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“AÑO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 203 -2012-MPM-A.
Ayaviri, 09 de Mayo del 2012.
VISTO:
El Informe Nº 042-2012-PROCOAM/MPM-A ,y;
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su
competencia, conforme lo dispuesto en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de
Reforma Constitucional No. 27680; concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades No. 27972;
Que, se desprende del Informe N° 042-2012-PROCOAM/MPM-A, emitido por la responsable de la Oficina
del Programa de Complementación Alimentaria, quien refiere al amparo de l Ley Nº 27767-Ley del Programa
Nacional complementario de Asistencia Alimentaria, D.S. Nº 002-04-MIMDES, se conformo el Comité Especial para
la adquisiciones de productos para el citado programa, por lo que requiere se emita el resolutivo correspondiente.
Estando al Proveído Nº 2283 del Titular de la Entidad recaído en el Informe Nº 042-2012-PROCOAM/MPM-A, se
dispone se emita el resolutivo correspondiente.
Que, el primer párrafo del artículo 34º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que
las contrataciones y adquisiciones que realizan los gobiernos locales se sujetan a la ley de la materia;
Que, de conformidad con el artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado
mediante D.S. Nº 184-2008-EF, establece que, El Titular de la Entidad o el funcionario a quien se hubiera delegado
esta atribución, designará por escrito a los integrantes titulares y suplentes del Comité Especial, indicando los
nombres completos y quién actuará como presidente y cuidando que exista correspondencia entre cada miembro
titular y su suplente. La decisión será notificada a cada uno de los miembros.
Que, conforme a la Ley No.27767 Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, se
establecen las normas que regulan la obligatoriedad de la adquisición de productos alimenticios nacionales de
origen agropecuario e hidrobiológico, por los Programas de Apoyo Alimentario y Compensación Social de todos los
organismos del Estado que utilicen recursos públicos;
Que, el D.S. No.002-2004-MIMDES, reglamento de la Ley No.27767 Ley del Programa Nacional
Complementario de Asistencia Alimentaria establece que la Comisión de Adquisición deberá estar integrado por tres
integrantes; El Gerente del Gobierno Local Provincial o funcionario designado por éstos, en calidad de Presidente, un
representante de los Alcaldes Distritales y un representante local del Ministerio de Agricultura, quienes conducirán
el proceso de adquisición de los Productos para el Programa Complementario de Asistencia Alimentaria.
Que, estando a lo establecido en el Art. 20° Inc. 20) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972;
Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General y las atribuciones administrativas delegadas y
precisadas en la Resolución de Alcaldía Nº 179-2010-MPSR-ALCA y con visación de la Gerencia de Administración,
Dirección de Asesoría Jurídica y Unidad de Planeamiento y Presupuesto;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- CONFORMAR el COMITÉ ESPECIAL ADHOC para la adquisición de insumos para el
Programa de Complementación Alimentaria de la Municipalidad Provincial de Melgar, en el ejercicio fiscal 2012, el
mismo que tendrá a su cargo la organización y ejecución el proceso de selección hasta que la Buena Pro quede
consentida o administrativamente firme, integrado por las siguientes personas:
MIEMBROS TITULARES:
Representante del Gobierno Local Provincial : CPC. Dany Daniel Coaquira Mamani
Representante de Alcaldes Distritales : Ing. Antonio Puma Villalba
Representante del Ministerio de Agricultura : Sr. Lucio Julián Huaranca Morales
MIEMBROS SUPLENTES
Responsable Programa PROCOAM : Sra. Grecia Pachari Cahuana
Representante de Alcaldes Distritales : Sra. Irene Jacinta Huamán Choquehuayta
Representante del Ministerio de Salud : Lic. Juan Miguel Enrique Franco Molina
2. Jr. Tacna No.562- Melgar-Ayaviri- Puno Teléfono: (051) 563061- Telefax (051) 563140 Apartado No.43
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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 203 -2012-MPM-A.
Articulo Segundo.- INTEGRESE como miembros del Comité Especial Adhoc a los veedores y fiscalizadores
quienes actuaran sin voz ni voto a las siguientes personas:
VEEDORES
Representante de la OSB : Sra. Domitila Calderón Salas
Representante de la OSB : Sra. Leonarda Idme Ccasa
FISCALIZADORES
Regidor Programas Sociales : Prof. Clímaco Huayapa Gallegos
Regidor Programas Sociales : Sr. Julián Morocco Ccoyo.
Artículo Tercero.- El COMITÉ de adquisición ejercerá sus funciones bajo responsabilidad en estricto
cumplimiento de la Ley de Contrataciones del Estado, su reglamento y demás normas legales vigentes, otorgándose
la facultad absoluta de responsabilidad administrativa civil y/o penal.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Administración
General y demás dependencias que correspondan.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
LHH/A
WCH/GSG
C.C.
PROCOAM
GDSS
INT.
ARCH.