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MANUAL DE CONVIVENCIA O REGLAMENTO




                     INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO
                                   BUCARAMANGA


El presente Manual de Convivencia fue debidamente discutido y analizado por los
estudiantes, los docentes y la Junta de la Asociación de Padres de Familia y
adoptado por el Consejo Directivo de DEL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO
el día 17 de Enero del año 2013.
TABLA DE CONTENIDO
RESOLUCIÓN RECTORAL FUNDAMENTACIÓN LEGAL CAPÍTULO 1.
OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA




CAPÍTULO 2.
CONCEPTUALIZACIÓN DE TÉRMINOS.




CAPÍTULO 3.
DERECHOS Y DEBERES.




CAPÍTULO 4.
ESTÍMULOS Y CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS




CAPÍTULO 5.
FALTAS DISCIPLINARIASY CORRECTIVOS.




CAPÍTULO 6.
FALTAS DE CONDUCTA Y CORRECTIVOS.




CAPÍTULO 7.
PROCESO DISCIPLINARIO.




CAPÍTULO 8.
EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
CAPÍTULO 9.
NORMAS GENERALES.




CAPÍTULO 10. ADMISIONES.




CAPÍTULO 11.
SISTEMA POR EL CUAL SE DETERMINA EL COSTO DE LAS MATRÍCULAS Y
PENSIONES.
CAPÍTULO 12.
ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL Y GOBIERNO ESCOLAR.




CAPÍTULO 13. REGLAMENTOS ESPECIALES


• REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DEL ESTUDIANTADO


• REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA


• REGLAMENTOS DE LAS SALAS DE CÓMPUTO




CAPÍTULO 14.
MANUAL DE FUNCIONES
RESOLUCIÓN RECTORAL No. 002

                               17 de Enero de 2013




    POR LA CUAL SE APRUEBA EL MANUAL DE CONVIVENCIA E N S U

         SEGUNDA EDICION DEL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO



La Rectora del Colegio, Dra. Edna Leon Gomez, en uso de sus facultades legales


                                 CONSIDERANDO
1. Que la Constitución Nacional que nos orienta estableció la supremacía de
ella sobre cualquier ley o norma jurídica que le sean incompatibles, Art. 4º; y
consagró la igualdad de las personas ante la Ley, Art. 13; el libre desarrollo de
la personalidad, Art. 16; libertad de creencias y cultos, Art. 18 y 19
respectivamente; el derecho a la honra, Art. 21. El derecho a la petición, Art.
23; la libertad de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra, Art. 27;
el debido proceso, Art. 29; la libertad de reunirse pública y pacíficamente, Art.
37; la obligatoriedad del estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica, Art.
41; los derechos de los niños, incluyendo en ellos el de la educación, Art. 67;
sobre los establecimientos educativos, Art. 68; derecho de la cultura, Art. 70.
2. Que la Ley 1098 de 2006 regula lo concerniente al Código de la Infancia y
de la Adolescencia.


3. Que la Constitución de 1991 consagra los derechos del niño y una de
las responsabilidades más importantes      del   Estado   Social   de    Derecho
consiste en la protección de la niñez. (Art.1)


4. Que el Decreto Departamental 1423 de 1993 ordena la obligación de
elaborar el Manual de Convivencia o Reglamento Estudiantil dentro de los
parámetros que marca la Constitución Política, La Ley de la Infancia y la
Adolescencia,    el   Reglamento Disciplinario para Docentes y la Filosofía
Institucional.
5. Que para la elaboración del presente Manual de Convivencia se tuvieron en
cuenta la Ley 115 de 1994, ley 3011 de 1.997 y sus Decretos reglamentarios.


6.   Que en este proceso se recoge la participación de los miembros de la
Comunidad Educativa, en sus distintos estamentos como la 2a. Edición del
Manual de Convivencia en 2.013


7.   Que en él se especifican las opciones que se deben elegir en
determinadas circunstancias y que corresponden tanto, al comportamiento
comunitario como individual de los estudiantes y califican este comportamiento
social y su actitud frente al proceso educativo.


8. Que el presente Manual de Convivencia, cumple la función de servir
de guía, correctivo y estímulo para la dinámica del hecho educativo y obtener así
el logro de los objetivos propuestos en EL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO
INTECOL BUCARAMANGA


10. Que se vinculan a la obligatoriedad de las normas del Manual de
Convivencia, de manera significativa, los padres o acudientes que por ser
educadores primarios que soportan su aplicabilidad.


11. Que este Manual de Convivencia o Reglamento, ha sido adoptado por el
Consejo Directivo en fecha 17 de Enero del año 2013.
RESUELVE


ARTÍCULO ÚNICO: Aprobar el presente Manual de Convivencia, como
instrumento válido y necesario para orientar el desempeño de la Comunidad
Educativa en     las   diferentes situaciones.     Este Reglamento acoge en sus
disposiciones los principios y normas de la Legislación vigente y el espíritu, la
filosofía y la pedagogía de la institución educativa.




COMUNÍQUESE DIVULGUESE Y CÚMPLASE




Dada en Bucaramanga el día 17 de enero del año 2013




Dra. Edna Leon Gomez
Rectora




Dr. Juan Manuel Amado Martinez


Coordinador
FUNDAMENTACIÓN LEGAL




CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA, 1991.


DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO GINEBRA 1924.


CÓDIGO DE LA INFANCIA Y DE LA ADOLESCENCIA. Ley 1098 de 2006.


DECRETO 1290 DE 16 DE ABRIL DE 2.009


LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, Ley 115 de 1994, Ley 3011 de 1.997


ACUERDO 04-2000 ("Por el cual se crean los comités de convivencia en los.
establecimientos educativos oficiales y privados)


DECRETOS Y CIRCULARES REGLAMENTARIAS VIGENTES.
Capítulo 1




OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA



ART. 1 OBJETIVOS


El Manual de Convivencia DEL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO INTECOL
BUCARAMANGA Tiende al logro de los siguientes objetivos:


1. Presentar a la Comunidad Educativa la Filosofía de la Institución con el fin
de que sirva de referente a la vivencia del Proyecto Educativo.


2. Establecer criterios que estimulen, a los miembros de la Comunidad Educativa,
al conocimiento y al ejercicio de sus derechos y de sus deberes.


3. Contribuir a la creación de un ambiente escolar formador, donde se viva
el respeto, la tolerancia, el diálogo, la participación solidaria y la búsqueda del
bien común.


4. Contribuir a la estructuración de la personalidad, teniendo en cuenta que la
niñez y la adolescencia son etapas de la vida que favorecen la introyección de las
normas y la apertura a los valores.


5. Aplicar las normas que regulan el nuevo orden social, en lo concerniente a
los Derechos y deberes fundamentales, según la Constitución Colombiana de
1991.
CAPÍTULO 2

                     CONCEPTUALIZACIÓN DE TÉRMINOS


                 ART. 2 CONCEPTUALIZACIÓN DE TÉRMINOS


Para alentar la finalidad pedagógica de este reglamento y para facilitar la
valoración de las conductas objeto de regulación, se delimitan los siguientes
términos de esta manera:


1. CONDUCTA:
Es la forma instrumental en la que una persona mantiene comunicación, cohesion,
libertad, en las relaciones con los demás personas, según las normas moral y
social.
2. DISCIPLINA:
Es el conjunto de normas que regulan la convivencia. Se refiere tanto al
mantenimiento del orden colectivo como a la creación de hábitos de organización
y de respeto a cada uno de los miembros que constituyen la Comunidad
Educativa.


3. DERECHOS:
Conjunto de facultades y prerrogativas que permiten a su titular el pleno desarrollo
de sus potencialidades individuales y el crecimiento personal.


4. DEBERES:
Conjunto de obligaciones y responsabilidades que tiene una persona por el hecho
de pertenecer a una comunidad.


5. ESTÍMULO:
Es la acción formativa, correctiva.
6. CORRECTIVO:
Es la consecuencia que surge de la realización de una falta disciplinaria o de
conducta establecida en el Manual de Convivencia. Pueden ser pedagógicos o
disciplinarios y pretenden asegurar la convivencia escolar y el cumplimiento de los
objetivos del Colegio.


7. CORRECTIVO PEDAGÓGICO:
Es la acción educativa mediante la cual se busca que el estudiante reflexione
sobre su proceso de crecimiento personal con el propósito de generar cambios de
actitud, que le permitan ser más consciente de la responsabilidad personal ante su
propia formación.


Los correctivos son instrumentos utilizados por el Colegio a través de sus
directivas y docentes para reorientar el comportamiento de los estudiantes que
incurran en alguna falta.


8. CORRECTIVO DISCIPLINARIO:


Es una acción pedagógica institucional por medio de la cual se pretende que el
estudiante   que    incurra   en   una   falta    disciplinaria   reflexione,   asuma
conscientemente la responsabilidad por su acto.


9. FALTA DISCIPLINARIA:
Es un comportamiento personal y específico que implica la extralimitación de un
derecho o el incumplimiento de un deber y que, por lo tanto, desconoce o se
aparta de un valor, con lo cual hacer daño real o posible, a su propia persona o la
comunidad educativa en alguno de sus miembros.
10. DEBIDO PROCESO
El Colegio dará pleno cumplimiento y respetará el debido proceso consagrado
como derecho fundamental en el artículo 29 de la Constitución Política de
Colombia.
CAPÍTULO 3
       DERECHOS Y DEBERES ART. 3 DERECHOS Y DEBERES DE LOS
                                   ESTUDIANTES


Los   integrantes   de   la   Comunidad    Educativa   DEL    INSTITUTO      TECNICO
COLOMBIANO INTECOL BUCARAMANGA son titulares de derechos y por lo tanto
sujetos de los deberes correlativos que a continuación se relacionan:



                              DERECHOS Y DEBERES


1. Ser reconocido y valorado como persona y como estudiante             DEL INSTITUTO
TECNICO COLOMBIANO INTECOL BUCARAMANGA


2. Valorar la pertenencia a la Institución y manifestarlo en actitudes y
comportamientos dentro y fuera del Colegio.


3. Respetar los símbolos y distintivos del Colegio.


4. Llevar el uniforme con sencillez, dignidad, respeto y autonomía.


Parágrafo uno: El uniforme de la institución es un polo blanco, con el distintivo
institucional que le acredita como estudiante y será una obligación tenerlo y
portarlo acompañado con un jean de selección del estudiante, este jean debe
ser clásico y no debe empañar la imagen del instituto con raspaduras, cortadas
y/o otros que afecten la buena presentación, así mismo queda terminantemente
prohibido el uso de jeans no clásicos de colores, pantalones cortos,
pantalonetas o camisetas con accesorios no propios de la institución,
estudiante que no posea el uniforme tal cual se emana en este manual de
convivencia se realizara el respectivo correctivo el cual es el no ingreso a clase
hasta tanto no sea cambiado o sustituido.
5. Compromiso con la Institución, su desarrollo y prolongación en el tiempo.


6. Participar activamente en el proceso de formación y en la vida de la comunidad,
aportando sus iniciativas y sugerencias.


7. Colaborar en las diferentes actividades de la vida escolar.


8. Recibir una educación integral, fundamentada en competencias ciudadanas.


9. Responder positivamente a las oportunidades que la Institución ofrece para la
formación integral.


10. Recibir ayuda y apoyo en la construcción del proyecto de vida


11. Tener actitudes y comportamientos             acordes con el Proyecto Educativo
institucional.


12. Ser acogido como persona por parte de todos los miembros de la Comunidad
Educativa, respetando su identidad y sus diferencias individuales.


13. Poner        todo   el   empeño   en   su   proceso   de crecimiento y maduración
personal.


14. Expresar sus puntos de vista en las diferentes circunstancias de la vida
escolar.


15. Ser escuchado dentro de un clima de diálogo y respeto.


16. Expresar con sinceridad y respeto sus puntos de vista respetando el discurso y
los argumentos de los demás miembros de la comunidad académica.
17. Recibir un trato cortés y amable por parte de los miembros de la Comunidad
Educativa.


18. Dar trato respetuoso a todas las personas que conforman la Comunidad
Educativa.


19. Encontrar orientación y ayuda para afrontar adecuadamente                 situaciones
problemáticas.


20.             Buscar   orientación       y   ayuda   para   la   solución de situaciones
conflictivas.


21. Tener        actitudes             y       comportamientos     que   favorezcan   una
relación sencilla, cercana y libre de intereses.


22. Abstenerse de realizar ventas, rifas y colectas dentro y fuera de la institución, asi
mismo utilizar el nombre de la institución con fines comerciales.


23. Recibir apoyo y acompañamiento de los padres en el proceso de formación.


24. Poner en práctica las orientaciones familiares que favorezcan su crecimiento
personal.


25. Ser reconocido(a), aceptado(a) y respetado(a) en la función específica que se le
haya delegado.


26. Cumplir con responsabilidad y las funciones del servicio que se le ha confiado.
27. Contar con educadores con valores humanos y suficiente calidad académica que
le ayuden a crecer como persona.


28.    Establecer relación respetuosa y cordial con los educadores.


29. Encontrar educadores que cumplan con su           deber profesional: preparación
de clases y actividades, responsabilidad en la evaluación de los procesos enseñanza
y aprendizaje.


30.       Cumplir con todas las obligaciones propias de su condición de estudiante:
tareas, consultas, realización de proyectos y demás actividades complementarias
asignadas por docentes y directivos.


31.   Conocer los criterios de evaluación de cada Asignatura y los resultados del
proceso, si es el caso, solicitar rectificación.


32. Asumir los resultados de manera analítica de su proceso académico y formativo.


33. Ser reconocido(a) en sus esfuerzos y logros respecto a la tarea educativa.


34.    Ser atendido(a) personalmente o con sus padres para recibir información
sobre su proceso formativo y situación académica


35.    Acudir oportunamente a la persona indicada, siguiendo el conducto regular,
para recibir orientación e información necesaria sobre su proceso formativo.


36. Contar con un ambiente escolar sano y agradable          que   facilite el proceso
educativo.


37. Cuidar y conservar los recursos naturales y físicos que hay en la Institución.
Paragrafo dos: todo daño causado dentro del estamento, deberá ser pagado
por el estudiante o los estudiantes implicados, sin excepción.


38. Contribuir a la conservación del orden y el aseo del Colegio.


39. Tener    acceso, con     la   debida autorización, a los bienes y servicios que
ofrece el Establecimiento.


40.          Cuidar los bienes, responder disciplinaria y económicamente por los
daños ocasionados a las instalaciones, dotaciones y servicios del Colegio.


41. Tener sus útiles y bienes personales.


40. Respetar las pertenencias del Colegio, de     los   compañeros,    docentes   y
demás miembros de la Comunidad Educativa.


42. Evitar traer al Colegio objetos innecesarios o distractores para el desempeño
escolar.


Parágrafo tres: Queda terminantemente prohibido el uso en clases de Ipad,
Iphone, celulares, computadores portátiles y otros que no sean para el proceso
académico, tales como radios o dispositivos móviles, para este caso el docente
decidirá amonestar al estudiantes desde un llamado de atención, hasta la
suspensión del mismo o debido proceso disciplinario.


43.   Tener el tiempo y espacio adecuados para el descanso, la recreación y el
deporte.


44. Disfrutar sanamente las oportunidades de recreación y descanso.


45. Participar en actividades académicas, culturales, deportivas y otras que se
programen.
46. Asistir    puntualmente   a   las   actividades curriculares y extracurriculares
programadas ocasionalmente.


47. Representar adecuadamente al grupo y/o Establecimiento en las distintas
actividades y reaccionar con madurez ante los éxitos y fracasos.


48. Tener el carné de estudiante que la identifique   como miembro      de    la
Institución.


48.              Portar el carné de estudiante y llevar el uniforme del Colegio
para las actividades escolares y hacer buen uso de él.


49. Cumplir con los deberes sin exceder sus derechos.
ART. 4 DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES


1.   Ser respetado en su vida e integridad física y moral.


2.   Respetar la persona y los derechos de todos los miembros de la Comunidad
Educativa.


3.   Ser informado directa y oportunamente sobre los aspectos de su persona
y de su desempeño profesional que necesitan ser mejorados.


4.   Manifestar la       propia   identidad, asumiendo su ser de Educador en la
institución


5. Adaptarse a las políticas institucionales.


6. Actuar con pulcritud, en su manera de presentarse, en su vocabulario, gestos y
actitudes, para ser ejemplo vivo en sus estudiantes.


5.   Gozar de un clima de confianza que propicie el diálogo sincero para
ayudar al crecimiento de la Institución.


6.   Informar    veraz    y   oportunamente,    a   la persona competente sobre los
asuntos de los cuales tenga conocimiento y que afecten la Institución.


7. Tener sentido de pertenencia con la Institución y con el grupo de compañeros.


8. Tener actitudes que faciliten el diálogo, el trabajo en equipo, la búsqueda
pedagógica y el crecimiento personal y de la Institución.
9.    Contar con la debida reserva sobre sus datos personales.


10. Consignar con transparencia en la         Secretaría   los   datos      personales
requeridos para su identificación.


11. Mantenerse dentro del marco del condigo deontológico de su profesión.


12.   Recibir trato justo y respetuoso por parte de las directivas, personal de
servicios, compañeros, padres de familia y estudiantes de la Institución.


13. Tratar          a         todos     los    miembros     de       la     Comunidad
Educativa con respeto.


14.   Expresar sus apreciaciones en un clima que propicie el diálogo y posibilite el
crecimiento de los educandos.


15. Atender a los estudiantes y padres de familia, en los horarios previamente
establecidos y brindar la orientación y ayuda que sean necesarias.


16. Conocer las situaciones que afecten la vida de los estudiantes para ayudarles
más eficazmente en       su    proceso de superación personal.


17.Guardar reserva sobre los asuntos de los educandos que sean de su
conocimiento siempre y cuando no se violen sus derechos y deberes.


18. Formar parte de una Comunidad Educativa que tenga identidad nacional y
valore lo propio.


19. Propiciar el conocimiento y comprensión de la realidad nacional para consolidar
los valores democraticos.
20. Educar para la conservación de los recursos naturales, la protección del medio
ambiente y el buen uso del espacio público.


21. ser perseverante en su crecimiento como docente profesionalizándose y
Cualificándose permanentemente.


22. Contar con unos recursos educativos y un ambiente escolar,            que
despierte la inquietud intelectual e impulse las búsquedas del conocimiento.


23. Impulsar en el Colegio interés por el conocimiento y la investigación.


24. Evaluar     el   proceso enseñanza- aprendizaje según           los   logros
establecidos en el Proyecto Educativo Institucional.


25. Reconocer y respetar las diferencias en el ritmo        de   aprendizaje     de los
estudiantes y ofrecer oportunidades de avanzar en el proceso educativo, según sus
capacidades y aptitudes personales.


26. Ser honestos y responsables en el proceso de evaluación académica.


27. Escuchar,            analizar     y solucionar     en primera   instancia,      las
dificultades académicas y/o disciplinarias que se presenten en su asignatura y/o en
la marcha del Colegio.


28. Escuchar con serenidad las inquietudes de los estudiantes y atender a sus
reclamos dentro del tiempo asignado para ello.


29.   Disponer del material adaptado a las necesidades de los estudiantes para un
mejor desempeño académico.
30. Esmerarse por la       conservación de documentos, útiles, libros, equipos,
muebles y bienes que le sean confiados.
31. Contar con que las tareas que se le asignen estén de      acuerdo con su
capacitación y competencia profesional.


32. Desempeñar con eficiencia las funciones de su cargo.


33. Conocer, en cuanto sea posible, la programación y responsabilidades que le
correspondan.


34. Participar en        reuniones        y     actividades      programadas   por    la
Institución.


35. Contar con la debida autorización de la Rectora y/o       Coordinador para   la
organización de actividades extracurriculares y con el consentimiento informado de
los padres de familia para que el estudiante participe en ellas.


36. Conocer con anticipación el calendario escolar,    la programación y las
orientaciones       necesarias   para    la elaboración de    la     documentación
requerida.


37. Elaborar    correctamente    todos los documentos requeridos por la Dirección,
Secretaría      y la    Administración    del Establecimiento.


38. Recibir oportunamente la remuneración asignada.


39. Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo requerido, dentro de
ésta, para el desempeño de las funciones propias de su cargo.


40. Abstenerse de solicitar préstamos en dinero o cualquier otro beneficio
económico de los estudiantes. No realizar ventas, ni rifas, ni recolectas para
beneficio propio.
41. Presentar de manera respetuosa a la jefe de personal las inquietudes que
tengan en el campo laboral para que le sean resueltas.


42. Ausentarse del Colegio en caso de necesidad, enfermedad, o calamidad
doméstica, previo autorización de la Rectoría o Coordinación.


43. Solicitar la autorización para ausentarse del Plantel con razón justificada y en
lo posible dejar organizadas sus responsabilidades.


44. Aprovechar     las              oportunidades      de       capacitación      y
actualización que el entorno o la Institución le ofrecen.


45. Compartir con la comunidad educativa las experiencias y aprendizajes
adquiridos.
ART. 5 DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA


1. Comprometerse con el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional DEL
INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO INTECOL BUCARAMANGA


2. Manifestar a sus hijos, con su vida la validez del Proyecto del Colegio en el cual
les quieren formar, para no generar en ellos la contradicción entre lo que se dice y
lo que se hace.


3. Respaldar los procesos que tanto en el plano académico específico, como
en toda la dimensión formativa, realiza el Colegio, en su empeño para que el
estudiante asimile los valores en los que se busca formar.


4. Apoyar las acciones educativas del Colegio, cooperando para que su hijo se
comprometa con ellos.


5. Cumplir los compromisos adquiridos con el Colegio al firmar la matrícula y los que
genere el proceso educativo del estudiante durante el año lectivo.


6. Evitar comentarios y/o acciones negativos que vayan en detrimento de miembros
de la Comunidad Educativa o de la Institución.


7. Orientar a sus hijos y apoyarlos en su proyecto de vida.


8. Propiciar en el hogar un ambiente que favorezca el proceso        enseñanza-
aprendizaje y la formación integral.


9. Dar un buen trato a los hijos acorde al decreto 1058 de infancia y adolescencia.
10. Recibir ayuda y apoyo en el proceso de formación de sus hijos.


11. Aprovechar las oportunidades que ofrece el Establecimiento y el entorno         para
capacitarse y actualizarse en la tarea de educar a sus hijos.


12. Responder oportuna y personalmente a los llamados, reuniones y citaciones de
los Docentes y Directivas del Establecimiento acudiendo a las horas señaladas para
poder ser bien atendidos.


13. Obtener información oportuna sobre los procesos académicos, disciplinarios y
de crecimiento personal de sus hijos de parte del estudiante y del docente
respectivo.


14. Dialogar con las Directivas y Docentes siguiendo el conducto regular,            para
mantener una comunicación franca, abierta y respetuosa, favoreciendo la relación
Colegio-Hogar.


15. Respetar el ritmo de aprendizaje y la repercusión que éste tiene en el
desempeño académico de su hijo, estimulándole a superarse, sin utilizar medios de
presión tanto con el estudiante como con el docente.


16. Contar con la debida reserva sobre las situaciones          familiares   y            el
    proceso personal de su hijo.


17. Poner en conocimiento      de las Directivas o de la persona indicada, aquellos
datos que influyan          en el proceso      académico        y formativo de su hijo.
18. Expresar sus apreciaciones, iniciativas y sugerencias en un clima que propicie
el diálogo    y    la integración Familia- Institución aportar con sinceridad y respeto
lo que crea conveniente para el crecimiento de la Institución.


19. Tratar con respeto a todos los miembros de la Comunidad Educativa.


20. Conocer el     calendario,   las   programaciones    y   el   horario   escolar   del
Establecimiento.


21. Justificar personalmente de una manera responsable la no asistencia del hijo al
Establecimiento bajo una excusa de valor o médica.


22. Colaborar con la asistencia puntual de los estudiantes a las clases y actividades
programadas por la Institución.


23. Dar, por escrito, autorización, para que su hijo salga del Plantel fuera de la hora
acostumbrada, para las salidas extracurriculares programadas por el Colegio.


24. permitir que su hijo participe de los servicios que ofrece la Institución.


25. Ayudar a su hijo a valorar y a aprovechar el servicio educativo que se le ofrece.


26. Cubrir los gastos ocasionados, en caso de alguna pérdida o daño de los
enseres del Colegio, de los de sus compañeros y demás personal que labore en el
Establecimiento, de los cuales sea responsable su hijo.


27. Pagar la pensión mensual, aprobada por el Gobierno, en los Cinco primeros días
de cada mes, el incumplimiento de este genera intereses moratorio y de plazo
contemplados en la superintendencia de bancaria legal vigente, ya que se
considera un cobro ejecutivo, Decreto 549 de 2006.
27. Ser miembro de la Asociación de Padres de Familia, tener representación en
el Consejo Directivo y participar de los beneficios que ofrece la Asociación, si está
vinculado a la misma. Colaborar en      el     sostenimiento        de    la
Asociación de Padres de Familia y apoyar solidariamente sus programas.


28. Conocer la filosofía del Colegio e ir creciendo en sentido de pertenencia a la
Institución.


22. Manifestar en la vida familiar un estilo de vida coherente con el Proyecto
Educativo del Colegio.


23. Vivir y tener   aptitudes de colaboración y apoyo con el proceso educativo
del Colegio.
CAPÍTULO 4
ESTÍMULOS Y CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS


ART. 6 EVALUACIÓN PERMANENTE


La evaluación es una posibilidad de mejoramiento


La evaluación pedagógica tiene como objetivo valorar los logros de cada uno de
los estudiantes. Esta      tarea   se   hará   en     forma   cualitativa,    continua   y
permanente teniendo en cuenta las actitudes, características y situaciones de
cada estudiante y las metas personales alcanzadas.


Los docentes de cada grupo se reunirán, para hacer una evaluación integral
de   cada estudiante. De tal ejercicio se levantará un acta que dé cuenta
suficiente de las conclusiones finales acogidas por el conjunto de docentes.


En concordancia      con    las    reglamentaciones    legales   y    las    disposiciones
emanadas de los Gobiernos Nacional, Departamental y Municipal, se dará un
concepto valorativo, se definirán las       acciones pedagógicas que se han de
seguir y se informará al e s t u d i a n t e y/o padres de familia.
ART. 7 ESTÍMULOS


El Colegio creará estímulos acordes con el estilo pedagógico DEL INSTITUTO
TECNICO COLOMBIANO INTECOL BUCARAMANGA que motiven el crecimiento
personal y grupal.


Entre otros, se tendrán como estímulos:


•     La gratificación: se refiere a la satisfacción personal que los estudiantes
debe o puede sentir por el cumplimiento del deber, en otros casos cuando se
exalta ante los compañeros y se pone de ejemplo para las demás.


•     El servicio de monitoria en las diferentes clases y actividades.


•     Medalla(a la excelencia) quien al final del año su historial académico haya
sido de excelente conducta, compañerismo y colaboración.


•     Medalla (INTECOL) quien al final del año escolar su promedio sea superior
o igual a 4.8 como la máxima distinción para el estudiante.
ART. 8 CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS


El proceso de evaluación permanente de cada estudiante puede manifestarse a
través de las siguientes modalidades:


1. Instrucción verbal, directa y personal dirigida a prevenir comportamientos
disruptivos que no estén de acuerdo con el Manual de Convivencia.


2.   Diálogo reflexivo y analítico con los estudiantes sobre actitudes y
comportamientos que deben ser mejorados.


3. Información evaluativa dirigida a los padres de familia y/o acudientes.


4. Compromiso personal que fije objetivos concretos para lograr en un tiempo
prudencial. El acta correspondiente estará firmada por el padre de familia o el
acudiente, el estudiante y el respectivo Docente a o Coordinador.
CAPÍTULOS 5


FALTAS DISCIPLINARIAS Y CORRECTIVOS DEFINICIÓN CALIFICACIÓN DE
                                  LAS FALTAS


5.1 FALTA LEVE: Se entiende por falta leve todas aquellas actitudes que
impiden el normal desarrollo de las actividades pedagógicas. Se denominan así
porque son prácticas que no contribuyen al mantenimiento del orden colectivo
y dificultan el desarrollo de hábitos de estudio, organización y respeto hacia
cada uno de los miembros que conforman la Comunidad Educativa y la comunidad
en general.


5.2 FALTA GRAVE: Se entiende por falta grave aquel tipo de conducta o
comportamiento que atenta contra los principios institucionales, perturbando el
normal desarrollo de las actividades y que afectan gravemente las normas
disciplinarias de carácter general y particular del Colegio.


5.3 FALTA GRAVÍSIMA: Se entiende por falta gravísima toda conducta o actitud
que lesiona en gran medida los valores individuales y colectivos del Colegio,
así como aquellas conductas que son consideradas como delitos en la
Legislación Penal Colombiana.
ART. 9 ACTOS QUE AFECTAN LA DISCIPLINA
Son actos que afectan la disciplina y ameritan un correctivo disciplinario


LEVES

•     Ser impuntual en la asistencia a las clases y a cualquier otra actividad
programada por el Colegio.


•     Incumplir    con   las      tareas,   trabajos,   consultas,   investigaciones   o
actividades académicas que hayan sido dispuestas por los docentes o directivas
del Colegio.


•     Hacer uso de juegos, bromas, chistes, objetos y distracciones que
desvíen la atención y el interés de las actividades escolares.


•     Realizar durante las clases y las demás actividades académicas y
actos de comunidad, labores o actividades diferentes a las que corresponden en
cada caso.


•     Incumplir las normas sobre presentación y aseo personal


•     Faltar al aseo y no colaborar con las campañas de limpieza, cuidado y
presentación de las instalaciones del Colegio.


•     Abstenerse de llevar oportunamente a los padres de familia y/o acudientes
la información que entrega el Colegio a través de circulares, boletines, citaciones,
o cualquier otro medio similar.


•     Asistir a clase sin los recursos necesarios para el desarrollo normal de
la misma o de la actividad escolar respectiva, sin causa justificada.


•     Ser negligente en el cumplimiento de los deberes escolares. Inasistir sin
justa causa a la jornada escolar.
GRAVES


•      Desacatar las instrucciones, observaciones y recomendaciones de las
directivas del Colegio y de los docentes en las actividades académicas u otras que
se realicen dentro de la Institución.


•      Faltar o retirarse del establecimiento o de las actividades programadas
por el Colegio, sin excusa válida y presentada por escrito a la Encargada de
Grupo o a la Coordinadora.


•      Maltratar, dañar o destruir los árboles y plantas, los enseres, equipos,
muebles y el inmueble del Establecimiento.


•      Promover el desorden, irrespetar el turno y/o dar maltrato a los estudiantes,
y/o empleados del colegio.


•      Faltar al respeto al no dejar escuchar o dejar de atender las observaciones
que hagan los docentes y directivas del Colegio.


•      Tratar descortésmente a cualquiera de los integrantes de la Comunidad
Educativa y utilizar un vocabulario soez o vulgar para dirigirse o referirse a ellos.


•      Hacer ruidos que generen algún distractor en la actividad académica y que
no sean parte de lo programado o dispuesto por el Colegio o por el docente en
las clases o fuera de ellas.


•      Descuidar los bienes o servicios del Establecimiento de tal forma que se
genere su pérdida, destrucción o daño.




GRAVÍSIMAS
•      Mentir de manera oral o escrita en los descargos para justificar una falta.


•      No portar el uniforme tal cual se especifica en el manual de convivencia
parágrafo uno


•      Alterar, falsificar o adulterar   firmas, excusas, permisos, evaluaciones o
cualquier documento para ser presentado al Colegio, a las docentes, a los padres
de familia y/o a las directivas del Colegio.


•      Afectar los valores individuales o colectivos. Incumplir deberes y abusar de
los derechos consignados en este Manual.


•      Cualquier otro comportamiento dentro o fuera del Colegio que según el
derecho penal y disciplinario constituyan falta o delito .


•      Utilizar el nombre del Colegio o de algún miembro de la Comunidad
Educativa para la realización de actividades de lucro personal o grupal, sin previa
autorización.


•      Tener cualquier actitud y comportamiento dentro o fuera del plantel, que no
sea coherente con los valores y la buena educación que el Colegio propone a los
estudiantes, más aún cuando se porta el uniforme.
CAPÍTULO 6


FALTAS DE CONDUCTA Y CORRECTIVOS


ART. 10 ACTOS QUE AFECTAN LA CONDUCTA


Son actos que afectan la conducta y por tanto merecen correctivo disciplinario:


LEVES
•     Realizar actividades que busquen indisponer o afectar las relaciones entre
los miembros de la Comunidad Educativa.


GRAVES
•     Entrar o permanecer sin autorización en las dependencias del Colegio
reservadas a los Docentes, Personal Administrativo y de Servicios Generales del
Colegio.


•     Atentar contra la honra y el buen nombre de cualquier integrante de la
Comunidad Educativa. Irrespetar los símbolos patrios o del Colegio, los valores
religiosos y culturales, sean ellos nacionales o institucionales.


•     Entorpecer, obstaculizar o negarse a desarrollar cualquier actividad
programada por los docentes o por las Directivas del Colegio.


•     Ausentarse o retirarse del salón de clase y de cualquiera otra de las
actividades programadas por los docentes y/o directivas del Colegio, sin
autorización del docente, del responsable del grupo o de las directivas del Colegio.


•     Recibir las observaciones con burla, grosería o desprecio.




GRAVÍSIMAS
•      Cometer o intentar fraude en las actividades evaluativas o engañar o
falsificar la verdad en algún asunto que interese al Colegio en razón de sus
actividades académicas, pedagógicas, deportivas, culturales.


•      Emplear medios tecnológicos, electrónicos y/o virtuales en contra             de la
integridad, la honra, el buen nombre, etc. De algún integrante de la Comunidad
Educativa o del buen nombre del Colegio, o como ayuda no permitida en las
actividades académicas. (Ejemplo: un celular para grabar o tomar fotos, el
Facebook, entre otros)


•      Realizar actos que afecten o atenten contra el derecho a la vida, a la salud
o a la integridad personal con relación a sí mismo y a otro de los miembros de la
Comunidad Educativa.


•      Ofender de palabra o de hecho y atacar o agredir físicamente o de
cualquier forma e intimidar a los compañeros de estudio, a cualquier otro
estudiante del Colegio o integrante de la Comunidad Educativa.


•      Dañar    intencionalmente     los       bienes   que   conforman    el   patrimonio
económico,      documental, cultural o ecológico del Colegio y de los bienes
patrimoniales de cualquier otro integrante de la Comunidad Educativa.


•      Acceder, sin autorización, a los archivos del Colegio, alterar, sustraer,
ocultar y/o destruir documentos            o     informes,    registros   de    asistencia,
evaluaciones, certificados de estudio y cualquier otro documento, lo mismo que
falsificar la firma de sus signatarios.


•      Permanecer con el uniforme en lugares públicos que afecten el buen
nombre del Colegio.
•     Hurtar los bienes del Colegio, de los compañeros y de otros miembros

                  Educativa o inducir a otro a que lo haga.
de la Comunidad


•     Portar, exhibir o distribuir material escrito a través de papel, multimedia
o informática que atente contra el carácter formativo del Colegio.


•     Generar o promover desórdenes, peleas, terror, o situaciones que de
cualquier forma alteren el normal desarrollo de una actividad programada por los
docentes, las directivas del Colegio o cualquier otro integrante de la comunidad
educativa.


•     Portar,   conservar,   comerciar,   consumir   o     distribuir   dentro   de   las
instalaciones del Colegio cualquier droga o sustancia que produzca embriaguez,
adormecimiento, letargo o dependencia síquica o física, o presentarse al
Colegio bajo los efectos del licor, droga o sustancia psicoactiva, salvo las
prescritas por el médico tratante de ser ello necesario.


•     Portar o guardar armas de cualquier clase y en cualquier circunstancia.
Incumplir deberes y abusar de los derechos consignados en este Manual.


•     Cualquier otro comportamiento dentro o fuera del Colegio que según
el derecho penal, disciplinario o fiscal constituyan falta o delito o que por el eco
social que generan perjudican la labor educativa con los otros estudiantes que van
en contra del bien común.
CAPÍTULO 7


PROCESO DISCIPLINARIO Y DEBIDO PROCESO


ART. 11 PRINCIPIOS RECTORES:


El proceso disciplinario representará       siempre    una   ocasión propicia para
salvaguardar los derechos de la Comunidad Educativa y la intencionalidad
pedagógica y moral subyacente siempre en el corregir , sancionar y la aplicación
constitucional del debido proceso.


Por lo tanto, estará dominado por los siguientes postulados superiores:


1. DIGNIDAD HUMANA: El respeto a la dignidad del e s t u d i a n t e es el límite
insuperable en el ejercicio de la potestad disciplinaria.


2.   PREEXISTENCIA DE LA FALTA: el estudiante no podrá ser corregido
disciplinariamente sino por la comisión de una conducta previamente descrita
y calificada como falta en este reglamento de convivencia.


3. PROPORCIONALIDAD: Debe haber proporcionalidad entre la falta, el
daño comunitario causado y el correctivo disciplinario a imponer.


4.   PRESUNCIÓN DE INOCENCIA Y DEBIDO PROCESO: el estudiante a
quien se atribuye una falta disciplinaria se presume inocente mientras no se
declare mediante proceso regular su responsabilidad disciplinaria. En el proceso
disciplinario se respetará el debido proceso.


5. IGUALDAD: Todas los estudiantes tendrán derecho al mismo tratamiento
durante el proceso disciplinario, sin que ocurra discriminación alguna por razones
de edad, condición económica y otras
6. PARTICIPACIÓN: Toda la c om un i da d ed u ca ti va vinculada a un proceso
disciplinario tiene derecho a que se escuche su propia opinión y a solicitar la
práctica de pruebas.


7. NECESIDAD DE LA PRUEBA: El proceso disciplinario tiene vocación
irrenunciable a la búsqueda de la verdad de los hechos relevantes. Cualquier
juicio de responsabilidad tiene que sustentarse sobre la prueba de los hechos
constitutivos de falta disciplinaria.


8. MOTIVACIÓN: Toda decisión atinente a un proceso disciplinario debe ser
razonable y suficientemente motivada.


9 COSA JUZGADA: Ningún estudiante podrá ser investigado disciplinariamente
más de una vez por una misma conducta.


10.TEMPORALIDAD: El correctivo disciplinario deberá imponerse dentro del año
siguiente a la comisión de la conducta si ésta hubiere sido pública; o dentro del
año siguiente a su conocimiento si, por las características del hecho, este hubiere
sido clandestino, secreto u oculto.


11. FAVORABILIDAD: La norma favorable o permisiva, aunque sea posterior, se
aplicará de preferencia a la restrictiva o desfavorable.


12. INTEGRALIDAD: Cuando se adelante una investigación disciplinaria es
deber de quien la dirige, investigar lo desfavorable y lo favorable del estudiante
investigado.
ART. 12 COMPETENCIA


El procedimiento disciplinario podrá ser iniciado de oficio o por solicitud o queja de
cualquier miembro de la Comunidad Educativa y será competente para iniciarlo y
tramitarlo la respectiva Coordinadora según el caso, pero la decisión definitiva
de imposición o no, de cualquier correctivo disciplinario corresponde a la Rectora.


Si en un mismo hecho aparecen implicadas estudiantes de Primaria y Bachillerato
atenderá el asunto la Coordinadora.




ART. 13 ETAPAS DEL PROCESO DISCIPLINARIO


Serán etapas del Proceso Disciplinario                                         5.        reunión del comi
1.    Diligencia de notificación personal y a padres                           6.        resolución final
2.    Investigación disciplinaria y tramite
3.    descargos
4.    pliego de cargos

ART. 14 DILIGENCIA DE NOTIFICACION PERSONAL Y A PADRES
Una vez conocido un hecho que pudiera constituir falta disciplinaria, la
respectiva Coordinadora valorará si hay méritos para abrir investigación
disciplinaria o no.    En caso de duda dispondrá la apertura de diligencias
preliminares, que tendrán una duración máxima de 5 días, y en ellas, se podrá
recibir versión libre de lo(s) presunto(s) responsable(s), si ello(s), lo desea(n), se
oirá la encargada de grupo y se recibirá declaración de todas las personas que
pudieran tener información que aclare o amplíe los hechos.




La versión libre es un derecho del estudiante al cual puede renunciar.
El investigador deberá intentar tal diligencia. Una vez vencido el plazo de las
diligencias preliminares, se debe expedir una resolución motivada que archive el
caso si no existe mérito para la iniciación del proceso disciplinario o de lo contrario
lo declare abierto.


ART. 15 INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA


Una vez cumplidas las diligencias preliminares, o cuando los hechos mismos
claramente ameriten la apertura de la investigación disciplinaria, el Coordinador
respectivo abrirá la investigación, la cual tendrá por objeto establecer:
1.   Si realmente se ha cometido una falta que amerite correctivo disciplinario.
2.   Quién o quiénes son los autores del hecho, lo mismo que sus partícipes o
cómplices.
3.   Los motivos determinantes y demás factores que pudieron influir en la
comisión de la falta.
4.   Las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se realizó el hecho que
presuntamente requiere el correctivo disciplinario.
5.   Las     condiciones   personales    y   académicas     de   lo(s)      estudiante(s)
investigado(s), su conducta anterior , sus antecedentes disciplinarios.


Parágrafo: Tanto la resolución que archive el caso como la que inicie el
proceso disciplinario deberá ser notificada al estudiante investigado a través
de sus representantes legales y personalmente, según el caso.


Parágrafo: A los padres se les debe informar de la apertura del proceso
disciplinario como parte del compromiso con el proceso formativo del
estudiante.
ART. 16 TRÁMITE


Para el trámite del proceso disciplinario la Coordinadora a quien haya
correspondido la indagación preliminar podrá designar una comisión para que
adelante la investigación, la cual podrá estar compuesta por: La Encargada del
Grupo al cual pertenece el investigado, el representante estudiantil ante el Consejo
Directivo y un integrante de la Junta Directiva de la Asociación de Padres de
Familia. Esta comisión o la Coordinadora según el caso dispondrán de 10 días
hábiles para establecer si se ha cometido falta disciplinaria, quien o quienes
son autores o partícipes, las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se
realizó el hecho y las condiciones académicas y conducta anterior del presunto
responsable. Podrá igualmente recibirle declaración sin juramento al estudiante
investigado, si este lo desea.


ART. 17 PLIEGO DE CARGOS


La comisión o el Coordinador, según el caso, pondrán en conocimiento del
estudiante implicado y de sus padres los hechos que puedan constituir la falta
disciplinaria o de conducta para que en el término de 5 días contados a partir de la
comunicación a los padres de lo(s) estudiantes(s)       investigado(s)   respectiva
puedan    presentar   los   descargos   correspondientes    y solicitar las pruebas
pertinentes. Si se solicitan pruebas, ellas se practicarán dentro de los10 días
siguientes, siempre que sean pertinentes y conducentes.
ART. 18 RESOLUCION FINAL


Vencido el término de los descargos y de la etapa probatoria, la comisión
designada o la Coordinadora enviará todos los documentos a la Rectora con las
recomendaciones que sean del caso, (esto es, respecto de la calificación de la
falta y de la posibilidad de sancionar o absolver) quien en un término no mayor
de 15 días hábiles deberá proceder a calificar la falta y si están probados los
hechos que ameritan correctivo disciplinario, impondrá el que corresponda.


ART. 19


La decisión     final se hará mediante       resolución que deberá contener:
Identificación de los estudiantes investigados(de su forma de vinculación a los
hechos) la descripción sucinta de los hechos y de los descargos realizados por el
presunto o presuntos responsables, un análisis de las pruebas allegadas, las
normas infringidas y la calificación de la falta y el correctivo disciplinario a
imponer o las razones que sustentan la exoneración de responsabilidad.


ART. 20


La resolución que pone fin al proceso disciplinario se notificará personalmente al
investigado o investigados y a sus acudientes.       Contra la decisión cabe el
recurso de reposición ante la Rectora y apelación ante el Consejo Directivo, en
caso de la aplicación de las sanciones de exclusión del Colegio o la pérdida del
cupo para el año siguiente.
ART. 21 CALIFICACIÓN DE LA FALTA


Las faltas disciplinarias, se calificarán como leves, graves o gravísimas según su
naturaleza y efectos, las modalidades y circunstancias del hecho, los motivos
determinantes y los antecedentes de los presuntos responsables, teniendo en
cuenta los siguientes criterios:


1. La naturaleza de la falta y sus efectos se apreciarán según se hubiere
causado perjuicio al Colegio o alguno de sus miembros, en su dignidad y sus
derechos fundamentales.


2. Las modalidades o circunstancias del hecho se apreciarán de acuerdo con el
grado de participación     en      la   comisión   de   la   falta,   la   existencia   de
circunstancias   agravantes      o atenuantes y el número de faltas que se estén
investigando.


3. Los motivos determinantes se apreciarán según se hubiere precedido por
causas innobles o fútiles, o por nobles o altruistas.


4. Los antecedentes del presunto o presuntos responsables se apreciarán
por sus condiciones personales y académicas y sus antecedentes disciplinarios o
de conducta.


5. Una tercera amonestación escrita por una falta leve (reincidencia o incurrencia
de 3 faltas diferentes) constituye por sí misma una falta grave y se procederá
de acuerdo con la calificación de esta falta.


Parágrafo: En todo caso,        la acción u omisión     que vulnere de manera grave
los principios generales del Colegio consignados en el Proyecto Educativo y
de este Manual de Convivencia, se considerará falta gravísima según el caso.
ART. 22 CORRECTIVOS DISCIPLINARIOS


La falta leve dará origen a la aplicación del siguiente correctivo o sanción:


1. La amonestación escrita con anotación en el formato de a compañamiento
del   e s t u d i a n t e , en donde se exprese el diálogo con el estudiante
implicado. Cuando se reincide en la falta se hará una amonestación por escrito
y el estudiante escribirá su compromiso de mejoramiento.


La falta grave dará lugar al del siguiente correctivo o sanción:


1.    Suspensión de las actividades académicas que son reemplazadas por
correctivos pedagógicos entre uno (1) y tres (3) días dentro de la institución
educativa, dependiendo de la falta y atendiendo a las circunstancias atenuantes
o agravantes. Lo anterior se hará a          través de un Acta de Suspensión.
Compromiso de cambio por parte de los estudiantes, en donde ejerza acciones
de reivindicación y reparación de la falta. Firmada por el estudiante y sus padres,
el cordinador y la Rectora.


Si durante el período de suspensión se realizan evaluaciones, estas serán
aplazadas para las fechas programadas durante el periodo correspondiente o final
del año, según el caso. El estudiante que cometa fraude en las evaluaciones y
trabajos, asume la consecuencia natural, que es la pérdida de la evaluación o del
trabajo, sin tener derecho a repetirlos y su valoración comportamental será
determinada por la Rectora, la Encargada de Grupo y la docentes del área.
La falta gravísima dará lugar a uno de los siguientes correctivos o
sanciones:


1. Suspensión de las actividades académicas que son reemplazadas por
correctivos pedagógicos dentro de la institucion entre dos (2) a (4) días.

2. Calificación durante dos periodos académicos en insuficiente en su
comportamiento .
3. Desescolarización por el año en curso y pérdida del cupo para el año
siguiente, si ha transcurrido más del 50% del año lectivo.

4. Cancelación de la matrícula de manera definitiva.

5. En el caso de que el estudiante sea de Undécimo (11), no será
proclamado como bachiller en el acto comunitario de graduación.


Ante la adopción de cualquier sanción por faltas graves y gravísimas
proceden los recursos de:


1.   RECURSO DE REPOSICIÓN: E s t e Recurso se presenta ante la Rectora
con el objeto de que la revise, modifique o revoque.


2.   RECURSO DE APELACIÓN: E s t e Recurso se presenta ante el Consejo
Directivo con la finalidad de que la modifique o revoque.


3.   Cuando la sanción sea adoptada por la Coordinadora el estudio de la
Apelación corresponderá a la Rectora; cuando la sanción la imponga la Rectora,
corresponderá al Consejo Directivo resolver la Apelación. Cuando la sanción
sea adoptada por el Consejo Directivo como máxima autoridad del gobierno
escolar, sólo procederá el Recurso de Reposición dada la importancia del
proceso educativo, se conceden los siguientes términos para presentar y resolver
los recursos:
•Para presentar el recurso: Cinco (5) días hábiles, contados desde la notificación
a los padres o acudiente).

•Para resolver el recurso: Máximo Cinco (5) días hábiles.
CAPÍTULO 8


EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
ART. 23 DEFINICIÓN DE EVALUACIÓN:


La   evaluación     DEL    INSTITUTO        TECNICO     COLOMBIANO         INTECOL
BUCARAMANGA, es un proceso integral, continuo, objetivo y sistemático
mediante el cual se identifican los avances, las fortalezas y las dificultades de los
estudiantes en su dinámica de formación y aprendizaje, para valorar y tomar
las decisiones pertinentes. Dicho proceso permite medir el logro de las
competencias      alcanzadas    por   los estudiantes en un período de tiempo
determinado.


Evaluar comporta una orientación humanista, una dimensión ética, invita a la
reflexión continua de las prácticas educativas y promueve la comunicación efectiva
entre los estudiantes, docentes y padres.


El centro del proceso de evaluación es la persona con sus características, su
situación, su contexto, sus intereses, su ritmo de desarrollo y su estilo de
aprendizaje.


ART. 24 El sistema de evaluación busca que el estudiante
•     Conozca sus características del saber ser.
•     Aprecie el avance a través de una maduración conceptual.
•     Afiance su saber ser.
•     Sistema Instucional de Evaluación
•     Tome conciencia de cómo va su proceso de crecimiento en cada dimensión.
•     Busque correctivos o apoyos que le ayuden a continuar su proceso o a
mejorar aquellos aspectos en los que presenta dificultades.
•     Dé elementos a los padres de familia para apoyar a sus hijos en el proceso
formativo de la enseñanza y del aprendizaje.
ART. 25 PRINCIPIOS IRRENUNCIABLES:


1. Una evaluación orientada desde los principios pedagógicos DEL INSTITUTO
TECNICO COLOMBIANO INTECOL BUCARAMANGA
2. Una evaluación desde la pedagogía del acompañamiento.
3. Una evaluación humanista, de exigencia y calidad.
4. Una evaluación que ofrezca horizontes de mejoramiento y posibilidad.
5. Una evaluación que evidencia relaciones pedagógicas dialógicas.


ART. 26 Criterios operativos


•     Es un sistema de evaluación coherente con el perfil de persona que
queremos formar y que está definido en el Proyecto Educativo Institucional.


•     Responde     a los parámetros especificados en el decreto 1290 del
Ministerio de Educación Nacional.


•     El proceso es integral y contempla la autoevaluación, la hetero-evaluación y
la co-evaluación, con la conciencia de que evaluar es más que un resultado.


•     La escala de valoración es coherente, equitativa y expresa con claridad el
desempeño de los estudiantes.


•     Contienen el diseñoy la implementación de estrategias de apoyo e
innovaciones pedagógicas para estimular a los estudiantes destacados y
acompañar a los que presentan dificultades.




ART. 27 Relación pedagógica dialógica
Se considera como el cruce de toda la comunidad educativa, teniendo en cuenta
que todo ser estudiante es diferente, respetando la diversidad.


Estudiante - Padres de Familia - Encargada de grupo – coordinador- Docentes de
grado - Rectora.


ART. 28 MEDIOS


OBSERVACIÓN.
Atención a cada estudiante en sus manifestaciones, cognitivas y conductuales para
identificar los logros y dificultades en el proceso educativo.


DIÁLOGO.
Encuentro interpersonal que vivido en ambiente de cercanía y libertad ayuda a
buscar los mismos objetivos pedagógicos y a estar de acuerdo en los medios
más adecuados para lograrlos.


SEGUIMIENTO.
Acompañamiento constante         a los estudiantes, que          posibilita   adquirir   un
conocimiento progresivo de el, para ofrecerle oportunamente los apoyos
pedagógicos que requiere.


AUTOEVALUACIÓN.
Mirada que el estudiante da sobre sí mismo y sobre su proceso de aprendizaje,
para reconocer con sinceridad las fortalezas y debilidades en dicho proceso,
aportar su punto de vista al docente de cada asignatura y señalar en diálogo con
él, los aspectos que ha de trabajar y los medios que le ayudarán en su
crecimiento.




PRUEBA ESCRITA DIARIA.
Todos los días del año, los estudiantes presentan una evaluación escrita de
la asignatura señalada con anterioridad, como una ayuda para ir haciendo
síntesis de lo aprendido e identificar logros y dificultades, pedir ayuda a tiempo y
formar hábitos de estudio.


Parágrafo: el estudiante que no asista al Colegio debe presentar a los
docentes correspondientes, la excusa por escrito los dos primeros dias, luego de
su regreso al Colegio, para que se le programen las evaluaciones y trabajos
pendientes. A partir de esta fecha no se aceptan excusas y los estudiantes y sus
padres deben asumir la responsabilidad académica que es la pérdida del derecho
de poder presentar dicha evaluación o trabajo.


PUESTA EN COMÚN.
Encuentro de grupo para compartir la experiencia personal y el saber adquirido a
través de la investigación y el estudio personal. Estimula la capacidad de
construcción colectiva del conocimiento, la creatividad y la ayuda mutua.


NUCLEO INTEGRADOR DE INVESTIGACION
Los Núcleos Integradores son una estrategia pedagógica para favorecer el
aprendizaje significativo mediante la articulación de: Conocimientos, en cuanto los
contenidos de diversas disciplinas convergen para la comprensión de alguna
situación concreta o de un tema en particular.
La intencionalidad de la integración es múltiple: Hacer evidente la complejidad de lo
real, más allá de las simplificaciones teóricas; favorecer la confrontación de
perspectivas como condición de la convivencia y de la producción humana.
La tarea del maestro es favorecer situaciones desestabilizadoras, generar conflictos
cognitivos sin que ello signifique ni ignorar ni mucho menos descalificar las ideas
del estudiante; por el contrario, el diálogo cuidadoso que invite a exponer
libremente las ideas de cada uno .




PRUEBAS ACUMULATIVA
Se definen tres periodos académicos cada uno con un valor del 33.3% y una
prueba de acumulativa:


Una prueba acumulativa de cada area, que recoge los conocimientos básicos que
debió adquirir en cada periodo. Esta tiene una valoración del 20% y se constituye
en instancia de recuperación final, si su valoración es igual o superior a 3.5..


Paragrafo cuatro: El docente estará en libertad de eximir a estudiantes de la
prueba escrita siempre y cuando tenga razones de repeso para el mismo,
para esto tendrá en cuentqa rendimiento, participación y cumplimiento de
normas.


AUTOEVALUACION
Los procesos de auto evaluación, como lo indica su nombre, no son acciones
institucionales esporádicas sino continuas y planeadas, orientadas a formar el
estudiante en la autovaloración, la autocrítica, la responsabilidad y autonomía para
identificar sus fortalezas y debilidades en las dimensiones del ser, del saber, del
saber hacer y del saber convivir, con el fin de           implementar procesos de
mejoramiento y establecer compromisos.


ART. 29 NIVELACIÓN


Son los espacios que el Colegio planea cada período para retomar los temas
fundamentales, para ser orientados y ayuden al estudiante a alcanzar los logros
propuestos.
Paragrafo cinco: Las nivelaciones tienen un costo de 5.000 pesos a 7.000
dependiendo la asignatura y deberá ser cancelada al momento de
presentarse.




ART. 30 COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN:
Instancia que analiza los procesos de los estudiantes y su desempeño en cada
una de las áreas. Define la promoción y da recomendaciones para el diseño y la
implementación de los planes de apoyo.     Esta constituida por la Rectora, el
Coordinador(a) y docentes de cada grado.
PROMOCIÓN REGULAR




•       La que se da al finalizar el año escolar. Pasará al grado siguiente el
estudiante con:
•       Resultados totalmente satisfactorios en todas las áreas consideradas
en el PEI, con desempeño básico, alto o superior.


•       Con una o dos áreas con desempeño bajo, teniendo en cuenta las
especificaciones de este sistema de evaluación en cuanto a promoción en las
áreas    de   humanidades:    lengua extranjera y español y Ciencias naturales:
biología, física y química.


•       No será   promovido     al   grado   siguiente   un    estudiante   cuando
presente 3 o más áreas con desempeño Bajo.


•       Aquellos estudiantes con las mismas dos áreas con desempeño bajo
durante dos años consecutivos y por primera vez tendrán la posibilidad de hacer
un proceso de apoyo y recuperación (PAR) al finalizar el año escolar, el cual deben
aprobar en su totalidad para poder pasar al grado siguiente.


•       Cuando el estudiante presente una ausencia, no justificada, superior al 20%
del tiempo curricular, no será promovida al grado siguiente.
EN LA EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA SE DETERMINA PARA LA PROMOCIÓN QUE:


•     Las asignaturas del área de Humanidades: lengua castellana e idioma
extranjero (Inglés) serán asumidas de manera independiente para determinar la
promoción de los estudiantes.


•     Las asignaturas Física, Química y Biología que componen el área de
Ciencias Naturales serán asumidas de manera independiente para determinar la
promoción en los grados 9°,10° y 11°.


•     En el caso de las áreas que están conformadas por dos o más asignaturas:
Matemáticas, Educación     Artística y Cultural, Educación Física, Recreación y
Deportes, Humanidades: (Lengua Castellana), se determina en los criterios de
evaluación el porcentaje para cada una de ellas, que será acorde con la intensidad
horaria asignada en el Plan de Estudios.




Proclamación de bachilleres:
La proclamación de bachilleres para los estudiantes de Undécimo se realiza
en la fecha programada por el Colegio, siempre y cuando el estudiante haya
cumplido con los todos requisitos establecidos en la tarjeta de paz y salvo con
respecto   a   requerimientos   académicos,    disciplinarios,   administrativos   y
económicos. Dicha tarjeta, debe estar correctamente diligenciada y firmada, y se
deja en la secretaría del Colegio. En caso de que haya pendientes, no será
proclamado como bachiller en la ceremonia con los demás compañeros y su
diploma se entregará en la secretaría cuando el alumno se encuentre al día.




ART. 31 DOCUMENTACIÓN ESCRITA
AUTOEVALUACIÓN Y EVALUACIÓN FORMATIVA
El estudiante   realiza su     autoevaluación al finalizar cada período académico,
además participa de la evaluación formativa de la unidad, que realiza la docente
de cada asignatura.


ESTUDIANTE DE UNDÉCIMO:
La proclamación de bachilleres para los estudiantes de Undécimo se realiza
en la fecha programada por el Colegio, siempre y cuando el estudiante haya
cumplido con los todos requisitos establecidos en la tarjeta de paz y salvo con
respecto a requerimientos académicos, disciplinarios,        administrativos      y
económicos. Dicha tarjeta, debe estar correctamente diligenciada y firmada,
y se deja en la secretaría del Colegio. En caso de que haya algo pendiente,
no será proclamada como bachiller en la ceremonia con los demás compañeros
y su diploma se entregará en la secretaría cuando el estudiante se encuentre al
día.


FORMATOS Y SEGUIMIENTOS
Se hace seguimiento al proceso de cada estudiante a partir de los registros que
lleva cada profesor(a):      registros   de   acompañamiento diario del estudiante,
agenda de acompañamiento del estudiante , formato preparador de clase, actas
de reuniones, formato de asistencia (001),formato de seguimiento al proceso de
evaluación (EV001), formato de nivelacion (B3), formato de seguimiento
academico (B2), formato de actualización de datos docentes (A1), formato de
entrega de boletines (B5), formato de actas de reuniones (B4), formato de
novedades (B1), actas de reunión de las comisiones de evaluación y promoción,
etc.
CAPÍTULO 9



NORMAS GENERALES


ART. 32 UNIFORME


La presentación personal será sencilla, limpia y ordenada. El uniforme hace parte
de la imagen del Colegio que el estudiante proyecta.
Se sugiere no portar con el uniforme piercing, tatuajes, ni tinturas vistosas
y   coloridas, Pulseras extravagantes, ni usar maquillaje facial y todo aquello
anteriormente citado en el parágrafo UNO




UNIFORME DE DIARIO:
Para hombres/Mujeres: Camiseta blanca con cuello y puño enmarcado y con
escudo institucional, pantalón jean, clásico, correa y zapatos que tengan sonancia
dentro del uniforme.




UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA:
la camiseta del uniforme de diario será la misma para educación física ya que es
tipo polo, pantalón sudadera, tenis deben ser blancos deportivos, no se admiten
tenis de tela o de otro color.
ART. 33 PUNTUALIDAD


JORNADA ESCOLAR:


Bachillerato de 6º a 11º ingresan a las 7:45 a.m. y salen a las 12:00 am.
Paragrafo seis : Estudiante que ingrese después de las 8.00 am, deberá
aguardar el bloque comprendido por dos horas (2) lo cual corresponde a las
primeras horas de clase o aquel que en el descanso arrive 10 minutos tarde
al salón.


Para ello se realizara escritura en el libro de retardos, escritura y
consignación en el registro de docentes como estudiante (Ausente).


Esta norma no viola ningún derecho a recibir educación de acuerdo con las
normas legales vigentes y persigue un bien correctivo en el estudiante
acorde al decreto 1290 y 3011 en todas sus extensiones




ART. 34 AUSENCIA DEL COLEGIO O DE LAS CLASES


PERMISOS PARA SALIR DEL COLEGIO:
Para poder retirarse del plantel, el estudiante debe diligenciar y hacer firmar el
debido permiso de salida.


PERMISOS DE UNO O MÁS DÍAS:
El estudiante presenta con anterioridad, por escrito, la solicitud de permiso a la
Encargada(o) de Grupo, quien lo remitirá al coordinador con su concepto, ésta
dará la autorización, si lo considera conveniente.
AUSENCIAS IMPREVISTAS:
Cuando el estudiante falta al Colegio sin previo aviso, los padres de familia
presentarán la excusa correspondiente a la mayor brevedad posible y serán
notificados de la ausencia de su hijo (a).


Paragrafo siete: Si el estudiante presenta el 16 % de fallas en una o más
asignaturas será cancelado el semestre académico por perdida del mismo, el
único atenuante de esta situación es que se presente un formato de
evaluación medica, expedido por la E.P.S con los diagnósticos pertinentes
acorde a los códigos CIE 10 y venga este firmado y sellado por la entidad.
(Excusas simples no valen).


PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES


Cuando las actividades son por el Colegio, éste informará a los estudiantes y
padres de familia sobre los requisitos para la participación y tendrá previsto con
anterioridad la organización de los compromisos académicos.


Cuando el estudiante participa en actividades organizadas por otras instituciones,
lo hará con la autorización de los Padres de Familia y las Directivas del Colegio.
El estudiante responderá por los compromisos académicos.


Los padres     deben     autorizar   por     escrito   y   asumir   los   riesgos   que
eventualmente puedan presentarse.


Los estudiantes tendrán conciencia de que están representando el Colegio y lo
manifestarán en sus actitudes y comportamiento.
ART. 36 EVALUACIÓN DIARIA


Todo fraude o intento de fraude, afecta la conducta y anula la prueba
presentada este es causal de iniciación de proceso disciplinario.


El estudiante debe tener cuidado de llevar al salón respectivo los materiales
necesarios para la evaluación.


Cuando el estudiante tiene excusa justificada, tiene derecho a presentar la
prueba el día y hora fijados con anticipación para la evaluación atrasada.




ART. 37 SALÓN DE CLASES Y LABORATORIOS




Los estudiantes esperarán al docente en orden y dispuestos a iniciar las
actividades académicas. En caso de ausencia del docente, la monitora del grupo
dará las indicaciones respectivas y avisará al coordinador académico.

Los estudiantes ayudarán a la creación de un ambiente que favorezca el
desarrollo del proceso de enseñanza y de aprendizaje: Realizarán su trabajo , la
investigación con interés, profundidad y dedicación, participación en clases,
escucharán     con    atención    las aportaciones de docentes y compañeros,
cuidarán los libros y el material didáctico y velarán por el aseo y la buena
presentación del salón.
ART. 38 DESCANSOS


Tiempo de esparcimiento en los que no se utiliza los salones de clase. Propicia
compartir alegre y sanamente con los compañeros y prepara para reiniciar las
labores académicas con nuevo ánimo y entusiasmo.


En este espacio de tiempo se harán las diligencias necesarias en las oficinas del
Colegio: Secretaría, Administración, salón de docentes.




Para su utilización tiene establecido el siguiente reglamento, que debe ser acogido
y respetado por todas aquellas personas o entidades que hagan uso de él.


ART. 39 TELÉFONO


Se hará uso de él solamente para llamadas cortas y necesarias, en tiempo de
descanso.


En   caso   de   enfermedad     o   de   alguna   situación   problemática,   la(el)
Encargada de Grupo, es el(la) responsable de llamar a la casa.


Se permite usar teléfono celular sólo en los descansos, excepto situaciones
que ameriten un permiso especial se puede tener en este caso el celular en
vibración, de lo contrario debe permanecer apagado.
ART. 40 OFICINAS DE ADMINISTRACIÓN Y SECRETARÍA

Los estudiantes en sus horas de descanso serán atendidos en las oficinas.


ART. 41 RECIBOS

En los 5 primeros días del mes, se cancelará la pensión sin recargo por mora,
pasados los cuales se asumirán los intereses correspondientes.


En caso de pérdida del recibo       diligenciar en la Oficina de Administración la
consecución de uno nuevo.


ART. 42 MEDIOS DE COMUNICACIÓN ESCRITA


Estimulan el compartir entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa.
Contribuyen a la interiorización, comunicación y difusión de los valores y
criterios del Proyecto Educativo Institucional.


Los diferentes medios: carteleras, revista “tema”; web “entérate” realizado por el
departamento de coordinación y divulgación estos tienen un proceso y unos
criterios de elaboración estrictos los cuales buscan dar a conocer temas de interés
común a la comunidad, notas , informativos, salud, bienestar.etc.


ART. 43 GRUPOS OPCIONALES Y GRADOS DE PROFUNDIZACION


Propician la organización juvenil, la vivencia de los valores que el Colegio propone
y ayudan a la formación integral. Son de carácter: cultural, deportivo, recreativo,
científico, religioso y de compromiso social.
CAPÍTULO 10



ADMISIONES


ART. 44 PROCESO DE ADMISIONES


•      Los padres de familia que deseen matricular por primera vez a su hijo(a)
deben seguir los siguientes pasos:


•      Inscripción personal, realizada por los padres de familia.


•      Entrega del formulario diligenciado por los padres de familia en la Secretaría
del Colegio.


•      Reunión con la Rector(a) del Colegio, en la cual presenta el Proyecto
Educativo Institucional y dialoga con los Padres de Familia sobre sus inquietudes
con relación al proceso educativo y/ con los estudiantes


•      La solicitud de cupo y la participación en el proceso de admisiones, no
implican compromiso alguno por parte de la Institución con el joven, padre de
familia o el acudiente.


•      Como prerrequisito para la matrícula es necesario que los padres de familia
firmen los documentos que la Administración del Colegio solicite.
CAPÍTULO 11


SISTEMA POR EL CUAL SE DETERMINA EL COSTO DE LAS MATRÍCULAS Y
PENSIONES


ART. 45 PROCESO


1.   Elaboración del presupuesto del Establecimiento por parte del Director
Administrativo y del Equipo de Administración del Colegio. Dicho presupuesto
privilegia en sus egresos:


Calidad educativa.


•      Remuneración del docente y del personal administrativo


•      Capacitación del personal docente.


•      Actualización del material didáctico, etc.


•      Mantenimiento adecuado de la planta física y de todo cuanto se requiere
para una educación de calidad.




ART. 46 PERIODICIDAD DE COBROS


La matrícula y diez meses de pensión, que deberán ser canceladas dentro de
los diez (5 ) primeros días del mes.


Lo correspondiente a “Otros Cobros” se determinará en reunión del Consejo
Directivo del Colegio.




ART. 47 CRITERIO DE DIFERENCIACIÓN DE TARIFAS
EL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO INTECOL BUCARAMANGA ayuda a
aquellas familias que por calamidad doméstica o por circunstancias especiales se
ven en situación económica difícil   no pueden cubrir la totalidad de la pensión y
acuden a este organismo en búsqueda de apoyo.


Esta ayuda económica se solicita por escrito al Fondo Dicha petición se estudia
con la asesoría de una Trabajadora Social quien puede realizar una visita
profesional a la familia.
CAPÍTULO 12


ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL Y GOBIERNO ESCOLAR


ART. 48 COMUNIDAD EDUCATIVA

La comunidad educativa está constituida por las personas que tienen
responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del
Proyecto Educativo Institucional y por las que en otra forma participan de la vida
del Colegio e inciden en el proceso educativo de los estudiantes.


Se compone de los siguientes estamentos:
1. Estudiantes que se han matriculado.
2. Padres y madres de familia, acudientes o en su defecto, los responsables de
la educación de los estudiantes matriculadas.

3. Docentes vinculados que laboren en la Institución.
4. Directivos docentes y administradores escolares que cumplen funciones
directas en la prestación del servicio educativo.
5.   Directivas    DEL    INSTITUTO      TECNICO        COLOMBIANO      INTECOL
BUCARAMANGA
6. Personal de mantenimiento, aseo y servicios generales.
Todos ellos, según su competencia, participarán en el diseño, ejecución y
evaluación del Proyecto Educativo Institucional y en la buena marcha del
Establecimiento.




ART. 49 ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL
1.     Rectora
2.     Consejo Directivo
3.     Consejo Académico
4.     Consejo de Padres.
5.     Directivos Docentes
6.     Asamblea de Docentes
7.     Encargada de Grupo
8.     Personera
9.     Consejo de Estudiantes
10.    Asociación de Padres de Familia




ART. 50 ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR

1.     Rectora
2.     Consejo Directivo
3.     Coordinadora Académica
4.     Consejo Académico
5.     Consejo de Padres
6.     Directivos Docentes
7.     Asamblea de Docentes
10.    Encargada de grupo.




ART. 51 OBJETIVO DEL GOBIERNO ESCOLAR


Organizar instancias representativas de la Comunidad Educativa para la práctica
de la participación en la vida escolar.




ART. 52 RECTORA
Nombrada por la Dueña de la Institución.


FUNCIONES DE LA RECTORA


1.    Ejercer la representación legal del Colegio.


2.    Aprobar el currículo, el plan de estudios y el calendario para que en el
Colegio todo se      encamine a lograr de la mejor manera posible los objetivos del
Proyecto.


3.    Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional.


4.    Orientar el proceso educativo con la asesoría del Consejo Directivo y el
Consejo Académico.


5.    Velar por el cumplimiento de las funciones pedagógicas y el oportuno
aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.


6.    Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones y experiencias educativas
para canalizarlas en favor del mejoramiento del proyecto Educativo Institucional.


7.    Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la
educación en el Establecimiento.


8.    Tomar las decisiones después de haber escuchado las sugerencias que
hace el GobiernoEscolar.


9.     Autorizar la admisión de estudiantes y docentes al Colegio.




10.     Velar por la atención y la orientación de los Padres de Familia, Docentes,
estudiantes y demás Miembros de la Comunidad Educativa.
11.    Mantener comunicación con las Autoridades Educativas para el continuo
progreso académico de la Institución y de la relación Colegio- Comunidad.


12.    Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos
de la Comunidad Educativa.


13.   Estimular el compromiso de los Padres de Familia, los Docentes y los
estudiantes con el Proyecto Educativo Institucional.


14.   Velar por el buen manejo de los bienes del Colegio y el riguroso
cumplimiento de las disposiciones al respecto.


15.   Autorizar las publicaciones oficiales o de cualquier índole que se hagan en
el Establecimiento.


16.    Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, con relación
a la prestación del servicio educativo.


17.   Las demás funciones afines y complementarias que se deriven de otros
capítulos del Proyecto educativo.
ART. 53 CONSEJO DIRECTIVO


Instancia representativa de la Comunidad Educativa que asesora a la Rectora en
la dirección del Establecimiento y en la orientación académica.
Dentro de los primeros sesenta días calendario siguientes al de la iniciación de
clases de cada período lectivo anual, deberá quedar integrado el Consejo Directivo
y entrar en el ejercicio de sus funciones. Con tal fin la Rectora convocará con la
debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones
correspondientes.


FUNCIONES
1.    Asesorar a la Rectora para el buen funcionamiento de la Institución.


2.    Adoptar el Proyecto Educativo Institucional, Manual de Convivencia o el
Reglamento de la Institución, el Currículo y el Plan de Estudios y asesorar a la
Rectora en su aplicación.


3.    Estimular el buen funcionamiento de la Institución.


4.    Atender los casos que según el Manual de Convivencia sean de su
competencia.


5.    Asesorar a la Rectora en las situaciones conflictivas que se presenten.


6.    Aportar elementos que ayuden en la evaluación de los docentes, directivos
docentes y personal administrativo en la Institución.

7.    Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

8.    Promover la conformación de organizaciones juveniles y las relaciones con
otras instituciones educativas.
INTEGRANTES


La   Rectora,   quien   lo   preside   y   convoca   ordinariamente   cada    mes   y
extraordinariamente cuando lo considere conveniente.


•    Dos representantes del personal docente.
•    Dos representantes de los padres de familia.
•    Una representante de las estudiantes que esté cursando el último grado.


CRITERIOS Y MODOS DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES AL
CONSEJO DIRECTIVO PERSONAL DOCENTE
CRITERIOS


1. Representación de los docentes así: uno por Preescolar, uno por            Básica
Primaria y otro por Básica y Media.


2. Sentido de pertenencia a la Institución y pasión por la tarea educativa.


3. Identificación con el Proyecto Educativo.


4.   Actitudes y comportamientos acordes con los valores propuestos en el
Proyecto Educativo Institucional.


5.    Actitudes que faciliten el diálogo, el trabajo en equipo, la búsqueda
pedagógica, el progreso y crecimiento de la Institución.
MODO DE ELECCIÓN


1.     Los docentes de elegirán entre ellos su representante, así mismo los
docentes de Básica y de Media elegirán entre ellos el suyo.


2.     En asamblea los docentes elegirán su representante mediante voto secreto
y por mayoría relativa.


PADRES DE FAMILIA CRITERIOS

1. Representación de los padres de familia así: Un miembro de la Junta Directiva
de la Asociación de Padres y un miembro del Consejo de Padres.


2. Identificación con el Proyecto Educativo.


3.   Actitudes y comportamientos acordes con los valores propuestos en el
Proyecto Educativo Institucional.


4.   Actitudes que faciliten el diálogo, el trabajo en equipo, la búsqueda
pedagógica, el progreso y crecimiento de la Institución.


5. Padre o madre de familia cuya hija lleve como mínimo un año matriculada en la
Institución.


6. Actitud de colaboración, respeto y apoyo al proceso educativo que el Colegio
realiza.


7. Honestidad de vida familiar y social.
MODO DE ELECCIÓN

1. La Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia y el Consejo de
Padres tendrán elegirán su representante según el principio de democracia.


ESTUDIANTES


CRITERIOS


1.    Sentido de pertenencia a la Institución y capacidad de influir positivamente
para buscar el bien común.


2.    Identificación con el Proyecto Educativo.


3.    Actitudes y comportamientos acordes con los valores propuestos en el
Proyecto Educativo Institucional.


4.    Actitudes que faciliten el diálogo, el trabajo en equipo, la búsqueda
pedagógica, el progreso y crecimiento de la Institución.


5.    Buena relación con sus compañeras, docentes y demás miembros de la
comunidad educativa;
6.    capacidad de afrontar y resolver conflictos en forma pacífica.


7.    Responsabilidad en el cumplimiento de sus deberes.


8.    Capacidad de actuar con autonomía, imparcialidad y libertad.


9.    No haber pertenecido al Consejo Estudiantil, en el año anterior.
MODO DE ELECCIÓN


1. Los estudiantes del último grado, después de reflexionar los criterios para
la elección de la representante al Consejo Directivo escogen entre ellas, los
candidatos que se presentarán al Consejo Estudiantil, para que éste elija.
Los candidatos deberán tener como mínimo, el respaldo de un 20% de los
estudiantes de Undécimo Grado.


2. Decisión democratiza por parte del Consejo Estudiantil.


3. Se procede a la elección entre los candidatos presentados por los estudiantes
del último grado que ofrece la Institución.


4. En asamblea el Consejo Estudiantil elegirá la representante mediante
voto secreto y por mayoría relativa.


EXALUMNOS


CRITERIOS


Identificación con su Proyecto Educativo.


•     Sentido de pertenencia a la Institución e interés, actualización y
comprensión de las búsquedas educativas del País y del Colegio.
•     Actitudes y comportamientos acordes con los valores propuestos en el
Proyecto Educativo Institucional. Actitudes que faciliten el diálogo, el trabajo en
equipo, la búsqueda pedagógica, el progreso y crecimiento de la Institución.
•     Exalumno con tiempo disponible para atender los compromisos que
implica la pertenencia al Consejo Directivo.




MODO DE ELECCIÓN
1. La Junta de la Asociación de Ex alumnos reflexionará sobre los criterios
en la decisión que se ha de tomar.
3.   El Consejo Directivo analizará la terna propuesta y designará de común
acuerdo a la ex alumno(a) que prestará este servicio.




SECTOR DE APOYO CRITERIOS


1.    Identificación o sintonía con su Proyecto Educativo. Interés, actualización y
comprensión en las búsquedas educativas del País y del Colegio.


2.    Actitudes y comportamientos acordes con los valores propuestos en
el Proyecto Educativo Institucional.


3.    Actitudes que faciliten el diálogo, el trabajo en equipo, la búsqueda
pedagógica, el progreso y crecimiento de la Institución.


4.    Tiempo disponible para atender los compromisos que implica la pertenencia
al Consejo Directivo. Capacidad de aportar desde el sector que representa,
elementos que enriquezcan la tarea Pedagógica.
ART. 54 CONSEJO ACADÉMICO


Instancia superior para participar en la orientación pedagógica del Establecimiento.


FUNCIONES


1.    Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la
propuesta del Proyecto Educativo Institucional.


2.    Estudiar el Currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo
las modificaciones y ajustes necesarios.


3.    Orientar la ejecución del Plan de Estudios.


4.    Participar en la evaluación Institucional anual.


5.    Nombrar las comisiones que sean asignadas por la legislación vigente,
con el fin de definir la promoción de un grado a otro, analizar los casos
persistentes de superación o insuficiencia en la consecución de los logros y
prescribir las actividades pedagógicas complementarias y necesarias para superar
las deficiencias, o recomendar la promoción.
6.    Dar sugerencias y aportar a la actualización pedagógica de los docentes.


10.   Conocer y aprobar la planeación, de cada Área, de cada proyecto y su
respectiva articulación.


11.   Seguir e impulsar el proceso de cada Área y el desarrollo de los proyectos
escolares.


12.   Estimular la incorporación de la investigación al proceso de aprendizaje.
INTEGRANTES


    • La   Rectora,   lo   preside y   convoca ordinariamentecada quince día y
     extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
•    Directivos docentes.
•    el coordinador(a) de cada Área definida en el Plan de Estudios.
•    Una representante de Preescolar. (Elegida por la Rectora)
ART. 55 CONSEJO DE PADRES


Elegido anualmente por la Asamblea de Padres. La elección se hará en las
reuniones de comienzo de año, en la que participan los padres de familia de cada
grado. La Rectora presenta la identidad, los objetivos y las funciones del Consejo
de padres. Se postulan los padres de familia que deseen pertenecer al Consejo,
por votación y mayoría de votos se eligen los padres representantes de cada
grado.


El Consejo se reunirá al menos tres veces al año y organizará con la Rectora
los comités de trabajo que considere pertinentes para ayudar al mejoramiento
institucional.


FUNCIONES:


Contribuir con la Rectora en el análisis, difusión, y uso de los resultados de las
evaluaciones periódicas de las competencias y pruebas de Estado.


Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el
establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los
estudiantes.


Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los
objetivos planeados.
Promover actividades de formación de padres de familia encaminadas a

                             acompañamiento a las estudiantes para facilitar el
desarrollar estrategias de

afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la
                                                    práctica de hábitos de estudio
extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y
especialmente aquellas destinadas a promover los derechos de los niños, niñas y
adolescentes.
ART. 56 DIRECTIVOS DOCENTES


Según las necesidades del Plantel el Rector nombrará los Coordinadores
necesarios, sus funciones están definidas en el perfil de cargo de cada directivo
docente:

Coordinador(a) academica.


ART. 57 ASAMBLEA DE DOCENTES


Instancia que congrega la totalidad de los Docentes y Directivos Docentes, del
Establecimiento.


INTEGRANTES


•     La Rectora quien la convoca y preside.
•     Directivos Docentes.
•     Docentes
•     Personal Administrativo, cuando se juzgue necesario.


FUNCIONES
1. Reflexionar sobre asuntos y     temas de carácter pedagógico, disciplinario y
organizativo para aunar puntos de vista buscando el bien de toda la Comunidad
Educativa.


2. Poner en común propuestas, inquietudes y necesidades de los estudiantes y
de los docentes y buscar la manera de responder.


3. Hacer aportaciones a la Rectora, a los Consejos Directivo y Académico
sobre diferentes aspectos de la vida escolar.
ART. 58 ENCARGADA DE GRUPO


Nombrada por la Rectora.


FUNCIONES


1.   Colaborar en la creación de un ambiente de alegría, entusiasmo y
responsabilidad en las tareas académicas y demás actividades de la vida escolar.


2.   Apoyar a la Rectora y a los coordinadores(as) en las directrices que se
vayan dando en el Proyecto Educativo.


3.   Velar por la buena marcha de los grupos: la normalización, asistencia,
puntualidad, orden y comportamiento.


4.   Realizar el seguimiento personal de los estudiantes a su cargo, para
orientarlas en su proceso formativo.


5.   Atender las diferentes situaciones que se presentan en su grupo de acuerdo
con el Proyecto Educativo Institucional.


6.   Establecer comunicación con los padres de familia para aunar esfuerzos
en el proceso de formación de los hijos.


7.   Rendir los informes solicitados por las distintas dependencias del Colegio,
respecto a las estudiantes a su cargo.
8.    Mantener una comunicación sincera y cercana con la Rectora y con los
Directivos
9.    Otras encomendadas por el jefe inmediato.
ART. 59 PERSONERO(A) DE LOS ESTUDIANTES


Estudiante   de último grado, encargada(o),      de promover el ejercicio de los
derechos y deberes de las estudiantes.


CRITERIOS


1.    Conocimiento de los deberes y derechos consagrados en la Constitución,
Código del Menor y en el Reglamento o Manual de Convivencia.


2.    Responsabilidad en el cumplimiento de sus deberes y respeto por los
derechos de los demás.


3.    Actitudes y comportamientos acordes con los valores propuestos en el
Proyecto Educativo institucional.


4.    Buen rendimiento académico, dada la dedicación y tiempo que le
supone ejercer con responsabilidad este servicio.


5.    Sentido de pertenencia a la Institución y capacidad de influir positivamente
para buscar el bien común.


6.    Buena relación con sus compañeros, docentes y demás miembros de la
comunidad educativa.


7.    Capacidad de tomar decisiones con responsabilidad, objetividad y sentido
crítico y de actuar con autonomía, imparcialidad y libertad.


8.    Actitudes que faciliten el diálogo, el trabajo en equipo, la búsqueda
pedagógica, el progreso y crecimiento de la Institución.
MODO DE ELECCIÓN




1.    La Rectora convocará dentro de los 30 días calendario siguiente a la
iniciación del año escolar a todos las estudiantes para iniciar el proceso de
elección de Personera.


2.    Los candidatos buscarán las formas para darse a conocer a todos los
estudiantes.


3.    Elaborarán el tarjetón para el proceso de elección.


4.    Se hará la elección con la participación de todos los estudiantes
matriculados mediante voto secreto y por mayoría relativa.


5.    Cuando el     Personero se viere precisada a renunciar, procederá de la
siguiente manera: En diálogo personal expondrá sus motivos a la Rectora para
confrontar las razones que la llevan a esta decisión.


6.    Si la decisión se mantiene formulará la renuncia por escrito para
hacerla pública a las estudiantes.     La sucederá en el cargo el estudiante que
haya tenido el segundo puesto en las votaciones.




PARÁGRAFO
El ejercicio de cargo de Personero de las estudiantes es incompatible con el
representante ante el Consejo Directivo.
FUNCIONES


1.    Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de las estudiantes,
para lo cual podrá organizar actividades en coordinación con la Rectora.


2.    Velar por el bien común.


3.    Presentar ante las instancias correspondientes las solicitudes que
considere necesarias para proteger los derechos de las estudiantes y facilitar el
cumplimiento de sus deberes.


4.    Presentar ante la Rectora, después de haber seguido los conductos
regulares, las peticiones que considere necesarias para proteger los derechos de
las estudiantes y facilitar el cumplimiento de los deberes.
ART. 60 CONSEJO ESTUDIANTIL


Máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la
participación por parte de los estudiantes.




INTEGRANTES:


Un estudiante de cada grado.


CRITERIOS


1.    Sentido de pertenencia a la Institución y capacidad de influir
positivamente para buscar el bien común.


2.    Identificación con su Proyecto Educativo.


3.    Actitudes y comportamientos acordes con los valores propuestos en el
Proyecto Educativo Institucional.


4.    Ser lazo de unión y comunicación para ayudar a que todos los
miembros del grupo aporten constructivamente.


5.    Actitudes que faciliten el diálogo, el trabajo en equipo, la búsqueda
pedagógica, el progreso y crecimiento de la Institución.


6.    Buena relación con sus compañeras (os), docentes y demás miembros de
la Comunidad Educativa.


7.    Responsabilidad en el cumplimiento de sus deberes.
MODO DE ELECCIÓN


1.    La Rectora convocará dentro de los 30 días siguientes a la iniciación del
año escolar a todas las estudiantes para iniciar el proceso de elección.
2.    Los estudiantes de cada grado escucharán los proyectos que hayan
elaborado los candidatos(as) de cada grupo.
3.    En asamblea, cada grado elegirá su representante con voto secreto y por
mayoría relativa.




FUNCIONES


1.    Elegir la representante de las estudiantes ante el Consejo Directivo
del Establecimiento y asesorarla en el cumplimiento de su representación.


2.    Ser lazo de unión entre estudiantes y docentes y demás estamentos de la
Comunidad Educativa.
3.    Acoger las iniciativas que surjan entre los estudiantes para el buen
funcionamiento y desarrollo de la Institución.


4.    Llevar a cabo proyectos en bien del Colegio en coordinación con la
Rectora.


5.    Colaborar con la Rectora en el desarrollo de las tareas que les
encomienden.
ART. 61 ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA


Integrada por los Padres de Familia o Acudientes de lo matriculados   en el
Colegio.




ASAMBLEA DE DELEGADOS


Órgano de la Asociación de Padres de Familia, es un medio de participación
de los Padres y Acudientes en el Establecimiento.


Está integrado por dos representantes de los padres de familia de los
estudiantes de cada grupo.

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  • 1. MANUAL DE CONVIVENCIA O REGLAMENTO INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO BUCARAMANGA El presente Manual de Convivencia fue debidamente discutido y analizado por los estudiantes, los docentes y la Junta de la Asociación de Padres de Familia y adoptado por el Consejo Directivo de DEL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO el día 17 de Enero del año 2013.
  • 2. TABLA DE CONTENIDO RESOLUCIÓN RECTORAL FUNDAMENTACIÓN LEGAL CAPÍTULO 1. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA CAPÍTULO 2. CONCEPTUALIZACIÓN DE TÉRMINOS. CAPÍTULO 3. DERECHOS Y DEBERES. CAPÍTULO 4. ESTÍMULOS Y CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS CAPÍTULO 5. FALTAS DISCIPLINARIASY CORRECTIVOS. CAPÍTULO 6. FALTAS DE CONDUCTA Y CORRECTIVOS. CAPÍTULO 7. PROCESO DISCIPLINARIO. CAPÍTULO 8. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
  • 3. CAPÍTULO 9. NORMAS GENERALES. CAPÍTULO 10. ADMISIONES. CAPÍTULO 11. SISTEMA POR EL CUAL SE DETERMINA EL COSTO DE LAS MATRÍCULAS Y PENSIONES.
  • 4. CAPÍTULO 12. ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL Y GOBIERNO ESCOLAR. CAPÍTULO 13. REGLAMENTOS ESPECIALES • REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DEL ESTUDIANTADO • REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA • REGLAMENTOS DE LAS SALAS DE CÓMPUTO CAPÍTULO 14. MANUAL DE FUNCIONES
  • 5. RESOLUCIÓN RECTORAL No. 002 17 de Enero de 2013 POR LA CUAL SE APRUEBA EL MANUAL DE CONVIVENCIA E N S U SEGUNDA EDICION DEL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO La Rectora del Colegio, Dra. Edna Leon Gomez, en uso de sus facultades legales CONSIDERANDO 1. Que la Constitución Nacional que nos orienta estableció la supremacía de ella sobre cualquier ley o norma jurídica que le sean incompatibles, Art. 4º; y consagró la igualdad de las personas ante la Ley, Art. 13; el libre desarrollo de la personalidad, Art. 16; libertad de creencias y cultos, Art. 18 y 19 respectivamente; el derecho a la honra, Art. 21. El derecho a la petición, Art. 23; la libertad de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra, Art. 27; el debido proceso, Art. 29; la libertad de reunirse pública y pacíficamente, Art. 37; la obligatoriedad del estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica, Art. 41; los derechos de los niños, incluyendo en ellos el de la educación, Art. 67; sobre los establecimientos educativos, Art. 68; derecho de la cultura, Art. 70. 2. Que la Ley 1098 de 2006 regula lo concerniente al Código de la Infancia y de la Adolescencia. 3. Que la Constitución de 1991 consagra los derechos del niño y una de las responsabilidades más importantes del Estado Social de Derecho consiste en la protección de la niñez. (Art.1) 4. Que el Decreto Departamental 1423 de 1993 ordena la obligación de elaborar el Manual de Convivencia o Reglamento Estudiantil dentro de los parámetros que marca la Constitución Política, La Ley de la Infancia y la Adolescencia, el Reglamento Disciplinario para Docentes y la Filosofía Institucional.
  • 6. 5. Que para la elaboración del presente Manual de Convivencia se tuvieron en cuenta la Ley 115 de 1994, ley 3011 de 1.997 y sus Decretos reglamentarios. 6. Que en este proceso se recoge la participación de los miembros de la Comunidad Educativa, en sus distintos estamentos como la 2a. Edición del Manual de Convivencia en 2.013 7. Que en él se especifican las opciones que se deben elegir en determinadas circunstancias y que corresponden tanto, al comportamiento comunitario como individual de los estudiantes y califican este comportamiento social y su actitud frente al proceso educativo. 8. Que el presente Manual de Convivencia, cumple la función de servir de guía, correctivo y estímulo para la dinámica del hecho educativo y obtener así el logro de los objetivos propuestos en EL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO INTECOL BUCARAMANGA 10. Que se vinculan a la obligatoriedad de las normas del Manual de Convivencia, de manera significativa, los padres o acudientes que por ser educadores primarios que soportan su aplicabilidad. 11. Que este Manual de Convivencia o Reglamento, ha sido adoptado por el Consejo Directivo en fecha 17 de Enero del año 2013.
  • 7. RESUELVE ARTÍCULO ÚNICO: Aprobar el presente Manual de Convivencia, como instrumento válido y necesario para orientar el desempeño de la Comunidad Educativa en las diferentes situaciones. Este Reglamento acoge en sus disposiciones los principios y normas de la Legislación vigente y el espíritu, la filosofía y la pedagogía de la institución educativa. COMUNÍQUESE DIVULGUESE Y CÚMPLASE Dada en Bucaramanga el día 17 de enero del año 2013 Dra. Edna Leon Gomez Rectora Dr. Juan Manuel Amado Martinez Coordinador
  • 8. FUNDAMENTACIÓN LEGAL CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA, 1991. DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO GINEBRA 1924. CÓDIGO DE LA INFANCIA Y DE LA ADOLESCENCIA. Ley 1098 de 2006. DECRETO 1290 DE 16 DE ABRIL DE 2.009 LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, Ley 115 de 1994, Ley 3011 de 1.997 ACUERDO 04-2000 ("Por el cual se crean los comités de convivencia en los. establecimientos educativos oficiales y privados) DECRETOS Y CIRCULARES REGLAMENTARIAS VIGENTES.
  • 9. Capítulo 1 OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ART. 1 OBJETIVOS El Manual de Convivencia DEL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO INTECOL BUCARAMANGA Tiende al logro de los siguientes objetivos: 1. Presentar a la Comunidad Educativa la Filosofía de la Institución con el fin de que sirva de referente a la vivencia del Proyecto Educativo. 2. Establecer criterios que estimulen, a los miembros de la Comunidad Educativa, al conocimiento y al ejercicio de sus derechos y de sus deberes. 3. Contribuir a la creación de un ambiente escolar formador, donde se viva el respeto, la tolerancia, el diálogo, la participación solidaria y la búsqueda del bien común. 4. Contribuir a la estructuración de la personalidad, teniendo en cuenta que la niñez y la adolescencia son etapas de la vida que favorecen la introyección de las normas y la apertura a los valores. 5. Aplicar las normas que regulan el nuevo orden social, en lo concerniente a los Derechos y deberes fundamentales, según la Constitución Colombiana de 1991.
  • 10. CAPÍTULO 2 CONCEPTUALIZACIÓN DE TÉRMINOS ART. 2 CONCEPTUALIZACIÓN DE TÉRMINOS Para alentar la finalidad pedagógica de este reglamento y para facilitar la valoración de las conductas objeto de regulación, se delimitan los siguientes términos de esta manera: 1. CONDUCTA: Es la forma instrumental en la que una persona mantiene comunicación, cohesion, libertad, en las relaciones con los demás personas, según las normas moral y social. 2. DISCIPLINA: Es el conjunto de normas que regulan la convivencia. Se refiere tanto al mantenimiento del orden colectivo como a la creación de hábitos de organización y de respeto a cada uno de los miembros que constituyen la Comunidad Educativa. 3. DERECHOS: Conjunto de facultades y prerrogativas que permiten a su titular el pleno desarrollo de sus potencialidades individuales y el crecimiento personal. 4. DEBERES: Conjunto de obligaciones y responsabilidades que tiene una persona por el hecho de pertenecer a una comunidad. 5. ESTÍMULO: Es la acción formativa, correctiva.
  • 11. 6. CORRECTIVO: Es la consecuencia que surge de la realización de una falta disciplinaria o de conducta establecida en el Manual de Convivencia. Pueden ser pedagógicos o disciplinarios y pretenden asegurar la convivencia escolar y el cumplimiento de los objetivos del Colegio. 7. CORRECTIVO PEDAGÓGICO: Es la acción educativa mediante la cual se busca que el estudiante reflexione sobre su proceso de crecimiento personal con el propósito de generar cambios de actitud, que le permitan ser más consciente de la responsabilidad personal ante su propia formación. Los correctivos son instrumentos utilizados por el Colegio a través de sus directivas y docentes para reorientar el comportamiento de los estudiantes que incurran en alguna falta. 8. CORRECTIVO DISCIPLINARIO: Es una acción pedagógica institucional por medio de la cual se pretende que el estudiante que incurra en una falta disciplinaria reflexione, asuma conscientemente la responsabilidad por su acto. 9. FALTA DISCIPLINARIA: Es un comportamiento personal y específico que implica la extralimitación de un derecho o el incumplimiento de un deber y que, por lo tanto, desconoce o se aparta de un valor, con lo cual hacer daño real o posible, a su propia persona o la comunidad educativa en alguno de sus miembros.
  • 12. 10. DEBIDO PROCESO El Colegio dará pleno cumplimiento y respetará el debido proceso consagrado como derecho fundamental en el artículo 29 de la Constitución Política de Colombia.
  • 13. CAPÍTULO 3 DERECHOS Y DEBERES ART. 3 DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Los integrantes de la Comunidad Educativa DEL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO INTECOL BUCARAMANGA son titulares de derechos y por lo tanto sujetos de los deberes correlativos que a continuación se relacionan: DERECHOS Y DEBERES 1. Ser reconocido y valorado como persona y como estudiante DEL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO INTECOL BUCARAMANGA 2. Valorar la pertenencia a la Institución y manifestarlo en actitudes y comportamientos dentro y fuera del Colegio. 3. Respetar los símbolos y distintivos del Colegio. 4. Llevar el uniforme con sencillez, dignidad, respeto y autonomía. Parágrafo uno: El uniforme de la institución es un polo blanco, con el distintivo institucional que le acredita como estudiante y será una obligación tenerlo y portarlo acompañado con un jean de selección del estudiante, este jean debe ser clásico y no debe empañar la imagen del instituto con raspaduras, cortadas y/o otros que afecten la buena presentación, así mismo queda terminantemente prohibido el uso de jeans no clásicos de colores, pantalones cortos, pantalonetas o camisetas con accesorios no propios de la institución, estudiante que no posea el uniforme tal cual se emana en este manual de convivencia se realizara el respectivo correctivo el cual es el no ingreso a clase hasta tanto no sea cambiado o sustituido.
  • 14. 5. Compromiso con la Institución, su desarrollo y prolongación en el tiempo. 6. Participar activamente en el proceso de formación y en la vida de la comunidad, aportando sus iniciativas y sugerencias. 7. Colaborar en las diferentes actividades de la vida escolar. 8. Recibir una educación integral, fundamentada en competencias ciudadanas. 9. Responder positivamente a las oportunidades que la Institución ofrece para la formación integral. 10. Recibir ayuda y apoyo en la construcción del proyecto de vida 11. Tener actitudes y comportamientos acordes con el Proyecto Educativo institucional. 12. Ser acogido como persona por parte de todos los miembros de la Comunidad Educativa, respetando su identidad y sus diferencias individuales. 13. Poner todo el empeño en su proceso de crecimiento y maduración personal. 14. Expresar sus puntos de vista en las diferentes circunstancias de la vida escolar. 15. Ser escuchado dentro de un clima de diálogo y respeto. 16. Expresar con sinceridad y respeto sus puntos de vista respetando el discurso y los argumentos de los demás miembros de la comunidad académica.
  • 15. 17. Recibir un trato cortés y amable por parte de los miembros de la Comunidad Educativa. 18. Dar trato respetuoso a todas las personas que conforman la Comunidad Educativa. 19. Encontrar orientación y ayuda para afrontar adecuadamente situaciones problemáticas. 20. Buscar orientación y ayuda para la solución de situaciones conflictivas. 21. Tener actitudes y comportamientos que favorezcan una relación sencilla, cercana y libre de intereses. 22. Abstenerse de realizar ventas, rifas y colectas dentro y fuera de la institución, asi mismo utilizar el nombre de la institución con fines comerciales. 23. Recibir apoyo y acompañamiento de los padres en el proceso de formación. 24. Poner en práctica las orientaciones familiares que favorezcan su crecimiento personal. 25. Ser reconocido(a), aceptado(a) y respetado(a) en la función específica que se le haya delegado. 26. Cumplir con responsabilidad y las funciones del servicio que se le ha confiado.
  • 16. 27. Contar con educadores con valores humanos y suficiente calidad académica que le ayuden a crecer como persona. 28. Establecer relación respetuosa y cordial con los educadores. 29. Encontrar educadores que cumplan con su deber profesional: preparación de clases y actividades, responsabilidad en la evaluación de los procesos enseñanza y aprendizaje. 30. Cumplir con todas las obligaciones propias de su condición de estudiante: tareas, consultas, realización de proyectos y demás actividades complementarias asignadas por docentes y directivos. 31. Conocer los criterios de evaluación de cada Asignatura y los resultados del proceso, si es el caso, solicitar rectificación. 32. Asumir los resultados de manera analítica de su proceso académico y formativo. 33. Ser reconocido(a) en sus esfuerzos y logros respecto a la tarea educativa. 34. Ser atendido(a) personalmente o con sus padres para recibir información sobre su proceso formativo y situación académica 35. Acudir oportunamente a la persona indicada, siguiendo el conducto regular, para recibir orientación e información necesaria sobre su proceso formativo. 36. Contar con un ambiente escolar sano y agradable que facilite el proceso educativo. 37. Cuidar y conservar los recursos naturales y físicos que hay en la Institución.
  • 17. Paragrafo dos: todo daño causado dentro del estamento, deberá ser pagado por el estudiante o los estudiantes implicados, sin excepción. 38. Contribuir a la conservación del orden y el aseo del Colegio. 39. Tener acceso, con la debida autorización, a los bienes y servicios que ofrece el Establecimiento. 40. Cuidar los bienes, responder disciplinaria y económicamente por los daños ocasionados a las instalaciones, dotaciones y servicios del Colegio. 41. Tener sus útiles y bienes personales. 40. Respetar las pertenencias del Colegio, de los compañeros, docentes y demás miembros de la Comunidad Educativa. 42. Evitar traer al Colegio objetos innecesarios o distractores para el desempeño escolar. Parágrafo tres: Queda terminantemente prohibido el uso en clases de Ipad, Iphone, celulares, computadores portátiles y otros que no sean para el proceso académico, tales como radios o dispositivos móviles, para este caso el docente decidirá amonestar al estudiantes desde un llamado de atención, hasta la suspensión del mismo o debido proceso disciplinario. 43. Tener el tiempo y espacio adecuados para el descanso, la recreación y el deporte. 44. Disfrutar sanamente las oportunidades de recreación y descanso. 45. Participar en actividades académicas, culturales, deportivas y otras que se programen.
  • 18. 46. Asistir puntualmente a las actividades curriculares y extracurriculares programadas ocasionalmente. 47. Representar adecuadamente al grupo y/o Establecimiento en las distintas actividades y reaccionar con madurez ante los éxitos y fracasos. 48. Tener el carné de estudiante que la identifique como miembro de la Institución. 48. Portar el carné de estudiante y llevar el uniforme del Colegio para las actividades escolares y hacer buen uso de él. 49. Cumplir con los deberes sin exceder sus derechos.
  • 19. ART. 4 DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES 1. Ser respetado en su vida e integridad física y moral. 2. Respetar la persona y los derechos de todos los miembros de la Comunidad Educativa. 3. Ser informado directa y oportunamente sobre los aspectos de su persona y de su desempeño profesional que necesitan ser mejorados. 4. Manifestar la propia identidad, asumiendo su ser de Educador en la institución 5. Adaptarse a las políticas institucionales. 6. Actuar con pulcritud, en su manera de presentarse, en su vocabulario, gestos y actitudes, para ser ejemplo vivo en sus estudiantes. 5. Gozar de un clima de confianza que propicie el diálogo sincero para ayudar al crecimiento de la Institución. 6. Informar veraz y oportunamente, a la persona competente sobre los asuntos de los cuales tenga conocimiento y que afecten la Institución. 7. Tener sentido de pertenencia con la Institución y con el grupo de compañeros. 8. Tener actitudes que faciliten el diálogo, el trabajo en equipo, la búsqueda pedagógica y el crecimiento personal y de la Institución.
  • 20. 9. Contar con la debida reserva sobre sus datos personales. 10. Consignar con transparencia en la Secretaría los datos personales requeridos para su identificación. 11. Mantenerse dentro del marco del condigo deontológico de su profesión. 12. Recibir trato justo y respetuoso por parte de las directivas, personal de servicios, compañeros, padres de familia y estudiantes de la Institución. 13. Tratar a todos los miembros de la Comunidad Educativa con respeto. 14. Expresar sus apreciaciones en un clima que propicie el diálogo y posibilite el crecimiento de los educandos. 15. Atender a los estudiantes y padres de familia, en los horarios previamente establecidos y brindar la orientación y ayuda que sean necesarias. 16. Conocer las situaciones que afecten la vida de los estudiantes para ayudarles más eficazmente en su proceso de superación personal. 17.Guardar reserva sobre los asuntos de los educandos que sean de su conocimiento siempre y cuando no se violen sus derechos y deberes. 18. Formar parte de una Comunidad Educativa que tenga identidad nacional y valore lo propio. 19. Propiciar el conocimiento y comprensión de la realidad nacional para consolidar los valores democraticos.
  • 21. 20. Educar para la conservación de los recursos naturales, la protección del medio ambiente y el buen uso del espacio público. 21. ser perseverante en su crecimiento como docente profesionalizándose y Cualificándose permanentemente. 22. Contar con unos recursos educativos y un ambiente escolar, que despierte la inquietud intelectual e impulse las búsquedas del conocimiento. 23. Impulsar en el Colegio interés por el conocimiento y la investigación. 24. Evaluar el proceso enseñanza- aprendizaje según los logros establecidos en el Proyecto Educativo Institucional. 25. Reconocer y respetar las diferencias en el ritmo de aprendizaje de los estudiantes y ofrecer oportunidades de avanzar en el proceso educativo, según sus capacidades y aptitudes personales. 26. Ser honestos y responsables en el proceso de evaluación académica. 27. Escuchar, analizar y solucionar en primera instancia, las dificultades académicas y/o disciplinarias que se presenten en su asignatura y/o en la marcha del Colegio. 28. Escuchar con serenidad las inquietudes de los estudiantes y atender a sus reclamos dentro del tiempo asignado para ello. 29. Disponer del material adaptado a las necesidades de los estudiantes para un mejor desempeño académico. 30. Esmerarse por la conservación de documentos, útiles, libros, equipos, muebles y bienes que le sean confiados.
  • 22. 31. Contar con que las tareas que se le asignen estén de acuerdo con su capacitación y competencia profesional. 32. Desempeñar con eficiencia las funciones de su cargo. 33. Conocer, en cuanto sea posible, la programación y responsabilidades que le correspondan. 34. Participar en reuniones y actividades programadas por la Institución. 35. Contar con la debida autorización de la Rectora y/o Coordinador para la organización de actividades extracurriculares y con el consentimiento informado de los padres de familia para que el estudiante participe en ellas. 36. Conocer con anticipación el calendario escolar, la programación y las orientaciones necesarias para la elaboración de la documentación requerida. 37. Elaborar correctamente todos los documentos requeridos por la Dirección, Secretaría y la Administración del Establecimiento. 38. Recibir oportunamente la remuneración asignada. 39. Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo requerido, dentro de ésta, para el desempeño de las funciones propias de su cargo. 40. Abstenerse de solicitar préstamos en dinero o cualquier otro beneficio económico de los estudiantes. No realizar ventas, ni rifas, ni recolectas para beneficio propio.
  • 23. 41. Presentar de manera respetuosa a la jefe de personal las inquietudes que tengan en el campo laboral para que le sean resueltas. 42. Ausentarse del Colegio en caso de necesidad, enfermedad, o calamidad doméstica, previo autorización de la Rectoría o Coordinación. 43. Solicitar la autorización para ausentarse del Plantel con razón justificada y en lo posible dejar organizadas sus responsabilidades. 44. Aprovechar las oportunidades de capacitación y actualización que el entorno o la Institución le ofrecen. 45. Compartir con la comunidad educativa las experiencias y aprendizajes adquiridos.
  • 24. ART. 5 DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA 1. Comprometerse con el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional DEL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO INTECOL BUCARAMANGA 2. Manifestar a sus hijos, con su vida la validez del Proyecto del Colegio en el cual les quieren formar, para no generar en ellos la contradicción entre lo que se dice y lo que se hace. 3. Respaldar los procesos que tanto en el plano académico específico, como en toda la dimensión formativa, realiza el Colegio, en su empeño para que el estudiante asimile los valores en los que se busca formar. 4. Apoyar las acciones educativas del Colegio, cooperando para que su hijo se comprometa con ellos. 5. Cumplir los compromisos adquiridos con el Colegio al firmar la matrícula y los que genere el proceso educativo del estudiante durante el año lectivo. 6. Evitar comentarios y/o acciones negativos que vayan en detrimento de miembros de la Comunidad Educativa o de la Institución. 7. Orientar a sus hijos y apoyarlos en su proyecto de vida. 8. Propiciar en el hogar un ambiente que favorezca el proceso enseñanza- aprendizaje y la formación integral. 9. Dar un buen trato a los hijos acorde al decreto 1058 de infancia y adolescencia.
  • 25. 10. Recibir ayuda y apoyo en el proceso de formación de sus hijos. 11. Aprovechar las oportunidades que ofrece el Establecimiento y el entorno para capacitarse y actualizarse en la tarea de educar a sus hijos. 12. Responder oportuna y personalmente a los llamados, reuniones y citaciones de los Docentes y Directivas del Establecimiento acudiendo a las horas señaladas para poder ser bien atendidos. 13. Obtener información oportuna sobre los procesos académicos, disciplinarios y de crecimiento personal de sus hijos de parte del estudiante y del docente respectivo. 14. Dialogar con las Directivas y Docentes siguiendo el conducto regular, para mantener una comunicación franca, abierta y respetuosa, favoreciendo la relación Colegio-Hogar. 15. Respetar el ritmo de aprendizaje y la repercusión que éste tiene en el desempeño académico de su hijo, estimulándole a superarse, sin utilizar medios de presión tanto con el estudiante como con el docente. 16. Contar con la debida reserva sobre las situaciones familiares y el proceso personal de su hijo. 17. Poner en conocimiento de las Directivas o de la persona indicada, aquellos datos que influyan en el proceso académico y formativo de su hijo.
  • 26. 18. Expresar sus apreciaciones, iniciativas y sugerencias en un clima que propicie el diálogo y la integración Familia- Institución aportar con sinceridad y respeto lo que crea conveniente para el crecimiento de la Institución. 19. Tratar con respeto a todos los miembros de la Comunidad Educativa. 20. Conocer el calendario, las programaciones y el horario escolar del Establecimiento. 21. Justificar personalmente de una manera responsable la no asistencia del hijo al Establecimiento bajo una excusa de valor o médica. 22. Colaborar con la asistencia puntual de los estudiantes a las clases y actividades programadas por la Institución. 23. Dar, por escrito, autorización, para que su hijo salga del Plantel fuera de la hora acostumbrada, para las salidas extracurriculares programadas por el Colegio. 24. permitir que su hijo participe de los servicios que ofrece la Institución. 25. Ayudar a su hijo a valorar y a aprovechar el servicio educativo que se le ofrece. 26. Cubrir los gastos ocasionados, en caso de alguna pérdida o daño de los enseres del Colegio, de los de sus compañeros y demás personal que labore en el Establecimiento, de los cuales sea responsable su hijo. 27. Pagar la pensión mensual, aprobada por el Gobierno, en los Cinco primeros días de cada mes, el incumplimiento de este genera intereses moratorio y de plazo contemplados en la superintendencia de bancaria legal vigente, ya que se considera un cobro ejecutivo, Decreto 549 de 2006.
  • 27. 27. Ser miembro de la Asociación de Padres de Familia, tener representación en el Consejo Directivo y participar de los beneficios que ofrece la Asociación, si está vinculado a la misma. Colaborar en el sostenimiento de la Asociación de Padres de Familia y apoyar solidariamente sus programas. 28. Conocer la filosofía del Colegio e ir creciendo en sentido de pertenencia a la Institución. 22. Manifestar en la vida familiar un estilo de vida coherente con el Proyecto Educativo del Colegio. 23. Vivir y tener aptitudes de colaboración y apoyo con el proceso educativo del Colegio.
  • 28. CAPÍTULO 4 ESTÍMULOS Y CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS ART. 6 EVALUACIÓN PERMANENTE La evaluación es una posibilidad de mejoramiento La evaluación pedagógica tiene como objetivo valorar los logros de cada uno de los estudiantes. Esta tarea se hará en forma cualitativa, continua y permanente teniendo en cuenta las actitudes, características y situaciones de cada estudiante y las metas personales alcanzadas. Los docentes de cada grupo se reunirán, para hacer una evaluación integral de cada estudiante. De tal ejercicio se levantará un acta que dé cuenta suficiente de las conclusiones finales acogidas por el conjunto de docentes. En concordancia con las reglamentaciones legales y las disposiciones emanadas de los Gobiernos Nacional, Departamental y Municipal, se dará un concepto valorativo, se definirán las acciones pedagógicas que se han de seguir y se informará al e s t u d i a n t e y/o padres de familia.
  • 29. ART. 7 ESTÍMULOS El Colegio creará estímulos acordes con el estilo pedagógico DEL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO INTECOL BUCARAMANGA que motiven el crecimiento personal y grupal. Entre otros, se tendrán como estímulos: • La gratificación: se refiere a la satisfacción personal que los estudiantes debe o puede sentir por el cumplimiento del deber, en otros casos cuando se exalta ante los compañeros y se pone de ejemplo para las demás. • El servicio de monitoria en las diferentes clases y actividades. • Medalla(a la excelencia) quien al final del año su historial académico haya sido de excelente conducta, compañerismo y colaboración. • Medalla (INTECOL) quien al final del año escolar su promedio sea superior o igual a 4.8 como la máxima distinción para el estudiante.
  • 30. ART. 8 CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS El proceso de evaluación permanente de cada estudiante puede manifestarse a través de las siguientes modalidades: 1. Instrucción verbal, directa y personal dirigida a prevenir comportamientos disruptivos que no estén de acuerdo con el Manual de Convivencia. 2. Diálogo reflexivo y analítico con los estudiantes sobre actitudes y comportamientos que deben ser mejorados. 3. Información evaluativa dirigida a los padres de familia y/o acudientes. 4. Compromiso personal que fije objetivos concretos para lograr en un tiempo prudencial. El acta correspondiente estará firmada por el padre de familia o el acudiente, el estudiante y el respectivo Docente a o Coordinador.
  • 31. CAPÍTULOS 5 FALTAS DISCIPLINARIAS Y CORRECTIVOS DEFINICIÓN CALIFICACIÓN DE LAS FALTAS 5.1 FALTA LEVE: Se entiende por falta leve todas aquellas actitudes que impiden el normal desarrollo de las actividades pedagógicas. Se denominan así porque son prácticas que no contribuyen al mantenimiento del orden colectivo y dificultan el desarrollo de hábitos de estudio, organización y respeto hacia cada uno de los miembros que conforman la Comunidad Educativa y la comunidad en general. 5.2 FALTA GRAVE: Se entiende por falta grave aquel tipo de conducta o comportamiento que atenta contra los principios institucionales, perturbando el normal desarrollo de las actividades y que afectan gravemente las normas disciplinarias de carácter general y particular del Colegio. 5.3 FALTA GRAVÍSIMA: Se entiende por falta gravísima toda conducta o actitud que lesiona en gran medida los valores individuales y colectivos del Colegio, así como aquellas conductas que son consideradas como delitos en la Legislación Penal Colombiana.
  • 32. ART. 9 ACTOS QUE AFECTAN LA DISCIPLINA Son actos que afectan la disciplina y ameritan un correctivo disciplinario LEVES • Ser impuntual en la asistencia a las clases y a cualquier otra actividad programada por el Colegio. • Incumplir con las tareas, trabajos, consultas, investigaciones o actividades académicas que hayan sido dispuestas por los docentes o directivas del Colegio. • Hacer uso de juegos, bromas, chistes, objetos y distracciones que desvíen la atención y el interés de las actividades escolares. • Realizar durante las clases y las demás actividades académicas y actos de comunidad, labores o actividades diferentes a las que corresponden en cada caso. • Incumplir las normas sobre presentación y aseo personal • Faltar al aseo y no colaborar con las campañas de limpieza, cuidado y presentación de las instalaciones del Colegio. • Abstenerse de llevar oportunamente a los padres de familia y/o acudientes la información que entrega el Colegio a través de circulares, boletines, citaciones, o cualquier otro medio similar. • Asistir a clase sin los recursos necesarios para el desarrollo normal de la misma o de la actividad escolar respectiva, sin causa justificada. • Ser negligente en el cumplimiento de los deberes escolares. Inasistir sin justa causa a la jornada escolar.
  • 33. GRAVES • Desacatar las instrucciones, observaciones y recomendaciones de las directivas del Colegio y de los docentes en las actividades académicas u otras que se realicen dentro de la Institución. • Faltar o retirarse del establecimiento o de las actividades programadas por el Colegio, sin excusa válida y presentada por escrito a la Encargada de Grupo o a la Coordinadora. • Maltratar, dañar o destruir los árboles y plantas, los enseres, equipos, muebles y el inmueble del Establecimiento. • Promover el desorden, irrespetar el turno y/o dar maltrato a los estudiantes, y/o empleados del colegio. • Faltar al respeto al no dejar escuchar o dejar de atender las observaciones que hagan los docentes y directivas del Colegio. • Tratar descortésmente a cualquiera de los integrantes de la Comunidad Educativa y utilizar un vocabulario soez o vulgar para dirigirse o referirse a ellos. • Hacer ruidos que generen algún distractor en la actividad académica y que no sean parte de lo programado o dispuesto por el Colegio o por el docente en las clases o fuera de ellas. • Descuidar los bienes o servicios del Establecimiento de tal forma que se genere su pérdida, destrucción o daño. GRAVÍSIMAS
  • 34. Mentir de manera oral o escrita en los descargos para justificar una falta. • No portar el uniforme tal cual se especifica en el manual de convivencia parágrafo uno • Alterar, falsificar o adulterar firmas, excusas, permisos, evaluaciones o cualquier documento para ser presentado al Colegio, a las docentes, a los padres de familia y/o a las directivas del Colegio. • Afectar los valores individuales o colectivos. Incumplir deberes y abusar de los derechos consignados en este Manual. • Cualquier otro comportamiento dentro o fuera del Colegio que según el derecho penal y disciplinario constituyan falta o delito . • Utilizar el nombre del Colegio o de algún miembro de la Comunidad Educativa para la realización de actividades de lucro personal o grupal, sin previa autorización. • Tener cualquier actitud y comportamiento dentro o fuera del plantel, que no sea coherente con los valores y la buena educación que el Colegio propone a los estudiantes, más aún cuando se porta el uniforme.
  • 35. CAPÍTULO 6 FALTAS DE CONDUCTA Y CORRECTIVOS ART. 10 ACTOS QUE AFECTAN LA CONDUCTA Son actos que afectan la conducta y por tanto merecen correctivo disciplinario: LEVES • Realizar actividades que busquen indisponer o afectar las relaciones entre los miembros de la Comunidad Educativa. GRAVES • Entrar o permanecer sin autorización en las dependencias del Colegio reservadas a los Docentes, Personal Administrativo y de Servicios Generales del Colegio. • Atentar contra la honra y el buen nombre de cualquier integrante de la Comunidad Educativa. Irrespetar los símbolos patrios o del Colegio, los valores religiosos y culturales, sean ellos nacionales o institucionales. • Entorpecer, obstaculizar o negarse a desarrollar cualquier actividad programada por los docentes o por las Directivas del Colegio. • Ausentarse o retirarse del salón de clase y de cualquiera otra de las actividades programadas por los docentes y/o directivas del Colegio, sin autorización del docente, del responsable del grupo o de las directivas del Colegio. • Recibir las observaciones con burla, grosería o desprecio. GRAVÍSIMAS
  • 36. Cometer o intentar fraude en las actividades evaluativas o engañar o falsificar la verdad en algún asunto que interese al Colegio en razón de sus actividades académicas, pedagógicas, deportivas, culturales. • Emplear medios tecnológicos, electrónicos y/o virtuales en contra de la integridad, la honra, el buen nombre, etc. De algún integrante de la Comunidad Educativa o del buen nombre del Colegio, o como ayuda no permitida en las actividades académicas. (Ejemplo: un celular para grabar o tomar fotos, el Facebook, entre otros) • Realizar actos que afecten o atenten contra el derecho a la vida, a la salud o a la integridad personal con relación a sí mismo y a otro de los miembros de la Comunidad Educativa. • Ofender de palabra o de hecho y atacar o agredir físicamente o de cualquier forma e intimidar a los compañeros de estudio, a cualquier otro estudiante del Colegio o integrante de la Comunidad Educativa. • Dañar intencionalmente los bienes que conforman el patrimonio económico, documental, cultural o ecológico del Colegio y de los bienes patrimoniales de cualquier otro integrante de la Comunidad Educativa. • Acceder, sin autorización, a los archivos del Colegio, alterar, sustraer, ocultar y/o destruir documentos o informes, registros de asistencia, evaluaciones, certificados de estudio y cualquier otro documento, lo mismo que falsificar la firma de sus signatarios. • Permanecer con el uniforme en lugares públicos que afecten el buen nombre del Colegio.
  • 37. Hurtar los bienes del Colegio, de los compañeros y de otros miembros Educativa o inducir a otro a que lo haga. de la Comunidad • Portar, exhibir o distribuir material escrito a través de papel, multimedia o informática que atente contra el carácter formativo del Colegio. • Generar o promover desórdenes, peleas, terror, o situaciones que de cualquier forma alteren el normal desarrollo de una actividad programada por los docentes, las directivas del Colegio o cualquier otro integrante de la comunidad educativa. • Portar, conservar, comerciar, consumir o distribuir dentro de las instalaciones del Colegio cualquier droga o sustancia que produzca embriaguez, adormecimiento, letargo o dependencia síquica o física, o presentarse al Colegio bajo los efectos del licor, droga o sustancia psicoactiva, salvo las prescritas por el médico tratante de ser ello necesario. • Portar o guardar armas de cualquier clase y en cualquier circunstancia. Incumplir deberes y abusar de los derechos consignados en este Manual. • Cualquier otro comportamiento dentro o fuera del Colegio que según el derecho penal, disciplinario o fiscal constituyan falta o delito o que por el eco social que generan perjudican la labor educativa con los otros estudiantes que van en contra del bien común.
  • 38. CAPÍTULO 7 PROCESO DISCIPLINARIO Y DEBIDO PROCESO ART. 11 PRINCIPIOS RECTORES: El proceso disciplinario representará siempre una ocasión propicia para salvaguardar los derechos de la Comunidad Educativa y la intencionalidad pedagógica y moral subyacente siempre en el corregir , sancionar y la aplicación constitucional del debido proceso. Por lo tanto, estará dominado por los siguientes postulados superiores: 1. DIGNIDAD HUMANA: El respeto a la dignidad del e s t u d i a n t e es el límite insuperable en el ejercicio de la potestad disciplinaria. 2. PREEXISTENCIA DE LA FALTA: el estudiante no podrá ser corregido disciplinariamente sino por la comisión de una conducta previamente descrita y calificada como falta en este reglamento de convivencia. 3. PROPORCIONALIDAD: Debe haber proporcionalidad entre la falta, el daño comunitario causado y el correctivo disciplinario a imponer. 4. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA Y DEBIDO PROCESO: el estudiante a quien se atribuye una falta disciplinaria se presume inocente mientras no se declare mediante proceso regular su responsabilidad disciplinaria. En el proceso disciplinario se respetará el debido proceso. 5. IGUALDAD: Todas los estudiantes tendrán derecho al mismo tratamiento durante el proceso disciplinario, sin que ocurra discriminación alguna por razones de edad, condición económica y otras
  • 39. 6. PARTICIPACIÓN: Toda la c om un i da d ed u ca ti va vinculada a un proceso disciplinario tiene derecho a que se escuche su propia opinión y a solicitar la práctica de pruebas. 7. NECESIDAD DE LA PRUEBA: El proceso disciplinario tiene vocación irrenunciable a la búsqueda de la verdad de los hechos relevantes. Cualquier juicio de responsabilidad tiene que sustentarse sobre la prueba de los hechos constitutivos de falta disciplinaria. 8. MOTIVACIÓN: Toda decisión atinente a un proceso disciplinario debe ser razonable y suficientemente motivada. 9 COSA JUZGADA: Ningún estudiante podrá ser investigado disciplinariamente más de una vez por una misma conducta. 10.TEMPORALIDAD: El correctivo disciplinario deberá imponerse dentro del año siguiente a la comisión de la conducta si ésta hubiere sido pública; o dentro del año siguiente a su conocimiento si, por las características del hecho, este hubiere sido clandestino, secreto u oculto. 11. FAVORABILIDAD: La norma favorable o permisiva, aunque sea posterior, se aplicará de preferencia a la restrictiva o desfavorable. 12. INTEGRALIDAD: Cuando se adelante una investigación disciplinaria es deber de quien la dirige, investigar lo desfavorable y lo favorable del estudiante investigado.
  • 40. ART. 12 COMPETENCIA El procedimiento disciplinario podrá ser iniciado de oficio o por solicitud o queja de cualquier miembro de la Comunidad Educativa y será competente para iniciarlo y tramitarlo la respectiva Coordinadora según el caso, pero la decisión definitiva de imposición o no, de cualquier correctivo disciplinario corresponde a la Rectora. Si en un mismo hecho aparecen implicadas estudiantes de Primaria y Bachillerato atenderá el asunto la Coordinadora. ART. 13 ETAPAS DEL PROCESO DISCIPLINARIO Serán etapas del Proceso Disciplinario 5. reunión del comi 1. Diligencia de notificación personal y a padres 6. resolución final 2. Investigación disciplinaria y tramite 3. descargos 4. pliego de cargos ART. 14 DILIGENCIA DE NOTIFICACION PERSONAL Y A PADRES Una vez conocido un hecho que pudiera constituir falta disciplinaria, la respectiva Coordinadora valorará si hay méritos para abrir investigación disciplinaria o no. En caso de duda dispondrá la apertura de diligencias preliminares, que tendrán una duración máxima de 5 días, y en ellas, se podrá recibir versión libre de lo(s) presunto(s) responsable(s), si ello(s), lo desea(n), se oirá la encargada de grupo y se recibirá declaración de todas las personas que pudieran tener información que aclare o amplíe los hechos. La versión libre es un derecho del estudiante al cual puede renunciar.
  • 41. El investigador deberá intentar tal diligencia. Una vez vencido el plazo de las diligencias preliminares, se debe expedir una resolución motivada que archive el caso si no existe mérito para la iniciación del proceso disciplinario o de lo contrario lo declare abierto. ART. 15 INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA Una vez cumplidas las diligencias preliminares, o cuando los hechos mismos claramente ameriten la apertura de la investigación disciplinaria, el Coordinador respectivo abrirá la investigación, la cual tendrá por objeto establecer: 1. Si realmente se ha cometido una falta que amerite correctivo disciplinario. 2. Quién o quiénes son los autores del hecho, lo mismo que sus partícipes o cómplices. 3. Los motivos determinantes y demás factores que pudieron influir en la comisión de la falta. 4. Las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se realizó el hecho que presuntamente requiere el correctivo disciplinario. 5. Las condiciones personales y académicas de lo(s) estudiante(s) investigado(s), su conducta anterior , sus antecedentes disciplinarios. Parágrafo: Tanto la resolución que archive el caso como la que inicie el proceso disciplinario deberá ser notificada al estudiante investigado a través de sus representantes legales y personalmente, según el caso. Parágrafo: A los padres se les debe informar de la apertura del proceso disciplinario como parte del compromiso con el proceso formativo del estudiante.
  • 42. ART. 16 TRÁMITE Para el trámite del proceso disciplinario la Coordinadora a quien haya correspondido la indagación preliminar podrá designar una comisión para que adelante la investigación, la cual podrá estar compuesta por: La Encargada del Grupo al cual pertenece el investigado, el representante estudiantil ante el Consejo Directivo y un integrante de la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia. Esta comisión o la Coordinadora según el caso dispondrán de 10 días hábiles para establecer si se ha cometido falta disciplinaria, quien o quienes son autores o partícipes, las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se realizó el hecho y las condiciones académicas y conducta anterior del presunto responsable. Podrá igualmente recibirle declaración sin juramento al estudiante investigado, si este lo desea. ART. 17 PLIEGO DE CARGOS La comisión o el Coordinador, según el caso, pondrán en conocimiento del estudiante implicado y de sus padres los hechos que puedan constituir la falta disciplinaria o de conducta para que en el término de 5 días contados a partir de la comunicación a los padres de lo(s) estudiantes(s) investigado(s) respectiva puedan presentar los descargos correspondientes y solicitar las pruebas pertinentes. Si se solicitan pruebas, ellas se practicarán dentro de los10 días siguientes, siempre que sean pertinentes y conducentes.
  • 43. ART. 18 RESOLUCION FINAL Vencido el término de los descargos y de la etapa probatoria, la comisión designada o la Coordinadora enviará todos los documentos a la Rectora con las recomendaciones que sean del caso, (esto es, respecto de la calificación de la falta y de la posibilidad de sancionar o absolver) quien en un término no mayor de 15 días hábiles deberá proceder a calificar la falta y si están probados los hechos que ameritan correctivo disciplinario, impondrá el que corresponda. ART. 19 La decisión final se hará mediante resolución que deberá contener: Identificación de los estudiantes investigados(de su forma de vinculación a los hechos) la descripción sucinta de los hechos y de los descargos realizados por el presunto o presuntos responsables, un análisis de las pruebas allegadas, las normas infringidas y la calificación de la falta y el correctivo disciplinario a imponer o las razones que sustentan la exoneración de responsabilidad. ART. 20 La resolución que pone fin al proceso disciplinario se notificará personalmente al investigado o investigados y a sus acudientes. Contra la decisión cabe el recurso de reposición ante la Rectora y apelación ante el Consejo Directivo, en caso de la aplicación de las sanciones de exclusión del Colegio o la pérdida del cupo para el año siguiente.
  • 44. ART. 21 CALIFICACIÓN DE LA FALTA Las faltas disciplinarias, se calificarán como leves, graves o gravísimas según su naturaleza y efectos, las modalidades y circunstancias del hecho, los motivos determinantes y los antecedentes de los presuntos responsables, teniendo en cuenta los siguientes criterios: 1. La naturaleza de la falta y sus efectos se apreciarán según se hubiere causado perjuicio al Colegio o alguno de sus miembros, en su dignidad y sus derechos fundamentales. 2. Las modalidades o circunstancias del hecho se apreciarán de acuerdo con el grado de participación en la comisión de la falta, la existencia de circunstancias agravantes o atenuantes y el número de faltas que se estén investigando. 3. Los motivos determinantes se apreciarán según se hubiere precedido por causas innobles o fútiles, o por nobles o altruistas. 4. Los antecedentes del presunto o presuntos responsables se apreciarán por sus condiciones personales y académicas y sus antecedentes disciplinarios o de conducta. 5. Una tercera amonestación escrita por una falta leve (reincidencia o incurrencia de 3 faltas diferentes) constituye por sí misma una falta grave y se procederá de acuerdo con la calificación de esta falta. Parágrafo: En todo caso, la acción u omisión que vulnere de manera grave los principios generales del Colegio consignados en el Proyecto Educativo y de este Manual de Convivencia, se considerará falta gravísima según el caso.
  • 45. ART. 22 CORRECTIVOS DISCIPLINARIOS La falta leve dará origen a la aplicación del siguiente correctivo o sanción: 1. La amonestación escrita con anotación en el formato de a compañamiento del e s t u d i a n t e , en donde se exprese el diálogo con el estudiante implicado. Cuando se reincide en la falta se hará una amonestación por escrito y el estudiante escribirá su compromiso de mejoramiento. La falta grave dará lugar al del siguiente correctivo o sanción: 1. Suspensión de las actividades académicas que son reemplazadas por correctivos pedagógicos entre uno (1) y tres (3) días dentro de la institución educativa, dependiendo de la falta y atendiendo a las circunstancias atenuantes o agravantes. Lo anterior se hará a través de un Acta de Suspensión. Compromiso de cambio por parte de los estudiantes, en donde ejerza acciones de reivindicación y reparación de la falta. Firmada por el estudiante y sus padres, el cordinador y la Rectora. Si durante el período de suspensión se realizan evaluaciones, estas serán aplazadas para las fechas programadas durante el periodo correspondiente o final del año, según el caso. El estudiante que cometa fraude en las evaluaciones y trabajos, asume la consecuencia natural, que es la pérdida de la evaluación o del trabajo, sin tener derecho a repetirlos y su valoración comportamental será determinada por la Rectora, la Encargada de Grupo y la docentes del área.
  • 46. La falta gravísima dará lugar a uno de los siguientes correctivos o sanciones: 1. Suspensión de las actividades académicas que son reemplazadas por correctivos pedagógicos dentro de la institucion entre dos (2) a (4) días. 2. Calificación durante dos periodos académicos en insuficiente en su comportamiento . 3. Desescolarización por el año en curso y pérdida del cupo para el año siguiente, si ha transcurrido más del 50% del año lectivo. 4. Cancelación de la matrícula de manera definitiva. 5. En el caso de que el estudiante sea de Undécimo (11), no será proclamado como bachiller en el acto comunitario de graduación. Ante la adopción de cualquier sanción por faltas graves y gravísimas proceden los recursos de: 1. RECURSO DE REPOSICIÓN: E s t e Recurso se presenta ante la Rectora con el objeto de que la revise, modifique o revoque. 2. RECURSO DE APELACIÓN: E s t e Recurso se presenta ante el Consejo Directivo con la finalidad de que la modifique o revoque. 3. Cuando la sanción sea adoptada por la Coordinadora el estudio de la Apelación corresponderá a la Rectora; cuando la sanción la imponga la Rectora, corresponderá al Consejo Directivo resolver la Apelación. Cuando la sanción sea adoptada por el Consejo Directivo como máxima autoridad del gobierno escolar, sólo procederá el Recurso de Reposición dada la importancia del proceso educativo, se conceden los siguientes términos para presentar y resolver los recursos:
  • 47. •Para presentar el recurso: Cinco (5) días hábiles, contados desde la notificación a los padres o acudiente). •Para resolver el recurso: Máximo Cinco (5) días hábiles.
  • 48. CAPÍTULO 8 EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ART. 23 DEFINICIÓN DE EVALUACIÓN: La evaluación DEL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO INTECOL BUCARAMANGA, es un proceso integral, continuo, objetivo y sistemático mediante el cual se identifican los avances, las fortalezas y las dificultades de los estudiantes en su dinámica de formación y aprendizaje, para valorar y tomar las decisiones pertinentes. Dicho proceso permite medir el logro de las competencias alcanzadas por los estudiantes en un período de tiempo determinado. Evaluar comporta una orientación humanista, una dimensión ética, invita a la reflexión continua de las prácticas educativas y promueve la comunicación efectiva entre los estudiantes, docentes y padres. El centro del proceso de evaluación es la persona con sus características, su situación, su contexto, sus intereses, su ritmo de desarrollo y su estilo de aprendizaje. ART. 24 El sistema de evaluación busca que el estudiante • Conozca sus características del saber ser. • Aprecie el avance a través de una maduración conceptual. • Afiance su saber ser. • Sistema Instucional de Evaluación • Tome conciencia de cómo va su proceso de crecimiento en cada dimensión. • Busque correctivos o apoyos que le ayuden a continuar su proceso o a mejorar aquellos aspectos en los que presenta dificultades. • Dé elementos a los padres de familia para apoyar a sus hijos en el proceso formativo de la enseñanza y del aprendizaje.
  • 49. ART. 25 PRINCIPIOS IRRENUNCIABLES: 1. Una evaluación orientada desde los principios pedagógicos DEL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO INTECOL BUCARAMANGA 2. Una evaluación desde la pedagogía del acompañamiento. 3. Una evaluación humanista, de exigencia y calidad. 4. Una evaluación que ofrezca horizontes de mejoramiento y posibilidad. 5. Una evaluación que evidencia relaciones pedagógicas dialógicas. ART. 26 Criterios operativos • Es un sistema de evaluación coherente con el perfil de persona que queremos formar y que está definido en el Proyecto Educativo Institucional. • Responde a los parámetros especificados en el decreto 1290 del Ministerio de Educación Nacional. • El proceso es integral y contempla la autoevaluación, la hetero-evaluación y la co-evaluación, con la conciencia de que evaluar es más que un resultado. • La escala de valoración es coherente, equitativa y expresa con claridad el desempeño de los estudiantes. • Contienen el diseñoy la implementación de estrategias de apoyo e innovaciones pedagógicas para estimular a los estudiantes destacados y acompañar a los que presentan dificultades. ART. 27 Relación pedagógica dialógica
  • 50. Se considera como el cruce de toda la comunidad educativa, teniendo en cuenta que todo ser estudiante es diferente, respetando la diversidad. Estudiante - Padres de Familia - Encargada de grupo – coordinador- Docentes de grado - Rectora. ART. 28 MEDIOS OBSERVACIÓN. Atención a cada estudiante en sus manifestaciones, cognitivas y conductuales para identificar los logros y dificultades en el proceso educativo. DIÁLOGO. Encuentro interpersonal que vivido en ambiente de cercanía y libertad ayuda a buscar los mismos objetivos pedagógicos y a estar de acuerdo en los medios más adecuados para lograrlos. SEGUIMIENTO. Acompañamiento constante a los estudiantes, que posibilita adquirir un conocimiento progresivo de el, para ofrecerle oportunamente los apoyos pedagógicos que requiere. AUTOEVALUACIÓN. Mirada que el estudiante da sobre sí mismo y sobre su proceso de aprendizaje, para reconocer con sinceridad las fortalezas y debilidades en dicho proceso, aportar su punto de vista al docente de cada asignatura y señalar en diálogo con él, los aspectos que ha de trabajar y los medios que le ayudarán en su crecimiento. PRUEBA ESCRITA DIARIA.
  • 51. Todos los días del año, los estudiantes presentan una evaluación escrita de la asignatura señalada con anterioridad, como una ayuda para ir haciendo síntesis de lo aprendido e identificar logros y dificultades, pedir ayuda a tiempo y formar hábitos de estudio. Parágrafo: el estudiante que no asista al Colegio debe presentar a los docentes correspondientes, la excusa por escrito los dos primeros dias, luego de su regreso al Colegio, para que se le programen las evaluaciones y trabajos pendientes. A partir de esta fecha no se aceptan excusas y los estudiantes y sus padres deben asumir la responsabilidad académica que es la pérdida del derecho de poder presentar dicha evaluación o trabajo. PUESTA EN COMÚN. Encuentro de grupo para compartir la experiencia personal y el saber adquirido a través de la investigación y el estudio personal. Estimula la capacidad de construcción colectiva del conocimiento, la creatividad y la ayuda mutua. NUCLEO INTEGRADOR DE INVESTIGACION Los Núcleos Integradores son una estrategia pedagógica para favorecer el aprendizaje significativo mediante la articulación de: Conocimientos, en cuanto los contenidos de diversas disciplinas convergen para la comprensión de alguna situación concreta o de un tema en particular. La intencionalidad de la integración es múltiple: Hacer evidente la complejidad de lo real, más allá de las simplificaciones teóricas; favorecer la confrontación de perspectivas como condición de la convivencia y de la producción humana. La tarea del maestro es favorecer situaciones desestabilizadoras, generar conflictos cognitivos sin que ello signifique ni ignorar ni mucho menos descalificar las ideas del estudiante; por el contrario, el diálogo cuidadoso que invite a exponer libremente las ideas de cada uno . PRUEBAS ACUMULATIVA
  • 52. Se definen tres periodos académicos cada uno con un valor del 33.3% y una prueba de acumulativa: Una prueba acumulativa de cada area, que recoge los conocimientos básicos que debió adquirir en cada periodo. Esta tiene una valoración del 20% y se constituye en instancia de recuperación final, si su valoración es igual o superior a 3.5.. Paragrafo cuatro: El docente estará en libertad de eximir a estudiantes de la prueba escrita siempre y cuando tenga razones de repeso para el mismo, para esto tendrá en cuentqa rendimiento, participación y cumplimiento de normas. AUTOEVALUACION Los procesos de auto evaluación, como lo indica su nombre, no son acciones institucionales esporádicas sino continuas y planeadas, orientadas a formar el estudiante en la autovaloración, la autocrítica, la responsabilidad y autonomía para identificar sus fortalezas y debilidades en las dimensiones del ser, del saber, del saber hacer y del saber convivir, con el fin de implementar procesos de mejoramiento y establecer compromisos. ART. 29 NIVELACIÓN Son los espacios que el Colegio planea cada período para retomar los temas fundamentales, para ser orientados y ayuden al estudiante a alcanzar los logros propuestos. Paragrafo cinco: Las nivelaciones tienen un costo de 5.000 pesos a 7.000 dependiendo la asignatura y deberá ser cancelada al momento de presentarse. ART. 30 COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN:
  • 53. Instancia que analiza los procesos de los estudiantes y su desempeño en cada una de las áreas. Define la promoción y da recomendaciones para el diseño y la implementación de los planes de apoyo. Esta constituida por la Rectora, el Coordinador(a) y docentes de cada grado.
  • 54. PROMOCIÓN REGULAR • La que se da al finalizar el año escolar. Pasará al grado siguiente el estudiante con: • Resultados totalmente satisfactorios en todas las áreas consideradas en el PEI, con desempeño básico, alto o superior. • Con una o dos áreas con desempeño bajo, teniendo en cuenta las especificaciones de este sistema de evaluación en cuanto a promoción en las áreas de humanidades: lengua extranjera y español y Ciencias naturales: biología, física y química. • No será promovido al grado siguiente un estudiante cuando presente 3 o más áreas con desempeño Bajo. • Aquellos estudiantes con las mismas dos áreas con desempeño bajo durante dos años consecutivos y por primera vez tendrán la posibilidad de hacer un proceso de apoyo y recuperación (PAR) al finalizar el año escolar, el cual deben aprobar en su totalidad para poder pasar al grado siguiente. • Cuando el estudiante presente una ausencia, no justificada, superior al 20% del tiempo curricular, no será promovida al grado siguiente.
  • 55. EN LA EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA SE DETERMINA PARA LA PROMOCIÓN QUE: • Las asignaturas del área de Humanidades: lengua castellana e idioma extranjero (Inglés) serán asumidas de manera independiente para determinar la promoción de los estudiantes. • Las asignaturas Física, Química y Biología que componen el área de Ciencias Naturales serán asumidas de manera independiente para determinar la promoción en los grados 9°,10° y 11°. • En el caso de las áreas que están conformadas por dos o más asignaturas: Matemáticas, Educación Artística y Cultural, Educación Física, Recreación y Deportes, Humanidades: (Lengua Castellana), se determina en los criterios de evaluación el porcentaje para cada una de ellas, que será acorde con la intensidad horaria asignada en el Plan de Estudios. Proclamación de bachilleres: La proclamación de bachilleres para los estudiantes de Undécimo se realiza en la fecha programada por el Colegio, siempre y cuando el estudiante haya cumplido con los todos requisitos establecidos en la tarjeta de paz y salvo con respecto a requerimientos académicos, disciplinarios, administrativos y económicos. Dicha tarjeta, debe estar correctamente diligenciada y firmada, y se deja en la secretaría del Colegio. En caso de que haya pendientes, no será proclamado como bachiller en la ceremonia con los demás compañeros y su diploma se entregará en la secretaría cuando el alumno se encuentre al día. ART. 31 DOCUMENTACIÓN ESCRITA
  • 56. AUTOEVALUACIÓN Y EVALUACIÓN FORMATIVA El estudiante realiza su autoevaluación al finalizar cada período académico, además participa de la evaluación formativa de la unidad, que realiza la docente de cada asignatura. ESTUDIANTE DE UNDÉCIMO: La proclamación de bachilleres para los estudiantes de Undécimo se realiza en la fecha programada por el Colegio, siempre y cuando el estudiante haya cumplido con los todos requisitos establecidos en la tarjeta de paz y salvo con respecto a requerimientos académicos, disciplinarios, administrativos y económicos. Dicha tarjeta, debe estar correctamente diligenciada y firmada, y se deja en la secretaría del Colegio. En caso de que haya algo pendiente, no será proclamada como bachiller en la ceremonia con los demás compañeros y su diploma se entregará en la secretaría cuando el estudiante se encuentre al día. FORMATOS Y SEGUIMIENTOS Se hace seguimiento al proceso de cada estudiante a partir de los registros que lleva cada profesor(a): registros de acompañamiento diario del estudiante, agenda de acompañamiento del estudiante , formato preparador de clase, actas de reuniones, formato de asistencia (001),formato de seguimiento al proceso de evaluación (EV001), formato de nivelacion (B3), formato de seguimiento academico (B2), formato de actualización de datos docentes (A1), formato de entrega de boletines (B5), formato de actas de reuniones (B4), formato de novedades (B1), actas de reunión de las comisiones de evaluación y promoción, etc.
  • 57. CAPÍTULO 9 NORMAS GENERALES ART. 32 UNIFORME La presentación personal será sencilla, limpia y ordenada. El uniforme hace parte de la imagen del Colegio que el estudiante proyecta. Se sugiere no portar con el uniforme piercing, tatuajes, ni tinturas vistosas y coloridas, Pulseras extravagantes, ni usar maquillaje facial y todo aquello anteriormente citado en el parágrafo UNO UNIFORME DE DIARIO: Para hombres/Mujeres: Camiseta blanca con cuello y puño enmarcado y con escudo institucional, pantalón jean, clásico, correa y zapatos que tengan sonancia dentro del uniforme. UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA: la camiseta del uniforme de diario será la misma para educación física ya que es tipo polo, pantalón sudadera, tenis deben ser blancos deportivos, no se admiten tenis de tela o de otro color.
  • 58. ART. 33 PUNTUALIDAD JORNADA ESCOLAR: Bachillerato de 6º a 11º ingresan a las 7:45 a.m. y salen a las 12:00 am. Paragrafo seis : Estudiante que ingrese después de las 8.00 am, deberá aguardar el bloque comprendido por dos horas (2) lo cual corresponde a las primeras horas de clase o aquel que en el descanso arrive 10 minutos tarde al salón. Para ello se realizara escritura en el libro de retardos, escritura y consignación en el registro de docentes como estudiante (Ausente). Esta norma no viola ningún derecho a recibir educación de acuerdo con las normas legales vigentes y persigue un bien correctivo en el estudiante acorde al decreto 1290 y 3011 en todas sus extensiones ART. 34 AUSENCIA DEL COLEGIO O DE LAS CLASES PERMISOS PARA SALIR DEL COLEGIO: Para poder retirarse del plantel, el estudiante debe diligenciar y hacer firmar el debido permiso de salida. PERMISOS DE UNO O MÁS DÍAS: El estudiante presenta con anterioridad, por escrito, la solicitud de permiso a la Encargada(o) de Grupo, quien lo remitirá al coordinador con su concepto, ésta dará la autorización, si lo considera conveniente.
  • 59. AUSENCIAS IMPREVISTAS: Cuando el estudiante falta al Colegio sin previo aviso, los padres de familia presentarán la excusa correspondiente a la mayor brevedad posible y serán notificados de la ausencia de su hijo (a). Paragrafo siete: Si el estudiante presenta el 16 % de fallas en una o más asignaturas será cancelado el semestre académico por perdida del mismo, el único atenuante de esta situación es que se presente un formato de evaluación medica, expedido por la E.P.S con los diagnósticos pertinentes acorde a los códigos CIE 10 y venga este firmado y sellado por la entidad. (Excusas simples no valen). PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES Cuando las actividades son por el Colegio, éste informará a los estudiantes y padres de familia sobre los requisitos para la participación y tendrá previsto con anterioridad la organización de los compromisos académicos. Cuando el estudiante participa en actividades organizadas por otras instituciones, lo hará con la autorización de los Padres de Familia y las Directivas del Colegio. El estudiante responderá por los compromisos académicos. Los padres deben autorizar por escrito y asumir los riesgos que eventualmente puedan presentarse. Los estudiantes tendrán conciencia de que están representando el Colegio y lo manifestarán en sus actitudes y comportamiento.
  • 60. ART. 36 EVALUACIÓN DIARIA Todo fraude o intento de fraude, afecta la conducta y anula la prueba presentada este es causal de iniciación de proceso disciplinario. El estudiante debe tener cuidado de llevar al salón respectivo los materiales necesarios para la evaluación. Cuando el estudiante tiene excusa justificada, tiene derecho a presentar la prueba el día y hora fijados con anticipación para la evaluación atrasada. ART. 37 SALÓN DE CLASES Y LABORATORIOS Los estudiantes esperarán al docente en orden y dispuestos a iniciar las actividades académicas. En caso de ausencia del docente, la monitora del grupo dará las indicaciones respectivas y avisará al coordinador académico. Los estudiantes ayudarán a la creación de un ambiente que favorezca el desarrollo del proceso de enseñanza y de aprendizaje: Realizarán su trabajo , la investigación con interés, profundidad y dedicación, participación en clases, escucharán con atención las aportaciones de docentes y compañeros, cuidarán los libros y el material didáctico y velarán por el aseo y la buena presentación del salón.
  • 61. ART. 38 DESCANSOS Tiempo de esparcimiento en los que no se utiliza los salones de clase. Propicia compartir alegre y sanamente con los compañeros y prepara para reiniciar las labores académicas con nuevo ánimo y entusiasmo. En este espacio de tiempo se harán las diligencias necesarias en las oficinas del Colegio: Secretaría, Administración, salón de docentes. Para su utilización tiene establecido el siguiente reglamento, que debe ser acogido y respetado por todas aquellas personas o entidades que hagan uso de él. ART. 39 TELÉFONO Se hará uso de él solamente para llamadas cortas y necesarias, en tiempo de descanso. En caso de enfermedad o de alguna situación problemática, la(el) Encargada de Grupo, es el(la) responsable de llamar a la casa. Se permite usar teléfono celular sólo en los descansos, excepto situaciones que ameriten un permiso especial se puede tener en este caso el celular en vibración, de lo contrario debe permanecer apagado.
  • 62. ART. 40 OFICINAS DE ADMINISTRACIÓN Y SECRETARÍA Los estudiantes en sus horas de descanso serán atendidos en las oficinas. ART. 41 RECIBOS En los 5 primeros días del mes, se cancelará la pensión sin recargo por mora, pasados los cuales se asumirán los intereses correspondientes. En caso de pérdida del recibo diligenciar en la Oficina de Administración la consecución de uno nuevo. ART. 42 MEDIOS DE COMUNICACIÓN ESCRITA Estimulan el compartir entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa. Contribuyen a la interiorización, comunicación y difusión de los valores y criterios del Proyecto Educativo Institucional. Los diferentes medios: carteleras, revista “tema”; web “entérate” realizado por el departamento de coordinación y divulgación estos tienen un proceso y unos criterios de elaboración estrictos los cuales buscan dar a conocer temas de interés común a la comunidad, notas , informativos, salud, bienestar.etc. ART. 43 GRUPOS OPCIONALES Y GRADOS DE PROFUNDIZACION Propician la organización juvenil, la vivencia de los valores que el Colegio propone y ayudan a la formación integral. Son de carácter: cultural, deportivo, recreativo, científico, religioso y de compromiso social.
  • 63. CAPÍTULO 10 ADMISIONES ART. 44 PROCESO DE ADMISIONES • Los padres de familia que deseen matricular por primera vez a su hijo(a) deben seguir los siguientes pasos: • Inscripción personal, realizada por los padres de familia. • Entrega del formulario diligenciado por los padres de familia en la Secretaría del Colegio. • Reunión con la Rector(a) del Colegio, en la cual presenta el Proyecto Educativo Institucional y dialoga con los Padres de Familia sobre sus inquietudes con relación al proceso educativo y/ con los estudiantes • La solicitud de cupo y la participación en el proceso de admisiones, no implican compromiso alguno por parte de la Institución con el joven, padre de familia o el acudiente. • Como prerrequisito para la matrícula es necesario que los padres de familia firmen los documentos que la Administración del Colegio solicite.
  • 64. CAPÍTULO 11 SISTEMA POR EL CUAL SE DETERMINA EL COSTO DE LAS MATRÍCULAS Y PENSIONES ART. 45 PROCESO 1. Elaboración del presupuesto del Establecimiento por parte del Director Administrativo y del Equipo de Administración del Colegio. Dicho presupuesto privilegia en sus egresos: Calidad educativa. • Remuneración del docente y del personal administrativo • Capacitación del personal docente. • Actualización del material didáctico, etc. • Mantenimiento adecuado de la planta física y de todo cuanto se requiere para una educación de calidad. ART. 46 PERIODICIDAD DE COBROS La matrícula y diez meses de pensión, que deberán ser canceladas dentro de los diez (5 ) primeros días del mes. Lo correspondiente a “Otros Cobros” se determinará en reunión del Consejo Directivo del Colegio. ART. 47 CRITERIO DE DIFERENCIACIÓN DE TARIFAS
  • 65. EL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO INTECOL BUCARAMANGA ayuda a aquellas familias que por calamidad doméstica o por circunstancias especiales se ven en situación económica difícil no pueden cubrir la totalidad de la pensión y acuden a este organismo en búsqueda de apoyo. Esta ayuda económica se solicita por escrito al Fondo Dicha petición se estudia con la asesoría de una Trabajadora Social quien puede realizar una visita profesional a la familia.
  • 66. CAPÍTULO 12 ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL Y GOBIERNO ESCOLAR ART. 48 COMUNIDAD EDUCATIVA La comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y por las que en otra forma participan de la vida del Colegio e inciden en el proceso educativo de los estudiantes. Se compone de los siguientes estamentos: 1. Estudiantes que se han matriculado. 2. Padres y madres de familia, acudientes o en su defecto, los responsables de la educación de los estudiantes matriculadas. 3. Docentes vinculados que laboren en la Institución. 4. Directivos docentes y administradores escolares que cumplen funciones directas en la prestación del servicio educativo. 5. Directivas DEL INSTITUTO TECNICO COLOMBIANO INTECOL BUCARAMANGA 6. Personal de mantenimiento, aseo y servicios generales. Todos ellos, según su competencia, participarán en el diseño, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y en la buena marcha del Establecimiento. ART. 49 ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL
  • 67. 1. Rectora 2. Consejo Directivo 3. Consejo Académico 4. Consejo de Padres. 5. Directivos Docentes 6. Asamblea de Docentes 7. Encargada de Grupo 8. Personera 9. Consejo de Estudiantes 10. Asociación de Padres de Familia ART. 50 ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR 1. Rectora 2. Consejo Directivo 3. Coordinadora Académica 4. Consejo Académico 5. Consejo de Padres 6. Directivos Docentes 7. Asamblea de Docentes 10. Encargada de grupo. ART. 51 OBJETIVO DEL GOBIERNO ESCOLAR Organizar instancias representativas de la Comunidad Educativa para la práctica de la participación en la vida escolar. ART. 52 RECTORA
  • 68. Nombrada por la Dueña de la Institución. FUNCIONES DE LA RECTORA 1. Ejercer la representación legal del Colegio. 2. Aprobar el currículo, el plan de estudios y el calendario para que en el Colegio todo se encamine a lograr de la mejor manera posible los objetivos del Proyecto. 3. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional. 4. Orientar el proceso educativo con la asesoría del Consejo Directivo y el Consejo Académico. 5. Velar por el cumplimiento de las funciones pedagógicas y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto. 6. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones y experiencias educativas para canalizarlas en favor del mejoramiento del proyecto Educativo Institucional. 7. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el Establecimiento. 8. Tomar las decisiones después de haber escuchado las sugerencias que hace el GobiernoEscolar. 9. Autorizar la admisión de estudiantes y docentes al Colegio. 10. Velar por la atención y la orientación de los Padres de Familia, Docentes, estudiantes y demás Miembros de la Comunidad Educativa.
  • 69. 11. Mantener comunicación con las Autoridades Educativas para el continuo progreso académico de la Institución y de la relación Colegio- Comunidad. 12. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa. 13. Estimular el compromiso de los Padres de Familia, los Docentes y los estudiantes con el Proyecto Educativo Institucional. 14. Velar por el buen manejo de los bienes del Colegio y el riguroso cumplimiento de las disposiciones al respecto. 15. Autorizar las publicaciones oficiales o de cualquier índole que se hagan en el Establecimiento. 16. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, con relación a la prestación del servicio educativo. 17. Las demás funciones afines y complementarias que se deriven de otros capítulos del Proyecto educativo.
  • 70. ART. 53 CONSEJO DIRECTIVO Instancia representativa de la Comunidad Educativa que asesora a la Rectora en la dirección del Establecimiento y en la orientación académica. Dentro de los primeros sesenta días calendario siguientes al de la iniciación de clases de cada período lectivo anual, deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en el ejercicio de sus funciones. Con tal fin la Rectora convocará con la debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes. FUNCIONES 1. Asesorar a la Rectora para el buen funcionamiento de la Institución. 2. Adoptar el Proyecto Educativo Institucional, Manual de Convivencia o el Reglamento de la Institución, el Currículo y el Plan de Estudios y asesorar a la Rectora en su aplicación. 3. Estimular el buen funcionamiento de la Institución. 4. Atender los casos que según el Manual de Convivencia sean de su competencia. 5. Asesorar a la Rectora en las situaciones conflictivas que se presenten. 6. Aportar elementos que ayuden en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo en la Institución. 7. Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. 8. Promover la conformación de organizaciones juveniles y las relaciones con otras instituciones educativas.
  • 71. INTEGRANTES La Rectora, quien lo preside y convoca ordinariamente cada mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. • Dos representantes del personal docente. • Dos representantes de los padres de familia. • Una representante de las estudiantes que esté cursando el último grado. CRITERIOS Y MODOS DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES AL CONSEJO DIRECTIVO PERSONAL DOCENTE CRITERIOS 1. Representación de los docentes así: uno por Preescolar, uno por Básica Primaria y otro por Básica y Media. 2. Sentido de pertenencia a la Institución y pasión por la tarea educativa. 3. Identificación con el Proyecto Educativo. 4. Actitudes y comportamientos acordes con los valores propuestos en el Proyecto Educativo Institucional. 5. Actitudes que faciliten el diálogo, el trabajo en equipo, la búsqueda pedagógica, el progreso y crecimiento de la Institución.
  • 72. MODO DE ELECCIÓN 1. Los docentes de elegirán entre ellos su representante, así mismo los docentes de Básica y de Media elegirán entre ellos el suyo. 2. En asamblea los docentes elegirán su representante mediante voto secreto y por mayoría relativa. PADRES DE FAMILIA CRITERIOS 1. Representación de los padres de familia así: Un miembro de la Junta Directiva de la Asociación de Padres y un miembro del Consejo de Padres. 2. Identificación con el Proyecto Educativo. 3. Actitudes y comportamientos acordes con los valores propuestos en el Proyecto Educativo Institucional. 4. Actitudes que faciliten el diálogo, el trabajo en equipo, la búsqueda pedagógica, el progreso y crecimiento de la Institución. 5. Padre o madre de familia cuya hija lleve como mínimo un año matriculada en la Institución. 6. Actitud de colaboración, respeto y apoyo al proceso educativo que el Colegio realiza. 7. Honestidad de vida familiar y social.
  • 73. MODO DE ELECCIÓN 1. La Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia y el Consejo de Padres tendrán elegirán su representante según el principio de democracia. ESTUDIANTES CRITERIOS 1. Sentido de pertenencia a la Institución y capacidad de influir positivamente para buscar el bien común. 2. Identificación con el Proyecto Educativo. 3. Actitudes y comportamientos acordes con los valores propuestos en el Proyecto Educativo Institucional. 4. Actitudes que faciliten el diálogo, el trabajo en equipo, la búsqueda pedagógica, el progreso y crecimiento de la Institución. 5. Buena relación con sus compañeras, docentes y demás miembros de la comunidad educativa; 6. capacidad de afrontar y resolver conflictos en forma pacífica. 7. Responsabilidad en el cumplimiento de sus deberes. 8. Capacidad de actuar con autonomía, imparcialidad y libertad. 9. No haber pertenecido al Consejo Estudiantil, en el año anterior.
  • 74. MODO DE ELECCIÓN 1. Los estudiantes del último grado, después de reflexionar los criterios para la elección de la representante al Consejo Directivo escogen entre ellas, los candidatos que se presentarán al Consejo Estudiantil, para que éste elija. Los candidatos deberán tener como mínimo, el respaldo de un 20% de los estudiantes de Undécimo Grado. 2. Decisión democratiza por parte del Consejo Estudiantil. 3. Se procede a la elección entre los candidatos presentados por los estudiantes del último grado que ofrece la Institución. 4. En asamblea el Consejo Estudiantil elegirá la representante mediante voto secreto y por mayoría relativa. EXALUMNOS CRITERIOS Identificación con su Proyecto Educativo. • Sentido de pertenencia a la Institución e interés, actualización y comprensión de las búsquedas educativas del País y del Colegio. • Actitudes y comportamientos acordes con los valores propuestos en el Proyecto Educativo Institucional. Actitudes que faciliten el diálogo, el trabajo en equipo, la búsqueda pedagógica, el progreso y crecimiento de la Institución. • Exalumno con tiempo disponible para atender los compromisos que implica la pertenencia al Consejo Directivo. MODO DE ELECCIÓN
  • 75. 1. La Junta de la Asociación de Ex alumnos reflexionará sobre los criterios en la decisión que se ha de tomar. 3. El Consejo Directivo analizará la terna propuesta y designará de común acuerdo a la ex alumno(a) que prestará este servicio. SECTOR DE APOYO CRITERIOS 1. Identificación o sintonía con su Proyecto Educativo. Interés, actualización y comprensión en las búsquedas educativas del País y del Colegio. 2. Actitudes y comportamientos acordes con los valores propuestos en el Proyecto Educativo Institucional. 3. Actitudes que faciliten el diálogo, el trabajo en equipo, la búsqueda pedagógica, el progreso y crecimiento de la Institución. 4. Tiempo disponible para atender los compromisos que implica la pertenencia al Consejo Directivo. Capacidad de aportar desde el sector que representa, elementos que enriquezcan la tarea Pedagógica.
  • 76. ART. 54 CONSEJO ACADÉMICO Instancia superior para participar en la orientación pedagógica del Establecimiento. FUNCIONES 1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional. 2. Estudiar el Currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes necesarios. 3. Orientar la ejecución del Plan de Estudios. 4. Participar en la evaluación Institucional anual. 5. Nombrar las comisiones que sean asignadas por la legislación vigente, con el fin de definir la promoción de un grado a otro, analizar los casos persistentes de superación o insuficiencia en la consecución de los logros y prescribir las actividades pedagógicas complementarias y necesarias para superar las deficiencias, o recomendar la promoción. 6. Dar sugerencias y aportar a la actualización pedagógica de los docentes. 10. Conocer y aprobar la planeación, de cada Área, de cada proyecto y su respectiva articulación. 11. Seguir e impulsar el proceso de cada Área y el desarrollo de los proyectos escolares. 12. Estimular la incorporación de la investigación al proceso de aprendizaje.
  • 77. INTEGRANTES • La Rectora, lo preside y convoca ordinariamentecada quince día y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. • Directivos docentes. • el coordinador(a) de cada Área definida en el Plan de Estudios. • Una representante de Preescolar. (Elegida por la Rectora)
  • 78. ART. 55 CONSEJO DE PADRES Elegido anualmente por la Asamblea de Padres. La elección se hará en las reuniones de comienzo de año, en la que participan los padres de familia de cada grado. La Rectora presenta la identidad, los objetivos y las funciones del Consejo de padres. Se postulan los padres de familia que deseen pertenecer al Consejo, por votación y mayoría de votos se eligen los padres representantes de cada grado. El Consejo se reunirá al menos tres veces al año y organizará con la Rectora los comités de trabajo que considere pertinentes para ayudar al mejoramiento institucional. FUNCIONES: Contribuir con la Rectora en el análisis, difusión, y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de las competencias y pruebas de Estado. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planeados. Promover actividades de formación de padres de familia encaminadas a acompañamiento a las estudiantes para facilitar el desarrollar estrategias de afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
  • 79. ART. 56 DIRECTIVOS DOCENTES Según las necesidades del Plantel el Rector nombrará los Coordinadores necesarios, sus funciones están definidas en el perfil de cargo de cada directivo docente: Coordinador(a) academica. ART. 57 ASAMBLEA DE DOCENTES Instancia que congrega la totalidad de los Docentes y Directivos Docentes, del Establecimiento. INTEGRANTES • La Rectora quien la convoca y preside. • Directivos Docentes. • Docentes • Personal Administrativo, cuando se juzgue necesario. FUNCIONES 1. Reflexionar sobre asuntos y temas de carácter pedagógico, disciplinario y organizativo para aunar puntos de vista buscando el bien de toda la Comunidad Educativa. 2. Poner en común propuestas, inquietudes y necesidades de los estudiantes y de los docentes y buscar la manera de responder. 3. Hacer aportaciones a la Rectora, a los Consejos Directivo y Académico sobre diferentes aspectos de la vida escolar.
  • 80. ART. 58 ENCARGADA DE GRUPO Nombrada por la Rectora. FUNCIONES 1. Colaborar en la creación de un ambiente de alegría, entusiasmo y responsabilidad en las tareas académicas y demás actividades de la vida escolar. 2. Apoyar a la Rectora y a los coordinadores(as) en las directrices que se vayan dando en el Proyecto Educativo. 3. Velar por la buena marcha de los grupos: la normalización, asistencia, puntualidad, orden y comportamiento. 4. Realizar el seguimiento personal de los estudiantes a su cargo, para orientarlas en su proceso formativo. 5. Atender las diferentes situaciones que se presentan en su grupo de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional. 6. Establecer comunicación con los padres de familia para aunar esfuerzos en el proceso de formación de los hijos. 7. Rendir los informes solicitados por las distintas dependencias del Colegio, respecto a las estudiantes a su cargo. 8. Mantener una comunicación sincera y cercana con la Rectora y con los Directivos 9. Otras encomendadas por el jefe inmediato.
  • 81. ART. 59 PERSONERO(A) DE LOS ESTUDIANTES Estudiante de último grado, encargada(o), de promover el ejercicio de los derechos y deberes de las estudiantes. CRITERIOS 1. Conocimiento de los deberes y derechos consagrados en la Constitución, Código del Menor y en el Reglamento o Manual de Convivencia. 2. Responsabilidad en el cumplimiento de sus deberes y respeto por los derechos de los demás. 3. Actitudes y comportamientos acordes con los valores propuestos en el Proyecto Educativo institucional. 4. Buen rendimiento académico, dada la dedicación y tiempo que le supone ejercer con responsabilidad este servicio. 5. Sentido de pertenencia a la Institución y capacidad de influir positivamente para buscar el bien común. 6. Buena relación con sus compañeros, docentes y demás miembros de la comunidad educativa. 7. Capacidad de tomar decisiones con responsabilidad, objetividad y sentido crítico y de actuar con autonomía, imparcialidad y libertad. 8. Actitudes que faciliten el diálogo, el trabajo en equipo, la búsqueda pedagógica, el progreso y crecimiento de la Institución.
  • 82. MODO DE ELECCIÓN 1. La Rectora convocará dentro de los 30 días calendario siguiente a la iniciación del año escolar a todos las estudiantes para iniciar el proceso de elección de Personera. 2. Los candidatos buscarán las formas para darse a conocer a todos los estudiantes. 3. Elaborarán el tarjetón para el proceso de elección. 4. Se hará la elección con la participación de todos los estudiantes matriculados mediante voto secreto y por mayoría relativa. 5. Cuando el Personero se viere precisada a renunciar, procederá de la siguiente manera: En diálogo personal expondrá sus motivos a la Rectora para confrontar las razones que la llevan a esta decisión. 6. Si la decisión se mantiene formulará la renuncia por escrito para hacerla pública a las estudiantes. La sucederá en el cargo el estudiante que haya tenido el segundo puesto en las votaciones. PARÁGRAFO El ejercicio de cargo de Personero de las estudiantes es incompatible con el representante ante el Consejo Directivo.
  • 83. FUNCIONES 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de las estudiantes, para lo cual podrá organizar actividades en coordinación con la Rectora. 2. Velar por el bien común. 3. Presentar ante las instancias correspondientes las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de las estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. 4. Presentar ante la Rectora, después de haber seguido los conductos regulares, las peticiones que considere necesarias para proteger los derechos de las estudiantes y facilitar el cumplimiento de los deberes.
  • 84. ART. 60 CONSEJO ESTUDIANTIL Máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los estudiantes. INTEGRANTES: Un estudiante de cada grado. CRITERIOS 1. Sentido de pertenencia a la Institución y capacidad de influir positivamente para buscar el bien común. 2. Identificación con su Proyecto Educativo. 3. Actitudes y comportamientos acordes con los valores propuestos en el Proyecto Educativo Institucional. 4. Ser lazo de unión y comunicación para ayudar a que todos los miembros del grupo aporten constructivamente. 5. Actitudes que faciliten el diálogo, el trabajo en equipo, la búsqueda pedagógica, el progreso y crecimiento de la Institución. 6. Buena relación con sus compañeras (os), docentes y demás miembros de la Comunidad Educativa. 7. Responsabilidad en el cumplimiento de sus deberes.
  • 85. MODO DE ELECCIÓN 1. La Rectora convocará dentro de los 30 días siguientes a la iniciación del año escolar a todas las estudiantes para iniciar el proceso de elección. 2. Los estudiantes de cada grado escucharán los proyectos que hayan elaborado los candidatos(as) de cada grupo. 3. En asamblea, cada grado elegirá su representante con voto secreto y por mayoría relativa. FUNCIONES 1. Elegir la representante de las estudiantes ante el Consejo Directivo del Establecimiento y asesorarla en el cumplimiento de su representación. 2. Ser lazo de unión entre estudiantes y docentes y demás estamentos de la Comunidad Educativa. 3. Acoger las iniciativas que surjan entre los estudiantes para el buen funcionamiento y desarrollo de la Institución. 4. Llevar a cabo proyectos en bien del Colegio en coordinación con la Rectora. 5. Colaborar con la Rectora en el desarrollo de las tareas que les encomienden.
  • 86. ART. 61 ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA Integrada por los Padres de Familia o Acudientes de lo matriculados en el Colegio. ASAMBLEA DE DELEGADOS Órgano de la Asociación de Padres de Familia, es un medio de participación de los Padres y Acudientes en el Establecimiento. Está integrado por dos representantes de los padres de familia de los estudiantes de cada grupo.