1. EL CONTRATO DE TRABAJO Mario Martínez Y Lourdes Lozano PQPI
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8. CONTRATO DE TRABAJO PARA LA FORMACIÓN - Su finalidad es la formación teórica y práctica necesaria, asociada a un oficio. Requisitos: El trabajador no deberá tener más de 21 años. El trabajador no ha de tener titulación que guarde relación con el oficio a desempeñar. Jornada de trabajo: Formación teórica fuera del puesto de trabajo y dentro de la jornada laboral. La formación teórica será inferior al 15 % de la jornada máxima.
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11. 8.VACACIONES Se reconoce a todos los trabajadores el derecho a las vacaciones anuales retribuidas, estando prohibido su compensación económica. LA duración de las vacaciones será la fijada por el convenio colectivo o en su caso el contrato de trabajo, no pudiendo ser inferior a 30 días naturales por año trabajado. La fijación de la fecha de vacaciones será por acuerdo entre el trabajador y el empresario teniendo en cuenta el convenio colectivo. En este sentido, el trabajador tiene derecho a conocer la fecha de disfrute de vacaciones con al menos dos meses de antelación.