2. Tribunales de Justicia
• Entre los tribunales de justicia se encuentra
en primer lugar la Corte Internacional de
Justicia con sede en Estraburgo y un Tribunal
Interamericano de Justicia con sede en Costa
Rica.
• A diferencia de los cuerpos arbitrales, los
tribunales tienen un carácter permanente y
las partes no pueden elegir a los jueces.
• Se encuentran disponibles en todo momento y
sus jueces son independientes de las partes en
conflicto.
3. Corte Internacional de Justicia
• La Corte esta constituida de 15 jueces de
los cuales no podrá haber 2 que sean
nacionales del mismo Estado
• Los idiomas oficiales son el ingles y el
francés
• Automáticamente todos los Estados
miembros de la ONU son también parte del
estatuto de la Corte.
4. La jurisdicción de la Corte es voluntaria
pues las partes pueden someter sus
controversias a ella en los siguientes
casos:
1. Cuando los Estados signatarios a un
tratado convienen a él que, en caso de
una controversia en lo relativo a la
interpretación o aplicación del tratado
cualquiera de las partes o ambas pueden
llevar el problema ante la Corte
5. 2. Cuando existe un litigio y las partes deciden
someterlo a la jurisdicción de la Corte
Internacional de Justicia
3. Los Estados partes en el presente Estatuto
podrán declarar en cualquier momento que
reconocen como obligatoria ipso facto y sin
convenio especial, respecto a cualquier otro
Estado que acepte la misma obligación, la
jurisdicción de la Corte en todas las
controversias de orden jurídico que versen
sobre:
6. a. la interpretación de un tratado;
b.cualquier cuestión de derecho
internacional;
c. la existencia de todo hecho que, si fuere
establecido, constituiría violación de una
obligación internacional;
d. la naturaleza o extensión de la reparación
que ha de hacerse por el quebrantamiento
de una obligación internacional.