Este documento presenta el Reglamento del Régimen Académico Estudiantil de la Universidad Centroamericana. Establece normas para el ingreso, matrícula, retiro de matrícula y otras actividades académicas de los estudiantes. Describe los procesos de nuevo ingreso, reingreso, continuación de estudios, segundas carreras, traslados internos y externos e ingreso especial. Además, especifica los requisitos para la admisión, ingreso y matrícula de los estudiantes.
1. UNIVERSIDAD CENTROAMERICANA UCA
FACULTAD DE CIENCIA TECNOLOGIA Y AMBIENTE
CARRERA DE INGENIERÍA EN SISTEMAS Y TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN
TOMADO DE DIGESTO ACADEMICO UCA AGOSTO 2012
Managua, Nicaragua
2013
3. 303 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Reglamento del Régimen
Académico Estudiantil del
Pregrado
Universidad Centroamericana
Vicerrectoría Académica
Nicaragua, 2011
4. 304 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Presentación
El Reglamento del Régimen Académico Estudiantil es un documento oficial de la Universidad
Centroamericana. Su contenido incluye un conjunto de disposiciones y normas que orientan y
regulan las formas de proceder de los/as estudiantes, como principales actores de los procesos
educativos.
El presente Reglamento se complementa con el Reglamento de Becas, Normativa para
Organización, Realización y Evaluación de Trabajo de Culminación de Estudios en Pregrado,
Normativa de Intercambio Académico, Reglamento de Biblioteca, Normativa de Cursos
Virtuales y otros relacionados.
CAPÍTULO I
DE LOS OBJETIVOS
Arto. 1 El Reglamento del Régimen Académico Estudiantil de la Universidad Centroamericana
(UCA), tienen los objetivos siguientes:
a- Contribuir al trabajo consciente y disciplinado, así como la formación de valores y
actitudes, acordes con los fines, principios y modos de proceder propios de las
instituciones confiadas a la Compañía de Jesús.
b- Establecer normas y disposiciones que orienten y regulen las principales actividades de
orden académico y científico que corresponden a la vida estudiantil.
CAPÍTULO II
DE LAS FORMAS DE INGRESO DE LOS /AS ESTUDIANTES
Arto. 2 El ingreso es el proceso mediante el cual una persona se incorpora como estudiante a
una carrera de la Universidad Centroamericana, una vez ha cumplido con los acuerdos,
normativas y condiciones institucionales exigidas. Las formas de ingresar a ella son: Nuevo
ingreso, Continuación de estudios, Segundas Carreras o Ingreso Especial y Traslado Externo.
Arto. 3 Toda persona que desee efectuar estudios superiores en esta institución debe realizar los
siguientes trámites:
a- Si es estudiante de nuevo ingreso, es decir que accede por primera vez a la Universidad,
realizará los trámites correspondientes en la Oficina de Registro y Control Académico
b- Si es estudiante de Continuación de Estudios, es decir, que descontinuó o suspendió
temporalmente su carrera, por más de 2 cuatrimestres en la UCA, y desea reingresar,
realizará su trámite en la Secretaría Académica de la Facultad respectiva. El/la estudiante
sólo podrá realizar tres veces el trámite para continuación de estudios durante su vida
estudiantil en esta Universidad, siempre y cuando la carrera esté vigente.
5. 305 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
c- Si el/la estudiante proviene de otra institución de Educación Superior y desea continuar
estudios en esta Universidad, hará sus trámites en la Secretaria Académica de la
respectiva Facultad, donde analizarán las posibles convalidaciones.
d- Si un estudiante desea cursar una segunda carrera, habiendo finalizado una primera
carera, realizará sus trámites en la Secretaria Académica de la respectiva Facultad, donde
analizarán las posibles convalidaciones.
e- Los/as estudiantes que deseen cursar dos carreras simultáneamente, realizarán el trámite
respectivo en la Oficina de Registro y Control Académico.
f- El ingreso especial lo efectúan estudiantes de otras universidades (nacional o extranjera)
que desean cursar asignaturas en esta Universidad, por un periodo determinado (no más
de un año y sin llegar a graduarse en ella), o personas que deseen llevar como “Curso
Libre” algunas asignaturas de las carreras u otro tipo de curso que responda a las
necesidades y demandas de la práctica social o profesional y realizará su trámite de
solicitud en Registro Académico.
CAPÍTULO III
DE LA ADMISIÓN, INGRESO Y MATRÍCULA
Arto. 4 El ingreso comprende el siguiente procedimiento:
A. Nuevo ingreso:
1. Prematrícula: Proceso inicial en que los/as interesados/as en incorporarse a las carreras
que ofrece esta Universidad, realizan su solicitud de ingreso, según las políticas, normas
y fechas establecidas. El proceso de Prematrícula concluye con la entrega de su
respectivo comprobante.
2. Prueba de admisión: La prueba de admisión deben realizarla todos(as) los estudiantes
que se han pre matriculado.
3. Matrícula: La persona que ha aprobado la prueba de admisión, para tener el derecho de
participar en la vida académica como estudiante de una carrera, debe realizar los trámites
de matrícula. El proceso de matricula concluye con la entrega al estudiante, del
respectivo comprobante, emitido por la Dirección de Registro y Control Académico.
Los procesos de admisión de nuevo ingreso se realizan cuatrimestralmente, en los periodos
establecidos en el Calendario Académico.
6. 306 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
B. Reingreso:
El reingreso comprende el siguiente procedimiento:
Preinscripción de Asignaturas: proceso que realizan los(as) estudiantes en el sistema de
servicio en línea, con la finalidad de registrar las asignaturas que pueden cursar en cada uno
de los cuatrimestres del año siguiente.
Matrícula: se realiza según los periodos establecidos en el calendario académico
(cuatrimestral o semestralmente). El proceso de matricula concluye con la entrega al
estudiante, del respectivo comprobante, emitido por la Oficina de Registro y Control
Académico.
C. Continuación de Estudios y Segunda Carrera:
Realizan continuación de estudios aquellos/as estudiantes no matriculados dos o más
cuatrimestres de forma consecutiva, que desean continuar en la universidad, siempre y
cuando su carrera esté activa.
La continuación de estudios y segunda carrera, comprende el siguiente procedimiento:
1. Solicitud por escrito en la Secretaria Académica de la respectiva facultad.
2. Dictamen de aceptación y/o convalidación.
3. Matrícula: se realiza cuatrimestral o semestralmente, en los periodos establecidos en el
calendario académico. El proceso de matricula concluye con la entrega al estudiante, del
respectivo comprobante emitido por la Oficina de Registro y Control Académico.
D. Ingreso Especial:
El ingreso especial comprende el siguiente procedimiento:
1. Solicitud por escrito a Secretaria General
2. Dictamen de aceptación
3. Matrícula: se realiza cuatrimestral o semestralmente, en los periodos establecidos en el
calendario académico. El proceso de matricula concluye con la entrega al estudiante, del
respectivo comprobante, emitido por la Oficina de Registro y Control Académico.
E. Traslados:
Traslado Interno:
El / la estudiante que haya iniciado una carrera en esta Universidad, podrá tramitar su traslado
a otra carrera, después de haber cursado un cuatrimestre, mediante solicitud escrita dirigida a
7. 307 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
la Facultad en la que desea realizar sus estudios. Este trámite se autorizará dos veces durante
su vida académica.
La aceptación de traslado a otra carrera, dependerá de la disponibilidad de cupo y resultados
de las pruebas de admisión respectivas (incluyendo las pruebas específicas que tienen algunas
carreras de la Universidad). Los/as estudiantes becados deben contar con la aprobación de la
Dirección de Desarrollo Estudiantil.
Traslado Externo:
Este trámite se realiza cuando el estudiante proviene de universidades nacionales o
universidades extranjeras. Para lo cual, el estudiante deberá:
1. Realizar solicitud por escrito en la Secretaria Académica de la Facultad respectiva.
2. Matrícula: se realiza cuatrimestral o semestralmente, en los periodos establecidos en el
calendario académico. El proceso de matricula concluye con la entrega al estudiante, del
respectivo comprobante, emitido por la Oficina de Registro y Control Académico.
La Universidad se reserva el derecho de aceptación a la carrera y de la convalidación de
asignaturas.
Arto.5 Los requisitos para realizar los trámites de admisión, ingreso y matrícula, son los
siguientes:
A. Admisión
A. Nuevo Ingreso
En Prematrícula, presentar:
Diploma de bachiller, original y fotocopia. Si el diploma estuviese en trámite, se
presentará constancia emitida por el respectivo centro de enseñanza.
Calificaciones de cuarto y quinto año de Educación Secundaria.
Cédula de identidad y partida de nacimiento, original y fotocopia.
Entregar 2 fotos tamaño carné.
Cancelar el valor de trámite.
Solicitud de beca, en caso de requerirla.
Realizar y aprobar prueba de admisión.
3. Traslado Interno y Continuación de Estudios:
Solicitud escrita a Secretaría Académica.
Presentar solvencia de Biblioteca y de Crédito y Recuperación.
Cancelar el valor del trámite.
8. 308 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Retirar comprobante de admisión en Secretaría Académica.
3. Traslados Externos y Segundas Carreras:
Título profesional, original y fotocopia, o certificación de que están en trámite. (segunda
Carrera)
Certificado de notas de las asignaturas cursadas anteriormente y de los programas de
estudios posibles a convalidar, sellados y firmados por la autoridad competente. Los/as
graduados/as de la UCA que deseen cursar una segunda carrera serán eximidos de esta
disposición.
Cédula de identidad y partida de nacimiento, original y fotocopia
2 fotos tamaño carné
Cancelar el valor del trámite.
4. Ingreso Especial
Solicitud de ingreso en Registro Académico.
Presentar documentos que le acrediten como estudiante de Educación Superior
En el caso de personas que deseen llevar como “Curso Libre” asignaturas de las
carreras que ofrece la UCA, deberá presentar su documento oficial de identificación y
copia del título de Bachiller o equivalente.
Cédula de identidad y partida de nacimiento.
2 fotos tamaño carné.
B. Matrícula
Nuevo Ingreso:
Presentar original y fotocopia de los documentos solicitados en prematrícula.
Comprobante de admisión a la carrera solicitada.
Carta de aceptación de beca, en caso de haberla solicitado.
Cancelar el valor de la matrícula y primera cuota arancelaria.
Cancelar el valor del carné estudiantil para su emisión.
Retirar comprobante de matrícula en la Oficina de Registro y Control Académico.
Reingreso:
Preinscribir las asignaturas a cursar.
Cancelar el valor de matrícula y primera cuota arancelaria.
Retirar comprobante de matrícula en la Oficina de Registro y Control Académico.
Continuación de Estudios y Segunda Carrera:
Presentar solvencia de Biblioteca y de Crédito y Recuperación.
9. 309 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Cancelar el valor de matrícula y primera cuota arancelaria.
Para segunda carrera presentar el título profesional.
Retirar comprobante de matrícula en la Oficina de Registro y Control Académico.
Traslados Interno y Externo:
Cancelar el valor de matrícula y primera cuota arancelaria.
Retirar comprobante de matrícula en la Oficina de Registro y Control Académico.
C. Ingreso Especial
a- Realizar trámite (determinación de asignaturas grupos y pagos) a través de la Oficina
de Registro Académico.
b- Cancelar el valor de matrícula y primera cuota arancelaria.
c- Retirar comprobante de matrícula en la Oficina de Registro y Control Académico.
Arto.6 Toda la documentación extendida en el extranjero, deberá presentarse debidamente
autenticada. En caso de estar redactada en otro idioma, acompañarla de su respectiva traducción,
realizada por el Centro Superior de Idiomas de la UCA o notariada.
Arto.7 El número de carné de cada estudiante será único y se emite en la Prematrícula. Este
número de identificación será requerido a todo/a alumno/a que solicite cualquier trámite o
servicio en la UCA.
Arto.8 En casos excepcionales, el estudiante podrá realizar matrícula extemporánea, previa
autorización de Secretaría General.
Arto.9 El/la estudiante, podrá eliminar o inscribir asignaturas de su carga académica
cuatrimestral, dentro de las primeras dos semanas, contados a partir del inicio de clases. En
todos los casos el/la estudiante deberá cancelar los aranceles correspondientes a dichos trámites.
CAPÍTULO IV
DEL RETIRO DE MATRÍCULA
Arto. 10 El retiro de matrícula es el proceso a través del cual, el estudiante oficializa la
suspensión de sus estudios.
Arto. 11 Todo/a estudiante matriculado/a en la Universidad Centroamericana, en forma escrita y
con las constancias de solvencias requeridas, podrá solicitar en la Secretaría Académica de su
Facultad, el Retiro de Matricula. Este trámite podrá efectuarlo dentro de los primeros (30) días
lectivos contados a partir de inicio de clases. El retiro de matrícula conlleva cancelar el costo del
trámite y el pago del 40% de los aranceles correspondientes, oficializando su gestión en la
Oficina de Registro y Control Académico.
10. 310 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Arto. 12 Vencido el plazo establecido en el artículo anterior, solo podrán realizar retiro
extemporáneo los estudiantes que habiendo presentado solicitud escrita, con justificación de sus
razones, hayan sido autorizada/as por la Secretaría General. El trámite de los casos especiales se
efectuará luego de transcurridos las primeros 4 semanas de clase. En esta circunstancia el/la
estudiante cancelará el costo del trámite y el 60% de los aranceles correspondientes.
Arto. 13 Las causas para autorizar retiro extemporáneo de matrícula son:
a. Maternidad.
b. Enfermedad prolongada.
c. Otras razones de fuerza mayor debidamente justificadas.
Arto.14 La matrícula se cancelará de oficio en los casos siguientes:
a. Expulsión temporal, a través de dictamen emitido por la Comisión
Disciplinaria de Facultad.
b. Expulsión definitiva, a través de dictamen emitido por la Comisión Superior
Disciplinaria.
c. Pérdida del derecho a la carrera.
Arto.15 El/la estudiante de la Universidad Centroamericana que desee reingresar a ésta,
habiendo sido sujeto de retiro o de cancelación de matrícula según el inciso “a” del artículo
anterior, deberá efectuar trámite de Continuación de estudios en su Facultad, si el período
excede dos cuatrimestres consecutivos.
Arto. 16 Todo/a estudiante que se retire de la Universidad sin ninguna autorización, queda
sujeto a:
a. Reprobación automática de las asignaturas inscritas.
b. Afectaciones por cambios en la actualización de los planes de estudio.
c. Afectación directa en el índice académico.
d. Pago total del cuatrimestre correspondiente o, en su caso, perdida de la beca.
e. Asumir los aranceles vigentes.
CAPÍTULO V
DE LAS CONVALIDACIONES
Arto. 17 Se denomina convalidación al reconocimiento académico que establece la Universidad
Centroamericana a estudios realizados, en esta misma institución o en otros Centros de
Educación Superior (nacionales o extranjeros) a partir de la equivalencia existente entre las
asignaturas cursadas y las propias del plan de estudios de la carrera que se desea cursar.
11. 311 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Arto. 18 La convalidación se establece cuando la asignatura es del mismo nivel de formación
académica o superior a la solicitada y el contenido programático de la asignatura por convalidar
coincide al menos en un 80% con el de la asignatura equivalente.
Arto. 19 La petición de convalidación se realiza por solicitud del/la estudiante ante Secretaría
Académica respectiva.
Arto.20 El otorgamiento de convalidaciones es competencia de la Facultad que ofrece la carrera,
a través de la Secretaría Académica, con el aval del/la directora/coordinador/a correspondiente.
Arto. 21 Los/as estudiantes de cualquier carrera de la Universidad Centroamericana, cuyo plan
de estudios estuviera en proceso de cierre o clausura, recibirán convalidaciones de oficio
conforme al nuevo plan, sin costo alguno.
Arto. 22 El otorgamiento de convalidaciones de asignaturas cursadas en otras universidades, no
excederá el 40% de los créditos pertenecientes al plan de estudio de la carrera solicitada.
Arto. 23 Las solicitudes de convalidación de asignaturas de estudiantes provenientes de otras
universidades nacionales, deberán estar acompañadas de los programas de las asignaturas por
convalidar. Para el caso de Universidades extranjeras la documentación en otro idioma deberá
presentarse debidamente autenticada y con respectiva traducción al español realizada por el
Centro Superior de Idiomas de la UCA, así como su traducción legal.
Arto. 24 Los/as solicitantes de una segunda carrera provenientes de la UCA recibirán de oficio
convalidaciones de las asignaturas equivalentes.
Arto. 25 La convalidación de asignatura otorgada a los/as estudiantes procedentes de centros de
estudios superiores diferentes a la UCA, se registrará en forma cualitativa (Aprobada por
equivalencia). En el caso de estudiantes de esta Universidad, será registrada en forma
cuantitativa, conforme a la calificación alcanzada.
Arto.26 Para hacer efectiva las convalidaciones de las asignaturas cursadas en otras
universidades, el /la estudiante debe cancelar el arancel correspondiente.
Arto.27 Luego de emitido el dictamen de convalidación, la Secretaría Académica entregará
comprobante al solicitante y a la Dirección de Registro y Control Académico.
CAPÍTULO VI
DE LOS REQUISITOS, CRÉDITOS Y CARGA ACADEMICA
Arto.28 El sistema de requisitos y créditos establecido en este reglamento se sujeta al modelo
educativo de la UCA y a la organización curricular de los planes de estudio de cada carrera.
12. 312 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Arto.29 Se denomina Requisito Académico a los requerimientos que se establecen en los planes
y programas de estudio con relación a las asignaturas que los/as estudiantes deben tener
aprobadas para inscribir y cursar otras nuevas.
Arto.30 Se denomina Crédito Académico a la unidad de medida utilizada para valorar una
asignatura, según el número de horas clases con acompañamiento del docente y las horas de
autoestudio que requiere dicha asignatura.
Arto.31 Se denomina Carga Académica al total de créditos que un/a estudiante inscribe en un
determinado período académico. El estudiante la define, en caso de requerirla, con la asesoría de
la Secretaría Académica.
Arto. 32 El Índice Académico es la expresión cuantitativa del nivel de rendimiento alcanzado
por el/la estudiante en determinado período de su vida académica. Es el resultado de multiplicar
la calificación cuantitativa obtenida en cada asignatura por su número de créditos y dividir el
total de estos productos, entre la suma de créditos cursados por el estudiante
Arto.33 El índice académico puede ser:
a. Histórico: Corresponde al índice alcanzado por el/la estudiante durante su vida
académica. Incluye todas las calificaciones obtenidas (aprobadas y reprobadas), así
como las veces que las ha cursado.
b. Global: Corresponde al índice académico alcanzado por el /la estudiante en las
asignaturas cursadas y aprobadas. Este índice se utiliza para valorar la calidad del
rendimiento académico del/la estudiante, verificar el cumplimiento de los requisitos
del plan de estudio con fines de graduación y reconocer sus méritos.
Arto. 34 El Índice Académico integra la sumatoria del número de créditos correspondiente a
las asignaturas cursadas en la Universidad y aprobadas con criterio cuantitativo. Las
asignaturas aprobadas por suficiencia, tutoría, intercambio académico y convalidaciones
internas formarán parte del Índice Académico.
Arto. 35 El/la estudiante, de acuerdo con el sistema de crédito, podrá inscribir asignaturas
de diferentes períodos consignados en el plan de estudios, siempre que haya cursado las
asignaturas que son requisito académico a las asignaturas seleccionadas y que se cuente con
los cupos disponibles en los grupos.
Arto. 36 El/la estudiante, al momento de definir su carga académica, deberá inscribir en
forma prioritaria las asignaturas pendiente de aprobación y consignadas en períodos iniciales
del plan de estudios.
Arto. 37 Aquellos/as estudiantes con asignaturas pendientes de planes de estudio en proceso
de clausura, deberán cursar las asignaturas de los planes vigentes a fin de completar los
13. 313 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
créditos establecidos. Para ello, Secretaría Académica, en consulta con el /la Director/a de
Departamento, podrá autorizar a los/as estudiantes la inscripción de dichas asignaturas.
Arto. 38 El Índice Académico global mínimo que requiere alcanzar el/la estudiante al
concluir su plan de estudios es del 70%. Si al finalizar la carrera el estudiante no alcanza el
Índice Académico requerido, deberá cursar, en un mismo período, al menos tres asignaturas
profesionalizantes y debe aprobarlas con la calificación mínima de 70 puntos.
CAPÍTULO VII
DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
Arto. 39 La asistencia y puntualidad a clase constituye una responsabilidad fundamental para
los/as estudiantes y docentes.
Arto. 40 Los /as docentes, al inicio de las clases, controlarán la asistencia y puntualidad de
acuerdo con las listas oficiales y registrarán las inasistencias que se produzcan. En el caso de
impuntualidad reiterada será notificado como una falta leve.
Arto. 41 El/la estudiante deberá asistir, en cada asignatura, como mínimo, al 80% del total de las
sesiones de clases impartidas en el período. El/la docente está obligado/a a informar
periódicamente a los/as estudiantes el porcentaje de inasistencia acumulado.
Arto. 42 Se exceptúan de la disposición anterior los casos siguientes:
a. Maternidad y lactancia.
b. Situaciones especiales, debidamente justificadas y avaladas por Secretaría
Académica.
Para ambos casos, la asistencia mínima obligatoria será del 60% del total de horas de clases
impartidas en el período.
Arto. 43 Todo estudiante que solicite justificación de inasistencia ante la Secretaría Académica,
tendrá un plazo no mayor de 48 horas hábiles de ocurrida la ausencia, para presentar los soportes
correspondientes.
Arto. 44 En caso de que el /la estudiante no cumpliere con el porcentaje de asistencia
establecido en el artículo anterior, el/la docente anotará en el Acta Oficial de notas
correspondiente el numeral-7 (sin derecho a calificación) y, por tanto, el/la estudiante no tendrá
la oportunidad de aplicar al examen especial y deberá cursar nuevamente la asignatura.
Arto 45 La asistencia del estudiante, en cursos virtuales será valorada de acuerdo a los criterios
definidos por la normativa de cursos virtuales.
14. 314 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
CAPITULO VIII
DEL SISTEMA DE EVALUACION DEL APRENDIZAJE
Arto. 46 Se denomina evaluación del aprendizaje a la actividad educativa intencional y
sistemática que aspira conocer y valorar los avances de los/as estudiantes con relación a sus
aprendizajes, así como, los resultados obtenidos durante una fase del proceso educativo, con el
fin de promover la autorregulación de los aprendizajes, ayudar a el /la estudiante a superar las
dificultades encontradas y orientar la toma de decisiones conjuntas (docentes y estudiantes).
La evaluación trasciende el concepto de calificación e implica la consideración de todos los
elementos que intervienen en la realización del proceso educativo.
Arto. 47 El sistema de evaluación cumple con una función pedagógica y con una función social.
Los tipos de evaluación son los siguientes:
a. La Evaluación Diagnóstica tiene por objeto identificar el nivel de
conocimientos, habilidades y aptitudes que poseen los/as estudiantes al inicio
del curso, de las unidades o de un tema. Esta evaluación no será objeto de
calificación.
b. La Evaluación Formativa tiene por objeto indicar a el/la estudiante las
dificultades o vacíos encontrados en su proceso de aprendizaje y las
respectivas recomendaciones para que pueda superarlos Este tipo de
evaluación no será objeto de calificación.
c. La Evaluación Sumativa tiene por objeto valorar cuantitativamente los
aprendizajes alcanzados durante todo el proceso educativo. Incluye la
sumatoria de las calificaciones obtenidas a través de las diferentes estrategias
de evaluación realizadas en el período académico.
Arto. 48 Las formas de evaluación de cada asignatura en sus diferentes modalidades deben
consignarse en el syllabus y ser presentadas, por el /la docente a su grupo de clase al inicio de
cada curso.
Arto. 49 Los resultados de las evaluaciones (diagnóstica, formativa, sumativa) deben ser
informados por los/as docentes a los/as estudiantes de manera oportuna, no más de una semana
después de aplicada, y ser objeto de análisis y aclaración conjunta, con el fin de cumplir con los
propósitos de retroalimentación que conlleva el sistema de evaluación. Todas las evaluaciones
deberán ser devueltas a los estudiantes con su respectiva calificación y observaciones, en el
período establecido en este artículo.
Arto. 50 A lo largo de cada período académico, el/la docente tiene obligación de informar los
resultados de las evaluaciones a los /as estudiantes, así como su rendimiento académico
acumulado. Los /as estudiantes dispondrán al menos de dos cortes informativos.
15. 315 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Arto. 51 El /la estudiante que faltare a alguna de las formas de evaluación, tendrá derecho a que
se registre en el acta de calificaciones el acumulado alcanzado, siempre y cuando no haya
superado el 20 % de inasistencia.
Arto. 52 La calificación final será el resultado de las notas alcanzadas en la evaluación
sumativa.
Arto. 53 Todas las asignaturas se calificarán utilizando la escala de 0 a 100 puntos. La nota
mínima para aprobar es de 60 puntos. La escala de calificación será la siguiente:
90-100 Excelente
80-89 Muy Bueno
70-79 Bueno
60-69 Regular
0-59 Reprobado
Arto. 54 El /la estudiante reprobado podrá solicitar en cada convocatoria como máximo dos
exámenes especiales. La inscripción de los mismos se realizará en la Secretaría Académica
correspondiente. La Universidad Centroamericana establece una convocatoria al finalizar cada
período académico.
Arto. 55 El/la estudiante que reprueba una asignatura en cualquier modalidad, puede realizar
Examen Especial. En caso de no realizarlo pierde el derecho a esta oportunidad y deberá cursar
nuevamente la asignatura en modalidad presencial o virtual. De reprobar nuevamente, deberá
obligatoriamente realizar examen especial y, si en esta segunda oportunidad reprueba, no podrá
continuar en esta carrera.
Arto. 56 Las asignaturas de carácter práctico (trabajos de campo, talleres o aquellas
encaminadas al desarrollo de experiencias sistematizada) no serán objeto de examen especial,
el/la estudiantes deberá cursarlas nuevamente.
Arto. 57 Cuando el/la estudiante no realice el Examen Especial habiéndolo inscrito, se
consignará en el acta de calificaciones el numeral -6 (no se presentó) y tendrá derecho a
inscribirlo en la siguiente convocatoria, siempre y cuando no haya cursado la asignatura
nuevamente.
Arto. 58 Tutoría es una asignatura que se sirve bajo condiciones especiales, con atención
personalizada a solicitud del estudiante en la secretaría académica de la Facultad, con un fondo
de tiempo de 30 horas. El / la estudiante puede inscribir una materia por tutoría siempre y
cuando:
16. 316 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
a- El estudiante está por concluir el plan de estudios y la asignatura no se ofrece
en el período que la solicita.
b- Estudiantes de los últimos dos años cuyo plan de estudios está en liquidación.
c- Estudiantes que están por concluir el plan de estudios y las asignaturas se
brindan en el período que les corresponde pero los horarios de éstas le chocan.
d- Estudiantes de los dos últimos años que reprueban una asignatura y ésta es
requisito para las asignaturas del siguiente período.
Solicitudes especiales distintas a las señaladas anteriormente, serán presentadas a sus secretarías
académicas para su valoración.
El estudiante podrá cursar un máximo de dos asignaturas por tutoría en cada período y hasta en
un máximo de diez en toda su vida académica. El número de estudiantes por cada grupo de
tutoría será entre uno y diez.
Arto. 59 El Examen de Suficiencia es una forma de evaluación final de una asignatura. Se
autoriza a aquellos/as estudiantes que por su experiencia laboral o estudios anteriores se
consideran preparados/as y poseen los conocimientos y habilidades previas que exige el
programa de la asignatura. La preparación de este examen dependerá exclusivamente del
estudiante.
Durante su vida académica el estudiante podrá realizar un máximo de 10 suficiencias, de las
cuales el 50% son aplicables a asignaturas de formación general.
Arto. 60 El /la estudiante tiene derecho de presentar Examen de Suficiencia solamente una vez
por cada asignatura, siempre y cuando no haya reprobado la asignatura anteriormente; en todos
los casos deben cumplirse con los requerimientos expresados en el Arto. 57
Arto. 61 Las asignaturas de carácter práctico podrán estar sujetas a examen de suficiencia previa
valoración y aprobación del Departamento Académico y de su respectiva Secretaría Académica.
Se exceptúan las Prácticas Pre-profesionales y las asignaturas orientadas a las formas de
culminación de estudios.
Arto. 62 La calificación mínima para aprobar un Examen de Suficiencia es 60 puntos. La
calificación obtenida será incorporada al expediente académico del estudiante y equivaldrá al
resultado de un curso regular.
Arto. 63 El /la estudiante que resultase reprobado en el Examen de Suficiencia no tiene derecho
a examen especial y está obligado/a cursar la asignatura de manera ordinaria en modalidad
presencial o virtual.
17. 317 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
CAPÍTULO IX
DE LAS FORMAS DE CULMINACIÓN DE ESTUDIOS
Arto. 64 Las Formas de Culminación de Estudios, en cualquiera de sus tipos, se concibe como
una etapa final del proceso sistémico de evaluación del aprendizaje. Como parte de los planes de
estudio de cada carrera, brindan a los estudiantes la oportunidad de profundizar, consolidar y
aplicar los conocimientos, habilidades, hábitos, actitudes y valores adquiridos a lo largo de su
formación profesional. A través de las diferentes Formas de Culminación de Estudios los/as
estudiantes deberán demostrar el dominio de la actividad investigativa, así como su capacidad
para integrar la teoría con la práctica y proponer soluciones a los problemas encontrados en el
campo de acción de su profesión.
Arto. 65 Las modalidades de Formas de Culminación de Estudios son las siguientes:
a. Monografía.
b. Evaluación de Impacto.
c. Perfil de Proyectos.
d. Producto Creativo.
e. Sistematización de Práctica.
f. Diseño de un Plan de Negocio.
g. Diseño o Elaboración de Prototipos o dispositivos tecnológicos.
h. Examen de Grado.
i. Especialización.
Arto. 66 La Forma de Culminación de Estudios que seleccione el/la estudiante debe estar
consignada en su plan de estudios. El contenido de cualesquiera de las formas seleccionadas
deberá estar de acuerdo con los problemas del país, las demandas del perfil profesional de la
carrera y las líneas de trabajo investigativo que promueve la institución, la facultad o el
departamento académico.
Arto. 67 Para que los/as estudiantes puedan matricular la asignatura de las formas de
culminación de estudios correspondientes a su plan de estudios deben cumplir con los siguientes
requisitos:
1. Cursar el último periodo académico de su plan de estudios
2. No tener más de cinco clases pendientes
3. Índice académico de 70 puntos como mínimo
4. Contar con el aval del Director /a o Coordinador /a de la carrera.
18. 318 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Arto. 68 La organización, seguimiento y formas de evaluación de las asignaturas que
contemplan las formas de culminación de estudios están contempladas en la Normativa para
Organización, Realización y Evaluación de Trabajo de Culminación de Estudios en Pregrado.
CAPÍTULO X
DE LOS RECONOCIMIENTOS Y MÉRITOS
Arto. 69 La Universidad Centroamericana establece criterios definidos para otorgar
reconocimientos y meritos a los/as estudiantes. Estos pueden ser por excelencia académica o por
destacarse en acciones innovadoras, investigativas, culturales, deportivas, pastorales o de
proyección social.
Arto. 70 El/la estudiante que alcance un índice académico entre 90 y 95 puntos, durante toda su
carrera, recibirá el reconocimiento de “Excelencia Académica” y “Máxima cum Laude” a los
alumnos que superen 95 sobre cien.
Arto. 71 Los/as estudiantes podrán recibir reconocimientos y meritos, en forma individual o
colectiva, por trabajos sobresalientes o acciones desarrolladas, tanto dentro como fuera de la
Universidad y que redunden en beneficio de la sociedad.
Arto. 72 Los/as estudiantes destacados/as en las áreas mencionadas en el artículo 69 recibirán
anualmente, en acto público de la Facultad reconocimientos a sus méritos.
Art. 73 Para efectos de reconocimiento académico se utilizará como indicador el índice
académico del estudiante en el periodo que corresponda.
CAPÍTULO XI
DE LOS DEBERES Y DERECHOS
Arto. 74 El/la estudiante tiene los deberes siguientes:
a- Conocer los propósitos del Proyecto Educativo de la UCA y cumplir con
objetivos, normas y reglamentos de la Universidad.
b- Mantener un rendimiento acorde a las exigencias académicas de la institución.
c- Mantener una relación respetuosa y responsable con autoridades, profesores,
estudiantes, personal administrativo y de apoyo de la Universidad.
d- Portar su carné que lo acredita como estudiante de esta institución. El carné es
un documento personal e intransferible y deberá mostrarlo cada vez que se le
solicite.
e- Asistir puntualmente a sus clases y evaluaciones.
19. 319 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
f- Respetar el desarrollo de las clases y el ejercicio del derecho que tienen los
demás a la libre expresión de sus ideas.
g- Mantener la limpieza, el orden en las aulas de clases y resto del campus
universitario.
h- Cuidar y usar adecuadamente las instalaciones, equipos y mobiliario de la
Universidad y responsabilizarse de los daños que cause a los bienes por su
imprudencia, uso ilícito o indebido.
i- Mantener un comportamiento adecuado y digno de un estudiante de la UCA
en: prácticas e investigaciones de campo, eventos organizados por las
autoridades y miembros de la comunidad educativa y en aquellos en que
represente a la universidad.
j- Cumplir en tiempo y forma con los procedimientos académicos y
administrativos establecidos; asimismo acudir a las instancias
correspondientes para su debida realización.
k- Presentarse a la Universidad en estado sobrio y sin efectos de estupefacientes
o sustancias sicotrópicas.
l- Mantener solvencia económica cumpliendo con el pago de los aranceles
establecidos en la Universidad.
m- Demostrar actitudes, hábitos de respeto y conservación del medio ambiente,
así como cumplir con las orientaciones emanadas del Programa de Calidad
Ambiental institucional:
Colocar la basura en su lugar
Respetar las áreas de no fumado
Cumplir con las normas de ahorro de energía y agua.
n- La utilización de medios audiovisuales en el período de clase es permitida
siempre y cuando su uso sea propio de la materia que cursa.
o- Respetar expresiones de índole política, religiosa, étnica y cultural que emane
de la comunidad universitaria y sean acordes con los valores y principios de la
Universidad.
Arto. 75 Además de lo establecido en el artículo anterior, no está permitido:
a- Introducir a los predios de la Universidad, armas de fuego, explosivos, objetos corto
punzantes, sustancias sicotrópicas y estupefacientes o cualquier objeto que atenta contra
la salud, seguridad, el orden público e integridad de las personas.
b- Utilizar el celular en el período de clase
c- Promover y participar en juegos de azar (cartas, dados, ruletas, etc.) en cualquier lugar
dentro del recinto universitario.
20. 320 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Arto. 76 El/la estudiante, además de los derechos fundamentales de todo/a ciudadano/a, tendrá
los siguientes derechos:
a- Ser tratado con dignidad y respeto.
b- Expresar respetuosamente sus ideas en lugares y tiempos oportunos
c- Tener acceso a la información acerca del Proyecto Educativo Institucional, las
normas, reglamentos y procedimientos que regulan la vida estudiantil en la
Universidad, así como de los planes y programas de estudio de la carrera que
cursa y otros programas de formación de su interés.
d- Tener acceso a los servicios académicos, administrativos, culturales,
deportivos, asistenciales, pastorales y de movilidad académica internacional
que brinda la Universidad.
e- Recibir el reconocimiento institucional por sus méritos académicos,
culturales, sociales y deportivos.
f- Ser sujeto de una formación educativa integral que desarrolle sus capacidades
cognitivas, afectivas y humanas.
g- Participar y manifestarse en asociaciones y grupos estudiantiles que funcionen
en la Universidad, de acuerdo con los principios y valores de la UCA.
h- Exigir con respeto calidad en los procesos de formación, realizar críticas
constructivas sobre prácticas de la vida académica y proponer temas o
acciones con relación a esos aspectos.
i- Evaluar constructivamente al profesor/a – tutor/a en forma individual o en
grupo, con el propósito del mejoramiento continuo del ejercicio docente.
j- Recibir información sobre su situación académica y respuestas a sus
peticiones y trámites, en los tiempos y formas establecidos. Así como, ser
escuchado/a y apelar, ante los órganos correspondiente con relación a las
resoluciones que consideren incorrectas.
k- Ser evaluado/a de manera integral, sistemática, objetiva; recibir sus
calificaciones en el tiempo establecido. En caso de inconformidad solicitar su
revisión.
l- Conocer previamente la integración del comité evaluador de su forma de
culminación de estudios.
m- Recibir de sus profesores/as los exámenes y trabajos corregidos, objeto de
calificación cuantitativa, en un tiempo máximo de una semana.
n- Optar a becas, pasantías, cursos, intercambios académicos o viajes, en
representación de la Universidad de acuerdo con las normas y disposiciones
establecidas.
o- Disponer de tiempo para amamantar a su bebé en sus primeros tres meses.
p- Respirar un aire limpio, libre de humo de tabaco y otros contaminantes.
21. 321 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
CAPÍTULO XII
DE LAS FALTAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS
Arto. 77 Las Faltas en que pueden incurrir los/as estudiantes se clasifican en:
d- Leves.
e- Graves.
f- Muy Graves.
Arto. 78 Son Falta leves:
1- Realizar cualquier actividad ajena a la clase que perturbe el desarrollo de la
misma.
2- Perturbar el orden y la disciplina en los pasillos adyacentes a las aulas de
clase.
3- Mantener reiteradamente la impuntualidad a clases sin causa justificada.
4- Abandonar la clase, en pleno período, sin el debido permiso del/la docente.
5- Incumplir con los trámites académicos y compromisos financieros en los
períodos establecidos sin causa justificada.
6- Realizar acciones que afectan negativamente el orden, cuidado y limpieza del
recinto universitario.
7- Participar en juegos de azar en cualquier lugar del recinto universitario.
8- Fumar en las áreas no permitidas.
9- Rehusarse a presentar el carné estudiantil o documento que lo acredite como
estudiante de la Universidad.
10- Incumplir las normas establecidas en el programa ambiental de la
Universidad: ahorro de agua y energía, no poner la basura en su lugar,
reciclaje y otros establecidos en el programa.
Arto. 79 Son faltas graves:
1) Reincidir en cualquiera de las faltas leves previamente constatadas.
2) Faltar el respeto a las autoridades, compañeros/as de clases, docentes y
demás miembros de la comunidad universitaria.
3) Dirigirse con lenguaje ofensivo e irrespetuoso por cualquier medio de
expresión y/o comunicación a los/as miembros de la comunidad
universitaria.
4) Presentarse a la Universidad, sitios de prácticas o en cualquier otro lugar en
el que esté representando a la UCA, bajo los efectos de bebidas alcohólicas,
sustancias sicotrópicas o estupefacientes.
5) Obstaculizar los actos o actividades que desarrollen las autoridades y las
organizaciones legítimamente constituidas por estudiantes, trabajadores
docentes y administrativos.
22. 322 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
6) Utilizar las instalaciones universitarias para actividades indebidas no
académicas, sin la debida autorización.
7) Irrespeto a las expresiones de índole política, religiosa, étnica y cultural,
acorde a los valores y principios de la Universidad, promovidas por la
comunidad universitaria.
Arto. 80 Son faltas muy graves:
2) Reincidir en cualquiera de las faltas graves previamente constatadas.
3) Difamar, injuriar, calumniar, amenazar por cualquier medio de expresión y
comunicación o agredir físicamente a miembros de la comunidad
universitaria dentro y fuera del recinto.
4) Sustraer en forma comprobada y sin perjuicio de las sanciones penales que
correspondan, bienes del centro, de los estudiantes, trabajadores docentes y
administrativos.
5) Causar cualquier daño doloso a los bienes del centro, o de los estudiantes,
trabajadores y administrativos.
6) Sobornar o intentar sobornar a trabajadores docentes y administrativos.
7) Planificar, organizar, realizar o participar en plagio y fraude académico.
8) Falsificar, sustraer y alterar cualquier documento académico y
administrativo oficial de la Universidad.
9) Mostrar comportamiento temerario que ponga en peligro su vida y la de los
demás.
10) Usar de forma fraudulenta el nombre de la institución para beneficio
personal o de terceras personas.
11) Promover o realizar actos contrarios a los principios y valores de esta
Universidad.
12) Introducir armas o artefactos que produzcan amenaza, daños o inseguridad
que pongan en peligro la vida personal o de terceros.
13) Introducir, distribuir, comerciar o consumir bebidas alcohólicas, sustancias
sicotrópicas y estupefacientes en la Universidad.
14) Tomar por la fuerza de manera total o parcial las instalaciones de la
Universidad.
Arto. 81 Las faltas disciplinarias, según su gravedad, merecerán las sanciones siguientes:
A. Sanciones leves
4) Amonestación privada verbal.
5) Amonestación escrita con copia a su expediente.
6) Expulsión del salón de clase hasta por una semana.
23. 323 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
B. Sanciones graves
4) Expulsión de la Universidad hasta por un cuatrimestre.
5) Pérdida del derecho a la evaluación de una asignatura.
6) Pérdida del derecho a becas o viajes en representación institucional.
7) Resarcimiento del daño causado.
8) Disculpa pública a la persona agredida y/o agraviada.
C. Sanciones muy graves
3) Suspensión del derecho a matrícula hasta por un período de dos años.
4) Suspensión de la titulación hasta por un período de dos años.
5) Expulsión definitiva de la universidad.
6) Restitución o pago del bien sustraído a estudiantes, trabajadores docentes y
administrativos.
Ninguna de las sanciones graves y muy graves son excluyentes entre sí.
Las sanciones graves y muy graves en los casos que lo requieran estarán sujetas a programas de
acompañamiento comprobables, que les ayuden a su crecimiento humano.
Arto. 82 En caso que algún miembro de la comunidad Universitaria detecte alguna falta
cometida por los/as estudiantes, deberá informar a la Facultad correspondiente para su debida
investigación y resolución.
Arto. 83 Las sanciones leves serán aplicadas por el/la docente de la asignatura o por cualquier
autoridad de la Facultad respectiva.
Arto. 84 Las sanciones graves y muy graves serán aplicadas por la Comisión Disciplinaria de
Facultad respectiva, será el Decano y la Secretaría Académica quienes decidan la conformación
o no de la comisión disciplinaria, misma que será convocada entre tres días hábiles después de
conocida la falta. Esta será presidida por el Decano/a e integrada por el /la Secretario/a
Académico/a quien fungirá como Secretario/a de la Comisión; el /la director/a del
Departamento que corresponda, el /la representante estudiantil del grupo. Las decisiones se
tomarán por mayoría.
Esta comisión al efectuar la investigación del caso seguirá el siguiente procedimiento:
a. El Secretario/a de la Comisión notificará por escrito a los/as estudiantes
involucrados/as en la falta, dentro de las 48 horas hábiles, después de
integrado la Comisión Disciplinaria para que haga uso del derecho a la
defensa.
24. 324 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
b. Los/as involucrados/as deberán ejercer el derecho a su defensa dentro de las
48 horas hábiles, luego de ser notificados/as la que deberá ser verbal y por
escrito ante el/la Secretario/a de la Comisión.
c. La Comisión Disciplinaria de la Facultad, una vez leídos los alegatos
escritos, dispondrá de 5 días hábiles para recabar la información pertinente, en
la cual podrá convocar a las partes involucradas y a todos aquellos necesarios
a audiencia oral y contará con 48 horas adicionales para emitir su
resolución, la cual será firmada por los Miembros de la Comisión
Disciplinaria de la facultad.
Arto. 85 El/la estudiante dentro de las 72 horas hábiles siguientes a la notificación que efectúe
el/la Decano/a, de manera oficial acompañado/a por la comisión disciplinaria de la facultad,
tendrá el derecho de apelar sobre la sanción que se le impusiere ante la Comisión Superior
Disciplinaria, la que estará presidida por el/la Vicerrector/a Académico/a e integrada también
por el/la Secretario/a General, quien actuará como Secretario/a; el/la Director/a de Desarrollo
Estudiantil; el/la Decano/a y el/la Representante de grupo. Transcurrido este término sin haber
hecho uso de la apelación, la resolución quedará firme.
Arto. 86 En caso de apelación, El/la Secretario/a de la Comisión Superior Disciplinaria
convocará a los Miembros de la Comisión y notificará al estudiante que ha lugar el trámite de su
apelación.
Arto. 87 La Comisión Superior Disciplinaria, será la responsable de conocer las apelaciones
interpuestas por los/as estudiantes, en un plazo de 15 días hábiles, a partir del análisis de lo
actuado por la Comisión Disciplinaria de Facultad y otros elementos de juicio que se consideren
necesarios. Sus resoluciones se tomarán por mayoría y serán inapelables.
Arto. 88 El presente Reglamento del Régimen Académico Estudiantil entra en vigencia a partir
del año académico 2011 y anula los anteriores.
Managua, enero 2011
Dra. Mayra Luz Pérez Díaz
Rectora
25. 325 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Normativa para organización,
realización y evaluación de
trabajo de culminación de
estudios en Pregrado
Universidad Centroamericana
Vicerrectoría Académica
Managua, 2010
26. 326 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Este documento tiene como objetivo crear un marco de regulación ydehomogeneizacióndelos
procesos de elaboración, desarrollo, seguimiento y evaluación de las distintas formas de
culminación de estudios en la Universidad, así como aclarar tanto a estudiantes como a tutores,
sus funciones durante este proceso educativo.
En su elaboración se retomaron las modificaciones llevadas a cabo en el nuevo Reglamento
Académico 2006, y los cambios recientes en los planes de estudio de las carreras de Pregrado,
de manera que los procesos aquí descritos sean coherentes con las políticas, reglamento y planes
de estudio institucionales.
1. Formas de culminación de estudios
Según el Arto. 64 del Reglamento del Régimen Académico Estudiantil:
Las formas de culminación de estudios, en cualquiera de sus tipos, se conciben como una etapa
final del proceso sistémico de evaluación del aprendizaje. Como parte de los planes de
estudio de cada carrera, brindan a los estudiantes la oportunidad de profundizar, consolidar y
aplicar los conocimientos, habilidades, hábitos, actitudes y valores adquiridos a lo largo de
su formación profesional. A través de las diferentes formas de culminación de estudios los
y las estudiantes deberán demostrar el dominio de la actividad investigativa, así como su
capacidad para integrar la teoría con la práctica y proponer soluciones a los problemas
encontrados en el campo de acción de su profesión (UCA, 2006).
Más adelante, en el Arto. 65 de este mismo Reglamento, se señalan las siguientes formas de
culminación de estudios que pueden realizarse en las carreras de Pregrado de la Universidad
Centroamericana:
• Monografía
• Evaluación de impacto
• Perfil de proyecto
• Producto creativo
• Sistematización de práctica
• Diseño de un plan de negocios
• Diseño o elaboración de prototipos o dispositivos tecnológicos
• Examen de grado
• Especializaciones
Los trabajos de las distintas formas de culminación de estudios enunciadas pueden realizarse de
dos maneras: insertas y como parte de los planes de estudio de las carreras o fuera de ellos.
27. 327 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
A continuación, se explican las formas de culminación de estudios, cuyos trabajos pueden
realizarse insertos en los planes curriculares de cada carrera, como parte de una asignatura
específicamente orientada para este fin, y cuya aprobación condiciona la conclusión del proceso
de la forma de culminación de estudios seleccionada. También se detallan algunas
particularidades de organización, tiempo y alcance de cada una:
A. Monografía. Es el resultado de un proceso investigativo que se realiza sobre un problema
o tema de naturaleza teórica o empírica, utilizando uno o varios métodos de carácter
científico. La monografía puede producir un conocimiento exploratorio o descriptivo,
correlacional o explicativo, así como comprensivo o interpretativo, que puede desarrollar
desde un enfoque cualitativo o cuantitativo --o ambos--, y según su dimensión temporal,
puede caracterizarse por ser retrospectivo, transversal o prospectivo. Los trabajos de
monografía pueden llevarse a cabo de forma individual o en parejas, según se determine en
cada una de las carreras, y el alcance investigativo del tema será delimitado por el tutor y
aprobado por el coordinador de la carrera, tomando en consideración, principalmente, que
debe realizarse y concluirse en el período durante el cual se cursan una o dos asignaturas,
según lo señale cada uno de los planes de estudio.
B. Evaluación de impacto. Consiste en el análisis y en la valoración de una experiencia de
intervención realizada en una determinada realidad. El objetivo de este tipo de
investigación será diagnosticar el estado de la realidad antes y después de la
intervención, así como describir y analizar con ayuda de indicadores, la actividad de
intervención realizada. Quienes asuman esta forma de culminación de estudios, podrían
ser partícipes, o no, en el proceso de la intervención. La organización de este tipo de trabajo
podrá realizarse en forma individual o en parejas, según determine cada una de las
carreras. El alcance está delimitado por la evaluación diagnóstica, y deberá concluirse en
el tiempo dedicado a la asignatura o a las asignaturas específicas, según lo señale cada
uno de los planes de estudio.
C. Perfil de proyecto o Formulación de un proyecto. Es una propuesta innovadora, cuya
ejecución se expone como una solución viable a un determinado problema, ya sea éste
social, económico o tecnológico. El alcance corresponde a una propuesta viable, pero sin
llegar a la fase de ejecución. Su elaboración puede ser individual o en parejas, según lo
determine cada una de las carreras, y debe basarse en un diagnóstico de la problemática
que se pretende resolver o corregir. Este tipo de trabajo implica: la toma de decisiones y
la determinación de los objetivos por alcanzar, señalamiento del grupo meta beneficiado,
descripción del contexto en que se desarrollará, las estrategias o actividades que deben
aplicarse, su organización temporal, y los recursos humanos y materiales requeridos.
Aunque los estudios de seguimiento y de sostenibilidad del proyecto no están
contemplados en su alcance por limitaciones de tiempo, podrán presentar este tipo de
28. 328 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
trabajo aquellos estudiantes que inicien esta forma de culminación de estudios, a partir de
un trabajo previo, bien logrado, que les permita el alcance de los estudios de
sostenibilidad. Debe realizarse en el período destinado para este fin, lo que contempla
una o dos asignaturas, según los planes de estudio de las carreras.
D. Producto creativo. Es el resultado del diseño y de la elaboración original de un producto
científico, técnico o artístico, o del rediseño de un producto existente, ambos destinados a
la solución de un problema, de una situación particular, o a la expresión creativa de una
realidad determinada. Dentro de esta forma de culminación de estudios se
incluyen: campañas publicitarias, diagramación de documentos gráficos, documentales
fílmicos, diagnóstico, propuestas urbanas y anteproyectos arquitectónicos; producciones
radiofónicas, creaciones literarias, elaboración de una propuesta de ley o código legal,
producto nuevo para una empresa; aplicaciones informáticas y baremación de un test
psicológico; entre otros. El producto creativo debe basarse en un diagnóstico y en un
análisis de las producciones creativas precedentes que el o la estudiante ha tomado como
referente de su trabajo, asimismo, incluir los aportes que demuestren que su propia
producción creativa es diferente de las anteriores. Esta forma de culminación de estudios se
puede elaborar de manera individual o en pareja. Su alcance llega al nivel de propuesta, de
perfil o de proyecto. Debe realizarse en el período destinado para este fin, lo que
contempla una o dos asignaturas consecutivas, según los planes de estudio de las carreras.
E. Sistematización de prácticas. Consiste en hacer una relectura o análisis de las
experiencias desarrolladas en la práctica pre profesional, a la luz de los aportes teóricos de
la propia profesión y de otras disciplinas estudiadas en el proceso de formación. Se trata
de efectuar un proceso de reflexión, de análisis crítico metacognitivo y metaevaluativo de
la práctica profesional, lo cual permita no sólo ordenar la experiencia e identificar las
fortalezas o las limitaciones; sino que conduzca a su reconstrucción, fortalecida desde los
planteamientos teóricos. Es decir, aprender a reflexionar articulada y críticamente qué se
realizó, por qué y cómo, con el fin de convertirla en una práctica recreadora,
innovadora y motivadora. La sistematización podrá realizarse de forma individual o en
parejas (siempre que ambos estudiantes hayan participado de la misma práctica), según lo
determinen cada una de las carreras, y deberá efectuarse y concluirse durante el desarrollo
de una o dos asignaturas orientadas para este fin, en los planes de estudio respectivos.
F. Diseño de un plan de negocios. Es un documento en el cual se pone en práctica el
conjunto de conocimientos que se han venido desarrollando a lo largo de la carrera. Está
orientado al aprovechamiento de una oportunidad de mercado o empresa, para
constituirse en un negocio que resulte atractivo para determinados emprendedores. Esta
forma de culminación de estudios puede realizarse de forma individual o en parejas, y
dentro de una o dos asignaturas contempladas en los planes de estudio según cada carrera.
G. Diseño o elaboración de prototipos o dispositivos tecnológicos
29. 329 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Diseño. Radica en la realización de un proceso creativo que lleva a la concepción original
de un objeto, a la mejora o al rediseño de uno ya existente. Se aplica también a sistemas o
bien a obras destinadas a su producción, lo cual establece: su forma, sus funciones, su
comportamiento y sus características; contiene, además, su descripción gráfica y textual,
empleando alguna notación estándar y el plan para su producción o implementación,
incluyendo información de costos sin que alcance los niveles de un estudio de
prefactibilidad o de sostenibilidad.
Prototipo. Se basa en cualquier tipo de máquina, dispositivo, producto, maqueta o
software; en pruebas, construido o desarrollado para una demostración parcial que incluye
una o varias de las funciones, prestaciones o servicios, o partes de éstas previstas en el
diseño del producto final o proyectado.
Tanto el diseño como el prototipo podrán ser realizados de forma individual o en parejas, y en el
marco de una o de dos asignaturas, según se señale en el plan de estudios de cada carrera.
Las formas de culminación de estudios que deben realizarse una vez concluidos los planes
curriculares de cada carrera, son:
A. Examen de grado. Consiste en la presentación de una prueba comprensiva oral o escrita, en
la que cada egresado o egresada, de forma individual, demostrará la apropiación de una
manera de pensar conforme a su profesión, su capacidad de análisis y síntesis, sus recursos
intelectuales para enfrentar problemas en el ámbito laboral y brindar soluciones técnicas y éticas,
con una visión interdisciplinaria e integradora. Esta forma de culminación de estudios,
igualmente, tiene exigencias académicas y requiere que quien se examina se prepare
ampliamente, maneje conocimientos actualizados y profundos sobre áreas específicas del
campo de su formación, de manera que, al momento del examen cuente con los elementos
conceptuales necesarios para analizarcasos,proponeropcionesdesoluciónaproblemas propios de
la profesión, sustentar argumentos, plantear hipótesis o bien criticar teorías, entre otros
B. Especializaciones. Las especializaciones responden a la política adoptada por la Universidad
de promoción del continuo educativo. Se seleccionan a partir de las ofertas del Posgrado de la
UCA, para que los estudiantes continúen profundizando el desarrollo de su perfil de Pregrado.
Cada programa especificará en su currículo qué estudiantes de las carreras de Pregrado pueden
escoger la especialización como forma de culminación de estudios. Al concluirla, el alumno
recibirá su titulación de grado y de posgrado.
Los estudiantes que opten por esta forma de culminación de estudios estarán exentos de cursar la
asignatura o las asignaturas que han sido diseñadas en los planes de estudio con la finalidad
exclusiva de realizar y concluir sus trabajos de graduación (una o dos asignaturas según cada
carrera) y, para ello, deben cambiar a un nuevo plan que no las contempla. Su trabajo de
culminación de estudios será realizado y concluido en el marco del plan de estudio de la
Especialización.
30. 330 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Según lo anterior, los trabajos que se realizarán en las distintas formas de culminación de estudios
se enmarcan en la mayoría de las carreras de la Universidad Centroamericana, como parte
de una asignatura más del plan de estudios (excepto especializaciones y examen de grado), y,
por ello, deben ser planificadas, orientadas y evaluadas con las especificidades de esta
asignatura. En tal sentido, la evaluación del trabajo de la forma de culminación de estudios,
realizado por los alumnos, corresponde a la calificación alcanzada en esta asignatura, y su
aprobación equivale a la conclusión del requisito de graduación. En esta modalidad no se permite
examen especial, sino nueva matrícula de la misma asignatura, hasta la conclusión del trabajo
de culminación de estudios.
2. Organización de las asignaturas en las que se desarrollará la culminación
de estudios
Como se ha señalado, las distintas formas de culminación de estudios se desarrollan durante
el curso de una o de dos asignaturas del plan de estudios según la carrera. Las asignaturas creadas
para este fin se ubican en el penúltimo cuatrimestre de la carrera, si son dos, o en el último
cuatrimestre, si es una. Para que los estudiantes puedan matricular las asignaturas de las formas
de culminación de estudios, no deben tener más de cinco clases pendientes por cursar en el
último cuatrimestre, además, como mínimo deben tener un índice académico de
70. En el caso de las carreras de Administración de Empresas y de Ingeniería, el requisito es
tener aprobadas todas las asignaturas profesionalizantes, para que los estudiantes puedan iniciar
sus formas de culminación. Para matricular los módulos de los talleres de culminación de
estudios desarrollados en el penúltimo y en el último cuatrimestre del último año de
Arquitectura y de Diseño Grafico, los alumnos de estas carreras podrán tener hasta un máximo de
cinco asignaturas pendientes de cuatrimestres anteriores.
En el caso de optar por una especialización, deben obligatoriamente haber concluido el plan de
estudios, tener un índice académico de 70 como mínimo, y solvencia arancelaria. La Secretaría
Académica solicitará al Registro Académico el visto bueno en lo referido al cumplimiento del
Plan de Estudios del alumno para aprobar su inscripción en esta modalidad. Los procedimientos
de inscripción, desarrollo y evaluación de la especialización seleccionada se orientan por la
normativa de Posgrado.
El estudiante debe definir su forma de culminación de estudio por lo menos un cuatrimestre
antes de concluir su plan de estudio. Una vez que el estudiante ha seleccionado cómo va a
culminar sus estudios (a través de monografía, evaluación de impacto, elaboración de perfil de
proyectos, producto creativo o sistematización de práctica, según sea el caso), presentará ante el
coordinador o ante la coordinadora de carrera, o ante el director o ante la directora del
Departamento Académico, según el caso, un trabajo previo con potencial para continuar
31. 331 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
mejorándose, o una propuesta de culminación de estudios, un escrito no mayor de tres páginas,
donde se describa la forma de culminación seleccionada, la propuesta general del tema, asunto o
trabajo, los objetivos planteados, los propósitos y la justificaciónde su opción.
El coordinador o la coordinadora de la carrera1 procederá a comprobar en el Sistema de
Información de la UCA (SIUCA) la situación académica del estudiante, analizará la información
presentada y emitirá por escrito, en un plazo de ocho días máximo, la aprobación o el rechazo
del tema, asunto o trabajo que se desarrollará. El coordinador o la coordinadora de la carrera
pueden desaprobar la matrícula en la clase de Seminario o Taller de Culminación de Estudios, si
no cumple con los requisitos antes estipulados.
En ese mismo plazo, el coordinador o la coordinadora de carrera autorizarán la matrícula del
Seminario o Taller de Culminación de Estudios. Toda esta información le será útil para
organizar los grupos y horarios de tutoría, lo mismo que para la contratación de los tutores a
cargo de estos grupos.
Una vez que la coordinación de la carrera ha designado tutor o profesor a cada uno de los grupos,
orientará la realización de un plan de trabajo conjunto (syllabus), donde se especifique las
actividades, los tiempos y las formas de evaluación del avance durante la realización del trabajo
de culminación de estudios, de manera tal que en el expediente de esta asignatura queden
evidencias del seguimiento y de la retroalimentación realizada, así como explícito el logro de
la calificación final obtenida por cada uno de los estudiantes durante el curso.
3. Quiénes pueden ser tutores o tutoras
Los tutores de estas asignaturas deben ser los facilitadores del proceso, y serán seleccionados por
lacoordinacióndelacarrera entre los mejores docentes. Deberán ser competentes tanto en el área
disciplinar de la temática como en la metodología a seguir en la forma de culminación de
estudios seleccionada por un grupo, por ello, deben poseer amplio conocimiento en el tema
objeto de estudio, experiencia profesional e investigativa, y ser capaces de expresar las
recomendaciones generales oportunas, sean éstas de estilo, forma, contenido disciplinar o
metodológico de la forma de culminación de estudios tutorada.
El tutor o la tutora deberá estar al frente del grupo durante todo un cuatrimestre, por eso debe ser
docente contratado por la Universidad, para que esté siempre dispuesto a cumplir con los
requisitos exigidos por la Facultad durante esta tutoría.
Los mecanismos de selección, contratación, acompañamiento y evaluación de los tutores a
cargo de estas asignaturas de culminación de estudios serán responsabilidad de la coordinación
de la carrera, y se realizarán los mismos procedimientos establecidos para cualquier otra
asignatura del plan que gestionan.
32. 332 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
4. Rol de los tutores y de las tutoras y seguimiento a los trabajos
El fondo de horas de las asignaturas de Seminario o Taller de Culminación de Estudios está
definido en cada Plan de Estudios. Cada tutor (profesor designado para atender a un grupo de
estudiantes) deberá acompañar y evaluar hasta un máximo de
10 trabajos de culminación de estudios de la misma naturaleza, y un mínimo de cuatro (caso de los
proyectos arquitectónicos o urbanos).
Cada grupo asignado a un docente para la tutoría de los trabajos de culminación de estudios
será reconocido como un grupo más de la carga docente del cuatrimestre, asignada tanto a
profesores de tiempo completo como a docentes de tiempo parcial.
El tutor o la tutora designados para asesorar a cada grupo de cualquiera de las formas de
culminación de estudios señaladas en este documento, será el responsable de elaborar el syllabus
de trabajo con los estudiantes, dar seguimiento al cronograma de trabajo presentado en él, e
informar de manera periódica sobre su cumplimiento, al coordinador o a la coordinadora de
carrera, si lo hubiere, o al director del Departamento Académico, según sea el caso.
A los coordinadores o a los directores de las carreras que contemplan en sus planes de estudio
dos asignaturas consecutivas para la realización del trabajo de graduación, se les recomienda
contratar al mismo tutor en ambas asignaturas para facilitar los procesos. Queda a discreción del
coordinador de carrera cambiar el tutor si se presentaran incumplimientos en el desempeño
académico o en el contractual.
El tutor o la tutora son quienes apoyan, sugieren, recomiendan, critican constructivamente y se
responsabilizan de guiar el proceso hasta la culminación de los trabajos que desarrollan los
estudiantes a su cargo. Por consiguiente, su rol será el de guiar, el de facilitar el proceso y el
trabajo desde la elaboración del diseño hasta la aprobación final. Si el tutor o la tutora estiman
necesario, podrán --en cualquier momento del desarrollo del mismo-- consultar a otros expertos
en el tema para garantizar la calidad académica del producto terminado.
Desde el inicio del proceso de elaboración, el tutor y el alumno o los alumnos a su cargo llevarán
una hoja de seguimiento o bitácora del desarrollo de cada trabajo, donde se registrarán las fechas
de entregas parciales del trabajo, los acuerdos alcanzados e n l a s entrevistas (tutor y
estudiante), las recomendaciones, etc., con el objetivo de llevar un control estricto del
desarrollo de la actividad investigativa, el cual quedará registrado en el expediente de la
asignatura.
El incumplimiento de los estudiantes en el avance de sus trabajos de culminación, según lo
acordado con el tutor y plasmado en el syllabus, repercutirá en la calificación alcanzada en su
desempeño dentro de la asignatura Seminario o Taller de Culminación de Estudios, y, por lo
33. 333 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
tanto, si no se nivelan y la reprueban, tendrán que matricularla de nuevo para concluirla
satisfactoriamente.
Los criterios para establecer la calificación final de esta asignatura están definidos en cada
una de las carreras, tomando en cuenta el proceso, el producto final yla disertación realizada por los
estudiantes frente a expertos. Esta calificación final se verá reflejada en el acta de notas de la
asignatura.
5. Rol del Comité Evaluador durante la disertación
La coordinación de la carrera debe crear un Comité Evaluador de la disertación, que deberá estar
integrado por dos profesionales (docentes especialistas en el área), y por el profesor tutor del
trabajo de culminación de estudios, con el objetivo de ofrecer las aclaraciones que el tribunal
estime pertinente solicitar.
El coordinador de la carrera enviará --con quince días de anticipación-- a cada uno de los
docentes seleccionados como miembro delComitéEvaluador, el trabajo terminado y respaldado
por el tutor que acompañó su culminación. El evaluador tendrá la responsabilidad de hacer saber
al coordinador con siete días de anticipación a la fecha programada para la disertación, si el
trabajo tiene la calidad mínima para ser defendido o no. Si se defenderá, sólo dejará sus
recomendaciones por escrito en el Acta de Evaluación de la Disertación.
6. Estructura y contenido del documento para solicitud de matrícula a la asignatura
Seminario o Taller de Culminación de Estudios
A. Introducción. Es la presentación del trabajo de grado, y está destinada a expresar con toda
claridad el propósito general del mismo, los antecedentes (si los hubiere), su alcance,
implicaciones y límites. Debe tener una total coherencia con la enunciación del tema o asunto
por estudiar y con la forma como es desarrollado. Se recomienda que no exceda de media
página.
El esquema de la introducción debe contener: presentación del tema o asunto por trabajar; el
problema o las preguntas que se realizan para el desarrollo del estudio; la delimitación de éste y
el alcance del trabajo. Además, antecedentes, es decir, otros estudios o proyectos realizados sobre
el tema, la línea o el enfoque de investigación.
B. Objetivos. Debe establecer claramente el objetivo general del estudio o trabajo, y los
objetivos específicos que guiarán el proceso.
C. Justificación. Debe expresar la importancia de abordar el tema, asunto o problema en
estudio, y los aportes sociales, económicos, tecnológicos o culturales que se derivarán del trabajo
final.
34. 334 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
D. Bibliografía básica. Es la bibliografía mínima de referencia para iniciar el proceso de
investigación.
7. Procedimientos para la disertación y para la evaluación del trabajo
Al finalizar la asignatura de Seminario o Taller de Culminación de Estudio, el coordinador y el
tutor o el profesor de cada grupo planificarán fecha de disertación de cada trabajo, y
seleccionarán a los evaluadores que estarán presentes.
Es función del tutor o del profesor recibir de sus estudiantes los trabajos concluidos (tres copias
de cada uno), que serán entregados al coordinador de carrera para que, a su vez, los facilite a los
respectivos evaluadores de la disertación (tres copias, con pastas suaves y engargoladas).
El coordinador de la carrera, conjuntamente con los tutores o profesores a cargo de la
asignatura de Seminario o Taller de Culminación de Estudio, deben establecer los parámetros
mínimos para la evaluación del trabajo y de la disertación del mismo, los cuales deben ser
debidamente comunicados a los evaluadores y a los estudiantes.
El acto de disertación oral de la monografía, de la evaluación de impacto, de los proyectos
elaborados, del producto creativo o de la sistematización de la práctica, durará un máximo de 80
minutos, y se compondrá de tres momentos:
a) Exposición oral del estudiante: de 30 a 40 minutos como máximo.
b) Preguntas y respuestas: de 15 a 20 minutos como máximo. En este período, el estudiante
sustentará el contenido de su trabajo.
c) Calificación y lectura de resultados: 20 minutos como máximo, tomando en cuenta que los
miembros del Comité de Disertación deberán llevar por escrito todas las observaciones y
compartir calificaciones.
El acto de disertación de cualquiera de las formas de culminación de estudios se realizará de
manera pública o privada, según acuerdo entre los evaluadores, el estudiante y el coordinador
de carrera.
Los miembros evaluadores, en sesión privada, calificarán la disertación sobre los aspectos
esenciales de la monografía, evaluación de impacto, proyecto o sistematización de la práctica,
asignando un total de 50% a la exposición oral. Los parámetros para ello serán:
Evaluación de la disertación oral:
Claridad de la exposición 10%
Dominio del tema 10%
Capacidad de argumentación y debate 10%
Calidad del trabajo presentado 20%
35. 335 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
D.
El tutor o la tutora calificará el informe final del trabajo investigativo, pues es la persona que,
después del estudiante, conoce más sobre el tema o asunto investigado, ha dado seguimiento
puntual al proceso, ha revisado y retroalimentado la presentación oficial del trabajo, tanto en la
forma como en el contenido. La calificación otorgada a la parte escrita será equivalente al
otro 50% de la calificación total. Los criterios por aplicar en la evaluación del informe serán:
Evaluación del trabajo escrito:
Calidad del contenido 20%
Calidad de la presentación formal del documento 10%
(redacción, ortografía, estructuración lógica del
contenido, uso de fuentes, etc.).
Coherencia interna entre tema, objetivos, metodología, 10%
desarrollo y conclusiones
Aplicación del método y rigor científico 10%
En el caso del Producto creativo, por las características de este trabajo, los parámetros y
ponderación varían. Los evaluadores, en sesión privada, asignarán un 40% al producto creado y
un 20% a la exposición oral del mismo.
Los parámetros para ello serán:
A. Evaluación Del Producto creativo:
• Originalidad e innovación 20%
• Calidad del producto creativo 10%
• Utilidad del producto creativo10%
B. Evaluación de la exposición oral:
Claridad y calidad de la exposición. 10%
Sustentación de las técnicas y procedimientos aplicados. 10%
El otro 40% de la calificación corresponde al trabajo escrito y al proceso de elaboración del
producto presentado, para lo cual el tutor aplicará los siguientes criterios:
C. Evaluación del trabajo escrito y del proceso del producto:
Referentes teóricos y prácticos que sustentan el producto creativo. 10%
36. 336 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Presentación formal del documento (redacción, estructura lógica del
contenido, ortografía, etc.). 10%
Calidad del proceso y del producto 20%
El Examen de grado será calificado de acuerdo con los criterios siguientes:
Apropiación de una forma de pensar conforme a la profesión 20%
Capacidad de análisis y síntesis 20%
Recursos intelectuales para analizar casos, enfrentar problemas en su campo
profesional y brindar soluciones técnicas y éticas 20%
Visión interdisciplinaria e integradora 20%
Capacidad para argumentar y sustentar creativamente sus puntos de vista
20%
La calificación otorgada por los miembros evaluadores de la disertación y por el tutor tendrá
carácter cuantitativo y cualitativo,yestaráendependenciadeltotaldelosporcentajes alcanzados al
aplicar los criterios correspondientes a cada una de las formas de culminación de estudios
descritas.
La escala de calificación será:
Excelente 100-90%
Muy Bueno 80-89%
Bueno 70-79%
Regular 60-69%
Reprobado Menos de 60%
El acta final que expresa la valoración del trabajo de culminación de estudio de los examinados
contendrá dos partes: 1) la valoración del tutor, según lo que le corresponde, 2) la valoración del
comité evaluador resuelta en el acto de disertación, salvo el caso del Examen de grado. El acta
será firmada por todos los miembros evaluadores, por el tutor y por el coordinador de
carrera, quienes dan fe de todo el procedimiento. Expresará claramente las calificaciones
cualitativas y cuantitativas de cada una de las partes, y el resumen o calificación final, además
de las observaciones puntuales sobre las deficiencias encontradas (formato de acta en anexo).
La calificación se dará a conocer a los estudiantes inmediatamente después de la
deliberación privada de los miembros evaluadores, mediante la lectura del acta por parte del
secretario. La calificación otorgada deberá incluirse en el expediente académico de los
examinados.
En principio, todos los trabajos aprobados --una copia con pasta dura, con su respectiva acta de
evaluación-- serán enviados oficialmente a la Biblioteca “José Coronel Urtecho” para su
resguardo y como potencial material de consulta, a través del Director o de la Directora de
Departamento. Se exceptúan de esta indicación aquellos trabajos de investigación realizados en
algunas empresas, las cuales, interesadas en el estudio, facilitaron las condiciones y la
37. 337 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
información necesarias, y cuyos contenidos y resultados fueron previamente determinados como
confidenciales.EldirectoroladirectoradeDepartamento Académico dará la constancia pertinente
para los efectos del Registro y Control Académico.
Los trabajos o productos investigativos valorados enlacategoría de Excelente (calificación de 90
a 100), y que cuenten con el aval de los miembros evaluadores, podrán ser objeto de
publicación (total o parcial) en la página Web de la UCA o en otro medio de información que la
institución determine, bajo la licencia Creative Commons en cualquiera de sus modalidades,
según las políticas de publicación de la UCA, de septiembre de 2008.
Como mecanismo legal de autorización de los autores para publicar, se establecerá el escrito
formal, firmado, de consentimiento voluntario de ese derecho a la Universidad (formato en
Anexo 7). Los coordinadores o coordinadoras de carrera deben enviar a la Biblioteca “José
Coronel Urtecho” (BJCU) los trabajos de culminación de estudios en formato impreso y digital,
con el acta de evaluación correspondiente y el escrito del estudiante que autoriza la publicación
digital de su trabajo. En caso de que el estudiante no autorice la publicación, se debe enviar por
escrito la objeción a la misma. En esta circunstancia, el trabajo estará a la disposición de los
usuarios de la BJCU para consulta. A su vez, la Biblioteca extenderá una notificación de que
recibió los documentos requeridos. Para la titulación, es requisito que las secretarías académicas
de cada Facultad presenten a Registro Académico, con los demás documentos del alumno, la
notificación escrita de la Biblioteca, mencionada en el artículo anterior.
8. Aspecto financiero
a) Formas de culminación de estudios dentro de los planes de estudio. Las formas de
culminación de estudios incorporadas en los planes de estudio tienen como único requerimiento
los pagos correspondientes a la matrícula de la asignatura del plan, orientada para este fin.
Además, estará exento del pago de inscripción del tema y del pago para la disertación. Es
obligación de la Universidad contratar y pagar al tutor o al profesor responsable de cada grupo en
la asignatura de Seminario o Taller de Culminación de Estudios, y el pago de dos especialistas
que fungirán como jurados durante la disertación, en aquellas carreras que así lo establezcan.
b) Formas de culminación de estudio fuera de los planes de estudio. Las formas de
culminación de estudios fuera de los planes de estudio (examen de grado y especializaciones)
requieren que el estudiante solicite solvencias (biblioteca y aranceles) y que realice el pago
correspondiente del examen de grado o los pagos de la especialización respectiva, según sea el
caso.
38. 338 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Anexos
1. Estructura del informe o trabajo final
La estructura del informe o trabajo final de cualquiera de las formas de culminación de estudios,
excepto el Examen de grado, contiene algunos componentes comunes, sin embargo, cada una
define componentes particulares.
A. El informe de la Monografía contemplará los siguientes elementos:
a) Aspectos normativos preliminares (ver inciso 7-A)
b) Introducción
c) Objetivos
d) Marco teórico, referencial o conceptual
e) Marco metodológico
f) Desarrollo (descripción y análisis de los resultados, discusión)
g) Conclusiones
h) Recomendaciones
i) Bibliografía
j) Anexos
B. La estructura del Producto creativo será:
a) Aspectos normativos preliminares (ver inciso 7-A)
b) Introducción o Presentación
c) Objetivos
d) Marco teórico, referencial o conceptual
e) Metodología
f) Presentación de los resultados / Producto creativo
Análisis
Diseño
Construcción o simulación
Evaluación Aspecto económico (si es necesario)
g) Conclusiones
h) Bibliografía
i) Anexos
39. 339 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
C. La estructura del Perfil de proyecto será:
a) Aspectos normativos preliminares (ver inciso 7-A)
b) Introducción
c) Área de influencia del proyecto / Objetivos d) Justificación
e) Situación actual y evolución del problema
f) Descripción del proyecto (descripción de componentes, objetivos, actividades, metodología)
g) Matriz de objetivos y componentes
h) Beneficiarios
i) Costos / financiamiento
j) Presupuesto k) Bibliografía
l) Anexos
D. Estructura del informe de Sistematización de la práctica:
a) Aspectos normativos preliminares (ver inciso 7-A)
b) Introducción
c) Justificación
d) Objetivos (productos, beneficiarios)
e) Referente teórico o conceptual en que se apoya la práctica
f) Metodología (método elegido, fases, pasos, procedimientos, técnicas, instrumentos,
fuentes de información, definición de responsabilidades definidas o utilizada para la
sistematización)
g) Contexto de la experiencia
h) Desarrollo de la experiencia
i) Resultados de la experiencia
j) Lecciones aprendidas
k) Recomendaciones o propuestas
l) Bibliografía
m) Anexos (si se estima necesario)
E. Estructura del informe de Evaluación de impacto:
a) Aspectos normativos preliminares (ver inciso 7-A)
b) Introducción
c) Objetivos
d) Marco teórico o conceptual
e) Metodología
f) Descripción y análisis de los resultados
g) Discusión crítica
h) Conclusiones
i) Recomendaciones
40. 340 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
j) Bibliografía
k) Anexos
2. Características de la estructura integral del documento
El documento final que se presentará deberá estructurarse coherente y lógicamente bajo el
ordenamiento de tres (3) partes fundamentales:
A) Aspectos normativos preliminares
B) Texto o cuerpo del trabajo
C) Material complementario.
A. Aspectos normativos preliminares
a) Tapa o pasta
b) Guardas
c) Portada
d) Carta de aceptación y aval del tutor
e) Dedicatoria (opcional)
f) Página de agradecimientos (opcional)
g) Tabla de contenido o índice
h) Lista de tablas o de gráficos (si los hubiere)
i) Glosario (si fuese necesario)
j) Resumen en español e inglés (este último es opcional)
B. Texto o cuerpo del trabajo
El cuerpo del trabajo es la parte fundamental del documento. Se estructura tomando en
consideración los aspectos definidos previamente para cada forma de culminación de estudios
(ver inciso 6 A, B, C, D o E).
C. Material complementario
a) Bibliografía
b) Anexos. Documentación complementaria (si es requerida: cuadros, guías de trabajo, etc.).
3. Algunos requerimientos básicos para la presentación del documento
La presentación del documento escrito debe ser nítida y ordenada. El texto debe ir exento de
errores dactilográficos y gramaticales.
Las medidas de los márgenes en la página deben ser: Margen izquierdo y margen derecho: 3 cm
Margen superior y margen inferior: 2.5 cm
Se recomienda usar la letra Arial, tamaño 12.
41. 341 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Cada capítulo debe comenzar en una nueva hoja, a 5 cm del borde superior, igualmente para los
preliminares, cuerpo del trabajo y complementarios.
Todos los párrafos deben iniciar al borde del margen izquierdo y sin dejar sangría.
En los aspectos preliminares, teniendo en cuenta las necesidades del proyecto, se debe seguir el
orden estricto en que se enuncia la estructura del informe o trabajo.
Entre las listas especiales que forman parte de estos aspectos preliminares, pueden estar: lista de
tablas, lista de figuras, lista de anexos, lista de abreviaturas. Las tablas y gráficos deben
numerarse.
Las llamadas para explicar algún aspecto de las tablas deben hacerse con asteriscos. Las notas
explicativas de éstas y las fuentes documentales de las mismas se colocan al pie de la tabla y no
al pie de la página.
Los títulos de las figuras son concretos, y se ubican en la parte inferior de las mismas
después de la palabra “Figura”, seguida del número correspondiente y punto. No se emplea la
abreviatura No. ni el signo #. Debe ubicarse dicha figura en la misma página en que se menciona
o en la siguiente.
En el glosario, el primer término aparece contra el margen izquierdo, en mayúscula y en orden
alfabético, seguido de dos puntos (:), luego de un espacio, en minúscula, se coloca la definición.
Entre un término y otro se tienen dos renglones.
En el cuerpo del trabajo, los títulos no llevan punto final ni son subrayados, ni se dejan
espacios entre letras, y se separan del texto por dos renglones. Los títulos del segundo nivel se
escriben en mayúscula, al lado del margen izquierdo, a dos espacios del numeral y separados del
texto por un renglón.
Del tercer nivel en adelante, la primera palabra lleva mayúscula inicial y las demás deben cumplir
las reglas ortográficas para el uso de las mayúsculas; dichos títulos van separados del texto por
un espacio, en el mismo renglón.
Las citas son obligatorias cuando se hace referencia a una fuente, y las notas al pie de página son
un recurso para ampliar, complementar, desarrollar o aclarar una idea.
La inclusión de las referencias bibliográficas es obligatoria en todo trabajo de investigación.
Debe estar en orden alfabético, según apellido de autores y debe seguir las normativas APA
(véase el documento “Herramientas cómo citar bibliografías y recursos electrónicos” en la
página WEB de la Biblioteca “José Coronel Urtecho”. http://bjcu.uca.edu.ni).
La numeración del cuerpo del trabajo y los complementarios debe hacerse con números arábigos
consecutivos hasta la última página del documento, a 2 cm del borde superior derecho, tanto
42. 342 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
horizontal como verticalmente, o centrada sobre los 2 cm del margen inferior y separado del
texto por dos renglones.
4. Detalles de la estructura y contenido del informe o trabajo
A. Explicaciones relativas al contenido de los aspectos normativos preliminares
Esta parte contiene la presentación formal del informe. Aquí se identifica la institución educativa,
el autor o los autores de la investigación, los protocolos de titulación, los agradecimientos y
dedicatoriasqueelautorolosautoresconsiderenpertinentes. Incluye los siguientes elementos:
1) Tapa o pasta
Es lo primero que se observa en el informe o trabajo, también se le conoce como carátula de
presentación. En ella se orienta incluir los siguientes datos y en el orden que sigue:
• Nombre de la Universidad. Al ser la institución que avala y otorga el título profesional, debe
llevar impreso el
• Título. Se debe ubicar centrado en la parte media superior, con letras de regular tamaño, de tal
forma que se distinga entre los demás datos de la página.
• Protocolo de titulación. Se refiere a la identificación del trabajo presentado; se indica el
porqué de su exposición, mencionando el grado o título que se pretende alcanzar. Se ubica en la
parte media baja y centrado en la página (tesis, tesina, etc. para obtener el título de…)
• Autor. Se señala el nombre o los nombres de de quienes presentan la tesis. Deben indicarse los
nombres completos y los apellidos.
• Tutor. Debe indicarse el nombre del conductor o director de la investigación.
• Lugar y fecha. Hay que dejar sentados el lugar y la fecha en que se realizó el trabajo (para mayor
ilustración ver el ejemplo de Portada en la última página, anexo 1).
2) Guardas
Las guardas son hojas en blanco ubicadas al principio y al final del documento.
3) Portada
Es una copia de la pasta, pero a diferencia de ésta, se imprime en el mismo tipo de papel del
informe.
4) Página de aceptación y aval del tutor o de la tutora
43. 343 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
En esta página se incluyen los nombres de las personas autorizadas por la institución para
evaluar, corregir y aprobar la disertación.
5) Dedicatoria (s)
Corresponde a la mención de las personas a quienes el autor o los autores dedican su trabajo.
No existen reglas relativas a la redacción de esta parte del texto, las únicas restricciones que se
dan son muy subjetivas, y se refieren al buen gusto y a evitar el abuso de los nombramientos.
6) Página de agradecimientos
De la misma manera que el punto anterior, no hay reglas específicas para agradecer a quienes
contribuyeron con el autor o con los autores para culminar el trabajo.
7) Tabla de contenido
Corresponde a los títulos pertinentes a los capítulos y a las divisiones menores del trabajo.
Deben elaborarse en el mismo orden en que aparecen en el cuerpo del informe, para indicar y
facilitar su localización en el texto.
En esta parte se pueden incluir listas especiales (opcional).
8) Resumen o abstract (en español e inglés. Este último es opcional):
Corresponde a la descripción clara y concisa del trabajo de graduación, de los principales
puntos tratados en el proyecto: los objetivos propuestos, los resultados obtenidos y las
principales conclusiones. El resumen debe redactarse en tiempo pretérito, porque es un trabajo
ya realizado; no debe incluir referencias bibliográficas, excepto en casos raros, como cuando se
describe la modificación de algún método antes publicado. Debe ser presentado en un máximo
de 180 palabras.
B. Relativo al texto o cuerpo del trabajo (no todos los tipos de trabajo incluyen estos mismos
apartados)
1) Introducción o presentación
La introducción o presentación del trabajo de grado está destinada a expresar con toda claridad
el propósito de la investigación, la importancia del tema, los antecedentes de la situación o
fenómeno objeto de estudio, el planteamiento del problema o situación, la hipótesis de la
investigación, su alcance, implicaciones y límites. La introducción o presentación no debe
numerarseo capitularse. Suextensiónnodebeexceder las dos páginas.
2) Marco teórico o referencial
El marco teórico o referencial consiste en una revisión bibliográfica sobre el tema objeto de
estudio. Expresa una síntesis crítica de los principales planteamientos teóricos y conceptuales
44. 344 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
relacionados con el tema y con el problema por investigar, de manera que éste cumpla con el
cometido para el cual fue definido. Su papel es servir de marco orientador para efectuar el
análisis, la interpretación y la discusión de los resultados. No se trata de describir y pormenorizar
las teorías, y menos transcribirlas. Debe comprender como máximo un 20% del tamaño total del
trabajo presentado, lo que se traduce a un máximo de 10 páginas. A través del marco teórico o
referencial se debe desarrollar la síntesis descriptiva, histórica o técnica, y señalar las
características propias del asunto objeto de la investigación, haciendo énfasis en los aspectos de
recopilación e investigación.
3) Metodología
El objetivo de este inciso es describir el proceso seguido para la ejecución de la investigación, de
la sistematización o de cualquiera de los trabajos de culminación antes mencionados. Explica
cómo se planificó, se organizó y se llevó a cabo el proceso investigativo, asimismo, las
limitaciones encontradas en la realización del estudio. Esta parte debe reflejar: sustento
epistemológico de la metodología empleada, descripción de la muestra o sujetos del estudio,
método y procedimientos utilizados para la recolección, registro, análisis y construcción de la
información.
4) Desarrollo, resultados o producto
Fundamentándose en el tema abordado, en el tipo, en el diseño de la investigación elaborada, y en
la teoría aplicada, el desglose del desarrollo del trabajo se debe realizar a través de capítulos bajo
un ordenamiento lógico y correlacionado, que permita cubrir y comprender las fases
investigativas cubiertas metodológicamente a través del desarrollo del trabajo. Este apartado,
dependiendo del tipo de investigación realizado, puede incluir la parte de Resultados y
Discusión.
Resultados del estudio. Deberán redactarse en pretérito. En el texto, los cuadros y las
ilustraciones, deben presentarse en secuencia lógica; se recomienda omitir los datos presentados
éstos; se debe destacar o resumir sólo las observaciones importantes y no hacer juicios ni colocar
referencias bibliográficas; se debe evitar la redundancia.
Discusión. Se realiza estableciendo relaciones entre los aspectos nuevos e importantes del
trabajo y de lo expresado en el marco teórico, de manera que éste sirva para iluminar u orientar
el análisis y la discusión de los resultados, de forma tal que, desde este componente se intuyan o
deriven las posibles conclusiones del estudio. No deben repetirse pormenores, datos u otra
información ya presentada en los resultados o en cualquier otra parte del manuscrito. Se
pueden establecer nexos entre las conclusiones y el objetivo de la investigación, pero se debe
evitar hacer afirmaciones generales y extraer conclusiones que no estén respaldadas con los
datos. No se deben mencionar trabajos que no estén terminados.
45. 345 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
5) Conclusiones
Deben corresponder al balance final de la investigación, y fundamentarseenelmarcoteóricoyen
los resultados del trabajo investigativo. Las conclusiones implican la reconstrucción y las
comprobaciones de los hechos, la generalización de los nuevos conocimientos, y la
fundamentación o soporte para el desarrollo de nuevos proyectos de investigación, relacionadas
o afines al tema y a las líneas de investigación.
6) Recomendaciones
Son los deseos y las inquietudes referidas al problema investigado, surgidos en él o en los
investigadores durante la realización del estudio y después de efectuado el mismo; por tanto, este
apartado refleja esas ideas que ayudarán a sugerir opciones de solución viables a los problemas
encontrados, y nuevos panoramas de investigaciones futuras.
C. Relativo a la parte complementaria
Esta tercera parte del trabajo puede incluir referencias bibliográficas y anexos.
1)Referencias bibliográficas
Contiene todas las obras que fueron citadas en el cuerpo del trabajo. Las referencias
bibliográficas, y las citas directas o indirectas deben estar de acuerdo con las normas APA.
2) Anexos (cuadros, gráficos, tablas)
Se deben presentar de forma clara, con numeración arábiga, asignando un título breve, cada
columna lleva un título corto. Si se incluye datos publicados, se debe obtener la autorización del
autor o señalar el texto de donde se tomó (algunos cuadros, gráficos o tablas pueden ir en el
cuerpo del documento, otros como anexos).
46. 346 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
5. Ejemplo de portada
UNIVERSIDAD CENTROAMERICANA FACULTAD DE CIENCIAS
JURÍDICAS
Análisis del Código de Aranceles
Judiciales en la República de Nicaragua
Trabajo investigativo para obtener el Título de Licenciada en
Derecho.
Autor: Claudia Delfina Padilla Cordero
Tutor: Oswaldo Medrano Jiménez
Managua, Nicaragua
Junio 2007
47. 347 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
6. Ejemplo de formato de Acta de Evaluación de la forma de culminación de
estudios
Formato de Acta de Evaluación de la forma de culminación de estudios:
sistematización, monografía…
Acta N° 203
En la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a las horas del día del
mes de , reunidos los miembros del Comité Evaluador de la Disertación,
integrado por:
Presidente:…………… y Secretario……………………,
designados por el/la Decano/a de la Facultad de Ciencia, Tecnología y Ambiente,
Tarsilia Silva de Carranza, tuvieron la responsabilidad de valorar la disertación sobre:
“La descentralización de la gestión ambiental nacional hasta 2006”,
presentado por los/las as:
bajo la dirección del/la
Tutor/a……………………………………………………….
Al efecto, y tomando en consideración que los/las estudiantes ponentes y autores del trabajo
realizado lo efectuaron dentro de los términos señalados, yhabiendo cumplido con los criterios
y requerimientos establecidos en la Normativa de Formas de Culminación de Estudios para
la disertación, emitieron la evaluación siguiente en la que dice:
Bachilleres: Carné Calificación Equivalencia
Castillo Harrera, Diana Alejandra 20011330018 XX Excelente
Rimawi Bolt, Samar 20022400710 XX Excelente
48. 348 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
Presidente Secretario
Además, realizaron las siguientes observaciones:
Así mismo, el tutor/a asignado, responsable de evaluar el proceso y el informe final escrito,
tomando en consideración que los/las estudiantes autores del trabajo lo efectuaron siguiendo
los procedimientos y orientaciones emanados de él, y los requerimientos establecidos en la
Normativa de Formas de Culminación de Estudios, emitió la evaluación siguiente:
Bachilleres: Carné Calificación Equivalencia
Castillo Harrera, Diana Alejandra 20011330018 XX Excelente
Rimawi Bolt, Samar 20022400710 XX Excelente
Tutor/a-------------------------------------------------------
Por tanto, el/la directora/a de Departamento Académico certifica que los bachilleres
alcanzaron en la forma de culminación de estudios la calificacióntotal
Castillo Harrera, Diana Alejandra 20011330018 XX Excelente
Rimawi Bolt, Samar 20022400710 XX Excelente
49. 349 Vicerrectoría Académica
Digesto Académico
7. Autorización para publicación
UNIVERSIDAD CENTROAMERICANA
Autorización para la publicación de trabajos de investigación en las diferentes
modalidades de formas de culminación de estudio en Pregrado y en Posgrado:
Yo,…………………………………………..……………………………………
autor/a del trabajo final de investigación que se señala a continuación, autorizo a la Universidad
Centroamericana publicar, tanto en formato papel y/o electrónico, copias de mi trabajo para
fines educativos no comerciales.
Esta autorización se otorga en el marco de Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, No.
312, con carácter gratuito y no exclusivo para la Universidad.