4. Título IV de las personas físicas
• Persona física. Es todo ser “capaz” de
tener derechos y obligaciones.
• Atributos de las personas físicas:
a) Capacidad jurídica. (arts. 2 y 22 del
CCF), Es la posibilidad o actitud de
poder actuar en la vida jurídica por sí
mismo o por representantes, se divide
en:
- Capacidad de goce y
- Capacidad de ejercicio.
4
5. Título IV de las personas físicas
Capítulo I. De los ingresos por salarios.
Capítulo II. de los ingresos por actividades
empresariales y profesionales.
Capítulo III. De los ingresos por
arrendamiento y en general por otorgar
el uso o goce temporal de bienes
inmuebles.
Capitulo IV. De los ingresos por
enajenación de bienes.
5
6. Título IV de las personas físicas
Capítulo V. De los ingresos por
adquisición de bienes.
Capítulo VI. De los ingresos por intereses.
Capítulo VII. De los ingresos por la
obtención de premios.
Capítulo VIII. De los ingresos por
dividendos y en general por las
ganancias distribuidas por personas
morales.
6
7. Título IV de las personas físicas
Capítulo IX. De los demás ingresos que
obtengan las personas físicas.
Capítulo X. De los requisitos de las
deducciones.
Capítulo XI. De la declaración anual.
7
8. Ingresos por los cuales se paga
ISR
• El art. 106 de LISR menciona ingresos:
• En efectivo.
• En bienes.
• Devengado cuando en los términos
de este Título señale.
• En crédito.
• En servicios, en los casos que señale la
Ley, o
8
9. Ingresos por los cuales se paga
ISR
• De cualquier otro tipo.
• Las personas físicas residentes en el
extranjero que realicen actividades
empresariales o presten servicios
personales independientes en el país, a
través de un establecimiento
permanente, por los ingresos atribuibles a
éste.
• Discrepancia fiscal (erogaciones
superiores a los ingresos, art. 107 LISR).
9
10. Otros ingresos (art. 106 LISR)
• Ganancia cambiaria.
• Por recibir remanente distribuible de
personas morales con fines no
lucrativos.
10
11. Ingresos exentos de las personas
físicas (Art. 109 LISR)
I. Prestaciones legales del salario mínimo.
II. Indemnizaciones por riesgos de trabajo
o enfermedades señaladas en los
contratos.
III. Las jubilaciones, pensiones, haberes de
retiro, pensiones vitalicias.
IV. Reembolso de gastos médicos,
dentales, hospitalarios y de funeral.
V. Prestaciones de seguridad social.
11
12. Ingresos exentos de las personas
físicas (Art. 109 LISR)
VI. Prestaciones de previsión social.
VII. Recepción de las aportaciones y sus
rendimientos provenientes de las subcuentas
de la vivienda: LSS, LISSSTE, LISSFAM.
VIII. Cajas y fondos de ahorro de trabajadores.
IX. Cuota obrera pagada por los patrones.
X. Separación laboral.
XI. Gratificaciones que reciban los trabajadores.
12
13. Ingresos exentos de las personas
físicas (Art. 109 LISR)
XII. Remuneraciones por servicios
personales subordinados que perciban
los extranjeros.
XIII. Viáticos.
XIV. Contratos de arrendamiento
prorrogados.
XV. Enajenación de casa habitación con
ciertas limitaciones.
XVI. Los intereses pagados por: instituciones
de crédito, sociedades cooperativas de
ahorro.
13
14. Ingresos exentos de las personas
físicas (Art. 109 LISR)
XVII. Cantidades que paguen las
instituciones de seguridad a los
asegurados o a sus beneficiarios.
XVIII. Herencia o legado.
XIX. En algunos casos: los donativos entre
cónyuges, los que perciben los
descendientes o ascendientes.
XX. Por premios obtenidos con motivo de
un concurso científico, artístico o literario.
14
15. Ingresos exentos de las personas
físicas (Art. 109 LISR)
XXI. Las indemnizaciones por daños.
XXII. Los alimentos de índole civil.
XXIII. La ayuda para gastos de
matrimonio y desempleo provenientes
de retiros efectuados de la subcuenta
de retiro, cesantía en edad avanzada
y vejez.
XXIV. Los impuestos que se trasladen.
15
16. Ingresos exentos de las personas
físicas (Art. 109 LISR)
XXV. Enajenación de derechos
parcelarios.
XXVI. Enajenación de acciones emitidas
en bolsa de valores concesionada en
los términos de la Ley de Mercado de
Valores.
XXVII. Actividades agrícolas, ganaderas,
silvícolas o pesqueras.
XXVIII. Derechos de autor.
16
17. Procedimiento del calculo del ISR
aplicación de tarifas y tablas
• Para calcular el ISR de las personas
físicas en general, salvo para el
régimen de pequeños contribuyentes
y premios, la mecánica a aplicar
consiste en el siguiente procedimiento,
tomando como referencia las tarifas y
tablas contenidas en el art. 113 (para
pagos provisionales) o en su caso el
art. 177 (impuesto del ejercicio).
17
18. Procedimiento del calculo del ISR
aplicación de tarifas y tablas
• BASE DEL IMPUESTO
• Menos: Límite inferior
• Excedente
• Por: Porcentaje
• Impuesto marginal
• Más: Cuota Fija
• Impuesto determinado
• Menos: Subsidio para el empleo
(pag.prov.)
• IMPUESTO CAUSADO O A FAVOR
18
19. De los ingresos por salarios y
asimilados
• Este tema está fundamentado con los
arts. 110 al 118 de la LISR. De acuerdo
con el art. 110 de la citada Ley, se
consideran ingresos:
• Los salarios y demás prestaciones que
deriven de una relación laboral.
• La participación de los trabajadores en
las utilidades de la empresa.
• Las prestaciones percibidas como
consecuencia de la terminación de la
relación laboral.
19
20. De los ingresos por salarios y
asimilados
• El primer párrafo del art. 110, también
señala que para los efectos de este
impuesto, se asimilan a estos ingresos los
siguientes:
I. Remuneraciones a empleados públicos.
II. Anticipo de sociedades, asociaciones
civiles y cooperativas de producción.
III. Emolumentos a administradores,
comisarios y consejeros.
20
21. IV. Honorarios por prestaciones de servicios
preponderantemente a un prestatario.
V. Honorarios percibidos de personas
morales o de personas físicas con
actividad empresarial.
VI. Prestación de actos mercantiles.
VII. Tratamiento salarial por la adquisición
de acciones por trabajadores.
21
22. Ingresos que se asimilan
• Art. 110 de la LISR.
• Se estima que los ingresos por salarios y en
general por la prestación de un servicio personal
subordinado y aquellos que se asimilan, los
obtienen en su totalidad quienes realizan el
trabajo.
• No se considerarán ingresos en bienes, los
servicios de comedor y de comida
proporcionados a los trabajadores ni el uso de
bienes que el patrón proporcione a los
trabajadores para el desempeño de las
actividades propias de éstos siempre que, en este
último caso, los mismos estén de acuerdo con la
naturaleza del trabajo prestado.
22
23. Procedimiento para el calculo del
ISR por salarios
• El procedimiento está contenido en el art. 113
LISR y el Artículo Octavo del Decreto:
• INGRESOS POR SALARIOS GRAVADOS
• Menos: Impuesto local en su caso
• Base
• Aplicación de la tarifa (art. 113)
• ISR CAUSADO
• Menos: Subsidio para el empleo
• ISR A RETENER O SUBSIDIO PARA EL EMPLEO
23
24. Ingresos exentos
• Las personas físicas que obtienen
ingresos por salarios y en general por la
prestación de un servicio personal
subordinado tienen una serie de ingresos
que son exentos. El art. 109 LISR indica
que no se pagará el ISR por la obtención
de los siguientes ingresos, en sus
fracciones: I a la XIII, entre los que
destacan:
24
25. Ingresos exentos
• Prestaciones legales del salario mínimo
y remuneraciones por tiempo extra o
de prestación de servicios en los días
de descanso.
• 50% de horas extras sin exceder a 5
SMG.
• 30 días de SMG de gratificación anual.
• 15 Días de SMG en prima vacacional.
• 15 días de SMG en PTU.
25
26. Ingresos exentos
• Reembolso de gastos médicos, dentales,
hospitalarios y de funeral.
• Prestaciones de previsión social que
reciben los trabajadores y socios
cooperativistas. La exención se limitará
cuando la suma de los ingresos exceda 7
veces el SMG elevada al año. A un SMG
levado al año.
• Cajas y fondos de ahorro. Fracc. VIII art.
109.
• Fondos de ahorro.
26
27. Cajas y fondos de ahorro
• Requisitos art. 31 fracc. XII • Ejemplo:
LISR: • Trabajador A con salario
1.- Se otorguen en forma mensual de $7,000.00
general para todos los aporta el 13%, durante un
trabajadores. año. ¿Cuál es el monto no
2.- Aportación del patrón deducible?
igual al de los • Trabajador B con salario
trabajadores. mensual de $20,000.00
3.- Que la aportación no aporta el 13% durante un
exceda a 1.3 veces el año. ¿Cuál es el monto no
SMGAGT, elevado al año. deducible?
4.- Cumplan con requisitos
de permanencia RISR.
27
28. Gratificaciones
Aguinaldos Vacaciones y primas
vacacionales
• Son exentos el • Son exentos el
equivalente a 30 equivalente a 15
salarios mínimos del salarios mínimos del
área geográfica del área geográfica del
trabajador. trabajador.
• Ejemplo: trabajador • Ejemplo: trabajador
con salario diario de con salario diario de
$450.00 le dan 20 días $98.00, le dan 10 días
de vacaciones. Calcule
de aguinaldo. ¿cuánto sus vacaciones, prima
se acumula a su base vacacional y la base
para el ISR? gravable para el ISR.
28
31. Retención del ISR por parte del
patrón o empleador
• El art. 113 de LISR establece que quienes
hagan pagos por sueldos y salarios están
obligados a efectuar retenciones y
enteros mensuales que tendrán el
carácter de pagos provisionales a
cuenta del impuesto anual.
• Enterarán las retenciones a más tardar el
día 17 de cada uno de los meses del año
calendario, mediante declaración que
presentarán ante las oficinas autorizadas.
31
32. Deducción del impuesto local
• El art. 43 de LIVA establece que en las
Entidades Federativas podrán establecer
impuestos cedulares sobre los ingresos
que obtengan las personas físicas, entre
otros por sueldos, salarios y asimilados,
pudiendo ser las tasas entre un 2% a un
5%.
• Quienes hagan las retenciones deben
reducir de la totalidad de los ingresos
mensuales el impuesto local.
32
33. Obligaciones de los trabajadores
• Proporcionar datos para su inscripción
al RFC.
• Solicitar constancias de
remuneraciones y retenciones. (Art.
118 LISR fracc. III).
• Presentación de declaración anual en
algunos casos.
• Comunicar cuando se tiene más de
un patrón.
33
34. Presentación de declaración anual
en algunos casos
a) Cuando se tengan ingresos
acumulables distintos a los señalados en
este Capítulo.
b) Cuando se hubiera comunicado por
escrito al retenedor que se presentará
declaración anual.
c) Cuando dejen de prestar servicios antes
del 31 de diciembre del año en que se
trate o cuando se hubiesen prestado
servicios a dos o más empleadores en
forma simultánea.
34
35. d) Cuando obtengan ingresos, por los
conceptos a que se refiere este Capítulo,
de fuente de riqueza ubicada en el
extranjero o provenientes de personas no
obligadas a efectuar las retenciones del
art. 113 de LISR.
e) Cuando obtengan ingresos anuales por
los conceptos a que se refiere este
Capítulo que excedan de $400,000.
35
36. Obligaciones de los patrones (art.
118 LISR)
• Efectuar retenciones y entregar el
crédito al salario.
• Calcular el ISR anual en los términos
del art. 116 LISR.
• Entregar constancias de
remuneraciones y retenciones del
impuesto local deducido.
• Solicitar constancias de otros patrones
y si tienen otro empleador.
36
37. Obligaciones de los patrones (art.
118 LISR)
• Presentar declaración informativa de
sueldos y salarios. Presentar a más
tardar el 15 de febrero de cada año.
• Inscripción de los trabajadores en el
RFC.
• Entregar constancia de viáticos.
• Declaración informativa sobre la
entrega de acciones de trabajo.
37
38. Recuerda
• Las personas físicas que obtienen ingresos por
concepto de salarios y en general por la
prestación de un servicio personal
subordinado sustancialmente es como
consecuencia de una relación laboral, sin
embargo también se originan ingresos que no
provienen de dicha relación siendo de tipo
civil o mercantil, llamándoles asimilados para
efectos del procedimiento aplicable del art.
113 LISR, y el subsidio para el empleo, que no
aplica éste último para los asimilados con
excepción para las remuneraciones a los
trabajadores del Estado.
38
39. EJEMPLOS DE CÁLCULO DEL ISR
Ingreso mensual de $7,000.00
Ingreso mensual de $3,000.00
En los casos en los que los pagos sean
menores de un mes, se dividen las cantidades
de la tabla entre 30.4, el resultado así
obtenido se multiplicará por el número de días
al que corresponda el periodo de pago.
Ingreso semanal de $ 2500.00
Ingreso semanal de $ 1750.00
39
40. Ejemplos de pagos mensuales
cuando en ese mes se paga
aguinaldo, PTU o vacaciones
Trabajador con sueldo mensual de $2,500 y recibe
de aguinaldo $1,500.00, calcula el ISR.
Trabajador con sueldo mensual de $ 8,500 y
recibe de vacaciones y prima vacacional de
$3,400.00, calcula el ISR.
Trabajador con sueldo mensual de $12,000 y
recibe PTU por $1,800.00, calcula el ISR.
Hay dos opciones de cálculo del ISR (explicarlas).
40
41. Capítulo II del Título IV de la LISR
• Actividades empresariales y profesionales
en general (arts. 120 a 133).
• Régimen intermedio a las actividades
empresariales (arts. 134 a 136-Bis).
• Régimen de pequeños contribuyentes a
la actividad empresarial (arts. 137 a 140).
41
42. Sujetos y Objeto
De acuerdo con el artículo 120 LISR
están obligados al pago de impuesto,
las personas físicas que perciben
ingresos derivados de la realización de:
1) Actividades Empresariales.
2) De la prestación de servicios
profesionales.
42
43. • Las personas físicas residentes en el
extranjero que tengan uno o varios
establecimientos permanentes en el
país, pagarán el ISR en los términos de
esta Sección por los ingresos
atribuibles a los mismos, derivados de
las actividades empresariales o de la
prestación de servicios profesionales.
43
45. • Son ingresos por la prestación de un
servicio profesional, las
remuneraciones que deriven de un
servicio personal independiente y
cuyos ingresos no estén considerados
en el Capítulo I de este Título (sueldos,
salarios y asimilados).
45
46. Clasificación de las Empresas
• Finalidad: Con fin de lucro y sin fin de lucro.
• Actividad: Comercial, industrial y de servicios.
• Estructura: Formales e informales.
• Tamaño: Grande, mediana, pequeña y
micro.
• Localización: Internacional, nacional, local o
regional.
• Producción: Bienes y servicios.
• Propiedad: Públicas, privadas y mixtas.
46
47. Ingresos por la prestación de un
servicio personal
Son las remuneraciones que deriven de un servicio
personal independiente y cuyos ingresos no estén
considerados en el Capítulo I del Título IV de las
personas físicas.
La actividad empresarial como la profesional desde
un punto de vista jurídico son diferentes, ya que la
primera persigue fines especulativos con la idea de
lucrar siendo regulada por el Código de Comercio; la
segunda actividad se realiza con fines meramente
económicos, regulados por el Código Civil; sin
embargo tanto las obligaciones sustantivas y las
accesorias son las mismas para efectos de la relación
tributaria en materia del ISR.
47
48. Base del ISR Anual (de acuerdo al art.130 se
calcula el impuesto en los términos del
art.177 LISR)
Total de Ingresos Analizaremos cada uno
acumulables de los conceptos de la
Menos: Deducciones Base, con la finalidad
autorizadas de comprenderlos y así,
Igual: UTILIDAD FISCAL en su oportunidad,
aplicarlos a través de
Menos: un caso práctico de
1) PTU cálculo anual para este
2) Pérdidas fiscales, tipo de contribuyentes,
pendientes de aplicar en un tema por
de ejercicios separado en otro
anteriores capítulo del curso.
Igual: UTILIDAD GRAVABLE
48
49. De los Ingresos Acumulables
Aparte de los que ya se señalaron
anteriormente, el art. 121 de la LISR menciona
los siguientes:
1) Condonaciones, quitas o remisiones de
deudas.
2) Enajenación de cuentas y documentos por
cobrar y de títulos de crédito.
3) Seguros, fianzas o responsabilidades a cargo
de terceros.
4) Gastos por cuenta de terceros (excepto los
respaldados con documentación
comprobatoria)
5) Enajenación de obras de arte.
49
50. 6) Los obtenidos por servicios profesionales prestados por
ciertas instituciones.
7) Por la explotación de una patente aduanal.
8) Derechos de autor.
9) Intereses cobrados.
10)Devoluciones o los descuentos por bonificaciones.
11)Ganancia derivada de la enajenación de activos.
12) Ingresos presuntos.
50
51. De la Percepción de los Ingresos
Acumulables
Según el art.122 de la LISR, los ingresos se consideran
acumulables en el momento en que sean
efectivamente percibidos.
Los ingresos se consideran efectivamente percibidos
cuando se reciban en:
Efectivo
En bienes o en servicios
Anticipos, o depósitos o a cualquier otro concepto, sin
importar el nombre con el que se les designe.
Cuando el contribuyente reciba títulos de crédito
emitidos por una persona distinta de quien efectúa el
pago.
Cuando se perciban en cheque, cuando se cobre.
Cuando el interés del acreedor queda satisfecho
mediante cualquier forma de extinción de las
obligaciones.
51
52. De las Deducciones Autorizadas
Art. 123 LISR Deducciones autorizadas:
Devoluciones, descuentos o bonificaciones.
Compras.
Gastos.
Inversiones.
Intereses nominales.
Cuotas pagadas al IMSS.
Impuesto cedular (art. 43 LIVA).
Deducciones de las personas físicas residentes
en el extranjero.
52
53. Devoluciones, descuentos o
bonificaciones
• I. Las devoluciones que se reciban o los
descuentos o bonificaciones que se
hagan, siempre que se hubiese
acumulado el ingreso correspondiente.
• Ejemplo: Nos devuelven mercancías
que habíamos vendido de contado.
Hicimos un descuento por pronto pago
de la venta de mercancías.
53
54. Compras
• II. Las adquisiciones de mercancías, así
como de materias primas, productos
semiterminados o terminados, que utilicen
para prestar servicios, para fabricar bienes
o para enajenarlos. (Arts. 45 A al 45 I LISR).
• No serán deducibles los activos fijos, los
terrenos, las acciones, partes sociales,
obligaciones y otros valores mobiliarios.
54
55. • En el caso de ingresos por enajenación de
terrenos y de acciones, se estará en lo
dispuesto en los artículos 21 y 24 de la LISR,
respectivamente, que en ambos casos
consiste en determinar una ganancia.
• Si la persona física adquiere terrenos o
acciones, tales erogaciones no se
consideran como conceptos deducibles,
pero al momento de su enajenación
solamente se acumulará como ingresos la
ganancia entre el precio de venta y su
costo de adquisición.
55
56. • GASTOS III. Los gastos en general, pudiendo
ser de administración, de venta y de
operación.
• INVERSIONES IV. Las inversiones, acorde al
procedimiento que prevé la LISR para las
personas morales. (Art. 37 al 45 LISR).
• INTERESES NOMINALES V. Los intereses
pagados derivados de la actividad
empresarial o servicio profesional, sin ajuste
alguno, así como los que se generen por
capitales tomados en préstamo siempre y
cuando dichos capitales hayan sido
invertidos en los fines de las actividades
empresariales o profesionales.
56
57. CUOTAS PAGADAS AL IMSS VI. Las cuotas
pagadas por los patrones al Instituto
Mexicano del Seguro Social, incluso cuando
éstas sean a cargo de sus trabajadores.
IMPUESTO CEDULAR VII. Los pagos efectuados
por el impuesto local sobre los ingresos por
actividades empresariales o servicios
profesionales, cuyo pago ya lo está aplicando
el Estado de Guanajuato y cuyo fundamento
está en el artículo 43 de la LIVA y las leyes
locales de dicho Estado.
57
58. Requisitos de las deducciones
• Las deducciones para que efectivamente
se puedan restar a los ingresos, requieren
de ciertos requisitos mencionados en el
artículo 125 de la LISR.
• I. Que hayan sido efectivamente
erogadas en el ejercicio.
• II. Que sean estrictamente indispensables
para la obtención de los ingresos por los
que se está obligado al pago del ISR.
• III. Cuando la LISR permita la Deducción
de inversiones s/ art. 124 LISR.
58
59. • IV. Que se resten una sola vez, aun
cuando estén relacionadas con la
obtención de diversos ingresos.
• V. Que los pagos de primas por seguros o
fianzas se hagan conforme a las leyes de
la materia y correspondan a conceptos
que la LISR señala como deducibles.
• VI. Cuando el pago se realice a plazos,
la deducción procederá por el monto de
las parcialidades efectivamente
pagadas, excepto las deducciones por
inversiones s/ art. 124 LISR.
59
60. • VII. Que tratándose de las inversiones no se les
dé efectos fiscales a su revaluación.
• VIII. Que al realizar las operaciones
correspondientes o a más tardar el último día
del ejercicio, se reúnan los requisitos que para
cada deducción en particular establece la
Ley.
• Otros requisitos de las personas morales
aplicables a las personas físicas con
actividades empresariales y profesionales
(art.31 LISR).
60
61. Gastos e inversiones No Deducibles
• El artículo 126 de la LISR menciona que los
contribuyentes con actividades
empresariales y profesionales,
considerarán los gastos e inversiones no
deducibles del ejercicio, en los términos
del artículo 32 de la LISR, precepto que es
aplicable para las personas morales.
• Hay algunos conceptos NO deducibles en
primera instancia, pero al analizarlos algunos sí
pueden ser deducibles total o parcialmente:
61
62. Conceptos Deducción
Parc. Total
Gtos. Relativos a automóviles parcialm X
Costos relativos a aviones deducibles X
Los recargos X
Obsequios y atenciones c/relación a la act. X
Viáticos o gastos de viaje X
Reservas para las gratific. a trabajadores X
Reservas autorizadas p/ indemnizaciones X
Rentas (con requisitos) de:
- Aviones X
- Embarcaciones X
- Automóviles X
Pérdidas en automóviles y aviones X
IVA e IEPS en algunos casos X
Pérdidas en acciones y otros títulos X
Consumos en restaurantes X
62
63. DE LAS INVERSIONES
• La deducción de las inversiones se
fundamenta en el artículo 37 al 45 de la
LISR.
• Según el art. 38 LISR son inversiones:
• Las inversiones en activos fijos,
• Gastos y cargos diferidos y,
• Las erogaciones realizadas en periodos
pre operativos.
• Las reparaciones, adaptaciones a las
instalaciones (fracc. I Art. 42 LISR).
63
64. • De acuerdo con las NIF´S, en su boletín
C-6, los inmuebles, maquinaria y equipo
son bienes tangibles que tienen por
objeto:
• El uso o usufructo de los mismos en
beneficio de la entidad.
• La producción de artículos para la venta
o para uso de la propia entidad.
• La prestación de servicios a la entidad, a
la clientela o al público en general.
64
65. Procedimiento de la deducción de
las inversiones
• De acuerdo con el artículo 37 de la LISR,
las inversiones únicamente se podrán
deducir mediante la aplicación, en cada
ejercicio, de los porcientos máximos
autorizados por esta Ley, (arts. 39, 40 y 41
LISR), sobre el monto original de la
inversión, con las limitaciones en
deducciones que, en su caso, establezca
la Ley.
65
66. De los ejercicios irregulares
• La deducción correspondiente se
efectuará en el % que represente el
número de meses completos del ejercicio,
en los que el bien haya sido utilizado por el
contribuyente, respecto de doce meses.
Cuando el bien se comience a utilizar
después de iniciado el ejercicio y en el
que se termine su deducción, ésta se
efectuará con las mismas reglas que se
aplican para los ejercicios irregulares.
66
67. De la pérdida fiscal
• A partir del segundo y hasta el penúltimo
párrafo del art. 130 LISR, se plantea el
procedimiento a utilizar en lo relativo a la
pérdida fiscal, la cual se obtiene cuando
los ingresos acumulables obtenidos en el
ejercicio son menores a las deducciones
autorizadas en el mismo.
• En caso de pérdida fiscal se debe
adicionar la PTU pagada en el ejercicio,
situación que es aplicable a partir del
ejercicio 2006.
67
68. Plazo para deducirla y contra qué
se podrá disminuir
• La pérdida fiscal ocurrida en un ejercicio
podrá disminuirse de la utilidad fiscal
determinada en los términos de esta
Sección, de los 10 ejercicios siguientes,
hasta agotarla.
• Las pérdidas fiscales que obtengan los
contribuyentes por la realización de las
actividades empresariales y
profesionales, sólo podrán ser disminuidas
de la utilidad fiscal derivada de las
mismas actividades.
68
69. Base de ISR para pago
provisional
• De acuerdo con el art. 127 LISR, dichos
contribuyentes efectuarán pagos
provisionales mensuales a cuenta del
impuesto del ejercicio, a más tardar el
día 17 del mes inmediato posterior a
aquél al que corresponda el pago,
mediante declaración que
presentarán ante las oficinas
autorizadas.
69
70. Base de ISR para pago
provisional
• Total de ingresos en el periodo
• Menos: Deducciones autorizadas del
mismo
• PTU pagada en el ejercicio
• En su caso las pérdidas fiscales
• RESULTADO OBTENIDO
• Aplicación de la tarifa del art. 113 LISR
• ISR DETERMINADO DE PAGO
PROVISIONAL
70
71. • ISR DETERMINADO DE PAGO
PROVISIONAL
• Menos: Acreditamiento de los pagos
provisionales pagados con
anterioridad.
• ISR PAGO PROVISIONAL DEL MES
• Menos: Retenciones (hechas por
personas morales)
• ISR NETO A PAGAR.
71
72. De la Participación de los
Trabajadores en las
Utilidades de las Empresas
• El art. 132 de LISR establece el
procedimiento a utilizar para
determinar la PTU, tomando en
consideración la renta gravable a que
se refiere el inciso e), de la fracción IX
del art. 123 de la Constitución y de los
arts. 120 y 127 de la LFT, será la utilidad
fiscal que resulte de conformidad con
el art. 130 de LISR.
72
73. Calculo de PTU
• Total de ingresos acumulables por la
actividad empresarial o prestación de
servicios profesionales del ejercicio.
• MENOS:
• Deducciones autorizadas del ejercicio
• UTILIDAD FISCAL ( Renta gravable para la
PTU)
• POR:
• 10%
• PTU A REPARTIR
73
74. Obligaciones de estos contribuyentes
(art.133 LISR)
• Inscripción al RFC.
• Llevar contabilidad y contabilidad
simplificada.
• Expedir y conservar comprobantes.
• Conservación de la contabilidad y
comprobantes.
• Formulación de Estados Financieros por las
actividades empresariales (inventarios).
• Información a presentar en la declaración
anual-utilidad fiscal y PTU e informativas por
medios electrónicos.
74
75. Presentar y mantener a disposición declaraciones
informativas. (art.86 LISR).
Expedir constancias de los pagos que constituyan
ingresos por parte de los extranjeros y de sus
retenciones efectuadas. (art.51 LISR).
Pagos con concepto de salarios.
Informar de las operaciones con partes
relacionadas conjuntamente con la declaración
del ejercicio. (art. 86 fracc. XIII).
Obtener y conservar la documentación de las
operaciones llevadas a cabo con partes
relacionadas, en algunos casos. (art. 86 fracc. XII).
Registro específico por la aplicación de la
deducción de inversiones en forma inmediata.
(art. 220 fracc. XVII ).
75
76. Del régimen intermedio de
las personas físicas con
actividades empresariales
• Sujetos y objeto.
• El art. 134 LISR señala que los
contribuyentes personas físicas que
realicen exclusivamente actividades
empresariales, cuyos ingresos obtenidos
en el ejercicio inmediato anterior por
dichas actividades no hubiesen
excedido de $4´000,000, aplicarán las
disposiciones de la Sección I de este
Capítulo, lo que significa…
76
77. Sujetos y objeto.
• … que los procedimientos para
determinar tanto los pagos
provisionales como el ISR del ejercicio
y la base para PTU son los mismos, con
algunas diferencias que se verán a
continuación, en cuanto a la
deducción de inversiones y
obligaciones.
77
78. Facilidades en cuanto a
obligaciones formales (art. 134 LISR)
I. Llevarán un solo libro de ingresos, egresos y
de registro de inversiones y deducciones, en
lugar de llevar la contabilidad a que se
refiere la fracc. II del art. 133 LISR.
II. En lugar de aplicar lo dispuesto en el tercer
párrafo de la fracc. III del art. 133 LISR,
podrán anotar el importe de las
parcialidades que se pague en el reverso
del comprobante, si la contraprestación se
paga en parcialidades.
78
79. III. No aplicar las siguientes:
- Formulación de estados financieros
por las actividades empresariales.
- Presentar informativas por medios
electrónicos.
- Obtener y conservar la
documentación de las operaciones
llevadas a cabo con partes
relacionadas, en algunos casos.
79
80. Del régimen de pequeños
contribuyentes (art. 137 LISR)
• Sujetos y objeto:
• Las personas físicas que realicen actividades
empresariales, que únicamente enajenen
bienes o presten servicios, al público en
general, podrán optar por pagar el ISR en los
términos establecidos en esta Sección,
siempre que los ingresos propios de su
actividad empresarial y los intereses
obtenidos en el año de calendario anterior,
no hubieran excedido de la cantidad de
$2´000,000.00.
80
81. Cuando inicien operaciones en el
ejercicio
• Los contribuyentes que inicien
actividades podrán optar por pagar el
impuesto conforme al régimen de
pequeños contribuyentes, cuando
estimen que sus ingresos del ejercicio
no excederán del límite de $2´000,000.
81
82. Base y cálculo del ISR
• El art. 138 LISR determina que los
pequeños contribuyentes, calcularán el
impuesto mensual que les corresponda
en los siguientes términos: calcularán el
impuesto aplicando la tasa del 2% a la
diferencia que resulte de disminuir al total
de los ingresos que obtengan en el mes
en efectivo, en bienes o en servicios, un
monto equivalente a 4 veces el SMG
elevado al mes.
82
83. Base y cálculo del ISR
• Total de ingresos en el mes
• Menos: Un monto equivalente a 4
SMG mes
• DIFERENCIA O BASE DEL IMPUESTO
• Por: Tasa del 2%
• IMPUESTO DETERMINADO.
83
84. Obligaciones de los pequeños
contribuyentes
• Inscripción al RFC.
• Plazo para presentar aviso de optar por
tributar como pequeño y dejar de serlo.
• Conservar comprobantes por las
compras de bienes nuevos da activo fijo.
• Contabilidad simplificada.
• Entregar copias de las notas de venta y
conservar originales.
84
85. Salarios mínimos para el ejercicio
2011
• Zona A $59.82 x 30.4 días x 4 = $7,274.68
• Zona B $58.13 x 30.4 días x 4 = $7,068.60
• Zona C $56.70 x 30.4 días x 4 = $6,894.72
• Los ingresos por operaciones en crédito
se considerarán para el pago del
impuesto hasta que se cobren en
efectivo, en bienes o en servicios.
85
86. Ejemplos:
• Contribuyente en Zona A tuvo ingresos
en el mes por $30,000.
• Contribuyente en Zona B tuvo ingresos
en el mes por $36,800.
• Contribuyente en Zona C tuvo ingresos
en el mes por $42,200.
86
87. De la PTU
Cuando tengan trabajadores a su cargo, para
PTU la renta gravable será la cantidad que
resulte de multiplicar por el factor de 7.35 el
impuesto sobre la renta que resulta a cargo del
contribuyente.
Ejercicios:
1) Contribuyente Zona A Ingresos por $
890,000.00
2) Contribuyente Zona B Ingresos por $ 750,000.00
3) Contribuyente Zona C Ingresos por $
598,000.00
87
88. Ejemplo contribuyente Zona B
Ingresos en el ejercicio $600,000.00
Menos: $58.13x365x4= 84,869.80
Base del impuesto 515,130.20
Por: tasa del impuesto 2%
ISR determinado 10,302.61
Por: FACTOR 7.35
BASE PARA PTU 75,724.19
Por: Tasa 10%
PTU A REPARTIR $7,572.42
88
89. De los ingresos por arrendamiento y en
general por otorgar el uso o goce temporal
de bienes inmuebles
• Objeto que origina los ingresos.
• El art. 141 LISR indica que: “Se consideran
ingresos por otorgar el uso o goce
temporal de bienes inmuebles, en
cualquier otra forma”.
• Del momento de la declaración de los
ingresos:
• Los ingresos en crédito se declararán y se
calculará el impuesto que les
corresponda hasta el año de calendario
en el que sean cobrados.
89
90. Ingresos exentos
• El art. 109 LISR señala algunos
conceptos que son ingresos exentos:
No se pagará el ISR por la obtención
de los siguientes ingresos:
• Contratos de arrendamiento
prorrogados.
• Herencia o legado.
90
91. Deducciones Autorizadas
El art. 142 señala las deducciones
autorizadas:
I. Los pagos de contribuciones (predial).
II. Gastos de mantenimiento y agua (que no los
hayan pagado los que lo usan).
III. Intereses reales (de préstamos utilizados para
mejoras de los bienes inmuebles).
IV. Los salarios y sus contribuciones, las
comisiones y los honorarios.
V. Pago de primas por seguros.
VI. Inversiones en construcciones.
91
92. Deducción ciega
• El art. 142 LISR establece una opción en
lugar de aplicar las deducciones
autorizadas, optando por deducir el 35%
de los ingresos.
• Quienes ejercen esta opción podrán
deducir, además el monto de las
erogaciones por concepto del impuesto
predial de dichos inmuebles
correspondiente al año de calendario.
92
93. Ejemplo:
• Ingresos $ 100,000
• Por: 35%
• Monto de la deducción 35,000
• Base previa 65,000
• Menos: Impuesto predial 2,000
• Base del impuesto $ 61,000
93
94. Deducciones en caso de
subarrendamiento
• Tratándose de subarrendamiento sólo se
deducirá el importe de las rentas que
pague el arrendatario al arrendador.
• El subarrendamiento consiste en dar en
arrendamiento el bien inmueble que el
arrendatario recibió para su uso o goce,
a un tercero
94
95. Ejemplo:
• Ingresos por subarrendar $ 20,000
• Menos:
• Contraprestación pagada
al arrendador 15,000
BASE DEL IMPUESTO $ 5,000
95
96. Pagos provisionales
- El procedimiento a aplicar para determinar
los pagos provisionales de acuerdo con el art.
143 LISR en su segundo párrafo consiste en:
Ingresos del mes
Menos:
Monto de las deducciones (art. 142 o ded.
ciega)
Base para pago provisional
Tarifa art. 113 LISR
IMPUESTO DETERMINADO
96
97. Ejercicios
1) Ingreso mensual en enero de $35,000 y
en febrero $40,000, tiene deducciones
por $20,000 y $30,000 respectivamente.
2) Ingreso mensual en enero de $67,000 y
en febrero $23,000, opta por la
deducción ciega.
3) Ingreso mensual en enero de $27,300 y
en febrero de $56,800, tiene
deducciones por $3,500 y $7,900
respectivamente.
97
98. Períodos de los pagos provisionales
(art. 143 LISR)
• Pagos mensuales: efectuarán los pagos
provisionales mensualmente, a más
tardar el día 17 del mes inmediato
posterior al que corresponda el pago.
• No obligación a efectuar pagos
provisionales: los contribuyentes cuyo
monto mensual no exceda de 10 SMG
vigentes en el D.F. elevados al mes.
98
99. Tope para no efectuar pagos
provisionales
• Salario mínimo general del D.F. $ 59.82
• Por días del mes 30.4
• Importe 1,818.53
• Por: 10 salarios mínimos 10
• Tope: $18,185.30
99
100. Obligaciones
• Inscripción al RFC.
• Llevar contabilidad y en qué casos no.
• Expedir comprobantes.
• Declaraciones provisionales y anuales
(explicar formato de declaración
anual en el pizarrón).
100
101. Declaración anual
• INGRESOS
• Menos: DEDUCCIONES O DEDUCCIÓN
CIEGA
• BASE NETA DEL IMPUESTO
• APLICACIÓN DE LA TARIFA (ART. 177)
• IMPUESTO CAUSADO
• Menos: ACREDITAMIENTOS (retenciones y
pagos provisionales)
• ISR A CARGO O A FAVOR
101
102. DE LOS INGRESOS POR
ENAJENACIÓN Y ADQUISICIÓN DE
BIENES
• Concepto de Enajenación:
Consiste en la transmisión del dominio
sobre una cosa o derecho que nos
pertenece a otro u otros sujetos.
Condiciones sustanciales de la
enajenación
1) Ser dueño de la cosa o derecho.
2) Transmitirlos en propiedad a un tercero.
3) Que la transmisión sea de manera
voluntaria o forzosa.
102
103. Concepto de Adquisición
Es el hecho o el acto jurídico en
términos del cual se incorpora al
patrimonio de una persona un bien
mueble o inmueble.
Elementos para la adquisición:
1) Un adquiriente.
2) Un objeto adquirido.
3) El título de la adquisición.
103
104. Ingresos por Enajenación de bienes
• Está fundamentado en los arts. 146 a
154 Bis LISR.
• La ganancia se determina según el
art. 47 LISR de la siguiente forma:
• Ingreso por enajenación
• Menos: Deducciones (art.146 LISR)
• GANANCIA O BASE
104
105. Objeto que origina los ingresos
gravados
• Transmisión de propiedad.
• Adjudicación.
• Aportaciones.
• Arrendamiento financiero.
• Fideicomiso
• Cesión de derechos por la vía del
fideicomiso.
• Bienes representados en títulos.
• Derechos de crédito.
• Fusión o escisión.
105
106. Cómo se configura el ingreso
Se considerará como ingreso el monto de la
contraprestación obtenida, inclusive en
crédito, con motivo de la enajenación.
Ingresos no objeto:
1) Los que deriven de transmisión de propiedad
de bienes por causa de muerte, donación o
fusión de sociedades.
2) Ni los que deriven de la enajenación de
bonos, de valores y de otros títulos de
crédito.
106
107. Ingresos Exentos
• A) La casa habitación del contribuyente,
siempre que el monto de la
contraprestación obtenida no exceda
de un millón quinientas mil unidades de
inversión ($6´797,650.50), y la transmisión
se formalice ante fedatario público. Por
el excedente se determinará la
ganancia y se calcularán el impuesto
anual y el pago provisional en los
términos del Capítulo IV de este Título.
107
108. Casos en que no aplica el límite de
la exención
• La exención prevista será aplicable
siempre que durante los cinco años
inmediatos anteriores a la fecha de
enajenación de que se trate el
contribuyente no hubiere enajenado
otra casa habitación por la que hubiera
obtenido la exención prevista en este
inciso y manifieste, bajo protesta de decir
verdad, dichas circunstancias ante el
fedatario público ante quien se
protocolice la operación.
108
109. • B) Bienes muebles, distintos de las
acciones, de las partes sociales, de los
títulos de valor y de las inversiones del
contribuyente, cuando en un año de
calendario la diferencia entre el total de
las enajenaciones y el costo
comprobado de la adquisición de los
bienes enajenados, no exceda de tres
veces el SMG del área geográfica del
contribuyente elevado al año. Por la
utilidad que exceda se pagará el
impuesto. (Pizarrón tabla de SMG).
109
110. Deducciones Autorizadas (art. 148
LISR)
• Costo comprobado de adquisición.
• Inversiones hechas en construcciones,
mejoras y ampliaciones.
• Gastos notariales, impuestos y
derechos, por escrituras de
adquisición y de enajenación y pagos
por avalúos.
• Comisiones y mediaciones.
110
111. Determinación del ISR anual (art. 147
LISR)
• Las personas que obtengan ingresos
por enajenación de bienes, podrán
efectuar las deducciones a que se
refiere el art. 148 LISR; con la ganancia
así determinada se calculará el
impuesto anual.
• Anotar en le pizarrón las dos formas.
111
112. Pagos provisionales
El art. 154 LISR menciona: Los contribuyentes que
obtengan ingresos por la enajenación de bienes
inmuebles, efectuarán pago provisional por cada
operación, según el siguiente procedimiento:
INGRESOS por enajenación de bienes
Menos: DEDUCCIONES
GANANCIA
Entre: Años transcurridos / adquisición y
enajenación sin exc.20 años
GANANCIA ANUAL
APLICACIÓN TARIFA ART: 113
ISR DETERMINADO
Por: Mismo número de años
TOTAL DE PAGO PROVISIONAL CAUSADO
112
113. De los ingresos por intereses,
dividendos y obtención de premios
• Concepto de intereses:
• El provecho, rendimiento o utilidad
que se obtiene del capital (dinero).
• Beneficio económico que se logra con
cualquier tipo de inversión.
113
114. Determinación del ISR (sexto párrafo art. 158
LISR)
• Interés real
• Por: Tasa de impuesto prom. Del ISR (1)
• IMPUESTO CAUSADO
• (1) Que le correspondió al mismo en los
ejercicios inmediatos anteriores en los
que haya pagado este impuesto a
aquél en el que se efectúe el cálculo,
sin que excedan de cinco.
114
115. Determinación de la tasa del impuesto
promedio
• Suma de los resultados expresados en por
ciento que se obtengan de dividir el
impuesto determinado en cada ejercicio,
entre el ingresos gravable del mismo
ejercicio, de los ejercicios anteriores de
que se trate en los que se haya pagado el
impuesto.
• ENTRE
• El mismo número de ejercicios
considerados, sin que excedan de cinco.
115
116. Ingresos exentos (art. 109 LISR)
• Los intereses pagados por: Instituciones de
crédito, Sociedades cooperativas de
ahorro y préstamo y, Sociedades
financieras populares. Siempre y cuando
provengan de cuentas de cheques,
depósitos de sueldos, pensiones y cuyo
saldo promedio diario no exceda de 5
SMG del D.F., elevados al año.
116
117. OBLIGACIONES DE ESTOS
CONTRIBUYENTES (ART. 161 LISR)
• Solicitar su inscripción en el registro
Federal de Contribuyentes.
• Presentar declaración anual en los
términos de la LISR.
• Conservar, de conformidad con lo
previsto en el CFF, la documentación
relacionada con los ingresos, las
retenciones y el pago de este impuesto.
117
118. De los ingresos por dividendos y por las
ganancias distribuidas por personas
morales
• Dividendos.- Son las cantidades que
resultan de distribuir las utilidades entre los
socios o accionistas.
• Determinación del Impuesto:
DIVIDENDO O UTILIDADES DISTRIBUIDAS
POR: FACTOR 1.3889
POR: TASA DEL ART. 10 ( 2010 al 2012 30%)
ISR QUE SE ADICIONA
118
119. De los ingresos por la obtención de premios (
arts. 162 al 164 LISR)
• Loterías
• Rifas
• Sorteos
• Juegos con apuestas
• Concursos de todas clases
119
120. ISR pagado por quien otorga el
premio
• Cuando la persona que otorgue el premio
pague por cuenta del contribuyente el
impuesto que corresponde como
retención, el importe del impuesto
pagado por cuenta del contribuyente se
considerará como ingreso de los
comprendidos en este artículo.
• No se considerará como premio el
reintegro correspondiente al billete que
permitió participar en las loterías.
120
121. Ingresos exentos (art. 109 LISR)
Por premios obtenidos con motivo de un
concurso científico, artístico o literario.
DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO (art. 163
LISR):
a) De loterías, rifas, sorteos y concursos, se
aplicará la tasa del 1% con algunas
excepciones.
b) Juegos con apuestas, tasa del 1%.
121
122. Impuesto a retener y pago definitivo (art. 106
LISR)
• Las personas físicas residentes en México están
obligadas a informar, en la declaración del
ejercicio, sobre los préstamos, los donativos y
los premios, obtenidos en el mismo, siempre
que éstos, excedan de $1´000,000.00.
• La persona que obtenga el ingreso podrá
acreditar contra el impuesto que determine en
su declaración anual, la retención del impuesto
federal que le hubiera efectuado la persona
que pagó el premio.
122
123. Obligaciones de quienes entregan los
premios (art. 164 LISR)
• Constancia de ingreso y de retención
del impuesto.
• Conservar documentación que ampara
a las constancias.
• Declaración informativa ( a más tardar
el 15 de febrero de cada año).
123
124. Obligados a pagar el ISR anual (art.
175 LISR)
• Las personas físicas que obtengan
ingresos en un año calendario, a
excepción de:
• a) Los exentos y
• b) De aquéllos por los que se haya
pagado impuesto definitivo.
• Están obligados a pagar su impuesto
anual mediante declaración que
presentarán en el mes de abril del año
siguiente, ante las oficinas autorizadas.
124
125. Sujetos no obligados
Las personas físicas que obtengan
ingresos acumulables en el ejercicio
por los conceptos señalados en los
Capítulos I y VI de este Título (sueldos y
salarios e intereses), cuya suma no
exceda de $400,000.00, siempre que
los ingresos por concepto de intereses
reales no excedan de $100,000.00. Y
sobre dichos ingresos se haya
aplicado la retención a que se refiere
el primer párrafo del art. 160 LISR.
125
126. Deducciones Personales (art. 176
LISR)
• Honorarios médicos y dentales, así
como los gastos hospitalarios.
• Gastos funerales en la parte que no
excedan de un SMG del área del
contribuyente elevado al año.
• Los donativos.
• Los intereses reales por créditos
hipotecarios.
126
127. • Aportaciones complementarias de retiro
realizadas directamente en la subcuenta
de aportaciones complementarias de
retiro.
• Gastos destinados a la transportación
escolar de los descendientes en línea
recta cuando ésta sea obligatoria.
• Impuesto local sobre ingresos por salario,
siempre que la tasa de dicho impuesto
no exceda del 5% con lo planteado por
el art. 43 de la LIVA.
127
128. Procedimiento para el cálculo del
Impuesto Anual (art. 177 LISR)
Las personas físicas calcularán el impuesto
del ejercicio sumando, a los ingresos
obtenidos conforme a los Capítulos I, III,
IV, V, VI, VIII y IX de este Título; después
de efectuar las deducciones autorizadas
en dichos Capítulos, la utilidad gravable
determinada conforme a las Secciones I
y II del Capítulo II de este Título, al
resultado obtenido se le disminuirá, en su
caso, las deducciones a que se refiere el
art. 176 LISR.
128
129. CONCE SUELDO ARREN ENAJE ADQUI INTERES DIV.Y DE LOS
PTOS D N S UTIL. DEMÁS
INGRES
OS
MENOS
:
DEDUC
CIONES
RESULT A B C D E F G
ADO
129
130. Procedimiento para el cálculo del ISR
anual
• SUMAS DE A – G
• SUMAS DE BASES
• Más:
• UTILIDAD GRAVABLE (Actividad Empresarial y
profesional)
• RESULTADO
• Menos:
• DEDUCCIONES PERSONALES
• BASE NETA DEL IMPUESTO
• APLICACIÓN TARIFA ART. 177 LISR
• IMPUESTO CAUSADO
• Menos:
• ACREDITAMIENTOS ( Pagos provisionales,
impuesto acreditable pagado en el extranjero)
• ISR A CARGO O A FAVOR
130
132. IETU
• Es un gravamen de tipo directo que
grava, con una tasa uniforme, el flujo
remanente de la empresa que es
utilizado para retribuir los factores de
la producción, deduciendo las
erogaciones para la formación bruta
de capital.
132
133. Características
• Será un gravamen que tendrá una base
más amplia que el ISR, e incidirá en
quienes actualmente no lo pagan,
haciendo más equitativa la contribución.
• Será un gravamen neutral en cuanto a
las erogaciones no deducibles y
equitativo respecto de las que se
realicen tanto en territorio nacional
como en el extranjero y sin afectar su
naturaleza de gravamen mínimo.
133
134. • El IETU va a sustituir al impuesto al
activo para evitar que el impuesto
empresarial a tasa única represente
una obligación fiscal adicional.
• La Ley del IETU fue publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 1° de
octubre del 2007, para entrar en vigor
el 1° de enero del 2008.
134
135. Sujetos del impuesto empresarial
Las personas físicas, por los ingresos que
obtengan, por la realización de las
siguientes actividades:
1) Enajenación de bienes
2) Prestación de servicios independientes
3) Otorgamiento del uso o goce temporal
de bienes
135
136. Tasa del IETU
• Se calcula aplicando la tasa del 17.5%
a la cantidad que resulte de disminuir
de la totalidad de los ingresos
percibidos por las actividades, las
deducciones autorizadas en esta Ley.
136
137. Base y Tasa del IETU del ejercicio
(arts. 1, 5 al 10)
• El art. 7 menciona que el impuesto
empresarial a tasa única se calculará
por ejercicios y se pagará mediante
declaración que se presentará ante
las oficinas autorizadas en el mismo
plazo establecido para la
presentación de la declaración anual
del ISR.
137
138. Base y Tasa
• Total de Ingresos
• Menos: Las deducciones pagadas y
autorizadas
• BASE DEL IMPUESTO
• Por tasa del 17.5%
• IMPUESTO EMPRESARIAL CAUSADO
• Menos: (art.8) crédito fiscal en su caso
(art.11)
• Diferencia
138
139. Diferencia
Menos: (art.8)
-Producto de multiplicar sueldos y salarios
gravados y aportaciones de seguridad
por un factor
-ISR propio del ejercicio, hasta por el monto
de dicha diferencia
-Impuesto Empresarial a Tasa Única
Menos acreditamiento:
- Pagos provisionales del IETU
- DIFERENCIA DEL IETU A PAGAR EN LA
ANUAL
139
140. Determinación de los Ingresos gravados
• El precio o la contraprestación a favor
de quien enajena el bien, presta el
servicio u otorga el uso, realizada por las
personas físicas. Más:
• Las cantidades que además se carguen
o cobren al adquiriente por impuestos o
derechos a cargo del contribuyente,
intereses normales o, moratorios.
• Los anticipos o depósitos que se
restituyan al contribuyente, así como las
bonificaciones s descuentos que reciba.
140
141. Momento de la obtención de los
ingresos
• El art. 3 de tal Ley señala en su fracción
IV que los ingresos se obtienen cuando
se cobren efectivamente las
contraprestaciones correspondientes a
las actividades previstas en el artículo 1
de esta Ley (enajenación de bienes,
prestación de servicios y de
otorgamiento del uso o goce temporal
de bienes) de conformidad con las
reglas que para tal efecto se establecen
en la LIVA.
141
142. Ingresos exentos
• De acuerdo con el art. 4 LIETU, no
pagarán el IETU por los siguientes
ingresos:
- Personas dedicadas a actividades del
sector primario.
- Fondos de pensiones y jubilaciones de
los residentes en el extranjero.
- Enajenaciones especiales.
- Por actos accidentales realizados por
personas físicas.
142
143. Deducciones autorizadas
• Adquisición de bienes
• De servicios independientes o al
• Uso o goce temporal de bienes
• NO SERÁN DEDUCIBLES:
• El salario
• Prestaciones que se entregan al
trabajador incluyendo PTU
• Las indemnizaciones
143
144. Siguiendo con las deducciones:
• Las contribuciones a cargo del contribuyente
pagadas en México: Impuesto a los depósitos
ene efectivo, las aportaciones de seguridad
social y las que deban trasladarse.
• El IVA
• E IEPS Siempre y cuando el contribuyente no
tenga derecho a acreditarlos.
• El importe de las devoluciones, descuentos y
bonificaciones que se realicen.
• Los depósitos o anticipos que se devuelvan.
144
145. Requisitos de las deducciones
(art. 6)
• Que las erogaciones correspondan a
la adquisición de bienes, servicios
independientes o a la obtención del
uso o goce temporal de bienes.
• Que sean estrictamente necesarias
para la realización de las actividades.
• Que sean efectivamente pagadas.
• Que cumplan con los requisitos de
deducibilidad para efectos del ISR.
145
146. Otros conceptos a restar a la base
del IETU (art. 8 y 10)
• Erogaciones de Activos Fijos
1) Pueden realizar una deducción
adicional por las inversiones en
activos fijos realizadas de septiembre
a diciembre del 2007.
2) Pueden aplicar un crédito fiscal por
las inversiones de activos fijos
adquiridas desde el año 1998 a
diciembre del 2007.
146
147. Crédito Fiscal
• El art. 11 de LIETU indica que cuando el
monto de las deducciones autorizadas
por esta Ley sea mayor a los ingresos
gravados por la misma percibidos en el
ejercicio, los contribuyentes tendrán
derecho a un crédito fiscal por el monto
que resulte de aplicar la tasa
establecida en el artículo 1 de la misma
a la diferencia entre las deducciones
autorizadas por esta Ley y los ingresos
percibidos en el ejercicio.
147
148. Ejemplo:
Conceptos IMPORTES
Ejercicio Fiscal 2010
Ingresos obtenidos en el ejercicio $6´000,00
0
Menos: Deducciones autorizadas
7´000,000
Diferencia
1´000,000
Por: Tasa del ejercicio 17.5%
Monto del crédito fiscal
$175,000
148
149. Actualización del crédito fiscal
• El monto del crédito fiscal
determinado en un ejercicio se
actualizará multiplicándolo por el
factor de actualización.
INPC último mes del ejercicio en
que se generó el crédito fiscal.
Entre: INPC último mes de la 1ª mitad
del ejercicio en que se determinó el
crédito fiscal.
149
150. Situaciones a considerar
• Cuando el contribuyente no acredite en
un ejercicio el crédito fiscal o,
pudiéndolo haber hecho, perderá el
derecho a aplicarlo en los ejercicios
posteriores hasta por la cantidad en la
que pudo haberlo acreditado.
• El derecho al acreditamiento previsto es
personal de contribuyente y no podrá ser
transmitido a otra persona ni como
consecuencia de fusión.
150
151. Situaciones a considerar
• El crédito fiscal se aplicará sin perjuicio
del saldo a favor que se genere por los
pagos provisionales efectuados en el
ejercicio fiscal de que se trate.
151
152. Producto de multiplicar sueldos y salarios
gravados y aportaciones de seguridad por
factor
• Se podrá acreditar multiplicando por el factor
de o.175, las erogaciones efectivamente
pagadas por concepto de sueldos y salarios,
así como las aportaciones de seguridad social.
• Monto de las aportaciones de seguridad social
• Más: monto de erogaciones por sueldos y
salarios
• SUMA
• Por: factor de 0.175
• CANTIDAD ACREDITABLE
152