4. REGLAMENTARIO DE LALEY 190 DE 1995 Busca La exposición de si los administradores han acatado la voluntad del legislador. La manifestación expresa de si ha cumplido con el artículo 80. Informe oportuno a los organismos de inspección, vigilancia y control sobre los ilícitos que haya detectado y relacionados con esta Ley, para apoyarlos y hacer seguimiento a las investigaciones de los organismos estatales. Facilitar su labor obligando que el Representante Legal entregue copia de la propuesta para contratar con el Estado al Revisor Fiscal para su seguimiento y fiscalización. Comprometer al Auditor Financiero externo en el cumplimiento de esta labor donde no es obligatorio tener revisor Fiscal.
5. Ley 43 de 1990 Art 7 Normas de auditoría generalmente aceptadas. Los estados financieros dictaminados Artículo 38 de la ley 222/95 Inhabilidades del Revisor Fiscal No pueden ser nombrados revisores fiscales quienes ocupen algún cargo en la matriz o en las subordinadas de esta, es decir en aquellas compañías de que tratan los Artículos 26, 27 y 28 de la citada Ley 222 de 1995. “
6. FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL “Las principales funciones están consignadas en el Código de Comercio Capítulo VIII, Artículo 207, además de otras estipuladas en las normas legales. “Código de comercio en su artículo 211 contempla que: El revisor fiscal responderá de los perjuicios que ocasione a la sociedad, a sus asociados o a terceros, por negligencia o dolo en el cumplimiento de sus funciones. Funciones en las Cajas de Compensación Familiar, Artículo 49 de la Ley 21 de 1982. Funciones en entidades del sector salud, Circular Conjunta 122 de la Superintendencia Nacional de Salud y 036 de la Junta Central de Contadores Funciones en las entidades del sector cooperativo. Artículo 43 de la Ley 79 de 1988. Funciones en las entidades contratistas del Estado, Artículo 80 de la Ley 190 de 1995. Funciones en las empresas comunitarias, Artículo 32 del Decreto Extraordinario 2073 de 1973. Funciones en asociaciones de autores- Artículo 80 del Decreto Reglamentario 3116 de 1984.