4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE 9-4-24 (1).docx
10278250 nee oct 2010
1. 74757
RESOLUCIÓN
EDU/3233/2010, de 7 de octubre, por la que se convoca concurso público para la
selección de programas y servicios de apoyo de centros de educación especial a
centros ordinarios para la escolarización inclusiva de alumnado con discapacidad,
con carácter experimental para los cursos 2010-2011 y 2011-2012.
El Plan de acción “Aprender juntos para vivir juntos” prevé que los centros de
vinculada a discapacidad, puedan desarrollar acciones de apoyo a centros ordinarios
en la escolarización inclusiva de alumnado con discapacidad.
La Ley 12/2009, del 10 de julio, de educación, establece en el artículo 81.4 que
los centros de educación especial pueden desarrollar los servicios y programas de
apoyo a la escolarización de alumnos con discapacidad en los centros ordinarios
que el Departamento determine y, en este sentido, el artículo 205.10 de la misma
norma prevé que en los centros de educación especial pueden ser objeto de con-
cierto educativo las unidades destinadas a prestar servicios y programas de apoyo
a la escolarización de alumnado con discapacidad en los centros ordinarios que el
Departamento de Educación determine.
educativa aquellos que acrediten buenas prácticas educativas.
Los centros de educación especial, además de la escolarización de alumnado
-
apoyo directo a alumnado con grave discapacidad escolarizado en centros ordinarios
un ámbito territorial.
Para avanzar en esta dirección, el Departamento de Educación impulsa la imple-
mentación, con carácter experimental, de servicios y programas de apoyo de centros
de educación especial a la escolarización inclusiva de alumnado con discapacidad
en centros ordinarios.
Por todo eso,
RESUELVO:
—1 Objeto
los cursos 2010-2011 y 2011-2012, de programas y servicios de apoyo de centros
de educación especial a centros ordinarios, para la escolarización inclusiva de
alumnado con discapacidad.
—2 Servicios y programas de apoyo
-
tiva/municipio/comarca) para llevar a cabo, coordinadamente con los servicios
atención al alumnado con discapacidad en entornos escolares ordinarios.
Facilitar documentación técnica y recursos didácticos.
Colaborar en la adaptación de recursos y materiales.
de ocio, ayudas y becas, etc.
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Colaborar en la inserción laboral del alumnado.
en el punto siguiente.
en los centros ordinarios que los servicios territoriales determinen, para llevar a
Acompañar procesos de escolarización.
Dar apoyo directo a este alumnado.
alimentación, higiene..)/equilibrio y autorregulación emocional/participación de
-
adecuar el currículo.
Hacer el seguimiento de la evolución del alumnado y ajustar los planes indivi-
duales a sus necesidades.
-
yo.
la conducta.
—3 Convocatoria
Les Terres de l’Ebre, de 3 en el ámbito territorial del Consorcio de Educación de
Barcelona, y de 1 en cada uno del resto de servicios territoriales.
Les Terres de l’Ebre, de 3 en el ámbito territorial del Consorcio de Educación de
Barcelona, y de 2 en cada uno del resto de servicios territoriales.
Discapacidad motriz (1 por servicio territorial, salvo los Servicios Territoriales
en Les Terres de l’Ebre).
Trastornos generalizados del desarrollo y la conducta (1 por servicio territorial,
salvo los Servicios Territoriales en El Vallès Occidental).
—4 Centros participantes y requisitos
4.1 Pueden participar en esta convocatoria los centros de educación especial de
titularidad del Departamento de Educación, los de titularidad de la Administración
local y los centros de educación especial concertados.
-
-
—5 Solicitudes y documentación
5.1 Los centros interesados pueden presentar la solicitud al Departamento de
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Educación, desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el DOGC
y hasta el día 29 de octubre de 2010.
Las propuestas pueden presentarse directamente o por cualquiera de los medios
establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen
-
da.
5.2 La solicitud tiene que incluir el proyecto de programas o servicios que se
proponen, la previsión de organización global de los recursos del centro, que incluya
los que se prevé asignar a los programas y servicios objeto de la convocatoria, las
actuaciones que se prevé desarrollar en los servicios y programas, el currículo de
caso, una breve descripción de las experiencias previas del centro en relación con
los méritos que se computan en el punto 7 de esta Resolución.
—6 Resolución
6.1 La Dirección General de Atención a la Comunidad Educativa resolverá esta
La subdirectora general de Gestión de Servicios a la Comunidad, que actuará
como presidenta.
El subdirector general de Centros Educativos.
El subdirector general de Ordenación Curricular y Servicios Educativos.
Un inspector/a de educación designado por la Subdirección General de la Ins-
pección.
6.2 La resolución de la convocatoria determinará los programas y servicios
anuncios de la sede central del Departamento de Educación y en los servicios terri-
gencat.cat/educacio).
—7 Criterios de valoración
-
(hasta 3 puntos).
Experiencia en adaptación de materiales (hasta 2 puntos).
puntos).
Experiencia en trabajo en red (hasta 2 puntos).
Calidad del Plan de trabajo en la zona (hasta 4 puntos).
puntos).
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Experiencia en alumnado con grave discapacidad motriz/trastornos generalizados
del desarrollo y trastornos de la conducta (hasta 3 puntos).
Experiencia en apoyo a centros ordinarios (hasta 3 puntos).
-
tos).
Calidad del Plan de trabajo del servicio (hasta 4 puntos).
—8 Centros y alumnado destinatario
Los directores/as de los servicios territoriales determinarán anualmente los
centros y el alumnado destinatarios de los servicios y programas seleccionados,
alumnado.
—9 Recursos
9.1 El desarrollo de los programas y servicios seleccionados se tiene que llevar
a cabo con la redistribución de los recursos que dispone el centro, sin incremento
de recursos en la plantilla.
9.2 El desarrollo de los programas y servicios estará condicionado a las ne-
cesidades de recursos para atender la escolarización del propio alumnado. En el
supuesto de que la escolarización de los alumnos propios requiera mayor dedicación
de los servicios propuestos.
—10 Supervisión de los servicios y programas
Corresponde a la Inspección de Educación la supervisión del desarrollo de los
servicios y programas seleccionados.
—11 Consorcio de Educación de Barcelona
del Consorcio mencionado.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas inte-
resadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de Educación, en
el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en
el DOGC, de acuerdo con lo que prevén los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992,
Barcelona, 7 de octubre de 2010
ISABEL DARDER GIMÉNEZ-ZADABA-LISSON
Directora general de Atención a la Comunidad Educativa
(10.278.250)
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