El documento proporciona información sobre tres tipos de planes de negocios: 1) para empresas en marcha, que evalúa nuevas unidades de negocio y distribuye costos entre ellas; 2) para nuevas empresas, que detalla la idea, objetivos, estrategias y planes de acción; 3) para inversionistas, que incluye información financiera para determinar la viabilidad y retorno de la inversión. También presenta requisitos para la creación de empresas como el Registro Único Tributario RUT y el Registro Único Empresarial RUE.
2. 1)Plan de negocios para empresa en marcha
El plan utilizado para esta etapa debe evaluar la nueva unidad de negocio de
manera independiente y además, deberá distribuir los costos fijos de toda la
empresa entre todas las unidades de negocios, incluida la nueva. Además,
deberá mostrar las fortalezas y debilidades de la empresa y demostrar la
capacidad gerencial del grupo empresarial.
2) Plan de negocios para nuevas empresas
En este tipo de plan se debe detallar, tanto la descripción de la idea en sí
misma, como los objetivos a ser alcanzados, las estrategias a ser aplicadas
y los planes de acción respectivos para lograr las metas propuestas.
3) Plan de negocios para inversionistas
Debe estar redactado para atraer el interés de los inversionistas. Por ello, es
importante que incorpore toda la información necesaria sobre la idea o la
empresa en marcha y datos relevantes que determinen la factibilidad
financiera del negocio y el retorno de la inversión, que el inversionista puede
obtener al apostar por la idea propuesta. Debe ser claro, sencillo y contener
la información relevante para una evaluación financiera confiable.
3. Consultas rápidas para la creación de empresa
Original del documento de identidad
Formulario del Registro Único Tributario RUT
Formulario Registro Único Empresarial (RUE)
Carátula única empresarial y anexo de matrícula mercantil.
Formulario registro con otras entidades
Consultas virtuales
4. Registro Único Tributario – RUT
Las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto
sobre la renta,
Las personas y entidades no contribuyentes, declarantes de ingresos y patrimonio,
Los responsables del impuesto sobre las ventas pertenecientes a los regímenes común o
simplificado,
Los agentes retenedores,
Los importadores y exportadores,
Las personas o entidades no responsables del impuesto sobre las ventas, que requieran la
expedición de NIT, cuando por disposiciones especiales estén obligadas a expedir factura,
Los profesionales en compra y venta de divisas, y las demás personas naturales o jurídicas
que participen en las operaciones de importación, exportación y tránsito aduanero; los
agentes de carga internacional, los agentes marítimos, los depósitos habilitados públicos y
privados, las comercializadoras internacionales (C.I.), los comerciantes de las zonas de
régimen aduanero especial, los comerciantes del puerto libre de San Andrés, Providencia y
Santa Catalina, los intermediarios de tráfico postal y envíos urgentes, los operadores de
transporte multimodal, las sociedades de intermediación aduanera, los titulares de puertos
y muelles de servicio público o privado, los transportadores en el régimen de importación o
exportación, los transportistas nacionales para operaciones del régimen de tránsito
aduanero, los usuarios operadores de zonas francas, los usuarios de zonas francas
industriales de bienes y servicios, los usuarios aduaneros permanentes, los usuarios
altamente exportadores, los usuarios de zonas económicas especiales de exportación y
demás usuarios aduaneros.
5. Registro Único Empresarial - RUE
Con el propósito de reducir trámites ante el estado, el
Registro Mercantil y el Registro de Proponentes se integraron
en el Registro Único Empresarial, a cargo de las Cámaras de
Comercio, el cual tiene validez general para todos los
trámites, gestiones y obligaciones, sin perjuicio de lo previsto
en las disposiciones especiales sobre materias tributarias,
arancelarias y sanitarias.