Este documento clasifica las huelgas de varias maneras: 1) Por el sistema legal, pueden ser reguladas o prohibidas; 2) En razón del cumplimiento de procedimientos, pueden ser legales o ilegales; 3) Por su extensión, pueden ser generales u parciales. También las clasifica por 4) el contenido de las reivindicaciones, como defensivas, ofensivas, económicas, sociales, políticas o revolucionarias; 5) por la actitud de los trabajadores, como pacíficas o violentas; 6) por su efect