Observaciones al Estudio de la Univalle hipotético Rozo municipio
1. MUNICIPI DE PA
M IO ALMIRA
NIT. 891.380.007
7-3
DEPA
ARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUC
O E CA
REPÚBLI
ICA DE COLO
OMBIA
DESPACHO ALCA
ALDE
Palmira, M
Mayo 27 de 2011
2 1141.8.1-83
1
Doctor
CHRISTIAN MUNIR GARCÉS ALJURE
R S
Secretario de Planeació Departam
ón mental
Gobernació del Valle del Cauca
ón e
Santiago d Cali
de
Asunto: RRemisión de observacion frente al “Estudio técnico sobre la conveniencia econó
nes l ómica y
social de l iniciativa y la viabilid o inviab
la dad bilidad de cr
reación del nuevo muniicipio de Roz en el
zo
Valle del Cauca” con ntrato interaddministrativo N° 0463 del 3 de m mayo de 2010, suscrito entre el
Departame ento del Val del Cauc - Secretar de Plane
lle ca ría eación Depa
artamental y la Universiidad del
Valle.
ludo.
Cordial sal
En atenció a la solic
ón citud presenttada median Oficio N 133-75339 del 15 d abril de 2
nte No. de 2011, la
Alcaldía del Municipio de Palmira remite formalmente la respuesta p
o a, a para su respeectivo conoc
cimiento
y consider ración las observacion jurídicas metodoló
nes s, ógicas, territ
toriales, ecoonómicas, s
sociales,
culturales, fiscales, ins
stitucionales y ambienta que se consideraron pertinente para el as
s ales n es sunto en
referencia.
El estudio técnico real
lizado por e Departame
el ento de Geo ografía de la Universida del Valle, aborda
a ad ,
solo parte de los eleme
entos básico que debe contemplar este tipo de estudios, pe no logra evaluar
os ero
otros elem
mentos estrattégicos que aporten un enfoque in
n ntegral, sisté
émico que con perspec
ctiva de
política pú
ública, perm analizar la propuest de creació de municipios a par de criter
mita ta ón rtir rios que
vayan más allá del sim cumplim
mple miento de los requisitos d Ley.
s de
Es decir, e estudio téc
el cnico en meención, es un punto de p
n partida a tener en cuenta pero no al
a, lcanza a
reunir la su
uficiencia ad
decuada para ser consid
a derado un pu unto de llega
ada, que perm contem
mita mplar los
elementos estratégicos adicionales que deben guiar la tra
s s n ascendental decisión sob la viabil
bre lidad de
crear el hip
potético mun nicipio de R
Rozo, con ba en criterios de objetiv
ase vidad e inter general, pues de
rés
ello depennderá la geneeración de pprecedentes ffrente a futu iniciativ similares en otras pa
uras vas s artes del
Departame ento que pueeden afectar l unidad ter
la rritorial de n
nuestra región.
Teniendo e cuenta la objetividad y ecuanimi
en d idad que siem
mpre ha cara
acterizado la actuacion de la
as nes
presente A
Administraci Departam
ión mental, muy comedida
y amente le soolicitamos t
tener en cueenta los
argumento que a cont
os tinuación se detallan:
1
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I. OBSERVA
ACIONES
bservaciones jurídicas al procedim
1. Ob s miento llev
vado a cabo para imp
o pulsar la in
niciativa
pop
pular que promueve la creación de municipio de Rozo
el o
Como es d público co
de onocimiento la propues de segreg 9 corregi
o, sta gar imientos y/o 8 centros p
o poblados
(Rozo, La Torre, La Acequia, M
a Matapalo, OObando, La Herradura, Palmaseca y La Dolor res) del
Municipio de Palmira a fin de crea el hipotéti municipi de Rozo, situación qu conforme a la ley
ar ico io ue
617 de 200 articulo 15, parágrafo 1º establec textualmen
00, 1 o ce nte:
“El respectivo prooyecto de ordenanza podrá s presentado a iniciativa de gobernador, de los miemb
ser el , bros de la
asammblea departam mental o por inniciativa popular, de conform
midad con la le Sin embarg el gobernad estará
ey. go, dor
obli
igado a presen ntarlo cuando por medio de consulta pop
e pular así lo d
decida la mayo
oría de los ciu
udadanos
residentes en el re
espectivo territo
orio.
Cuaando no hubie precedido la consulta p
ere popular a la oordenanza que apruebe la creación de u nuevo
e un
munnicipio, una vez ésta se expid será sometid a referéndum en el que participen los ciu
z da da m udadanos del r
respectivo
terr réndum deberá realizarse en un plazo máximo de (6) seis meses, contad a partir de la fecha
ritorio. El refer á s dos e
de s
sanción de la ordenanza. Si e proyecto de o
o el ordenanza fuer negado, se a
re archivará y un nueva inicia
na ativa en el
mism sentido sólo podrá presen
mo o ntarse tres (3) a
años después”
De acuerdo con el par rágrafo ante
erior se entie
ende que dic proceso que conllev a la creac
cho va ción del
hipotético municipio de Rozo, NO es iniciati del Seño Gobernad del Valle del Cauca, NO es
d O iva or dor e ,
iniciativa d la Honora
de able Asamblea del Depa artamento, tiene su orig en una in
gen niciativa proomovida
por un grup de habita
po antes de los c
corregimient en mención que conformaron, el 7 de junio de 2008
tos l
el Comité Promotor de la Creación del Munici
e n ipio No. 43 del Valle de Cauca – “R
el Rozo”. La cu NO
ual,
correspond a una inic
de ciativa de ori
igen o carácter popular, ya que no cumple los re
equisitos fija
ados por
la Ley 1341 de 1994, la cual expres
4 a sa:
“ARRTÍCULO 10. LOS PROMO OTORES Y V VOCEROS: Pa ser promo
ara otor de una iniciativa legi islativa y
norm
mativa o de un solicitud de referendo, se requiere ser c
na e ciudadano en eejercicio y con con el resp
ntar paldo del
cinc por mil de lo ciudadanos inscritos en el respectivo cen electoral, c
co os l nso cumpliendo con este requisito podrán
o,
también ser prom motores, una or rganización cí ígena o comun del orden nacional,
ívica, sindical, gremial, indí nal
depaartamental, muunicipal o loca según el ca o un parti o movimiento político, d
al, aso, ido debiendo cumplir con el
requ
uisito de la per
rsonería jurídic en todos los casos.
ca s
Ade
emás del cumpl limiento de los requisitos exi
s igidos en el inc 1°; en el c
ciso caso de las org
ganizaciones, p
partidos o
movvimientos polít
ticos, la iniciat
tiva legislativa y normativa y la solicitud d referendo d
a de deberá ser aprrobada en
asam
mblea, congre o convención, por la m
eso mayoría de los asistentes co derecho a voto, y será l misma
s on la
asam
mblea la que lo elija.
os
1
ARTÍCULO 2o. INICIATIVA POPULAR LEGISLATIVA Y NORMAT
O R TIVA ANTE LA CORPORAC
AS CIONES PÚBL LICAS: La
iniciativa popu legislativa y normativa ante las corporacion públicas es e derecho polític de un grupo d ciudadanos de presentar
ular e nes el co de e
Proyecto de A Acto Legislativo y de ley ante el Congreso de la República, de Ordenanza ante las Asamb
o bleas Departame entales, de
Acuerdo ante los Concejos Mu unicipales o Distritales y de Res
solución ante las Juntas Adminis
stradoras Locales, y demás resolu
uciones de
ones de las entidades territoriales de acuerdo co las leyes que las reglamentan según el caso, para que sean d
las corporacio s, on n, debatidos y
posteriormente aprobados, mo
e odificados o nega ados por la corporación pública correspondiente
es.
2
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Debberán constitu
uirse en comit e inscribir como tale ante la Re
té rse es egistraduría de Estado Civ de la
el vil
corr
respondiente circunscripción electoral. Es comité esta integrado por nueve ci
c n ste ará iudadanos, y eelegirá el
voce
ero, quien lo presidirá y rep
p presentará. Si e promotor es l misma organ
el la nización, partido o movimiento, el comité
o
podr estar integrado por sus directiv o por las per
rá o vas rsonas que éstas designen para ta efecto.
al
En e caso de que la iniciativa l
el e legislativa sea presentada po un grupo de concejales o de diputados, el comité
or e
será integrado po cinco de ello en uno y o
á or os, otro caso, quie
enes elegirán a su vocero. Po el solo hech de ser
or ho
conc
cejal o diputad se podrá ser promotor”.
do r
Con lo ant teriormente expuesto, s puede afir
se rmar que no se cumple con el llen de los re
o e no equisitos
legales exi
igidos en la Ley 617 de 2
L 2000, debido no satisfac lo precept
o ce tuado en dicha Ley en m
mención,
y el procedimiento tie trámite a través de un fallo del Tribunal Superior del Distrito Jud
ene l dicial de
etaría Sala Penal, de fec 22 de ma de 2009 mediante o
Cali, Secre P cha ayo 9, oficio No. 3923, donde hace un
requerimieento a la Sec
cretaría Depaartamental d Valle del Cauca para que continú el estudio y emita
del úe
el concepto sobre la viabilidad o no del nuevo municipio d acuerdo co los parám
o de on metros establ
lecidos.
En la communicación de la Registr
d raduría Mun nicipal de Pa
almira oficio No. 0973 del 24 de m
o mayo de
2011firmad por el Dr Guillermo Caicedo Ri
do r. ioja en su co
ondición de RRegistrador Especial del Estado
l
Civil, deja expreso que el único Co
e omité inscrit desde el a 2003 a la fecha ante esa dependencia es
to año e
el que “buscaba tratar asuntos relacionados c la empr
r con resa Acuaviv y el futuro del manejo de los
va o o
servicios d acueducto y alcantar
de o rillado en es municipi
ste io”; por lo q se corro
que obora que no existe
o
registro de Comité Pro Rozo ante la Registrad
el o duría Munici de Palm (Ver An
ipal mira nexo No. 1).
Lo anterior indica que se omitió un trámite de obligatorio cumplimien establecido en la cita Ley,
r n nto ada
lo que pod viciar de nulidad los trámites sub
dría e bsiguientes a
adelantados por este Com
mité, es deci que la
ir
iniciativa p
popular que promueve la creación del hipotético municipi de Rozo, no cumple con las
io
formalidad estableci
des idas en la Le 134 de 19 y en con
ey 994 nsecuencia p
podrían exist impedime
tir entos de
carácter ju
urídico para garantizar la legalidad del trámite que ha ve
d e enido cursan la propu
ndo uesta de
creación de hipotético municipio d Rozo.
el o de
Dicho incu umplimiento legal, no s puede con
o se nvalidar, ni siquiera po la existencia del fallo que le
or o
ordena a la Secretaria de Planeació Departam
a d ón mental del Va del Cauc mediante el mecanism de la
alle ca mo
acción de tutela, realiz el denom
zar minado “Estuudio técnico sobre la co
o onveniencia económica y social
de la inicia
ativa y la via
abilidad o in
nviabilidad d creación d nuevo mu
de del unicipio de R
Rozo en el V
Valle del
Cauca”
Adicional a lo anterior el Contrato interadmini
r o istrativo N° 0463 del 3 d mayo de 2010 en su n
de numeral
6º de la Cláusula Segunda: Ob
S bligaciones del Depart tamento, esstablece com una obl
mo ligación
“convocar la participaación de los diferentes a
actores que iintervienen e el proces de creació de la
en so ón
nueva entiidad territor objeto d este contr
rial de rato”, hecho que no se c cumplió, una evidencia de ello,
a
solo para c
citar un ejem
mplo es la c comunicació de la emp
ón presa Manue elita S.A. fecchada el 5 d mayo
de
del año en curso, susc
n crita por el Dr. Adolfo León Vélez en su calidad de Gere
z ente Genera donde
al
manifiesta expresamen que “no h
nte hemos sido cconsultados sobre el prooceso de seggregación mu unicipal
que adelan el Comité Pro Rozo m
nta é municipio” (
(Ver Anexo No. 2).
3
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De otro lad podemos afirmar qu la iniciati popular d segregaci que adel
do, ue iva de ión lanta el Com Pro
mité
Rozo muni icipio no cue con el a
enta apoyo total d los habita
de antes del corrregimiento d Palmaseca (quien
de a
según el eestudio apor rtaría el 37% de los in
% ngresos total del hipot
les tético nuevo municipio así lo
o o)
hicieron sa
aber en comu unicación de 7 de marzo de 2009 di
el o irigida al Go
obernador Ab badía Campo donde
le comunic caron que: “no queremo pertenece a este municipio, nue
“ os er estra unión c el munic
con cipio de
Palmira es muy fuerte desde el pu
s e unto de vista natural, económico, s
a social y cultu
ural y nos s
sentimos
plenamente identificad con el m
e dos municipio de Palmira…” “…Por lo anteriorme
e ”, o ente manifes stado de
manera re espetuosa solicitamos no incluir a n
o nuestro corrregimiento d dentro del esstudio de via
abilidad
del nuevo municipio”; dicho docu
; umento fue r respaldado p 982 firm de perso
por mas onas que hab bitan en
este correg
gimiento (Ve Anexo No 3).
er o.
2. Ob
bservaciones en torno a la aplicac
s ción de la m
metodología 2009 estab
blecida por el DNP
par realizar análisis d viabilida y conveniencia so
ra de ad obre la creeación de nuevos
muunicipios.
El estudio elaborado por el Depart
p tamento de G
Geografía de la Universidad del Val indica qu “está
e lle ue:
sujeto a l términos de la Le 617 del 2000 y a los elemen
los ey ntos propue estos en las Guías
s
Metodológ gicas para la creación de munici
n ipios elabor radas por e Departam
el mento Nacio onal de
2
Planeación versión 20 y 2009 ”. No obst
n 006 tante tal com lo mues
mo stra el Cuad No. 1 do
dro onde se
relaciona y determina que el estud sólo desa
dio arrolló de m
manera comp pleta el 25% de los cuad
dros que
son requerridos por la “Metodologí del Depar
“ ía rtamento Na acional de Pllaneación - D
DNP para eelaborar
el estudio sobre la conveniencia eeconómica y social y la viabilidad de crear un nuevo mun
a n nicipio -
guía actuaalizada a dici
iembre de 20
009”.
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Cuadro No. 1 - Evaluación de cumplimiento e la utilización d la guía metod
en de dológica del Departamento Nacio
onal de Planeació para la
ón,
Creación de Municipios - Versió 2.009
ón
Evaluac
ción de Contenido
os
No. de Cuadros desa
arrollados en el E
Estudio Técnico U
Univalle - Contrat No. 0463 de 20 -
to 010
cuadros Gob bernación del Vall del Cauca
le
requeridos s
Capítulo Componente
e por la
metodologí ía No. De No. De % de % de % de e
dnp para e el No. De Cuadros Cuadros Cua adros Cuadros con Cuadros con
s
análisis Cuadros No con con sin cumplimmiento cumplimi iento
(1) Diligenciados
s desarrollo d
desarrollo Diligeenciar parci ial comple eto
(2) parcial completo
c (5 =
5) (6) = (7) =
(3) (4) (2/1))*100 (3/1)*1100 (4/1)*100
Aspectos 5 3 1 1 60% 20% 20%
generales:
geográfico y
ambiental;
demografía
Aspectos claves del 14 3 8 3 21% 57% 21%
Diagnóstico desarrollo:
integral y económicos;
proyecciones sociales;
infraestructura vial,
v
energética y de
telecomunicacion nes;
institucionales y
administrativos;
financieros
Análisis de Aspectos genera ales 2 2 0 0 100% 0% 0%
conveniencia
de la Aspectos claves del 5 5 0 0 100% 0% 0%
creación del desarrollo
nuevo
municipio
Análisis de Aspectos genera ales 2 2 0 0 100% 0% 0%
viabilidad y aspectos cla aves
de la del desarrollo
creación del Viabilidad 8 3 0 5 38% 0% 63%
nuevo
financiera
municipio
Total:
T 36 18
8 9 9 50% 25% 25%
2
Fuente: Elabora
ación propia de la Secretaria de Plane
S eación Municipal de Palmira
Es decir, q la suficie
que encia del esttudio técnico en mención en cuanto al porcenta de cumpl
o n, o aje limiento
de los requuisitos meto
odológicos e establecidos por el DNP no es lo s
P, suficientemeente adecuad pues
da,
solo se tra
amitaron de manera plen el 25% d todos los cuadros req
na de queridos por la metodol
r logía de
Planeación Nacional - versión 200 que aplic para este tipo de estu
n 09, ca onalmente, se puede
udios; adicio
apreciar qu los cuadro referentes al Análisis de convenie
ue os s creación del nuevo municipio su
encia de la c
resultado e del 0% (no fueron estudiados), de igual m
es , manera se p puede afirm que los cuadros
mar
relacionado con los aspectos gen
os a nerales y clav del desa
ves arrollo, que hacen parte del componnente de
Análisis de viabilidad de la creació del nuevo municipio, tiene un res
e ón o sultado del 0%.
5
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En consecu uencia, se pu
uede afirma que basar la decisión a tomar en u estudio q está inco
ar un que ompleto,
le restaría o
objetividad a la misma y puede indu a decisio
ucir ones que care
ecen de integ
gralidad.
3. Obbservaciones sobre el so
s oporte técni de los lím
ico mites establ
lecidos para el área pro
a opuesta
de segregación
n.
Los límites establecido para el áre a segrega que contem el estud hace refe
s os ea ar mpla dio erencia a un total de
nueve (9) ccorregimient (Rozo, L Torre, La Acequia, M
tos La Matapalo, Oba
ando, La Heerradura, Palmaseca,
La Dolore y Coron
es nado), proppuesta que difiere con el desarro
n ollo del obbjeto del C Contrato
interadminnistrativo N° 0463 del 3 de mayo de 2010 y con la ve
° o ersión origin de la in
nal niciativa
presentada por el Com Promoto de la Crea
a mité or ación del M
Municipio Nú
úmero 43 del Valle del C Cauca –
“Rozo” do onde se inc cluyeron sol los sigui
lo ientes ocho (8) corregiimientos (RRozo, La To orre, La
Acequia, MMatapalo, Obando, La H Herradura, P
Palmaseca y La Dolores) Es decir, el corregimi
). iento de
Coronado, no debería estar siendo considerad parte de l zona a segregar y por tanto, no d
o do la r debe ser
incluido en el mapa qu propone lo límites de hipotético municipio d Rozo.
n ue os el de
De otro la
ado, tal como lo establec el Departa
o ce amento Nacional de Plan neación – DN en la ver
NP rsión del
2009 de la Metodolog de elaboración del e
a gía estudio sobr la conven
re niencia económica y soc y la
cial
viabilidad de crear un nuevo mun
n nicipio, el te
erritorio resu
ultante de un proceso de segregació debe
n e ón,
ser continu tanto par el nuevo m
uo ra municipio, ccomo para e que es obj
el jeto de segr
regación. Co
ondición
que al no s sustentad técnicame inviabili la iniciati
ser da ente iza iva.
En este pu unto el estud técnico s
dio señala que el territorio d la zona q se propone segregar cumple
de que
con el requ uisito de la continuidad territorial; n obstante, revisando lo límites of
c no os ficiales estab
blecidos
por el Acu uerdo No. 13 de julio 8 de 1961 (A
33 Anexo No. 4 para los 9 corregimie
4) entos que el estudio
propone como zona a escindir (R Rozo, La T Torre, La Ac cequia, Mat tapalo, Obanndo, La He erradura,
Palmaseca La Dolores y Coronado se observ que las ár
a, s o), va reas de territ
torio compre
endida en los límites
s
planteados en el est
s tudio técnic no corre
co, esponden e un 100% con las áreas de te
en % erritorio
comprendi idas en los límites ofici iales de los corregimien ntos de Roz Palmasec La Herr
zo, ca, radura y
Coronado; pues se pl lantea un nu
uevo trazado de límites que dejan por fuera u porción de los
o s una n
territorios que oficialmmente tienen estos correg gimientos, lo cual se pue observar con mayor c
o ede claridad
en el Cuad No. 2.
dro
6
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Cuadro No 2 – Áreas de los Corre
o. egimientos y Áreas Exclu
uidas en la P
Propuesta de Segregación
e
POT 2001 - VI
IGENTE ACUERDO 10
09
DE 2001 HIPOTETICO M
MUNICIPIO DE ROZO AREA % DE AREA
% AREA EXCLUIDA D
DE
No.
. AREA A EXCLUIDA IN
NCLUIDA EN LA
AREA A LO CORREGIMIENTO
OS OS
COMU
UNA SEGREGAR km2 ZONA A
CORREGIM
MIENTO km2 CORREGIMIEN
NTO A SEGREGAR
km2 (3) = (1)-(2) SEGREGAR
(1) (2)
8 ROZO 42,5
55 ROZO 39,45
5 3,10 93% 7%
%
8 LA TORRE 29,3
33 LA TORRE 29,33
3 0,00 100% 0%
%
8 LA ACEQU
UIA 18,7
74 LA ACEQUIAA 18,74
4 0,00 100% 0%
%
9 OBANDO 23,6
66 OBANDO 23,66
6 0,00 100% 0%
%
9 MATAPALO 33,2
21 MATAPALOO 33,21 0,00 100% 0%
%
9 PALMASECCA 54,6
65 PALMASECA A 28,69
9 25,96 52% 48%
%
LA
9 LA HERRA ADURA 32,7 HERRADUR
79 RA 28,08
8 4,71 86% 14%
%
9 CORONAD DO 22,8 CORONADO
81 O 11,96
6 10,85 52% 48%
%
10 LA DOLOR RES 20,1 LA DOLORE
12 ES 20,12
2 0,00 100% 0%
%
Total 277,8
86 233,23
3 44,62 84% 16%
%
Fuen Secretaria de Planeación Munici de Palmira
nte: P ipal
Tal como se aprecia en el cuadro anterior, la zona a segr
e regar solo ab
barca el 84% (233.23 K
% Km2) del
territorio o
oficialmente constituido de los 9 corr
regimientos (277.86 Km dejando p fuera el restante
m2) por
16% (44.62 km2) conv
2 virtiéndolos en una espec de “tierra de nadie”.
cie a
Los Mapa No. 1 y 2 permiten visualizar g
as gráficamente los territo
e orios excluid que presenta la
dos
propuesta d segregaci
de ión, descono
ociendo la pl
lanificación y ordenamieento territori del munic
ial cipio de
Palmira.
7
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NIT. 891.380.007
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DEPA
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O E CA
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OMBIA
DESPACHO ALCA
ALDE
Mapa No. 1 – Área ex
xcluida de la zona a seg
a gregar (44.6 Km2)
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Fuen Secretaria de Planeación Munici de Palmira
nte: P ipal
Lo anterio indica, no solo que el estudio t
or o técnico en m
mención, de efine como área a segr regar un
territorio m
menor al oficialmente es stablecido para los 9 co
orregimientos que se pro opone escind sino
dir,
incluso no define, ni presenta un soporte téc
o cnico del cóómo se estab blecieron los límites del área a
s
segregar. P Pareciese po tanto, que el plano d territorio de la zona a escindir se hubiese armado
or e del o a
buscando a ajustarlo a la necesidad de incluir territorios que en su su
as des r uma, alcanza el cumpl
ara limiento
del requisit legal estab
to blecido en la Ley 136 de 1.994, mod
a e dificada por la Ley 617 d 2.000.
de
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Mapa No 2 – Cor
o. rregimientos de Rozo, Coronado La Herr
s , o, radura y P
Palmaseca que no
conservan continuida territoria en la prop
n ad al puesta de se
egregación
Fuen Secretaria de Planeación Munici de Palmira
nte: P ipal
Adicionalmmente, se pu uede afirmar que la prop
r puesta inicia
almente presentada por e Comité Pr Rozo
el ro
municipio No. 43 del Valle del C Cauca, no in
ncluyó al coorregimiento de Corona y en cambio el
o ado
estudio téc
cnico si lo ha siendo e
ace, entonces nue (9) los co
eve orregimiento que se pro
os oponen segregar del
municipio de Palmira configurá
a, ándose juríd
dicamente un clara ex
na xtralimitación en el obj
n jeto del
Contrato in
nteradminist trativo N° 04 del 3 de mayo de 20
463 010.
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4. Ob
bservaciones al análisis de los aspec económ
s ctos micos del est
tudio
En el estud técnico se menciona que para los corregimientos que inte
dio s egrarían el h
hipotético mu
unicipio
de Rozo, n existe info
no ormación sob el merca laboral (P
bre ado Página 265):
“Es
studios sobre empleo, m
e movilidad de la fuerza de trabajo, se
e eries históric que mue
cas estren el
com
mportamient histórico de las pr
to rincipales aactividades productivas en la zo
s ona, las
actividades de transformac
ción de prod
ductos, entre otros espec
cificados en l Guía, no cuentan
la
con informació suficiente para el anál
n ón lisis funcion del hipoté
nal ético nuevo m
municipio”.
Con la falt de esta in
ta nformación s puede det
se terminar que no existe sustento suf
e ficiente que permita
ilustrar asp
pectos de la economía del munici
a ipio a crear que la me
r, etodología d DNP ex
del xige sea
analizada e aspectos tales como: la movilidad de la mano de obra, di
en t d o inámicas de las redes y cadenas
productiva entre otro por ende este hecho se constituy en una deb
as, os; ye bilidad que el estudio no puede
resolver y que represen una limit
nta tante para or uadamente la decisión a tomar, en u factor
rientar adecu un
tan importa como el económico
ante o.
Adicionalmmente, el hec de que h
cho históricamen los años promedio d educación de la pobla
nte de n ación en
el Valle de Cauca no sea superio a 9, significa que en la gran may
el o or yoría de los municipios y en el
mejor de los casos, la población solo cuen con edu
l n nta ucación secuundaria básica. Esta lim mitación
estructural que todavía ningún m
a, municipio del Departame
l ento ha logra superar, propicia un riesgo
ado , n
latente que el hipotétic municipio de Rozo, debe afrontar en el sentid de que la actividad in
e co o r, do ndustrial
asentada en la zona qu se propone segregar, s convierta en un encla de caract
n ue se ave terísticas sim
milares a
las que preesenta la zo industria de Yumbo y que le i
ona al o impide a los habitantes de este mu
s unicipio,
beneficiars con el em
se mpleo calific
cado y mejor remunerad que ofrec las empre
r do ce esas radicada en su
as
zona indusstrial.
El estudio técnico ana aliza la impo
ortancia del sector indus
strial en la economía de la zona a se egregar,
pero no ha alusión a las dificult
ace tades que le están impid
e diendo a sus habitantes beneficiarse con el
s e
empleo pro oductivo ofeertado por las empresas e industrias a
asentadas en este sector, pues la may
n , yoría de
los trabajad
dores calific
cados proced bien sea de municipi aledaños o de otras z
den ios s zonas del mu unicipio
de Palmira el benefic más dese
a; cio eado (emple productiv y dinámic capacidad adquisitiva es de
eo vo ca d a)
carácter m
marginal y pe eriférico, pue la población emplead en las em
es da mpresas asenntadas en la zzona no
gastan su ccapacidad de compra en este sector por el con
n r, ntrario suelen desarrollar sus activid
n r dades de
consumo e otras zona del Depart
en as tamento.
Modificar esta tendenc exige un elevado esfuerzo instit
cia, n tucional y po tanto la n
or nueva munici ipalidad
a crear en el hipotético municipio de Rozo, de
o ebido al inciipiente nivel de desarrol institucio
l llo onal con
el que tend que inic
dría ciarse su inte
ervención, no estaría aun en capacid de impul las medi
o n dad lsar idas que
garanticen procesos de inclusión la
e aboral de manera sostennible y en co
ondiciones faavorables tan para
nto
las empres como par los trabaja
sas ra adores.
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Cabe desta
acar de mane importan que el vi
era nte igente Plan d Ordenam
de miento Territo 3 del mu
orial unicipio
de Palmira estableció cinco tipo de áreas espec
a c e cializadas de desarrollo (
e (Ver Mapa No. 3):
a) Á de Acti
Área ividad Espec
cializada par la Recreac
ra ción y el Tur
rismo
b) Á de Acti
Área ividad Espec
cializada Aeroportuaria y de Zonas ffrancas
c) Á de Acti
Área ividad Espec
cializada Agroindustrial y Manufactuurera
d) Á de Acti
Área ividad Espec
cializada Ind
dustrial Mixt
ta
e) Á de Acti
Área ividad Espec
cializada de Minas y Cannteras
Con excep pción de la última, las re
ú estantes cua (4) aérea especializ
atro as zadas se está desarrolla
án ando en
los 8 correegimientos a segregar. P tanto estas áreas ne
Por ecesitan para su desarrollo una artic
a culación
entre los actores qu las deben promocio
ue onar, coordiinar y proy yectar, lo ccual deman nda una
institucion
nalidad fuert que pued atender m asuntos que los es
te da más stablecidos p la Ley, y para
por
cualquier alcaldía que apenas es estructur
e ste rando su arrquitectura iinstitucional, establecien
, ndo sus
políticas, p
programas, proyectos, ar
p rmando su eq quipo de gobbierno será m
mucho más complejo pr romover
estas inicia
ativas de desarrollo económico, aun con todo e acompaña
n el amiento que le pueda br rindar la
Secretaria de Planeació Departam
ón mental, e inclluso el DNP y otras entid
dades guberrnamentales de nivel
nacional.
3
Acuerdo No. 109 de 2001
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Mapa No. 3 – Áreas Especializad Zona No
E das oroccidenta del Munic
al cipio de Palm
mira
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Adicionalmmente, la zo a segreg está car
ona gar racterizada p la predo
por ominancia d centros p
de poblados
dispersos y por tanto para poder d
p desarrollar u casco urb
un bano como t con las c
tal, condiciones básicas
adecuadas para que un zona urba sea atra
na ana activa y proppicie el desa
arrollo econóómico, se re
equeriría
una inversión que pue superar n solo la c
ede no capacidad fis
scal que tenndría el hipotético municcipio de
Rozo, sino que tambi puede d
o ién desbordar la incipiente capacidad a
a administrativ que tend
va dría una
alcaldía re
ecién creada para manejar numeroso procesos de contrata
os ación. Es dec la neces
cir, sidad de
desarrollar el casco urbano, podr hacer qu los recur
r u ría ue rsos de inveersión destinnados a los centros
poblados ddispersos sea marginale y por end las expect
an es de tativas de estos centros p
poblados, en cuanto
n
a mayor attención por parte del nue gobierno local, es pr
p evo o robable que n se cumpla adecuada
no an amente.
5. Obbservaciones al análisis de cumplimiento de r
s s requisitos fi
iscales reali
izado en el estudio
técnico que se elaboró sob el hipoté
bre ético munic
cipio de Rozzo
El Artículo 15° de la ley 617 de 2000 fija lo requisitos, para que u porción del territori de un
o os una io
Departameento pueda ser erigida en municipio Específica
s n o. amente en cuuanto el aspe
ecto fiscal establece
que:
“Qu el Municip propuesto garantice, po lo menos, ingresos corr
ue pio or rientes de libr destinación anuales
re n
equiivalentes a cin mil (5.000) salarios míni
nco ) imos mensuale vigentes, dur
es rante un perío no inferior a cuatro
odo r
(4) a
años”.
Al respect el estud técnico señala que el conjunto de los 9 corregimien
to, dio o ntos evaluad que
dos
conforman la zona a se
n plirían con e requisito4.
egregar cump este o
Sin embar rgo, es indispensable p preguntarse y analizar cómo cam mbiaría el e escenario fis
scal del
hipotético municipio de Rozo si además de contempla el paráme
i e ar etro requeriido en térmminos de
ingresos ccorrientes de libre desti
e inación, se incluye una porción de la deuda p
a e pública, del pasivo
l
pensional y del pasivo contingent del munic
o te cipio de Palm
mira, tal com se contem
mo mpla en el nnumeral
No. 3 del a
artículo 16 de la Ley 136 de 1994, q define el contenido d las ordena
d 6 que de anzas a expe para
edir
la creación de nuevos municipios, y donde se estipula que la Asamble Departam
n e ea mental debe ddefinir y
dejar consiignado en el texto de la O
Ordenanza la manera co omo el munic cipio segrega (en este caso el
ante e
hipotético municipio de Rozo) concurre con e pago de l deuda púb
d el la blica, los pa
asivos pensio
onales y
contingent del munic
tes cipio segrega (que en este caso sería el municipio de Palm
ado mira).
Es decir, q hasta tan no se real el ejercicio de evalu el impact que tendrí sobre las f
que nto lice uar to ía finanzas
públicas de hipotético municipio de Rozo, el traslado de u porción de la deuda pública, del pasivo
el o una a
pensional y del pasiv continge
vo ente de Palm mira, en la proporción que estab
a n blezca la As samblea
Departame ental, no será posible ver
á rificar, el niv de viabili
vel idad que ten
ndría la zona a segregar.
Por tanto, la Alcaldía de Palmira le solicita a la Gobernación del Valle, realizar el ejerc
a a a cicio en
mención, p pues teniend en cuenta en toda su extensión e espíritu d la Ley 61 de 2000, se hace
do a u el de 17
indispensaable verificar no solo el cumplimiento de los top mínimos de ingresos corrientes de libre
r pes s s
destinación que debe reunir un municipio p
n para autoriz su creac
zar ción, sino ta
ambién veriificar la
relación en los ingre
ntre esos que esp
pera recauda en compar
ar ración con la porción de deuda pública, los
e
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pasivos peensiónales y contingente que recibiría el munic
es cipio a crear por parte d municipio objeto
r del o
de la segre
egación.
Otra obserrvación que tiene la Alca
t aldía de Palm frente a los requisito fiscales q deben ten
mira os que nerse en
cuenta para la creación de un municipio, consi en que la evidencia demuestra como los sesenta
a n iste as as an,
y dos (62) municipios que han sid creados de
do esde que ent en vigen la Ley 136 de 1994 hasta el
tró ncia
año 2007, reportan problemas de desempeñ fiscal, pu son muy pocos los que alcanz una
e ño ues y s zan
calificación del 70 pun o más e el indicad de desem
n ntos en dor mpeño fiscal, es decir qu la mayoría se han
, ue a
ubicado en la franja de 45 a 65 pun
n e ntos, lo que r
refleja sus d
dificultades e
económicas y fiscales.
Para corrobborar lo anterior, basta con consulta los datos del índice d desempeñ fiscal esta
ar de ño ablecido
por el Deppartamento Nacional de Planeación e
N entre el 2005 y 2008 pa los munic
ara cipios cread entre
dos
1994 y 200 donde se observa qu la gran m
07, e ue mayoría de es stos, no alca
anzan a supe 70 puntos en el
erar
indicador d desempeñ fiscal, lo cual signifi que los municipios creados, cue
de ño o fica entan con limitados
recursos pa sostener su funciona
ara amiento, adeemás tienen una alta dep pendencia de los recurso de las
e os
transferenc generale de la naci
cias es ión, bajos ni
iveles de inv
versión, débi nivel de re
il espaldo de la deuda,
a
baja capacidad de ahor y que se les dificulta cada vez en mayor med
rro a n dida, cumpli con los lím
ir mites de
gasto de fu
funcionamien establecidos por la Ley 617 de 2000 y po ende la in
nto el or nversión soc que
cial
demanda e progreso de la població (Ver Ane No. 5).
el d ón exo
Las reitera
adas dificulta
ades de deseempeño fisca que han pr
al resentado lo sesenta y d (62) mu
os dos unicipios
creados en el país dura
n ante los últim 17 años pone en ev
mos s, videncia la p
pertinencia d proyecto de Ley
del o
que actual lmente cursa en el Congreso de l República y el cual contiene d (2) importantes
la a l dos
modificaciiones propue estas como son:
1. Sub de 14 mil a 25 mil habitan el límite m
bir ntes mínimo de pob
blación requerid para que un parte del ter
da na rritorio de
un D
Departamento se convierta en municipio.
n
2. Sub de 5.000 sal
bir larios mínimos mensuales vig
s gentes (SMMV a un rango e
V) entre 25.000 y 330.000 SMMV el límite
V
mín
nimo de ingreso corrientes de libre destinac
os e ción durante un periodo no in
n nferior a cuatro (4) años.
o
Es decir, d
desde el nivel nacional y por parte de las autorida
e ades legislat
tivas, se ha v
visto la neces
sidad de
ajustar los requisitos para autoriz la creación de municipios a fin de prevenir el surgimi
p zar r iento de
municipaliidades débile con probl
es lemas de de esempeño fis scal y por ende de viab bilidad como lo está
o
demostrand la eviden ya expue
do ncia esta.
Tal como se observa en la tabla 1 del estu
e 150 udio técnico elaborado p la Unive
por ersidad del V
Valle, la
capacidad de ahorro co
orriente que se transfiere a la invers
sión para el desarrollo d la localida en el
de ad,
área de seegregación presenta una disminuci 53% en términos d atender l necesida
p a ión n de las ades del
hipotético nuevo muniicipio, lo cu muestra una clara in
ual nconvenienci desde el p
ia punto de vis de la
sta
inversión n beneficia
no ando al total de la pobla
l ación. De iggual manera se observa como los gastos se
incrementa en 50% beneficiando la burocraci en contra de la invers
an ia, sión social.
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