desprende del ámbito de aplicación, donde se señala que “esta Ley regirá las situaciones y Impacto en el mercado Laboral. relaciones laborales desarrolladas dentro del territorio Al cierre de Marzo de 2012, la fuerza de trabajo (entendida nacional, de los trabajadores y trabajadoras con los como toda la población mayor de 15 años) se ubicó en 20,95 patronos y patronas, derivadas del trabajo como hecho millones de personas. De ese número se encuentran en social” y así como las relaciones entre los trabajadores condición de población económicamente activa 13,46 contratados y los obreros y la Administración Pública millones y en condición de inactivos 7,49 millones. En el nacional, estadal y municipal, con exclusión de los grafico se muestra la distribución de la población funcionarios públicos (carrera, de libre nombramiento y de económicamente activa, de los cuales estarán protegidos por elección popular al regirse por las normas sobre la la Ley sólo los empleos formales, equivalentes a 7,27 función pública), que la misma aplicará a casi la totalidad millones de personas, ellos representan sólo el 35% de la de las relaciones jurídicas laborales. fuerza de trabajo, dejando desprotegido y cerrando las oportunidades de empleo formal a los desocupados y a los La ley tiende a ser un instrumento para control de los ocupados informales. trabajadores, por la vía de las atribuciones de los consejos de trabajadores, que más que instancias de reivindicación se perciben como instancias políticas a favor gubernamental, cabe recordar, que por ejemplo en el sector público, la cantidad de protesta por reivindicaciones laborales realizada han venido incrementando, se ubicaron en 2.500 al cierre de 2011 y sólo en los dos primeros meses de 2012 se registraron 450 protestas más.
  • 9. Pág. 10 Esta Ley no puede mirarse aisladamente, tiene que verse dentro del conjunto de instrumentos que han sido aprobados para sustituir el modelo socio productivo previsto en la Constitución Nacional. Con esta nueva LOTTT las empresas deberán hacer más desembolsos para sostener la estructura del negocio. Además con el encarecimiento del costo laboral se desincentiva la inversión, pues no existen razones lógicas para invertir su no se puede despedir a un trabajador improductivo y estás expuesto a sanciones y cierres. Se desnaturaliza la relación de trabajo. Se impone una protección a ultranza de grupos de trabajadores (mujeres), que terminará por desincentivar su contratación y generando una mayor discriminación. Se debe procurar que la Legislación Laboral, tienda a incentivar y garantizar el empleo para toda la población con capacidad de trabajo. La Ley debe ir más allá del marco legal, deben existir cambios en las instituciones del estado encargadas de velar por su cumplimiento. El mercado de trabajo, es fundamental en el crecimiento económico de los países, pues sirve de fuente de consumo al generar capacidad de compra, dado el ingreso percibido por los trabajadores como resultado del pago por el esfuerzo aportado. La literatura de libre mercado que surge de la Escuela Austriaca, ha intentado demostrar que en ausencia de intervención estatal la economía tiende, en última instancia, a reducir sus niveles de desocupación hasta alcanzar el pleno empleo, al mismo tiempo que erradica por completo el proceso inflacionario. Al respecto Ludwing von Mises expresa en su artículo “Salario, Desempleo e Inflación”1: “El nivel de salario al cual encuentran empleo todas las personas que quieren emplearse, depende de la productividad marginal del trabajo…..mientras mayor capital se invierte mayor altura alcanzan los salarios reales en el mercado libre…A esos niveles de salarios, en el mercado libre, todos los empleadores que desean emplear trabajadores pueden contratar tantos de ellos como su actividad requieran. Y a esos niveles salariales todos los trabajadores que quieran emplearse encuentran trabajo. En el mercado laboral libre, prevalece la tendencia hacia el pleno empleo. En verdad, la política de permitir que le libre mercado determine el nivel de salario es la única política de pleno empleo, razonable y destinada a tener éxito. Si los salarios sobrepasan dicho nivel…sobreviene el desempleo duradero de una parte de la potencial fuerza laboral” La protección del Estado de Derecho, implica, entre otras cosas, proveer de un marco jurídico adecuado a los derechos de los trabajadores y los empleadores para que puedan fijar libremente sus acuerdos contractuales. Como señalan Alberto Benegas Link (h) y Martin Krause 2 “si las regulaciones laborales de un país no contribuyen a ello, si socavan la cooperación y la mutua confianza, si restringen las libertades y las oportunidades, los costos tienden a elevarse y disminuyen los beneficios de las partes contratantes y de la sociedad en su conjunto. De este modo surgen los problemas de desempleo, ingresos reducidos, menores posibilidades de capacitación, baja productividad, escasa competitividad internacional y se las autonomías individuales”. Puede concluirse de este análisis que la solución al problema de desempleo en Venezuela, no se perfila en el corto plazo, debido a que la regulación laboral contenida en la LOTTT pareciera que viene a complicar el escenario de las relaciones laborales, generando mayor conflictividad, desincentivo a la inversión y mayor informalización del mercado laboral. 1/ Ludwing von Mises (1976). Salario, Desempleo e Inflación, Ideas sobre Libertad. Centro de Estudios Sobre la Libertad, Año XVIII, junio de 1976. 2/ Alberto Benegas Link (h) y Martin Krause. Legislación Laboral para los más necesitados. Proyecto para una sociedad abierta. Informe No. 2. Mayo de 1992. Si desea citar este documento: Decreto Ley del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Buenas Intenciones, ¿Trágicos resultados? CIPE-CEDICE, Mayo 2012 Pueden ser consultados en www.cedice.org.ve