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• Conjunto de instituciones encargadas de
la organización, planificación y ejecución
de los distintos procesos electorales que
se llevan a cabo en el país.
• El sistema electoral es uno de los
elementos fundamentales del sistema
político de un país.
• Dentro de éstos encontramos, en primer lugar, a
la distribución de las circunscripciones electorales. Esto
se refiere al tamaño y al número de éstas en un sistema
electoral. El tamaño de las circunscripciones es la
cantidad de escaños que se disputan en cada
circunscripción. El número de circunscripciones es la
cantidad de circunscripciones que se han delimitado
para el proceso electoral. La relación entre tamaño y
número de las circunscripciones es inversamente
proporcional. Por ejemplo, en el Perú el tamaño máximo
de una circunscripción es 120, ya que existen 120
escaños en el Congreso.
3. DERECHO DE
SUFRAGIO Y
PARTICIPACIÓN
ELECTORAL
La
constitución
de 1993, ,
establece que,
en el Perú, el
derecho de
sufragio es
universal y
obligatorio.
La constitución de
1860 establecía
que solo podían
sufragar los
hombres mayores
de 21 años de
edad.
La
constitución
de 1933
otorgo el
derecho de
sufragio a las
mujeres, pero
solo para las
elecciones
Los analfabetos
participaron por
primera vez en las
elecciones
nacionales de
1980.
• Desde su fundación como república, en 1821, el Perú
instituyo el principio de separación de poderes. Esto
implico otorgarle poder al presidente de la república y
otro para el congreso.
• A partir de la Constitución de 1979, el Presidente de la
República es elegido necesariamente por el pueblo. La
Constitución de 1979 quizá hizo que la decisión
estuviera siempre en manos del pueblo, para darle
mayor respaldo al Presidente de la República. Además
la Constitución de 1979 estableció que el mandato del
presidente de la República, al igual que el del
Congreso dura 5 años.
• Desde 1963, el Perú elige al Congreso mediante el
sistema de representación proporcional. Dicho sistema
incluye dos reglas principales. La primera establece
que los miembros del Congreso se eligen en los
distritos electorales plurinominales.
• La segunda regla establece que, en cada distrito
electoral, los asientos son distribuidos entre las
agrupaciones políticas participantes con un criterio
proporcional, es decir, en relación con la votación que
hayan obtenido sus listas de candidatos. Esta norma
se opera con la cifra repartidora del método d’Hont.
El sistema electoral subnacional peruano, utilizado para
elegir a las autoridades de los gobiernos locales y
regionales. Se rigieron por el decreto ley 14669, Ley de
Elecciones Municipales, dictada por la Junta Militar de
Gobierno en 1962. En los últimos diez años, el mandato
ha pasado a ser de cuatro años.
Desde 1983, la Ley dispone que la agrupación que obtiene la mayoría
de votos se lleva no solo la alcaldía sino también la mitad más uno de
los asientos que existen en el consejo respectivo.
7. EL SISTEMA ELECTORAL Y EL
REGIMEN POLITICO
¿Qué efectos sobre el régimen político peruano ha tenido
el sistema electoral antes descrito? No muy auspiciosos.
Desde el establecimiento del sistema de representación
proporcional, en 1963, el Perú no logro consolidar un
proceso democrático estable, habiendo experimentado
sendos paréntesis autoritarios: 1968-1980 y 1990-2000.
En realidad, por este sistema, el Perú ha estado
atrapado en un círculo vicioso de democracia
disfuncional y autoritarismo subsiguiente.
puede afirmarse que la representación proporcional ha
dificultado la consolidación del proceso democrática
peruano.
En los inicios de la República, la tarea de organizar y
llevar adelante las elecciones era una labor que se
repartían tanto el Poder ejecutivo como el Poder
Legislativo. Recién en los años 1930, con la creación del
Jurado Nacional de Elecciones es que se tuvo un ente
autónomo e independiente encargado de asumir las
tareas electorales.
Con la promulgación de la Constitución de 1993
(aprobada por mayoría popular en consulta libre y
democrática en el referéndum de 1993), el Jurado
Nacional de Elecciones fue dividido en tres organismos
distintos, formando así lo que actualmente se conoce
como el Sistema Electoral.
se
encuentra
conformado
por:
Jurado
Nacional de
Elecciones
(JNE)
Oficina
Nacional de
Procesos
Electorales
(ONPE)
Registro
Nacional de
Identificación
y estado Civil
(RENIEC)
8.1. ORGANISMOS ELECTORALES
8.1.1.OFICINA NACIONAL DE
PROCESOS ELECTORALES -
ONPE
Se dedica a organizar y ejecutar los procesos
electorales, dictar disposiciones para mantener
el orden y la protección de las personas durante
elecciones
8.1.1.1. FUNCIONES DE LA ONPE
Diseñar los Organiza y ejecuta
materiales todos los procesos
electorales (cédula electorales, del de
sufragio, actas referéndum )
6.1.2. REGISTRO
NACIONAL DE
IDENTIFICACIÓN Y
ESTADO CIVIL – RENIEC
Se dedica a preparar y actualizar el
padrón electoral en coordinación con el
ONPE .Este proceso es cada 15 años
8.1.2.1. FUNCIONES DEL RENIEC
 Mantener el registro de identificación de los
ciudadanos y emitir los documentos que acreditan su
identidad
 Preparar y mantener actualizado el padrón electoral
 Verificar la autenticidad de las firmas de adherentes
para el ejercicio de los derechos políticos previstos
por ley.
8.1.3. JURADO NACIONAL DE
ELECCIONES
El JNE es un organismo autónomo que tiene como
finalidad garantizar el derecho a elegir y ser elegido,
velando por el respeto y cumplimiento de la voluntad
popular manifestada en los procesos electorales.
8.1.4. HISTORIA DEL JURADO
NACIONAL DE ELECCIONES
El JNE se creó el 26 de mayo de 1981, fecha de
promulgación del Estatuto Electoral (Decreto Ley N°
7177) que establece su creación en la capital de la
República y de jurados departamentales en cada capital
de departamento.
La creación del JNE fue el resultado de un largo proceso
de maduración política y electoral que se inicia con las
Constituciones de 1823 y 1826 que hacían referencia al
"poder electoral".
En su vida institucional, el JNE ha garantizado la
voluntad popular en 16 Elecciones Políticas Generales, 9
Elecciones Parlamentarias, 18 Elecciones Municipales, 2
Referéndum, 3 Elecciones Regionales entre otras
8.1.5. MISION DEL JNE
Garantizar la voluntad popular mediante la fiscalización
de la organización y ejecución de los procesos
electorales en el ámbito nacional, regional y local,
manteniendo latente en la sociedad peruana la
participación democrática.
Asimismo, en cumplimiento de su función educadora
difunde la formación de valores cívicos ciudadanos
para la conciencia pacífica.
8.1.6. VISION DEL JNE
Constituirse en el organismo posicionado en la
ciudadanía, organizaciones políticas, autoridades
nacionales, regionales y locales, como ente rector
del Sistema Electoral, demostrando liderazgo,
competencia, ética e integridad.
8.1.7. FUNCIONES ELECTORALES
DEL JNE
Función
Jurisdiccional
Función
Fiscalizadora
Función
Educativa
Función
Educativa
Función
Administrativa y
de Registro
Electoral
• Proclama los resultados electorales.
• Declara la vacancia de las autoridades municipales y regionales.
Resuelve:
• Asuntos electorales
• La nulidad de un proceso electoral
• En última instancia las apelaciones, contra las resoluciones de la
Oficina de Registro de las Organizaciones Políticas (OROP) y de
los Jurados Electorales Especiales (JEE).
• Las apelaciones contra la Oficina Nacional de Procesos
Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil (RENIEC).
• En última instancia los proceso de vacancia de autoridades
regionales y municipales.
• Determina en última instancia la inscripción de candidatos a:
Presidente, Vicepresidentes, Congresistas, Miembros del
Parlamento Andino, Presidente y Consejeros Regionales, Alcaldes
y Regidores Municipales.
8.1.7.2. FUNCIÓN FISCALIZADORA
FISCALIZA:
• La legalidad del ejercicio del sufragio, desde la convocatoria hasta la
proclamación de los resultados.
• La elaboración de los padrones electorales, que es la relación de
ciudadanos y ciudadanas hábiles para votar.
• El comportamiento de todos los actores electorales (miembro de mesa,
electores, personeros,etc)
• Los procedimientos de propaganda electoral, las garantías del proceso, la
neutralidad de los organismos y funcionarios públicos
8.1.7.3. FUNCIÓN EDUCATIVA
• Desarrolla programas permanentes de educación electoral que
permita crear conciencia cívica en la ciudadanía; para cumplir
con dicho objetivo celebra convenios con diversas
instituciones.
• Diseña y ejecuta programas de capacitación electoral de los
funcionarios del JNE y de los miembros de los JEE en cada
proceso electoral.
• Desarrolla proyectos de investigación y estudios
en materia electoral y municipal.
8.1.7.4. FUNCIÓN NORMATIVA
• Propone proyectos de ley en materia electoral.
• Determina el número de escaños del Congreso por cada distrito
electoral.
• Determina el proceso de tachas contra los integrantes de las Oficinas
Descentralizadas de Procesos Electorales.
• Establece el número de firmas que se presenta para el ejercicio de
los derechos de participación y control ciudadano.
• Establece el número de firmas que deben presentar las organizaciones
políticas para participar en los procesos electorales.
• REGLAMENTA:
• Las leyes electorales
• La aplicación de la cuota de género y la cuota nativa en
los procesos electorales.
• Las tachas contra los integrantes de las Oficinas
Descentralizadas de Procesos Electorales.
• La inscripción de los extranjeros residentes en el Perú,
para su participación en los procesos electorales
municipales.
• La difusión y control de la propaganda electoral.
8.1.7.5. FUNCION ADMINISTRATIVA Y DE
REGISTRO ELECTORAL
 Determina las circunscripciones electorales y las sedes de los Jurados
Electorales Especiales (JEE).
 Inscribe a los observadores electorales, nacionales e internacionales.
 Recibe y admite las credenciales de los personeros de las organizaciones
políticas.
 Presenta al Poder Ejecutivo, el presupuesto del Sistema Electoral.
 Inscribe a las encuestadoras electorales.
 Coordina con el Poder Judicial la designación de los Presidentes de los JEE.
 Integra con los organismos del Sistema Electoral, el Comité de Coordinación
Electoral.
 Administra el servicio de Dispensas por omisión al sufragio o instalación a la
mesa de sufragio.
• 9. FINALIDAD DEL SISTEMA
ELECTORAL PERUANO (SEP)
Que la votación traduzca la expresión auténtica, libre y
espontánea de los ciudadanos El SEP tiene dos fines
Que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la
voluntad del elector, expresada en las urnas por votación
directa.

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Sistema electoral en el peru

  • 1.
  • 2. • Conjunto de instituciones encargadas de la organización, planificación y ejecución de los distintos procesos electorales que se llevan a cabo en el país. • El sistema electoral es uno de los elementos fundamentales del sistema político de un país.
  • 3. • Dentro de éstos encontramos, en primer lugar, a la distribución de las circunscripciones electorales. Esto se refiere al tamaño y al número de éstas en un sistema electoral. El tamaño de las circunscripciones es la cantidad de escaños que se disputan en cada circunscripción. El número de circunscripciones es la cantidad de circunscripciones que se han delimitado para el proceso electoral. La relación entre tamaño y número de las circunscripciones es inversamente proporcional. Por ejemplo, en el Perú el tamaño máximo de una circunscripción es 120, ya que existen 120 escaños en el Congreso.
  • 4. 3. DERECHO DE SUFRAGIO Y PARTICIPACIÓN ELECTORAL La constitución de 1993, , establece que, en el Perú, el derecho de sufragio es universal y obligatorio. La constitución de 1860 establecía que solo podían sufragar los hombres mayores de 21 años de edad. La constitución de 1933 otorgo el derecho de sufragio a las mujeres, pero solo para las elecciones Los analfabetos participaron por primera vez en las elecciones nacionales de 1980.
  • 5. • Desde su fundación como república, en 1821, el Perú instituyo el principio de separación de poderes. Esto implico otorgarle poder al presidente de la república y otro para el congreso. • A partir de la Constitución de 1979, el Presidente de la República es elegido necesariamente por el pueblo. La Constitución de 1979 quizá hizo que la decisión estuviera siempre en manos del pueblo, para darle mayor respaldo al Presidente de la República. Además la Constitución de 1979 estableció que el mandato del presidente de la República, al igual que el del Congreso dura 5 años.
  • 6. • Desde 1963, el Perú elige al Congreso mediante el sistema de representación proporcional. Dicho sistema incluye dos reglas principales. La primera establece que los miembros del Congreso se eligen en los distritos electorales plurinominales. • La segunda regla establece que, en cada distrito electoral, los asientos son distribuidos entre las agrupaciones políticas participantes con un criterio proporcional, es decir, en relación con la votación que hayan obtenido sus listas de candidatos. Esta norma se opera con la cifra repartidora del método d’Hont.
  • 7. El sistema electoral subnacional peruano, utilizado para elegir a las autoridades de los gobiernos locales y regionales. Se rigieron por el decreto ley 14669, Ley de Elecciones Municipales, dictada por la Junta Militar de Gobierno en 1962. En los últimos diez años, el mandato ha pasado a ser de cuatro años. Desde 1983, la Ley dispone que la agrupación que obtiene la mayoría de votos se lleva no solo la alcaldía sino también la mitad más uno de los asientos que existen en el consejo respectivo.
  • 8. 7. EL SISTEMA ELECTORAL Y EL REGIMEN POLITICO ¿Qué efectos sobre el régimen político peruano ha tenido el sistema electoral antes descrito? No muy auspiciosos. Desde el establecimiento del sistema de representación proporcional, en 1963, el Perú no logro consolidar un proceso democrático estable, habiendo experimentado sendos paréntesis autoritarios: 1968-1980 y 1990-2000. En realidad, por este sistema, el Perú ha estado atrapado en un círculo vicioso de democracia disfuncional y autoritarismo subsiguiente. puede afirmarse que la representación proporcional ha dificultado la consolidación del proceso democrática peruano.
  • 9. En los inicios de la República, la tarea de organizar y llevar adelante las elecciones era una labor que se repartían tanto el Poder ejecutivo como el Poder Legislativo. Recién en los años 1930, con la creación del Jurado Nacional de Elecciones es que se tuvo un ente autónomo e independiente encargado de asumir las tareas electorales. Con la promulgación de la Constitución de 1993 (aprobada por mayoría popular en consulta libre y democrática en el referéndum de 1993), el Jurado Nacional de Elecciones fue dividido en tres organismos distintos, formando así lo que actualmente se conoce como el Sistema Electoral.
  • 12. 8.1.1.OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES - ONPE Se dedica a organizar y ejecutar los procesos electorales, dictar disposiciones para mantener el orden y la protección de las personas durante elecciones 8.1.1.1. FUNCIONES DE LA ONPE Diseñar los Organiza y ejecuta materiales todos los procesos electorales (cédula electorales, del de sufragio, actas referéndum ) 6.1.2. REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL – RENIEC Se dedica a preparar y actualizar el padrón electoral en coordinación con el ONPE .Este proceso es cada 15 años
  • 13. 8.1.2.1. FUNCIONES DEL RENIEC  Mantener el registro de identificación de los ciudadanos y emitir los documentos que acreditan su identidad  Preparar y mantener actualizado el padrón electoral  Verificar la autenticidad de las firmas de adherentes para el ejercicio de los derechos políticos previstos por ley.
  • 14. 8.1.3. JURADO NACIONAL DE ELECCIONES El JNE es un organismo autónomo que tiene como finalidad garantizar el derecho a elegir y ser elegido, velando por el respeto y cumplimiento de la voluntad popular manifestada en los procesos electorales.
  • 15. 8.1.4. HISTORIA DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES El JNE se creó el 26 de mayo de 1981, fecha de promulgación del Estatuto Electoral (Decreto Ley N° 7177) que establece su creación en la capital de la República y de jurados departamentales en cada capital de departamento. La creación del JNE fue el resultado de un largo proceso de maduración política y electoral que se inicia con las Constituciones de 1823 y 1826 que hacían referencia al "poder electoral". En su vida institucional, el JNE ha garantizado la voluntad popular en 16 Elecciones Políticas Generales, 9 Elecciones Parlamentarias, 18 Elecciones Municipales, 2 Referéndum, 3 Elecciones Regionales entre otras
  • 16. 8.1.5. MISION DEL JNE Garantizar la voluntad popular mediante la fiscalización de la organización y ejecución de los procesos electorales en el ámbito nacional, regional y local, manteniendo latente en la sociedad peruana la participación democrática. Asimismo, en cumplimiento de su función educadora difunde la formación de valores cívicos ciudadanos para la conciencia pacífica.
  • 17. 8.1.6. VISION DEL JNE Constituirse en el organismo posicionado en la ciudadanía, organizaciones políticas, autoridades nacionales, regionales y locales, como ente rector del Sistema Electoral, demostrando liderazgo, competencia, ética e integridad.
  • 18. 8.1.7. FUNCIONES ELECTORALES DEL JNE Función Jurisdiccional Función Fiscalizadora Función Educativa Función Educativa Función Administrativa y de Registro Electoral
  • 19. • Proclama los resultados electorales. • Declara la vacancia de las autoridades municipales y regionales. Resuelve: • Asuntos electorales • La nulidad de un proceso electoral • En última instancia las apelaciones, contra las resoluciones de la Oficina de Registro de las Organizaciones Políticas (OROP) y de los Jurados Electorales Especiales (JEE). • Las apelaciones contra la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC). • En última instancia los proceso de vacancia de autoridades regionales y municipales. • Determina en última instancia la inscripción de candidatos a: Presidente, Vicepresidentes, Congresistas, Miembros del Parlamento Andino, Presidente y Consejeros Regionales, Alcaldes y Regidores Municipales.
  • 20. 8.1.7.2. FUNCIÓN FISCALIZADORA FISCALIZA: • La legalidad del ejercicio del sufragio, desde la convocatoria hasta la proclamación de los resultados. • La elaboración de los padrones electorales, que es la relación de ciudadanos y ciudadanas hábiles para votar. • El comportamiento de todos los actores electorales (miembro de mesa, electores, personeros,etc) • Los procedimientos de propaganda electoral, las garantías del proceso, la neutralidad de los organismos y funcionarios públicos
  • 21. 8.1.7.3. FUNCIÓN EDUCATIVA • Desarrolla programas permanentes de educación electoral que permita crear conciencia cívica en la ciudadanía; para cumplir con dicho objetivo celebra convenios con diversas instituciones. • Diseña y ejecuta programas de capacitación electoral de los funcionarios del JNE y de los miembros de los JEE en cada proceso electoral. • Desarrolla proyectos de investigación y estudios en materia electoral y municipal.
  • 22. 8.1.7.4. FUNCIÓN NORMATIVA • Propone proyectos de ley en materia electoral. • Determina el número de escaños del Congreso por cada distrito electoral. • Determina el proceso de tachas contra los integrantes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. • Establece el número de firmas que se presenta para el ejercicio de los derechos de participación y control ciudadano. • Establece el número de firmas que deben presentar las organizaciones políticas para participar en los procesos electorales.
  • 23. • REGLAMENTA: • Las leyes electorales • La aplicación de la cuota de género y la cuota nativa en los procesos electorales. • Las tachas contra los integrantes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. • La inscripción de los extranjeros residentes en el Perú, para su participación en los procesos electorales municipales. • La difusión y control de la propaganda electoral.
  • 24. 8.1.7.5. FUNCION ADMINISTRATIVA Y DE REGISTRO ELECTORAL  Determina las circunscripciones electorales y las sedes de los Jurados Electorales Especiales (JEE).  Inscribe a los observadores electorales, nacionales e internacionales.  Recibe y admite las credenciales de los personeros de las organizaciones políticas.  Presenta al Poder Ejecutivo, el presupuesto del Sistema Electoral.  Inscribe a las encuestadoras electorales.  Coordina con el Poder Judicial la designación de los Presidentes de los JEE.  Integra con los organismos del Sistema Electoral, el Comité de Coordinación Electoral.  Administra el servicio de Dispensas por omisión al sufragio o instalación a la mesa de sufragio.
  • 25. • 9. FINALIDAD DEL SISTEMA ELECTORAL PERUANO (SEP) Que la votación traduzca la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos El SEP tiene dos fines Que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector, expresada en las urnas por votación directa.