Aspectos Jdicos Del Tlc. Cap 1 Abc Del Tlc J Uribe. Ccb Y U Rosario Febrero 2005
1. Capítulo 1
Aspectos generales
Jorge Uribe Roldán1
A . TLC O el abecedario del como mecanismos para una más rápi-
comercio mundial. El nuevo da integración política y económica en
regionalismo el actual escenario global, cuestionaba
el avance de las negociaciones
multilaterales del comercio y la articula-
1. Justificación
ción del sistema mundial del comercio
frente a una compleja red de acuerdos
Tan sólo hace unos cuatro años, el an-
regionales. Decía Moore: “Is there is a
terior director general de la Organiza-
risk that regionalism is becoming a
ción Mundial de Comercio, OMC,
stumbling-block, more that a building-
Michael Moore, al referirse a la crecien-
block for the new WTO, draining energy
te proliferación de acuerdos regionales
from multilateral negotiations,
de integración, ARI y tratados de libre
fragmenting international trade, and
comercio TLC, consideraba que el siste-
creating a new international dis-order
ma multilateral del comercio se hallaba
characterized by growing rivalries and
en peligro. Aunqie Moore no negaba la
marginalization and possible hostile
importancia de los acuerdos regionales
blocks”2 .
1. Abogado de la Universidad del Rosa-
rio, catedrático de la Facultad de Juris- 2. MOORE, M. Globalizing Regionalism:
prudencia y excanciller de la Universi- A new role for Mercosur in the
dad del Rosario y profesor universita- multilateral trading system. Discurso en
rio. Buenos Aires, diciembre 28 de 2000.
2. Aproximación jurídica al Tratado de Libre Comercio
Evidentemente hoy existen alrededor de ses, está llamada a desaparecer? ¿Has-
250 acuerdos regionales de integración ta dónde, el artículo XXIV del GATT o
de diferente índole declarados ante la cláusula habilitante que permite el re-
OMC, al amparo del Artículo XXIV del gionalismo, ha sido ignorado y abusa-
GATT/1994, incorporado en el régimen do por los países miembros de la OMC?
vigente de la OMC, (véase figura 1.1). ¿Hacia dónde va la política de comercio
exterior colombiana y su diplo-
macia comercial con ya casi
Figura 1.1 seis ARI en vigencia, frente a
ARI declarados ante la OMC la cláusula de la nación más
favorecida y sus socios comer-
ciales naturales, los países
geográficamente cercanos y el
resto del mundo?
Este artículo busca responder
estas preguntas, a la luz de la
creciente tendencia de los paí-
ses miembros de la OMC de
participar en acuerdos de in-
Fuente. OMC. tegración regional, el significa-
do, alcance y modalidad de
esos acuerdos y su incidencia en el sis-
¿Cuáles son las razones para que virtual- tema multilateral del comercio.
mente todos los miembros de la OMC
2. TLC como una respuesta política
sean miembros de algún ARI? ¿Es posi-
regional a un escenario económi-
ble, en el actual escenario político de la co internacional
nueva globalización, la coexistencia de
lo que se ha llamado el nuevo regiona- Antes de entrar a analizar el significado
lismo político-comercial, frente al tradi- de los ARI y el papel de los TLC en el
cional sistema multilateral del comercio? desarrollo del comercio intrarregional,
¿Son esquemas complementarios? ¿O, es importante tener claro las razones por
por el contrario, la OMC como meca- las cuales la mayoría de los países, en-
nismo institucional para la liberalización tre ellos Colombia, se han embarcado
del comercio y sistema de resolución de en una intensa actividad negociadora
controversias comerciales entre los paí- encaminada a la firma de ARI o TLC.
16
3. Capítulo 1. Aspectos generales
Incluso Estados Unidos, que insiste en integración tranfronteriza más regional
el fortalecimiento del libre comercio y o de barrio, si se quiere, que reconoce
del sistema multilateral de negociacio- las barreras del ambiente físico del mun-
nes vía la OMC, se encuentran desde el do pero que las hace más flexibles me-
2003 inmerso en la negociación simul- diante un sinnúmero de interrelaciones
tánea de varios TLC de carácter bilateral o acuerdos en el ambiente político del
(Singapur, Chile, Centroamérica, Austra- mundo.
lia, Colombia y Andinos y Bahréin).
Un reciente estudio de la OCED sobre el En el caso de Colombia, la política de
regionalismo y los acuerdos regionales comercio exterior ha tomado el rumbo
de integración, recopilado posterior- del regionalismo, intensificándose en los
mente por el Banco Mundial, concluye últimos años la actividad diplomática
categóricamente que la integración eco- comercial. Sin embargo, a pesar de la
nómica es ante todo política3. Aun- participación y presencia colombiana en
que esto no es nuevo, hoy ya no es po- los diferentes foros regionales y bilate-
sible hablar en forma exclusiva de rales, sólo hasta ahora y como conse-
acuerdos de integración económica. Las cuencia de las negociaciones en curso
realidades del escenario global, deter- del TLC con Estados Unidos, sus alcan-
minadas por la creciente movilidad de ces y el calibre de los temas incluidos en
las personas, los bienes, los servicios y la agenda de negociaciones, se percibe
aun las ideas, han llevado a los nacio- un mayor interés público acompañado
nes a asegurar su precaria integridad de intensos debates en todos los nive-
fronteriza, mediante el afianzamiento de les de la actividad política, comercial y
sus relaciones con el mundo exterior vía social.
acuerdos que no necesariamente tienen
un fundamento económico y comercial. Independientemente del resultado de las
Puede resultar paradójico que si bien, negociaciones y del acuerdo o tratado
la globalización apuntaba a un mundo que llegare a firmarse, conviene, como
sin fronteras, las realidades de la nueva contribución al mismo debate, hacer un
globalización de la actual década, ha lle- análisis de los fundamentos centrales
vado a los países a la búsqueda de una que inspiran o deben inspirar una polí-
tica de comercio exterior basada en el
regionalismo, sus efectos económicos y
las decisiones de política que implican
3. SCHIFF, Maurice L. y WINTERS, Alan los TLC, hoy tan de moda. En otras pa-
(2004). Integración Regional y Desa- labras, ¿qué es un tratado de libre co-
rrollo. Banco Mundial, Ed. Alfaomega.
Bogotá. mercio y cómo se enmarca en el con-
17
4. Aproximación jurídica al Tratado de Libre Comercio
texto del derecho económico internacio- • El poder de negociación
nal?
Este fundamento se basa en la tesis de
3. Fundamen-
Elementos de los TLC. Fundamen- que la unión hace la fuerza, y tanto en
tos, efectos económicos y decisio- el contexto regional como en el contex-
nes de política to mundial, les facilita a los países miem-
bros, pero particularmente a aquellos
menos desarrollados, la posibilidad de
a. Fundamentos
Fundamentos
adquirir y desarrollar fortalezas para
negociar en otras instancias y foros más
• La seguridad nacional.
amplios, donde la diplomacia comercial
asociativa requiere un mayor músculo
El principal fundamento detrás de las
para obtener resultados. Se trata igual-
estrategias del nuevo regionalismo es la mente, de ser visto en el contexto mun-
seguridad. Indudablemente, enganchar- dial. Lo importante, sin embargo, es
se en un acuerdo regional o bilateral poder llegar a posiciones comunes en
aumenta la seguridad o la sensación de asuntos importantes que a su vez atien-
seguridad entre los países miembros no dan los intereses nacionales.
sólo entre sí, sino también frente a ter-
ceros países. Economías entrelazadas Tanto México como Chile, después de
por el acuerdo encuentran costoso en- logrado los acuerdos con Estados Uni-
trar en conflicto y ese frecuente contac- dos, han salido fortalecidos en su po-
to político institucional va construyen- der de negociación frente a terceros
do, entre las mismas, relaciones de países o bloques regionales, permitién-
confianza que contribuyen a facilitar la doles actuar en el escenario político-eco-
cooperación transfronteriza en todos los nómico con mayor sentido y unidad de
temas, aun los comerciales. El concep- propósito frente a lo comercial.
to de la seguridad nacional y, para el
• Enganche o compromiso político
efecto, la seguridad regional, como fun-
(lock in)
damento para involucrarse en un la ne-
gociación de un TLC o en un ARI, impli-
Indudablemente, un acuerdo cimenta-
ca de por sí un cambio paradigmático
do en los fundamentos anteriores tiene
frente a los fundamentos de índole eco-
un efecto en la política interna de las
nómica y comercial que en el pasado partes comprometiéndolos de tal forma
orientaban acuerdos de esta naturale- que echar reversa no es fácil, o por lo
za. menos desde el punto de vista del de-
18
5. Capítulo 1. Aspectos generales
bate político interno, no es necesaria- de la globalización, o las realidades de
mente la opción más viable. De allí la la nueva globalización, determinadas
importancia de negociar bien los temas por los flujos del comercio mundial en
gruesos o aquellos que requieren ma- bienes y servicios, que a su vez están
yor consenso político, para evitar situa- generando una intensa dinámica de blo-
ciones futuras de inestabilidad política ques económicos que compiten entre sí
o inseguridad jurídica frente al alcance y que actúan con mayor intensidad a
y aplicación en el ámbito nacional de escala intercontinental; así como un
estos acuerdos. aumento de los flujos de inversión ex-
tranjera directa que generan en los paí-
Es evidente que el mecanismo norte- ses huéspedes o recipientes de esa in-
americano del fast track o el actual TPA versión, situaciones de convergencia
(Trade Promotion Authority) que esta- neoliberal o de desarrollo desigual que
blece las relaciones de poder entre el en últimas se traducen en una carrera
Congreso de Estados Unidos y el presi- al abismo o race to the bottom o por el
dente de Estados Unidos para actuar en contrario, en una escalada a la cima o
el escenario internacional de las nego- climb to the top entre los mismos paí-
ciaciones comerciales y hacerle al mis- ses.
mo tiempo el control político a los acuer-
dos que llegare a firmar el presidente Ciertamente, el debate político de los
en ejercicio de esa autorización, entien- TLC está ligado a factores de igualdad y
de los efectos a futuro del lock in o el equidad que afectan la economía na-
compromiso político de los TLC. cional, por tanto, aspectos como las
economías de escala que traen consigo
b. Efectos económicos el ensanchamiento de los mercados y,
como se anotó, mayores flujos de inver-
Del mismo modo, es necesario prever sión extranjera, la competencia y la
los efectos económicos que las nego- competitividad de los sectores
ciaciones de un TLC tienen, no sólo en involucrados, y la deslocalización,
el contexto domestico, sino también, y relocalización o externalización de las
muy especialmente, en el contexto re- operaciones estratégicas comerciales
gional y global. Recuérdese aquí que los tanto de bienes como de servicios, de-
TLC´s son en cierta medida una respues- ben tomarse en cuenta durante las ne-
ta regional a una encrucijada global. gociaciones y objetivamente medidos y
evaluados frente a la propia capacidad
En ocasiones el debate interno olvida las de respuesta del país y de las empresas
dimensiones del malestar del escenario al comercio mundial.
19
6. Aproximación jurídica al Tratado de Libre Comercio
En ese sentido, y para ilustrar lo ano- Figura 1.2
tado, vale la pena observar las figuras Flujos del comercio mundial
1.2, 1.3 y 1.4 y el cuadro 1.1 sobre la (1999 (US$5,8 trillones)
dinámica de bloques que está dándo-
se como consecuencia de casi 54 años
de creciente y reiterada liberalización
del comercio en mercancías y del cre-
cimiento de los servicios y la inversión,
como lo presenta el reciente informe
sobre las inversiones en el mundo de
la UNCTAD, acertadamente titulado “El
giro hacia los servicios”4.
Fuente. OMC International Trade Division 1999.
Cuadro 1.1
Algunos indicadores de la IED y la producción internacional, 1982-2003
(en miles de millones de dólares y em porcentaje)
* 1987-1990 solamente
* 2002
Fuente: UNCTAD, World Investment Report 2004: the shift towads
Services. cuadro 1.3
4. UNCTAD (2004). Informe sobre las in-
versiones en el mundo. El giro hacia
los servicios. Naciones Unida, Nueva
York y Ginebra. www.unctad.org/wir.
20
7. Capítulo 1. Aspectos generales
Figura 1.3 Figura 1.4
Los 20 mayores receptores de IED del Monto acumulado mundial de la IED
mundo, 2002 y 2003 por sectores, 1990 y 2002
(en miles de millones de dólares)
Fuente: UNCTAD, World Investment Report 2004:
the shift towads Services. cuadro B.1. del anexo.
Nota: para calcular los porcentajes de los respec-
tivos sectores se han excluido de las cifras totales
las cantidades contabilizadas en las partidas «Com-
pras y ventas privadas de bienes» y «Sin especifi-
car».
Fuente: UNCTAD, World Investment Report 2004: * O último año para el que se existen cifras.
the shift towads Services. cuadro B.1. del anexo.
c. Decisiones de política lo sumo obedecer a algún tipo de inte-
rés estratégico nacional. Puedo entrar
Además de los fundamentos y los efec- en negociaciones con países
tos económicos del TLC, es importante geográficamente cercanos de igual, si-
tener en cuenta las decisiones de políti- milar o menor desarrollo relativo. Caso
ca que finalmente vienen a darle forma típico fue aquel que nos llevó a todos
al tratado y que necesariamente deter- los desarrollos que conocemos como el
minarán los compromisos adquiridos Pacto Andino y la Comunidad Andina
junto al alcance jurídico del TLC. de Naciones y que hoy, a la luz de los
argumentos políticos del regionalismo,
1ª. La escogencia del socio: con quién se conoce como el diálogo sur-sur. Pue-
adelantar el TLC. Las opciones estraté- do, igualmente, negociar con un socio
gicas de un país son varias y como es políticamente estratégico o un grupo de
lógico deben estar determinadas por los países o bloques de mayor desarrollo,
fundamentos de la política exterior o a no necesariamente geográficamente
21
9. Capítulo 1. Aspectos generales
2ª. Si todo TLC, por su naturaleza, esta- ningún extranjero debe ser tratado de
blece un trato preferencial, la segunda manera más favorable que los residen-
decisión de política está relacionada con tes del país socio; y para aquellos países
la posición frente a terceros países, no miembros de la OMC, hoy, la gran ma-
miembros del acuerdo. yoría, debe ajustarse a la llamada cláu-
sula habilitante establecida en el artícu-
Aquí es necesario considerar el enfoque lo XXIV del GATT numeral 8, aprobada
de la política comercial y el carácter mis- en 1971, y que les permite a los países
mo del acuerdo; bien sea si la política miembros conceder “un tratamiento
es amplia, como en el caso de las unio- favorable y preferencial a los países en
nes aduaneras o si dependen de la desarrollo sin que se les conceda un tra-
discrecionalidad en el trato como en el tamiento igual a otras partes contratan-
caso de lo áreas de libre comercio. 143 tes”.
de los 162 acuerdos regionales de inte-
gración notificados a la OMC a agosto 3ª. El tercer elemento de política tiene
de 1998 eran acuerdos de libre comer- que ver con la profundidad del acuerdo
cio, que aplicaban aranceles internos de o el grado de integración a que se quie-
cero, pero carecían de aranceles exter- re llegar. Diferentes países se enganchan
nos armonizados, y 19 eran uniones en negociaciones comerciales para ob-
aduaneras, con aranceles externos co- tener diferentes objetivos y según de-
munes5. Es probable que desde el pun- terminadas limitaciones. Por tanto, el
to de vista económico las uniones adua- grado de integración varía según el ni-
neras permitan una mayor integración vel de compromiso político entre las par-
y eficiencia de los mercados, aun cuan- tes. Es innegable que aquellos acuerdos
do limiten la capacidad de maniobra que prevén la creación de organismos
política y flexibilidad en la aplicación de de carácter supranacional desarrollan re-
las normas y compromisos derivados del laciones más estrechas y avanzan con
acuerdo. Indistintamente y en el ámbi- mayor rapidez hacia uniones de carác-
to del derecho económico internacional ter político. El reciente giro de la políti-
debe, en primer lugar, respetarse el prin- ca norteamericana hacia el bilateralismo
cipio de la cláusula de la nación más y la proliferación de TLC, está determi-
favorecida, NMF , en el sentido de que nada por consideraciones geopolíticas
y de seguridad, en las que los tratados
de libre comercio son vistos como me-
canismos para profundizar en las rela-
5. UNCTAD (2004). Op.cit. Véase nota 3. ciones políticas bilaterales y al mismo
supra, p. 84.
23
10. Aproximación jurídica al Tratado de Libre Comercio
tiempo como vehículo para combatir el 4. Algunas consideraciones sobre el
terrorismo. Igualmente, las áreas de li- GAT
artículo XXIV del GATT/OMC y los
TLC
bre comercio son mecanismos que per-
El artículo XXIV del GATT/1947 esta-
miten ampliar el acceso a mercados de
blece la regla básica y los fundamentos
los exportadores norteamericanos y con-
para la coexistencia de acuerdos regio-
trarrestar las altas tarifas de otros acuer-
nales de integración y tratados de libre
dos en que Estados Unidos no es parte. comercio, en el ámbito del sistema
Hay que destacar que la actual admi- multilateral del comercio y la OMC.
nistración del presidente Bush argumen- Sin embargo, es importante aclarar que
ta que esta política contribuye a com- cuando esa provisión se estableció el
plementar el proceso de negociación único modelo o acuerdo de libre comer-
multilateral estableciendo posiciones cio existente era la Mancomunidad Bri-
comunes de negociación entre diferen- tánica, en el que sus miembros acorda-
tes actores y a la vez compensa el lento ban un tratamiento preferencial. Por
progreso de las mismas. ello, los países miembros del GATT, par-
ticularmente los agricultores, vieron la
4ª. Por último y no por ello menos im- necesidad de establecer algún tipo de
portante, la amplitud o cobertura del tratamiento preferencial así como sen-
acuerdo es un elemento de política fun- tar las bases para un régimen ordenado
damental. Las partes, además de deci- y cierto grado de disciplina en la forma-
dir el grado de integración, deben op- ción futura de acuerdos de esta natura-
tar por el rango de actividades y temas leza. Para darle manejo a estas situacio-
cubiertos por el acuerdo. La tendencia, nes el artículo I:2 y el artículo XXIV6 fue-
y al mismo tiempo el peligro, radica en ron incorporados en el régimen GATT.
incluir no sólo la desgravación arance- No hay duda de que la actual prolifera-
laria en el comercio de bienes, sino tam- ción de ARI y TLC ha ido mucho más
allá de lo inicialmente previsto por los
bién la inclusión de los servicios, la mo-
agricultores europeos de 1947. El ritmo
vilidad de personas, o incluso temas
de la nueva globalización ha llevado en
como la propiedad intelectual, el desa-
forma indefectible a los países miembros
rrollo sostenibles y estándares labora-
de la OMC, 152 en total, a tomar acti-
les, áreas de intenso conflicto interno y
tudes regionales frente a los temas
que conllevan enormes complejidades
en cuanto a su aplicación y posterior
armonización.
6. Véase anexo 1, artículo XXIV del GATT/
OMC actualmente vigente.
24
11. Capítulo 1. Aspectos generales
globales del comercio. Las negociacio- acuerdos de integración regional con la
nes multilaterales de la OMC avanzan OMC, en sólo seis algún tipo de con-
lentamente y la frustración acumulada senso se ha logrado. La razón de esos
frente al imperativo del comercio como resultados tan pobres es el natural con-
instrumento vital para el desarrollo nos flicto de intereses entre los países miem-
plantean un escenario divergente don- bros y entre quienes forman parte del
de el Artículo XXIV es la válvula de esca- ARI y los que están fuera de él. La difi-
pe. cultad igualmente estriba en la vague-
dad de los términos clave del artículo
Como se anotó arriba, la premisa esen- como “una parte sustancial del comer-
cial de los TLC es el tratamiento prefe- cio” u “otras restricciones al comercio”,
rencial entre los países miembros, so- donde no se expresa claramente a qué
bre la base de la reducción de tarifas se refiere el artículo con una parte sus-
arancelarias y la eliminación de otras tancial. Los paneles que han logrado
formas de restricción al comercio y la decidir sobre la legalidad de los ARI fren-
inversión. En otras palabras, un TLC fa- te a la OMC a la luz de las interpretacio-
vorece cierta exclusividad y, a pesar de nes del artículo XXIV no han sido adop-
que la OMC permite, con miras a facili- tados por las partes afectadas y, por tan-
tar la igualdad entre desiguales, algún to, el tema legal se encuentra sin resol-
tipo de desviación de los principios del ver. Es probable que en el futuro algu-
trato nacional y la NMF, las partes con- nos paneles puedan darle una mejor in-
tratantes deben preservar ciertos limi- terpretación de manera que ambos es-
tes a ese carácter exclusivo y excluyente, quemas puedan coexisitir y complemen-
de manera que sus acuerdos regionales tarse. Sin embargo, el tema continuará
no vayan en dirección contraria o siendo un problema político antes que
distorsionen las reglas del sistema del legal. Tendiendo en cuenta que los ARI
comercio multilateral. y TLC continúan siendo, si se quiere un
mal necesario o a facto of life, es acon-
Ciertamente, la interpretación del artí- sejable que se establezcan en la OMC,
culo XXIV y su carácter permisivo-res- como en la negociación de futuros
trictivo ha sido siempre materia de de- acuerdos regionales, principios legales
bate. Desde 1957, cuando se empezó a más claros amparados por el mismo
establecer la Comunidad Económica principio de transparencia que anima las
Europea hasta hoy se han conformado negociaciones con el fin de que ambos
69 grupos de trabajo dentro de la OMC sistemas sean complementarios.
para determinar la compatibilidad de los
25
12. Aproximación jurídica al Tratado de Libre Comercio
5. Conclusiones América Latina. Chile y CAFTA ace-
leraron el proceso de negociación
A manera de conclusión y con el ánimo andino por el acceso al mercado
de participar en el debate que promue- norteamericano.
ve la Cámara de Comercio de Bogotá,
valdría la pena hacer algunas reflexio- · La multiplicidad de ARI y TLC en que
nes finales sobre el alcance del nuevo simultáneamente se involucraría un
regionalismo imperante en el sistema del país, dentro de su estrategia regio-
comercio mundial por vía de los TLC. nal, puede generar conflictos
operativos y aún de forma frente a
· Una preocupación en el análisis eco- la aplicación de las normas de ori-
nómico del tratamiento preferencial gen o el tratamiento nacional a paí-
que resulta de los TLC, a medida que ses socios.
las barreras al comercio se reducen
gradual y sustancialmente, es que · La dependencia al tratamiento pre-
se dé una desviación de comercio ferencial vía ARI o TLC puede en el
hacia países no miembros. mediano plazo, y a medida que se
presenten más acuerdos
· La concentración política, el esfuer- intrarregionales, generar situaciones
zo y desgaste de los negociadores de vulnerabilidad y competitividad,
comerciales del Gobierno por llegar motivadas por cambios en las prio-
a acuerdos bilaterales o regionales, ridades políticas o económicas de
podría restarle importancia a las ne- los países miembros. Un sistema
gociaciones multilaterales de la multilateral de comercio basado en
OMC y el proceso podría perder su reglas comunes para la liberalización
momentum. Los compromisos del podría ser un camino más seguro
Acuerdo de Ginebra de agosto de en el largo plazo.
2004, que salvaron las negociacio-
nes de la Ronda de Doha, son mues- · La actual generación de TLC ameri-
tra de ello. canos, donde diversidad de temas
han sido acordados o están en la
· A medida que más países se mesas de negociación, puede caer
involucran en ARI, el costo de no en el riesgo de sobrepasar los alcan-
participar y ser excluido es enorme, ces estratégicos del mismo acuerdo
frente al impacto del libre comercio y lleva a incumplimiento y sancio-
como medio para la reducción de nes comerciales con efectos políti-
la pobreza. El regionalismo compe- cos impredecibles.
titivo empieza a hacer carrera en
26
13. Capítulo 1. Aspectos generales
6. Anexo comerciales distintas a una parte sus-
tancial de su comercio con los demás
GAT
Artículo XXIV del GAT T/OMC 1995 territorios.
Aplicación territorial.
Tráfico fronterizo. 3. Las disposiciones del presente
Uniones aduaneras y zonas de libre Acuerdo no deberán interpretarse en el
comercio. sentido de obstaculizar:
1. Las disposiciones del presente (a) las ventajas concedidas por una
Acuerdo se aplicarán a los territorios parte contratante a países limítrofes con
aduaneros metropolitanos de las partes el fin de facilitar el tráfico fronterizo;
contratantes, así como a cualquier otro (b) las ventajas concedidas al comer-
territorio aduanero con respecto al cual cio con el Territorio Libre de Trieste por
se haya aceptado el presente Acuerdo, países limítrofes de este territorio, a con-
de conformidad con el artículo XXVI o dición de que tales ventajas no sean in-
se aplique en virtud del artículo XXXIII compatibles con las disposiciones de los
o de conformidad con el Protocolo de tratados de paz resultantes de la segun-
aplicación provisional. Cada uno de esos da guerra mundial.
territorios aduaneros será considerado
como si fuera parte contratante, exclu- 4. Las partes contratantes reconocen
sivamente a los efectos de la aplicación la conveniencia de aumentar la libertad
territorial del presente Acuerdo, con re- del comercio, desarrollando, mediante
serva de que las disposiciones de este acuerdos libremente concertados, una
párrafo no se interpreten en el sentido integración mayor de las economías de
de que crean derechos ni obligaciones los países que participen en tales acuer-
entre dos o más territorios aduaneros dos. Reconocen también que el estable-
respecto a los cuales haya sido acepta- cimiento de una unión aduanera o de
do el presente Acuerdo de conformidad una zona de libre comercio debe tener
con el artículo XXVI o se aplique en vir- por objeto facilitar el comercio entre los
tud del artículo XXXIII o de conformi- territorios constitutivos y no erigir obs-
dad con el Protocolo de aplicación pro- táculos al de otras partes contratantes
visional por una sola parte contratante. con estos territorios.
2. A los efectos del presente Acuer- 5. Por consiguiente, las disposiciones
do, se entenderá por territorio aduane- del presente Acuerdo no impedirán,
ro todo territorio que aplique un aran- entre los territorios de las partes con-
cel distinto u otras reglamentaciones tratantes, el establecimiento de una
27
14. Aproximación jurídica al Tratado de Libre Comercio
unión aduanera ni el de una zona de reglamentaciones comerciales más rigu-
libre comercio, así como tampoco la rosas que los derechos y reglamentacio-
adopción de un acuerdo provisional nes comerciales vigentes en los territo-
necesario para el establecimiento de una rios constitutivos de la zona antes del
unión aduanera o de una zona de libre establecimiento de ésta o de la celebra-
comercio, a condición de que: ción del acuerdo provisional, según sea
el caso; y
(a) en el caso de una unión aduanera (c) todo acuerdo provisional a que se
o de un acuerdo provisional tendiente refieren los apartados (a) y (b) anterio-
al establecimiento de una unión adua- res comprenda un plan y un programa
nera, los derechos de aduana que se para el establecimiento, en un plazo ra-
apliquen en el momento en que se es- zonable, de la unión aduanera o de la
tablezca dicha unión o en que se con- zona de libre comercio.
cierte el acuerdo provisional no sean en
conjunto, con respecto al comercio con 6. Si, al cumplir las condiciones esti-
las partes contratantes que no formen puladas en el apartado (a) del párrafo
parte de tal unión o acuerdo, de una 5, una parte contratante tiene el pro-
incidencia general más elevada, ni las pósito de aumentar un derecho de ma-
demás reglamentaciones comerciales nera incompatible con las disposiciones
resulten más rigurosas que los derechos del artículo II, será aplicable el procedi-
y reglamentaciones comerciales vigen- miento establecido en el artículo XXVIII.
tes en los territorios constitutivos de la Al determinar el ajuste compensatorio,
unión antes del establecimiento de ésta se tendrá debidamente en cuenta la
o de la celebración del acuerdo provi- compensación que resulte ya de las re-
sional, según sea el caso; ducciones efectuadas en el derecho co-
(b) en el caso de una zona de libre co- rrespondiente de los demás territorios
mercio o de un acuerdo provisional ten- constitutivos de la unión.
diente al establecimiento de una zona
de libre comercio, los derechos de adua- 7. (a) Toda parte contratante que de-
na mantenidos en cada territorio cons- cida formar parte de una unión adua-
titutivo y aplicables al comercio de las nera o de una zona de libre comercio, o
partes contratantes que no formen par- participar en un acuerdo provisional ten-
te de tal territorio o acuerdo, en el mo- diente a la formación de tal unión adua-
mento en que se establezca la zona o nera o de tal zona de libre comercio, lo
en que se concierte el acuerdo provisio- notificará sin demora a las partes con-
nal, no sean más elevados, ni las demás tratantes, facilitándoles, en lo que con-
28
15. Capítulo 1. Aspectos generales
cierne a la unión o zona en proyecto, la unión aduanera o de la zona de libre
todas las informaciones que les permi- comercio.
tan someter a las partes contratantes los
informes y formular las recomendacio- 8. A los efectos de aplicación del pre-
nes que estimen pertinentes. sente Acuerdo,
(b) Si, después de haber estudiado el (a) se entenderá por unión aduanera,
plan y el programa comprendidos en un la sustitución de dos o más territorios
acuerdo provisional a que se refiere el aduaneros por un solo territorio adua-
párrafo 5, en consulta con las partes en nero, de manera:
tal acuerdo y teniendo debidamente en (i) que los derechos de aduana y las
cuenta las informaciones puestas a su demás reglamentaciones comerciales
disposición de conformidad con el apar- restrictivas (excepto, en la medida en que
tado (a) de este párrafo, las partes con- sea necesario, las restricciones autoriza-
tratantes llegan a la conclusión de que das en virtud de los artículos XI, XII, XIII,
dicho acuerdo no ofrece probabilidades XIV, XV y XX) sean eliminados respecto
de dar por resultado el establecimiento a lo esencial de los intercambios comer-
de una unión aduanera o de una zona ciales entre los territorios constitutivos
de libre comercio en el plazo previsto de la unión o, al menos, en lo que con-
por las partes del acuerdo, o conside- cierne a lo esencial de los intercambios
ran que este plazo no es razonable, las comerciales de los productos originarios
partes contratantes formularán sus re- de dichos territorios y
comendaciones a las partes en el citado (ii) que, a reserva de las disposiciones
acuerdo. Éstas no lo mantendrán o no del párrafo 9, cada uno de los miem-
lo pondrán en vigor, según sea el caso, bros de la unión aplique al comercio con
si no están dispuestas a modificarlo de los territorios que no estén comprendi-
conformidad con tales recomendacio- dos en ella derechos de aduana y de-
nes. más reglamentaciones del comercio
(c) Toda modificación sustancial del que, en sustancia, sean idénticos;
plan o del programa a que se refiere el (b) se entenderá por zona de libre co-
apartado (c) del párrafo 5, deberá ser mercio, un grupo de dos o más territo-
comunicada a las partes contratantes, rios aduaneros entre los cuales se elimi-
las cuales podrán solicitar de las partes nen los derechos de aduana y las de-
contratantes interesadas que inicien más reglamentaciones comerciales res-
consultas con ellas, si la modificación trictivas (excepto, en la medida en que
parece que puede comprometer o dife- sea necesario, las restricciones autoriza-
rir indebidamente el establecimiento de das en virtud de los artículos XI, XII, XIII,
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16. Aproximación jurídica al Tratado de Libre Comercio
XIV, XV y XX) respecto a lo esencial de fos 5 a 9 inclusive, a condición de que
los intercambios comerciales de los pro- dichas proposiciones tengan como re-
ductos originarios de los territorios cons- sultado el establecimiento de una unión
titutivos de dicha zona de libre comer- aduanera o de una zona de libre comer-
cio. cio en el sentido de este artículo.
9. El establecimiento de una unión 11. Teniendo en cuenta las circunstan-
aduanera o de una zona de libre comer- cias excepcionales resultantes de la cons-
cio no influirá en las preferencias a que titución de la India y del Paquistán en
se refiere el párrafo 2 del artículo I, pero Estados independientes, y reconocien-
podrán ser suprimidas o ajustadas me- do que durante mucho tiempo ambos
diante negociaciones con las partes con- Estados formaron una unidad económi-
tratantes interesadas. Este procedimien- ca, las partes contratantes convienen en
to de negociación con las partes con- que las disposiciones del presente Acuer-
tratantes interesadas será utilizado es- do no impedirán a esos dos países la
pecialmente para suprimir las preferen- celebración de acuerdos especiales so-
cias cuya eliminación sea necesaria para bre su comercio mutuo, hasta que se
la observancia de las disposiciones del establezcan definitivamente sus relacio-
inciso (i) del apartado (a) del párrafo 8 y nes comerciales recíprocas.
del apartado b) del mismo párrafo.
12. Cada parte contratante deberá to-
10. Las partes contratantes podrán, mar las medidas razonables que estén
mediante una decisión tomada por una a su alcance para lograr que, dentro de
mayoría de dos tercios, aprobar propo- su territorio, los gobiernos y autorida-
siciones que no se ajusten completa- des regionales y locales observen las dis-
mente a las disposiciones de los párra- posiciones del presente Acuerdo.
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