Este documento presenta información sobre el sistema de finanzas públicas en el Perú. Explica que el sector público incluye los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, así como los gobiernos regionales y locales. También describe los principales instrumentos de política económica y la normativa relevante. Finalmente, introduce los conceptos de planeación estratégica, presupuesto público y sus clasificaciones.
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
Diapositivas de finanzas
1. UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD
DEL CUSCO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS
ASIGNATURA DE FINANZAS PUBLICAS
DOCENTE:
MGT. LIZETH MOLINA MARTINEZ
3. ¿Qué es el sector público?
Es el conjunto de organismos administrativos
mediante los cuales el Estado cumple sus
funciones: prestación de servicios, establecer
reglas de mercado.
Incluye:
El Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder
judicial
Organismos
autónomos,
instituciones
descentralizadas,
Gobiernos
Regionales,
Gobiernos Locales quienes realizan actividad
económica en nombre del Estado y que se
encuentran representadas por el mismo
4. Instrumentos de Política Económica
El papel del Estado en la economía se plasma a través de la
implementación de una Política Económica, entendida como el conjunto
de medios mediante los cuales el gobierno intenta regular o modificar los
aspectos de la economía de un Estado, para lograr la consecución de los
objetivos trazados, que esencialmente son desarrollados a través de los
siguientes Instrumentos:
a) La política monetaria.
b) Política Comercial.
c) La política fiscal
5. Contexto histórico-normativo
•
•
•
•
•
•
Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General
Ley 27482 Ley Declaraciones Juradas de Ingresos, Bnes. y Rentas
Ley 27658 Ley de Modernización del Estado.
Ley 27785 Ley Orgánica del SNC y la CGR
Ley 27806 Ley de Transparencia y acceso a la Inf. Pública
Ley 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública
Ley de Bases de la Descentralización Ley N° 27783
Ley Orgánica de Municipalidades Ley N°27972 del 26/05/2003
Ley Orgánica de Regiones Ley N°27867 del 16/11/2002
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo LOPE Ley N°29158 del 19/12/2007
6. Los Sistemas Administrativos
Los Sistemas son los conjuntos de
principios, normas, procedimientos, téc
nicas e instrumentos mediante los
cuales se organizan las actividades de
la Administración Pública.
Los Sistemas Administrativos
regulan la utilización de los
recursos públicos, promoviendo la
eficacia y eficiencia en su uso.
7. Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158
Sistemas Funcionales
Sistemas Administrativos
Tienen como fin asegurar el
cumplimiento
de
las
políticas
públicas
que
requieren de la participación
de todas o varias entidades
del Estado.
Tiene como fin regular la
utilización de los recursos de
las
entidades
de
la
administración pública.
Los Sistemas Administrativos tienen por finalidad regular la utilización de los
recursos en las entidades de la Administración Publica, promoviendo la
eficacia y eficiencia en su uso.
8. Ley SAFI – Ley Marco de la Administración
Financiera del Sector Público Ley N°28112
Presupuesto
Contabilidad
Tesorería
Endeudamiento
Proceso de
presupuesto
Proceso de
contabilidad
Proceso de
tesorería
Proceso de
endeudamiento
Programación,
formulación y
aprobación
Ejecución y
control
Evaluación
DGPP
DNCP
DGETP
DGETP
9. Sistema Administrativo Art 43
LOPE
1. Gestión de Recursos Humanos
2. Abastecimiento
Ley del Sistema
28175
D. Ley. 22056
3. Presupuesto Publico
28411
4. Tesorería
28693
5. Endeudamiento Publico
28563
6. Contabilidad
28708
7. Inversión Publica
27293
8. Planeamiento Estratégico
D. Leg. 1088
9. Defensa Judicial del Estado
D. Leg. 1068
10. Control
27785
11. Modernización de la gestión publica
27658
11. RELACIÓN DEL SINAPLAN CON OTROS
SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
Los tres sistemas deben coordinar sus acciones.
SISTEMA
NACIONAL DE
PLANEAMIENTO
ESTRATÉGICO
CEPLAN
SISTEMA
NACIONAL DE
PRESUPUESTO
PÚBLICO
SISTEMA
NACIONAL DE
INVERSIÓN
PÚBLICA
12. Planeación como primera etapa de los procesos
administrativos del sector privado y público
Planeación
Organización
Dirección
Control
13. LOS PLANES Y EL PRESUPUESTO
SISTEMA DE
PRESUPUESTO
SISTEMA DE PLANEAMIENTO
Planes
Estratégicos
de Desarrollo
Programas
Estratégicos
Prioritarios
Plan
Estratégico
Institucional
Plan
Operativo
Institucional
SISTEMA DE INVERSION PUBLICA - SNIP
Proyectos de Inversión Prioritarios
Presupuesto
14. Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2021
Documentos de referencia:
•
•
•
•
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Objetivos del Milenio
Constitución de la República del Perú
Foro del Acuerdo Nacional - 33 Políticas de Estado
Contiene:
•
•
•
•
•
6 ejes estratégicos,
31 objetivos específicos,
91 indicadores y metas,
282 acciones estratégicas y
88 programas estratégicos.
15. Articulación de los Objetivos Nacionales del PEDN
1-PLENA VIGENCIA DE LOS DERECHOS
FUNDAMENTALES Y DE LA DIGNIDAD DE LAS
PERSONAS
3- ESTADO
DEMOCRÁTICO Y
DESCENTRALIZADO QUE
4- ECONOMÍA
COMPETITIVA CON
ALTO NIVEL DE
EMPLEO Y
PRODUCTIVIDAD
2- IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES Y
ACCESO UNIVERSAL A
LOS SERVICIOS
BÁSICOS
6- APROVECHAMIENTO
SOSTENIBLE DE LOS
RECURSOS NATURALES QUE
PERMITA UNA BUENA
CALIDAD DE VIDA PARA LAS
PERSONAS Y LA EXISTENCIA
DE ECOSISTEMAS
SALUDABLES
FUNCIONA CON
EFICIENCIA AL SERVICIO
DE LA CIUDADANÍA Y
DEL DESARROLLO, Y
GARANTIZA LA
SEGURIDAD NACIONAL
5- DESARROLLO REGIONAL EQUILIBRADO E INFRAESTRUCTURA
ADECUADA
16. NIVELES DE PLANEAMIENTO
GOBIERNO
NACIONAL
POLÍTICAS
SECTORIALES DE
DESARROLLO
GOBIERNO
REGIONAL
PLAN
NACIONAL
PLANES
SECTORIALES
ACTIVIDADES
INTERREGIONALES
POLÍTICAS
NACIONALES DE
DESARROLLO
POLÍTICAS
REGIONALES DE
DESARROLLO
PLANES REGIONALES
GOBIERNO
LOCAL
PLANES LOCALES
POLÍTICAS
LOCALES DE
DESARROLLO
20. SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
SISTEMA
NACIONAL
DE
El Sistema Nacional de Presupuesto Publico es el
conjunto de órganos, normas y procedimientos que
conducen el proceso presupuestario de todas las
entidades y organismos del Sector Publico en sus fases
de Programación, Formulación, Aprobación, Ejecución y
Evaluación.
PRESUPUESTO
(Art. 11º de la Ley Nº28112 – Ley Marco de la Administración
Financiera del Sector Público).
21. INTEGRANTES DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
MEF
VICEMINISTERIO
DE HACIENDA
DIRECCION NACIONAL DE
PRESUPUESTO PUBLICO
DNPP
OFICINAS DE PLANIFICACION
Y PRESUPUESTO
UNIDADES EJECUTORAS
(Art. 12º Ley Nº28112)
GOBIERNO
NACIONAL
GOBIERNO
REGIONAL
GOBIERNO
LOCAL
EMPRESAS Y
ORGAN.
PUBLICOS
22. SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
DIRECCION
NACIONAL DE
PRESUPUESTO
PUBLICO
DNPP
La DNPP es el órgano rector del Sistema
Nacional de Presupuesto, como la mas alta
autoridad técnica- normativa en materia
presupuestaria, mantiene relaciones técnicos
funcionales con la oficina de presupuesto o la
que haga de sus veces en la Entidad Publica y
ejerce sus funciones y responsabilidades de
acuerdo a lo dispuesto por la ley Marco de la
Administración Financiera del Sector Publico Ley
Nº28112.
23. LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
LEY Nº28411
El Presupuesto del Sector Publico es el instrumento de
programación económica y financiera de carácter anual y es
aprobado por el Congreso de la Republica.
Su ejecución comienza el 1 de enero y termina el 31 de
diciembre de cada año (Art. 14 Ley Nº28112)
PRESUPUESTO
PUBLICO
El presupuesto constituye el instrumento de Gestión del
Estado que permite a las entidades del Estado lograr sus
objetivos y metas contenidas en su Plan Operativo
Institucional (POI). Asimismo es la
expresión
cuantificada, conjunta y sistemática de los gastos a atender
durante el año fiscal, por cada una de las entidades que
forman parte del Sector Público y refleja los ingresos que
financian dichos gastos.
( Art 8º de la Ley 28411 Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto).
24. LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
LEY Nº28411
GASTOS PUBLICOS
Los Gastos Públicos son el conjunto de erogaciones que por concepto de gasto
corriente, gasto de capital y servicio de deuda, realizan las Entidades con cargo
a los créditos presupuestarios aprobados en los presupuestos respectivos, para
ser orientados a la atención de la prestación de los servicios públicos y acciones
desarrolladas por las Entidades de conformidad con sus funciones y objetivos
institucionales.
(Art. 12º de la Ley Nº28411; Art. 16º de la Ley Nº28112)
26. META PRESUPUESTARIA
Expresión cuantificada o descrita, que caracteriza el producto final de los
componentes programados.
SE DEBE TENER EN CUENTA
FINALIDAD
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
27. LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
LEY Nº28411
1. CLASIFICACION INSTITUCIONAL
ESTRUCTURA DE LOS
FONDOS PUBLICOS
(Art. 13º de la Ley Nº28411).
2. CLASIFICACION FUNCIONAL
3. CLASIFICACION ECONOMICA
4. CLASIFICACION GEOGRAFICA
CLASIFICACION PROGRAMATICA
28. LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
LEY Nº28411
CLASIFICACION INSTITUCIONAL
CLASIFICACION FUNCIONAL
CLASIFICACION ECONOMICA
Agrupa las entidades que cuentan con créditos
presupuestarios aprobados en sus respectivos
presupuestos institucionales
A través de ella se muestran las grandes líneas de acción
que la Entidad desarrolla en el cumplimiento de sus
funciones primordiales del Estado y en el logro de sus
objetivos y metas institucionales.
Agrupa los créditos presupuestarios en:
a. Gasto corriente, son los gastos destinados al
mantenimiento u operación de los servicios que presta el
Estado.
b. Gasto de capital, son los gastos destinados al aumento
de la producción o al incremento inmediato o futuro del
Patrimonio del Estado.
c. Servicio de la deuda, son los gastos destinados al
cumplimiento de las obligaciones originadas por la deuda
pública, sea interna o externa.
29. ESTRUCTURA DEL GASTO PUBLICO
CLASIFICACION INSTITUCIONAL
SECTOR
PLIEGO
UNIDAD
EJECUTORA
CLASIFICACION FUNCIONAL
FUNCION
DIVISION
FUNCIONAL
GRUPO
FUNCIONAL
ACTIVIDAD/
PROYECTO
META
CLASIFICACION ECONOMICA
GASTO
CORRIENTE
GASTO DE
CAPITAL
SERVICIO DE
LA DEUDA
TIPO DE
TRANSACCION
GASTO (2)
GENERICA DEL
GASTO
SUB GENERICA
DEL GASTO (1)
SUB GENERICA
DEL GASTO (2)
ESPECIFICA DEL
GASTO (1)
ESPECIFICA DEL
GASTO (2)
30. ACTIVIDAD:
META:
ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS MUNICIPALES
FISCALIZACION Y COBRANZA COACTIVA
FUNCION:
DIVISION FUNCIONAL:
GRUPO FUNCIONAL:
PROYECTO:
META:
03
007
0013
CONSTRUCCION DE PARQUE RECREATIVO
CONSTRUCCION DE PARQUE RECREATIVO
FUNCION:
DIVISION FUNCIONAL:
GRUPO FUNCIONAL:
17
055
0125
31.
32.
33. LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
LEY Nº28411
FONDOS PUBLICOS
Son fondos sin excepción los ingresos de naturaleza tributaria, no tributaria o por
financiamiento que sirven para financiar todos los gastos del presupuesto del Sector
Publico. Se desagregan conforme a los clasificadores de ingresos correspondientes.
(Art. 15º de la Ley Nº28112)
Los fondos públicos se orientan a la atención de los gastos que genere el
cumplimiento de sus fines, independientemente de la fuente de financiamiento de
donde provengan. Su percepción es responsabilidad de las Entidades competentes
con sujeción a las normas de la materia.
Los fondos se orientan de manera eficiente y con atención a las prioridades del
desarrollo del país. (Art. 10º de la Ley Nº28411)
34. LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
LEY Nº28411
1. CLASIFICACION ECONOMICA
INGRESOS CORRIENTES
INGRESOS DE CAPITAL
ESTRUCTURA DE LOS
FONDOS PUBLICOS
TRANSFERENCIAS
FINANCIAMIENTO
(Art. 11º de la Ley Nº28411).
2. CLASIFICACION POR
FINANCIAMIENTO
FUENTE DE
Agrupan los fondos de acuerdo al
origen de los recursos.
35. PRESUPUESTO POR RESULTADO
CLASIFICACION PROGRAMATICA
PRODUCTO
Categorías Presupuestales
PROYECTO
ACCIONES DE
INVERSION
ACCIONES COMUNES
PROGRAMAS
PRESUPUESTALES
ACTIVIDAD
ACTIVIDAD
ACCIONES
CENTRALES
ASIGNACIONES
PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN
PRODUCTOS
Directiva N° 002-2012-EF/50.01 “Directiva para los Programas
Presupuestales en el marco de la Programación y Formulación del
Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013”
36. LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
LEY Nº28411
EJECUCION DEL INGRESO
ETAPAS
LA ESTIMACION; consiste en el cálculo o proyección de los
niveles de ingresos que por todo concepto se espera alcanzar
durante el año fiscal.
LA
DETERMINACION;
es
la
identificación
del
concepto, oportunidad y otros elementos relativos a la realización
del ingreso.
LA PERCEPCION; es la recaudación, captación u obtención de
los fondos públicos
(Art. 17º de la Ley Nº28112)
(Art. 32º de la Ley Nº28411)
37. LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
LEY Nº28411
EJECUCION DEL GASTO
ETAPAS
EL COMPROMISO; es la afectación preventiva del presupuesto
de la entidad por actos o disposiciones administrativas.
EL DEVENGADO; es la ejecución definitiva de la asignación
presupuestaria por el reconocimiento de una obligación de pago.
EL PAGO; es la extinción de la obligación mediante la cancelación de la
misma.
(Art. 17º de la Ley Nº28112)
(Art. 34º, 35º, 36º de la Ley Nº28411)
38. LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
LEY Nº28411
AÑO FISCAL; en el cual se realizan las operaciones
generadoras de los ingresos y gastos comprendidos en el
Presupuesto aprobado, se inicia el 1 de enero y culmina el
31 de diciembre.
EJERCICIO
PRESUPUESTARIO
(Art. 29º Ley Nº28411)
PERIODO DE REGULARIZACION; en el que se
complementa el registro de la información de ingresos y
gastos de las Entidades sin excepción; será determinado por
la Dirección Nacional del Presupuesto Público mediante
Directiva, conjuntamente con los órganos rectores de los
otros sistemas de administración financiera; sin exceder el 31
de marzo de cada año.
40. FASES DEL PROCESO PRESUPUESTARIO
I
PROGRAMACION
PROCESO
PRESUPUESTARIO
V
EVALUACION
CONTROL
(Art. 14º Ley Nº28411)
II
FORMULACION
III
APROBACION
IV
EJECUCION
40
41. FASES DEL PROCESO PRESUPUESTARIO
AÑO FISCAL
PROGRAMACION,
FORMULACIÓN
Y APROBACION
ENE-DIC
(Año anterior)
EJECUCIÓN
SEGUIMIENTO
01.ENE-31 DIC.
RETROALIMENTACIÓN
EVALUACIÓN
I SEM - Agosto
ANUAL Abril –Mayo
(Año posterior)
42. I
PROGRAMACION
V
EVALUACION
II
FORMULACION
SE ESTABLECEN LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES A
LOGRAR DURANTE UN AÑO FISCAL DETERMINANDO
LA DEMANDA GLOBAL DE LOS GASTOS QUE
IMPLICARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS POR
PARTE DE LOS PLIEGOS
CONTROL
III
APROBACION
IV
EJECUCION
42
44. 1. OBJETIVOS
INSTITUCIONALES
2. ESTIMACION DE INGRESOS
3. DEMANDA GLOBAL DE
GASTOS
DNPP
TECHOS
PRESUPUESTALES
PLIEGO
PRESUPUESTARIO
RECURSOS
PUBLICOS
Optimizar la
prestación de
servicios a la
población
44
45. I
PROGRAMACION
V
EVALUACION
II
FORMULACION
SE DEFINE LA ESTRUCTURA FUNCIONAL Y
PROGRAMATICA LAS METAS PRESUPUESTARIAS
EN FUNCION A LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES
ESTABLECIDOS EN LA FASE DE PROGRAMACION
CONTROL
III
APROBACION
IV
EJECUCION
45
46. I
PROGRAMACION
V
EVALUACION
II
FORMULACION
EL PROYECTO DE LA LEY ANUAL DEL
PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO ES
REMITIDO POR EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA AL PODER LEGISLATIVO PARA
SU APROBACION
CONTROL
III
APROBACION
IV
EJECUCION
46
47. I
PROGRAMACION
V
EVALUACION
II
FORMULACION
SE CONCRETA EL FLUJO DE INGRESOS Y
EGRESOS PREVISTOS EN EL PRESUPUESTO
ANUAL DENTRO DEL MARCO DE LA ASIGNACION
TRIMESTRAL DE GASTO, LOS CALENDARIOS DE
COMPROMISOS
Y
LAS
MODIFICACIONES
PRESUPUESTARIAS APROBADAS
CONTROL
III
APROBACION
IV
EJECUCION
47
48. PROGRAMACION TRIMESTRAL DEL GASTO
•
Se elabora tomando como referencia la información contenida en la
Programación de Ingresos y Gastos actualizados, en concordancia con la real
disponibilidad de los fondos públicos.
•
Es aprobado a nivel de Pliego, Fuentes de Financiamiento Categoría del Gasto y
Grupo Genérico del Gasto.
CALENDARIO TRIMESTRAL MENSUALIZADO
•
Los calendarios Trimestrales Mensualizados son aprobados por la DNPP a nivel
de Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genérico y Fuente de Financiamiento.
•
Los calendarios de Compromisos solo se modifican por Ampliación y
debidamente sustentado por los Pliegos con la documentación correspondiente.
49. CALENDARIO DE COMPROMISOS
Constituye la autorización para la Ejecución de los Créditos Presupuestarios, en
función el cual se establece el monto máximo para comprometer gastos hacer
devengados, con sujeción a la percepción efectiva de los ingresos, que
constituyen su financiamiento. Los Calendarios de Compromisos son modificados
durante el Ejercicio Presupuestario de acuerdo a la disponibilidad de los Fondos
Públicos.
APROBACIÓN:
•
•
GOBIERNO NACIONAL.- A nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genérico de
Gastos y Fuente de Financiamiento, es autorizado por la DNPP.
EN LOS GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES.- A nivel de
Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genérico de Gastos y Fuente de
Financiamiento, es autorizado por el Titular del Pliego a propuesta del Jefe de la
Oficina de Presupuesto o lo que haga sus veces.
(Artículo 30° de la ley Nº 28411)
50. MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
1. MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL INSTITUCIONAL
A TRAVES DEL M.E.F
CREDITOS SUPLEMENTARIOS: Se constituye incrementos en los créditos
presupuestarios autorizados, provenientes de mayores recursos respectos de los
montos establecidos por la Ley de Presupuesto del Sector Publico, y que son
tramitados a través del M.E.F.
LAS TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS: Constituye traslado de Créditos
Presupuestarios entre Pliegos.
APROBACIÓN: Son aprobados mediante Ley.
A TRAVES DE LOS PLIEGOS
CREDITOS SUPLEMENTARIOS.- Se aprueban por Resolución del Titular del
Pliego, cuando los ingresos superen las F.F, operaciones de endeudamiento interno o
externo y por la incorporación de saldos de Balance. (Artículo 40º de la Ley 28411).
51. 2.
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL
FUNCIONAL PROGRAMÁTICO
Se efectúan dentro del marco del presupuesto Institucional vigente para cada
Pliego y lo conforman las habilitaciones y anulaciones:
a) LAS ANULACIONES.- Constituyen la supresión total o parcial de los Créditos
Presupuestarios de Actividades y Proyectos
b) LAS HABILITACIONES.- Constituyen el incremento de los créditos
presupuestarios de actividades o proyectos con cargo anulaciones de la misma
actividad o proyecto, o de otras actividades y proyectos.
APROBACIÓN: Las Modificaciones en el Nivel Funcional Programático son
aprobados mediante Resolución del Titular del Pliego, a propuesta de la Oficina
de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad.
(Articulo 40º de la Ley Nº 28411)
52. PROGRAMACION ANUAL
MENSUALIZADA
DE INGRESOS Y GASTOS
PRESUPUESTO
INSTITUCIONAL
DE APERTURA
O
MODIFICADO
(PIA ó PIM)
PROGRAMACION
TRIMESTRAL MENSUALIZADA
DE INGRESOS
Y GASTOS
CALENDARIO
DE
COMPROMISOS
COMPROMISO
DEVENGADO
PAGO
52
53. I
PROGRAMACION
II
FORMULACION
En el marco de la funciones del Poder
Legislativo, éste fiscaliza el uso y la disposición
de los recursos públicos.
V
EVALUACION
En este sentido, a través de la Comisión de
Presupuesto y Cuenta General de la República
del Congreso de la República, se lleva a cabo el
seguimiento sobre la aplicación de la Ley de
Presupuesto del Sector Público.
CONTROL
III
APROBACION
IV
EJECUCION
53
54. I
PROGRAMACION
V
EVALUACION
II
FORMULACION
EN EL AMBITO PRESUPUESTAL CONSISTE EN EL
SEGUIMIENTO DE LOS NIVELES DE EJECUCION DE LOS
INGRESOS Y DE LOS GASTOS RESPECTO AL PRESUPUESTO
AUTORIZADO Y SUS MODIFICACIONES.
EN EL AMBITO DE LA CONTRALORIA GENERAL Y LOS
ORGANOS DE CONTROL INTERNO SE EJERCE EL CONTROL
DEL PRESUPUESTO COMPRENDIENDO EL CONTROL DE LA
LEGALIDAD Y EL DE GESTION SEGÚN LO ESTIPULADO EN
LAS LEYES DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL
III
APROBACION
IV
EJECUCION
CONTROL
54
56. EVALUACION PRESUPUESTARIA
Es la Fase en la cual se realiza la medición de resultados obtenidos y el análisis
de las variaciones físicas y financieras observadas, en relación a lo aprobado
en los Presupuestos del Sector Publico, utilizando instrumentos tales como
indicadores de desempeño, de eficacia, de eficiencia en la Ejecución del Gasto.
(Articulo 46º de la Ley 28411).
La evaluación se realiza en periodos semestrales sobre los siguientes
aspectos:
1. El Logro de los Objetivos Institucionales a través del cumplimiento de las metas
presupuestarias previstas.
2. La ejecución de los Ingresos, Gastos y Metas Presupuéstales.
3. Avance Financiero y Metas Físicas.
(Artículo 47° de la Ley N° 28411)
58. EL SISTEMA NACIONAL DE INVERSION
PUBLICA
¿ QUE ES EL SNIP?
Sistema Administrativo del Estado que
actúa como un sistema de Certificación
de Calidad de los proyectos de inversión
publica.
Herramienta de planificación de la
inversión que es anterior a la
formulación del presupuesto.
BASE LEGAL
LEY N 27293 modificada por Ley N 28802
Reglamento D.S. N 102-2007
59. ¿ Qué es un Proyecto de
Inversión Publica?
Toda intervención limitada en el tiempo, que
utiliza total o parcialmente recursos
públicos,
con
el
fin
de
crear, ampliar, mejorar, modernizar la
infraestructura publica, así como generar la
capacidad productora de bienes y
servicios, cuyos beneficios se generen
durante la vida útil del proyecto y se
reviertan a la ciudadanía.
Antes
Después
60. ¿ Por qué se crea el Sistema Nacional de Inversión Pública?
ANTES DEL SNIP:
IDEA DEL
PROYECTO
EXPEDIENTE
TECNICO
EJECUCION
CON EL SNIP:
IDEA DEL
PROYECTO
ESTUDIOS
DE PRE
INVERSION
EXPEDIENTE
TECNICO
EJECUCION
61. ¿Cuándo un proyecto es viable?
Un proyecto se declara viable cuando
a través del estudio de pre inversión
ha demostrado ser:
• Socialmente rentable
• Sostenible
• Compatible con las políticas de
desarrollo
beneficios
costos
63. Órganos del SNIP
En cada Sector
En cada
Gobierno
Regional
En cada
Gobierno Local
Órgano Resolutivo
Ministro
Presidente
Alcalde
Oficina de Programación e Inversiones
Unidad(es) Formuladora(s)
Unidad(es) Ejecutora(s)
64. ¿ Que es una obra pública?
Son obras públicas, son los trabajos
desarrollados en construcción civil
requieren:
dirección
técnica,
expediente técnico, mano de obra,
materiales y/o equipos.
Las obras corresponden a una
tipología de proyectos de inversión
pública vinculadas mayormente a
componentes de infraestructura.
65. Modalidades de ejecución de obras públicas
Obras públicas
Administración
Directa
Obras públicas
Por contrata
Obras públicas
por encargo
Aquellas ejecutadas por la propia
entidad.
Aquellas
ejecutadas
terceros, contratistas.
por
Aquellas ejecutadas por otra
entidad
pública
denominada
“encargada”.
67. PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
Es el proceso que permite la
participación de los ciudadanos en la
toma de decisiones vinculadas a la
gestión pública.
Se busca que las diversas
organizaciones e instituciones de la
sociedad
definan
en
forma
concertada con el Estado regional y
local, los objetivos de desarrollo de
sus localidades y regiones, así como
la prioridad en la utilización de los
recursos para alcanzar estos
objetivos.
Base legal:
Ley N°28056 “Ley Marco del Presupuesto Participativo”
D. S. N°142-2009-EF “Reglamento de la Ley Marco del PP”
68. PRINCIPALES ACTORES DEL PROCESO
PARTICIPATIVO
• Los Consejos de Coordinación Regional y los Consejos de Coordinación
Local, como instancias de concertación que conducen la organización y el
desarrollo del proceso.
• Los gobiernos regionales y las municipalidades provinciales y distritales, a
través del presidente regional y del alcalde.
• El Consejo Regional y el Concejo Municipal, como órganos normativos y
fiscalizadores.
• Todas las organizaciones e instituciones de la sociedad civil, incluyendo al
sector privado.
• Los organismos del Estado que actúan en la localidad o región.
69. El PLAN de DESARROLLO
CONCERTADO
Es el instrumento de planificación que
se construye teniendo como
referencia al territorio y que orienta
el desarrollo regional o local.
Se
elabora
en
forma
participativa, entre las autoridades
elegidas y los representantes de la
sociedad civil, quienes se ponen de
acuerdo sobre la VISIÓN de
desarrollo y los OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS de mediano y largo
plazo para su territorio.
70. LOS AGENTES PARTICIPANTES
Participan con VOZ y VOTO
• Los miembros de los Consejos de
Coordinación Regional y de los
Consejos Coordinación Local.
• Los integrantes de los Consejos
Regionales y Concejos Municipales.
• Los representantes de la sociedad
civil (organizaciones sociales e
instituciones privadas) que se han
inscrito en el registro de
participantes y han sido acreditados.
• Los representantes de las entidades
del
gobierno
nacional
que
desarrollan acciones en el ámbito de
la región, provincia o distrito.
71. Participan con VOZ pero SIN VOTO
• Los integrantes del equipo técnico,
quienes son profesionales y técnicos
de: Las oficinas de Planeamiento y
Presupuesto.
• Las oficinas de Programación de
Inversiones.
• Las áreas de Desarrollo Urbano y
Rural.
• Los profesionales y técnicos de la
sociedad civil con experiencia en
temas
de
planeamiento
y
presupuesto deben ser incorporados
al equipo técnico.
• El equipo técnico es presidido por el
jefe del área de Planeamiento y
Presupuesto del gobierno regional o
local.
72. Los RECURSOS del
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
¿CÓMO SE CALCULA EL MONTO QUE DESTINARÁ CADA GOBIERNO
REGIONAL O LOCAL AL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO?
Una vez que se han definido los techos presupuestales, las Oficinas de
Planeamiento y Presupuesto del gobierno regional o de las municipalidades les
restan las obligaciones fijas y los gastos ineludibles para determinar el monto
específico que se destinará para financiar los proyectos y acciones priorizadas
en el presupuesto participativo.
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Entre las obligaciones fijas y gastos
ineludibles se cuenta:
El pago de personal, obligaciones
sociales y pensiones.
El servicio de la deuda pública.
La prestación de servicios básicos
que corresponde al gobierno regional
o local.
La atención de sentencias judiciales
en condición de cosa juzgada.
La necesidad de asegurar el
mantenimiento de la infraestructura
existente.
74. Los COMITÉS de VIGILANCIA
y CONTROL
Están conformados por un mínimo de
cuatro personas, elegidas entre los
representantes de la sociedad civil
inscritos en el proceso como agentes
participantes. Su cargo tiene una
duración máxima de dos años.
75. BIBLIOGRAFIA
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Constitución Política del Perú.
Ley Marco de la Administración Financiera Gubernamental Ley Nº28112.
Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Ley Nº28411
Ley del Presupuesto Público para el año 2013 Ley Nº29951.
Clasificadores presupuestarios para el año fiscal 2013 aprobado por
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 029 - 2012-EF/50.01.
Directiva N°002-2013-EF/50.01 “Directiva para la programación y
formulación del Presupuesto Público”.
Directiva N°022-2011-EF/50.01 “Directiva para la ejecución
presupuestaria”.
Ley Nº 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo.
Ley Nº 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.
D. LEG. Nº1088 Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y
del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico.