1. NELIS MARIA CARRILLO
COD:36593842
TUTOR: NICOLAS CORDOBA
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA
«UNAD»
1º SEMESTRE DE PSICOLOGIA
CEAD VALLEDUPAR
VALLEDUPAR – CESAR
2013
3. DISPOSICIONES
GENERALES
La salud de los
trabajadores es una
condición
indispensable para el
desarrollo socio-
económico del país; su
preservación y
conservación son
actividades de interés
social y sanitario en las
que participan el
Gobierno y los
particulares
4. Al Ministerio de salud
corresponde
1. Establecer en cooperación con los
demás organismos del estado que
tengan relación con estas materias,
las regulaciones técnicas y
administrativas destinadas a proteger,
conservar y mejorar la salud de los
trabajadores.
1. Promover y ejercer acciones de
investigación, control, vigilancia y
protección de la salud de las personas
que trabajan.
1. Determinar los requisitos para la
venta, el uso y el manejo de
sustancias, equipos, maquinarias y
aparatos que puedan afectar la salud
de las personas que trabajan. Además
puede prohibir o limitar cualquiera de
estas actividades cuando representen
un grave peligro para la salud de los
trabajadores o de la población en
general.
5. Todos los trabajadores están obligados
a:
a). Cumplir las disposiciones
de la presente ley y sus
reglamentaciones
b) . Usar y mantener
adecuadamente los
dispositivos para control de
riesgos y equipos de
protección personal y
conservar el orden y aseo de
trabajo.
c). Colaborar y participar en la
implementación de las
medicas de prevención de
riesgos para la salud que se
adapten en el lugar de trabajo
6. De las condiciones
ambientales
En todo lugar de trabajo en que se
emplean procedimientos, equipos,
maquinas, materiales o sustancias
que den origen o condiciones
ambientales que puedan afectar la
salud y seguridad de los
trabajadores o su capacidad normal
de trabajo, deberán adoptarse las
medidas de higiene y seguridad
necesarias para controlar en forma
efectiva los agentes nocivos, y
aplicarse los procedimientos de
prevención control correspondiente.