El documento describe un proyecto del Ministerio de Trabajo para mejorar la empleabilidad de personas con discapacidad mediante pasantías laborales. El proyecto busca identificar debilidades en la formación/capacitación y facilitar la transición al empleo de estas personas. El Estado pagará el 100% de la beca por 3 meses y las empresas que contraten personas con discapacidad recibirán incentivos.
1. SU EXCELENCIA LIC. Guillermo Ruiz Matteo
LIC. Alma Lorena Cortes Aguilar DIRECTOR REGIONAL DE TRABAJO EN VERAGUAS
MINISTRA DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL
2. LIC. Guillermo Ruiz Matteo
DIRECTOR
MINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL
DIRECCIÓN REGIONAL DE VERAGUAS
3. El Ministerio de Trabajo a través de la Dirección
General del Empleo y el Departamento de
Integración Socioeconómica de Personas con
Discapacidad, inicia, la ejecución del Proyecto
Mejoramiento de la Empleabilidad de Personas
con Discapacidad, el cual tiene como propósito,
integrar en el mercado laboral a personas con
discapacidad con las mayores carencias y
dificultades para insertarse al sector productivo
mediante un puesto de trabajo.
4. Esta Iniciativa que cuenta con el
aval de la Ministra Alma
Cortés, permite identificar los
elementos que se constituyen en
las debilidades de formación y/o
capacitación y que a su vez
obstaculizan la inserción laboral
y el mejoramiento en la calidad
de vida de estas personas.
5. Igualmente el proyecto busca facilitar la transición y
adaptación laboral, con la finalidad de apoyar a sus
participantes en el proceso de encontrar un empleo
digno y acorde a sus capacidades, mediante el cual
puedan lograr su propia integración social y económica,
pero sobretodo alcanzar su máximo desarrollo como
individuo.
6. ING. Armando J. Córdoba B.
ENLACE DEL DE DEPARTAMENTO DE INSERCIÓN SOCIOECONÓMICA
DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
MINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL
DIRECCIÓN REGIONAL DE VERAGUAS
7. Las personas con discapacidad tienen el derecho a optar por
un empleo productivo y remunerado, en igualdad de
condiciones. Las políticas y programas de contratación y
ascenso, condiciones de empleo, tasas de remuneración,
ambiente laboral y reinserción de los trabajadores lesionados
en accidentes laborales, deben ser equitativos. En los casos en
que personas con discapacidad apliquen para un puesto de
trabajo en igualdad de calificaciones, éstas deberán ser
consideradas prioritariamente para ocupar la posición.
8. El Estado Panameño, mediante el MITRADEL,
con su Programa de Apoyo a la Inserción
Laboral (PAIL); PAGARÁ EL 100% DE LA
BECA POR UN PERIODO MÁXIMO DE 3
(TRES) MESES, con un monto equivalente al
salario mínimo, según la Actividad Económica y
la Región correspondiente, si el becario presenta
condición de discapacidad. MITRADEL
proporciona a cada uno de los becarios/as, una
póliza Colectiva de Accidentes que los/as cubre,
por el período que dure la beca, no mayor de 3
meses.
9. El Ministerio de Economía y
Finanzas, reconocerá al empleador
que contrate PERSONAS CON
DISCAPACIDAD, el doble del
salario devengado por la persona
con discapacidad hasta un
máximo equivalente a seis (6)
meses en cada periodo fiscal, como
gasto deducible para
determinación de la renta
gravable.
10. Las instituciones o empresas que se nieguen
a contratar y/o mantener el dos por ciento
(2%) del personal con discapacidad
debidamente calificado para trabajar,
estarán obligadas a aportar, Al
MITRADEL, una suma igual al salario
mínimo por cada persona dejada de
contratar, durante todo el tiempo que dure
su renuencia. Los fondos así creados
deberán ser depositados en una cuenta
especial y se utilizaran para brindar cursos
de capacitación laboral y ayudas de
autogestión a esta población.
11. La Dirección General de Empleo del MITRADEL, velarán
porque las políticas y programas de contratación y ascenso, al
igual que las condiciones de empleo, tasas de remuneración y el
ambiente laboral, no contengan cláusulas o normas
discriminatorias, en perjuicio de las personas con discapacidad
que opten por un puesto de empleo o laboren en la empresa.
12. Previa denuncia presentada por la persona con discapacidad
que se haya visto perjudicada por una acción o que considere
que alguna empresa ha violado alguna de las condiciones
señaladas en el párrafo anterior, el MITRADEL, a través de la
Dirección Nacional de Inspección de Trabajo, dará inicio a las
investigaciones pertinentes, a fin de determinar las
responsabilidades del caso y remitirá un informe a la Dirección
General de Empleo , para los efectos de hacer cumplir las
normas establecidas en el Código de Trabajo, en la Ley 42 del
27 de agosto de 1992 y en este reglamento.
13. LICDA. Dalila Fabrega
JEFA DE LA UNIDAD DE EMPLEO
MINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL
DIRECCIÓN REGIONAL DE VERAGUAS
14. Insertar en el Mercado Laboral a la
población con menos oportunidades
de obtener un empleo decente
EMPRESAS CONVENIO BUSCADORES
DE EMPLEO
15. Insertar laboralmente a
Buscadores de Empleo con
discapacidad.
Duración del Convenio de 3
meses.
Adaptación Ocupacional de los
Becarios en el puesto de trabajo.
Apoyo Económico al Becario
equivalente al
salario mínimo.
El Estado pagará el 100% a
personas. y la Región.
16. Ser una empresa legalmente constituida.
Estar inscrita en el Servicio Publico de Empleo (SERPE).
Presentar solicitud formal y suscribir Convenio de
Adaptación Ocupacional .
Copia de Certificado de Registro Público vigente.
Copia del Aviso de Operaciones.
Copia de cédula del Representante Legal.
Copia de la última planilla del Seguro Social.
17. Ser mayor de edad.
Demandante Activo de Empleo.
Estar inscrito en el Servicio Publico de Empleo (SERPE).
Contar con la escolaridad y perfil que requiere la empresa.
Certificación de discapacidad por un Centro de Salud,
Seguro Social o IPHE.
18. Ahorro del 100% de salario mínimo pagado a los becarios
por 3 meses.
El 10.25% de ahorro en el pago de Seguro Social.
El 1.25% de ahorro en el pago de Seguro Educativo.
Seguro contra accidentes diario.
No existe relación laboral durante el periodo del Convenio
con la Empresa.
Ahorro en tiempo y dinero en el Reclutamiento y Selección
del personal (con el perfil adecuado).
El Prestigio de participar con el estado en un proyecto
dirigido a la población panameña con discapacidad.
19. Cumplir con la adaptación ocupacional.
Brindar los medios necesarios para que esta se de
satisfactoriamente.
Contratar no menos del 80% del personal que sea evaluado
satisfactoriamente.
Supervisión en conjunto con el MITRADEL.
Tener para el MITRADEL toda la documentación
necesaria.
Entregar copia del contrato del becario, que no debe ser
menos de 6 meses.
20. Imagen Empresarial: induce un
compromiso real en ella con la
sociedad y la integración laboral.
Rendimiento: esta comprobada
la capacidad de concentración en
el trabajo.
Clima laboral: son un gran
estímulo para los compañeros de
trabajo, ya que de esta forma se
llega a un clima laboral más solido
y de mayor cooperación..
21. La oportunidad de obtener un
empleo decente.
Recibirán apoyo económico a
través de una Beca Laboral
equivalente al salario mínimo.
No existirá discriminación por
edad, sexo, condición de
discapacidad u otra causa.
22. EMPRESA BECARIOS
Dar inicio sin el registro de Faltar en los dos primeros
autorización. días del Convenio.
No cumplir con la No asistir el primero o
adaptación adecuadamente. último día de la semana o el
No cumplir con las medidas día posterior al pago de
correctivas dentro del primer quincena.
mes una vez notificados. Retirarse del convenio sin
Muerte del Representante avisar a la empresa o al
Legal. MITRADEL.
Cambio de Razón Social
23. Calle 10ma. Edificio Fiorella
998-4841 o 998-0870
mitradel.gob.pa
Lic. Guillermo Ruiz Matteo
Licda. Dalila Fábrega
Licda. Yaneth Delgado
Ing. Armando J. Córdoba B.