SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 182
Downloaden Sie, um offline zu lesen
INFORME SOBRE EL PROCESO DE REESTRUCTURACIÓN DEL
SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO EN EL MARCO DE LA
REORDENACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO DE ANDALUCÍA


I. RESUMEN DEL PROCESO DE REORDENACIÓN DEL SECTOR
PÚBLICO.

Con la extinción de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo, la
constitución efectiva del Servicio Andaluz de Empleo como agencia de régimen
especial, y la publicación de sus Estatutos, podemos afirmar que concluye una
primera fase del proceso de reordenación del sector público de Andalucía puesta en
marcha por el Gobierno.


I.- Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de julio de 2010 se aprueba el
Plan de Reordenación del Sector Público de la Junta de Andalucía con un claro objetivo:
convertir al sector público en un agente más eficaz y eficiente, más innovador, ágil
y cercano a la ciudadanía y al tejido productivo, a la vez que pretende racionalizar
el gasto público.
Dicho Plan contempla la reducción de un importante número de entidades
instrumentales.

II.- Posteriormente, se publica la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del
sector público de Andalucía que en su artículo 8.1 dispone que “El Servicio Andaluz
de Empleo adoptará la configuración de agencia de régimen especial de las previstas
en el artículo 54.2 c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre”. Asimismo, el apartado 8 del
mismo artículo establece que
“El Servicio Andaluz de Empleo quedará subrogado en todas las relaciones jurídicas,
bienes, derechos y obligaciones de los que es titular la Fundación Andaluza Fondo de
Formación y Empleo, así como del personal de los Consorcios UTEDLT de Andalucía,
desde la fecha en que se acuerde su disolución o extinción”.


En este sentido, la Ley de reordenación del sector público establece las normas que
deberán regir el proceso reordenación previsto, que girará sobre cuatro pilares:

A) El proceso de adaptación de los Estatutos de la Agencia se deberá tramitar
simultáneamente a la extinción de FAFFE.

Esto suponía dos consecuencias inmediatas y complementarias entre sí;
- Por una parte, que la Fundación debía adoptar, con carácter previo a la constitución de
la Agencia, el acuerdo de disolución, liquidación y cesión global de activo y pasivo, así
como la subrogación en todas sus relaciones jurídicas, bienes, derechos y obligaciones,
incluidas las laborales en concepto de sucesión de empresas y,



                                                                                       1
- Por otra, que la integración del personal procedente de la extinta FAFE en la Agencia
debía producirse en el mismo momento en que se produjera la constitución efectiva de
ésta.

B) Asimismo, se impone un plazo máximo de tiempo para llevar a cabo el proceso
de reordenación, el 30 de junio de 2011, fecha tope en la que, no sólo debían estar
aprobados y publicados los Estatutos y la correspondiente modificación de la
estructura orgánica de la Consejería a la que afecta, sino también, debían de
concluirse todas las operaciones jurídicas derivadas de la reordenación.

C) Además, se estable que la integración en la Agencia del personal procedente de
las entidades extinguidas se realizará de acuerdo con las normas reguladoras de
la sucesión de empresas del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, y en las
condiciones que estableciera el protocolo de integración adoptado por la Consejería
competente en administración pública.

D) Finalmente, tanto los Estatutos, como el protocolo de integración y el plan inicial
de actuación de la Agencia, debían ser negociados en el ámbito de la Mesa General
de Negociación del Empleado Público de la Administración de la Junta de Andalucía.

III.- En conclusión, la Ley de reordenación del sector público de Andalucía obliga,
por una parte a la extinción de la Fundación Andaluz Fondo de Formación y
Empleo y, por otra, a la integración de su personal en la Agencia SAE.
En aplicación de la referida Ley el Patronato de la FAFFE se reunió en sesión
extraordinaria el pasado 29 de abril de 2011, aprobándose por unanimidad el
acuerdo de extinción de la Fundación; acuerdo que ha sido ratificado por el
Protectorado de Fundaciones de Andalucía mediante Resolución de 5 de mayo de 2011,
de la Dirección General de Oficina Judicial y Cooperación, por la que se inscribe en el
Registro de Fundaciones de Andalucía la extinción de la Fundación Pública Andaluza
Fondo de Formación y Empleo (BOJA nº 100 de 24 de mayo de 2011); momento a partir
del cual se abre el procedimiento de liquidación, no pudiendo por tanto contraer más
obligaciones, salvo aquellas que sean necesarias para su liquidación y extinción.


IV.- También el 29 de abril de 2011 se publica el Decreto 96/2011, de 19 de abril, por
el que se aprueban los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, así como el
Decreto 97/2011, de 19 de abril, por el que se modifica la estructura orgánica de la
Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.

V.- En este sentido, el día 3 de mayo de 2011 - fecha de entrada en vigor los
Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo -, se produjo la constitución efectiva de
la Agencia y el inicio del ejercicio de las funciones generales asignadas,
asumiendo, asimismo, todas las funciones y tareas realizadas hasta entonces por
FAFFE.

VI.- En lo que respecta al personal de la Fundación que se integra en la Agencia,
hemos de señalar que el mismo día de constitución efectiva de la Agencia (esto es, el 3


                                                                                     2
de mayo de 2011), se produjo la integración en la Agencia de dicho personal, de
acuerdo con las normas reguladoras de la sucesión de empresas del artículo 44
del Estatuto de los Trabajadores y en las condiciones que establece el protocolo
de integración adoptado por Resolución de 20 de abril de 2011, de la Secretaría
General de Administración Pública.


El número de trabajadores y trabajadores que se han integrado en la Agencia
asciende a 1552, procediéndose el mismo día 3 de mayo de 2011 a realizar el cambio
de cuenta de cotización del empleador, produciéndose, a través del Sistema RED, la
baja y alta simultánea de 1552 trabajadoras y trabajadores en la Seguridad Social.

Pese a la complejidad del proceso, especialmente motivado por el elevado volumen de
los contratos afectados, no se registró ninguna incidencia, tramitándose el mismo con un
gran éxito.

VIII.- Por otra parte, debemos informar que tanto el Decreto 96/2011, de 19 de abril
por el que se aprueban los Estatutos, como el Protocolo de Integración de
Personal en el SAE han sido impugnados, habiéndose solicitado por los
recurrentes la suspensión cautelar de ambas disposiciones.




                                                                                      3
II. CONSECUENCIAS DEL PROCESO DE REORDENACIÓN, LAS
ACTUACIONES INMEDIATAS REALIZADAS Y A ACOMETER TRAS LA
PUESTA EN MARCHA DE LA AGENCIA.

I.- La reordenación del sector público no solo se ha limitado a la constitución del SAE
en Agencia, sino que al mismo tiempo, ha supuesto una reducción importante de
entidades instrumentales de la Administración andaluza en aras a la consecución
de uno de los objetivos principales sobre el que ha girado esta reestructuración, que no
es otro que ahorrar y reducir el gasto publico, sin que ello suponga una merma en la
calidad de los servicios públicos prestados a la ciudadanía.

II.- Como resultado de ello, se crea en la Junta de Andalucía una entidad
administrativa especializada y única en la gestión de las políticas activas de
empleo, evitando posibles duplicidades entre entidades instrumentales, lo que
permitirá a su vez gestionar de forma global e integrada la actuación de la
administración andaluza en los ámbitos relacionados con el fomento del empleo,
la formación para el empleo, orientación e información, prospección, registro de
demanda e intermediación en el mercado de trabajo, entre otras competencias.

Con este modelo de organización se potencia igualmente la prestación de
servicios con la máxima calidad desde tres puntos de vista: en materia
presupuestaria, dotando de mayor agilidad tanto a la distribución de los créditos
como al control financiero de las subvenciones; en materia de personal,
promoviendo la máxima especialización y dotando de mayor celeridad a la
cobertura de puestos de trabajo; y respecto a la ciudadanía, favoreciendo la
posibilidad de que el ciudadano visualice claramente los fines, la forma de gestión
y los resultados del servicio que se presta.

III.- Por este motivo, - y una vez analizado el proceso de reordenación llevado a cabo en
el Servicio Andaluz de Empleo podemos afirmar que nos encontramos en una nueva
etapa en la que habrá que trabajar en 3 grandes ámbitos en paralelo:
- Por una parte, la nueva estructura y organización de la Agencia.
- Por otra, en la integración real de FAFFE, UTEDLT.
- La consolidación de la Agencia.




                                                                                       4
Finalmente, en otras actuaciones inmediatas a acometer como son la aprobación de
diversos Planes.

A) Por lo que respecta a la estructura y organización de la Agencia SAE.
Como sabéis, el Decreto 97/2011, de 19 de abril, por el que se modifica la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo, mantiene los
mismos órganos directivos centrales que antes, esto es:

- La Dirección-Gerencia.
- La Dirección General de Calidad de los Servicios para el Empleo.
- La Dirección General de Formación Profesional, Autónomos y Programas para el
Empleo.

Asimismo, en cada provincia se mantiene como órgano directivo periférico la
Delegación Provincial de la Consejería de Empleo, que seguirá ostentando la
representación ordinaria de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo
en su correspondiente ámbito territorial.

En lo que respecta a los Servicios que integran el Servicio Andaluz de Empleo, se
mantienen algunos de los Servicios que ya existían, en concreto, los 3 Servicios de la
Dirección General de Calidad de los Servicios para el Empleo, integrada por el Servicio
de Calidad, el Servicio de Intermediación y Orientación y el Servicio de Promoción del
Desarrollo Local. Se unifican dos de los Servicios de la Dirección General de Formación
Profesional, Autónomos, y Programas para el Empleo, pasando de 6 a 4 Servicios.

Por otra, se ha integrado en la Agencia el Servicio de Tesorería. Asimismo, está
previsto crear el Servicio de Personal y el de Contratación y, se está estudiando crear
un Servicio dedicado a la Justificación de subvenciones, por lo que se procederá, en
su momento, a tramitar la correspondiente modificación de la RPT del SAE como se
comentará más adelante.

B) Por lo que respecta a la integración real de FAFFE, UTDLT y la consolidación de
la Agencia.

B.I.- Constituida la Agencia SAE, el objetivo inmediato es alcanzar una integración real
del personal de FAFFE, y el personal de las UTDLT en la Agencia y la integración de los
servicios comunes o duplicados (jurídicos, informáticos, etc.); y garantizar que durante
este proceso no se vea afectada la calidad en los servicios prestados a la ciudadanía.

No obstante, en un proceso tan complejo como el que se ha producido de reordenación
del sector público, se hace imprescindible la adopción de medidas transitorias en las
distintas materias.

En efecto, en este periodo transitorio, hemos de destacar, en materia
presupuestaria, de tesorería, de contabilidad y control, la publicación de la Orden
de 12 de mayo de 2011 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,
que adopta medidas transitorias de orden financiero y contable aplicables a las


                                                                                      5
entidades afectadas por la Ley de reordenación del sector público de Andalucía,
que, como sabéis, básicamente, mantiene el mismo régimen que tenían las
entidades extinguidas hasta el 31 de diciembre de 2011.

Asimismo, y con carácter interno, se ha creado en los Servicios Centrales del Servicio
Andaluz de Empleo un ÁREA DE INTEGRACIÓN Y TRANSFERENCIA,(se debe de
tener en cuenta a las UTEDLT) integrada por personal del Servicio Andaluz de Empleo y
de la extinta FAFFE, así como al personal de las UTEDLT, y en la que se están creando
grupos de trabajo para las distintas cuestiones que hay que abordar e ir resolviendo las
incidencias que surjan en este periodo.

B. 2.-UTDLT. Desarrollo local.
Se deben crear los instrumentos necesarios para integrar al personal de las UTEDLT
como agentes de desarrollo local, una vez se haya producido el proceso de liquidación y
extinción de los Consorcios, para ello, se articularán los mecanismos necesarios para
que este personal realice funciones ligadas al desarrollo local.

B.3.- Por otra parte, para la consolidación de la Agencia hemos trazado los siguientes
objetivos estratégicos:

- Mejorar el funcionamiento del Servicio Público de Empleo en Andalucía.

- Mejorar la empleabilidad en Andalucía, prestando un servicio de calidad al
ciudadano.

Para ello, la Agencia contará con las siguientes líneas de actuación:

a) Plan de visibilidad que nos permita acercar nuestras actuaciones y servicios a la
ciudadanía, utilizando para ello, las acciones de información y comunicación más
oportunas en cada momento, haciendo uso de las nuevas tecnologías: web, sms,
callcenter, redes sociales y cuantas fórmulas mejoren la conexión con la ciudadanía
gracias a procesos de micro-segmentación.

b) Plan de Calidad a fin de mejorar la atención al ciudadano, y en cumplimiento a la
actuación 6 del VII Acuerdo de Concertación Social de Andalucía. La Agencia
implantará nuevos mecanismos de control y seguimiento, además de sistemas de
autoevaluación y planes de mejora continua.
En este contexto, la Agencia elaborará su propia carta de servicios que contendrá los
compromisos de calidad asumidos, e incluirá la política de responsabilidad social
corporativa como línea de actuación permanente.

c) Código ético de funcionamiento: que, además de regir el funcionamiento y las
actuaciones de la Agencia vele por los principios y valores en los que se asentará su
actuación, que son: la igualdad de oportunidades, transparencia del mercado de trabajo,
gratuidad, universalidad y personalización de los servicios.




                                                                                      6
d) Innovación tecnológica: impulsaremos la implantación de las nuevas tecnologías en
línea con lo establecido en las actuaciones 4 y 10 del VII Acuerdo de Concertación
Social, para favorecer el acceso electrónico de los ciudadanos (oficinas móviles,
certificados digitales, aumento de los puntos de encuentro...), y la administración
electrónica en los procedimientos administrativos, apostando por la simplificación de
trámites y la reducción de plazos.

Se impulsara la utilización de la página Web como un portal informativo
permanentemente actualizado y en el que es posible participar e interactuar con el
usuario. Asimismo, se fomentará el uso de la Oficina Virtual del Servicio Andaluz de
Empleo como sede electrónica en la que se incorporan todos los trámites de empleo
relacionados con la Administración Electrónica.

Igualmente, se incrementará el uso de las TIC por parte de las personas demandantes
de empleo a fin de facilitarles la atención y el acceso a las políticas de empleo. Se
pretende eliminar con ello, los tiempos de espera para demandantes de empleo, a la vez
que se reduce los costes de desplazamientos de las personas usuarias.

e) Formación y comunicación interna: fomentaremos la formación, la comunicación y
el trabajo en equipo, especialmente en las oficinas de empleo, utilizando herramientas
informáticas como medio normalizado de trabajo interno.

g) Plan de cooperación y fomento de las relaciones Interadministrativas:
estableceremos mecanismos de colaboración y llevaremos a acabo acciones tendentes
al intercambio de información, a la intercomunicación técnica, a la prestación recíproca
de asistencia, a la elaboración y ejecución de planes conjuntos de empleo y formación
con el Servicio Público de Empleo Estatal, las Administraciones locales de Andalucía y
demás entidades y órganos que tienen atribuidas las competencias en este ámbito.

C) Otras actuaciones inmediatas a abordar: Una vez superadas las tareas
preliminares centradas en la puesta en funcionamiento de la estructura organizativa de
la Agencia, y en paralelo a la integración y consolidación de la Agencia, otras
actuaciones de relevancia que debemos abordar en la etapa inicial son las siguientes:

1. Aprobación del Plan Inicial de Actuación de la Agencia para el periodo 2011-2014.
El Plan Inicial de Actuación de la Agencia constituye a su vez su plan de acción de anual
correspondiente al periodo 2011. En él se establecerán los objetivos y ejes estratégicos
iniciales de la Agencia para dicho periodo, así como las prioridades y las actividades a
poner en marcha para el cumplimiento de los mismos, para lo cual se le asigna los
recursos presupuestarios y la dotación de personal necesarios.
El Plan tendrá una vigencia inicial de 4 años, y será aprobado por el Consejero de
Empleo, previo consenso en la Mesa General de Negociación del empleado público.

2. Elaboración del Contrato Plurianual de Gestión de la Agencia. La Dirección-
Gerencia deberá formular en el plazo de 6 meses desde la constitución de la Agencia
(es decir, antes del próximo 2 de noviembre 2011), la propuesta del primer contrato de
gestión a la persona titular de la Consejería de Empleo, para que la someta a la


                                                                                       7
aprobación del Consejo de Gobierno. Hasta tanto no se apruebe el Contrato plurianual
de Gestión, mantendrá vigencia el contrato Inicial de Actuación.

3. Elaboración de primer Plan Plurianual de Evaluación General del Servicio
Andaluz de Empleo, para lo que deberemos definir los indicadores asociados a cada
objetivo.

4. La implantación del Plan de Igualdad de Género, donde se fijarán los objetivos
concretos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su
consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y
evaluación de los objetivos fijados.

5. La implantación de un Sistema de Prevención de Riesgos Laborales, apostando
decididamente por la implementación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

6. La confección de la relación y el catálogo de puestos de trabajo.

7. La elaboración del Reglamento de régimen interior de la Agencia.




                                                                                  8
III. CALENDARIO DEL PROCESO DE REORDENACIÓN


FECHA           ACONTECIMIENTO
                Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de julio de 2010:
                  • se aprueba el Plan de Reordenación del Sector Público de
                     la Junta de Andalucía
                  • OBJETIVO: convertir al sector público en un agente
                     más eficaz y eficiente, más innovador, ágil y cercano a
27 JULIO 2010
                     la ciudadanía y al tejido productivo, a la vez que
                     pretende racionalizar el gasto público.
                     Dicho Plan contempla la reducción de un importante
                     número de entidades instrumentales.

                ACUERDO ENTRE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y
                ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y LAS ORGANIZACIONES
                SINDICALES UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES DE
                ANDALUCÍA Y COMISIONES OBRERAS DE ANDALUCÍA.

29 OCTUBRE      La consejera de Hacienda y Administración, Carmen Martínez
2010            Aguayo, firma junto al secretario general de CCOO en Andalucía,
                Francisco Carbonero, y el vicesecretario general de Relaciones
                Laborales y Política Institucional de UGT-A, Dionisio Valverde, el
                acuerdo alcanzado sobre el Decreto-Ley de reordenación del
                sector público de la Junta.


                ACUERDO de 7 de diciembre de 2010, del Consejo de
                Gobierno, por el que se aprueban los Acuerdos adoptados
7 DICIEMBRE     por la Mesa General de Negociación del Empleado Público
2010            de la Administración de la Junta de Andalucía en su reunión
                de 18 de noviembre de 2010, en materia de Reordenación del
                Sector Público.




                                                                                     9
FECHA           ACONTECIMIENTO
                LEY 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector
                público de Andalucía.
                En su artículo 8.1 dispone que “El Servicio Andaluz de Empleo
                adoptará la configuración de agencia de régimen especial de
                las previstas en el artículo 54.2 c) de la Ley 9/2007, de 22 de
17 FEBRERO      octubre”.
2011            Asimismo, el apartado 8 del mismo artículo establece que
                “El Servicio Andaluz de Empleo quedará subrogado en todas las
                relaciones jurídicas, bienes, derechos y obligaciones de los que
                es titular la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo,
                así como del personal de los Consorcios UTEDLT de Andalucía,
                desde la fecha en que se acuerde su disolución o extinción”.
                RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2011, de la Secretaría
                General para la Administración Pública, por la que se
                aprueba el Protocolo de Integración de Personal en el
                Servicio Andaluz de Empleo.
                Regla Tercera. Incorporación del personal laboral de la
                Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo.
                1. Sucesión de empresa. En concepto de sucesión de la
                Fundación Andaluza Fondo Formación y Empleo –FAFFE–, y
                desde la fecha de su constitución efectiva, la Agencia quedará
                subrogada en calidad de empleador en la totalidad de
                los contratos laborales del personal laboral de la Fundación,
                con todos los derechos y obligaciones laborales y sociales
                inherentes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 del
                Estatuto de los Trabajadores antes citado.
                2. Condiciones de integración. El personal laboral de la
                Fundación Andaluza Fondo Formación y Empleo se integrará en
20 ABRIL 2011   la Agencia, de conformidad con el artículo 44 del Estatuto de los
                Trabajadores. De acuerdo con la regla de la letra b) de la
                disposición adicional cuarta de la Ley 1/2011, de 17 de febrero,
                el personal integrado tendrá la consideración de personal laboral
                de la Agencia.
                El acceso de este personal, en su caso, a la condición de
                personal funcionario o laboral de la Administración General de la
                Junta de Andalucía sólo podrá efectuarse mediante la
                participación en las correspondientes pruebas selectivas de
                acceso libre convocadas en ejecución de las ofertas de empleo.
                De acuerdo con la regla de la letra f) de la disposición adicional
                cuarta de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, la masa salarial del
                personal laboral al servicio de la Agencia no podrá superar, como
                consecuencia de la reordenación, la del personal de la citada
                Fundación.
                3. Normativa laboral de aplicación. El personal laboral de la
                Fundación Andaluza Fondo Formación y Empleo que se integra


                                                                                 10
en la Agencia mantendrá las mismas condiciones laborales y
                 retributivas que tenía en dicha Fundación, así como las
                 dimanantes, en su caso, del Convenio Colectivo para los años
                 2007-2009 de la Fundación Andaluza Fondo Formación y
                 Empleo. Las condiciones laborales contenidas en dicho
                 Convenio permanecerán subsistentes en tanto se aprueba un
                 nuevo convenio aplicable al mismo, de acuerdo con lo
                 establecido en el apartado e) de la disposición adicional cuarta
                 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero. Asimismo le será de
                 aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del
                 Empleado Público.

                 29 de abril de 2011 se publica el Decreto 96/2011, de 19 de
29 DE ABRIL
                 abril, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio
2011
                 Andaluz de Empleo


                 Decreto 97/2011, de 19 de abril, por el que se modifica la
29 DE ABRIL
                 estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del
2011
                 Servicio Andaluz de Empleo


                 Fecha de entrada en vigor los Estatutos del Servicio Andaluz de
                 Empleo -, se produjo la constitución efectiva de la Agencia y el
                 inicio del ejercicio de las funciones generales asignadas,
                 asumiendo, asimismo, todas las funciones y tareas realizadas
                 hasta entonces por FAFFE.

                 Al personal de la Fundación que se integra en la Agencia, el
                 mismo día de constitución efectiva de la Agencia (esto es, el 3 de
3 MAYO DE 2011
                 mayo de 2011), se produjo la integración en la Agencia de dicho
                 personal, de acuerdo con las normas reguladoras de la sucesión
                 de empresas del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores y
                 en las condiciones que establece el protocolo de integración
                 adoptado por Resolución de 20 de abril de 2011, de la Secretaría
                 General de Administración Pública.

                 El número de trabajadores y trabajadores que se han integrado
                 en la Agencia asciende a 1552

                 Resolución de 5 de mayo de 2011, de la Dirección General de
                 Oficina Judicial y Cooperación, por la que se inscribe en el
5 DE MAYO 2011   Registro de Fundaciones de Andalucía la extinción de la
                 Fundación Pública Andaluza Fondo de Formación y Empleo
                 (BOJA nº 100 de 24 de mayo de 2011).




                                                                                  11
El Partido Popular presenta recurso de inconstitucionalidad
                 ante el Tribunal Constitucional contra la Ley 1/2011, de
                 Reordenación del Sector Público de Andalucía. El Tribunal
11 MAYO 2011
                 Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado
                 por el PP contra el Decreto-ley de reordenación del sector
                 público andaluz.



Diversas Plataformas anti-reordenación a través de la contratación de los
servicios profesionales del Bufete Mariano Aguayo:
RESOLUCIÓN IMPUGNADA: PROTOCOLO SAE (Resolución de 20 de abril de
2011)
ÓRGANO: Juzgado de lo Contencioso Administrativo (JCA) Nº 5 SEVILLA
PROCEDIMIENTO: DDFF Nº 299/2011
FECHA               ACONTECIMIENTO
                 SENTENCIA
                 La sala de lo Contencioso del TSJA en la resolución del recurso
                 466/2011 estima la demanda interpuesta por las Asociaciones Al
                 Andalus y Defiendo mi Derecho, contra el protocolo de
                 Integración del personal en la Agencia SAE.
                 Entre los argumentos que recoge la sentencia el TSJA ha tenido en
                 cuenta los de la sentencia de la Agencia Andaluza de Instituciones
                 Culturales considerando que nos encontramos ante un supuesto
                 idéntico:
                 "Debemos destacar que esta sala, en reciente sentencia de 2 de
                 noviembre de 2011 recaída en Recurso 414/11 ha estimado el Recurso
                 interpuesto contra el Decreto 103/2011, de 19 de abril, por el que se
                 aprueban los Estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones
10 Noviembre
                 Culturales, en cuya D.A. 2ª se disponía la integración del Personal del
2011             IAAL en la Agencia, por considerarla contraria a los DD.FF de los
                 artículos 14 y 23 de la C.E."
                 "Idéntico supuesto se produce por las Reglas 3ª y 4ª del Protocolo, por
                 el que se pretende integrar al personal de FAFFE y de los UTEDLT
                 como personal laboral de la Agencia, eludiendo los principios de
                 Igualdad, mérito y capacidad"
                 "FALLAMOS: QUE DEBEMOS ESTIMAR EL RECURSO DE
                 APELACIÓN INTERPUESTO POR LA ASOCIACIÓ AL-ANDALUS,
                 ASOCIACIÓN DEFIENDO Y DERECHO Y OTROS CONTRA EL
                 AUTO DEL JUZGADO Nº 5, QUE REVOCAMOS Y ACORDAMOS LA
                 SUSPENSIÓN DE LAS REGLAS 3 Y 4 DE LA RESOLUCIÓN DE 20
                 DE ABRIL DE 2011, DE LA DGFP. SIN COSTAS."

24 ENERO 2012    Borrador resolución del Director-Gerente del SAE
                 Se presentó escrito solicitando la SUSPENSIÓN DE LA RELACIÓN
                 LABORAL del personal procedente de FAFFE y de los Consorcios
25 ENERO 2012    UTEDLT con el SAE, solicitando diversas medidas en orden a ejecutar
                 la medida cautelar de suspensión acordada


                                                                                       12
FECHA           ACONTECIMIENTO
                Por Providencia de fecha 06/02/2012 se dio trámite al primer escrito,
06 FEBRERO      solicitando a la Administración que acreditara, en el plazo de CINCO
2012            DÍAS, si había suspendido las Reglas 3ª y 4ª del Protocolo y las
                medidas concretas que había efectuado
                Posteriormente, tras conocer el borrador de la resolución del Director-
07 FEBRERO
                Gerente del SAE se volvió a presentar nuevo escrito de fecha
2012            07/02/2012 reiterando la ejecución de las medidas solicitadas
                Tras la firma de la resolución del Director-Gerente del SAE de
09 FEBRERO
                fecha 07/02/2012 se presentó nuevo escrito al Juzgado en fecha
2012
                09/02/2012, reiterando la ejecución de las medidas solicitadas.
                SENTENCIA del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
                donde se declara nulidad de la disposición adicional
                segunda del Decreto 96/2011 (Estatutos SAE),por
                vulneración de Derechos Fundamentales reflejados en el
                articulo 14 y 23.2 de la Constitución.
                Cabe recurso de casación.
                Nos encontramos con una Sentencia que viene a confirmar la
                anterior tomada como medida cautelar, que supuso la
                suspensión de la Disposición Adicional 2ª del Decreto de la Junta
24 FEBRERO      de Andalucía 96/2001, resolviendo favorablemente la pretensión
2012            de la Fundación Al Andalus y otros actores personados,
                confirmando dicho fallo, y que con toda probabilidad será
                ejecutada provisionalmente, lo que supondría, de accederse a la
                misma, nueva Resolución de la Secretaría General para la
                Administración Pública, quizás en términos similares a los de la
                RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2011 por la que se aprueba el
                Protocolo de Integración de Personal en el Servicio Andaluz de
                Empleo, pero obviamente sin que se entiendan conculcados los
                artículos 14 y 23.2. de la Constitución Española.

                Nuevo auto JCA nº 5 Sevilla: Auto del juzgado en respuesta a
                la Resolución de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de
                Empleo de 7 de Febrero de 2012 para garantizar el cumplimiento
                de las medidas cautelares de la Sentencia en la que se
                suspenden las reglas 3ª y 4ª del Protocolo de Integración de la
23 MARZO 2012
                Agencia SAE, en este Auto el Juez considera que la Resolución
                de 7 de febrero no cumple con las citadas medidas cautelares,
                por lo que se insta a que se solucione y se cumplan dichas
                medidas cautelares.




                                                                                      13
aprobación del Consejo de Gobierno. Hasta tanto no se apruebe el Contrato plurianual
de Gestión, mantendrá vigencia el contrato Inicial de Actuación.

3. Elaboración de primer Plan Plurianual de Evaluación General del Servicio
Andaluz de Empleo, para lo que deberemos definir los indicadores asociados a cada
objetivo.

4. La implantación del Plan de Igualdad de Género, donde se fijarán los objetivos
concretos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su
consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y
evaluación de los objetivos fijados.

5. La implantación de un Sistema de Prevención de Riesgos Laborales, apostando
decididamente por la implementación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

6. La confección de la relación y el catálogo de puestos de trabajo.

7. La elaboración del Reglamento de régimen interior de la Agencia.




                                                                                  8
LEGISLACIÓN SOBRE REORDENACIÓN


SENTENCIAS Y AUTOS JUDICIALES

INFORMES EMITIDOS POR BUFETE IMAGEN

INFORME DE SITUACIÓN (ANÓNIMO)

ESCRITOS PRESENTADOS POR COMITÉS
 EMPRESA EXTINTA FAFFE

UGTs INFORMA

ASOCIACIÓN ATARES: ACTUACIONES ACOMETIDAS
                                            14
Página núm. 18                                                     BOJA núm. 147                                 Sevilla, 28 de julio 2010



     Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de                             ACUERDO de 27 de julio de 2010, del Consejo de
las entidades instrumentales públicas que se extinguen.                             Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Reordena-
     Hasta que se produzca la constitución efectiva de las                          ción del Sector Público de la Junta de Andalucía.
agencias creadas mediante el presente Decreto-Ley, las enti-
dades instrumentales públicas que se extinguen como conse-                        La crisis económica ha obligado a las Administraciones
cuencia de dicha creación seguirán actuando conforme a lo                   Públicas de los países más desarrollados a realizar un consi-
establecido en su normativa reguladora.                                     derable esfuerzo de consolidación fiscal que está comenzando
                                                                            a dar sus frutos.
     Disposición derogatoria única. Derogación normativa.                         La Junta de Andalucía, en coordinación con el Gobierno
     1. Quedan derogadas cuantas normas contradigan o se                    de España, apoyó la aprobación, por el Consejo de Política
opongan a lo dispuesto en la presente Ley y, en particular, las             Fiscal y Financiera el pasado 15 de junio, del Acuerdo Marco
siguientes:                                                                 sobre Sostenibilidad de las Finanzas Públicas 2010-2013, por
                                                                            el que se fija una rebaja del déficit de las Comunidades Autó-
     a) La disposición adicional primera de la Ley 10/2002, de              nomas desde el 2% del PIB en 2009 al 1,1% en 2013.
21 de diciembre, por la que se aprueban normas en materia                         La reordenación del sector público tiene un objetivo claro:
de tributos cedidos y otras medidas tributarias, administrati-              convertirlo en un agente más eficaz y eficiente, más innovador,
vas y financieras.                                                          ágil y cercano a la ciudadanía y al tejido productivo.
     b) Los artículos 48 a 58 de la Ley 3/2004, de 28 de di-                      Todo ello, con el fin de obtener una mejor prestación de
ciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.             los servicios públicos para la ciudadanía andaluza, desde el
     c) El Capítulo VIII del Título II y el Título III de la Ley            convencimiento de que ello solo es posible desde el valor aña-
8/1984 de 3 de julio, de Reforma Agraria y concordantes del                 dido que aporta lo público y el empleo público.
                                                                                  En efecto, Andalucía cuenta, como uno de los motores de
Reglamento para su ejecución. Ello, sin perjuicio de que aque-
                                                                            su progreso, con el alto nivel de formación, compromiso y apli-
llas concesiones administrativas constituidas al amparo del
                                                                            cación de sus empleados públicos para la consecución de los
Decreto 118/1973, de 12 de enero, por el que se aprueba el
                                                                            objetivos que marcan los intereses generales de la ciudadanía
Texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, y de la Ley                andaluza. El cotidiano desempeño por cada uno de los trabaja-
8/1984, de 3 de julio, continúen rigiéndose por la normativa                dores y trabajadoras del sector público andaluz de las funciones
vigente al tiempo de su constitución, salvo lo dispuesto en la              encomendadas, ha sido razón esencial para alcanzar las cotas
Sección 5ª del Capítulo II del presente Decreto-Ley.                        de prestación de servicios públicos que actualmente disfrutan
     d) La disposición adicional sexta de la 9/2007, de 22 de               los andaluces y andaluzas. Por ello, el Plan de Reordenación
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, de au-              del Sector Público de la Junta de Andalucía incide en la estricta
torización para la creación de la Agencia para la Atención a la             reordenación de las estructuras, optimizando las nuevas formas
Dependencia en Andalucía.                                                   organizativas, pero asentando, a la vez, el empleo público. En
                                                                            suma, se opta por un modelo público de prestación de servicios,
     2. Al tiempo de la constitución efectiva e inicio de las acti-         rechazando otros modelos liberalizadores que inciden esencial-
vidades de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía                 mente en la privatización de la prestación de tales servicios.
quedarán derogadas las siguientes disposiciones:
                                                                                 En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y
     a) El artículo 67 de la Ley 8/1997, de 23 de diciembre,                Administración Pública, conforme a lo dispuesto en el artícu-
por la que se aprueban medidas en materia tributaria, presu-                lo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de
puestaria, de empresas de la Junta de Andalucía y otras Enti-               la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del
dades, de recaudación, de contratación, de función pública y                Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de julio de 2010,
de fianzas de arrendamientos y suministros.
     b) El artículo 34 de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre,                                          ACUERDA
por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.                       Primero. Aprobación.
                                                                                 Se aprueba el Plan de Reordenación del Sector Público de
      Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.                  la Junta de Andalucía, que se acompaña como Anexo a este
      1. El desarrollo reglamentario de este Decreto-Ley se lle-            Acuerdo.
vará a efecto de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112
y 119.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y 44 de la                      Segundo. Coordinación.
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad                       La Consejería de Hacienda y Administración Pública será
Autónoma de Andalucía.                                                      la responsable de coordinar las actuaciones de las distintas
      2. Se faculta a la persona titular de la Consejería de Agri-          Consejerías para la consecución de los objetivos del Plan de
cultura y Pesca para el desarrollo reglamentario, mediante Or-              Reordenación del Sector Público de la Junta de Andalucía.
den, de lo dispuesto en la Subsección 3ª de la Sección 5ª del
Capítulo II, referida a las Cámaras Agrarias y en el Capítulo                   Tercero. Desarrollo y ejecución.
III, relativo a las medidas para la dinamización del patrimo-                   Se faculta a la Consejera de Hacienda y Administración
nio agrario de Andalucía, del presente Decreto, en lo que con-              Pública para el desarrollo y la ejecución del presente Acuerdo.
cierne a los aspectos procedimentales.
                                                                                Cuarto. Eficacia.
    Disposición final segunda. Entrada en vigor.                                El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día si-
    El presente Decreto-Ley entrará en vigor el día siguiente al            guiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta
de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.           de Andalucía.
     Sevilla, 27 de julio de 2010                                                Sevilla, 27 de julio de 2010
                                      JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ                                                JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ
                                      Presidente de la Junta de Andalucía                                         Presidente de la Junta de Andalucía

         CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO                                                      CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO
Consejera de Hacienda y Administración Pública                              Consejera de Hacienda y Administración Pública
Sevilla, 28 de julio 2010                                 BOJA núm. 147                                          Página núm. 19



                          ANEXO                                         - Extinción de la Fundación Valme, por absorción en la
                                                                   Fundación Pública Andaluza para la Investigación en Salud en
     PLAN DE REORDENACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO                       Sevilla (FISEVI).
             DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA                                   - Transformación de Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A.,
    El Plan de Reordenación del Sector Público de la Junta de      en la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
Andalucía se articulará en torno a tres líneas de actuación:            - Extinción del Instituto Andaluz de Reforma Agraria.
                                                                        - Extinción de las Cámaras Agrarias de Andalucía.
    1. La reducción del número de entidades instrumentales.             - Creación de la Empresa Pública para la Gestión del Tu-
    2. La simplificación de la estructura periférica.              rismo y del Deporte de Andalucía, S.A. por fusión de Turismo
    3. La mejora del conocimiento y la gobernanza.                 Andaluz, S.A. y Empresa Pública de Deporte Andaluz, S.A.
                                                                        - Absorción por la Agencia de Servicios Sociales y Depen-
     Primero. La reducción del número de entidades instru-         dencia de Andalucía de la Fundación Andaluza de Servicios
mentales persigue la creación de estructuras homogéneas que        Sociales y de la Fundación para la Atención a las Drogodepen-
permitan cumplir mejor los objetivos del Gobierno. La premisa      dencias e Incorporación Social.
fundamental de esta actuación radica en que dicha reducción             - Transformación del Instituto Andaluz de las Artes y las
no perjudique el nivel de prestación de los servicios públicos     Letras en la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
de la Junta de Andalucía. Para ello, es indispensable en este           - Creación de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de
proceso de reordenación, la defensa del empleo público que         Andalucía por absorción de la Agencia Andaluza del Agua y de
hace posible el nivel de prestación de los servicios públicos      la Empresa de Gestión Medioambiental, S.A.
por las citadas entidades instrumentales.                               - Extinción por una comisión liquidadora de los Consorcios
     Esta reducción está dirigida a la consecución de los si-      Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnoló-
guientes objetivos:                                                gico. El resultante de tal liquidación será objeto de traspaso,
                                                                   en los términos que se fijen por la citada comisión liquidadora
     a) Obtener economías de escala en la contratación de bie-     y con carácter preferente al Servicio Andaluz de Empleo, para
nes y servicios.                                                   su aplicación a fines y servicios de las políticas activas de em-
     b) Desde la defensa del empleo público, la reforma de         pleo, y con carácter secundario, a las administraciones locales
las estructuras organizativas hará posible un mejor aprovecha-     de ámbito territorial para su aplicación a fines y servicios de
miento del personal de la Junta de Andalucía y de sus entida-      desarrollo local.
des instrumentales.
                                                                        Asimismo, se adaptará la naturaleza y personalidad jurí-
     El proceso de reducción del número de entes instrumen-        dica de las agencias públicas, organismos autónomos y las
tales se configura como un proceso dinámico y engloba actua-       entidades de derecho público a que hace referencia el artícu-
ciones de integración, fusión, absorción y extinción de entida-    lo 6.1.b) de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comu-
des instrumentales de la Junta de Andalucía. En una primera        nidad Autónoma de Andalucía a las categorías que establece
fase, el proceso afectará a las siguientes entidades:
                                                                   la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
     - Absorción por la Agencia Andaluza del Conocimiento de       Junta de Andalucía con la modificación introducida en el De-
la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación     creto-ley a que hace referencia el punto tercero del presente
Universitaria, Talentia y del Centro de Innovación y Transferen-   Plan de Reordenación del Sector Público.
cia de Tecnología de Andalucía, Citaandalucía.
     - Absorción por la Agencia de Innovación y Desarrollo de          Segundo. El proceso de reordenación que se acomete
Andalucía de FAGIA, Fomento, Asistencia y Gestión Integral de      permitirá la simplificación de la estructura periférica de la Ad-
Andalucía, S.A.                                                    ministración Instrumental.
     - Extinción por liquidación de Linares Fibras Industriales,       Ello supone que en los municipios donde existan varias
SAU, Incubadora de Emprendedores de Andalucía, SLU y Fo-           sedes y subsedes de diversas entidades instrumentales, se
mento Empresarial, SA.                                             tenderá a la concentración de las mismas en un único edificio
     - Transformación de Ferrocarriles de la Junta de Andalucía    obteniendo como ventajas:
en la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, con
absorción de Gestión de Infraestructuras de Andalucía, S.A.           a) Facilitar la prestación de servicios para la ciudadanía.
     - Creación de Red Logística de Andalucía, S.A. por fusión        b) Una mayor eficiencia en el gasto de alquileres, así
del Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A., Zona     como en el mantenimiento de los edificios administrativos.
de Actividades Logísticas de Algeciras, S.A., Centro de Trans-
portes de Málaga y Parque Logístico de Córdoba, S.A.                    Con ello, se mantendrá la presencia institucional de la
     - Transformación del Servicio Andaluz de Empleo con absor-    Junta de Andalucía en todos los municipios en los que actual-
ción de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo.         mente se ubican tales centros descentralizados, pero su reubi-
     - Transformación de la Empresa Pública Hospital de la         cación unificada permitirá la mejor prestación de los servicios
Costa del Sol en la Agencia Pública Empresarial Sanitaria          a la ciudadanía, a la vez que se producirá un importante aho-
Costa del Sol, quedando adscritas a la misma la Empresa            rro de costes.
Pública Hospital de Poniente de Almería, la Empresa Pública
Hospital Alto Guadalquivir y la Empresa Pública Sanitaria Bajo          Tercero. El Plan de Reordenación del Sector Público
Guadalquivir.                                                      atiende a la mejora del conocimiento y de la gobernanza del
     - Extinción de la Fundación Hospital Reina Sofía-Cajasur,     sector público.
por absorción en la Fundación para la Investigación Biomédica
de Córdoba (FIBICO).                                                    Con este objetivo, el Consejo de Gobierno ya ha aprobado
     - Extinción de la Fundación Hospital Clínico, por absorción   el Decreto 283/2010, de 4 de mayo, por el que se regula la
en la Fundación Pública Andaluza para la Investigación Biosa-      adaptación de la información de recursos humanos y econó-
nitaria en Andalucía Oriental "Alejandro Otero" (FIBAO).           mico-financiera de las entidades instrumentales de la Adminis-
     - Transformación de la Fundación Reina Mercedes, por          tración de la Junta de Andalucía para su integración, consoli-
absorción en la Fundación Pública Andaluza para la Investiga-      dación o agregación con los datos de la Administración de la
ción en Salud en Sevilla (FISEVI).                                 Junta de Andalucía.
Página núm. 20                                             BOJA núm. 147                               Sevilla, 28 de julio 2010



     A ello se suma la tramitación y aprobación del Decreto-        de desarrollo reglamentario conferidas en el apartado 2.º de
Ley por el que se aprueban medidas urgentes en materia de           la Disposición final primera del mismo, y en virtud de lo dis-
reordenación del sector público, que establecerá los instru-        puesto en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre,
mentos normativos necesarios para el proceso de reordena-           del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
ción del mismo, que permitirán realizar dicho proceso desde
la mayor seguridad jurídica en la prestación de los servicios
públicos y en sus relaciones con los terceros y con el personal                             DISPONGO
del sector público.                                                      Artículo 1. Objeto.
                                                                         La presente Orden tiene como objeto establecer las
                                                                    funciones, composición y régimen de funcionamiento de la
                                                                    comisión liquidadora prevista en el artículo 15 del Decreto-
                                                                    Ley 5/2010, de 27 de julio, por el que se aprueban medidas
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y PESCA                                   urgentes en materia de reordenación del sector público, así
                                                                    como la regulación del procedimiento para la liquidación de
            ORDEN de 28 de julio de 2010, por el que se es-         los bienes, derechos y obligaciones de cualquier naturaleza
       tablecen las funciones, composición y régimen de fun-        que constituyen el patrimonio de las extintas Cámaras Agra-
       cionamiento de la Comisión Liquidadora y se regula el        rias de Andalucía.
       procedimiento para la liquidación de los bienes, dere-
       chos y obligaciones que constituyen el patrimonio de              Artículo 2. Comisión Liquidadora.
       las extintas Cámaras Agrarias de Andalucía.                       La Comisión Liquidadora, adscrita a la Consejería de Agri-
                                                                    cultura y Pesca, será el órgano de asesoramiento y propuesta
                     PREÁMBULO                                      de la Junta de Andalucía para la fijación del destino del patri-
                                                                    monio de las extintas Cámaras Agrarias y la liquidación de sus
      El Decreto-Ley 5/2010, de 27 de julio, por el que se          bienes, derechos y obligaciones.
aprueban medidas urgentes en materia de reordenación del
sector público, recoge, dentro de su Capítulo II «medidas                Artículo 3. Composición.
sectoriales de organización», una sección dedicada a las me-             1. La Comisión Liquidadora, que se constituirá en el plazo
didas de organización del sector agrario y pesquero, entre          de un mes contado a partir de la fecha de entrada en vigor de
las que se encuentra la extinción de las Cámaras Agrarias           esta Orden, estará formada por los siguientes miembros:
de cualquier ámbito territorial de la Comunidad Autónoma
de Andalucía.                                                             - La persona titular de la Viceconsejería de Agricultura y
      En esta regulación se recoge que la total liquidación y       Pesca, que ejercerá la Presidencia.
adscripción del patrimonio de las Cámaras Agrarias y la ex-               - La persona titular de la Secretaría General del Medio
tinción de las relaciones jurídicas vigentes se llevará a efecto    Rural y la Producción Ecológica de la Consejería de Agricultura
por una comisión liquidadora cuyas funciones, composición y         y Pesca.
régimen de funcionamiento se determinarán mediante Orden,                 - La persona titular de la Secretaría General Técnica de la
de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición final primera         Consejería de Agricultura y Pesca.
del Decreto-Ley 5/2010, debiendo quedar constituida, a fin de             - La persona titular de la Delegación Provincial de la Conseje-
iniciar los trabajos, en el plazo máximo de un mes desde la         ría de Agricultura y Pesca que corresponda en función del ámbito
entrada en vigor de esta Orden, y debiendo culminar las ope-        territorial de las Cámaras Agrarias cuyo patrimonio se liquide.
raciones de liquidación en el plazo de un año a partir de la              - La persona que ejerza el cargo de Consejero Delegado
constitución de la misma.                                           de la Empresa Pública Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A.
      Asimismo, en consonancia con lo dispuesto en la Disposi-            - La persona titular de la Coordinación de la Viceconseje-
ción adicional única de la Ley 18/2005, de 30 de septiembre,        ría de Agricultura y Pesca, que además ejercerá las funciones
por la que se deroga la Ley 23/1986, de 24 de diciembre,            de secretaría de la Comisión.
por la que se establecen las bases del régimen jurídico de                - Una persona en representación de cada una de las Or-
las Cámaras Agrarias, se establece que este patrimonio de-          ganizaciones Profesionales Agrarias más representativas en el
berá destinarse a fines y servicios de interés general agrario,     ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
incorporando una preferencia a favor de las Organizaciones
Profesionales Agrarias más representativas en el ámbito terri-          Para cada miembro se nombrará una persona suplente
torial de Andalucía en relación con el destino de las Cámaras       que será designada por el órgano, entidad u organización a la
Agrarias Provinciales.                                              que represente.
      Por último se establece la asunción de forma provisional
por parte de la Consejería competente en materia de agricul-             Artículo 4. Régimen de funcionamiento.
tura, de los derechos y obligaciones de las entidades extingui-
                                                                         1. La Comisión Liquidadora realizará las propuestas de
das, con cargo a su haber, mientras se llevan a cabo todas las
operaciones necesarias para la total liquidación y adscripción      los actos de administración que sean necesarios para cumplir
de su patrimonio.                                                   las funciones atribuidas en esta Orden y demás disposiciones
      Por otra parte esta Comunidad Autónoma tiene asumidas         aplicables. Dichas propuestas serán elevadas con el voto favo-
las competencias en la materia, en virtud del artículo 48 del       rable de la mayoría de sus miembros, para su posterior apro-
Estatuto de Autonomía. Dichas competencias han sido asigna-         bación si procede, por la persona titular de la Consejería de
das a esta Consejería en virtud del Decreto 172/2009, de 19         Agricultura y Pesca.
de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la            2. La organización y funcionamiento de esta Comisión, en
Consejería de Agricultura y Pesca, en relación con el Decreto       lo no previsto en esta Orden, se regulará por las normas pre-
del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructura-         vistas para los órganos colegiados en la Ley 30/1992, de 26
ción de Consejerías.                                                de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
                                                                    Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley
     Por todo ello, en cumplimiento de lo dispuesto en el artícu-   9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
lo 15 del Decreto-Ley 5/2010, en ejercicio de las facultades        Andalucía.
ACUERDO ENTRE LA CONSEJER~A DE HACIENDA Y ADMINISTRACI~N
     PÚBLICA Y LAS ORGANIZACIONES SINDICALES UNIÓN GENERAL DE
     TRABAJADORES DE ANDALUC~A Y COMISIONES OBRERAS DE
     ANDALUC~A.


                                   En Sevilla a 29 de octubre de 2010.


                                          REUNIDOS


         De una parte, la Excma. Sra. Dña. Carmen Martínez Aguayo, Consejera de
      Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucia, en la
      representación legal que la misma tiene atribuida.

        Y de otra, el Sr. D. Manuel Pastrana Casado, Secretario General de la
      Unión General de Trabajadores de Andalucía y el Sr. D. Francisco Carbonero
      Cantador, Secretario en eral de comisiones Obreras de Andalucia, en la
      representación legal que de las mismas tienen atribuida.


                                          EXPONEN


              Primero. Resaltar la necesidad de reestructurar el sector público de
      forma que pudieran obtenerse una mayor gobernanza, eficacia y eficiencia
      orientados a la mejora de los servicios públicos.

               Segundo. El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucia,
      considerando las actuales circunstancias económicas, ha adoptado
      determinadas medidas para hacer viable el compromiso adquirido. Entre ellas,
      figuran las que afectan a la reordenación del sector público andaluz.

             Tercero. Asimismo, es voluntad del Consejo de Gobierno de la Junta
      de Andalucía llevar a cabo todas las actuaciones desde la trasparencia, el
      consenso y el diálogo con las organizaciones sindicales más representativas
      de Andalucía y, en todo caso, garantizar y respetar los derechos de los
      empleados públicos y las empleadas públicas.

               Cuarto. El presente documento es suscrito por las partes en el marco
      del diálogo social permanente, haciendo patente su compromiso en la mejora
      de la prestación de los servicios públicos.
n
Yn            En virtud de lo anterior,
Sevilla, 27 de diciembre 2010                                      BOJA núm. 251                                              Página núm. 5



                                                    1. Disposiciones generales


CONSEJERÍA DE HACIENDA                                                      ACUERDO ENTRE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMI-
Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA                                                    NISTRACIÓN PÚBLICA Y LAS ORGANIZACIONES SINDICA-
                                                                            LES UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES DE ANDALUCÍA
                                                                                    Y COMISIONES OBRERAS DE ANDALUCÍA
             ACUERDO de 7 de diciembre de 2010, del Con-
        sejo de Gobierno, por el que se aprueban los Acuer-                      En Sevilla, a 29 de octubre de 2010.
        dos adoptados por la Mesa General de Negociación del
        Empleado Público de la Administración de la Junta de                                         REUNIDOS
        Andalucía en su reunión de 18 de noviembre de 2010,
        en materia de Reordenación del Sector Público.                           De una parte, la Excma. Sra. doña Carmen Martínez
                                                                            Aguayo, Consejera de Hacienda y Administración Pública de
     En la Mesa General de Negociación del Empleado Público                 Ia Junta de Andalucía, en Ia representación legal que Ia misma
de la Administración de la Junta de Andalucía se han alcan-                 tiene atribuida.
zado el día 18 de noviembre de 2010 dos Acuerdos en materia                      Y de otra, el Sr. don Manuel Pastrana Casado, Secretario
de reordenación del sector público andaluz.                                 General de la Unión General de Trabajadores de Andalucía y el
     De conformidad con el artículo 38.3 de la Ley 7/2007,                  Sr. don Francisco Carbonero Cantador, Secretario General de
de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y                 Comisiones Obreras de Andalucía, en la representación legal
el artículo 4.2.b) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de                 que de las mismas tienen atribuida.
Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía,
corresponde al Consejo de Gobierno dar validez y eficacia a                                          EXPONEN
los acuerdos alcanzados en la negociación con la representa-
ción sindical del personal funcionario mediante su aprobación                    Primero. Resaltar Ia necesidad de reestructurar el sector
expresa y formal.                                                           público de forma que pudieran obtenerse una mayor gober-
     En consecuencia, a propuesta de la Consejera de Ha-                    nanza, eficacia y eficiencia orientados a Ia mejora de los servi-
cienda y Administración Pública, el Consejo de Gobierno, en                 cios públicos.
su reunión del día 7 de diciembre de 2010,
                                                                                 Segundo. El Consejo de Gobierno de Ia Junta de Andalu-
                           ACUERDA                                          cía, considerando las actuales circunstancias económicas, ha
                                                                            adoptado determinadas medidas para hacer viable el compro-
     Aprobar los Acuerdos de la Mesa General de Negociación                 miso adquirido. Entre ellas, figuran las que afectan a Ia reorde-
del Empleado Público de la Administración de la Junta de An-                nación del sector público andaluz.
dalucía de 18 de noviembre de 2010, en materia de reordena-
ción del sector público, cuyos textos se insertan como Anexo.                    Tercero. Asimismo, es voluntad del Consejo de Gobierno
     Sevilla, 7 de diciembre de 2010                                        de Ia Junta de Andalucía llevar a cabo todas las actuaciones
                                                                            desde Ia trasparencia, el consenso y el diálogo con las orga-
                                      JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ          nizaciones sindicales más representativas de Andalucía y, en
                                      Presidente de la Junta de Andalucía   todo caso, garantizar y respetar los derechos de los emplea-
                                                                            dos públicos y las empleadas públicas.
        CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO
Consejera de Hacienda y Administración Pública
                                                                                 Cuarto. El presente documento es suscrito por las partes
                             ANEXO                                          en el marco de la Mesa General de Negociación del Empleado
                                                                            Público de la Administración de la Junta de Andalucía, en los
 CERTIFICACIÓN QUE EMITE LA SECRETARÍA DE LA MESA                           términos del artículo 36.3 del Estatuto Básico del Empleado
 GENERAL DE NEGOCIACIÓN DEL EMPLEADO PÚBLICO DE                             Público, haciendo patente su compromiso en la mejora de la
    LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA                              prestación de los servicios públicos.

Antonio Parralo Vegazo, en su condición de Secretario de la                      En virtud de lo anterior,
Mesa General de Negociación del Empleado Público de la
Administración de la Junta de Andalucía,                                                            ACUERDAN

                         CERTIFICA                                          I. CARÁCTER GENERAL.

     Primero. Que en la reunión de la Mesa General de Nego-                      Primero. Tienen Ia consideración de personal al servicio
ciación del Empleado Público de la Administración de la Junta               de Ia Junta de Andalucía y, por tanto, de empleados públicos y
de Andalucía celebrada el 18 de noviembre de 2010, se ha                    empleadas públicas, quienes prestan sus servicios en las enti-
adoptado el siguiente acuerdo, que literalmente se transcribe:              dades incluidas en el Título II y el Capítulo II del Título Ill de Ia
     Aprobar el Acuerdo de 29 de octubre de 2010, suscrito en               Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de Ia Junta
el marco del diálogo social permanente, entre la Consejería de              de Andalucía, es decir, de su Administración General y de sus
Hacienda y Administración Pública y las Organizaciones Sindica-             Agencias, sin perjuicio del régimen jurídico que corresponda,
les Unión General de Trabajadores de Andalucía y Comisiones                 al que les será de aplicación el contenido de este acuerdo.
Obreras de Andalucía, en materia de reordenación del sector                      Al citado personal le es de aplicación Ia Ley 7/2007, de
público andaluz, que se inserta a continuación, adoptándolo                 12 de abril, por Ia que se aprueba el Estatuto Básico del Em-
como propio de la Mesa General de Negociación del Empleado                  pleado Público y el Estatuto de los Trabajadores, así como su
Público de la Administración de la Junta de Andalucía.                      normativa de desarrollo.
Página núm. 6                                                BOJA núm. 251                       Sevilla, 27 de diciembre 2010



     Segundo. El desarrollo reglamentario de las medidas              Ill. PERSONAL FUNCIONARIO.
contenidas en el Decreto-Ley 5/2010 o norma que viniera a
sustituirlo, en particular los estatutos, el plan inicial de actua-        Undécimo. El personal funcionario que se integre orgá-
ción y el protocolo de integración del personal en las agencias       nicamente en una agencia de régimen especial o se adscriba
públicas, serán objeto de negociación con las organizaciones          funcionalmente a una agencia pública empresarial de las
sindicales firmantes de este Acuerdo, dando traslado posterior        previstas en el artículo 68.1b de Ia Ley 9/2007, de Ia Admi-
a las mesas correspondientes en el ámbito de Ia Junta de An-          nistración de Ia Junta de Andalucía, mantendrá con carácter
dalucía, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Básico          indefinido su condición de personal funcionario, de acuerdo
del Empleado Público, a los efectos oportunos.                        con lo establecido en Ia normativa vigente de función pública.
                                                                      A este personal le será de aplicación, con carácter general, el
     Tercero. Cualquier medida de reordenación y adaptación           Acuerdo de Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario
que plantee el Gobierno de Ia Junta de Andalucía en un futuro         de Ia Junta de Andalucía.
así como las modificaciones de Ia Administración instrumental
que sean necesarias Ilevar a cabo, serán objeto de negocia-                Duodécimo. La integración del personal funcionario en
ción por las partes firmantes del presente Acuerdo.                   una agencia pública empresarial será voluntaria. Dicha inte-
                                                                      gración se Ilevará a cabo como personal laboral, quedando
     Cuarto. Se procederá a suprimir el último párrafo del artícu-    en su Cuerpo de pertenencia en Ia situación administrativa
lo 69.3 de Ia Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Ia Adminis-            de servicios en entidades del sector público andaluz. En caso
tración de Ia Junta de Andalucía, redactado según artículo 1,         contrario permanecerá en servicio activo. El tipo de contrato y
apartado nueve, del Decreto-Ley 5/2010.                               las condiciones de este personal se negociarán con las organi-
                                                                      zaciones sindicales más representativas.
      Quinto. El personal funcionario y laboral que presta sus
servicios en Ia Agencia Andaluza del Agua, una vez extinguida              Decimotercero. Al personal funcionario que se integre
ésta como consecuencia de la entrada en vigor del Decreto-Ley         como personal laboral en una agencia pública empresarial
5/2010, se integrarán en la estructura de la Consejería de Medio      se le considerará como mérito el trabajo desarrollado en Ia
Ambiente. Para ello, previamente, se negociarán con los firman-       misma cuando participe en convocatorias de concursos de
tes de este acuerdo los criterios de integración en la Consejería     méritos para Ia provisión de puestos de trabajo en la Adminis-
de Medio Ambiente. Una vez culminada la negociación, la Conse-        tración General de Ia Junta de Andalucía.
jería de Medio Ambiente procederá a la modificación de la Rela-
ción de Puestos de Trabajo para adaptarla a la nueva situación.            Decimocuarto. Al personal funcionario que se integre
      Así mismo el personal funcionario y laboral de Ia Administra-   como personal laboral en una agencia pública empresarial se
ción General de Ia Junta de Andalucía se integrará, en todo caso,     le reconocerá por Ia agencia de destino el tiempo de servicios
con carácter voluntario en las Agencias Públicas Empresariales, en    prestados en la Administración a efectos de Ia retribución que
                                                                      le corresponda por antigüedad. Asimismo, cuando reingrese
el ámbito de aplicación del Decreto-Ley 5/2010, de 27 de julio.
                                                                      al servicio activo, el tiempo de permanencia en Ia agencia se
      Sexto. Los trabajadores y trabajadoras procedentes de           le computará a efectos de reconocimiento de trienios y, en su
empresas, fundaciones y otros organismos que se incorporen            caso, se le considerará en su carrera profesional.
a las Agencias recogidas en el Decreto-Ley 5/2010, de 27 de           IV. APLICAClÓN DE LOS ACUERDOS.
julio, o aquellas que en el futuro se pudieran crear o modificar,
serán subrogados en todos sus derechos en aplicación del ar-               Decimoquinto. Los acuerdos recogidos en el presente do-
tículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.                           cumento serán trasladados, con Ia inmediatez que permitan
                                                                      los plazos procedimentales, a las normas que legal, reglamen-
II. PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL                     taria o convencionalmente corresponda.
DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.
                                                                           Decimosexto. El seguimiento de los acuerdos contenidos
     Séptimo. La integración del personal laboral de Ia Admi-         en este documento, se Ilevará a cabo en el marco de concer-
nistración General de Ia Junta de Andalucía en una agencia            tación y diálogo social permanente.
pública empresarial será voluntaria. Este personal mantendrá
su condición de personal laboral de Ia Administración General         Carmen Martínez Aguayo, Consejera de Hacienda y Administra-
de Ia Junta de Andalucía.                                             ción Pública; Manuel Pastrana Casado, Secretario General de Ia
                                                                      Unión General de Trabajadores de Andalucía; Francisco Carbo-
     Octavo. El personal al que se refiere el apartado anterior       nero Cantador, Secretario General de la Federación de Servicios
le será de aplicación el Convenio Colectivo del Personal Labo-        a la Ciudadanía de Comisiones Obreras de Andalucía.
ral de Ia Administración de Ia Junta de Andalucía hasta que                Segundo. Que en la reunión de la Mesa General de Nego-
exista un nuevo convenio colectivo.                                   ciación del Empleado Público de la Administración de la Junta
                                                                      de Andalucía celebrada el 18 de noviembre de 2010, se adoptó,
     Noveno. El personal procedente de entidades instrumenta-         asimismo, el siguiente acuerdo, que literalmente se transcribe:
les que se extingan o se transformen en aplicación de las medi-
das de reordenación del sector público, tendrá la consideración         ACUERDO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DEL
de personal laboral de la agencia pública empresarial o de régi-                      EMPLEADO PÚBLICO
men especial. Para adquirir, en su caso, la condición de personal
funcionario o laboral de Ia Administración General, participará en    MODIFICACIÓN DEL DECRETO-LEY 5/2010, DE 27 DE JU-
las convocatorias de pruebas selectivas de acceso libre.              LIO, POR EL QUE SE APRUEBAN MEDIDAS URGENTES
                                                                        EN MATERIA DE REORDENACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO
      Décimo. Las partes firmantes con el asesoramiento del
Consejo Andaluz de Relaciones Laborales establecerán cómo                  1. El artículo 69.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de
se estructura Ia negociación colectiva del Sector Público Anda-       la Administración de la Junta de Andalucía, queda redactado
luz, así como los contenidos y el desarrollo de Ia misma. La re-      de la forma siguiente:
ferencia inicial será el vigente Convenio Colectivo del Personal           3. En el caso de que se trate de funciones que impliquen
Laboral de Ia Administración de Ia Junta de Andalucía.                la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potes-
Sevilla, 27 de diciembre 2010                              BOJA núm. 251                                           Página núm. 7



tades públicas o en la salvaguarda de los intereses generales       régimen especial. El acceso, en su caso, de este personal a la
que deban corresponder exclusivamente a personal funciona-          condición de personal funcionario o laboral de la Administra-
rio de acuerdo con la legislación aplicable en materia de fun-      ción General de la Junta de Andalucía, solo podrá efectuarse
ción pública, podrá llevarlas a cabo, bajo la dirección funcional   mediante la participación en las correspondientes pruebas se-
de la agencia pública empresarial, el personal funcionario per-     lectivas de acceso libre convocadas en ejecución de las ofer-
teneciente a la Consejería o la agencia administrativa a la que     tas de empleo público.
esté adscrita. A tal fin, podrán configurarse en la relación de           c) La integración del personal laboral de la Administra-
puestos de trabajo correspondiente las unidades administra-         ción General de la Junta de Andalucía en una agencia pública
tivas precisas, que dependerán funcionalmente de la agencia         empresarial será voluntaria. Este personal mantendrá su con-
pública empresarial.                                                dición de personal laboral de dicha Administración, siéndole
      La dependencia de este personal supondrá su integración       de aplicación el Convenio Colectivo del Personal Laboral de
funcional en la estructura de la agencia, con sujeción a las ins-   la Administración de la Junta de Andalucía hasta que exista
trucciones y órdenes de servicio de los órganos directivos de la    un nuevo convenio colectivo. En dicho momento pasará a la
misma, quienes ejercerán las potestades que a tal efecto esta-      situación del tipo de excedencia que determine el convenio co-
blece la normativa general. El Decreto por el que se aprueben       lectivo de procedencia.
los estatutos de la agencia contendrá las prescripciones nece-            d) El personal laboral de las agencias de régimen especial
sarias para concretar el régimen de dependencia funcional, la       procedente de la Administración General de la Junta de An-
jornada y horario de trabajo y las retribuciones en concepto de     dalucía mantendrá su condición de personal laboral de dicha
evaluación por desempeño, asimismo, contendrá las relativas         Administración, siéndole de aplicación el Convenio Colectivo
al sistema de recursos administrativos correspondientes a las       del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Anda-
potestades atribuidas a la agencia.                                 lucía hasta que exista un nuevo convenio colectivo. En dicho
                                                                    momento pasará a la situación del tipo de excedencia que de-
     2. La Disposición adicional cuarta del Decreto-Ley 5/2010,     termine el convenio colectivo de procedencia.
de 27 de julio, por el que se aprueban medidas urgentes en                e) Los convenios colectivos, así como los acuerdos de-
materia de reordenación del sector público, queda redactada         rivados de la interpretación de los mismos, aplicables a las
de la siguiente forma:                                              entidades extinguidas o transformadas y a la Administración
                                                                    General de la Junta de Andalucía seguirán rigiendo los dere-
     Disposición adicional cuarta. Régimen de integración del       chos y obligaciones del personal laboral procedente de dichas
personal.                                                           entidades o de la citada Administración, en tanto se apruebe
     1. En los casos en que, como consecuencia de la rees-          un nuevo convenio aplicable al mismo.
tructuración del sector público andaluz establecida en el pre-            f) La masa salarial del personal laboral al servicio de la
sente Decreto-Ley, se produzca la supresión de centros directi-     nueva entidad no podrá superar, como consecuencia de la
vos de Consejerías o la extinción de entidades instrumentales       reordenación regulada por este Decreto-Ley, la del personal de
públicas o privadas en las que sea mayoritaria la representa-       las entidades que se extingan o se transformen.
ción y la participación directa o indirecta de la Administración          g) El referido protocolo de integración se aprobará previa
de la Junta de Andalucía y sus agencias, la integración del         consulta y negociación con los órganos de representación del
personal en las agencias públicas empresariales o de régimen        personal y se someterá a informe de los órganos correspon-
especial que asuman el objeto y fines de aquéllas se realizará      dientes de la Consejería competente en materia de Hacienda.
de acuerdo con un protocolo que se adoptará por la Conseje-
ría competente en materia de Administración Pública, y que               2. Una vez extinguida la Agencia Andaluza del Agua,
aplicará las siguientes reglas:                                     el personal funcionario y laboral que presta servicios en la
     a) Al personal funcionario que se integre orgánicamente        misma se integrará en la estructura de la Consejería de Medio
en una agencia de régimen especial o se adscriba funcional-         Ambiente.
mente en una agencia pública empresarial, le será de aplica-             Lo que se certifica de conformidad con lo dispuesto en el
ción el Acuerdo de Condiciones de Trabajo del Personal Fun-         artículo 25.3.e) de la Ley de Régimen Jurídico de las Adminis-
cionario de la Junta de Andalucía.                                  traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
     La integración del personal funcionario en una agencia         aprobada por Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
pública empresarial será voluntaria. El personal funcionario
que se integre como laboral quedará en sus Cuerpos en la si-
tuación administrativa de excedencia voluntaria por prestación
de servicios en el sector público andaluz. En caso contrario        CONSEJERÍA DE EMPLEO
permanecerá en servicio activo.
     Al personal funcionario que se integre en una agencia                      RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2010, de la
pública empresarial como personal laboral se le considerará                Dirección General de Trabajo, por la que se determinan
como mérito el trabajo desarrollado en la misma cuando par-                las Fiestas Locales en el ámbito de Andalucía para el
ticipe en convocatorias de concursos de méritos para la provi-             año 2011.
sión de puestos de trabajo.
     A dicho personal se le reconocerá por la agencia de des-            El artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
tino el tiempo de servicios prestados en la Administración a        de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo
efectos de la retribución que le corresponda por antigüedad.        1/1995, de 24 de marzo, dispone que las fiestas laborales,
     Asimismo, cuando reingrese al servicio activo, el tiempo       que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán
de permanencia en la agencia se le computará a efectos de           exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales.
reconocimiento de trienios y, en su caso, se le considerará en           Conforme con lo establecido en el artículo 46 del
su carrera profesional.                                             Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, modificado por
     b) El personal laboral procedente de las entidades instru-     el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, el Pleno de
mentales suprimidas se integrará en la nueva entidad resul-         los Ayuntamientos andaluces han comunicado los días festi-
tante de acuerdo con las normas reguladoras de la sucesión          vos en cada Municipio para su inclusión en el calendario de
de empresas, en las condiciones que establezca el citado pro-       fiestas laborales.
tocolo de integración, y tendrá la consideración de personal             Por Decreto 308/2010, de 15 de junio, se determina el
laboral de la agencia pública empresarial o de la agencia de        Calendario de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma
Página núm. 6                                               BOJA núm. 36                          Sevilla, 21 de febrero 2011



                                               1. Disposiciones generales


PRESIDENCIA                                                         convenio colectivo. De igual forma, se indica que se mantiene
                                                                    la condición de personal funcionario o laboral, con indepen-
                                                                    dencia de su integración en alguna de las nuevas agencias.
           LEY 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del              En el marco del Consejo Andaluz de Relaciones Labora-
       sector público de Andalucía.                                 les, se constituirá una comisión formada por los representan-
                                                                    tes de la Administración de la Junta de Andalucía y por los
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA A TODOS LOS                  representantes de las organizaciones sindicales más represen-
QUE LA PRESENTE VIEREN, SABED:                                      tativas de acuerdo con lo establecido en los artículos sexto
                                                                    y séptimo de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de
     Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en            Libertad Sindical, con el objetivo de acordar la estructura de
nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Consti-       la negociación colectiva del sector público andaluz, así como
tución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publi-      los contenidos y el desarrollo de la misma. La referencia inicial
cación de la siguiente                                              será el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
                                                                    Administración de la Junta de Andalucía.
“LEY DE REORDENACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO DE ANDALUCÍA                      También, queda reforzada la garantía de los principios
                                                                    de igualdad, mérito, capacidad y publicidad para el acceso a
                  EXPOSICIÓN DE MOTIVOS                             la condición de personal funcionario o laboral de la Adminis-
                                                                    tración General de la Junta de Andalucía. De este modo, se
     La Junta de Andalucía, con la finalidad de acomodar el
sector público andaluz a las nuevas circunstancias económi-         establece expresamente que no existirá ningún procedimiento
cas y financieras, ha llevado a cabo una serie de medidas que       de acceso a dicha condición distinto al establecido para la ciu-
tenían como objetivo básico mejorar la gestión, la calidad en la    dadanía en general, para el personal laboral que se integra en
prestación de los distintos servicios públicos y el desarrollo de   las nuevas agencias, procedente de entidades instrumentales
las funciones que les son propias a las Consejerías, teniendo       que se extinguen o se transforman.
en consideración los medios personales y materiales disponi-              Como consecuencia de lo indicado, se modificó la dispo-
bles y desarrollando el máximo posible de las potestades ad-        sición adicional cuarta del Decreto-Ley 5/2010, de 27 de julio,
ministrativas con sus propios recursos.                             en los términos expresados. Igualmente, se dio nueva redac-
     En el marco de las competencias que el Estatuto de Au-         ción al apartado 3 del artículo 69 de la Ley 9/2007, de 22 de
tonomía para Andalucía otorga a la Junta de Andalucía, el de-       octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en lo
sarrollo de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico      que se refiere al personal funcionario y laboral que se integre
del Empleado Público, regulará los derechos y obligaciones          en las agencias públicas empresariales.
del personal empleado público. A tal fin, se llevará a cabo la            Todo ello se articuló mediante la aprobación del Decreto-
negociación con los representantes del personal funcionario y       Ley 6/2010, de 23 de noviembre, de medidas complemen-
laboral en los términos previstos en el citado Estatuto.            tarias del Decreto-Ley 5/2010, de 27 de julio, por el que se
     Dentro de aquellas medidas se encontraba el Decreto-Ley        aprueban medidas urgentes en materia de reordenación del
5/2010, de 27 de julio, por el que se aprueban medidas ur-          sector público, cuya senda sigue la presente Ley, y que optó
gentes en materia de reordenación del sector público. Dada          por la reproducción del Decreto-Ley 5/2010, de 27 de julio,
la especial repercusión de sus medidas, el Gobierno andaluz         integrando en el mismo las modificaciones realizadas en vir-
consideró que la configuración del citado Decreto-Ley podía         tud de los acuerdos, antes mencionados, en la Mesa General
ser adecuadamente complementada en una serie de aspec-              de Negociación del Empleado Público de la Administración de
tos, de forma que su aplicación fuera expresiva de un elevado       la Junta de Andalucía. Con ello se pretendía lograr una mejor
grado de consenso, y en ejercicio de las competencias que           comprensión de las medidas adoptadas, así como facilitar su
el artículo 47.1.1.ª del Estatuto de Autonomía para Andalucía       aplicación, dando preponderancia a su carácter didáctico so-
atribuye a la Comunidad Autónoma sobre la estructura y regu-        bre la mayor extensión del mismo.
lación de los órganos administrativos públicos y de sus entida-           Por otra parte, y con el fin de obtener una mejor presta-
des instrumentales, por una parte, así como del artículo 26.2       ción de los servicios públicos a los ciudadanos, en el desarro-
del mismo, que garantiza a los sindicatos más representativos       llo reglamentario de la presente Ley se establecerá la forma
la participación institucional en la Junta de Andalucía para el     de participación pública de organizaciones representativas de
desempeño de sus funciones propias.                                 la ciudadanía para contar con sus sugerencias y aportaciones
     En cumplimiento de ambos mandatos estatutarios y en            sobre aquellos aspectos que estén relacionados con la presta-
virtud del diálogo social permanente, el día 18 de noviembre        ción de los mismos.
de 2010 se alcanzaron una serie de acuerdos en la Mesa Ge-
neral de Negociación del Empleado Público de la Administra-                                   CAPÍTULO I
ción de la Junta de Andalucía, que modificaron determinados
aspectos del Decreto-Ley 5/2010, de 27 de julio, a fin de con-                    Normas generales de organización
cretar los procedimientos de integración del personal funcio-
nario y laboral que pudiera verse afectado por la aplicación de          Artículo 1. Principios generales y Ley 9/2007, de 22 de
las medidas contempladas en la citada norma.                        octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
     Las cuestiones más importantes de dichos acuerdos es-               1. Los ejes de la reordenación o reestructuración, presente
tán relacionadas con las garantías de salvaguarda de los dere-      o futura, del Sector Público de Andalucía serán la atención a
chos de los empleados públicos, reforzando la voluntariedad         la ciudadanía, el interés general y la calidad de los servicios
del proceso de integración. Asimismo, queda garantizada la          públicos. En base a ello, los principios de simplificación y ra-
aplicación del Acuerdo de Condiciones de Trabajo del Perso-         cionalización de la estructura organizativa estarán supeditados
nal Funcionario y la aplicación del Convenio Colectivo de la        a los mismos, y a la consecución del objetivo de garantizar los
Administración de la Junta de Andalucía al personal laboral de      derechos e intereses de los ciudadanos, actuando en beneficio
dicha Administración hasta que, en su caso, exista un nuevo         de estos y del interés general.
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía
Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

Philippine Education during Japanese Occupation. Derna F Bancien
Philippine Education during Japanese Occupation. Derna F BancienPhilippine Education during Japanese Occupation. Derna F Bancien
Philippine Education during Japanese Occupation. Derna F BancienDer Na Fuente Bella
 
K-12 CURRICULUM FOR BASIC EDUCATION
K-12 CURRICULUM FOR BASIC EDUCATIONK-12 CURRICULUM FOR BASIC EDUCATION
K-12 CURRICULUM FOR BASIC EDUCATIONjoirey sumimba
 
Deped Guide on Unpacking Curriculum Standards.pdf
Deped Guide on Unpacking Curriculum Standards.pdfDeped Guide on Unpacking Curriculum Standards.pdf
Deped Guide on Unpacking Curriculum Standards.pdfDom Cueto
 
ICT Education in Malaysia
ICT Education in MalaysiaICT Education in Malaysia
ICT Education in Malaysiajuljuliemer
 
CONSTRUCTING PAPER-AND-PENCIL TESTS
CONSTRUCTING PAPER-AND-PENCIL TESTSCONSTRUCTING PAPER-AND-PENCIL TESTS
CONSTRUCTING PAPER-AND-PENCIL TESTSJhenq Campo
 
Results based performance management system (rpms) for dep ed
Results   based performance management system (rpms) for dep edResults   based performance management system (rpms) for dep ed
Results based performance management system (rpms) for dep eddionesioable
 
SEDP (Secondary Education Development Program).pptx
SEDP (Secondary Education Development Program).pptxSEDP (Secondary Education Development Program).pptx
SEDP (Secondary Education Development Program).pptxSilvestrePUdaniIII
 
Trifocalization of Philippine Education System
Trifocalization of Philippine Education SystemTrifocalization of Philippine Education System
Trifocalization of Philippine Education SystemRizaMendoza10
 
Appendix 4 a-teacher-reflection-form-for-t-i-iii-for-rpms-sy-2021-2022 (1)-co...
Appendix 4 a-teacher-reflection-form-for-t-i-iii-for-rpms-sy-2021-2022 (1)-co...Appendix 4 a-teacher-reflection-form-for-t-i-iii-for-rpms-sy-2021-2022 (1)-co...
Appendix 4 a-teacher-reflection-form-for-t-i-iii-for-rpms-sy-2021-2022 (1)-co...lorlitomalaborbor
 
Pre test english 6
Pre test english 6Pre test english 6
Pre test english 6DepEd
 
New K12 assessment in the k to 12 basic education program
New K12 assessment in the k to 12 basic education programNew K12 assessment in the k to 12 basic education program
New K12 assessment in the k to 12 basic education programRogelio Arcelon
 
Test-Construction-B (1).pptx
Test-Construction-B (1).pptxTest-Construction-B (1).pptx
Test-Construction-B (1).pptxAnnMichelleJolo
 
Ppst rpms manual
Ppst rpms manualPpst rpms manual
Ppst rpms manualNoel Tan
 
Objective test edu4
Objective test edu4Objective test edu4
Objective test edu4junglestorm
 
THE LADDERIZED EDUCATION PROGRAM.pptx
THE LADDERIZED EDUCATION PROGRAM.pptxTHE LADDERIZED EDUCATION PROGRAM.pptx
THE LADDERIZED EDUCATION PROGRAM.pptxLainBagz
 
Assessment of learning 2 grading system powerpoint presentation
Assessment of learning 2 grading system powerpoint presentationAssessment of learning 2 grading system powerpoint presentation
Assessment of learning 2 grading system powerpoint presentationFrancis Michael Doblas
 
Job-Embedded Teacher Professional Development
Job-Embedded Teacher Professional DevelopmentJob-Embedded Teacher Professional Development
Job-Embedded Teacher Professional Developmentgsh10221
 
Masusing Banghay Aralin sa Araling Panlipunan IV
Masusing Banghay Aralin sa Araling Panlipunan IVMasusing Banghay Aralin sa Araling Panlipunan IV
Masusing Banghay Aralin sa Araling Panlipunan IVRain Ikemada Sahagun-Tadeo
 

Was ist angesagt? (20)

Philippine Education during Japanese Occupation. Derna F Bancien
Philippine Education during Japanese Occupation. Derna F BancienPhilippine Education during Japanese Occupation. Derna F Bancien
Philippine Education during Japanese Occupation. Derna F Bancien
 
K-12 CURRICULUM FOR BASIC EDUCATION
K-12 CURRICULUM FOR BASIC EDUCATIONK-12 CURRICULUM FOR BASIC EDUCATION
K-12 CURRICULUM FOR BASIC EDUCATION
 
Deped Guide on Unpacking Curriculum Standards.pdf
Deped Guide on Unpacking Curriculum Standards.pdfDeped Guide on Unpacking Curriculum Standards.pdf
Deped Guide on Unpacking Curriculum Standards.pdf
 
ICT Education in Malaysia
ICT Education in MalaysiaICT Education in Malaysia
ICT Education in Malaysia
 
CONSTRUCTING PAPER-AND-PENCIL TESTS
CONSTRUCTING PAPER-AND-PENCIL TESTSCONSTRUCTING PAPER-AND-PENCIL TESTS
CONSTRUCTING PAPER-AND-PENCIL TESTS
 
Results based performance management system (rpms) for dep ed
Results   based performance management system (rpms) for dep edResults   based performance management system (rpms) for dep ed
Results based performance management system (rpms) for dep ed
 
CLASSROOM BEIS.pptx
CLASSROOM BEIS.pptxCLASSROOM BEIS.pptx
CLASSROOM BEIS.pptx
 
SEDP (Secondary Education Development Program).pptx
SEDP (Secondary Education Development Program).pptxSEDP (Secondary Education Development Program).pptx
SEDP (Secondary Education Development Program).pptx
 
Trifocalization of Philippine Education System
Trifocalization of Philippine Education SystemTrifocalization of Philippine Education System
Trifocalization of Philippine Education System
 
Appendix 4 a-teacher-reflection-form-for-t-i-iii-for-rpms-sy-2021-2022 (1)-co...
Appendix 4 a-teacher-reflection-form-for-t-i-iii-for-rpms-sy-2021-2022 (1)-co...Appendix 4 a-teacher-reflection-form-for-t-i-iii-for-rpms-sy-2021-2022 (1)-co...
Appendix 4 a-teacher-reflection-form-for-t-i-iii-for-rpms-sy-2021-2022 (1)-co...
 
Pre test english 6
Pre test english 6Pre test english 6
Pre test english 6
 
New K12 assessment in the k to 12 basic education program
New K12 assessment in the k to 12 basic education programNew K12 assessment in the k to 12 basic education program
New K12 assessment in the k to 12 basic education program
 
Test-Construction-B (1).pptx
Test-Construction-B (1).pptxTest-Construction-B (1).pptx
Test-Construction-B (1).pptx
 
Ppst rpms manual
Ppst rpms manualPpst rpms manual
Ppst rpms manual
 
Objective test edu4
Objective test edu4Objective test edu4
Objective test edu4
 
THE LADDERIZED EDUCATION PROGRAM.pptx
THE LADDERIZED EDUCATION PROGRAM.pptxTHE LADDERIZED EDUCATION PROGRAM.pptx
THE LADDERIZED EDUCATION PROGRAM.pptx
 
Assessment of learning 2 grading system powerpoint presentation
Assessment of learning 2 grading system powerpoint presentationAssessment of learning 2 grading system powerpoint presentation
Assessment of learning 2 grading system powerpoint presentation
 
Job-Embedded Teacher Professional Development
Job-Embedded Teacher Professional DevelopmentJob-Embedded Teacher Professional Development
Job-Embedded Teacher Professional Development
 
Ppst rpms manual 2018
Ppst rpms manual 2018Ppst rpms manual 2018
Ppst rpms manual 2018
 
Masusing Banghay Aralin sa Araling Panlipunan IV
Masusing Banghay Aralin sa Araling Panlipunan IVMasusing Banghay Aralin sa Araling Panlipunan IV
Masusing Banghay Aralin sa Araling Panlipunan IV
 

Andere mochten auch

Viviendas jardin en vallecas
Viviendas jardin en vallecasViviendas jardin en vallecas
Viviendas jardin en vallecasDaniel Chicaiza
 
Searching The United States Code with Solr/Lucene - By Ronald Matamoros
Searching The United States Code with Solr/Lucene - By Ronald MatamorosSearching The United States Code with Solr/Lucene - By Ronald Matamoros
Searching The United States Code with Solr/Lucene - By Ronald Matamoroslucenerevolution
 
Bitacora estudiantil ues version 2
Bitacora estudiantil  ues version 2Bitacora estudiantil  ues version 2
Bitacora estudiantil ues version 2Kevin Cerros
 
Ahorro De Costes Con Esso. Best Practices
Ahorro De Costes Con Esso. Best PracticesAhorro De Costes Con Esso. Best Practices
Ahorro De Costes Con Esso. Best PracticesJosep Bardallo
 
A new road for the synthesis and characterization of new enamino benzodiazepines
A new road for the synthesis and characterization of new enamino benzodiazepinesA new road for the synthesis and characterization of new enamino benzodiazepines
A new road for the synthesis and characterization of new enamino benzodiazepinesAlexander Decker
 
Primer entrega
Primer entregaPrimer entrega
Primer entregaDiego
 
[Infographic] 15 DevOps Influencers
[Infographic] 15 DevOps Influencers[Infographic] 15 DevOps Influencers
[Infographic] 15 DevOps InfluencersVistara
 
Sambucetti - Los números de ecommerce en Argentina - córdoba - 2015
Sambucetti - Los números de ecommerce en Argentina - córdoba - 2015Sambucetti - Los números de ecommerce en Argentina - córdoba - 2015
Sambucetti - Los números de ecommerce en Argentina - córdoba - 2015Seba Gelp
 
Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Tsunami en Colombia
Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Tsunami en ColombiaPlan Nacional de Gestión del Riesgo de Tsunami en Colombia
Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Tsunami en ColombiaRodrigo A Restrepo G
 
Apresentação comercial 2013 espanhol
Apresentação comercial 2013 espanholApresentação comercial 2013 espanhol
Apresentação comercial 2013 espanholElog Logística
 
Paetes prinsipales del torno
Paetes prinsipales del tornoPaetes prinsipales del torno
Paetes prinsipales del tornoDiegitolive96
 
dispositivo de almacenamiento, cassette
dispositivo de almacenamiento, cassette dispositivo de almacenamiento, cassette
dispositivo de almacenamiento, cassette operaciondelequipo
 
Informe sobre tabaco, gripe e infecciones respiratorias
Informe sobre tabaco, gripe e infecciones respiratoriasInforme sobre tabaco, gripe e infecciones respiratorias
Informe sobre tabaco, gripe e infecciones respiratoriasAngel López Hernanz
 

Andere mochten auch (20)

Viviendas jardin en vallecas
Viviendas jardin en vallecasViviendas jardin en vallecas
Viviendas jardin en vallecas
 
CCCS_Accounting_LR
CCCS_Accounting_LRCCCS_Accounting_LR
CCCS_Accounting_LR
 
Crowdfunding: Vorteile der Schwarmfinanzierung für Gründer 45plus
Crowdfunding: Vorteile der Schwarmfinanzierung für Gründer 45plusCrowdfunding: Vorteile der Schwarmfinanzierung für Gründer 45plus
Crowdfunding: Vorteile der Schwarmfinanzierung für Gründer 45plus
 
Searching The United States Code with Solr/Lucene - By Ronald Matamoros
Searching The United States Code with Solr/Lucene - By Ronald MatamorosSearching The United States Code with Solr/Lucene - By Ronald Matamoros
Searching The United States Code with Solr/Lucene - By Ronald Matamoros
 
Bitacora estudiantil ues version 2
Bitacora estudiantil  ues version 2Bitacora estudiantil  ues version 2
Bitacora estudiantil ues version 2
 
Ahorro De Costes Con Esso. Best Practices
Ahorro De Costes Con Esso. Best PracticesAhorro De Costes Con Esso. Best Practices
Ahorro De Costes Con Esso. Best Practices
 
A new road for the synthesis and characterization of new enamino benzodiazepines
A new road for the synthesis and characterization of new enamino benzodiazepinesA new road for the synthesis and characterization of new enamino benzodiazepines
A new road for the synthesis and characterization of new enamino benzodiazepines
 
Primer entrega
Primer entregaPrimer entrega
Primer entrega
 
[Infographic] 15 DevOps Influencers
[Infographic] 15 DevOps Influencers[Infographic] 15 DevOps Influencers
[Infographic] 15 DevOps Influencers
 
80li yıllar
80li yıllar80li yıllar
80li yıllar
 
Comu
ComuComu
Comu
 
Sambucetti - Los números de ecommerce en Argentina - córdoba - 2015
Sambucetti - Los números de ecommerce en Argentina - córdoba - 2015Sambucetti - Los números de ecommerce en Argentina - córdoba - 2015
Sambucetti - Los números de ecommerce en Argentina - córdoba - 2015
 
Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Tsunami en Colombia
Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Tsunami en ColombiaPlan Nacional de Gestión del Riesgo de Tsunami en Colombia
Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Tsunami en Colombia
 
Apresentação comercial 2013 espanhol
Apresentação comercial 2013 espanholApresentação comercial 2013 espanhol
Apresentação comercial 2013 espanhol
 
Paetes prinsipales del torno
Paetes prinsipales del tornoPaetes prinsipales del torno
Paetes prinsipales del torno
 
Biologia algas y protozoos
Biologia algas y protozoosBiologia algas y protozoos
Biologia algas y protozoos
 
Tpp filtek z350 xt
Tpp filtek z350 xtTpp filtek z350 xt
Tpp filtek z350 xt
 
dispositivo de almacenamiento, cassette
dispositivo de almacenamiento, cassette dispositivo de almacenamiento, cassette
dispositivo de almacenamiento, cassette
 
El dia del ahorro de energia
El dia del ahorro de energiaEl dia del ahorro de energia
El dia del ahorro de energia
 
Informe sobre tabaco, gripe e infecciones respiratorias
Informe sobre tabaco, gripe e infecciones respiratoriasInforme sobre tabaco, gripe e infecciones respiratorias
Informe sobre tabaco, gripe e infecciones respiratorias
 

Ähnlich wie Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía

Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliegos de solicitudes de l...
Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliegos de solicitudes de l...Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliegos de solicitudes de l...
Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliegos de solicitudes de l...Alfonso Montilla Bolaños
 
Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliegos de solicitudes de l...
Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliegos de solicitudes de l...Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliegos de solicitudes de l...
Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliegos de solicitudes de l...Alfonso Montilla Bolaños
 
Trabajo 1 sanz montemayor
Trabajo 1 sanz montemayorTrabajo 1 sanz montemayor
Trabajo 1 sanz montemayor13094922
 
La regulación de las empresas de trabajo temporal. Modificaciones introducida...
La regulación de las empresas de trabajo temporal. Modificaciones introducida...La regulación de las empresas de trabajo temporal. Modificaciones introducida...
La regulación de las empresas de trabajo temporal. Modificaciones introducida...Universidad Autónoma de Barcelona
 
El nuevo Servicio Vasco de Empleo. De la Ley 2 de 23 de diciembre de 2009 a l...
El nuevo Servicio Vasco de Empleo. De la Ley 2 de 23 de diciembre de 2009 a l...El nuevo Servicio Vasco de Empleo. De la Ley 2 de 23 de diciembre de 2009 a l...
El nuevo Servicio Vasco de Empleo. De la Ley 2 de 23 de diciembre de 2009 a l...Universidad Autónoma de Barcelona
 
Empleo y discapacidad en Euskadi.
Empleo y discapacidad en Euskadi.Empleo y discapacidad en Euskadi.
Empleo y discapacidad en Euskadi.José María
 
Ayudas al empleo en Euskadi. Centros especiales de empleo.
Ayudas al empleo en Euskadi. Centros especiales de empleo.Ayudas al empleo en Euskadi. Centros especiales de empleo.
Ayudas al empleo en Euskadi. Centros especiales de empleo.José María
 
20131126 comunicado 23 mesa sp cut 2013-2014
20131126   comunicado 23 mesa sp cut 2013-2014 20131126   comunicado 23 mesa sp cut 2013-2014
20131126 comunicado 23 mesa sp cut 2013-2014 vidasindical
 
UGT-FSP PROGRAMA ELECCIONES
UGT-FSP PROGRAMA ELECCIONES UGT-FSP PROGRAMA ELECCIONES
UGT-FSP PROGRAMA ELECCIONES flor lentisco
 
Tránsito al Régimen del Servicio Civil
Tránsito al Régimen del Servicio CivilTránsito al Régimen del Servicio Civil
Tránsito al Régimen del Servicio CivilManuel Avila Mendoza
 
SUNAFIL - Resolución N° 209-2015 y Anexo Directiva N° 003-2015 - disposicione...
SUNAFIL - Resolución N° 209-2015 y Anexo Directiva N° 003-2015 - disposicione...SUNAFIL - Resolución N° 209-2015 y Anexo Directiva N° 003-2015 - disposicione...
SUNAFIL - Resolución N° 209-2015 y Anexo Directiva N° 003-2015 - disposicione...Rooswelth Gerardo Zavaleta Benites
 
SERVIR PUBLICO Proyecto reglamento general ley servicio civil prepublicacion
SERVIR PUBLICO Proyecto reglamento general ley servicio civil prepublicacion SERVIR PUBLICO Proyecto reglamento general ley servicio civil prepublicacion
SERVIR PUBLICO Proyecto reglamento general ley servicio civil prepublicacion David Avalos Perez
 
UGT FSP CABILDOGC: Programa Electoral
UGT FSP CABILDOGC: Programa ElectoralUGT FSP CABILDOGC: Programa Electoral
UGT FSP CABILDOGC: Programa Electoralflor lentisco
 

Ähnlich wie Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía (20)

Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliegos de solicitudes de l...
Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliegos de solicitudes de l...Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliegos de solicitudes de l...
Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliegos de solicitudes de l...
 
Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliegos de solicitudes de l...
Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliegos de solicitudes de l...Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliegos de solicitudes de l...
Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliegos de solicitudes de l...
 
DECRETO LEGISLATIVO 1026
DECRETO LEGISLATIVO 1026DECRETO LEGISLATIVO 1026
DECRETO LEGISLATIVO 1026
 
Trabajo 1 sanz montemayor
Trabajo 1 sanz montemayorTrabajo 1 sanz montemayor
Trabajo 1 sanz montemayor
 
2016 01 05_mat_shcp2a
2016 01 05_mat_shcp2a2016 01 05_mat_shcp2a
2016 01 05_mat_shcp2a
 
La regulación de las empresas de trabajo temporal. Modificaciones introducida...
La regulación de las empresas de trabajo temporal. Modificaciones introducida...La regulación de las empresas de trabajo temporal. Modificaciones introducida...
La regulación de las empresas de trabajo temporal. Modificaciones introducida...
 
El nuevo Servicio Vasco de Empleo. De la Ley 2 de 23 de diciembre de 2009 a l...
El nuevo Servicio Vasco de Empleo. De la Ley 2 de 23 de diciembre de 2009 a l...El nuevo Servicio Vasco de Empleo. De la Ley 2 de 23 de diciembre de 2009 a l...
El nuevo Servicio Vasco de Empleo. De la Ley 2 de 23 de diciembre de 2009 a l...
 
Empleo y discapacidad en Euskadi.
Empleo y discapacidad en Euskadi.Empleo y discapacidad en Euskadi.
Empleo y discapacidad en Euskadi.
 
Informe juridico enmiendas_rd_3-2012_reforma_laboral
Informe juridico enmiendas_rd_3-2012_reforma_laboralInforme juridico enmiendas_rd_3-2012_reforma_laboral
Informe juridico enmiendas_rd_3-2012_reforma_laboral
 
Ayudas al empleo en Euskadi. Centros especiales de empleo.
Ayudas al empleo en Euskadi. Centros especiales de empleo.Ayudas al empleo en Euskadi. Centros especiales de empleo.
Ayudas al empleo en Euskadi. Centros especiales de empleo.
 
20131126 comunicado 23 mesa sp cut 2013-2014
20131126   comunicado 23 mesa sp cut 2013-2014 20131126   comunicado 23 mesa sp cut 2013-2014
20131126 comunicado 23 mesa sp cut 2013-2014
 
Entrada blog 2.8.2015.
Entrada blog 2.8.2015.Entrada blog 2.8.2015.
Entrada blog 2.8.2015.
 
UGT-FSP PROGRAMA ELECCIONES
UGT-FSP PROGRAMA ELECCIONES UGT-FSP PROGRAMA ELECCIONES
UGT-FSP PROGRAMA ELECCIONES
 
Iniciativa Reforma Ley del INFONACOT
Iniciativa Reforma Ley del INFONACOTIniciativa Reforma Ley del INFONACOT
Iniciativa Reforma Ley del INFONACOT
 
Tránsito al Régimen del Servicio Civil
Tránsito al Régimen del Servicio CivilTránsito al Régimen del Servicio Civil
Tránsito al Régimen del Servicio Civil
 
SUNAFIL - Resolución N° 209-2015 y Anexo Directiva N° 003-2015 - disposicione...
SUNAFIL - Resolución N° 209-2015 y Anexo Directiva N° 003-2015 - disposicione...SUNAFIL - Resolución N° 209-2015 y Anexo Directiva N° 003-2015 - disposicione...
SUNAFIL - Resolución N° 209-2015 y Anexo Directiva N° 003-2015 - disposicione...
 
SERVIR PUBLICO Proyecto reglamento general ley servicio civil prepublicacion
SERVIR PUBLICO Proyecto reglamento general ley servicio civil prepublicacion SERVIR PUBLICO Proyecto reglamento general ley servicio civil prepublicacion
SERVIR PUBLICO Proyecto reglamento general ley servicio civil prepublicacion
 
Decreto 434/16
Decreto 434/16Decreto 434/16
Decreto 434/16
 
05 d.s. 80 2014-ef modifica rlce 184-2008-ef 22-4-2014
05 d.s. 80 2014-ef modifica rlce 184-2008-ef 22-4-201405 d.s. 80 2014-ef modifica rlce 184-2008-ef 22-4-2014
05 d.s. 80 2014-ef modifica rlce 184-2008-ef 22-4-2014
 
UGT FSP CABILDOGC: Programa Electoral
UGT FSP CABILDOGC: Programa ElectoralUGT FSP CABILDOGC: Programa Electoral
UGT FSP CABILDOGC: Programa Electoral
 

Kürzlich hochgeladen

Observatorio Digital de los Gobernadores
Observatorio Digital de los GobernadoresObservatorio Digital de los Gobernadores
Observatorio Digital de los GobernadoresEconomis
 
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_21_AL_27_DE_ABRIL_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_21_AL_27_DE_ABRIL_DE_2024.pdfPRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_21_AL_27_DE_ABRIL_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_21_AL_27_DE_ABRIL_DE_2024.pdfredaccionxalapa
 
Partidos políticos, presentación sobre el partido político morena.
Partidos políticos, presentación sobre el partido político morena.Partidos políticos, presentación sobre el partido político morena.
Partidos políticos, presentación sobre el partido político morena.soffponce2
 
Proyecto para reformar la Libertad de Expresión
Proyecto para reformar la Libertad de ExpresiónProyecto para reformar la Libertad de Expresión
Proyecto para reformar la Libertad de ExpresiónEduardo Nelson German
 
Boletín semanal informativo 15 Abril 2024
Boletín semanal informativo 15 Abril 2024Boletín semanal informativo 15 Abril 2024
Boletín semanal informativo 15 Abril 2024Nueva Canarias-BC
 
Proyecto de reforma por los Derechos Políticos y Régimen Electoral
Proyecto de reforma por los Derechos Políticos y Régimen ElectoralProyecto de reforma por los Derechos Políticos y Régimen Electoral
Proyecto de reforma por los Derechos Políticos y Régimen ElectoralEduardo Nelson German
 
Carta WPM petición alto al fuego en Gaza
Carta WPM petición alto al fuego en GazaCarta WPM petición alto al fuego en Gaza
Carta WPM petición alto al fuego en GazateleSUR TV
 
Proyecto para la reforma de la Función Judicial
Proyecto para la reforma de la Función JudicialProyecto para la reforma de la Función Judicial
Proyecto para la reforma de la Función JudicialEduardo Nelson German
 
Horarios de cortes de luz en Los Ríos para este lunes, 22 de abril, según CNEL
Horarios de cortes de luz en Los Ríos para este lunes, 22 de abril, según CNELHorarios de cortes de luz en Los Ríos para este lunes, 22 de abril, según CNEL
Horarios de cortes de luz en Los Ríos para este lunes, 22 de abril, según CNELRobertoEspinozaMogro
 
IDEA Perú Percepciones sobre la Democracia y Valores Democráticos 2024.pdf
IDEA Perú Percepciones sobre la Democracia y Valores Democráticos 2024.pdfIDEA Perú Percepciones sobre la Democracia y Valores Democráticos 2024.pdf
IDEA Perú Percepciones sobre la Democracia y Valores Democráticos 2024.pdfEsauEspinozaCardenas
 
Topología discursiva del Movimiento Justicialista
Topología discursiva del Movimiento JusticialistaTopología discursiva del Movimiento Justicialista
Topología discursiva del Movimiento JusticialistaJulio Otero Santamaría
 
concesion gruas ssp gruas m2 xalapa_.pdf
concesion gruas ssp gruas m2 xalapa_.pdfconcesion gruas ssp gruas m2 xalapa_.pdf
concesion gruas ssp gruas m2 xalapa_.pdfredaccionxalapa
 
generalidades-del-derecho-de-sucesiones (1).pptx
generalidades-del-derecho-de-sucesiones (1).pptxgeneralidades-del-derecho-de-sucesiones (1).pptx
generalidades-del-derecho-de-sucesiones (1).pptxSTEVINBRANDONHUAMANA
 
Proyecto por la Regionalización y la Función Municipal
Proyecto por la Regionalización y la Función MunicipalProyecto por la Regionalización y la Función Municipal
Proyecto por la Regionalización y la Función MunicipalEduardo Nelson German
 
Proyecto sobre la Libertad de Conciencia Cívica
Proyecto sobre la Libertad de Conciencia CívicaProyecto sobre la Libertad de Conciencia Cívica
Proyecto sobre la Libertad de Conciencia CívicaEduardo Nelson German
 
TERRASOL FELICITA A LILIANA ROJAS SILVA.pdf
TERRASOL FELICITA A LILIANA ROJAS SILVA.pdfTERRASOL FELICITA A LILIANA ROJAS SILVA.pdf
TERRASOL FELICITA A LILIANA ROJAS SILVA.pdfmegaradioexpress
 
1er y 2do gobierno alan garcia final.pptx
1er y 2do gobierno alan garcia final.pptx1er y 2do gobierno alan garcia final.pptx
1er y 2do gobierno alan garcia final.pptxJohanaManuelaSolisPa
 
MAPA DEL TALENTO 2023 de Cotec e Instituto Valenciano de Investigaciones Econ...
MAPA DEL TALENTO 2023 de Cotec e Instituto Valenciano de Investigaciones Econ...MAPA DEL TALENTO 2023 de Cotec e Instituto Valenciano de Investigaciones Econ...
MAPA DEL TALENTO 2023 de Cotec e Instituto Valenciano de Investigaciones Econ...DiariodeNoticiasZero
 
La Corte rechazó la demanda de Quintela contra DNU
La Corte rechazó la demanda de Quintela contra DNULa Corte rechazó la demanda de Quintela contra DNU
La Corte rechazó la demanda de Quintela contra DNUEduardo Nelson German
 

Kürzlich hochgeladen (20)

Observatorio Digital de los Gobernadores
Observatorio Digital de los GobernadoresObservatorio Digital de los Gobernadores
Observatorio Digital de los Gobernadores
 
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_21_AL_27_DE_ABRIL_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_21_AL_27_DE_ABRIL_DE_2024.pdfPRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_21_AL_27_DE_ABRIL_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_21_AL_27_DE_ABRIL_DE_2024.pdf
 
Partidos políticos, presentación sobre el partido político morena.
Partidos políticos, presentación sobre el partido político morena.Partidos políticos, presentación sobre el partido político morena.
Partidos políticos, presentación sobre el partido político morena.
 
Proyecto para reformar la Libertad de Expresión
Proyecto para reformar la Libertad de ExpresiónProyecto para reformar la Libertad de Expresión
Proyecto para reformar la Libertad de Expresión
 
Boletín semanal informativo 15 Abril 2024
Boletín semanal informativo 15 Abril 2024Boletín semanal informativo 15 Abril 2024
Boletín semanal informativo 15 Abril 2024
 
Proyecto de reforma por los Derechos Políticos y Régimen Electoral
Proyecto de reforma por los Derechos Políticos y Régimen ElectoralProyecto de reforma por los Derechos Políticos y Régimen Electoral
Proyecto de reforma por los Derechos Políticos y Régimen Electoral
 
Carta WPM petición alto al fuego en Gaza
Carta WPM petición alto al fuego en GazaCarta WPM petición alto al fuego en Gaza
Carta WPM petición alto al fuego en Gaza
 
Proyecto para la reforma de la Función Judicial
Proyecto para la reforma de la Función JudicialProyecto para la reforma de la Función Judicial
Proyecto para la reforma de la Función Judicial
 
Horarios de cortes de luz en Los Ríos para este lunes, 22 de abril, según CNEL
Horarios de cortes de luz en Los Ríos para este lunes, 22 de abril, según CNELHorarios de cortes de luz en Los Ríos para este lunes, 22 de abril, según CNEL
Horarios de cortes de luz en Los Ríos para este lunes, 22 de abril, según CNEL
 
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1077
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1077LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1077
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1077
 
IDEA Perú Percepciones sobre la Democracia y Valores Democráticos 2024.pdf
IDEA Perú Percepciones sobre la Democracia y Valores Democráticos 2024.pdfIDEA Perú Percepciones sobre la Democracia y Valores Democráticos 2024.pdf
IDEA Perú Percepciones sobre la Democracia y Valores Democráticos 2024.pdf
 
Topología discursiva del Movimiento Justicialista
Topología discursiva del Movimiento JusticialistaTopología discursiva del Movimiento Justicialista
Topología discursiva del Movimiento Justicialista
 
concesion gruas ssp gruas m2 xalapa_.pdf
concesion gruas ssp gruas m2 xalapa_.pdfconcesion gruas ssp gruas m2 xalapa_.pdf
concesion gruas ssp gruas m2 xalapa_.pdf
 
generalidades-del-derecho-de-sucesiones (1).pptx
generalidades-del-derecho-de-sucesiones (1).pptxgeneralidades-del-derecho-de-sucesiones (1).pptx
generalidades-del-derecho-de-sucesiones (1).pptx
 
Proyecto por la Regionalización y la Función Municipal
Proyecto por la Regionalización y la Función MunicipalProyecto por la Regionalización y la Función Municipal
Proyecto por la Regionalización y la Función Municipal
 
Proyecto sobre la Libertad de Conciencia Cívica
Proyecto sobre la Libertad de Conciencia CívicaProyecto sobre la Libertad de Conciencia Cívica
Proyecto sobre la Libertad de Conciencia Cívica
 
TERRASOL FELICITA A LILIANA ROJAS SILVA.pdf
TERRASOL FELICITA A LILIANA ROJAS SILVA.pdfTERRASOL FELICITA A LILIANA ROJAS SILVA.pdf
TERRASOL FELICITA A LILIANA ROJAS SILVA.pdf
 
1er y 2do gobierno alan garcia final.pptx
1er y 2do gobierno alan garcia final.pptx1er y 2do gobierno alan garcia final.pptx
1er y 2do gobierno alan garcia final.pptx
 
MAPA DEL TALENTO 2023 de Cotec e Instituto Valenciano de Investigaciones Econ...
MAPA DEL TALENTO 2023 de Cotec e Instituto Valenciano de Investigaciones Econ...MAPA DEL TALENTO 2023 de Cotec e Instituto Valenciano de Investigaciones Econ...
MAPA DEL TALENTO 2023 de Cotec e Instituto Valenciano de Investigaciones Econ...
 
La Corte rechazó la demanda de Quintela contra DNU
La Corte rechazó la demanda de Quintela contra DNULa Corte rechazó la demanda de Quintela contra DNU
La Corte rechazó la demanda de Quintela contra DNU
 

Informe sobre el proceso de reestructuración del Servicio Andaluz de Empleo. Junta de Andalucía

  • 1. INFORME SOBRE EL PROCESO DE REESTRUCTURACIÓN DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO EN EL MARCO DE LA REORDENACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO DE ANDALUCÍA I. RESUMEN DEL PROCESO DE REORDENACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO. Con la extinción de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo, la constitución efectiva del Servicio Andaluz de Empleo como agencia de régimen especial, y la publicación de sus Estatutos, podemos afirmar que concluye una primera fase del proceso de reordenación del sector público de Andalucía puesta en marcha por el Gobierno. I.- Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de julio de 2010 se aprueba el Plan de Reordenación del Sector Público de la Junta de Andalucía con un claro objetivo: convertir al sector público en un agente más eficaz y eficiente, más innovador, ágil y cercano a la ciudadanía y al tejido productivo, a la vez que pretende racionalizar el gasto público. Dicho Plan contempla la reducción de un importante número de entidades instrumentales. II.- Posteriormente, se publica la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía que en su artículo 8.1 dispone que “El Servicio Andaluz de Empleo adoptará la configuración de agencia de régimen especial de las previstas en el artículo 54.2 c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre”. Asimismo, el apartado 8 del mismo artículo establece que “El Servicio Andaluz de Empleo quedará subrogado en todas las relaciones jurídicas, bienes, derechos y obligaciones de los que es titular la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo, así como del personal de los Consorcios UTEDLT de Andalucía, desde la fecha en que se acuerde su disolución o extinción”. En este sentido, la Ley de reordenación del sector público establece las normas que deberán regir el proceso reordenación previsto, que girará sobre cuatro pilares: A) El proceso de adaptación de los Estatutos de la Agencia se deberá tramitar simultáneamente a la extinción de FAFFE. Esto suponía dos consecuencias inmediatas y complementarias entre sí; - Por una parte, que la Fundación debía adoptar, con carácter previo a la constitución de la Agencia, el acuerdo de disolución, liquidación y cesión global de activo y pasivo, así como la subrogación en todas sus relaciones jurídicas, bienes, derechos y obligaciones, incluidas las laborales en concepto de sucesión de empresas y, 1
  • 2. - Por otra, que la integración del personal procedente de la extinta FAFE en la Agencia debía producirse en el mismo momento en que se produjera la constitución efectiva de ésta. B) Asimismo, se impone un plazo máximo de tiempo para llevar a cabo el proceso de reordenación, el 30 de junio de 2011, fecha tope en la que, no sólo debían estar aprobados y publicados los Estatutos y la correspondiente modificación de la estructura orgánica de la Consejería a la que afecta, sino también, debían de concluirse todas las operaciones jurídicas derivadas de la reordenación. C) Además, se estable que la integración en la Agencia del personal procedente de las entidades extinguidas se realizará de acuerdo con las normas reguladoras de la sucesión de empresas del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, y en las condiciones que estableciera el protocolo de integración adoptado por la Consejería competente en administración pública. D) Finalmente, tanto los Estatutos, como el protocolo de integración y el plan inicial de actuación de la Agencia, debían ser negociados en el ámbito de la Mesa General de Negociación del Empleado Público de la Administración de la Junta de Andalucía. III.- En conclusión, la Ley de reordenación del sector público de Andalucía obliga, por una parte a la extinción de la Fundación Andaluz Fondo de Formación y Empleo y, por otra, a la integración de su personal en la Agencia SAE. En aplicación de la referida Ley el Patronato de la FAFFE se reunió en sesión extraordinaria el pasado 29 de abril de 2011, aprobándose por unanimidad el acuerdo de extinción de la Fundación; acuerdo que ha sido ratificado por el Protectorado de Fundaciones de Andalucía mediante Resolución de 5 de mayo de 2011, de la Dirección General de Oficina Judicial y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la extinción de la Fundación Pública Andaluza Fondo de Formación y Empleo (BOJA nº 100 de 24 de mayo de 2011); momento a partir del cual se abre el procedimiento de liquidación, no pudiendo por tanto contraer más obligaciones, salvo aquellas que sean necesarias para su liquidación y extinción. IV.- También el 29 de abril de 2011 se publica el Decreto 96/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, así como el Decreto 97/2011, de 19 de abril, por el que se modifica la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo. V.- En este sentido, el día 3 de mayo de 2011 - fecha de entrada en vigor los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo -, se produjo la constitución efectiva de la Agencia y el inicio del ejercicio de las funciones generales asignadas, asumiendo, asimismo, todas las funciones y tareas realizadas hasta entonces por FAFFE. VI.- En lo que respecta al personal de la Fundación que se integra en la Agencia, hemos de señalar que el mismo día de constitución efectiva de la Agencia (esto es, el 3 2
  • 3. de mayo de 2011), se produjo la integración en la Agencia de dicho personal, de acuerdo con las normas reguladoras de la sucesión de empresas del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores y en las condiciones que establece el protocolo de integración adoptado por Resolución de 20 de abril de 2011, de la Secretaría General de Administración Pública. El número de trabajadores y trabajadores que se han integrado en la Agencia asciende a 1552, procediéndose el mismo día 3 de mayo de 2011 a realizar el cambio de cuenta de cotización del empleador, produciéndose, a través del Sistema RED, la baja y alta simultánea de 1552 trabajadoras y trabajadores en la Seguridad Social. Pese a la complejidad del proceso, especialmente motivado por el elevado volumen de los contratos afectados, no se registró ninguna incidencia, tramitándose el mismo con un gran éxito. VIII.- Por otra parte, debemos informar que tanto el Decreto 96/2011, de 19 de abril por el que se aprueban los Estatutos, como el Protocolo de Integración de Personal en el SAE han sido impugnados, habiéndose solicitado por los recurrentes la suspensión cautelar de ambas disposiciones. 3
  • 4. II. CONSECUENCIAS DEL PROCESO DE REORDENACIÓN, LAS ACTUACIONES INMEDIATAS REALIZADAS Y A ACOMETER TRAS LA PUESTA EN MARCHA DE LA AGENCIA. I.- La reordenación del sector público no solo se ha limitado a la constitución del SAE en Agencia, sino que al mismo tiempo, ha supuesto una reducción importante de entidades instrumentales de la Administración andaluza en aras a la consecución de uno de los objetivos principales sobre el que ha girado esta reestructuración, que no es otro que ahorrar y reducir el gasto publico, sin que ello suponga una merma en la calidad de los servicios públicos prestados a la ciudadanía. II.- Como resultado de ello, se crea en la Junta de Andalucía una entidad administrativa especializada y única en la gestión de las políticas activas de empleo, evitando posibles duplicidades entre entidades instrumentales, lo que permitirá a su vez gestionar de forma global e integrada la actuación de la administración andaluza en los ámbitos relacionados con el fomento del empleo, la formación para el empleo, orientación e información, prospección, registro de demanda e intermediación en el mercado de trabajo, entre otras competencias. Con este modelo de organización se potencia igualmente la prestación de servicios con la máxima calidad desde tres puntos de vista: en materia presupuestaria, dotando de mayor agilidad tanto a la distribución de los créditos como al control financiero de las subvenciones; en materia de personal, promoviendo la máxima especialización y dotando de mayor celeridad a la cobertura de puestos de trabajo; y respecto a la ciudadanía, favoreciendo la posibilidad de que el ciudadano visualice claramente los fines, la forma de gestión y los resultados del servicio que se presta. III.- Por este motivo, - y una vez analizado el proceso de reordenación llevado a cabo en el Servicio Andaluz de Empleo podemos afirmar que nos encontramos en una nueva etapa en la que habrá que trabajar en 3 grandes ámbitos en paralelo: - Por una parte, la nueva estructura y organización de la Agencia. - Por otra, en la integración real de FAFFE, UTEDLT. - La consolidación de la Agencia. 4
  • 5. Finalmente, en otras actuaciones inmediatas a acometer como son la aprobación de diversos Planes. A) Por lo que respecta a la estructura y organización de la Agencia SAE. Como sabéis, el Decreto 97/2011, de 19 de abril, por el que se modifica la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo, mantiene los mismos órganos directivos centrales que antes, esto es: - La Dirección-Gerencia. - La Dirección General de Calidad de los Servicios para el Empleo. - La Dirección General de Formación Profesional, Autónomos y Programas para el Empleo. Asimismo, en cada provincia se mantiene como órgano directivo periférico la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo, que seguirá ostentando la representación ordinaria de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo en su correspondiente ámbito territorial. En lo que respecta a los Servicios que integran el Servicio Andaluz de Empleo, se mantienen algunos de los Servicios que ya existían, en concreto, los 3 Servicios de la Dirección General de Calidad de los Servicios para el Empleo, integrada por el Servicio de Calidad, el Servicio de Intermediación y Orientación y el Servicio de Promoción del Desarrollo Local. Se unifican dos de los Servicios de la Dirección General de Formación Profesional, Autónomos, y Programas para el Empleo, pasando de 6 a 4 Servicios. Por otra, se ha integrado en la Agencia el Servicio de Tesorería. Asimismo, está previsto crear el Servicio de Personal y el de Contratación y, se está estudiando crear un Servicio dedicado a la Justificación de subvenciones, por lo que se procederá, en su momento, a tramitar la correspondiente modificación de la RPT del SAE como se comentará más adelante. B) Por lo que respecta a la integración real de FAFFE, UTDLT y la consolidación de la Agencia. B.I.- Constituida la Agencia SAE, el objetivo inmediato es alcanzar una integración real del personal de FAFFE, y el personal de las UTDLT en la Agencia y la integración de los servicios comunes o duplicados (jurídicos, informáticos, etc.); y garantizar que durante este proceso no se vea afectada la calidad en los servicios prestados a la ciudadanía. No obstante, en un proceso tan complejo como el que se ha producido de reordenación del sector público, se hace imprescindible la adopción de medidas transitorias en las distintas materias. En efecto, en este periodo transitorio, hemos de destacar, en materia presupuestaria, de tesorería, de contabilidad y control, la publicación de la Orden de 12 de mayo de 2011 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, que adopta medidas transitorias de orden financiero y contable aplicables a las 5
  • 6. entidades afectadas por la Ley de reordenación del sector público de Andalucía, que, como sabéis, básicamente, mantiene el mismo régimen que tenían las entidades extinguidas hasta el 31 de diciembre de 2011. Asimismo, y con carácter interno, se ha creado en los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Empleo un ÁREA DE INTEGRACIÓN Y TRANSFERENCIA,(se debe de tener en cuenta a las UTEDLT) integrada por personal del Servicio Andaluz de Empleo y de la extinta FAFFE, así como al personal de las UTEDLT, y en la que se están creando grupos de trabajo para las distintas cuestiones que hay que abordar e ir resolviendo las incidencias que surjan en este periodo. B. 2.-UTDLT. Desarrollo local. Se deben crear los instrumentos necesarios para integrar al personal de las UTEDLT como agentes de desarrollo local, una vez se haya producido el proceso de liquidación y extinción de los Consorcios, para ello, se articularán los mecanismos necesarios para que este personal realice funciones ligadas al desarrollo local. B.3.- Por otra parte, para la consolidación de la Agencia hemos trazado los siguientes objetivos estratégicos: - Mejorar el funcionamiento del Servicio Público de Empleo en Andalucía. - Mejorar la empleabilidad en Andalucía, prestando un servicio de calidad al ciudadano. Para ello, la Agencia contará con las siguientes líneas de actuación: a) Plan de visibilidad que nos permita acercar nuestras actuaciones y servicios a la ciudadanía, utilizando para ello, las acciones de información y comunicación más oportunas en cada momento, haciendo uso de las nuevas tecnologías: web, sms, callcenter, redes sociales y cuantas fórmulas mejoren la conexión con la ciudadanía gracias a procesos de micro-segmentación. b) Plan de Calidad a fin de mejorar la atención al ciudadano, y en cumplimiento a la actuación 6 del VII Acuerdo de Concertación Social de Andalucía. La Agencia implantará nuevos mecanismos de control y seguimiento, además de sistemas de autoevaluación y planes de mejora continua. En este contexto, la Agencia elaborará su propia carta de servicios que contendrá los compromisos de calidad asumidos, e incluirá la política de responsabilidad social corporativa como línea de actuación permanente. c) Código ético de funcionamiento: que, además de regir el funcionamiento y las actuaciones de la Agencia vele por los principios y valores en los que se asentará su actuación, que son: la igualdad de oportunidades, transparencia del mercado de trabajo, gratuidad, universalidad y personalización de los servicios. 6
  • 7. d) Innovación tecnológica: impulsaremos la implantación de las nuevas tecnologías en línea con lo establecido en las actuaciones 4 y 10 del VII Acuerdo de Concertación Social, para favorecer el acceso electrónico de los ciudadanos (oficinas móviles, certificados digitales, aumento de los puntos de encuentro...), y la administración electrónica en los procedimientos administrativos, apostando por la simplificación de trámites y la reducción de plazos. Se impulsara la utilización de la página Web como un portal informativo permanentemente actualizado y en el que es posible participar e interactuar con el usuario. Asimismo, se fomentará el uso de la Oficina Virtual del Servicio Andaluz de Empleo como sede electrónica en la que se incorporan todos los trámites de empleo relacionados con la Administración Electrónica. Igualmente, se incrementará el uso de las TIC por parte de las personas demandantes de empleo a fin de facilitarles la atención y el acceso a las políticas de empleo. Se pretende eliminar con ello, los tiempos de espera para demandantes de empleo, a la vez que se reduce los costes de desplazamientos de las personas usuarias. e) Formación y comunicación interna: fomentaremos la formación, la comunicación y el trabajo en equipo, especialmente en las oficinas de empleo, utilizando herramientas informáticas como medio normalizado de trabajo interno. g) Plan de cooperación y fomento de las relaciones Interadministrativas: estableceremos mecanismos de colaboración y llevaremos a acabo acciones tendentes al intercambio de información, a la intercomunicación técnica, a la prestación recíproca de asistencia, a la elaboración y ejecución de planes conjuntos de empleo y formación con el Servicio Público de Empleo Estatal, las Administraciones locales de Andalucía y demás entidades y órganos que tienen atribuidas las competencias en este ámbito. C) Otras actuaciones inmediatas a abordar: Una vez superadas las tareas preliminares centradas en la puesta en funcionamiento de la estructura organizativa de la Agencia, y en paralelo a la integración y consolidación de la Agencia, otras actuaciones de relevancia que debemos abordar en la etapa inicial son las siguientes: 1. Aprobación del Plan Inicial de Actuación de la Agencia para el periodo 2011-2014. El Plan Inicial de Actuación de la Agencia constituye a su vez su plan de acción de anual correspondiente al periodo 2011. En él se establecerán los objetivos y ejes estratégicos iniciales de la Agencia para dicho periodo, así como las prioridades y las actividades a poner en marcha para el cumplimiento de los mismos, para lo cual se le asigna los recursos presupuestarios y la dotación de personal necesarios. El Plan tendrá una vigencia inicial de 4 años, y será aprobado por el Consejero de Empleo, previo consenso en la Mesa General de Negociación del empleado público. 2. Elaboración del Contrato Plurianual de Gestión de la Agencia. La Dirección- Gerencia deberá formular en el plazo de 6 meses desde la constitución de la Agencia (es decir, antes del próximo 2 de noviembre 2011), la propuesta del primer contrato de gestión a la persona titular de la Consejería de Empleo, para que la someta a la 7
  • 8. aprobación del Consejo de Gobierno. Hasta tanto no se apruebe el Contrato plurianual de Gestión, mantendrá vigencia el contrato Inicial de Actuación. 3. Elaboración de primer Plan Plurianual de Evaluación General del Servicio Andaluz de Empleo, para lo que deberemos definir los indicadores asociados a cada objetivo. 4. La implantación del Plan de Igualdad de Género, donde se fijarán los objetivos concretos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. 5. La implantación de un Sistema de Prevención de Riesgos Laborales, apostando decididamente por la implementación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales. 6. La confección de la relación y el catálogo de puestos de trabajo. 7. La elaboración del Reglamento de régimen interior de la Agencia. 8
  • 9. III. CALENDARIO DEL PROCESO DE REORDENACIÓN FECHA ACONTECIMIENTO Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de julio de 2010: • se aprueba el Plan de Reordenación del Sector Público de la Junta de Andalucía • OBJETIVO: convertir al sector público en un agente más eficaz y eficiente, más innovador, ágil y cercano a 27 JULIO 2010 la ciudadanía y al tejido productivo, a la vez que pretende racionalizar el gasto público. Dicho Plan contempla la reducción de un importante número de entidades instrumentales. ACUERDO ENTRE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y LAS ORGANIZACIONES SINDICALES UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES DE ANDALUCÍA Y COMISIONES OBRERAS DE ANDALUCÍA. 29 OCTUBRE La consejera de Hacienda y Administración, Carmen Martínez 2010 Aguayo, firma junto al secretario general de CCOO en Andalucía, Francisco Carbonero, y el vicesecretario general de Relaciones Laborales y Política Institucional de UGT-A, Dionisio Valverde, el acuerdo alcanzado sobre el Decreto-Ley de reordenación del sector público de la Junta. ACUERDO de 7 de diciembre de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban los Acuerdos adoptados 7 DICIEMBRE por la Mesa General de Negociación del Empleado Público 2010 de la Administración de la Junta de Andalucía en su reunión de 18 de noviembre de 2010, en materia de Reordenación del Sector Público. 9
  • 10. FECHA ACONTECIMIENTO LEY 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía. En su artículo 8.1 dispone que “El Servicio Andaluz de Empleo adoptará la configuración de agencia de régimen especial de las previstas en el artículo 54.2 c) de la Ley 9/2007, de 22 de 17 FEBRERO octubre”. 2011 Asimismo, el apartado 8 del mismo artículo establece que “El Servicio Andaluz de Empleo quedará subrogado en todas las relaciones jurídicas, bienes, derechos y obligaciones de los que es titular la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo, así como del personal de los Consorcios UTEDLT de Andalucía, desde la fecha en que se acuerde su disolución o extinción”. RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2011, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se aprueba el Protocolo de Integración de Personal en el Servicio Andaluz de Empleo. Regla Tercera. Incorporación del personal laboral de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo. 1. Sucesión de empresa. En concepto de sucesión de la Fundación Andaluza Fondo Formación y Empleo –FAFFE–, y desde la fecha de su constitución efectiva, la Agencia quedará subrogada en calidad de empleador en la totalidad de los contratos laborales del personal laboral de la Fundación, con todos los derechos y obligaciones laborales y sociales inherentes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores antes citado. 2. Condiciones de integración. El personal laboral de la Fundación Andaluza Fondo Formación y Empleo se integrará en 20 ABRIL 2011 la Agencia, de conformidad con el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores. De acuerdo con la regla de la letra b) de la disposición adicional cuarta de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, el personal integrado tendrá la consideración de personal laboral de la Agencia. El acceso de este personal, en su caso, a la condición de personal funcionario o laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía sólo podrá efectuarse mediante la participación en las correspondientes pruebas selectivas de acceso libre convocadas en ejecución de las ofertas de empleo. De acuerdo con la regla de la letra f) de la disposición adicional cuarta de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, la masa salarial del personal laboral al servicio de la Agencia no podrá superar, como consecuencia de la reordenación, la del personal de la citada Fundación. 3. Normativa laboral de aplicación. El personal laboral de la Fundación Andaluza Fondo Formación y Empleo que se integra 10
  • 11. en la Agencia mantendrá las mismas condiciones laborales y retributivas que tenía en dicha Fundación, así como las dimanantes, en su caso, del Convenio Colectivo para los años 2007-2009 de la Fundación Andaluza Fondo Formación y Empleo. Las condiciones laborales contenidas en dicho Convenio permanecerán subsistentes en tanto se aprueba un nuevo convenio aplicable al mismo, de acuerdo con lo establecido en el apartado e) de la disposición adicional cuarta de la Ley 1/2011, de 17 de febrero. Asimismo le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. 29 de abril de 2011 se publica el Decreto 96/2011, de 19 de 29 DE ABRIL abril, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio 2011 Andaluz de Empleo Decreto 97/2011, de 19 de abril, por el que se modifica la 29 DE ABRIL estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del 2011 Servicio Andaluz de Empleo Fecha de entrada en vigor los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo -, se produjo la constitución efectiva de la Agencia y el inicio del ejercicio de las funciones generales asignadas, asumiendo, asimismo, todas las funciones y tareas realizadas hasta entonces por FAFFE. Al personal de la Fundación que se integra en la Agencia, el mismo día de constitución efectiva de la Agencia (esto es, el 3 de 3 MAYO DE 2011 mayo de 2011), se produjo la integración en la Agencia de dicho personal, de acuerdo con las normas reguladoras de la sucesión de empresas del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores y en las condiciones que establece el protocolo de integración adoptado por Resolución de 20 de abril de 2011, de la Secretaría General de Administración Pública. El número de trabajadores y trabajadores que se han integrado en la Agencia asciende a 1552 Resolución de 5 de mayo de 2011, de la Dirección General de Oficina Judicial y Cooperación, por la que se inscribe en el 5 DE MAYO 2011 Registro de Fundaciones de Andalucía la extinción de la Fundación Pública Andaluza Fondo de Formación y Empleo (BOJA nº 100 de 24 de mayo de 2011). 11
  • 12. El Partido Popular presenta recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra la Ley 1/2011, de Reordenación del Sector Público de Andalucía. El Tribunal 11 MAYO 2011 Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por el PP contra el Decreto-ley de reordenación del sector público andaluz. Diversas Plataformas anti-reordenación a través de la contratación de los servicios profesionales del Bufete Mariano Aguayo: RESOLUCIÓN IMPUGNADA: PROTOCOLO SAE (Resolución de 20 de abril de 2011) ÓRGANO: Juzgado de lo Contencioso Administrativo (JCA) Nº 5 SEVILLA PROCEDIMIENTO: DDFF Nº 299/2011 FECHA ACONTECIMIENTO SENTENCIA La sala de lo Contencioso del TSJA en la resolución del recurso 466/2011 estima la demanda interpuesta por las Asociaciones Al Andalus y Defiendo mi Derecho, contra el protocolo de Integración del personal en la Agencia SAE. Entre los argumentos que recoge la sentencia el TSJA ha tenido en cuenta los de la sentencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales considerando que nos encontramos ante un supuesto idéntico: "Debemos destacar que esta sala, en reciente sentencia de 2 de noviembre de 2011 recaída en Recurso 414/11 ha estimado el Recurso interpuesto contra el Decreto 103/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones 10 Noviembre Culturales, en cuya D.A. 2ª se disponía la integración del Personal del 2011 IAAL en la Agencia, por considerarla contraria a los DD.FF de los artículos 14 y 23 de la C.E." "Idéntico supuesto se produce por las Reglas 3ª y 4ª del Protocolo, por el que se pretende integrar al personal de FAFFE y de los UTEDLT como personal laboral de la Agencia, eludiendo los principios de Igualdad, mérito y capacidad" "FALLAMOS: QUE DEBEMOS ESTIMAR EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA ASOCIACIÓ AL-ANDALUS, ASOCIACIÓN DEFIENDO Y DERECHO Y OTROS CONTRA EL AUTO DEL JUZGADO Nº 5, QUE REVOCAMOS Y ACORDAMOS LA SUSPENSIÓN DE LAS REGLAS 3 Y 4 DE LA RESOLUCIÓN DE 20 DE ABRIL DE 2011, DE LA DGFP. SIN COSTAS." 24 ENERO 2012 Borrador resolución del Director-Gerente del SAE Se presentó escrito solicitando la SUSPENSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL del personal procedente de FAFFE y de los Consorcios 25 ENERO 2012 UTEDLT con el SAE, solicitando diversas medidas en orden a ejecutar la medida cautelar de suspensión acordada 12
  • 13. FECHA ACONTECIMIENTO Por Providencia de fecha 06/02/2012 se dio trámite al primer escrito, 06 FEBRERO solicitando a la Administración que acreditara, en el plazo de CINCO 2012 DÍAS, si había suspendido las Reglas 3ª y 4ª del Protocolo y las medidas concretas que había efectuado Posteriormente, tras conocer el borrador de la resolución del Director- 07 FEBRERO Gerente del SAE se volvió a presentar nuevo escrito de fecha 2012 07/02/2012 reiterando la ejecución de las medidas solicitadas Tras la firma de la resolución del Director-Gerente del SAE de 09 FEBRERO fecha 07/02/2012 se presentó nuevo escrito al Juzgado en fecha 2012 09/02/2012, reiterando la ejecución de las medidas solicitadas. SENTENCIA del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, donde se declara nulidad de la disposición adicional segunda del Decreto 96/2011 (Estatutos SAE),por vulneración de Derechos Fundamentales reflejados en el articulo 14 y 23.2 de la Constitución. Cabe recurso de casación. Nos encontramos con una Sentencia que viene a confirmar la anterior tomada como medida cautelar, que supuso la suspensión de la Disposición Adicional 2ª del Decreto de la Junta 24 FEBRERO de Andalucía 96/2001, resolviendo favorablemente la pretensión 2012 de la Fundación Al Andalus y otros actores personados, confirmando dicho fallo, y que con toda probabilidad será ejecutada provisionalmente, lo que supondría, de accederse a la misma, nueva Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, quizás en términos similares a los de la RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2011 por la que se aprueba el Protocolo de Integración de Personal en el Servicio Andaluz de Empleo, pero obviamente sin que se entiendan conculcados los artículos 14 y 23.2. de la Constitución Española. Nuevo auto JCA nº 5 Sevilla: Auto del juzgado en respuesta a la Resolución de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo de 7 de Febrero de 2012 para garantizar el cumplimiento de las medidas cautelares de la Sentencia en la que se suspenden las reglas 3ª y 4ª del Protocolo de Integración de la 23 MARZO 2012 Agencia SAE, en este Auto el Juez considera que la Resolución de 7 de febrero no cumple con las citadas medidas cautelares, por lo que se insta a que se solucione y se cumplan dichas medidas cautelares. 13
  • 14. aprobación del Consejo de Gobierno. Hasta tanto no se apruebe el Contrato plurianual de Gestión, mantendrá vigencia el contrato Inicial de Actuación. 3. Elaboración de primer Plan Plurianual de Evaluación General del Servicio Andaluz de Empleo, para lo que deberemos definir los indicadores asociados a cada objetivo. 4. La implantación del Plan de Igualdad de Género, donde se fijarán los objetivos concretos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. 5. La implantación de un Sistema de Prevención de Riesgos Laborales, apostando decididamente por la implementación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales. 6. La confección de la relación y el catálogo de puestos de trabajo. 7. La elaboración del Reglamento de régimen interior de la Agencia. 8
  • 15. LEGISLACIÓN SOBRE REORDENACIÓN SENTENCIAS Y AUTOS JUDICIALES INFORMES EMITIDOS POR BUFETE IMAGEN INFORME DE SITUACIÓN (ANÓNIMO) ESCRITOS PRESENTADOS POR COMITÉS EMPRESA EXTINTA FAFFE UGTs INFORMA ASOCIACIÓN ATARES: ACTUACIONES ACOMETIDAS 14
  • 16. Página núm. 18 BOJA núm. 147 Sevilla, 28 de julio 2010 Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de ACUERDO de 27 de julio de 2010, del Consejo de las entidades instrumentales públicas que se extinguen. Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Reordena- Hasta que se produzca la constitución efectiva de las ción del Sector Público de la Junta de Andalucía. agencias creadas mediante el presente Decreto-Ley, las enti- dades instrumentales públicas que se extinguen como conse- La crisis económica ha obligado a las Administraciones cuencia de dicha creación seguirán actuando conforme a lo Públicas de los países más desarrollados a realizar un consi- establecido en su normativa reguladora. derable esfuerzo de consolidación fiscal que está comenzando a dar sus frutos. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. La Junta de Andalucía, en coordinación con el Gobierno 1. Quedan derogadas cuantas normas contradigan o se de España, apoyó la aprobación, por el Consejo de Política opongan a lo dispuesto en la presente Ley y, en particular, las Fiscal y Financiera el pasado 15 de junio, del Acuerdo Marco siguientes: sobre Sostenibilidad de las Finanzas Públicas 2010-2013, por el que se fija una rebaja del déficit de las Comunidades Autó- a) La disposición adicional primera de la Ley 10/2002, de nomas desde el 2% del PIB en 2009 al 1,1% en 2013. 21 de diciembre, por la que se aprueban normas en materia La reordenación del sector público tiene un objetivo claro: de tributos cedidos y otras medidas tributarias, administrati- convertirlo en un agente más eficaz y eficiente, más innovador, vas y financieras. ágil y cercano a la ciudadanía y al tejido productivo. b) Los artículos 48 a 58 de la Ley 3/2004, de 28 de di- Todo ello, con el fin de obtener una mejor prestación de ciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras. los servicios públicos para la ciudadanía andaluza, desde el c) El Capítulo VIII del Título II y el Título III de la Ley convencimiento de que ello solo es posible desde el valor aña- 8/1984 de 3 de julio, de Reforma Agraria y concordantes del dido que aporta lo público y el empleo público. En efecto, Andalucía cuenta, como uno de los motores de Reglamento para su ejecución. Ello, sin perjuicio de que aque- su progreso, con el alto nivel de formación, compromiso y apli- llas concesiones administrativas constituidas al amparo del cación de sus empleados públicos para la consecución de los Decreto 118/1973, de 12 de enero, por el que se aprueba el objetivos que marcan los intereses generales de la ciudadanía Texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, y de la Ley andaluza. El cotidiano desempeño por cada uno de los trabaja- 8/1984, de 3 de julio, continúen rigiéndose por la normativa dores y trabajadoras del sector público andaluz de las funciones vigente al tiempo de su constitución, salvo lo dispuesto en la encomendadas, ha sido razón esencial para alcanzar las cotas Sección 5ª del Capítulo II del presente Decreto-Ley. de prestación de servicios públicos que actualmente disfrutan d) La disposición adicional sexta de la 9/2007, de 22 de los andaluces y andaluzas. Por ello, el Plan de Reordenación octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, de au- del Sector Público de la Junta de Andalucía incide en la estricta torización para la creación de la Agencia para la Atención a la reordenación de las estructuras, optimizando las nuevas formas Dependencia en Andalucía. organizativas, pero asentando, a la vez, el empleo público. En suma, se opta por un modelo público de prestación de servicios, 2. Al tiempo de la constitución efectiva e inicio de las acti- rechazando otros modelos liberalizadores que inciden esencial- vidades de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía mente en la privatización de la prestación de tales servicios. quedarán derogadas las siguientes disposiciones: En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y a) El artículo 67 de la Ley 8/1997, de 23 de diciembre, Administración Pública, conforme a lo dispuesto en el artícu- por la que se aprueban medidas en materia tributaria, presu- lo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de puestaria, de empresas de la Junta de Andalucía y otras Enti- la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del dades, de recaudación, de contratación, de función pública y Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de julio de 2010, de fianzas de arrendamientos y suministros. b) El artículo 34 de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, ACUERDA por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas. Primero. Aprobación. Se aprueba el Plan de Reordenación del Sector Público de Disposición final primera. Desarrollo reglamentario. la Junta de Andalucía, que se acompaña como Anexo a este 1. El desarrollo reglamentario de este Decreto-Ley se lle- Acuerdo. vará a efecto de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112 y 119.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y 44 de la Segundo. Coordinación. Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad La Consejería de Hacienda y Administración Pública será Autónoma de Andalucía. la responsable de coordinar las actuaciones de las distintas 2. Se faculta a la persona titular de la Consejería de Agri- Consejerías para la consecución de los objetivos del Plan de cultura y Pesca para el desarrollo reglamentario, mediante Or- Reordenación del Sector Público de la Junta de Andalucía. den, de lo dispuesto en la Subsección 3ª de la Sección 5ª del Capítulo II, referida a las Cámaras Agrarias y en el Capítulo Tercero. Desarrollo y ejecución. III, relativo a las medidas para la dinamización del patrimo- Se faculta a la Consejera de Hacienda y Administración nio agrario de Andalucía, del presente Decreto, en lo que con- Pública para el desarrollo y la ejecución del presente Acuerdo. cierne a los aspectos procedimentales. Cuarto. Eficacia. Disposición final segunda. Entrada en vigor. El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día si- El presente Decreto-Ley entrará en vigor el día siguiente al guiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. de Andalucía. Sevilla, 27 de julio de 2010 Sevilla, 27 de julio de 2010 JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ Presidente de la Junta de Andalucía Presidente de la Junta de Andalucía CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO Consejera de Hacienda y Administración Pública Consejera de Hacienda y Administración Pública
  • 17. Sevilla, 28 de julio 2010 BOJA núm. 147 Página núm. 19 ANEXO - Extinción de la Fundación Valme, por absorción en la Fundación Pública Andaluza para la Investigación en Salud en PLAN DE REORDENACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO Sevilla (FISEVI). DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA - Transformación de Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A., El Plan de Reordenación del Sector Público de la Junta de en la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía. Andalucía se articulará en torno a tres líneas de actuación: - Extinción del Instituto Andaluz de Reforma Agraria. - Extinción de las Cámaras Agrarias de Andalucía. 1. La reducción del número de entidades instrumentales. - Creación de la Empresa Pública para la Gestión del Tu- 2. La simplificación de la estructura periférica. rismo y del Deporte de Andalucía, S.A. por fusión de Turismo 3. La mejora del conocimiento y la gobernanza. Andaluz, S.A. y Empresa Pública de Deporte Andaluz, S.A. - Absorción por la Agencia de Servicios Sociales y Depen- Primero. La reducción del número de entidades instru- dencia de Andalucía de la Fundación Andaluza de Servicios mentales persigue la creación de estructuras homogéneas que Sociales y de la Fundación para la Atención a las Drogodepen- permitan cumplir mejor los objetivos del Gobierno. La premisa dencias e Incorporación Social. fundamental de esta actuación radica en que dicha reducción - Transformación del Instituto Andaluz de las Artes y las no perjudique el nivel de prestación de los servicios públicos Letras en la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. de la Junta de Andalucía. Para ello, es indispensable en este - Creación de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de proceso de reordenación, la defensa del empleo público que Andalucía por absorción de la Agencia Andaluza del Agua y de hace posible el nivel de prestación de los servicios públicos la Empresa de Gestión Medioambiental, S.A. por las citadas entidades instrumentales. - Extinción por una comisión liquidadora de los Consorcios Esta reducción está dirigida a la consecución de los si- Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnoló- guientes objetivos: gico. El resultante de tal liquidación será objeto de traspaso, en los términos que se fijen por la citada comisión liquidadora a) Obtener economías de escala en la contratación de bie- y con carácter preferente al Servicio Andaluz de Empleo, para nes y servicios. su aplicación a fines y servicios de las políticas activas de em- b) Desde la defensa del empleo público, la reforma de pleo, y con carácter secundario, a las administraciones locales las estructuras organizativas hará posible un mejor aprovecha- de ámbito territorial para su aplicación a fines y servicios de miento del personal de la Junta de Andalucía y de sus entida- desarrollo local. des instrumentales. Asimismo, se adaptará la naturaleza y personalidad jurí- El proceso de reducción del número de entes instrumen- dica de las agencias públicas, organismos autónomos y las tales se configura como un proceso dinámico y engloba actua- entidades de derecho público a que hace referencia el artícu- ciones de integración, fusión, absorción y extinción de entida- lo 6.1.b) de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comu- des instrumentales de la Junta de Andalucía. En una primera nidad Autónoma de Andalucía a las categorías que establece fase, el proceso afectará a las siguientes entidades: la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la - Absorción por la Agencia Andaluza del Conocimiento de Junta de Andalucía con la modificación introducida en el De- la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación creto-ley a que hace referencia el punto tercero del presente Universitaria, Talentia y del Centro de Innovación y Transferen- Plan de Reordenación del Sector Público. cia de Tecnología de Andalucía, Citaandalucía. - Absorción por la Agencia de Innovación y Desarrollo de Segundo. El proceso de reordenación que se acomete Andalucía de FAGIA, Fomento, Asistencia y Gestión Integral de permitirá la simplificación de la estructura periférica de la Ad- Andalucía, S.A. ministración Instrumental. - Extinción por liquidación de Linares Fibras Industriales, Ello supone que en los municipios donde existan varias SAU, Incubadora de Emprendedores de Andalucía, SLU y Fo- sedes y subsedes de diversas entidades instrumentales, se mento Empresarial, SA. tenderá a la concentración de las mismas en un único edificio - Transformación de Ferrocarriles de la Junta de Andalucía obteniendo como ventajas: en la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, con absorción de Gestión de Infraestructuras de Andalucía, S.A. a) Facilitar la prestación de servicios para la ciudadanía. - Creación de Red Logística de Andalucía, S.A. por fusión b) Una mayor eficiencia en el gasto de alquileres, así del Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A., Zona como en el mantenimiento de los edificios administrativos. de Actividades Logísticas de Algeciras, S.A., Centro de Trans- portes de Málaga y Parque Logístico de Córdoba, S.A. Con ello, se mantendrá la presencia institucional de la - Transformación del Servicio Andaluz de Empleo con absor- Junta de Andalucía en todos los municipios en los que actual- ción de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo. mente se ubican tales centros descentralizados, pero su reubi- - Transformación de la Empresa Pública Hospital de la cación unificada permitirá la mejor prestación de los servicios Costa del Sol en la Agencia Pública Empresarial Sanitaria a la ciudadanía, a la vez que se producirá un importante aho- Costa del Sol, quedando adscritas a la misma la Empresa rro de costes. Pública Hospital de Poniente de Almería, la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir y la Empresa Pública Sanitaria Bajo Tercero. El Plan de Reordenación del Sector Público Guadalquivir. atiende a la mejora del conocimiento y de la gobernanza del - Extinción de la Fundación Hospital Reina Sofía-Cajasur, sector público. por absorción en la Fundación para la Investigación Biomédica de Córdoba (FIBICO). Con este objetivo, el Consejo de Gobierno ya ha aprobado - Extinción de la Fundación Hospital Clínico, por absorción el Decreto 283/2010, de 4 de mayo, por el que se regula la en la Fundación Pública Andaluza para la Investigación Biosa- adaptación de la información de recursos humanos y econó- nitaria en Andalucía Oriental "Alejandro Otero" (FIBAO). mico-financiera de las entidades instrumentales de la Adminis- - Transformación de la Fundación Reina Mercedes, por tración de la Junta de Andalucía para su integración, consoli- absorción en la Fundación Pública Andaluza para la Investiga- dación o agregación con los datos de la Administración de la ción en Salud en Sevilla (FISEVI). Junta de Andalucía.
  • 18. Página núm. 20 BOJA núm. 147 Sevilla, 28 de julio 2010 A ello se suma la tramitación y aprobación del Decreto- de desarrollo reglamentario conferidas en el apartado 2.º de Ley por el que se aprueban medidas urgentes en materia de la Disposición final primera del mismo, y en virtud de lo dis- reordenación del sector público, que establecerá los instru- puesto en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, mentos normativos necesarios para el proceso de reordena- del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ción del mismo, que permitirán realizar dicho proceso desde la mayor seguridad jurídica en la prestación de los servicios públicos y en sus relaciones con los terceros y con el personal DISPONGO del sector público. Artículo 1. Objeto. La presente Orden tiene como objeto establecer las funciones, composición y régimen de funcionamiento de la comisión liquidadora prevista en el artículo 15 del Decreto- Ley 5/2010, de 27 de julio, por el que se aprueban medidas CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y PESCA urgentes en materia de reordenación del sector público, así como la regulación del procedimiento para la liquidación de ORDEN de 28 de julio de 2010, por el que se es- los bienes, derechos y obligaciones de cualquier naturaleza tablecen las funciones, composición y régimen de fun- que constituyen el patrimonio de las extintas Cámaras Agra- cionamiento de la Comisión Liquidadora y se regula el rias de Andalucía. procedimiento para la liquidación de los bienes, dere- chos y obligaciones que constituyen el patrimonio de Artículo 2. Comisión Liquidadora. las extintas Cámaras Agrarias de Andalucía. La Comisión Liquidadora, adscrita a la Consejería de Agri- cultura y Pesca, será el órgano de asesoramiento y propuesta PREÁMBULO de la Junta de Andalucía para la fijación del destino del patri- monio de las extintas Cámaras Agrarias y la liquidación de sus El Decreto-Ley 5/2010, de 27 de julio, por el que se bienes, derechos y obligaciones. aprueban medidas urgentes en materia de reordenación del sector público, recoge, dentro de su Capítulo II «medidas Artículo 3. Composición. sectoriales de organización», una sección dedicada a las me- 1. La Comisión Liquidadora, que se constituirá en el plazo didas de organización del sector agrario y pesquero, entre de un mes contado a partir de la fecha de entrada en vigor de las que se encuentra la extinción de las Cámaras Agrarias esta Orden, estará formada por los siguientes miembros: de cualquier ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía. - La persona titular de la Viceconsejería de Agricultura y En esta regulación se recoge que la total liquidación y Pesca, que ejercerá la Presidencia. adscripción del patrimonio de las Cámaras Agrarias y la ex- - La persona titular de la Secretaría General del Medio tinción de las relaciones jurídicas vigentes se llevará a efecto Rural y la Producción Ecológica de la Consejería de Agricultura por una comisión liquidadora cuyas funciones, composición y y Pesca. régimen de funcionamiento se determinarán mediante Orden, - La persona titular de la Secretaría General Técnica de la de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición final primera Consejería de Agricultura y Pesca. del Decreto-Ley 5/2010, debiendo quedar constituida, a fin de - La persona titular de la Delegación Provincial de la Conseje- iniciar los trabajos, en el plazo máximo de un mes desde la ría de Agricultura y Pesca que corresponda en función del ámbito entrada en vigor de esta Orden, y debiendo culminar las ope- territorial de las Cámaras Agrarias cuyo patrimonio se liquide. raciones de liquidación en el plazo de un año a partir de la - La persona que ejerza el cargo de Consejero Delegado constitución de la misma. de la Empresa Pública Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A. Asimismo, en consonancia con lo dispuesto en la Disposi- - La persona titular de la Coordinación de la Viceconseje- ción adicional única de la Ley 18/2005, de 30 de septiembre, ría de Agricultura y Pesca, que además ejercerá las funciones por la que se deroga la Ley 23/1986, de 24 de diciembre, de secretaría de la Comisión. por la que se establecen las bases del régimen jurídico de - Una persona en representación de cada una de las Or- las Cámaras Agrarias, se establece que este patrimonio de- ganizaciones Profesionales Agrarias más representativas en el berá destinarse a fines y servicios de interés general agrario, ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía. incorporando una preferencia a favor de las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas en el ámbito terri- Para cada miembro se nombrará una persona suplente torial de Andalucía en relación con el destino de las Cámaras que será designada por el órgano, entidad u organización a la Agrarias Provinciales. que represente. Por último se establece la asunción de forma provisional por parte de la Consejería competente en materia de agricul- Artículo 4. Régimen de funcionamiento. tura, de los derechos y obligaciones de las entidades extingui- 1. La Comisión Liquidadora realizará las propuestas de das, con cargo a su haber, mientras se llevan a cabo todas las operaciones necesarias para la total liquidación y adscripción los actos de administración que sean necesarios para cumplir de su patrimonio. las funciones atribuidas en esta Orden y demás disposiciones Por otra parte esta Comunidad Autónoma tiene asumidas aplicables. Dichas propuestas serán elevadas con el voto favo- las competencias en la materia, en virtud del artículo 48 del rable de la mayoría de sus miembros, para su posterior apro- Estatuto de Autonomía. Dichas competencias han sido asigna- bación si procede, por la persona titular de la Consejería de das a esta Consejería en virtud del Decreto 172/2009, de 19 Agricultura y Pesca. de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la 2. La organización y funcionamiento de esta Comisión, en Consejería de Agricultura y Pesca, en relación con el Decreto lo no previsto en esta Orden, se regulará por las normas pre- del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructura- vistas para los órganos colegiados en la Ley 30/1992, de 26 ción de Consejerías. de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley Por todo ello, en cumplimiento de lo dispuesto en el artícu- 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de lo 15 del Decreto-Ley 5/2010, en ejercicio de las facultades Andalucía.
  • 19. ACUERDO ENTRE LA CONSEJER~A DE HACIENDA Y ADMINISTRACI~N PÚBLICA Y LAS ORGANIZACIONES SINDICALES UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES DE ANDALUC~A Y COMISIONES OBRERAS DE ANDALUC~A. En Sevilla a 29 de octubre de 2010. REUNIDOS De una parte, la Excma. Sra. Dña. Carmen Martínez Aguayo, Consejera de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucia, en la representación legal que la misma tiene atribuida. Y de otra, el Sr. D. Manuel Pastrana Casado, Secretario General de la Unión General de Trabajadores de Andalucía y el Sr. D. Francisco Carbonero Cantador, Secretario en eral de comisiones Obreras de Andalucia, en la representación legal que de las mismas tienen atribuida. EXPONEN Primero. Resaltar la necesidad de reestructurar el sector público de forma que pudieran obtenerse una mayor gobernanza, eficacia y eficiencia orientados a la mejora de los servicios públicos. Segundo. El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucia, considerando las actuales circunstancias económicas, ha adoptado determinadas medidas para hacer viable el compromiso adquirido. Entre ellas, figuran las que afectan a la reordenación del sector público andaluz. Tercero. Asimismo, es voluntad del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía llevar a cabo todas las actuaciones desde la trasparencia, el consenso y el diálogo con las organizaciones sindicales más representativas de Andalucía y, en todo caso, garantizar y respetar los derechos de los empleados públicos y las empleadas públicas. Cuarto. El presente documento es suscrito por las partes en el marco del diálogo social permanente, haciendo patente su compromiso en la mejora de la prestación de los servicios públicos. n Yn En virtud de lo anterior,
  • 20.
  • 21.
  • 22.
  • 23. Sevilla, 27 de diciembre 2010 BOJA núm. 251 Página núm. 5 1. Disposiciones generales CONSEJERÍA DE HACIENDA ACUERDO ENTRE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMI- Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NISTRACIÓN PÚBLICA Y LAS ORGANIZACIONES SINDICA- LES UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES DE ANDALUCÍA Y COMISIONES OBRERAS DE ANDALUCÍA ACUERDO de 7 de diciembre de 2010, del Con- sejo de Gobierno, por el que se aprueban los Acuer- En Sevilla, a 29 de octubre de 2010. dos adoptados por la Mesa General de Negociación del Empleado Público de la Administración de la Junta de REUNIDOS Andalucía en su reunión de 18 de noviembre de 2010, en materia de Reordenación del Sector Público. De una parte, la Excma. Sra. doña Carmen Martínez Aguayo, Consejera de Hacienda y Administración Pública de En la Mesa General de Negociación del Empleado Público Ia Junta de Andalucía, en Ia representación legal que Ia misma de la Administración de la Junta de Andalucía se han alcan- tiene atribuida. zado el día 18 de noviembre de 2010 dos Acuerdos en materia Y de otra, el Sr. don Manuel Pastrana Casado, Secretario de reordenación del sector público andaluz. General de la Unión General de Trabajadores de Andalucía y el De conformidad con el artículo 38.3 de la Ley 7/2007, Sr. don Francisco Carbonero Cantador, Secretario General de de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y Comisiones Obreras de Andalucía, en la representación legal el artículo 4.2.b) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de que de las mismas tienen atribuida. Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, corresponde al Consejo de Gobierno dar validez y eficacia a EXPONEN los acuerdos alcanzados en la negociación con la representa- ción sindical del personal funcionario mediante su aprobación Primero. Resaltar Ia necesidad de reestructurar el sector expresa y formal. público de forma que pudieran obtenerse una mayor gober- En consecuencia, a propuesta de la Consejera de Ha- nanza, eficacia y eficiencia orientados a Ia mejora de los servi- cienda y Administración Pública, el Consejo de Gobierno, en cios públicos. su reunión del día 7 de diciembre de 2010, Segundo. El Consejo de Gobierno de Ia Junta de Andalu- ACUERDA cía, considerando las actuales circunstancias económicas, ha adoptado determinadas medidas para hacer viable el compro- Aprobar los Acuerdos de la Mesa General de Negociación miso adquirido. Entre ellas, figuran las que afectan a Ia reorde- del Empleado Público de la Administración de la Junta de An- nación del sector público andaluz. dalucía de 18 de noviembre de 2010, en materia de reordena- ción del sector público, cuyos textos se insertan como Anexo. Tercero. Asimismo, es voluntad del Consejo de Gobierno Sevilla, 7 de diciembre de 2010 de Ia Junta de Andalucía llevar a cabo todas las actuaciones desde Ia trasparencia, el consenso y el diálogo con las orga- JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ nizaciones sindicales más representativas de Andalucía y, en Presidente de la Junta de Andalucía todo caso, garantizar y respetar los derechos de los emplea- dos públicos y las empleadas públicas. CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO Consejera de Hacienda y Administración Pública Cuarto. El presente documento es suscrito por las partes ANEXO en el marco de la Mesa General de Negociación del Empleado Público de la Administración de la Junta de Andalucía, en los CERTIFICACIÓN QUE EMITE LA SECRETARÍA DE LA MESA términos del artículo 36.3 del Estatuto Básico del Empleado GENERAL DE NEGOCIACIÓN DEL EMPLEADO PÚBLICO DE Público, haciendo patente su compromiso en la mejora de la LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA prestación de los servicios públicos. Antonio Parralo Vegazo, en su condición de Secretario de la En virtud de lo anterior, Mesa General de Negociación del Empleado Público de la Administración de la Junta de Andalucía, ACUERDAN CERTIFICA I. CARÁCTER GENERAL. Primero. Que en la reunión de la Mesa General de Nego- Primero. Tienen Ia consideración de personal al servicio ciación del Empleado Público de la Administración de la Junta de Ia Junta de Andalucía y, por tanto, de empleados públicos y de Andalucía celebrada el 18 de noviembre de 2010, se ha empleadas públicas, quienes prestan sus servicios en las enti- adoptado el siguiente acuerdo, que literalmente se transcribe: dades incluidas en el Título II y el Capítulo II del Título Ill de Ia Aprobar el Acuerdo de 29 de octubre de 2010, suscrito en Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de Ia Junta el marco del diálogo social permanente, entre la Consejería de de Andalucía, es decir, de su Administración General y de sus Hacienda y Administración Pública y las Organizaciones Sindica- Agencias, sin perjuicio del régimen jurídico que corresponda, les Unión General de Trabajadores de Andalucía y Comisiones al que les será de aplicación el contenido de este acuerdo. Obreras de Andalucía, en materia de reordenación del sector Al citado personal le es de aplicación Ia Ley 7/2007, de público andaluz, que se inserta a continuación, adoptándolo 12 de abril, por Ia que se aprueba el Estatuto Básico del Em- como propio de la Mesa General de Negociación del Empleado pleado Público y el Estatuto de los Trabajadores, así como su Público de la Administración de la Junta de Andalucía. normativa de desarrollo.
  • 24. Página núm. 6 BOJA núm. 251 Sevilla, 27 de diciembre 2010 Segundo. El desarrollo reglamentario de las medidas Ill. PERSONAL FUNCIONARIO. contenidas en el Decreto-Ley 5/2010 o norma que viniera a sustituirlo, en particular los estatutos, el plan inicial de actua- Undécimo. El personal funcionario que se integre orgá- ción y el protocolo de integración del personal en las agencias nicamente en una agencia de régimen especial o se adscriba públicas, serán objeto de negociación con las organizaciones funcionalmente a una agencia pública empresarial de las sindicales firmantes de este Acuerdo, dando traslado posterior previstas en el artículo 68.1b de Ia Ley 9/2007, de Ia Admi- a las mesas correspondientes en el ámbito de Ia Junta de An- nistración de Ia Junta de Andalucía, mantendrá con carácter dalucía, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Básico indefinido su condición de personal funcionario, de acuerdo del Empleado Público, a los efectos oportunos. con lo establecido en Ia normativa vigente de función pública. A este personal le será de aplicación, con carácter general, el Tercero. Cualquier medida de reordenación y adaptación Acuerdo de Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario que plantee el Gobierno de Ia Junta de Andalucía en un futuro de Ia Junta de Andalucía. así como las modificaciones de Ia Administración instrumental que sean necesarias Ilevar a cabo, serán objeto de negocia- Duodécimo. La integración del personal funcionario en ción por las partes firmantes del presente Acuerdo. una agencia pública empresarial será voluntaria. Dicha inte- gración se Ilevará a cabo como personal laboral, quedando Cuarto. Se procederá a suprimir el último párrafo del artícu- en su Cuerpo de pertenencia en Ia situación administrativa lo 69.3 de Ia Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Ia Adminis- de servicios en entidades del sector público andaluz. En caso tración de Ia Junta de Andalucía, redactado según artículo 1, contrario permanecerá en servicio activo. El tipo de contrato y apartado nueve, del Decreto-Ley 5/2010. las condiciones de este personal se negociarán con las organi- zaciones sindicales más representativas. Quinto. El personal funcionario y laboral que presta sus servicios en Ia Agencia Andaluza del Agua, una vez extinguida Decimotercero. Al personal funcionario que se integre ésta como consecuencia de la entrada en vigor del Decreto-Ley como personal laboral en una agencia pública empresarial 5/2010, se integrarán en la estructura de la Consejería de Medio se le considerará como mérito el trabajo desarrollado en Ia Ambiente. Para ello, previamente, se negociarán con los firman- misma cuando participe en convocatorias de concursos de tes de este acuerdo los criterios de integración en la Consejería méritos para Ia provisión de puestos de trabajo en la Adminis- de Medio Ambiente. Una vez culminada la negociación, la Conse- tración General de Ia Junta de Andalucía. jería de Medio Ambiente procederá a la modificación de la Rela- ción de Puestos de Trabajo para adaptarla a la nueva situación. Decimocuarto. Al personal funcionario que se integre Así mismo el personal funcionario y laboral de Ia Administra- como personal laboral en una agencia pública empresarial se ción General de Ia Junta de Andalucía se integrará, en todo caso, le reconocerá por Ia agencia de destino el tiempo de servicios con carácter voluntario en las Agencias Públicas Empresariales, en prestados en la Administración a efectos de Ia retribución que le corresponda por antigüedad. Asimismo, cuando reingrese el ámbito de aplicación del Decreto-Ley 5/2010, de 27 de julio. al servicio activo, el tiempo de permanencia en Ia agencia se Sexto. Los trabajadores y trabajadoras procedentes de le computará a efectos de reconocimiento de trienios y, en su empresas, fundaciones y otros organismos que se incorporen caso, se le considerará en su carrera profesional. a las Agencias recogidas en el Decreto-Ley 5/2010, de 27 de IV. APLICAClÓN DE LOS ACUERDOS. julio, o aquellas que en el futuro se pudieran crear o modificar, serán subrogados en todos sus derechos en aplicación del ar- Decimoquinto. Los acuerdos recogidos en el presente do- tículo 44 del Estatuto de los Trabajadores. cumento serán trasladados, con Ia inmediatez que permitan los plazos procedimentales, a las normas que legal, reglamen- II. PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL taria o convencionalmente corresponda. DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA. Decimosexto. El seguimiento de los acuerdos contenidos Séptimo. La integración del personal laboral de Ia Admi- en este documento, se Ilevará a cabo en el marco de concer- nistración General de Ia Junta de Andalucía en una agencia tación y diálogo social permanente. pública empresarial será voluntaria. Este personal mantendrá su condición de personal laboral de Ia Administración General Carmen Martínez Aguayo, Consejera de Hacienda y Administra- de Ia Junta de Andalucía. ción Pública; Manuel Pastrana Casado, Secretario General de Ia Unión General de Trabajadores de Andalucía; Francisco Carbo- Octavo. El personal al que se refiere el apartado anterior nero Cantador, Secretario General de la Federación de Servicios le será de aplicación el Convenio Colectivo del Personal Labo- a la Ciudadanía de Comisiones Obreras de Andalucía. ral de Ia Administración de Ia Junta de Andalucía hasta que Segundo. Que en la reunión de la Mesa General de Nego- exista un nuevo convenio colectivo. ciación del Empleado Público de la Administración de la Junta de Andalucía celebrada el 18 de noviembre de 2010, se adoptó, Noveno. El personal procedente de entidades instrumenta- asimismo, el siguiente acuerdo, que literalmente se transcribe: les que se extingan o se transformen en aplicación de las medi- das de reordenación del sector público, tendrá la consideración ACUERDO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DEL de personal laboral de la agencia pública empresarial o de régi- EMPLEADO PÚBLICO men especial. Para adquirir, en su caso, la condición de personal funcionario o laboral de Ia Administración General, participará en MODIFICACIÓN DEL DECRETO-LEY 5/2010, DE 27 DE JU- las convocatorias de pruebas selectivas de acceso libre. LIO, POR EL QUE SE APRUEBAN MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE REORDENACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO Décimo. Las partes firmantes con el asesoramiento del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales establecerán cómo 1. El artículo 69.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de se estructura Ia negociación colectiva del Sector Público Anda- la Administración de la Junta de Andalucía, queda redactado luz, así como los contenidos y el desarrollo de Ia misma. La re- de la forma siguiente: ferencia inicial será el vigente Convenio Colectivo del Personal 3. En el caso de que se trate de funciones que impliquen Laboral de Ia Administración de Ia Junta de Andalucía. la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potes-
  • 25. Sevilla, 27 de diciembre 2010 BOJA núm. 251 Página núm. 7 tades públicas o en la salvaguarda de los intereses generales régimen especial. El acceso, en su caso, de este personal a la que deban corresponder exclusivamente a personal funciona- condición de personal funcionario o laboral de la Administra- rio de acuerdo con la legislación aplicable en materia de fun- ción General de la Junta de Andalucía, solo podrá efectuarse ción pública, podrá llevarlas a cabo, bajo la dirección funcional mediante la participación en las correspondientes pruebas se- de la agencia pública empresarial, el personal funcionario per- lectivas de acceso libre convocadas en ejecución de las ofer- teneciente a la Consejería o la agencia administrativa a la que tas de empleo público. esté adscrita. A tal fin, podrán configurarse en la relación de c) La integración del personal laboral de la Administra- puestos de trabajo correspondiente las unidades administra- ción General de la Junta de Andalucía en una agencia pública tivas precisas, que dependerán funcionalmente de la agencia empresarial será voluntaria. Este personal mantendrá su con- pública empresarial. dición de personal laboral de dicha Administración, siéndole La dependencia de este personal supondrá su integración de aplicación el Convenio Colectivo del Personal Laboral de funcional en la estructura de la agencia, con sujeción a las ins- la Administración de la Junta de Andalucía hasta que exista trucciones y órdenes de servicio de los órganos directivos de la un nuevo convenio colectivo. En dicho momento pasará a la misma, quienes ejercerán las potestades que a tal efecto esta- situación del tipo de excedencia que determine el convenio co- blece la normativa general. El Decreto por el que se aprueben lectivo de procedencia. los estatutos de la agencia contendrá las prescripciones nece- d) El personal laboral de las agencias de régimen especial sarias para concretar el régimen de dependencia funcional, la procedente de la Administración General de la Junta de An- jornada y horario de trabajo y las retribuciones en concepto de dalucía mantendrá su condición de personal laboral de dicha evaluación por desempeño, asimismo, contendrá las relativas Administración, siéndole de aplicación el Convenio Colectivo al sistema de recursos administrativos correspondientes a las del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Anda- potestades atribuidas a la agencia. lucía hasta que exista un nuevo convenio colectivo. En dicho momento pasará a la situación del tipo de excedencia que de- 2. La Disposición adicional cuarta del Decreto-Ley 5/2010, termine el convenio colectivo de procedencia. de 27 de julio, por el que se aprueban medidas urgentes en e) Los convenios colectivos, así como los acuerdos de- materia de reordenación del sector público, queda redactada rivados de la interpretación de los mismos, aplicables a las de la siguiente forma: entidades extinguidas o transformadas y a la Administración General de la Junta de Andalucía seguirán rigiendo los dere- Disposición adicional cuarta. Régimen de integración del chos y obligaciones del personal laboral procedente de dichas personal. entidades o de la citada Administración, en tanto se apruebe 1. En los casos en que, como consecuencia de la rees- un nuevo convenio aplicable al mismo. tructuración del sector público andaluz establecida en el pre- f) La masa salarial del personal laboral al servicio de la sente Decreto-Ley, se produzca la supresión de centros directi- nueva entidad no podrá superar, como consecuencia de la vos de Consejerías o la extinción de entidades instrumentales reordenación regulada por este Decreto-Ley, la del personal de públicas o privadas en las que sea mayoritaria la representa- las entidades que se extingan o se transformen. ción y la participación directa o indirecta de la Administración g) El referido protocolo de integración se aprobará previa de la Junta de Andalucía y sus agencias, la integración del consulta y negociación con los órganos de representación del personal en las agencias públicas empresariales o de régimen personal y se someterá a informe de los órganos correspon- especial que asuman el objeto y fines de aquéllas se realizará dientes de la Consejería competente en materia de Hacienda. de acuerdo con un protocolo que se adoptará por la Conseje- ría competente en materia de Administración Pública, y que 2. Una vez extinguida la Agencia Andaluza del Agua, aplicará las siguientes reglas: el personal funcionario y laboral que presta servicios en la a) Al personal funcionario que se integre orgánicamente misma se integrará en la estructura de la Consejería de Medio en una agencia de régimen especial o se adscriba funcional- Ambiente. mente en una agencia pública empresarial, le será de aplica- Lo que se certifica de conformidad con lo dispuesto en el ción el Acuerdo de Condiciones de Trabajo del Personal Fun- artículo 25.3.e) de la Ley de Régimen Jurídico de las Adminis- cionario de la Junta de Andalucía. traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, La integración del personal funcionario en una agencia aprobada por Ley 30/1992, de 26 de noviembre. pública empresarial será voluntaria. El personal funcionario que se integre como laboral quedará en sus Cuerpos en la si- tuación administrativa de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público andaluz. En caso contrario CONSEJERÍA DE EMPLEO permanecerá en servicio activo. Al personal funcionario que se integre en una agencia RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2010, de la pública empresarial como personal laboral se le considerará Dirección General de Trabajo, por la que se determinan como mérito el trabajo desarrollado en la misma cuando par- las Fiestas Locales en el ámbito de Andalucía para el ticipe en convocatorias de concursos de méritos para la provi- año 2011. sión de puestos de trabajo. A dicho personal se le reconocerá por la agencia de des- El artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto tino el tiempo de servicios prestados en la Administración a de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo efectos de la retribución que le corresponda por antigüedad. 1/1995, de 24 de marzo, dispone que las fiestas laborales, Asimismo, cuando reingrese al servicio activo, el tiempo que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán de permanencia en la agencia se le computará a efectos de exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales. reconocimiento de trienios y, en su caso, se le considerará en Conforme con lo establecido en el artículo 46 del su carrera profesional. Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, modificado por b) El personal laboral procedente de las entidades instru- el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, el Pleno de mentales suprimidas se integrará en la nueva entidad resul- los Ayuntamientos andaluces han comunicado los días festi- tante de acuerdo con las normas reguladoras de la sucesión vos en cada Municipio para su inclusión en el calendario de de empresas, en las condiciones que establezca el citado pro- fiestas laborales. tocolo de integración, y tendrá la consideración de personal Por Decreto 308/2010, de 15 de junio, se determina el laboral de la agencia pública empresarial o de la agencia de Calendario de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma
  • 26. Página núm. 6 BOJA núm. 36 Sevilla, 21 de febrero 2011 1. Disposiciones generales PRESIDENCIA convenio colectivo. De igual forma, se indica que se mantiene la condición de personal funcionario o laboral, con indepen- dencia de su integración en alguna de las nuevas agencias. LEY 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del En el marco del Consejo Andaluz de Relaciones Labora- sector público de Andalucía. les, se constituirá una comisión formada por los representan- tes de la Administración de la Junta de Andalucía y por los EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA A TODOS LOS representantes de las organizaciones sindicales más represen- QUE LA PRESENTE VIEREN, SABED: tativas de acuerdo con lo establecido en los artículos sexto y séptimo de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en Libertad Sindical, con el objetivo de acordar la estructura de nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Consti- la negociación colectiva del sector público andaluz, así como tución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publi- los contenidos y el desarrollo de la misma. La referencia inicial cación de la siguiente será el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía. “LEY DE REORDENACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO DE ANDALUCÍA También, queda reforzada la garantía de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad para el acceso a EXPOSICIÓN DE MOTIVOS la condición de personal funcionario o laboral de la Adminis- tración General de la Junta de Andalucía. De este modo, se La Junta de Andalucía, con la finalidad de acomodar el sector público andaluz a las nuevas circunstancias económi- establece expresamente que no existirá ningún procedimiento cas y financieras, ha llevado a cabo una serie de medidas que de acceso a dicha condición distinto al establecido para la ciu- tenían como objetivo básico mejorar la gestión, la calidad en la dadanía en general, para el personal laboral que se integra en prestación de los distintos servicios públicos y el desarrollo de las nuevas agencias, procedente de entidades instrumentales las funciones que les son propias a las Consejerías, teniendo que se extinguen o se transforman. en consideración los medios personales y materiales disponi- Como consecuencia de lo indicado, se modificó la dispo- bles y desarrollando el máximo posible de las potestades ad- sición adicional cuarta del Decreto-Ley 5/2010, de 27 de julio, ministrativas con sus propios recursos. en los términos expresados. Igualmente, se dio nueva redac- En el marco de las competencias que el Estatuto de Au- ción al apartado 3 del artículo 69 de la Ley 9/2007, de 22 de tonomía para Andalucía otorga a la Junta de Andalucía, el de- octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en lo sarrollo de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico que se refiere al personal funcionario y laboral que se integre del Empleado Público, regulará los derechos y obligaciones en las agencias públicas empresariales. del personal empleado público. A tal fin, se llevará a cabo la Todo ello se articuló mediante la aprobación del Decreto- negociación con los representantes del personal funcionario y Ley 6/2010, de 23 de noviembre, de medidas complemen- laboral en los términos previstos en el citado Estatuto. tarias del Decreto-Ley 5/2010, de 27 de julio, por el que se Dentro de aquellas medidas se encontraba el Decreto-Ley aprueban medidas urgentes en materia de reordenación del 5/2010, de 27 de julio, por el que se aprueban medidas ur- sector público, cuya senda sigue la presente Ley, y que optó gentes en materia de reordenación del sector público. Dada por la reproducción del Decreto-Ley 5/2010, de 27 de julio, la especial repercusión de sus medidas, el Gobierno andaluz integrando en el mismo las modificaciones realizadas en vir- consideró que la configuración del citado Decreto-Ley podía tud de los acuerdos, antes mencionados, en la Mesa General ser adecuadamente complementada en una serie de aspec- de Negociación del Empleado Público de la Administración de tos, de forma que su aplicación fuera expresiva de un elevado la Junta de Andalucía. Con ello se pretendía lograr una mejor grado de consenso, y en ejercicio de las competencias que comprensión de las medidas adoptadas, así como facilitar su el artículo 47.1.1.ª del Estatuto de Autonomía para Andalucía aplicación, dando preponderancia a su carácter didáctico so- atribuye a la Comunidad Autónoma sobre la estructura y regu- bre la mayor extensión del mismo. lación de los órganos administrativos públicos y de sus entida- Por otra parte, y con el fin de obtener una mejor presta- des instrumentales, por una parte, así como del artículo 26.2 ción de los servicios públicos a los ciudadanos, en el desarro- del mismo, que garantiza a los sindicatos más representativos llo reglamentario de la presente Ley se establecerá la forma la participación institucional en la Junta de Andalucía para el de participación pública de organizaciones representativas de desempeño de sus funciones propias. la ciudadanía para contar con sus sugerencias y aportaciones En cumplimiento de ambos mandatos estatutarios y en sobre aquellos aspectos que estén relacionados con la presta- virtud del diálogo social permanente, el día 18 de noviembre ción de los mismos. de 2010 se alcanzaron una serie de acuerdos en la Mesa Ge- neral de Negociación del Empleado Público de la Administra- CAPÍTULO I ción de la Junta de Andalucía, que modificaron determinados aspectos del Decreto-Ley 5/2010, de 27 de julio, a fin de con- Normas generales de organización cretar los procedimientos de integración del personal funcio- nario y laboral que pudiera verse afectado por la aplicación de Artículo 1. Principios generales y Ley 9/2007, de 22 de las medidas contempladas en la citada norma. octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Las cuestiones más importantes de dichos acuerdos es- 1. Los ejes de la reordenación o reestructuración, presente tán relacionadas con las garantías de salvaguarda de los dere- o futura, del Sector Público de Andalucía serán la atención a chos de los empleados públicos, reforzando la voluntariedad la ciudadanía, el interés general y la calidad de los servicios del proceso de integración. Asimismo, queda garantizada la públicos. En base a ello, los principios de simplificación y ra- aplicación del Acuerdo de Condiciones de Trabajo del Perso- cionalización de la estructura organizativa estarán supeditados nal Funcionario y la aplicación del Convenio Colectivo de la a los mismos, y a la consecución del objetivo de garantizar los Administración de la Junta de Andalucía al personal laboral de derechos e intereses de los ciudadanos, actuando en beneficio dicha Administración hasta que, en su caso, exista un nuevo de estos y del interés general.