1. ANÁLISIS DE LA LEGISLACIÓN
SANITARIA MEXICANA VIGENTE EN
MATERIA DE INFECCIONES ASOCIADAS
A LA ATENCIÓN DE LA SALUD Y
SUS IMPLICACIONES BIOÉTICAS
Defensa de examen de grado de la Maestría en Salud
Pública con área de concentración en Administración en Salud
Del Instituto Nacional de Salud Pública
Sustentante: E.S.P.M.P. Janet Real Ramírez
Comité de tesis:
M en C. Manuel Palacios Martínez
Mtra. Ma. De los Ángeles Meza Barrera
Mtro. Eduardo Pesqueira Villegas
2. Introducción
Normas
Leyes Generales
Constitución política de los
E.U.M / Tratados
Internacionales
NOM 045 SSA2 2005
Leyes General de Salud
Derecho a la protección de la
salud–Derechos Humanos /
Alianza Mundial por la Seguridad
del paciente
3. Tratados internacionales
1. Pacta sunt servanda (lo pactado obliga).
2. Res inter alios acta (cosa realizada entre otros)
3. Ex consensu advenit vinculum (del
consentimiento deviene la obligación)
4. Ius cogens o Jus cogens (normas perentorias
art. 53 y 64)
*Presidencia de la República. Convención de Viena, sobre el derecho de los tratados entre estados y organizaciones
internacionales o entre organizaciones internacionales. Diario Oficial de la Federación, 28 de abril del 1988.
http://www.ordenjuridico.gob.mx/TratInt/I2.pdf. (Consultado 05 junio 2011)
Los principios generales básicos que los sustentan:*
4. Justificación
Durante los procesos de atención de la salud, las IAAS afectan
aproximadamente a 25 de cada 100 pacientes hospitalizados
en países en desarrollo*
En Estados Unidos, se estima que en áreas de cuidados
intensivos se requieren más de 6 millones de días de
permanencia adicional al año en el hospital y todavía fallecen
cada año 80.000 personas, es decir, 200 personas al día, con
un costos anual de 900 millones de dólares#
Etiología multifacética relacionada con los sistemas y procesos
de prestación de atención sanitaria y las limitaciones políticas
y económicas de los sistemas de salud y los países+
* World Health Organization. Countries or areas committed to address health care-associated infection.
http://www.who.int/gpsc/statements/countries/en/index.html (Consultado 02 julio 2011)
# De Lissovoy G, Fraeman K, Hutchins V, Murphy D, Song D, Vaughn BB. Surgical site infection: Incidence and impact on hospital
utilization and treatment costs. Am J Infect Control. 2009 Jun; 37(5):387-97
+ Organización Mundial de la Salud. Alianza Mundial para la seguridad del paciente. Directrices de la OMS sobre higiene de las manos en
la atención sanitaria (Borrador Avanzado): Resumen. Unas manos limpias son manos más seguras. Ginebra, 2005.
5. La pertinencia de la legislación sanitaria, bajo una perspectiva
bioética con principios rectores como la no maleficencia,
beneficencia, justicia distributiva y autonomía contribuiría a
la administración y organización de los servicios de salud
La claridad y congruencia entre la operación de los servicios de
atención médica y los convenios internacionales, leyes
generales, normas y reglamentos, generarían el escenario
propicio para la operatividad regulada de los establecimientos
sanitarios.
De cumplirse estas condiciones se promovería la orientación
de recursos humanos, materiales y financieros de los
establecimientos para salvaguardar la seguridad del paciente y
de los trabajadores de la salud.
6. Objetivo general y específicos
Analizar desde una perspectiva bioética la legislación
sanitaria internacional y nacional; así como las
condiciones en como opera la misma en materia de
infecciones asociadas a la atención de la salud.
Identificar las concordancias y discordancias de
sus planteamientos teórico – jurídicos.
Realizar recomendaciones para la mejora de la
legislación
7. Material y métodos
Revisión bibliográfica sistematizada de
la literatura de tipo cualitativo sobre la
legislación de la regulación sanitaria y su
análisis bioético.
8. Criterios de inclusión
1. Procedentes de los países firmantes de la iniciativa
AMSP;
2. Información sobre protocolos en materia de
vigilancia, prevención y control de las IAAS;
3. Documentos legales tales como normas,
reglamentos, guías de práctica clínica para la
vigilancia epidemiológica, algoritmos de acción que
contribuyeran en la vigilancia, prevención y control
de las IAAS;
4. Documentos que aportaran un marco de referencia
bioético para el análisis de las acciones
emprendidas;
9. 5. Publicadas entre enero del 2002 a noviembre del
2011;
6. En idioma español e inglés;
7. Disponibles en texto completo, on-line y/o aquellos
que se obtuvieran por solicitud directa a los
autores;
8. Publicaciones registradas en bases de datos
como: Pubmed, Embase, Cochrane, Redylacs, Eric,
Periódica y Clase, Health source/nursing/Academic Edition,
HAPI, Journals Ovid, JSTOR, CINAHL, Business: Source
complete, Research Starters-Sociology, Google académico y
Legislación en Salud.
10. Criterios de exclusión y eliminación
1. Publicaciones de
países que no hayan
firmado la AMSP;
2. Publicados en idiomas
diferentes al inglés y
español
1. Publicaciones a las
que no se tuvo
acceso. (tiempo,
costo)
11. Estrategia de búsqueda general
Búsqueda de
descriptores
en 16 bases
de datos
Recuperación
de
publicaciones
Clasificación de
publicaciones en
cinco grandes
temas*
Analizados e
incluidos por
relevancia
Clasificados en
información
referente a Estados
Unidos, Unión
Europea/Australia,
América Latina y
México.
*Legislación y regulación sanitaria internacional sobre IAAS; aspectos éticos en la atención de las IAAS; aspectos
específicos sobre la AMSP; estrategias operativas orientadas a la prevención de IAAS; legislación y regulación en
materia de IAAS en México.
12. Búsquedaen16basesdedatoscon
descriptoresycriteriosdeinclusión,
exclusiónyeliminación
Recuperación de 150
artículos y
subclasificación de
artículos en 5 grandes
temas
Legislación y regulación sanitaria
internacional sobre IAAS
Total: 46
37 Incluidos
USA 18
Unión Europea 12
América Latina 7
Aspectos éticos en la atención de
las IAAS
Total: 23
16 Incluidos
USA 1
Unión Europea 4
América Latina 10
México 1
Aspectos específicos sobre la
AMSP
Total: 22
20 Incluidos
USA 1
Unión Europea 18
América Latina 1
Estrategias operativas orientadas
a la prevención de IAAS
Total: 38
31 Incluidos
USA 13
Unión Europea 16
México 2
Legislación y regulación en
materia de IAAS en México
Total :21
17 Incluidos
Estrategia de búsqueda detallada
14. Criterio
Estados Unidos de
América
Unión Europea y
Australia
América Latina
Derecho a la
protección de
la salud
No aplica. Servicio
focalizado al libre
mercado
Derecho social garantizado
por el Estado
Derecho social garantizado
por el Estado en la mayoría
de los países
Sistema de
vigilancia
epidemiológica
Indicadores
Aislado. No obligatorio
para todos los estados
De resultado a la
cuantificación de IAAS
Obligatorio para todos los
países y de concentración
nacional
Orientados a todo el proceso
de atención
Obligatorio más no integrado
a nivel nacional en todos los
países
Se orientan a la
cuantificación de IAAS y de
manera incipiente al proceso
de atención
Decisiones
basadas en
información
epidemiológica
La HICPAS realiza
recomendaciones; sin
embargo, no impacta
en la definición de
estándares
homogéneos por parte
de la DHHS
Tres sistemas: HELICS,
EARSS y ESAC confluyen
para dar recomendaciones
para la modificación de
protocolos de atención,
formación de recursos,
legislación y políticas
En la mayoría de los países
no se documentó un impacto
directo de la vigilancia en la
toma de decisiones
Filosofía de la
atención de la
salud
Responsabilidad
subjetiva. Punitivo.
Se favorece el valor
dentro del mercado
Responsabilidad objetiva.
Retroalimenta el proceso
Se promueve la seguridad
del paciente
Existen cambios en la
legislación de Chile, Cuba,
Brasil hacia la
responsabilidad objetiva. El
resto continua en la
subjetiva
15. Criterio
Estados Unidos
de América
Unión Europea y
Australia
América Latina
Certificación de
establecimientos
Se realiza por parte
de la JCAHO la cual
es juez y parte del
proceso
Se realiza por parte de
terceros dentro de la UE
Se han creado o
fortalecido instituciones
que validen la
certificación
Relación médico
paciente
Vertical Horizontal Vertical con transición
hacia horizontal
Operación legal
al presentarse
una IAAS
Demandas civiles y
por responsabilidad
profesional
Demandas corporativas y
arbitraje
Demandas civiles y por
responsabilidad
profesional; las cuales han
ido migrando a
corporativas
Políticas
nacionales que
impulsen la
AMSP
Sistemas de
aseguramiento y su
implementación en
los CMS
Artículo 152 de la UE y el
Libro Blanco de la
Comisión Europea
Cada país tiene diferentes
políticas con diferentes
etapas de evolución
Principios
bioéticos y
éticos
predominantes
Autonomía No maleficencia,
beneficencia, justicia
distributiva y autonomía.
Precaución, protección,
prevención y prudencia
No maleficencia,
beneficencia, justicia
distributiva y autonomía.
Precaución, protección,
prevención.
16. Criterio México
Derecho a la protección de la salud Consagrado en los artículos 1° y 4°
constitucional
Sistema de vigilancia epidemiológica
Indicadores
Es obligatorio el reporte de IAAS e Integrado
en la RHOVE de manera parcial
Orientados a la cuantificación de IAAS
Decisiones basadas en información
epidemiológica
No se encontró evidencia de estas acciones
Filosofía de la atención de la salud Responsabilidad subjetiva
Certificación de establecimientos Obligatorio para los establecimientos del SPSS
y voluntario para el resto
Relación médico paciente Vertical con incipiente transición horizontal
Operación legal al presentarse una IAAS Arbitraje y sanciones administrativas
Políticas nacionales que impulsen la AMSP El programa de Sicalidad
Principios bioéticos y éticos predominantes No maleficencia, beneficencia, justicia
distributiva y autonomía. Protección.
17. Criterios de la propuesta Cumple
Responde a una prioridad precisa y evidente
Voluntad política
Alta percepción social de la prioridad de la política
Argumentación sólida sobre la necesidad y los beneficios de la política
Formulación clara y medible de los objetivos perseguidos
Respaldo jurídico sólido
Existencia de inventivos y penalizaciones
Suficiencia de recursos para implementar la estrategia
Seguimiento puntual de la ejecución
Evaluación de los impactos
Ruelas-Barajas E, Gay-Molina JG. Políticas públicas, estructuras del Estado y defensa del derecho a la protección de la
salud. Salud Pública Mex 2008; 50 supl 3:S343-S347. Disponible en línea
en:http://bvs.insp.mx/rsp/_files/File/2008/suplemento%203/8-politicas.pdf (Consultado el 10 de julio del 2011)
EvaluacióndelaAMSPenMéxico
18. Recomendaciones
Para el Poder Ejecutivo Federal:
1. Impulse y proponga iniciativas concretas y
periódicas en las cámaras altas y bajas. Estado
intervenciones + y - que satisfagan la salud
individual y colectiva de la población.
2. Retome la estrategia de la democratización de la
salud como plataforma del PNS.
19. 3. Alinee la legislación y las actividades de prevención y
control de IAAS y del resto de estrategias de seguridad
del paciente con las recomendaciones de la AMSP.
4. Impulse y proponga modificaciones en la Ley General
de Salud para facultar y promover la creación de un
órgano administrativo que permita la generalización de
la certificación y acreditación.
5. Fortalecimiento de atribuciones y facultades de la
Conamed para los procesos de conciliación y
arbitraje, para un funcionamiento más eficiente e
intervenciones más oportunas civil o penalmente como
parte de la definición de responsabilidades por parte
de los establecimientos y de los pacientes
20. Para la Secretaría de Salud:
1. Favorezca la utilización de la información de calidad e impacto
para la toma de decisiones.
2. A través de los Comités Consultivos Nacionales de
normalización, evalúen y modifiquen la NOM 045 en los
siguientes aspectos:
Promover la aplicación y seguimiento de indicadores del
proceso de atención.
Garantizar la integración de los mínimos necesarios
(recursos humanos, materiales y financieros) para la
operación de la UVEH.
Posibilidad de integración laboral del personal capacitado en
la estructura y función de los establecimientos de salud.
Impulsar la capacitación en servicio del personal sobre la
vigilancia, prevención y control de las IAAS.
21. 3. Se realicen bianualmente actualizaciones de las
normas sanitarias a través de los Comités
Consultivos Nacionales de Normalización, dirigidos a
atender los convenios internacionales firmados.
4. Se plantee en conjunto con la CCINSHAE como eje
transversal la seguridad del paciente para la
formación de médicos generales y especialistas.
5. Innove en la generación de incentivos para los
establecimientos de salud que permitan estimular la
participación, capacitación y cumplimiento en el
personal de salud.
22. Para la Secretaría de Salud y la
Secretaría de Relaciones Exteriores:
6. Impulsen la colaboración internacional bajo
reglas de operación claras que busquen la
retroalimentación, educación, fortalecimiento de
instituciones y empoderamiento de la población
usuaria.
23. Para la Dirección General de Epidemiología:
1. Fortalezca e integre los sistemas de vigilancia locales
(públicos y privados) en un sistema de información nacional.
Para la identificación de oportunidades y prevención de
eventos como las IAAS, así como la adecuación o
modificación de indicadores de acuerdo a su utilidad para este
fin.
Para la Dirección General de Calidad y Educación en Salud,
la CCINSHAE, Conacyt y Sicalidad:
1. Promuevan la investigación operativa de las estrategias
efectivas en diferentes tipos de infraestructura de
establecimientos de salud y la divulgación de oportunidades
de financiamiento para su realización.
24. Para la Dirección General de Promoción de la Salud:
1. Promueva y construya medios de divulgación y
comunicación accesibles y responsables de las
estrategias e información que contribuya a la
educación en seguridad del paciente.
Para las Instituciones de Educación Superior:
1. Fomenten los cambios en los programas académicos
en las universidades y escuelas de medicina,
enfermería y otras áreas afines, así como otras
involucradas bajo la visión de seguridad de la
atención en sus diferentes campos para la integración
paulatina de grupos multidisciplinarios que actúen
desde diferentes sectores.
25. Para el Instituto Nacional de Salud Pública:
1. Promueva la investigación y formación de recursos
humanos en materia de protección de la salud y
derecho sanitario, y se establezca éste como otro
campo del derecho.
26. Agradecimientos
Al INSP por ser mi alma mater en la salud pública.
A mi comité de tesis que guiaron este trabajo y mi proceso de
formación.
A mis papás y a mi hermano que siempre apoyan mis sueños y
deseos.
A mis amigos que estuvieron cerca para alentarme a no
desistir.
A todos mis lectores y revisores por apoyar en el
perfeccionamiento del artículo.
Al apoyo del personal de la biblioteca nacional de la UNAM
para la recuperación de artículos.