SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 58
Parámetros para el correcto
desarrollo de los Esquemas de
 Autorregulación Vinculante
Contenido
Capítulo I
 • Disposiciones Generales
Capítulo II
 • Autorregulación vinculante y el principio de responsabilidad
Capítulo III
 • De las clases de esquemas de autorregulación vinculante
Capítulo IV
 • Del contenido de los esquemas de autorregulación vinculante
Capítulo V
 • Del sistema de certificación en materia de protección de datos personales
Capítulo VI
 • De la notificación de los esquemas de autorregulación vinculante
Objetivos específicos de los esquemas
       de autorregulación vinculante
•    Coadyuvar al cumplimiento del principio de responsabilidad
•    Establecer procesos y prácticas cualitativos
•    Fomentar que los responsables establezcan políticas, procesos y buenas prácticas para el cumplimiento de los
     principios de protección de datos personales
•    Promover que los responsables de manera voluntaria cuenten con constancias o certificaciones sobre el
     cumplimiento de lo establecido en la Ley, y mostrar a los titulares su compromiso con la protección de datos
     personales
•    Identificar a los responsables que cuenten con políticas de privacidad alineadas al cumplimiento de los principios y
     derechos previstos en la Ley, así como de competencia laboral para el debido cumplimiento de sus obligaciones en
     la materia;
•    Facilitar la coordinación entre los distintos esquemas de autorregulación reconocidos internacionalmente
•    Facilitar las transferencias con responsables que cuenten con esquemas de autorregulación como puerto seguro
•    Promover el compromiso de los responsables con la rendición de cuentas y adopción de políticas internas
     consistentes con criterios externos, así como para
•    Auspiciar mecanismos para implementar políticas de privacidad
      –    Incluyendo herramientas,
      –    Transparencia,
      –    Supervisión interna continua,
      –    Evaluaciones de riesgo,
      –    Verificaciones externas y
      –    Sistemas de remediación
•    Mecanismos alternativos de solución de controversias entre responsables, titulares y terceras personas, como son
     los de conciliación y mediación.
Autorregulación Vinculante
• La adhesión a los esquemas de
  autorregulación vinculante por parte de un
  responsable es de carácter voluntario
• El cumplimiento de dichos esquemas será
  obligatorio para los responsables que se
  adhieran o adopten los mismos, que
  contendrán las sanciones por su
  incumplimiento.
Principios aplicables a la
            autorregulación
1. Voluntariedad en la adhesión o adopción del
   esquema de autorregulación;
2. Obligatoriedad, ya que el esquema vincula a
   quien se adhiere o lo adopta;
3. Transparencia relativa a las prácticas que
   sigue un sector, grupo, empresa u
   organización en materia de protección de
   datos personales, y
4. Responsabilidad.
Normas Oficiales Mexicanas y Normas
             Mexicanas
• De conformidad con el artículo 43, fracción V
  de la Ley, la Secretaría, en coadyuvancia con el
  IFAI , podrán participar en la elaboración y
  promoción de normas oficiales mexicanas y
  normas mexicanas en los términos de la Ley
  Federal sobre Metrología y Normalización y su
  Reglamento, que regulen aspectos
  relacionadas con la protección de datos
  personales y el correcto desarrollo de
  mecanismos y medidas de autorregulación.
El principio de responsabilidad
Políticas y programas     Recibir y responder       Sanciones por su
    de privacidad           dudas y quejas           incumplimiento




   Capacitación,
                                                   Medidas para el
   actualización y       Políticas y programas
                                                 aseguramiento de los
 concientización del          de seguridad
                                                   datos personales
      personal




                                                 Establecer medidas para la
Sistema de supervisión   Atender el riesgo de     trazabilidad de los datos
  y vigilancia interna    datos personales
                                                         personales




  Verificaciones o
                           Destinar recursos
 auditorías externas
Complementariedad
• Todo esquema de autorregulación vinculante deberá prever y
  complementar los principios de:
   –   licitud,
   –   consentimiento,
   –   información,
   –   calidad,
   –   finalidad,
   –   lealtad,
   –   proporcionalidad y
   –   responsabilidad,
• Los deberes de confidencialidad y seguridad, que rigen el
  tratamiento de los datos personales, así como lo dispuesto en la
  Ley, su Reglamento, los Parámetros y demás disposiciones que
  resulten aplicables, así como prever los mecanismos que garanticen
  su cumplimiento
Armonización
• Todo esquema de autorregulación vinculante
  deberá contener reglas o estándares
  específicos que permitan armonizar los
  tratamientos que lleven a cabo quienes se
  adhieren o adoptan los mismos
Normatividad Aplicable
• Los esquemas de autorregulación vinculante
  deberán hacer mención de las disposiciones
  legales, reglamentarias o administrativas que
  rijan el sector de que se trate
Requisitos I
 El tipo de esquema vinculante de que se trata
        que podrá constituirse en códigos
                                                    Su ámbito tanto material como personal de
deontológicos o de buena práctica profesional,                                                         Los esquemas de autorregulación podrán
                                                      aplicación, refiriéndose el primero a los
    políticas internas de privacidad, reglas de                                                          regular a determinados tratamientos
                                                    tratamientos de datos y titulares sujetos al
  privacidad corporativa, sellos de confianza o                                                     específicos de datos personales o a la totalidad
                                                   mismo, y el segundo al responsable, grupo de
 cualquier otro que cumpla con lo establecido                                                          de tratamientos de datos personales que
                                                         responsables o sector obligado al
  por los presentes parámetros, incluyendo su                                                       realiza un responsable, grupo de responsables
                                                  cumplimiento del esquema de autorregulación
 régimen de funcionamiento y administración,                                                                           o sector;
                                                             vinculante de que se trate.
los requisitos y el procedimiento de adhesión a
                    los mismos;



                                                                                                    Estos procedimientos y mecanismos incluyen,
                                                                                                      entre otros, la utilización de determinadas
  Su vigencia y mecanismos de actualización,           Procedimientos o mecanismos que se              cláusulas tipo para la contratación de un
 renovación o terminación. Asimismo, deberá        emplearán para hacer eficaz la protección de     encargado; la identificación de las categorías
   señalar los mecanismos por los cuales se         datos por parte de los adheridos, incluyendo      de terceros a los cuales el o los adheridos
 comunicará a los interesados la terminación        previsiones específicas que respondan a las           transferirán datos, y las previsiones
                  del mismo;                       buenas prácticas nacionales e internacionales.           pertinentes a las transferencias
                                                                                                     internacionales de datos personales, en su
                                                                                                                           caso




                                                    Medidas concretas tomadas respecto a la
                                                   protección de datos personales en relación a
                                                   categorías especiales de titulares tales como
                                                      menores de edad y grupos vulnerables
Requisitos II
Procedimientos y mecanismos para medir la eficacia
  del esquema adoptado, como la creación de cifras,
     indicadores y estadísticas relacionadas con los
                                                                                                                    Programa y acciones de capacitación para quienes
 distintos procesos puestos en operación incluyendo
                                                                                                                   traten los datos personales, especificando el tipo de
 la atención a titulares en el ejercicio de derechos de     Sistemas de supervisión y vigilancia internos y de
                                                                                                                  capacitación y quién impartirá la misma, así como los
    acceso, rectificación, cancelación y oposición, y              verificación o auditoría externos;
                                                                                                                    esquemas de competencia laboral de la persona o
    atención de quejas, con el objeto de proveer un
                                                                                                                         integrantes del departamento de datos;
esquema de autorregulación vinculante transparente
    que permitan conocer a los sujetos interesados
            cómo funciona dicho esquema;




                                                           La identificación de los responsables adheridos, que
Mecanismos destinados a facilitar el ejercicio de los
                                                                posibilite reconocer a los responsables que
  derechos de acceso, rectificación, cancelación u                                                                Dicha identificación podrá realizarse a través del uso
                                                            satisfacen los requisitos exigidos por determinado
      oposición, incluyendo los de atención a las                                                                 de sellos de confianza, y deberá publicarse en algún
                                                            esquema de autorregulación y que se encuentran
solicitudes formuladas por los titulares afectados, y                                                                   lugar de fácil acceso al público, así como
                                                              comprometidos con la protección de los datos
     formatos tipo para el ejercicio de derechos;
                                                                           personales que poseen.




                                                               Las medidas correctivas eficaces en caso de
                                                                            incumplimiento.
Administración del esquema
Todo esquema de autorregulación deberá contar con un administrador, cargo que
podrá recaer en una persona u órgano colegiado que garantice su imparcialidad y
evite el conflicto de intereses. El administrador tendrá, entre otras, las funciones de:

                                                  Efectuar las evaluaciones y
         Tramitar la admisión de nuevos           revisiones del esquema de
         adheridos y mantener una lista         autorregulación por si mismo o
           actualizada de miembros a               por medio de un tercero,
           disposición de la autoridad           siempre que se garantice su
                                                imparcialidad e independencia



                                                 Proporcionar la información y
                                                 demás documentación que le
             Elaborar los reportes de
                                                sea requerida por la autoridad,
             medición de eficacia del
                                                 entre otra, el resumen de las
           esquema de autorregulación
                                                 evaluaciones realizadas a los
                                                 esquemas de autorregulación
Sistema de Supervisión y vigilancia I

Evaluaciones periódicas de supervisión y
vigilancia interna, verificaciones o auditorías
externas al menos cada dos años
• Seguimiento continuo del nivel de cumplimiento de
  las disposiciones del mismo por parte de los
  adheridos
• Funcionamiento de los procedimientos establecidos
  en el esquema de autorregulación vinculante
Sistema de Supervisión y vigilancia II
Todo proceso de evaluación debe culminar con un reporte donde se expresen los resultados del mismo,
recomendaciones necesarias a fin de hacer más efectivo y eficiente el cumplimiento del esquema de
autorregulación así como el propio esquema.

Cuando se identifiquen no conformidades durante los procedimientos de evaluación, el administrador
deberá requerir el cumplimiento en un tiempo límite, en cuyo defecto, se impondrá la sanción que
corresponda.

Los esquemas de autorregulación deberán contener criterios que permitan homologar y normalizar los
resultados obtenidos por los adheridos, así como criterios de revisión que permitan evaluar su
viabilidad o pertinencia como esquema de autorregulación vinculante.

El IFAI podrá efectuar verificaciones a fin de comprobar el nivel de eficacia y eficiencia del cumplimiento
del esquema de autorregulación, así como del propio esquema.

El incumplimiento de las recomendaciones derivadas de la evaluación podrá ser tomado en
consideración por el IFAI para la revocación de la inscripción del esquema de autorregulación en el
Registro, en términos del artículo 86 del Reglamento.
Consecuencias y medidas correctivas
•   Para la debida observancia de sus disposiciones, los esquemas de autorregulación
    establecerán las sanciones que corresponda aplicar a los adheridos que incumplan
    con los mismos y que podrán consistir en:
     –   Amonestaciones,
     –   Sanciones económicas,
     –   Suspensión temporal,
     –   Suspensión definitiva.
•   La suspensión de derechos del miembro podrá incluir también, en su caso, la
    terminación de la licencia de uso del sello de confianza que en su caso se otorgue
    a los adheridos.
•   Los esquemas de autorregulación vinculante podrán prever que las sanciones
    efectuadas se hagan públicas.
•   Los órganos responsables de aplicar las sanciones deberán observar los principios
    de contradicción, audiencia, sencillez, accesibilidad, celeridad y gratuidad, y en
    todo caso, se establecerá una graduación de sanciones que permita su
    individualización de manera proporcional a la gravedad de la infracción.
•   Todas las sanciones deberán notificarse al afectado.
De los contenidos complementarios

Los esquemas de autorregulación podrán incluir cualquier otro
compromiso adicional que asuman los adheridos para un mejor
cumplimiento de la legislación vigente. Los responsables podrán
aumentar las diferentes medidas de protección de los derechos a través
de la inclusión de contenidos complementarios dentro de los esquemas
de autorregulación vinculante tales como:
• Medidas de seguridad adicionales a las establecidas en la Ley y el Reglamento.
• Clausulas tipo para la obtención del consentimiento, ya sea para el tratamiento, o la
  transferencia de los datos personales.
• Clausulas tipo para informar a los titulares del tratamiento de sus datos cuando éstos no
  sean obtenidos de manera personal o directa.
• Avisos de privacidad estándar que resulten aplicables a un sector o industria y cuya única
  diferencia sea el tipo de tratamientos exclusivos a los que los responsables someten los
  datos personales de los titulares
Mecanismos alternativos de solución
         de controversias I
• El administrador del esquema de autorregulación podrá
  sugerir a las partes involucradas remitir el asunto a un
  mecanismo alternativo de solución de controversias, tales
  como la conciliación y la mediación, siempre que el titular
  de los datos y el responsable involucrado así lo consientan.
• Estos mecanismos podrán implementarse al interior del
  esquema de autorregulación vinculante o mediante la
  contratación de expertos independientes.
• Los mecanismos alternativos de solución de controversias
  se regirán por acuerdo entre las partes, o en su defecto, por
  las leyes federales o locales aplicables en la materia.
Procedimientos de solución de
              controversias
Accesibilidad
• Deberán estar disponibles a los titulares de los datos,
  promoviendo el conocimiento sobre su existencia, su
  funcionamiento y reduciendo al máximo los costos

Independencia
• El mecanismo deberá garantizar la autonomía del conciliador o
  mediador
Imparcialidad
• La decisión del conciliador o mediador, deberá fundarse en
  criterios objetivos, y ser debidamente fundada y motivada
Mecanismos alternativos de solución
          de controversias II
• Los procedimientos llevados a cabo bajo los mecanismos
  alternativos de solución de controversias, deberán observar los
  principios de contradicción y audiencia.
• Las decisiones adoptadas en el mecanismo deberán ser notificadas
  a las partes.
• En el supuesto de no encontrar una solución al caso,
  independientemente de la sanción que conforme al mecanismo
  corresponda aplicar, el conciliador o mediador deberá remitir el
  asunto ante la autoridad competente para los efectos legales que
  correspondan.
• En ningún caso, la presentación de una reclamación o sometimiento
  a un mecanismo alternativo de solución de controversias, impedirá
  al titular del ejercicio del derecho de iniciar las acciones legales que
  correspondan.
Objeto de la certificación en materia
   de protección de datos personales
Conforme a lo establecido en el artículo 83 del Reglamento, los esquemas de
autorregulación podrán incluir la certificación de los responsables en materia de
protección de datos personales.


Mediante dicha certificación, las personas físicas o morales acreditadas como
certificadores evalúan la conformidad del tratamiento, las políticas, programas y
procedimientos relacionados con la protección de datos personales respecto de
la Ley, su Reglamento y de cualquier otra normativa aplicable.


También podrán ser sujetas de certificación las medidas de seguridad adoptadas
por los responsables y encargados, así como otros mecanismos de
autorregulación que voluntariamente se sometan a ésta.
Atribuciones del IFAI
El IFAI contará con atribuciones específicas con respecto al sistema
de certificación en materia de protección de datos personales:
 • Autorización, suspensión y revocación de las entidades de acreditación;
 • Validación de los instrumentos de evaluación y de los procedimientos de
   acreditación, certificación, auditoría y cualquier otro procedimiento relacionado
   con los anteriores;
 • Requerir a las entidades de acreditación que inicien un procedimiento de
   suspensión o revocación de acreditaciones cuando disponga de los elementos
   suficientes para justificar esa actuación en los términos de la Ley, el Reglamento y
   los presentes parámetros, y
 • Requerir a los certificadores que inicien un procedimiento de suspensión o
   revocación de certificados cuando disponga de los elementos suficientes para
   justificar esa actuación en los términos de la Ley, el Reglamento y los presentes
   parámetros.
Autorización y verificación de
        entidades de acreditación
                                   El IFAI podrá, en cualquier
                                  tiempo, realizar revisiones,
                                     requerir información y
    El IFAI desarrollará el     realizar visitas de verificación
   procedimiento para la         para vigilar el cumplimiento
 autorización, suspensión y      de los presentes parámetros
revocación de entidades de      por parte de las entidades de
acreditación en los términos             acreditación, los
de la Sección II del presente      certificadores o cualquier
           capítulo.                    tercero que realice
                                 actividades relacionadas con
                                las materias a que se refieren
                                   los presentes parámetros.
Entidades de certificación,
    certificadores y responsables
             certificados

El IFAI mantendrá un listado
actualizado de
• Entidades de acreditación autorizadas,
• Certificadores acreditados,
• Responsables o encargados
  certificados.
Entidades de acreditación autorizadas
            para operar


       Las entidades de          Para operar como entidad
  acreditación tienen a su       de acreditación en materia
cargo la acreditación de los       de protección de datos
certificadores en materia de    personales, se deberá contar
  protección de datos y la       con la autorización previa
certificación de su personal.             del IFAI.
Requisitos para solicitar la autorización
   como entidad de acreditación I
   Denominación o
    razón social del
                            Domicilio y
  solicitante y de su
                         señalamiento del
representante legal,
                        personal autorizado,
      así como el
                        en su caso, para oír
 documento original
                              y recibir
 que acredite dicha
                           notificaciones.
   representación y
copia, para su cotejo
Requisitos para solicitar la autorización
   como entidad de acreditación I
Descripción detallada de los servicios que prestará el interesado, de los procedimientos que
llevará a cabo, y de las condiciones para otorgar, mantener, ampliar, reducir, suspender, restaurar
y revocar la acreditación, de acuerdo con los previsto por los presentes parámetros.
 • Los procedimientos deben basarse en costos y condiciones propias de la entidad de acreditación, que determinará las tarifas
   máximas a que esté sujeta la prestación de sus servicios;

Los documentos que demuestren la adecuada capacidad jurídica, administrativa, financiera,
técnica, material y humana, en relación con los servicios que pretende prestar, así como con los
procedimientos del sistema de gestión, que garanticen el desempeño de sus funciones, incluidos:
 • Original y copia, para su cotejo, del acta constitutiva de la persona moral interesada y de los estatutos sociales en los que se
   detalle sus órganos de gobierno, y la estructura técnica funcional de la entidad en la que conste la representación equilibrada
   de los sectores mencionados en la fracción III del presente parámetro. El objeto social de la persona moral deberá incluir la
   aplicación de procedimientos de evaluación de la conformidad, así como la elaboración de documentos normativos en
   coadyuvancia con los diferentes órdenes de gobierno, en concordancia con las normas o lineamientos internacionales;
 • Relación de los recursos materiales y humanos con los que cuenta. Respecto del personal involucrado en el proceso de
   acreditación, el interesado deberá describir y acreditar:
   • La calificación y la competencia requeridas, detallando grado académico y experiencia en la materia
   • La formación inicial y continua que se requiere
   • Los alcances específicos en los cuales cada evaluador ha demostrado su competencia para evaluar
   • Los mecanismos de seguimiento al desempeño y competencia del personal
 • Documentos que demuestren su solvencia financiera para asegurar la continuidad del sistema de acreditación;
Requisitos para solicitar la autorización
   como entidad de acreditación II
Detallar la estructura organizacional de la entidad, misma que deberá contar cuando menos con:


   •Una asamblea general,
   •Un consejo directivo o de socios administradores,
   •Una comisión de acreditación,
   •Comité de Evaluación para la acreditación y
   •Un Director General.


El interesado ya sea en la asamblea general, en el consejo directivo o en el comité de evaluación para la acreditación deberá, a juicio del IFAI ,
garantizar el equilibrio de las partes interesadas en el proceso de acreditación.



Se entenderá por partes interesadas a los certificadores, asociaciones de profesionales o académicos, representantes de la sociedad civil,
cámaras y asociaciones de industriales o comerciantes, instituciones de educación superior, centros de investigación y las dependencias
involucradas en las actividades de acreditación de protección de datos personales.


Las partes interesadas que integren una entidad de acreditación, en ningún caso podrán participar directa o indirectamente en otra entidad
de acreditación relacionada con la materia de protección de datos personales. La comisión de acreditación tendrá por objeto vigilar el
esquema y mantener la imparcialidad sobre los procesos de acreditación, revisando que se apeguen a los términos descritos en los presentes
parámetros, y


La documentación que acredite que cuenta con los recursos para cumplir con las responsabilidades legales que se originen con motivo de sus
operaciones.
Obligaciones de las entidades de
                       acreditación I
Resolver las solicitudes de acreditación de personas físicas o morales que busquen fungir como certificadores, emitiendo, de ser el caso, las acreditaciones
correspondientes, mismas que deberán ser notificadas al IFAI dentro de los cinco días hábiles siguientes a la emisión de la acreditación correspondiente

Mantener, ampliar, reducir, suspender, restaurar y revocar la acreditación, de acuerdo con lo previsto en los presentes parámetros


Cumplir, en todo momento, con las condiciones y términos conforme a los cuales se le otorgó la autorización como entidad de acreditación

Contar permanentemente con técnicos calificados y con experiencia en el campo de la acreditación, para manejar el tipo, frecuencia y volumen de trabajo o
actividades propias en materia de protección de datos personales

Permitir la revisión o verificación de sus actividades por parte del IFAI , así como permitir la presencia de un representante de la autoridad cuando así sea
requerido en el desarrollo de sus funciones

Integrar y coordinar el comité de evaluación para la acreditación conforme a la normativa que dicte el IFAI

Mantener un programa de seguimiento y vigilancia que permita demostrar en cualquier momento que los certificadores acreditados siguen cumpliendo las
condiciones y requisitos que sirvieron de base para su acreditación

Disponer de procedimientos específicos para resolver las apelaciones, reclamaciones o quejas que presenten las partes afectadas por sus actividades, y
mantener registros de las reclamaciones recibidas y soluciones adoptadas respecto a las mismas

Salvaguardar, en términos de las disposiciones aplicables, la confidencialidad de la información obtenida en el desempeño de sus actividades

Contemplar la posibilidad de participar en organizaciones de acreditación regionales o internacionales en materia de protección de datos personales para la
elaboración de criterios y lineamientos sobre la acreditación y el reconocimiento mutuo de las acreditaciones otorgadas
Obligaciones de las entidades de
                       acreditación II
Presentar semestralmente un reporte de sus actividades al IFAI que incluya un listado actualizado de los certificadores acreditados


Considerar los procedimientos y métodos que se establezcan en las normas mexicanas y, en su defecto, las internacionales


Prestar sus servicios en condiciones no discriminatorias y observar las demás disposiciones en materia de competencia económica


Evitar la existencia de conflictos de interés que puedan afectar sus actuaciones y excusarse de actuar cuando existan tales conflictos


Actuar con imparcialidad, independencia e integridad


Operar bajo un sistema de gestión que incluya al menos:

   •Documentación de los procedimientos
   •Control de documentos y registros
   •Revisiones de la dirección y auditorías internas
   •Acciones correctivas y preventivas
   •Manejo de quejas y apelaciones;
Elaborar un reglamento interno de los comités de evaluación, de conformidad con la normatividad que dicte el IFAI;


Expedir un instructivo que establezca las reglas para la utilización del distintivo que identificará a los certificadores acreditados y los responsables
certificados

Proporcionar al IFAI la información que solicite, a fin de que éste vigile que se mantenga el estricto apego con las disposiciones legales respecto de la
entidad de acreditación con la Ley, el Reglamento, los presentes parámetros, así como cualquier otra normativa aplicable, y las condiciones y
términos conforme a los cuales fue otorgada la autorización para operar como tal.
Información de entidades
acreditadoras que debe mantenerse a
          disposición pública
 Información detallada acerca de
                                      Descripción de los requisitos
  los procedimientos que realiza,
                                      para la acreditación, incluidos    Una descripción detallada de
   incluidas las condiciones para
                                          los requisitos técnicos       los derechos y las obligaciones
     otorgar, mantener, ampliar,
                                     específicos para cada sector de         de los certificadores
   reducir, suspender, restaurar y
                                               acreditación
       revocar la acreditación




                                          Información sobre los
 Información detallada sobre los                                             Información sobre sus
                                         procedimientos para la
  procedimientos de evaluación                                           actividades y las limitaciones
                                       recepción y tratamiento de
           que realiza                                                  declaradas bajo las cuales opera
                                           quejas y apelaciones




                                     Información de precios y tarifas
Subcontratación en la evaluación
 La entidad de acreditación deberá revisar su capacidad para llevar a cabo la
evaluación a certificadores de manera oportuna sin necesidad de subcontratar
  servicios. Si fuese necesaria la subcontratación, la entidad de acreditación
 deberá acreditar frente al IFAI , al momento de solicitar la autorización, que:
                                                         Cuenta con
                                       Asume la
                                                         mecanismos      Cuenta con
                                    responsabilidad
 Cuenta con una                                         para asegurar   mecanismos
                                     exclusiva para
política en la que    Asume la                              que el     para asegurar
                                        otorgar,
 se describan las responsabilidad                     subcontratado y,      que el
                                       mantener,
condiciones bajo       de las                           en su caso, su subcontratado
                                    ampliar, reducir,
las cuales puede    evaluaciones                         personal, es    mantiene la
                                      suspender,
 tener lugar una subcontratadas;                        competente y confidencialidad
                                      restaurar o
subcontratación;                                       cumple con los        de la
                                       revocar la
                                                          presentes     información.
                                     acreditación;
                                                        parámetros, y
Criterios de operación para preparar la
              evaluación
Antes del inicio de cualquier evaluación por parte
   de la entidad de acreditación, ésta deberá:

Designar formalmente a un equipo de evaluación
     que conste de un número adecuado de
 evaluadores para cada alcance específico, los
            cuales a su vez deberán:                        Asegurarse de que los
                                                            miembros del equipo
                                                              actúen de forma
                              Efectuar una evaluación
  Tener el conocimiento
                                    confiable de la
                                                                 imparcial.
 apropiado para cumplir
                                competencia de los
 con las finalidades de la
                             certificadores solicitantes,
       acreditación
                                      así como
Criterios de operación para la
                evaluación in situ
En todas las evaluaciones iniciales, la entidad acreditante deberá
realizar al menos una visita a la oficina principal del certificador
solicitante, así como a todas sus demás instalaciones en donde se
desarrolle alguna actividad relacionada con la certificación.


Cuando la entidad de acreditación requiera realizar la evaluación en
las instalaciones del certificador solicitante, ésta deberá observar lo
siguiente:

• El equipo de evaluación comenzará con la evaluación in situ con una reunión de
  apertura en la cual se defina claramente el propósito de la evaluación así como los
  criterios de acreditación
• El equipo de evaluación debe ser testigo del desempeño de un número representativo
  del personal del organismo de certificación para asegurar la competencia.
Hallazgos e informe de evaluación I
El equipo de evaluación debe analizar toda la información y evidencia
     pertinente recopilada durante la revisión de los documentos,
  registros y la evaluación in situ. El análisis debe ser suficiente para
    permitir al equipo de evaluación determinar que el certificador
     solicitante cuenta con la competencia necesaria para operar.


                                        Antes de abandonar las instalaciones del
                                        certificador solicitante, debe tener lugar
                                                                                       En caso de incumplimientos, debe
                                             una reunión entre el equipo de
                                                                                      invitarse al certificador solicitante a
                                             evaluación y dicho certificador
                                                                                     responder el informe de evaluación y
Los procedimientos de la entidad de           solicitante. Se deberá poner a
                                                                                        describir las acciones específicas
acreditación deben asegurar que se      consideración del mismo un informe por
                                                                                       adoptadas o planificadas para ser
cumpla con los siguientes requisitos:      escrito, sobre los resultados de la
                                                                                        adoptadas dentro de un tiempo
                                        evaluación cuyos contenidos incluirán la
                                                                                       determinado para la resolución de
                                         competencia, el cumplimiento con los
                                                                                     cualquier incumplimiento identificado
                                        parámetros, así como la identificación de
                                            los incumplimientos, en su caso;
Hallazgos e informe de evaluación II

 La información
                    • La identificación del certificador
       que los        solicitante;
   evaluadores      • Las fechas de evaluación in situ;
                    • El nombre de los evaluadores
 proporcionen a       involucrados en la evaluación;
quienes toman las   • Información sobre las
                      instalaciones evaluadas;
  decisiones de     • El alcance propuesto de la
                      acreditación que fue evaluado;
acreditación debe   • El informe de evaluación, y
   incluir como     • En su caso, la respuesta a los
                      incumplimientos identificados en
    mínimo lo         el informe de evaluación.
     siguiente:
Toma de la decisión


Antes de tomar la decisión,    La decisión de otorgar o no
 la entidad de acreditación   la acreditación será tomada
deberá asegurarse de que la   por el comité de evaluación
  información es adecuada        para la acreditación y la
    para decidir si se han      comisión de acreditación
 cumplido los requisitos de   designada por la entidad de
        acreditación.                  acreditación.
Plazo para corrección de fallas
  En caso de no ser favorable la
                                        Expirado dicho plazo, se emitirá la
decisión, se otorgará un plazo de
                                         decisión definitiva valorándose
 90 días naturales al certificador
                                          previamente la información y
solicitante para corregir cualquier
                                        documentación que éste hubiere
  falla o inconsistencia que se le
                                              aportado, en su caso.
         hubiere señalado.



                    En caso de que la acreditación no
                    hubiere sido otorgada, cualquier
                     nueva solicitud de acreditación
                    posterior realizada por el mismo
                    solicitante, deberá dar inicio a un
                         nuevo procedimiento de
                               acreditación.
Certificado de acreditación

La entidad de acreditación debe proporcionar un certificado de
acreditación al certificador acreditado, mismo que deberá contener:

•   La identificación y el logotipo de la entidad de acreditación;
•   La identificación única del certificador acreditado;
•   Oficinas que se encuentran amparadas por el certificado de acreditación
•   La fecha efectiva de otorgamiento de la acreditación, su vigencia, y
•   Descripción del alcance de la acreditación.

La entidad de acreditación debe establecer procedimientos y planes para
llevar a cabo evaluaciones periódicas de vigilancia, incluyendo
evaluaciones in situ, en intervalos anuales para mantener el
cumplimiento continuo por parte de los certificadores.
Suspensión de la acreditación
Las entidades de acreditación deberán suspender la acreditación de certificadores
cuando el IFAI así lo requiera de acuerdo a las atribuciones descritas en los presentes
parámetros o cuando éstos:

 • Dejen de cumplir con alguno de los requisitos con base en los cuales se les otorgó la acreditación
 • No proporcionen a la entidad de acreditación o al IFAI en forma oportuna y completa los informes que le
   sean requeridos respecto a su funcionamiento y operación
 • Impidan u obstaculicen las funciones de verificación y vigilancia de la entidad de acreditación o del IFAI
 • Disminuyan los recursos o la capacidad para emitir certificados al menos por un mes
 • Emitan documentos donde se hagan constar los resultados de la certificación con información o datos
   erróneos de manera negligente
 • No hayan cubierto las cuotas de acreditación, en su caso

Una vez que se hayan subsanado en su totalidad las causas que dieron origen a la
suspensión, la acreditación podrá ser restaurada en el periodo previsto por la entidad
acreditante dentro sus procedimientos y condiciones, exponiéndose los motivos que
justifican la restauración de la acreditación respectiva.
Revocación de la acreditación
Las entidades de acreditación deberán revocar la acreditación de los certificadores, cuando
el IFAI así lo requiera de acuerdo a la facultades descritas en los presentes parámetros o
cuando éstos:

 • Emitan documentos donde se hagan constar los resultados de la certificación con información o datos falsos;
 • Nieguen reiterada o injustificadamente el servicio que se les solicite;
 • Renuncien expresamente a la acreditación concedida para operar;
 • Se disminuyan los recursos o la capacidad para emitir certificados por más de tres meses consecutivos;
 • No hayan subsanado las causas que dieron efecto a una suspensión dentro del plazo señalado por la misma
 • Cuando se violen las disposiciones de la Ley, el Reglamento o los presentes parámetros.

Los certificadores, después de haber sido notificados, tendrán el término de cinco días
hábiles para manifestar lo que a su derecho convenga a la entidad de acreditación.
Concluido dicho término sin que se justifique su actuación, se procederá a la revocación
correspondiente.


La revocación de la acreditación conllevará la prohibición de ejercer las actividades de
certificación y de hacer cualquier alusión a la acreditación, así como la de utilizar cualquier
tipo de información o símbolo referente a la misma.
Requisitos para solicitar la acreditación
          como certificador I
Nombre, denominación o razón social del certificador solicitante y de su representante legal, en su caso y la documentación que
acredite su personalidad jurídica.



Las personas físicas presentarán original y copia para su cotejo, de su identificación oficial y registro federal de contribuyentes, y
una carta bajo protesta de decir verdad de que se encuentran en pleno uso y goce de sus facultades para obligarse en los términos
de estos parámetros y que se encuentran en cumplimiento de sus obligaciones fiscales.


Las personas morales deberán presentar original y copia para su cotejo del acta constitutiva que acredite que su objeto social está
relacionado con las funciones de certificador, así como designar a un apoderado legal acompañado del documento que lo acredite
como tal, su registro federal de contribuyentes y carta bajo protesta de decir verdad de que se encuentran en cumplimiento de
sus obligaciones fiscales.



Señalar domicilio o domicilios que pretende utilizar para las actividades relacionadas con la certificación;




La descripción de los servicios que pretende prestar y los procedimientos a utilizar, y de las condiciones para otorgar, mantener,
ampliar, reducir, suspender, restaurar y revocar la certificación;
Requisitos para solicitar la acreditación
         como certificador II
Descripción de la estructura para operar, e información que acredite que cuenta con los recursos humanos, financieros y tecnológicos, contando con las
responsabilidades definidas y documentadas que le permitan llevar a cabo las funciones de certificador. Para acreditar los recursos financieros, deberá
presentar la documentación que demuestre la solvencia y capacidad de responder a cualquier procedimiento legal derivado de la actividad de certificación.
Los recursos humanos destinados a la auditoría de certificación deberán contar con la certificación de por lo menos una entidad de acreditación autorizada;


Elementos que le permitan acreditar que mantendrá imparcialidad en sus actividades, es decir, que le impidan tener vínculos con las empresas e
instituciones que certifique, que puedan llevar a un conflicto de intereses. En su caso, deberá documentar los posibles conflictos de interés y demostrar que
ha tomado las acciones para eliminar o minimizar dicha amenaza;



Elementos que le permitan asegurar, en términos de la normativa aplicable, la confidencialidad de la información obtenida en el transcurso de las
actividades de certificación;




Descripción del sistema de gestión bajo el que operará, mismo que deberá incluir al menos:


   •Documentación de los procedimientos;
   •Control de documentos y registros;
   •Revisiones de la dirección y auditorías internas;
   •Acciones correctivas y preventivas, y
   •Manejo de quejas y apelaciones, y

Elementos que le permitan asegurar que cuenta de manera permanente con personal suficiente con el nivel de experiencia para efectuar sus funciones. El
personal responsable de la certificación debe contar con las calificaciones, capacitación y experiencia adecuadas, así como con un conocimiento satisfactorio
de los requisitos de la Ley, el Reglamento y las demás disposiciones aplicables en la materia.
Obligaciones del certificador I
•   Resolver las solicitudes de certificación de responsables y encargados que así lo soliciten, emitiendo, de ser el
    caso, las certificaciones correspondientes, mismas que deberán ser notificadas al IFAI entro de los cinco días
    hábiles siguientes a la emisión de la certificación correspondiente;
•   Mantener, ampliar, reducir, suspender, restaurar y revocar la certificación de los responsables y encargados;
•   Cumplir en todo momento con las condiciones y términos conforme a los cuales se le otorgó la acreditación;
•   Permitir la revisión o verificación de sus actividades por parte del IFAI o las entidades de acreditación, así como
    permitir la presencia de un representante de la autoridad cuando así sea requerido en el desarrollo de sus
    funciones;
•   Integrar y coordinar los comités de evaluación para la certificación conforme a los lineamientos que dicte el IFAI .
    En caso de personas físicas, el acreditado asumirá toda la responsabilidad sobre la toma de decisión para la
    emisión del certificado, por lo que no será necesario conformar un comité, sin embargo los mecanismos que
    garanticen la imparcialidad deberán ser reforzados;
•   Mantener un programa de seguimiento y vigilancia que permita demostrar en cualquier momento que los entes
    certificados siguen cumpliendo las condiciones y requisitos que sirvieron de base para su certificación;
•   Disponer de procedimientos específicos para resolver las apelaciones, reclamaciones o quejas que presenten las
    partes afectadas por sus actividades, y mantener registros de las reclamaciones recibidas y soluciones adoptadas
    respecto a las mismas;
•   Salvaguardar, en términos de las disposiciones aplicables, la confidencialidad de la información obtenida en el
    desempeño de sus actividades;
•   Presentar semestralmente un reporte de sus actividades a la entidad que emitió su acreditación, que incluya un
    catálogo clasificado y actualizado de los entes certificados;
Obligaciones del certificador II
•   Considerar los procedimientos y métodos que se establezcan en las normas mexicanas y, en su defecto, las
    internacionales;
•   Prestar sus servicios en condiciones no discriminatorias y observar las demás disposiciones en materia de
    competencia económica;
•   Evitar la existencia de conflictos de interés que puedan afectar sus actuaciones y excusarse de actuar cuando
    existan tales conflictos;
•   Actuar con imparcialidad, independencia e integridad;
•   Operar bajo un sistema de gestión que incluya al menos:
      – Documentación de los procedimientos;
      – Control de documentos y registros:
      – Revisión por la dirección y auditorías internas;
      – Acciones correctivas y preventivas, y
      – Manejo de quejas y apelaciones;
•   Elaborar un reglamento interno de los comités de evaluación, de conformidad con los lineamientos que dicte el
    IFAI ;
•   Expedir un instructivo que establezca las reglas para la utilización del distintivo que identificará a los entes
    certificados, y
•   Mantener permanentemente actualizada a la entidad de acreditación respecto de las certificaciones que expidan,
    así como proporcionarles toda la información que le soliciten, a fin de que se vigile el estricto apego con las
    disposiciones legales respecto del certificador con la Ley, el Reglamento, los presentes parámetros, o cualquier
    otra normativa aplicable, incluyendo las normas mexicanas, normas o lineamientos internacionales aplicables y las
    condiciones y términos conforme a los cuales fue otorgada la acreditación para operar como tal.
Información que el certificador debe
     mantener a disposición pública
Información detallada acerca de los procedimientos que de evaluación y certificación
que realiza, incluidas las condiciones para otorgar, mantener, ampliar, reducir,
suspender, restaurar y revocar la certificación

Descripción de los requisitos para la certificación, incluidos los requisitos técnicos
específicos para cada certificación

Información sobre los procedimientos para la recepción y tratamiento de quejas y
apelaciones


Información sobre sus actividades y las limitaciones declaradas bajo las cuales opera


En su caso, información de precios y tarifas
Subcontratación en la evaluación

El organismo de certificación deberá revisar su capacidad para
llevar a cabo la evaluación solicitada de manera oportuna sin
necesidad de subcontratar servicios.

Si fuese necesaria la subcontratación, el certificador deberá
acreditar frente a la entidad de acreditación, que el proveedor
subcontratado cuenta con la competencia necesaria.

El certificador asumirá la responsabilidad de las operaciones
subcontratadas.
Criterios de operación del certificador I
Auditoría interna, para confirmar la efectividad de las actividades de certificación y el apego a los
lineamientos establecidos por la Ley, el Reglamento, los parámetros de autorregulación y cualquier otra
disposición aplicable;


Solicitud de certificación, incluyendo la recepción, revisión y aprobación o negación de la solicitud;


Preparación para la evaluación. Antes del inicio de cualquier evaluación por parte del certificador se
deberá designar formalmente a un equipo de evaluación que cuente con las capacidades necesarias
para realizar la evaluación y asegurar que los miembros del equipo actúen de forma imparcial;

Evaluación documental, que consiste en la revisión exhaustiva de que el o los tratamientos que se
desean certificar cumplen con la Ley, el Reglamento y demás disposiciones aplicables;


Informe de evaluación documental, donde se mencionan las inconsistencias o irregularidades existentes
y, en su caso, el plazo para subsanarlas;
Criterios de operación del certificador
                    II
Evaluación In-situ, que deberá realizarse con el objeto de evaluar la implementación y eficacia de los elementos revisados durante la
evaluación documental y la atención a las inconsistencias o irregularidades detectadas;


Informe de evaluación In-Situ, donde se mencionan las inconsistencias o irregularidades existentes detectadas en la evaluación in-situ y en su
caso el plazo para subsanarlas;


Evaluación de seguimiento, que consiste en la revisión de las actividades de atención a las inconsistencias o irregularidades detectadas en la
evaluación In-Situ;



Emisión de certificado, el cual debe señalar el alcance, sector al que pertenece, la vigencia y las revisiones de vigilancia correspondientes;



Evaluación de vigilancia. Durante la vigencia de certificado, el certificador deberá vigilar por lo menos una vez al año que las empresas
certificadas mantienen el cumplimiento de los requisitos evaluados, y

Toma de decisión: Antes de tomar la decisión sobre la certificación, el certificador deberá asegurarse de que la información es adecuada para
decidir si se han cumplido los requisitos para la certificación. La decisión de otorgar o no la certificación, será tomada por el comité de
evaluación para la certificación designado por el organismo o por el propio certificador, cuando se trate de persona física.
Vigencia y Renovación del certificado


                                    Al término de la vigencia, el
                                 interesado deberá presentar la
 Quincuagésimo primero. Las
                                      solicitud de renovación
 certificaciones otorgadas en
                                      correspondiente ante el
materia de protección de datos
                                  certificador, el cual evaluará la
   personales, tendrán una
                                   pertinencia de concederla de
    vigencia de dos años.
                                 acuerdo con los procedimientos
                                   establecidos para tal efecto.
Suspensión del certificado
Incumpla con lo previsto en la Ley, el
                                          Deje de cumplir con alguno de los
  Reglamento, los Parámetros, y las
                                         requisitos con base en los cuales se
  demás disposiciones que resulten
                                              les otorgó el certificado;
            aplicables;

                                  Causas de
                                suspensión del
                                  certificado

  No proporcione al IFAI en forma
                                         Impida u obstaculice las funciones
 oportuna y completa los informes
                                           de verificación y vigilancia del
que le sean requeridos respecto a su
                                               certificador o del IFAI
   funcionamiento y operación, o
Revocación del certificado
    Exista falsedad en          No dar
     la información      cumplimiento a las
    presentada en los       observaciones
         reportes         realizadas durante
     posteriores a la    los procedimientos
       solicitud de        de certificación o
      certificación;          revisiones;




    Que el IFAI haya
                         Otras causas graves
     sancionado al
                          señaladas por el
      responsable
                                IFAI .
     certificado, y
Tipos y alcance de Certificados
Los certificadores podrán emitir certificaciones específicas por
sector, considerando las particularidades del funcionamiento de
dicho sector, así como la legislación aplicable en su caso.




       La certificación podrá realizarse respecto a ciertos tratamientos
       o a la totalidad de tratamientos que efectúe el responsable.




               Cuando una entidad de acreditación autorizada o un
               certificador acreditado tenga poder sustancial en el mercado
               relevante deberá observar lo dispuesto por la Ley Federal de
               Competencia Económica, en materia de tarifas, calidad y
               oportunidad del servicio.
Notificación simultánea
Los esquemas de autorregulación vinculante que
convengan los particulares en términos del primer párrafo
del artículo 44 de la Ley, serán notificados de manera
simultánea a
• las autoridades sectoriales que correspondan
• al IFAI


Para lo cual el IFAI desarrollará el procedimiento
correspondiente
Requisitos para la notificación

La notificación de un esquema de autorregulación vinculante deberá hacerse por
escrito o a través de los medios habilitados por el IFAI, y debe incluir lo siguiente:
 • El instrumento legal en el que conste el esquema de autorregulación vinculante, en idioma Español, que se
   pretende registrar ante el IFAI , incluyendo los contenidos previstos en el Capítulo III de los Parámetros;
 • Listado de los nombres, denominaciones o razones sociales de los adheridos al esquema, así como de las
   organizaciones civiles o gubernamentales, nacionales o extranjeras, que hayan convenido el esquema de
   autorregulación vinculante, en su caso;
 • Nombre, denominación o razón social del o los administradores del esquema de autorregulación y su
   domicilio para oír y recibir notificaciones;
 • En su caso, el alcance y vinculación internacional, considerando esquemas de autorregulación de otros
   países, regionales o internacionales y su vinculación con esquemas de cooperación transfronteriza entre
   autoridades;
 • En el caso de sellos de confianza, deben adjuntarse las características técnicas de los mismos, así como
   señalar los derechos de propiedad intelectual por los que, en su caso, se encuentren protegidos, y
 • Información sobre las entidades de auditoría, verificación, certificación o acreditación que intervendrán en
   los procesos de evaluación de tercera parte, y en la administración de mecanismos alternativos de solución
   de controversias, en su caso;
Esquemas de autorregulación
               reconocidos por el IFAI

                                                                    En los casos de que el
  Para que un esquema de                                        esquema de autorregulación
 autorregulación vinculante             No obstante, los                vinculante sea
  sea considerado como tal        responsables podrán acordar       representativo de una
por el IFAI , en el marco de la     otras clases de medidas,    industria o sector, o que por
   Ley, su Reglamento y los        mecanismos y esquemas de      su grado de especialización
presentes parámetros, debe         autorregulación en materia   así lo requiera, el IFAI podrá
 notificarse al IFAI y cumplir       de protección de datos      solicitar la opinión de otras
  con lo previsto por dichas               personales.          autoridades o expertos en la
         disposiciones.                                         materia, para su inscripción
                                                                         en el Registro.
Registro de autorregulaciones


 Los esquemas de autorregulación
     notificados al IFAI y, de ser
  procedentes, se inscribirán en el
     Registro que para tal efecto
  administre, siempre que reúnan
  los requisitos previstos en la Ley,   El IFAI emitirá las reglas de operación y
 su Reglamento y los Parámetros.           funcionamiento de dicho Registro.
Parámetros para el correcto desarrollo de los esquemas de autorregulación vinculante

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

1 modelos de control (1)
1 modelos de control (1)1 modelos de control (1)
1 modelos de control (1)acarolinareyes
 
Modelos de seg. de la informacion
Modelos de seg. de la informacionModelos de seg. de la informacion
Modelos de seg. de la informacionluisrobles17
 
Taller 4
Taller 4Taller 4
Taller 4lazgema
 
Mapa conceptual - Auditoria de Sistemas
Mapa conceptual - Auditoria de SistemasMapa conceptual - Auditoria de Sistemas
Mapa conceptual - Auditoria de Sistemasjaviermora7
 
POLITICAS DE SEGURIDAD DE SISTEMAS INFORMATICOS
POLITICAS DE SEGURIDAD DE SISTEMAS INFORMATICOSPOLITICAS DE SEGURIDAD DE SISTEMAS INFORMATICOS
POLITICAS DE SEGURIDAD DE SISTEMAS INFORMATICOSyulitza123
 
Politicas de sistemas informaticos
Politicas de sistemas informaticosPoliticas de sistemas informaticos
Politicas de sistemas informaticosdianalloclla
 
Sistemas de gestión de la seguridad de la información (Kevin Rafael Rosales ...
Sistemas de gestión de la seguridad de la  información (Kevin Rafael Rosales ...Sistemas de gestión de la seguridad de la  información (Kevin Rafael Rosales ...
Sistemas de gestión de la seguridad de la información (Kevin Rafael Rosales ...Kevin Rosales
 
EDI - Respuestas al cumplimiento ¿Cada vez más complejas?
EDI - Respuestas al cumplimiento ¿Cada vez más complejas?EDI - Respuestas al cumplimiento ¿Cada vez más complejas?
EDI - Respuestas al cumplimiento ¿Cada vez más complejas?Fabián Descalzo
 
Politica de seguridad de sistemas informaticos
Politica de seguridad de sistemas informaticosPolitica de seguridad de sistemas informaticos
Politica de seguridad de sistemas informaticosydaleuporsiempre_16
 
Politicas de Seguridad Informática
Politicas de Seguridad InformáticaPoliticas de Seguridad Informática
Politicas de Seguridad InformáticaEcatel SRL
 
La gestión como apoyo al cumplimiento
La gestión como apoyo al cumplimientoLa gestión como apoyo al cumplimiento
La gestión como apoyo al cumplimientoFabián Descalzo
 
Normas en los sistemas de info.
Normas en los sistemas de info.Normas en los sistemas de info.
Normas en los sistemas de info.sandrariveram
 
Diapositivas politicas de seguridad de la m.p.t
Diapositivas politicas de seguridad de la m.p.tDiapositivas politicas de seguridad de la m.p.t
Diapositivas politicas de seguridad de la m.p.tyuliaranda
 
Politicas de seguridad
Politicas de seguridadPoliticas de seguridad
Politicas de seguridadLilian Ramirez
 
1 modelos de control
1 modelos de control1 modelos de control
1 modelos de controlMOMONFUMA
 

Was ist angesagt? (20)

1 modelos de control (1)
1 modelos de control (1)1 modelos de control (1)
1 modelos de control (1)
 
Modelos de seg. de la informacion
Modelos de seg. de la informacionModelos de seg. de la informacion
Modelos de seg. de la informacion
 
Taller 4
Taller 4Taller 4
Taller 4
 
Modulo III, parte 2
Modulo III, parte 2Modulo III, parte 2
Modulo III, parte 2
 
Mapa conceptual - Auditoria de Sistemas
Mapa conceptual - Auditoria de SistemasMapa conceptual - Auditoria de Sistemas
Mapa conceptual - Auditoria de Sistemas
 
POLITICAS DE SEGURIDAD DE SISTEMAS INFORMATICOS
POLITICAS DE SEGURIDAD DE SISTEMAS INFORMATICOSPOLITICAS DE SEGURIDAD DE SISTEMAS INFORMATICOS
POLITICAS DE SEGURIDAD DE SISTEMAS INFORMATICOS
 
Politicas de sistemas informaticos
Politicas de sistemas informaticosPoliticas de sistemas informaticos
Politicas de sistemas informaticos
 
Sistemas de gestión de la seguridad de la información (Kevin Rafael Rosales ...
Sistemas de gestión de la seguridad de la  información (Kevin Rafael Rosales ...Sistemas de gestión de la seguridad de la  información (Kevin Rafael Rosales ...
Sistemas de gestión de la seguridad de la información (Kevin Rafael Rosales ...
 
GARRIGUES: Perspectiva Jurídica del Esquema Nacional de Seguridad
GARRIGUES: Perspectiva Jurídica del Esquema Nacional de Seguridad GARRIGUES: Perspectiva Jurídica del Esquema Nacional de Seguridad
GARRIGUES: Perspectiva Jurídica del Esquema Nacional de Seguridad
 
EDI - Respuestas al cumplimiento ¿Cada vez más complejas?
EDI - Respuestas al cumplimiento ¿Cada vez más complejas?EDI - Respuestas al cumplimiento ¿Cada vez más complejas?
EDI - Respuestas al cumplimiento ¿Cada vez más complejas?
 
Mapa conceptual
Mapa conceptualMapa conceptual
Mapa conceptual
 
Politica de seguridad de sistemas informaticos
Politica de seguridad de sistemas informaticosPolitica de seguridad de sistemas informaticos
Politica de seguridad de sistemas informaticos
 
Politicas de Seguridad Informática
Politicas de Seguridad InformáticaPoliticas de Seguridad Informática
Politicas de Seguridad Informática
 
Agney palencia
Agney palenciaAgney palencia
Agney palencia
 
La gestión como apoyo al cumplimiento
La gestión como apoyo al cumplimientoLa gestión como apoyo al cumplimiento
La gestión como apoyo al cumplimiento
 
Politicas de seguridad informatica itla (generales)
Politicas de seguridad informatica  itla (generales)Politicas de seguridad informatica  itla (generales)
Politicas de seguridad informatica itla (generales)
 
Normas en los sistemas de info.
Normas en los sistemas de info.Normas en los sistemas de info.
Normas en los sistemas de info.
 
Diapositivas politicas de seguridad de la m.p.t
Diapositivas politicas de seguridad de la m.p.tDiapositivas politicas de seguridad de la m.p.t
Diapositivas politicas de seguridad de la m.p.t
 
Politicas de seguridad
Politicas de seguridadPoliticas de seguridad
Politicas de seguridad
 
1 modelos de control
1 modelos de control1 modelos de control
1 modelos de control
 

Andere mochten auch

Herramientas para la autorregulación del aprendizaje
Herramientas para la autorregulación del aprendizajeHerramientas para la autorregulación del aprendizaje
Herramientas para la autorregulación del aprendizajeBarakaldoko berritzegunea
 
(DVO204) Monitoring Strategies: Finding Signal in the Noise
(DVO204) Monitoring Strategies: Finding Signal in the Noise(DVO204) Monitoring Strategies: Finding Signal in the Noise
(DVO204) Monitoring Strategies: Finding Signal in the NoiseAmazon Web Services
 
Modelos de Terapias Cognitivas y Conductuales
Modelos de Terapias Cognitivas y ConductualesModelos de Terapias Cognitivas y Conductuales
Modelos de Terapias Cognitivas y ConductualesGerardo Viau Mollinedo
 
Material de apoyo autorregulación comprensión lectora
Material de apoyo autorregulación comprensión lectoraMaterial de apoyo autorregulación comprensión lectora
Material de apoyo autorregulación comprensión lectoraBarakaldoko berritzegunea
 

Andere mochten auch (7)

Herramientas para la autorregulación del aprendizaje
Herramientas para la autorregulación del aprendizajeHerramientas para la autorregulación del aprendizaje
Herramientas para la autorregulación del aprendizaje
 
La Autorregulacion
La AutorregulacionLa Autorregulacion
La Autorregulacion
 
(DVO204) Monitoring Strategies: Finding Signal in the Noise
(DVO204) Monitoring Strategies: Finding Signal in the Noise(DVO204) Monitoring Strategies: Finding Signal in the Noise
(DVO204) Monitoring Strategies: Finding Signal in the Noise
 
Autorregulacion
AutorregulacionAutorregulacion
Autorregulacion
 
LA AUTORREGULACIÓN
LA AUTORREGULACIÓNLA AUTORREGULACIÓN
LA AUTORREGULACIÓN
 
Modelos de Terapias Cognitivas y Conductuales
Modelos de Terapias Cognitivas y ConductualesModelos de Terapias Cognitivas y Conductuales
Modelos de Terapias Cognitivas y Conductuales
 
Material de apoyo autorregulación comprensión lectora
Material de apoyo autorregulación comprensión lectoraMaterial de apoyo autorregulación comprensión lectora
Material de apoyo autorregulación comprensión lectora
 

Ähnlich wie Parámetros para el correcto desarrollo de los esquemas de autorregulación vinculante

Políticas generales de_seguridad
Políticas generales de_seguridadPolíticas generales de_seguridad
Políticas generales de_seguridadLuis Martinez
 
El Esquema Nacional de Seguridad y su aplicación en las AA.PP.
El Esquema Nacional de Seguridad y su aplicación en las AA.PP.El Esquema Nacional de Seguridad y su aplicación en las AA.PP.
El Esquema Nacional de Seguridad y su aplicación en las AA.PP.Rames Sarwat
 
Generando Politicas
Generando Politicas Generando Politicas
Generando Politicas jgalud
 
mecanismo de control y seguridad.pptx
mecanismo de control y seguridad.pptxmecanismo de control y seguridad.pptx
mecanismo de control y seguridad.pptxJeisonCapera1
 
Ensayo unidad4
Ensayo unidad4Ensayo unidad4
Ensayo unidad4mCarmen32
 
Auditoría Informática y Control Interno
Auditoría Informática y Control InternoAuditoría Informática y Control Interno
Auditoría Informática y Control InternoRoberto Porozo
 
Foro de discusión.docx
Foro de discusión.docxForo de discusión.docx
Foro de discusión.docxnelson-0518
 
Ley de Protecion de Datos.
Ley de Protecion de Datos.Ley de Protecion de Datos.
Ley de Protecion de Datos.Greace Grisales
 
Ley de protecion de datos lopd
Ley de protecion de datos lopdLey de protecion de datos lopd
Ley de protecion de datos lopdGreace Grisales
 
Ley de Protección de Datos.
Ley de Protección de Datos.Ley de Protección de Datos.
Ley de Protección de Datos.Greace Grisales
 
Ley de Protección de Datos.
Ley de Protección de Datos.Ley de Protección de Datos.
Ley de Protección de Datos.Greace Grisales
 
Guia procedimiento-seguridad-informacion (1)
Guia procedimiento-seguridad-informacion (1)Guia procedimiento-seguridad-informacion (1)
Guia procedimiento-seguridad-informacion (1)Martha Hurtado
 
1.1 introducción
1.1 introducción1.1 introducción
1.1 introducciónmarlexchaya
 
Politicas y medidas de seguridad
Politicas y medidas de seguridadPoliticas y medidas de seguridad
Politicas y medidas de seguridadCarolina Cols
 
presentacion_tema_iii_y_iv_sgsdp_compressed.pdf
presentacion_tema_iii_y_iv_sgsdp_compressed.pdfpresentacion_tema_iii_y_iv_sgsdp_compressed.pdf
presentacion_tema_iii_y_iv_sgsdp_compressed.pdfAlexisNivia
 
Presentación seguridad informática
Presentación seguridad informáticaPresentación seguridad informática
Presentación seguridad informáticajason031988
 

Ähnlich wie Parámetros para el correcto desarrollo de los esquemas de autorregulación vinculante (20)

Políticas generales de_seguridad
Políticas generales de_seguridadPolíticas generales de_seguridad
Políticas generales de_seguridad
 
Ohsas listo
Ohsas listoOhsas listo
Ohsas listo
 
El Esquema Nacional de Seguridad y su aplicación en las AA.PP.
El Esquema Nacional de Seguridad y su aplicación en las AA.PP.El Esquema Nacional de Seguridad y su aplicación en las AA.PP.
El Esquema Nacional de Seguridad y su aplicación en las AA.PP.
 
Curso de CISSP - Parte 1 de 10
Curso de CISSP - Parte 1 de 10Curso de CISSP - Parte 1 de 10
Curso de CISSP - Parte 1 de 10
 
Generando Politicas
Generando Politicas Generando Politicas
Generando Politicas
 
mecanismo de control y seguridad.pptx
mecanismo de control y seguridad.pptxmecanismo de control y seguridad.pptx
mecanismo de control y seguridad.pptx
 
Ensayo unidad4
Ensayo unidad4Ensayo unidad4
Ensayo unidad4
 
Auditoría Informática y Control Interno
Auditoría Informática y Control InternoAuditoría Informática y Control Interno
Auditoría Informática y Control Interno
 
Foro de discusión.docx
Foro de discusión.docxForo de discusión.docx
Foro de discusión.docx
 
Ley de Protecion de Datos.
Ley de Protecion de Datos.Ley de Protecion de Datos.
Ley de Protecion de Datos.
 
Ley de protecion de datos lopd
Ley de protecion de datos lopdLey de protecion de datos lopd
Ley de protecion de datos lopd
 
Ley de Protección de Datos.
Ley de Protección de Datos.Ley de Protección de Datos.
Ley de Protección de Datos.
 
Ley de Protección de Datos.
Ley de Protección de Datos.Ley de Protección de Datos.
Ley de Protección de Datos.
 
Elba reyes
Elba reyesElba reyes
Elba reyes
 
Guia procedimiento-seguridad-informacion (1)
Guia procedimiento-seguridad-informacion (1)Guia procedimiento-seguridad-informacion (1)
Guia procedimiento-seguridad-informacion (1)
 
Slide de sgsi
Slide de sgsiSlide de sgsi
Slide de sgsi
 
1.1 introducción
1.1 introducción1.1 introducción
1.1 introducción
 
Politicas y medidas de seguridad
Politicas y medidas de seguridadPoliticas y medidas de seguridad
Politicas y medidas de seguridad
 
presentacion_tema_iii_y_iv_sgsdp_compressed.pdf
presentacion_tema_iii_y_iv_sgsdp_compressed.pdfpresentacion_tema_iii_y_iv_sgsdp_compressed.pdf
presentacion_tema_iii_y_iv_sgsdp_compressed.pdf
 
Presentación seguridad informática
Presentación seguridad informáticaPresentación seguridad informática
Presentación seguridad informática
 

Mehr von Juan Carlos Carrillo

La falta de talento en ciberseguridad 2017
La falta de talento en ciberseguridad 2017La falta de talento en ciberseguridad 2017
La falta de talento en ciberseguridad 2017Juan Carlos Carrillo
 
Ciberseguridad después del COVID-19 - Speakers México
Ciberseguridad después del COVID-19 - Speakers MéxicoCiberseguridad después del COVID-19 - Speakers México
Ciberseguridad después del COVID-19 - Speakers MéxicoJuan Carlos Carrillo
 
Webinar: Privacidad y Comercio Electrónico
Webinar: Privacidad y Comercio ElectrónicoWebinar: Privacidad y Comercio Electrónico
Webinar: Privacidad y Comercio ElectrónicoJuan Carlos Carrillo
 
Seguridad, una visión desde el Riesgo, Gobierno y Cumplimiento
Seguridad, una visión desde el Riesgo, Gobierno y CumplimientoSeguridad, una visión desde el Riesgo, Gobierno y Cumplimiento
Seguridad, una visión desde el Riesgo, Gobierno y CumplimientoJuan Carlos Carrillo
 
260215 ley federal de proteccion de datos personales en posesión de particul...
260215 ley federal de proteccion de datos personales en posesión de particul...260215 ley federal de proteccion de datos personales en posesión de particul...
260215 ley federal de proteccion de datos personales en posesión de particul...Juan Carlos Carrillo
 
Privacloudacy or risecurityk for b secure
Privacloudacy or risecurityk for b securePrivacloudacy or risecurityk for b secure
Privacloudacy or risecurityk for b secureJuan Carlos Carrillo
 
La seguridad informática en la toma de decisiones v2
La seguridad informática en la toma de decisiones v2La seguridad informática en la toma de decisiones v2
La seguridad informática en la toma de decisiones v2Juan Carlos Carrillo
 
Regulación Bancaria en México - Capitulo X CNBV
Regulación Bancaria en México - Capitulo X CNBVRegulación Bancaria en México - Capitulo X CNBV
Regulación Bancaria en México - Capitulo X CNBVJuan Carlos Carrillo
 
Más respuestas a la protección de datos
Más respuestas a la protección de datosMás respuestas a la protección de datos
Más respuestas a la protección de datosJuan Carlos Carrillo
 
Quien tiene el mono? - Who's Got the Monkey?
Quien tiene el mono? - Who's Got the Monkey?Quien tiene el mono? - Who's Got the Monkey?
Quien tiene el mono? - Who's Got the Monkey?Juan Carlos Carrillo
 
Ley protección de datos personales
Ley protección de datos personalesLey protección de datos personales
Ley protección de datos personalesJuan Carlos Carrillo
 
¿Cómo atender las implicaciones del Reglamento de la LFPDPPP?
¿Cómo atender las implicaciones del Reglamento de la LFPDPPP? ¿Cómo atender las implicaciones del Reglamento de la LFPDPPP?
¿Cómo atender las implicaciones del Reglamento de la LFPDPPP? Juan Carlos Carrillo
 
Datos personales y riesgos digitales
Datos personales y riesgos digitalesDatos personales y riesgos digitales
Datos personales y riesgos digitalesJuan Carlos Carrillo
 
Resumen del Anteproyecto del Reglamento de la Ley Federal de Protección de Da...
Resumen del Anteproyecto del Reglamento de la Ley Federal de Protección de Da...Resumen del Anteproyecto del Reglamento de la Ley Federal de Protección de Da...
Resumen del Anteproyecto del Reglamento de la Ley Federal de Protección de Da...Juan Carlos Carrillo
 
Ley federal de proteccion de datos personales
Ley federal de proteccion de datos personalesLey federal de proteccion de datos personales
Ley federal de proteccion de datos personalesJuan Carlos Carrillo
 
Ley y ofrecimiento de privacidad de datos v2
Ley y ofrecimiento de privacidad de datos v2Ley y ofrecimiento de privacidad de datos v2
Ley y ofrecimiento de privacidad de datos v2Juan Carlos Carrillo
 

Mehr von Juan Carlos Carrillo (20)

La falta de talento en ciberseguridad 2017
La falta de talento en ciberseguridad 2017La falta de talento en ciberseguridad 2017
La falta de talento en ciberseguridad 2017
 
Ciberseguridad después del COVID-19 - Speakers México
Ciberseguridad después del COVID-19 - Speakers MéxicoCiberseguridad después del COVID-19 - Speakers México
Ciberseguridad después del COVID-19 - Speakers México
 
Webinar: Privacidad y Comercio Electrónico
Webinar: Privacidad y Comercio ElectrónicoWebinar: Privacidad y Comercio Electrónico
Webinar: Privacidad y Comercio Electrónico
 
Seguridad, una visión desde el Riesgo, Gobierno y Cumplimiento
Seguridad, una visión desde el Riesgo, Gobierno y CumplimientoSeguridad, una visión desde el Riesgo, Gobierno y Cumplimiento
Seguridad, una visión desde el Riesgo, Gobierno y Cumplimiento
 
260215 ley federal de proteccion de datos personales en posesión de particul...
260215 ley federal de proteccion de datos personales en posesión de particul...260215 ley federal de proteccion de datos personales en posesión de particul...
260215 ley federal de proteccion de datos personales en posesión de particul...
 
Privacloudacy or risecurityk for b secure
Privacloudacy or risecurityk for b securePrivacloudacy or risecurityk for b secure
Privacloudacy or risecurityk for b secure
 
La seguridad informática en la toma de decisiones v2
La seguridad informática en la toma de decisiones v2La seguridad informática en la toma de decisiones v2
La seguridad informática en la toma de decisiones v2
 
Proteja los Datos más Sensibles
Proteja los Datos más SensiblesProteja los Datos más Sensibles
Proteja los Datos más Sensibles
 
Regulación Bancaria en México - Capitulo X CNBV
Regulación Bancaria en México - Capitulo X CNBVRegulación Bancaria en México - Capitulo X CNBV
Regulación Bancaria en México - Capitulo X CNBV
 
Privacidad y seguridad
Privacidad y seguridadPrivacidad y seguridad
Privacidad y seguridad
 
The personal hedgehog
The personal hedgehogThe personal hedgehog
The personal hedgehog
 
How managers become leaders v2
How managers become leaders v2How managers become leaders v2
How managers become leaders v2
 
Más respuestas a la protección de datos
Más respuestas a la protección de datosMás respuestas a la protección de datos
Más respuestas a la protección de datos
 
Quien tiene el mono? - Who's Got the Monkey?
Quien tiene el mono? - Who's Got the Monkey?Quien tiene el mono? - Who's Got the Monkey?
Quien tiene el mono? - Who's Got the Monkey?
 
Ley protección de datos personales
Ley protección de datos personalesLey protección de datos personales
Ley protección de datos personales
 
¿Cómo atender las implicaciones del Reglamento de la LFPDPPP?
¿Cómo atender las implicaciones del Reglamento de la LFPDPPP? ¿Cómo atender las implicaciones del Reglamento de la LFPDPPP?
¿Cómo atender las implicaciones del Reglamento de la LFPDPPP?
 
Datos personales y riesgos digitales
Datos personales y riesgos digitalesDatos personales y riesgos digitales
Datos personales y riesgos digitales
 
Resumen del Anteproyecto del Reglamento de la Ley Federal de Protección de Da...
Resumen del Anteproyecto del Reglamento de la Ley Federal de Protección de Da...Resumen del Anteproyecto del Reglamento de la Ley Federal de Protección de Da...
Resumen del Anteproyecto del Reglamento de la Ley Federal de Protección de Da...
 
Ley federal de proteccion de datos personales
Ley federal de proteccion de datos personalesLey federal de proteccion de datos personales
Ley federal de proteccion de datos personales
 
Ley y ofrecimiento de privacidad de datos v2
Ley y ofrecimiento de privacidad de datos v2Ley y ofrecimiento de privacidad de datos v2
Ley y ofrecimiento de privacidad de datos v2
 

Kürzlich hochgeladen

FORMAS DE TRANSPORTE EN MASA-PDF.pdf lclases
FORMAS DE TRANSPORTE EN MASA-PDF.pdf  lclasesFORMAS DE TRANSPORTE EN MASA-PDF.pdf  lclases
FORMAS DE TRANSPORTE EN MASA-PDF.pdf lclasesjvalenciama
 
DELITOS CONTRA LA GESTION PUBLICA PPT.pdf
DELITOS CONTRA LA GESTION PUBLICA PPT.pdfDELITOS CONTRA LA GESTION PUBLICA PPT.pdf
DELITOS CONTRA LA GESTION PUBLICA PPT.pdfJaquelinRamos6
 
Clase 2 Ecosistema Emprendedor en Chile.
Clase 2 Ecosistema Emprendedor en Chile.Clase 2 Ecosistema Emprendedor en Chile.
Clase 2 Ecosistema Emprendedor en Chile.Gonzalo Morales Esparza
 
TIPOS DE PLANES administracion una perspectiva global - KOONTZ.pptx
TIPOS DE PLANES administracion una perspectiva global - KOONTZ.pptxTIPOS DE PLANES administracion una perspectiva global - KOONTZ.pptx
TIPOS DE PLANES administracion una perspectiva global - KOONTZ.pptxKevinHeredia14
 
INFORMATIVO CIRCULAR FISCAL - RENTA 2023.ppsx
INFORMATIVO CIRCULAR FISCAL - RENTA 2023.ppsxINFORMATIVO CIRCULAR FISCAL - RENTA 2023.ppsx
INFORMATIVO CIRCULAR FISCAL - RENTA 2023.ppsxCORPORACIONJURIDICA
 
ADMINISTRACION FINANCIERA CAPITULO 4.pdf
ADMINISTRACION FINANCIERA CAPITULO 4.pdfADMINISTRACION FINANCIERA CAPITULO 4.pdf
ADMINISTRACION FINANCIERA CAPITULO 4.pdfguillencuevaadrianal
 
diseño de redes en la cadena de suministro.pptx
diseño de redes en la cadena de suministro.pptxdiseño de redes en la cadena de suministro.pptx
diseño de redes en la cadena de suministro.pptxjuanleivagdf
 
Ejemplo Caso: El Juego de la negociación
Ejemplo Caso: El Juego de la negociaciónEjemplo Caso: El Juego de la negociación
Ejemplo Caso: El Juego de la negociaciónlicmarinaglez
 
Presentacion III ACTIVIDADES DE CONTROL. IV UNIDAD..pdf
Presentacion III ACTIVIDADES DE CONTROL. IV UNIDAD..pdfPresentacion III ACTIVIDADES DE CONTROL. IV UNIDAD..pdf
Presentacion III ACTIVIDADES DE CONTROL. IV UNIDAD..pdfLuisAlbertoAlvaradoF2
 
Buenas Practicas de Almacenamiento en droguerias
Buenas Practicas de Almacenamiento en drogueriasBuenas Practicas de Almacenamiento en droguerias
Buenas Practicas de Almacenamiento en drogueriasmaicholfc
 
Las 10 decisiones estrategicas en administracion de operaciones
Las 10 decisiones estrategicas en administracion de operacionesLas 10 decisiones estrategicas en administracion de operaciones
Las 10 decisiones estrategicas en administracion de operacionesYeilizerAguilera
 
ANÁLISIS CAME, DIAGNOSTICO PUERTO DEL CALLAO
ANÁLISIS CAME, DIAGNOSTICO  PUERTO DEL CALLAOANÁLISIS CAME, DIAGNOSTICO  PUERTO DEL CALLAO
ANÁLISIS CAME, DIAGNOSTICO PUERTO DEL CALLAOCarlosAlbertoVillafu3
 
Plan General de Contabilidad Y PYMES pdf
Plan General de Contabilidad Y PYMES pdfPlan General de Contabilidad Y PYMES pdf
Plan General de Contabilidad Y PYMES pdfdanilojaviersantiago
 
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdfinformacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdfPriscilaBermello
 
Efectos del cambio climatico en huanuco.pptx
Efectos del cambio climatico en huanuco.pptxEfectos del cambio climatico en huanuco.pptx
Efectos del cambio climatico en huanuco.pptxCONSTRUCTORAEINVERSI3
 
PIA MATEMATICAS FINANCIERAS SOBRE PROBLEMAS DE ANUALIDAD.pptx
PIA MATEMATICAS FINANCIERAS SOBRE PROBLEMAS DE ANUALIDAD.pptxPIA MATEMATICAS FINANCIERAS SOBRE PROBLEMAS DE ANUALIDAD.pptx
PIA MATEMATICAS FINANCIERAS SOBRE PROBLEMAS DE ANUALIDAD.pptxJosePuentePadronPuen
 
cuadro sinoptico tipos de organizaci.pdf
cuadro sinoptico tipos de organizaci.pdfcuadro sinoptico tipos de organizaci.pdf
cuadro sinoptico tipos de organizaci.pdfjesuseleazarcenuh
 
Modelo de convenio de pago con morosos del condominio (GENÉRICO).docx
Modelo de convenio de pago con morosos del condominio (GENÉRICO).docxModelo de convenio de pago con morosos del condominio (GENÉRICO).docx
Modelo de convenio de pago con morosos del condominio (GENÉRICO).docxedwinrojas836235
 
Presentación Final Riesgo de Crédito.pptx
Presentación Final Riesgo de Crédito.pptxPresentación Final Riesgo de Crédito.pptx
Presentación Final Riesgo de Crédito.pptxIvnAndres5
 
La Cadena de suministro CocaCola Co.pptx
La Cadena de suministro CocaCola Co.pptxLa Cadena de suministro CocaCola Co.pptx
La Cadena de suministro CocaCola Co.pptxrubengpa
 

Kürzlich hochgeladen (20)

FORMAS DE TRANSPORTE EN MASA-PDF.pdf lclases
FORMAS DE TRANSPORTE EN MASA-PDF.pdf  lclasesFORMAS DE TRANSPORTE EN MASA-PDF.pdf  lclases
FORMAS DE TRANSPORTE EN MASA-PDF.pdf lclases
 
DELITOS CONTRA LA GESTION PUBLICA PPT.pdf
DELITOS CONTRA LA GESTION PUBLICA PPT.pdfDELITOS CONTRA LA GESTION PUBLICA PPT.pdf
DELITOS CONTRA LA GESTION PUBLICA PPT.pdf
 
Clase 2 Ecosistema Emprendedor en Chile.
Clase 2 Ecosistema Emprendedor en Chile.Clase 2 Ecosistema Emprendedor en Chile.
Clase 2 Ecosistema Emprendedor en Chile.
 
TIPOS DE PLANES administracion una perspectiva global - KOONTZ.pptx
TIPOS DE PLANES administracion una perspectiva global - KOONTZ.pptxTIPOS DE PLANES administracion una perspectiva global - KOONTZ.pptx
TIPOS DE PLANES administracion una perspectiva global - KOONTZ.pptx
 
INFORMATIVO CIRCULAR FISCAL - RENTA 2023.ppsx
INFORMATIVO CIRCULAR FISCAL - RENTA 2023.ppsxINFORMATIVO CIRCULAR FISCAL - RENTA 2023.ppsx
INFORMATIVO CIRCULAR FISCAL - RENTA 2023.ppsx
 
ADMINISTRACION FINANCIERA CAPITULO 4.pdf
ADMINISTRACION FINANCIERA CAPITULO 4.pdfADMINISTRACION FINANCIERA CAPITULO 4.pdf
ADMINISTRACION FINANCIERA CAPITULO 4.pdf
 
diseño de redes en la cadena de suministro.pptx
diseño de redes en la cadena de suministro.pptxdiseño de redes en la cadena de suministro.pptx
diseño de redes en la cadena de suministro.pptx
 
Ejemplo Caso: El Juego de la negociación
Ejemplo Caso: El Juego de la negociaciónEjemplo Caso: El Juego de la negociación
Ejemplo Caso: El Juego de la negociación
 
Presentacion III ACTIVIDADES DE CONTROL. IV UNIDAD..pdf
Presentacion III ACTIVIDADES DE CONTROL. IV UNIDAD..pdfPresentacion III ACTIVIDADES DE CONTROL. IV UNIDAD..pdf
Presentacion III ACTIVIDADES DE CONTROL. IV UNIDAD..pdf
 
Buenas Practicas de Almacenamiento en droguerias
Buenas Practicas de Almacenamiento en drogueriasBuenas Practicas de Almacenamiento en droguerias
Buenas Practicas de Almacenamiento en droguerias
 
Las 10 decisiones estrategicas en administracion de operaciones
Las 10 decisiones estrategicas en administracion de operacionesLas 10 decisiones estrategicas en administracion de operaciones
Las 10 decisiones estrategicas en administracion de operaciones
 
ANÁLISIS CAME, DIAGNOSTICO PUERTO DEL CALLAO
ANÁLISIS CAME, DIAGNOSTICO  PUERTO DEL CALLAOANÁLISIS CAME, DIAGNOSTICO  PUERTO DEL CALLAO
ANÁLISIS CAME, DIAGNOSTICO PUERTO DEL CALLAO
 
Plan General de Contabilidad Y PYMES pdf
Plan General de Contabilidad Y PYMES pdfPlan General de Contabilidad Y PYMES pdf
Plan General de Contabilidad Y PYMES pdf
 
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdfinformacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
 
Efectos del cambio climatico en huanuco.pptx
Efectos del cambio climatico en huanuco.pptxEfectos del cambio climatico en huanuco.pptx
Efectos del cambio climatico en huanuco.pptx
 
PIA MATEMATICAS FINANCIERAS SOBRE PROBLEMAS DE ANUALIDAD.pptx
PIA MATEMATICAS FINANCIERAS SOBRE PROBLEMAS DE ANUALIDAD.pptxPIA MATEMATICAS FINANCIERAS SOBRE PROBLEMAS DE ANUALIDAD.pptx
PIA MATEMATICAS FINANCIERAS SOBRE PROBLEMAS DE ANUALIDAD.pptx
 
cuadro sinoptico tipos de organizaci.pdf
cuadro sinoptico tipos de organizaci.pdfcuadro sinoptico tipos de organizaci.pdf
cuadro sinoptico tipos de organizaci.pdf
 
Modelo de convenio de pago con morosos del condominio (GENÉRICO).docx
Modelo de convenio de pago con morosos del condominio (GENÉRICO).docxModelo de convenio de pago con morosos del condominio (GENÉRICO).docx
Modelo de convenio de pago con morosos del condominio (GENÉRICO).docx
 
Presentación Final Riesgo de Crédito.pptx
Presentación Final Riesgo de Crédito.pptxPresentación Final Riesgo de Crédito.pptx
Presentación Final Riesgo de Crédito.pptx
 
La Cadena de suministro CocaCola Co.pptx
La Cadena de suministro CocaCola Co.pptxLa Cadena de suministro CocaCola Co.pptx
La Cadena de suministro CocaCola Co.pptx
 

Parámetros para el correcto desarrollo de los esquemas de autorregulación vinculante

  • 1. Parámetros para el correcto desarrollo de los Esquemas de Autorregulación Vinculante
  • 2. Contenido Capítulo I • Disposiciones Generales Capítulo II • Autorregulación vinculante y el principio de responsabilidad Capítulo III • De las clases de esquemas de autorregulación vinculante Capítulo IV • Del contenido de los esquemas de autorregulación vinculante Capítulo V • Del sistema de certificación en materia de protección de datos personales Capítulo VI • De la notificación de los esquemas de autorregulación vinculante
  • 3. Objetivos específicos de los esquemas de autorregulación vinculante • Coadyuvar al cumplimiento del principio de responsabilidad • Establecer procesos y prácticas cualitativos • Fomentar que los responsables establezcan políticas, procesos y buenas prácticas para el cumplimiento de los principios de protección de datos personales • Promover que los responsables de manera voluntaria cuenten con constancias o certificaciones sobre el cumplimiento de lo establecido en la Ley, y mostrar a los titulares su compromiso con la protección de datos personales • Identificar a los responsables que cuenten con políticas de privacidad alineadas al cumplimiento de los principios y derechos previstos en la Ley, así como de competencia laboral para el debido cumplimiento de sus obligaciones en la materia; • Facilitar la coordinación entre los distintos esquemas de autorregulación reconocidos internacionalmente • Facilitar las transferencias con responsables que cuenten con esquemas de autorregulación como puerto seguro • Promover el compromiso de los responsables con la rendición de cuentas y adopción de políticas internas consistentes con criterios externos, así como para • Auspiciar mecanismos para implementar políticas de privacidad – Incluyendo herramientas, – Transparencia, – Supervisión interna continua, – Evaluaciones de riesgo, – Verificaciones externas y – Sistemas de remediación • Mecanismos alternativos de solución de controversias entre responsables, titulares y terceras personas, como son los de conciliación y mediación.
  • 4. Autorregulación Vinculante • La adhesión a los esquemas de autorregulación vinculante por parte de un responsable es de carácter voluntario • El cumplimiento de dichos esquemas será obligatorio para los responsables que se adhieran o adopten los mismos, que contendrán las sanciones por su incumplimiento.
  • 5. Principios aplicables a la autorregulación 1. Voluntariedad en la adhesión o adopción del esquema de autorregulación; 2. Obligatoriedad, ya que el esquema vincula a quien se adhiere o lo adopta; 3. Transparencia relativa a las prácticas que sigue un sector, grupo, empresa u organización en materia de protección de datos personales, y 4. Responsabilidad.
  • 6. Normas Oficiales Mexicanas y Normas Mexicanas • De conformidad con el artículo 43, fracción V de la Ley, la Secretaría, en coadyuvancia con el IFAI , podrán participar en la elaboración y promoción de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, que regulen aspectos relacionadas con la protección de datos personales y el correcto desarrollo de mecanismos y medidas de autorregulación.
  • 7. El principio de responsabilidad Políticas y programas Recibir y responder Sanciones por su de privacidad dudas y quejas incumplimiento Capacitación, Medidas para el actualización y Políticas y programas aseguramiento de los concientización del de seguridad datos personales personal Establecer medidas para la Sistema de supervisión Atender el riesgo de trazabilidad de los datos y vigilancia interna datos personales personales Verificaciones o Destinar recursos auditorías externas
  • 8. Complementariedad • Todo esquema de autorregulación vinculante deberá prever y complementar los principios de: – licitud, – consentimiento, – información, – calidad, – finalidad, – lealtad, – proporcionalidad y – responsabilidad, • Los deberes de confidencialidad y seguridad, que rigen el tratamiento de los datos personales, así como lo dispuesto en la Ley, su Reglamento, los Parámetros y demás disposiciones que resulten aplicables, así como prever los mecanismos que garanticen su cumplimiento
  • 9. Armonización • Todo esquema de autorregulación vinculante deberá contener reglas o estándares específicos que permitan armonizar los tratamientos que lleven a cabo quienes se adhieren o adoptan los mismos
  • 10. Normatividad Aplicable • Los esquemas de autorregulación vinculante deberán hacer mención de las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas que rijan el sector de que se trate
  • 11. Requisitos I El tipo de esquema vinculante de que se trata que podrá constituirse en códigos Su ámbito tanto material como personal de deontológicos o de buena práctica profesional, Los esquemas de autorregulación podrán aplicación, refiriéndose el primero a los políticas internas de privacidad, reglas de regular a determinados tratamientos tratamientos de datos y titulares sujetos al privacidad corporativa, sellos de confianza o específicos de datos personales o a la totalidad mismo, y el segundo al responsable, grupo de cualquier otro que cumpla con lo establecido de tratamientos de datos personales que responsables o sector obligado al por los presentes parámetros, incluyendo su realiza un responsable, grupo de responsables cumplimiento del esquema de autorregulación régimen de funcionamiento y administración, o sector; vinculante de que se trate. los requisitos y el procedimiento de adhesión a los mismos; Estos procedimientos y mecanismos incluyen, entre otros, la utilización de determinadas Su vigencia y mecanismos de actualización, Procedimientos o mecanismos que se cláusulas tipo para la contratación de un renovación o terminación. Asimismo, deberá emplearán para hacer eficaz la protección de encargado; la identificación de las categorías señalar los mecanismos por los cuales se datos por parte de los adheridos, incluyendo de terceros a los cuales el o los adheridos comunicará a los interesados la terminación previsiones específicas que respondan a las transferirán datos, y las previsiones del mismo; buenas prácticas nacionales e internacionales. pertinentes a las transferencias internacionales de datos personales, en su caso Medidas concretas tomadas respecto a la protección de datos personales en relación a categorías especiales de titulares tales como menores de edad y grupos vulnerables
  • 12. Requisitos II Procedimientos y mecanismos para medir la eficacia del esquema adoptado, como la creación de cifras, indicadores y estadísticas relacionadas con los Programa y acciones de capacitación para quienes distintos procesos puestos en operación incluyendo traten los datos personales, especificando el tipo de la atención a titulares en el ejercicio de derechos de Sistemas de supervisión y vigilancia internos y de capacitación y quién impartirá la misma, así como los acceso, rectificación, cancelación y oposición, y verificación o auditoría externos; esquemas de competencia laboral de la persona o atención de quejas, con el objeto de proveer un integrantes del departamento de datos; esquema de autorregulación vinculante transparente que permitan conocer a los sujetos interesados cómo funciona dicho esquema; La identificación de los responsables adheridos, que Mecanismos destinados a facilitar el ejercicio de los posibilite reconocer a los responsables que derechos de acceso, rectificación, cancelación u Dicha identificación podrá realizarse a través del uso satisfacen los requisitos exigidos por determinado oposición, incluyendo los de atención a las de sellos de confianza, y deberá publicarse en algún esquema de autorregulación y que se encuentran solicitudes formuladas por los titulares afectados, y lugar de fácil acceso al público, así como comprometidos con la protección de los datos formatos tipo para el ejercicio de derechos; personales que poseen. Las medidas correctivas eficaces en caso de incumplimiento.
  • 13. Administración del esquema Todo esquema de autorregulación deberá contar con un administrador, cargo que podrá recaer en una persona u órgano colegiado que garantice su imparcialidad y evite el conflicto de intereses. El administrador tendrá, entre otras, las funciones de: Efectuar las evaluaciones y Tramitar la admisión de nuevos revisiones del esquema de adheridos y mantener una lista autorregulación por si mismo o actualizada de miembros a por medio de un tercero, disposición de la autoridad siempre que se garantice su imparcialidad e independencia Proporcionar la información y demás documentación que le Elaborar los reportes de sea requerida por la autoridad, medición de eficacia del entre otra, el resumen de las esquema de autorregulación evaluaciones realizadas a los esquemas de autorregulación
  • 14. Sistema de Supervisión y vigilancia I Evaluaciones periódicas de supervisión y vigilancia interna, verificaciones o auditorías externas al menos cada dos años • Seguimiento continuo del nivel de cumplimiento de las disposiciones del mismo por parte de los adheridos • Funcionamiento de los procedimientos establecidos en el esquema de autorregulación vinculante
  • 15. Sistema de Supervisión y vigilancia II Todo proceso de evaluación debe culminar con un reporte donde se expresen los resultados del mismo, recomendaciones necesarias a fin de hacer más efectivo y eficiente el cumplimiento del esquema de autorregulación así como el propio esquema. Cuando se identifiquen no conformidades durante los procedimientos de evaluación, el administrador deberá requerir el cumplimiento en un tiempo límite, en cuyo defecto, se impondrá la sanción que corresponda. Los esquemas de autorregulación deberán contener criterios que permitan homologar y normalizar los resultados obtenidos por los adheridos, así como criterios de revisión que permitan evaluar su viabilidad o pertinencia como esquema de autorregulación vinculante. El IFAI podrá efectuar verificaciones a fin de comprobar el nivel de eficacia y eficiencia del cumplimiento del esquema de autorregulación, así como del propio esquema. El incumplimiento de las recomendaciones derivadas de la evaluación podrá ser tomado en consideración por el IFAI para la revocación de la inscripción del esquema de autorregulación en el Registro, en términos del artículo 86 del Reglamento.
  • 16. Consecuencias y medidas correctivas • Para la debida observancia de sus disposiciones, los esquemas de autorregulación establecerán las sanciones que corresponda aplicar a los adheridos que incumplan con los mismos y que podrán consistir en: – Amonestaciones, – Sanciones económicas, – Suspensión temporal, – Suspensión definitiva. • La suspensión de derechos del miembro podrá incluir también, en su caso, la terminación de la licencia de uso del sello de confianza que en su caso se otorgue a los adheridos. • Los esquemas de autorregulación vinculante podrán prever que las sanciones efectuadas se hagan públicas. • Los órganos responsables de aplicar las sanciones deberán observar los principios de contradicción, audiencia, sencillez, accesibilidad, celeridad y gratuidad, y en todo caso, se establecerá una graduación de sanciones que permita su individualización de manera proporcional a la gravedad de la infracción. • Todas las sanciones deberán notificarse al afectado.
  • 17. De los contenidos complementarios Los esquemas de autorregulación podrán incluir cualquier otro compromiso adicional que asuman los adheridos para un mejor cumplimiento de la legislación vigente. Los responsables podrán aumentar las diferentes medidas de protección de los derechos a través de la inclusión de contenidos complementarios dentro de los esquemas de autorregulación vinculante tales como: • Medidas de seguridad adicionales a las establecidas en la Ley y el Reglamento. • Clausulas tipo para la obtención del consentimiento, ya sea para el tratamiento, o la transferencia de los datos personales. • Clausulas tipo para informar a los titulares del tratamiento de sus datos cuando éstos no sean obtenidos de manera personal o directa. • Avisos de privacidad estándar que resulten aplicables a un sector o industria y cuya única diferencia sea el tipo de tratamientos exclusivos a los que los responsables someten los datos personales de los titulares
  • 18. Mecanismos alternativos de solución de controversias I • El administrador del esquema de autorregulación podrá sugerir a las partes involucradas remitir el asunto a un mecanismo alternativo de solución de controversias, tales como la conciliación y la mediación, siempre que el titular de los datos y el responsable involucrado así lo consientan. • Estos mecanismos podrán implementarse al interior del esquema de autorregulación vinculante o mediante la contratación de expertos independientes. • Los mecanismos alternativos de solución de controversias se regirán por acuerdo entre las partes, o en su defecto, por las leyes federales o locales aplicables en la materia.
  • 19. Procedimientos de solución de controversias Accesibilidad • Deberán estar disponibles a los titulares de los datos, promoviendo el conocimiento sobre su existencia, su funcionamiento y reduciendo al máximo los costos Independencia • El mecanismo deberá garantizar la autonomía del conciliador o mediador Imparcialidad • La decisión del conciliador o mediador, deberá fundarse en criterios objetivos, y ser debidamente fundada y motivada
  • 20. Mecanismos alternativos de solución de controversias II • Los procedimientos llevados a cabo bajo los mecanismos alternativos de solución de controversias, deberán observar los principios de contradicción y audiencia. • Las decisiones adoptadas en el mecanismo deberán ser notificadas a las partes. • En el supuesto de no encontrar una solución al caso, independientemente de la sanción que conforme al mecanismo corresponda aplicar, el conciliador o mediador deberá remitir el asunto ante la autoridad competente para los efectos legales que correspondan. • En ningún caso, la presentación de una reclamación o sometimiento a un mecanismo alternativo de solución de controversias, impedirá al titular del ejercicio del derecho de iniciar las acciones legales que correspondan.
  • 21. Objeto de la certificación en materia de protección de datos personales Conforme a lo establecido en el artículo 83 del Reglamento, los esquemas de autorregulación podrán incluir la certificación de los responsables en materia de protección de datos personales. Mediante dicha certificación, las personas físicas o morales acreditadas como certificadores evalúan la conformidad del tratamiento, las políticas, programas y procedimientos relacionados con la protección de datos personales respecto de la Ley, su Reglamento y de cualquier otra normativa aplicable. También podrán ser sujetas de certificación las medidas de seguridad adoptadas por los responsables y encargados, así como otros mecanismos de autorregulación que voluntariamente se sometan a ésta.
  • 22. Atribuciones del IFAI El IFAI contará con atribuciones específicas con respecto al sistema de certificación en materia de protección de datos personales: • Autorización, suspensión y revocación de las entidades de acreditación; • Validación de los instrumentos de evaluación y de los procedimientos de acreditación, certificación, auditoría y cualquier otro procedimiento relacionado con los anteriores; • Requerir a las entidades de acreditación que inicien un procedimiento de suspensión o revocación de acreditaciones cuando disponga de los elementos suficientes para justificar esa actuación en los términos de la Ley, el Reglamento y los presentes parámetros, y • Requerir a los certificadores que inicien un procedimiento de suspensión o revocación de certificados cuando disponga de los elementos suficientes para justificar esa actuación en los términos de la Ley, el Reglamento y los presentes parámetros.
  • 23. Autorización y verificación de entidades de acreditación El IFAI podrá, en cualquier tiempo, realizar revisiones, requerir información y El IFAI desarrollará el realizar visitas de verificación procedimiento para la para vigilar el cumplimiento autorización, suspensión y de los presentes parámetros revocación de entidades de por parte de las entidades de acreditación en los términos acreditación, los de la Sección II del presente certificadores o cualquier capítulo. tercero que realice actividades relacionadas con las materias a que se refieren los presentes parámetros.
  • 24. Entidades de certificación, certificadores y responsables certificados El IFAI mantendrá un listado actualizado de • Entidades de acreditación autorizadas, • Certificadores acreditados, • Responsables o encargados certificados.
  • 25. Entidades de acreditación autorizadas para operar Las entidades de Para operar como entidad acreditación tienen a su de acreditación en materia cargo la acreditación de los de protección de datos certificadores en materia de personales, se deberá contar protección de datos y la con la autorización previa certificación de su personal. del IFAI.
  • 26. Requisitos para solicitar la autorización como entidad de acreditación I Denominación o razón social del Domicilio y solicitante y de su señalamiento del representante legal, personal autorizado, así como el en su caso, para oír documento original y recibir que acredite dicha notificaciones. representación y copia, para su cotejo
  • 27. Requisitos para solicitar la autorización como entidad de acreditación I Descripción detallada de los servicios que prestará el interesado, de los procedimientos que llevará a cabo, y de las condiciones para otorgar, mantener, ampliar, reducir, suspender, restaurar y revocar la acreditación, de acuerdo con los previsto por los presentes parámetros. • Los procedimientos deben basarse en costos y condiciones propias de la entidad de acreditación, que determinará las tarifas máximas a que esté sujeta la prestación de sus servicios; Los documentos que demuestren la adecuada capacidad jurídica, administrativa, financiera, técnica, material y humana, en relación con los servicios que pretende prestar, así como con los procedimientos del sistema de gestión, que garanticen el desempeño de sus funciones, incluidos: • Original y copia, para su cotejo, del acta constitutiva de la persona moral interesada y de los estatutos sociales en los que se detalle sus órganos de gobierno, y la estructura técnica funcional de la entidad en la que conste la representación equilibrada de los sectores mencionados en la fracción III del presente parámetro. El objeto social de la persona moral deberá incluir la aplicación de procedimientos de evaluación de la conformidad, así como la elaboración de documentos normativos en coadyuvancia con los diferentes órdenes de gobierno, en concordancia con las normas o lineamientos internacionales; • Relación de los recursos materiales y humanos con los que cuenta. Respecto del personal involucrado en el proceso de acreditación, el interesado deberá describir y acreditar: • La calificación y la competencia requeridas, detallando grado académico y experiencia en la materia • La formación inicial y continua que se requiere • Los alcances específicos en los cuales cada evaluador ha demostrado su competencia para evaluar • Los mecanismos de seguimiento al desempeño y competencia del personal • Documentos que demuestren su solvencia financiera para asegurar la continuidad del sistema de acreditación;
  • 28. Requisitos para solicitar la autorización como entidad de acreditación II Detallar la estructura organizacional de la entidad, misma que deberá contar cuando menos con: •Una asamblea general, •Un consejo directivo o de socios administradores, •Una comisión de acreditación, •Comité de Evaluación para la acreditación y •Un Director General. El interesado ya sea en la asamblea general, en el consejo directivo o en el comité de evaluación para la acreditación deberá, a juicio del IFAI , garantizar el equilibrio de las partes interesadas en el proceso de acreditación. Se entenderá por partes interesadas a los certificadores, asociaciones de profesionales o académicos, representantes de la sociedad civil, cámaras y asociaciones de industriales o comerciantes, instituciones de educación superior, centros de investigación y las dependencias involucradas en las actividades de acreditación de protección de datos personales. Las partes interesadas que integren una entidad de acreditación, en ningún caso podrán participar directa o indirectamente en otra entidad de acreditación relacionada con la materia de protección de datos personales. La comisión de acreditación tendrá por objeto vigilar el esquema y mantener la imparcialidad sobre los procesos de acreditación, revisando que se apeguen a los términos descritos en los presentes parámetros, y La documentación que acredite que cuenta con los recursos para cumplir con las responsabilidades legales que se originen con motivo de sus operaciones.
  • 29. Obligaciones de las entidades de acreditación I Resolver las solicitudes de acreditación de personas físicas o morales que busquen fungir como certificadores, emitiendo, de ser el caso, las acreditaciones correspondientes, mismas que deberán ser notificadas al IFAI dentro de los cinco días hábiles siguientes a la emisión de la acreditación correspondiente Mantener, ampliar, reducir, suspender, restaurar y revocar la acreditación, de acuerdo con lo previsto en los presentes parámetros Cumplir, en todo momento, con las condiciones y términos conforme a los cuales se le otorgó la autorización como entidad de acreditación Contar permanentemente con técnicos calificados y con experiencia en el campo de la acreditación, para manejar el tipo, frecuencia y volumen de trabajo o actividades propias en materia de protección de datos personales Permitir la revisión o verificación de sus actividades por parte del IFAI , así como permitir la presencia de un representante de la autoridad cuando así sea requerido en el desarrollo de sus funciones Integrar y coordinar el comité de evaluación para la acreditación conforme a la normativa que dicte el IFAI Mantener un programa de seguimiento y vigilancia que permita demostrar en cualquier momento que los certificadores acreditados siguen cumpliendo las condiciones y requisitos que sirvieron de base para su acreditación Disponer de procedimientos específicos para resolver las apelaciones, reclamaciones o quejas que presenten las partes afectadas por sus actividades, y mantener registros de las reclamaciones recibidas y soluciones adoptadas respecto a las mismas Salvaguardar, en términos de las disposiciones aplicables, la confidencialidad de la información obtenida en el desempeño de sus actividades Contemplar la posibilidad de participar en organizaciones de acreditación regionales o internacionales en materia de protección de datos personales para la elaboración de criterios y lineamientos sobre la acreditación y el reconocimiento mutuo de las acreditaciones otorgadas
  • 30. Obligaciones de las entidades de acreditación II Presentar semestralmente un reporte de sus actividades al IFAI que incluya un listado actualizado de los certificadores acreditados Considerar los procedimientos y métodos que se establezcan en las normas mexicanas y, en su defecto, las internacionales Prestar sus servicios en condiciones no discriminatorias y observar las demás disposiciones en materia de competencia económica Evitar la existencia de conflictos de interés que puedan afectar sus actuaciones y excusarse de actuar cuando existan tales conflictos Actuar con imparcialidad, independencia e integridad Operar bajo un sistema de gestión que incluya al menos: •Documentación de los procedimientos •Control de documentos y registros •Revisiones de la dirección y auditorías internas •Acciones correctivas y preventivas •Manejo de quejas y apelaciones; Elaborar un reglamento interno de los comités de evaluación, de conformidad con la normatividad que dicte el IFAI; Expedir un instructivo que establezca las reglas para la utilización del distintivo que identificará a los certificadores acreditados y los responsables certificados Proporcionar al IFAI la información que solicite, a fin de que éste vigile que se mantenga el estricto apego con las disposiciones legales respecto de la entidad de acreditación con la Ley, el Reglamento, los presentes parámetros, así como cualquier otra normativa aplicable, y las condiciones y términos conforme a los cuales fue otorgada la autorización para operar como tal.
  • 31. Información de entidades acreditadoras que debe mantenerse a disposición pública Información detallada acerca de Descripción de los requisitos los procedimientos que realiza, para la acreditación, incluidos Una descripción detallada de incluidas las condiciones para los requisitos técnicos los derechos y las obligaciones otorgar, mantener, ampliar, específicos para cada sector de de los certificadores reducir, suspender, restaurar y acreditación revocar la acreditación Información sobre los Información detallada sobre los Información sobre sus procedimientos para la procedimientos de evaluación actividades y las limitaciones recepción y tratamiento de que realiza declaradas bajo las cuales opera quejas y apelaciones Información de precios y tarifas
  • 32. Subcontratación en la evaluación La entidad de acreditación deberá revisar su capacidad para llevar a cabo la evaluación a certificadores de manera oportuna sin necesidad de subcontratar servicios. Si fuese necesaria la subcontratación, la entidad de acreditación deberá acreditar frente al IFAI , al momento de solicitar la autorización, que: Cuenta con Asume la mecanismos Cuenta con responsabilidad Cuenta con una para asegurar mecanismos exclusiva para política en la que Asume la que el para asegurar otorgar, se describan las responsabilidad subcontratado y, que el mantener, condiciones bajo de las en su caso, su subcontratado ampliar, reducir, las cuales puede evaluaciones personal, es mantiene la suspender, tener lugar una subcontratadas; competente y confidencialidad restaurar o subcontratación; cumple con los de la revocar la presentes información. acreditación; parámetros, y
  • 33. Criterios de operación para preparar la evaluación Antes del inicio de cualquier evaluación por parte de la entidad de acreditación, ésta deberá: Designar formalmente a un equipo de evaluación que conste de un número adecuado de evaluadores para cada alcance específico, los cuales a su vez deberán: Asegurarse de que los miembros del equipo actúen de forma Efectuar una evaluación Tener el conocimiento confiable de la imparcial. apropiado para cumplir competencia de los con las finalidades de la certificadores solicitantes, acreditación así como
  • 34. Criterios de operación para la evaluación in situ En todas las evaluaciones iniciales, la entidad acreditante deberá realizar al menos una visita a la oficina principal del certificador solicitante, así como a todas sus demás instalaciones en donde se desarrolle alguna actividad relacionada con la certificación. Cuando la entidad de acreditación requiera realizar la evaluación en las instalaciones del certificador solicitante, ésta deberá observar lo siguiente: • El equipo de evaluación comenzará con la evaluación in situ con una reunión de apertura en la cual se defina claramente el propósito de la evaluación así como los criterios de acreditación • El equipo de evaluación debe ser testigo del desempeño de un número representativo del personal del organismo de certificación para asegurar la competencia.
  • 35. Hallazgos e informe de evaluación I El equipo de evaluación debe analizar toda la información y evidencia pertinente recopilada durante la revisión de los documentos, registros y la evaluación in situ. El análisis debe ser suficiente para permitir al equipo de evaluación determinar que el certificador solicitante cuenta con la competencia necesaria para operar. Antes de abandonar las instalaciones del certificador solicitante, debe tener lugar En caso de incumplimientos, debe una reunión entre el equipo de invitarse al certificador solicitante a evaluación y dicho certificador responder el informe de evaluación y Los procedimientos de la entidad de solicitante. Se deberá poner a describir las acciones específicas acreditación deben asegurar que se consideración del mismo un informe por adoptadas o planificadas para ser cumpla con los siguientes requisitos: escrito, sobre los resultados de la adoptadas dentro de un tiempo evaluación cuyos contenidos incluirán la determinado para la resolución de competencia, el cumplimiento con los cualquier incumplimiento identificado parámetros, así como la identificación de los incumplimientos, en su caso;
  • 36. Hallazgos e informe de evaluación II La información • La identificación del certificador que los solicitante; evaluadores • Las fechas de evaluación in situ; • El nombre de los evaluadores proporcionen a involucrados en la evaluación; quienes toman las • Información sobre las instalaciones evaluadas; decisiones de • El alcance propuesto de la acreditación que fue evaluado; acreditación debe • El informe de evaluación, y incluir como • En su caso, la respuesta a los incumplimientos identificados en mínimo lo el informe de evaluación. siguiente:
  • 37. Toma de la decisión Antes de tomar la decisión, La decisión de otorgar o no la entidad de acreditación la acreditación será tomada deberá asegurarse de que la por el comité de evaluación información es adecuada para la acreditación y la para decidir si se han comisión de acreditación cumplido los requisitos de designada por la entidad de acreditación. acreditación.
  • 38. Plazo para corrección de fallas En caso de no ser favorable la Expirado dicho plazo, se emitirá la decisión, se otorgará un plazo de decisión definitiva valorándose 90 días naturales al certificador previamente la información y solicitante para corregir cualquier documentación que éste hubiere falla o inconsistencia que se le aportado, en su caso. hubiere señalado. En caso de que la acreditación no hubiere sido otorgada, cualquier nueva solicitud de acreditación posterior realizada por el mismo solicitante, deberá dar inicio a un nuevo procedimiento de acreditación.
  • 39. Certificado de acreditación La entidad de acreditación debe proporcionar un certificado de acreditación al certificador acreditado, mismo que deberá contener: • La identificación y el logotipo de la entidad de acreditación; • La identificación única del certificador acreditado; • Oficinas que se encuentran amparadas por el certificado de acreditación • La fecha efectiva de otorgamiento de la acreditación, su vigencia, y • Descripción del alcance de la acreditación. La entidad de acreditación debe establecer procedimientos y planes para llevar a cabo evaluaciones periódicas de vigilancia, incluyendo evaluaciones in situ, en intervalos anuales para mantener el cumplimiento continuo por parte de los certificadores.
  • 40. Suspensión de la acreditación Las entidades de acreditación deberán suspender la acreditación de certificadores cuando el IFAI así lo requiera de acuerdo a las atribuciones descritas en los presentes parámetros o cuando éstos: • Dejen de cumplir con alguno de los requisitos con base en los cuales se les otorgó la acreditación • No proporcionen a la entidad de acreditación o al IFAI en forma oportuna y completa los informes que le sean requeridos respecto a su funcionamiento y operación • Impidan u obstaculicen las funciones de verificación y vigilancia de la entidad de acreditación o del IFAI • Disminuyan los recursos o la capacidad para emitir certificados al menos por un mes • Emitan documentos donde se hagan constar los resultados de la certificación con información o datos erróneos de manera negligente • No hayan cubierto las cuotas de acreditación, en su caso Una vez que se hayan subsanado en su totalidad las causas que dieron origen a la suspensión, la acreditación podrá ser restaurada en el periodo previsto por la entidad acreditante dentro sus procedimientos y condiciones, exponiéndose los motivos que justifican la restauración de la acreditación respectiva.
  • 41. Revocación de la acreditación Las entidades de acreditación deberán revocar la acreditación de los certificadores, cuando el IFAI así lo requiera de acuerdo a la facultades descritas en los presentes parámetros o cuando éstos: • Emitan documentos donde se hagan constar los resultados de la certificación con información o datos falsos; • Nieguen reiterada o injustificadamente el servicio que se les solicite; • Renuncien expresamente a la acreditación concedida para operar; • Se disminuyan los recursos o la capacidad para emitir certificados por más de tres meses consecutivos; • No hayan subsanado las causas que dieron efecto a una suspensión dentro del plazo señalado por la misma • Cuando se violen las disposiciones de la Ley, el Reglamento o los presentes parámetros. Los certificadores, después de haber sido notificados, tendrán el término de cinco días hábiles para manifestar lo que a su derecho convenga a la entidad de acreditación. Concluido dicho término sin que se justifique su actuación, se procederá a la revocación correspondiente. La revocación de la acreditación conllevará la prohibición de ejercer las actividades de certificación y de hacer cualquier alusión a la acreditación, así como la de utilizar cualquier tipo de información o símbolo referente a la misma.
  • 42. Requisitos para solicitar la acreditación como certificador I Nombre, denominación o razón social del certificador solicitante y de su representante legal, en su caso y la documentación que acredite su personalidad jurídica. Las personas físicas presentarán original y copia para su cotejo, de su identificación oficial y registro federal de contribuyentes, y una carta bajo protesta de decir verdad de que se encuentran en pleno uso y goce de sus facultades para obligarse en los términos de estos parámetros y que se encuentran en cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Las personas morales deberán presentar original y copia para su cotejo del acta constitutiva que acredite que su objeto social está relacionado con las funciones de certificador, así como designar a un apoderado legal acompañado del documento que lo acredite como tal, su registro federal de contribuyentes y carta bajo protesta de decir verdad de que se encuentran en cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Señalar domicilio o domicilios que pretende utilizar para las actividades relacionadas con la certificación; La descripción de los servicios que pretende prestar y los procedimientos a utilizar, y de las condiciones para otorgar, mantener, ampliar, reducir, suspender, restaurar y revocar la certificación;
  • 43. Requisitos para solicitar la acreditación como certificador II Descripción de la estructura para operar, e información que acredite que cuenta con los recursos humanos, financieros y tecnológicos, contando con las responsabilidades definidas y documentadas que le permitan llevar a cabo las funciones de certificador. Para acreditar los recursos financieros, deberá presentar la documentación que demuestre la solvencia y capacidad de responder a cualquier procedimiento legal derivado de la actividad de certificación. Los recursos humanos destinados a la auditoría de certificación deberán contar con la certificación de por lo menos una entidad de acreditación autorizada; Elementos que le permitan acreditar que mantendrá imparcialidad en sus actividades, es decir, que le impidan tener vínculos con las empresas e instituciones que certifique, que puedan llevar a un conflicto de intereses. En su caso, deberá documentar los posibles conflictos de interés y demostrar que ha tomado las acciones para eliminar o minimizar dicha amenaza; Elementos que le permitan asegurar, en términos de la normativa aplicable, la confidencialidad de la información obtenida en el transcurso de las actividades de certificación; Descripción del sistema de gestión bajo el que operará, mismo que deberá incluir al menos: •Documentación de los procedimientos; •Control de documentos y registros; •Revisiones de la dirección y auditorías internas; •Acciones correctivas y preventivas, y •Manejo de quejas y apelaciones, y Elementos que le permitan asegurar que cuenta de manera permanente con personal suficiente con el nivel de experiencia para efectuar sus funciones. El personal responsable de la certificación debe contar con las calificaciones, capacitación y experiencia adecuadas, así como con un conocimiento satisfactorio de los requisitos de la Ley, el Reglamento y las demás disposiciones aplicables en la materia.
  • 44. Obligaciones del certificador I • Resolver las solicitudes de certificación de responsables y encargados que así lo soliciten, emitiendo, de ser el caso, las certificaciones correspondientes, mismas que deberán ser notificadas al IFAI entro de los cinco días hábiles siguientes a la emisión de la certificación correspondiente; • Mantener, ampliar, reducir, suspender, restaurar y revocar la certificación de los responsables y encargados; • Cumplir en todo momento con las condiciones y términos conforme a los cuales se le otorgó la acreditación; • Permitir la revisión o verificación de sus actividades por parte del IFAI o las entidades de acreditación, así como permitir la presencia de un representante de la autoridad cuando así sea requerido en el desarrollo de sus funciones; • Integrar y coordinar los comités de evaluación para la certificación conforme a los lineamientos que dicte el IFAI . En caso de personas físicas, el acreditado asumirá toda la responsabilidad sobre la toma de decisión para la emisión del certificado, por lo que no será necesario conformar un comité, sin embargo los mecanismos que garanticen la imparcialidad deberán ser reforzados; • Mantener un programa de seguimiento y vigilancia que permita demostrar en cualquier momento que los entes certificados siguen cumpliendo las condiciones y requisitos que sirvieron de base para su certificación; • Disponer de procedimientos específicos para resolver las apelaciones, reclamaciones o quejas que presenten las partes afectadas por sus actividades, y mantener registros de las reclamaciones recibidas y soluciones adoptadas respecto a las mismas; • Salvaguardar, en términos de las disposiciones aplicables, la confidencialidad de la información obtenida en el desempeño de sus actividades; • Presentar semestralmente un reporte de sus actividades a la entidad que emitió su acreditación, que incluya un catálogo clasificado y actualizado de los entes certificados;
  • 45. Obligaciones del certificador II • Considerar los procedimientos y métodos que se establezcan en las normas mexicanas y, en su defecto, las internacionales; • Prestar sus servicios en condiciones no discriminatorias y observar las demás disposiciones en materia de competencia económica; • Evitar la existencia de conflictos de interés que puedan afectar sus actuaciones y excusarse de actuar cuando existan tales conflictos; • Actuar con imparcialidad, independencia e integridad; • Operar bajo un sistema de gestión que incluya al menos: – Documentación de los procedimientos; – Control de documentos y registros: – Revisión por la dirección y auditorías internas; – Acciones correctivas y preventivas, y – Manejo de quejas y apelaciones; • Elaborar un reglamento interno de los comités de evaluación, de conformidad con los lineamientos que dicte el IFAI ; • Expedir un instructivo que establezca las reglas para la utilización del distintivo que identificará a los entes certificados, y • Mantener permanentemente actualizada a la entidad de acreditación respecto de las certificaciones que expidan, así como proporcionarles toda la información que le soliciten, a fin de que se vigile el estricto apego con las disposiciones legales respecto del certificador con la Ley, el Reglamento, los presentes parámetros, o cualquier otra normativa aplicable, incluyendo las normas mexicanas, normas o lineamientos internacionales aplicables y las condiciones y términos conforme a los cuales fue otorgada la acreditación para operar como tal.
  • 46. Información que el certificador debe mantener a disposición pública Información detallada acerca de los procedimientos que de evaluación y certificación que realiza, incluidas las condiciones para otorgar, mantener, ampliar, reducir, suspender, restaurar y revocar la certificación Descripción de los requisitos para la certificación, incluidos los requisitos técnicos específicos para cada certificación Información sobre los procedimientos para la recepción y tratamiento de quejas y apelaciones Información sobre sus actividades y las limitaciones declaradas bajo las cuales opera En su caso, información de precios y tarifas
  • 47. Subcontratación en la evaluación El organismo de certificación deberá revisar su capacidad para llevar a cabo la evaluación solicitada de manera oportuna sin necesidad de subcontratar servicios. Si fuese necesaria la subcontratación, el certificador deberá acreditar frente a la entidad de acreditación, que el proveedor subcontratado cuenta con la competencia necesaria. El certificador asumirá la responsabilidad de las operaciones subcontratadas.
  • 48. Criterios de operación del certificador I Auditoría interna, para confirmar la efectividad de las actividades de certificación y el apego a los lineamientos establecidos por la Ley, el Reglamento, los parámetros de autorregulación y cualquier otra disposición aplicable; Solicitud de certificación, incluyendo la recepción, revisión y aprobación o negación de la solicitud; Preparación para la evaluación. Antes del inicio de cualquier evaluación por parte del certificador se deberá designar formalmente a un equipo de evaluación que cuente con las capacidades necesarias para realizar la evaluación y asegurar que los miembros del equipo actúen de forma imparcial; Evaluación documental, que consiste en la revisión exhaustiva de que el o los tratamientos que se desean certificar cumplen con la Ley, el Reglamento y demás disposiciones aplicables; Informe de evaluación documental, donde se mencionan las inconsistencias o irregularidades existentes y, en su caso, el plazo para subsanarlas;
  • 49. Criterios de operación del certificador II Evaluación In-situ, que deberá realizarse con el objeto de evaluar la implementación y eficacia de los elementos revisados durante la evaluación documental y la atención a las inconsistencias o irregularidades detectadas; Informe de evaluación In-Situ, donde se mencionan las inconsistencias o irregularidades existentes detectadas en la evaluación in-situ y en su caso el plazo para subsanarlas; Evaluación de seguimiento, que consiste en la revisión de las actividades de atención a las inconsistencias o irregularidades detectadas en la evaluación In-Situ; Emisión de certificado, el cual debe señalar el alcance, sector al que pertenece, la vigencia y las revisiones de vigilancia correspondientes; Evaluación de vigilancia. Durante la vigencia de certificado, el certificador deberá vigilar por lo menos una vez al año que las empresas certificadas mantienen el cumplimiento de los requisitos evaluados, y Toma de decisión: Antes de tomar la decisión sobre la certificación, el certificador deberá asegurarse de que la información es adecuada para decidir si se han cumplido los requisitos para la certificación. La decisión de otorgar o no la certificación, será tomada por el comité de evaluación para la certificación designado por el organismo o por el propio certificador, cuando se trate de persona física.
  • 50. Vigencia y Renovación del certificado Al término de la vigencia, el interesado deberá presentar la Quincuagésimo primero. Las solicitud de renovación certificaciones otorgadas en correspondiente ante el materia de protección de datos certificador, el cual evaluará la personales, tendrán una pertinencia de concederla de vigencia de dos años. acuerdo con los procedimientos establecidos para tal efecto.
  • 51. Suspensión del certificado Incumpla con lo previsto en la Ley, el Deje de cumplir con alguno de los Reglamento, los Parámetros, y las requisitos con base en los cuales se demás disposiciones que resulten les otorgó el certificado; aplicables; Causas de suspensión del certificado No proporcione al IFAI en forma Impida u obstaculice las funciones oportuna y completa los informes de verificación y vigilancia del que le sean requeridos respecto a su certificador o del IFAI funcionamiento y operación, o
  • 52. Revocación del certificado Exista falsedad en No dar la información cumplimiento a las presentada en los observaciones reportes realizadas durante posteriores a la los procedimientos solicitud de de certificación o certificación; revisiones; Que el IFAI haya Otras causas graves sancionado al señaladas por el responsable IFAI . certificado, y
  • 53. Tipos y alcance de Certificados Los certificadores podrán emitir certificaciones específicas por sector, considerando las particularidades del funcionamiento de dicho sector, así como la legislación aplicable en su caso. La certificación podrá realizarse respecto a ciertos tratamientos o a la totalidad de tratamientos que efectúe el responsable. Cuando una entidad de acreditación autorizada o un certificador acreditado tenga poder sustancial en el mercado relevante deberá observar lo dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica, en materia de tarifas, calidad y oportunidad del servicio.
  • 54. Notificación simultánea Los esquemas de autorregulación vinculante que convengan los particulares en términos del primer párrafo del artículo 44 de la Ley, serán notificados de manera simultánea a • las autoridades sectoriales que correspondan • al IFAI Para lo cual el IFAI desarrollará el procedimiento correspondiente
  • 55. Requisitos para la notificación La notificación de un esquema de autorregulación vinculante deberá hacerse por escrito o a través de los medios habilitados por el IFAI, y debe incluir lo siguiente: • El instrumento legal en el que conste el esquema de autorregulación vinculante, en idioma Español, que se pretende registrar ante el IFAI , incluyendo los contenidos previstos en el Capítulo III de los Parámetros; • Listado de los nombres, denominaciones o razones sociales de los adheridos al esquema, así como de las organizaciones civiles o gubernamentales, nacionales o extranjeras, que hayan convenido el esquema de autorregulación vinculante, en su caso; • Nombre, denominación o razón social del o los administradores del esquema de autorregulación y su domicilio para oír y recibir notificaciones; • En su caso, el alcance y vinculación internacional, considerando esquemas de autorregulación de otros países, regionales o internacionales y su vinculación con esquemas de cooperación transfronteriza entre autoridades; • En el caso de sellos de confianza, deben adjuntarse las características técnicas de los mismos, así como señalar los derechos de propiedad intelectual por los que, en su caso, se encuentren protegidos, y • Información sobre las entidades de auditoría, verificación, certificación o acreditación que intervendrán en los procesos de evaluación de tercera parte, y en la administración de mecanismos alternativos de solución de controversias, en su caso;
  • 56. Esquemas de autorregulación reconocidos por el IFAI En los casos de que el Para que un esquema de esquema de autorregulación autorregulación vinculante No obstante, los vinculante sea sea considerado como tal responsables podrán acordar representativo de una por el IFAI , en el marco de la otras clases de medidas, industria o sector, o que por Ley, su Reglamento y los mecanismos y esquemas de su grado de especialización presentes parámetros, debe autorregulación en materia así lo requiera, el IFAI podrá notificarse al IFAI y cumplir de protección de datos solicitar la opinión de otras con lo previsto por dichas personales. autoridades o expertos en la disposiciones. materia, para su inscripción en el Registro.
  • 57. Registro de autorregulaciones Los esquemas de autorregulación notificados al IFAI y, de ser procedentes, se inscribirán en el Registro que para tal efecto administre, siempre que reúnan los requisitos previstos en la Ley, El IFAI emitirá las reglas de operación y su Reglamento y los Parámetros. funcionamiento de dicho Registro.