SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 18
Decreto 1860 de 
Agosto 3 de 1994 
Mónica Torres 
FUNLAM 
2014
DECRETA: 
O Artículo 1º Ámbito y naturaleza. Las normas 
reglamentarias contenidas en el presente Decreto se 
aplican al servicio público de educación formal que 
presten los establecimientos educativos del Estado, 
los privados, los de carácter comunitario, solidario, 
cooperativo o sin ánimo de lucro. Su interpretación 
debe favorecer la calidad, continuidad y universalidad 
del servicio público de la educación, así como el mejor 
desarrollo del proceso de formación de los educandos.
O La interpretación de estas normas deberá además 
tener en cuenta que el educando es el centro del 
proceso educativo y que el objeto del servicio es 
lograr el cumplimiento de los fines de la educación, 
definidos en la Ley 115 de 1994.Las disposiciones del 
presente Decreto constituyen lineamientos generales 
para el Ministerio de Educación Nacional y las 
entidades territoriales, con el objeto de orientar el 
ejercicio de las respectivas competencias, y para los 
establecimientos educativos en el ejercicio de la 
autonomía escolar.
CAPITULO I 
DE LA PRESTACION DEL 
SERVICIO EDUCATIVO 
O Artículo 2º Responsables de la educación de los menores. 
El Estado, la sociedad y la familia son responsables 
O de la educación obligatoria de acuerdo con lo definido en 
la Constitución y la ley. La Nación y las entidades 
territoriales cumplirán esta obligación en los términos 
previstos en las Leyes 60 de 1993 y 115 de 1994 y en el 
presente Decreto. Los padres o quienes ejerzan la patria 
potestad sobre el menor, lo harán bajo la vigilancia e 
intervención directa de las autoridades competentes. 
O El carné estudiantil expedido a nombre del menor, será 
el medio para acreditar la condición de estudiante. Las 
autoridades podrán exigir su presentación cuando lo 
consideren pertinente para verificar el cumplimiento de 
la obligatoriedad constitucional y legal.
CAPITULO III 
EL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONA 
O Artículo 14. Contenido del proyecto 
educativo institucional. Todo 
establecimiento educativo debe elaborar y 
poner en práctica, con la participación de la 
comunidad educativa, un proyecto educativo 
institucional que exprese la forma como se 
ha decidido alcanzar los fines de la 
educación definidos por la ley, teniendo en 
cuenta las condiciones sociales, económicas 
y culturales de su medio.
O Para lograr la formación integral de los educandos, 
debe contener por lo menos los siguientes aspectos: 
O 1. Los principios y fundamentos que orientan la acción 
de la comunidad educativa en la institución. 
O 2. El análisis de la situación institucional que permita la 
identificación de problemas y sus orígenes. 
O 3. Los objetivos generales del proyecto. 
O 4. La estrategia pedagógica que guía las labores de 
formación de los educandos. 
O 5. La organización de los planes de estudio y la 
definición de los criterios para la evaluación del 
rendimiento del educando.
O 6. Las acciones pedagógicas relacionadas con la 
educación para el ejercicio de la democracia, para la 
O educación sexual, para el uso del tiempo libre, para el 
aprovechamiento y conservación del ambiente y, en 
O general, para los valores humanos. 
O 7. El reglamento o manual de convivencia y el reglamento 
para docentes. 
O 8. Los órganos, funciones y forma de integración del 
Gobierno Escolar. 
O 9. El sistema de matrículas y pensiones que incluya la 
definición de los pagos que corresponda hacer a los 
O usuarios del servicio y, en el caso de los establecimientos 
privados, el contrato de renovación de matrícula. 
O 10. Los procedimientos para relacionarse con otras 
organizaciones sociales, tales como los medios de 
O comunicación masiva, las agremiaciones, los sindicatos y 
las instituciones comunitarios.
O 11. La evaluación de los recursos humanos, 
físicos, económicos y tecnológicos 
disponibles y previstos para el 
O futuro con el fin de realizar el proyecto. 
O 12. Las estrategias para articular la 
institución educativa con las expresiones 
culturales locales y regionales. 
O 13. Los criterios de organización 
administrativa y de evaluación de la gestión. 
O 14. Los programas educativos de carácter 
no formal e informal que ofrezca el 
establecimiento, en desarrollo
O Artículo 15. Adopción del proyecto educativo institucional. 
Cada establecimiento educativo goza de autonomía 
O para formular, adoptar y poner en práctica su propio 
proyecto educativo institucional sin más limitaciones que 
O las definidas por la ley y este reglamento. 
O Su adopción debe hacerse mediante un proceso de 
participación de los diferentes estamentos integrantes de 
la 
O comunidad educativa que comprende:1. La formulación y de 
liberación. Su objetivo es elaborar una propuesta 
O para satisfacer uno o varios de los contenidos previstos 
para el proyecto educativo. Con tal fin el Consejo 
O Directivo convocará diferentes grupos donde participen en 
forma equitativa miembros de los diversos 
O estamentos de la comunidad educativa, para que deliberen 
sobre las iniciativas que les sean presentadas.
Artículo 16. Obligatoriedad del 
proyecto educativo institucional 
O Todos los establecimientos educativos de carácter 
estatal, privado, comunitario, solidario, cooperativo o sin 
ánimo de lucro que pretendan prestar el servicio público 
de educación, deberán adoptar a más tardar el 8 de 
febrero de 1997 y registrar en el Sistema Nacional de 
Información, un proyecto educativo institucional. Los 
establecimientos que no procedieren así, no podrán 
obtener licencia o recibir reconocimiento oficial de su 
fundación si fueren nuevos y su licencia de 
funcionamiento o el reconocimiento oficial quedarán 
suspendidos si se tratare de los ya existentes, al tenor 
de lo dispuesto por los artículos 73, 138 y 193 de la Ley 
115 de 1994, sin perjuicio de las sanciones que le puedan 
ser impuestas al rector, en el caso de los 
establecimientos estatales.
CAPITULO V 
ORIENTACIONES CURRICULARES. 
O Artículo 33. Criterios para la elaboración 
del currículo. La elaboración del currículo es 
el producto de un conjunto de actividades 
organizadas y conducentes a la definición y 
actualización de los criterios, planes de 
estudio, programas, metodologías y 
procesos que contribuyan a la forma 
integral y a la identidad cultural nacional en 
los establecimientos educativos.
O El currículo se elabora para orientar el que hacer 
académico y debe ser concebido de manera flexible 
para permitir su innovación y adaptación a las 
características propias del medio cultural donde se 
aplica. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 78 de 
la Ley 115 de 1994, cada establecimiento educativo 
mantendrá actividades de desarrollo curricular que 
comprendan la investigación, el diseño y la evaluación 
permanentes del currículo.
O De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley 115 de 
1994, las instituciones de educación formal 
O gozan de autonomía para estructurar el currículo en cuanto a 
contenidos, métodos de enseñanza, organización 
O de actividades formativas, culturales y deportivas, creación de 
opciones para elección de los alumnos e 
O introducción de adecuaciones según condiciones regionales o 
locales. Sin embargo, el diseño del currículo 
O hecho por cada establecimiento educativo, debe tener en cuenta: 
O a) Los fines de la educación y los objetivos de cada nivel y ciclo 
definidos por la misma ley; 
O b) Los indicadores de logro que defina el Ministerio de Educación 
Nacional; 
O c) Los lineamientos que expida el Ministerio de Educación 
Nacional para el diseño de las estructuras 
O curriculares y los procedimientos para su conformación, y 
O d) La organización de las diferentes áreas que se ofrezcan
Artículo 34. Áreas. 
O En el plan de estudios se incluirán las áreas del 
conocimiento definidas como obligatorias y 
fundamentales en los nueve grupos enumerados 
en el artículo 23 de la Ley 115 de 1994. Además, 
incluirá grupos de áreas o asignaturas que 
adicionalmente podrá seleccionar el 
establecimiento educativo para lograr los 
objetivos del proyecto educativo institucional, 
sin sobrepasar el veinte por ciento de las áreas 
establecidas en el plan de estudios. 
O Las áreas pueden concursarse por asignaturas y 
proyectos pedagógicos en períodos lectivos 
anuales, semestrales o trimestrales. Estas se 
distribuirán en uno o varios grados.
Artículo 35. Desarrollo de 
Asignaturas. 
O Las asignaturas tendrán el contenido, la intensidad 
horaria y la duración que determine el proyecto 
educativo institucional, atendiendo los lineamientos 
del presente Decreto y los que para su efecto 
expida el Ministerio de Educación Nacional.En el 
desarrollo de una asignatura se deben aplicar 
estrategias y métodos pedagógicos activos y 
vivenciales que incluyan la exposición, la 
observación, la experimentación, la práctica, el 
laboratorio, el taller de trabajo, la informática 
educativa, el estudio personal y los demás 
elementos que contribuyan a un mejor desarrollo 
cognitivo y a una mayor formación de la capacidad 
crítica, reflexiva y analítica del educando.
Artículo 36. Proyectos 
Pedagógicas. 
O El proyecto pedagógico es una actividad dentro 
del plan de estudio que de manera planificada 
ejercita al educando en la solución de problemas 
cotidianos, seleccionados por tener relación 
directa con el entorno social, cultural, científico 
y tecnológico del alumno. Cumple la función de 
correlacionar, integrar y hacer activos los 
conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes 
y valores logrados en el desarrollo de diversas 
áreas, así como de la experiencia acumulada. La 
enseñanza prevista en el artículo 14 de la Ley 
115 de 1994, se cumplirá bajo la modalidad de 
proyectos pedagógicos.
Artículo 37. Adopción del currículo. 
O El currículo o sus modificaciones serán 
formalmente adoptados por el Consejo Directivo 
de cada establecimiento educativo, con la 
participación técnica del Consejo Académico en 
todo el proceso. Como parte integrante del 
proyecto educativo institucional, su adopción 
seguirá el procedimiento prescrito para éste, 
cumplido el cual, se registrará en la secretaría de 
educación departamental o distrital o los 
organismos que hagan sus veces para ser 
incorporados al Sistema Nacional de Información y 
para comprobar su ajuste a los requisitos legales y 
reglamentarios que los rigen y en particular a los 
lineamientos generales fijados por el Ministerio de 
Educación Nacional.
O Con este último propósito las Secretarías de 
Educación someterán el currículo a estudio de las 
juntas departamentales o distritales y procederán a 
comunicar al rector del establecimiento las 
observaciones, si las hubiere, para que sean objeto de 
consideración obligatoria por parte del Consejo 
Directivo. Este procederá a introducir las 
modificaciones sugeridas, o a rechazarlas con los 
debidos fundamentos, dentro de los sesenta días 
calendario siguientes a la comunicación y si así no lo 
hiciere se entenderán aceptadas. Las observaciones 
rechazadas por el establecimiento, serán sometidas a 
la consideración del Ministerio de Educación Nacional 
para que resuelva en última instancia.

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

Extensión educativa
Extensión educativaExtensión educativa
Extensión educativa
Monika Rosas
 
Localizacion geografica de una escuela
Localizacion geografica de una escuelaLocalizacion geografica de una escuela
Localizacion geografica de una escuela
Dante Chavarin
 
Reflexiones y notas en torno al artículo tercero constitucional
Reflexiones y notas en torno al artículo tercero constitucionalReflexiones y notas en torno al artículo tercero constitucional
Reflexiones y notas en torno al artículo tercero constitucional
DGETI Zacatecas
 
Ensayo retos o problemas de la profesión docente
Ensayo retos o problemas de la profesión docenteEnsayo retos o problemas de la profesión docente
Ensayo retos o problemas de la profesión docente
Ednithaa Vazquez
 
Ley general de educación
Ley general de educaciónLey general de educación
Ley general de educación
ConsejoJuventud
 

Was ist angesagt? (20)

Sanciones Disciplinarias de Docentes y Administrativos de la Rama Educativa
Sanciones Disciplinarias de Docentes y Administrativos de la Rama EducativaSanciones Disciplinarias de Docentes y Administrativos de la Rama Educativa
Sanciones Disciplinarias de Docentes y Administrativos de la Rama Educativa
 
Extensión educativa
Extensión educativaExtensión educativa
Extensión educativa
 
Localizacion geografica de una escuela
Localizacion geografica de una escuelaLocalizacion geografica de una escuela
Localizacion geografica de una escuela
 
Reflexiones y notas en torno al artículo tercero constitucional
Reflexiones y notas en torno al artículo tercero constitucionalReflexiones y notas en torno al artículo tercero constitucional
Reflexiones y notas en torno al artículo tercero constitucional
 
Ensayo retos o problemas de la profesión docente
Ensayo retos o problemas de la profesión docenteEnsayo retos o problemas de la profesión docente
Ensayo retos o problemas de la profesión docente
 
1. principios básicos de la gestión
1. principios básicos de la gestión1. principios básicos de la gestión
1. principios básicos de la gestión
 
La gestión pedagógica de la escuela
La gestión pedagógica de la escuelaLa gestión pedagógica de la escuela
La gestión pedagógica de la escuela
 
Acuerdo15 10 17 CONSEJOS TECNICOS ESCOLARES
Acuerdo15 10 17 CONSEJOS TECNICOS ESCOLARESAcuerdo15 10 17 CONSEJOS TECNICOS ESCOLARES
Acuerdo15 10 17 CONSEJOS TECNICOS ESCOLARES
 
Dimensiones y sus aspectos
Dimensiones y sus aspectosDimensiones y sus aspectos
Dimensiones y sus aspectos
 
Ley general de educación
Ley general de educaciónLey general de educación
Ley general de educación
 
Sobre la atención a la diversidad
Sobre la atención a la diversidadSobre la atención a la diversidad
Sobre la atención a la diversidad
 
Proyecto de convivencia escolar
Proyecto de convivencia escolarProyecto de convivencia escolar
Proyecto de convivencia escolar
 
Pilares de la educación inicial
Pilares de la educación inicialPilares de la educación inicial
Pilares de la educación inicial
 
Convivencia escolar
Convivencia escolarConvivencia escolar
Convivencia escolar
 
100 experiencias innovadoras
100 experiencias innovadoras100 experiencias innovadoras
100 experiencias innovadoras
 
Construyendo la escuela que queremos
Construyendo la escuela que queremosConstruyendo la escuela que queremos
Construyendo la escuela que queremos
 
Ley general de educación
Ley general de educaciónLey general de educación
Ley general de educación
 
Propuesta curricular fase 1
Propuesta curricular fase 1Propuesta curricular fase 1
Propuesta curricular fase 1
 
enseñanza dialogante
enseñanza dialoganteenseñanza dialogante
enseñanza dialogante
 
Enfoques y modelos de educación multicultural
Enfoques y modelos de educación multiculturalEnfoques y modelos de educación multicultural
Enfoques y modelos de educación multicultural
 

Andere mochten auch

Diapositivas Decreto 1860 Agosto 2002
Diapositivas Decreto 1860 Agosto 2002Diapositivas Decreto 1860 Agosto 2002
Diapositivas Decreto 1860 Agosto 2002
liliana
 
Ley 115 1994 actualizada 2012-oct3
Ley 115 1994 actualizada 2012-oct3Ley 115 1994 actualizada 2012-oct3
Ley 115 1994 actualizada 2012-oct3
raulzarate
 
El manual de
El manual deEl manual de
El manual de
Dragonci
 
Decreto2247 evaluacion descriptiva en preescolar
Decreto2247 evaluacion descriptiva en preescolarDecreto2247 evaluacion descriptiva en preescolar
Decreto2247 evaluacion descriptiva en preescolar
Yecenia Correa Urrego
 
Decreto 1290 de 2010
Decreto 1290 de 2010Decreto 1290 de 2010
Decreto 1290 de 2010
lipilenguas
 

Andere mochten auch (20)

Decreto 1860 de 1994
Decreto 1860 de 1994Decreto 1860 de 1994
Decreto 1860 de 1994
 
Mapa conceptual 1860_pei
Mapa conceptual 1860_peiMapa conceptual 1860_pei
Mapa conceptual 1860_pei
 
Decreto 1860 reglamentacion articulos ley 115
Decreto 1860 reglamentacion articulos ley 115Decreto 1860 reglamentacion articulos ley 115
Decreto 1860 reglamentacion articulos ley 115
 
Decreto 1860
Decreto 1860Decreto 1860
Decreto 1860
 
Analisis ley 115
Analisis ley 115Analisis ley 115
Analisis ley 115
 
Diapositivas D E C R E T O 1860 A G O S T O 2002
Diapositivas D E C R E T O 1860  A G O S T O 2002Diapositivas D E C R E T O 1860  A G O S T O 2002
Diapositivas D E C R E T O 1860 A G O S T O 2002
 
Diapositivas Decreto 1860 Agosto 2002
Diapositivas Decreto 1860 Agosto 2002Diapositivas Decreto 1860 Agosto 2002
Diapositivas Decreto 1860 Agosto 2002
 
Ley 115 1994 actualizada 2012-oct3
Ley 115 1994 actualizada 2012-oct3Ley 115 1994 actualizada 2012-oct3
Ley 115 1994 actualizada 2012-oct3
 
El manual de
El manual deEl manual de
El manual de
 
Sara molina (danna)
Sara molina (danna)Sara molina (danna)
Sara molina (danna)
 
Diapositiva de kelli
Diapositiva de kelliDiapositiva de kelli
Diapositiva de kelli
 
ABC DEL DIRECTIVO DOCENTE
ABC DEL DIRECTIVO DOCENTEABC DEL DIRECTIVO DOCENTE
ABC DEL DIRECTIVO DOCENTE
 
Ley general de educación de Colombia
Ley general de educación de Colombia Ley general de educación de Colombia
Ley general de educación de Colombia
 
Decreto 1075 de_2015 dercreto unico reglamentario del sector educacion
Decreto 1075 de_2015 dercreto unico reglamentario del sector educacionDecreto 1075 de_2015 dercreto unico reglamentario del sector educacion
Decreto 1075 de_2015 dercreto unico reglamentario del sector educacion
 
Decreto 1850
Decreto 1850Decreto 1850
Decreto 1850
 
Decreto 1290 diapositivas
Decreto 1290 diapositivasDecreto 1290 diapositivas
Decreto 1290 diapositivas
 
Ley General de Educacion
Ley General de EducacionLey General de Educacion
Ley General de Educacion
 
Manual de convivencia de los cer
Manual de convivencia de los cerManual de convivencia de los cer
Manual de convivencia de los cer
 
Decreto2247 evaluacion descriptiva en preescolar
Decreto2247 evaluacion descriptiva en preescolarDecreto2247 evaluacion descriptiva en preescolar
Decreto2247 evaluacion descriptiva en preescolar
 
Decreto 1290 de 2010
Decreto 1290 de 2010Decreto 1290 de 2010
Decreto 1290 de 2010
 

Ähnlich wie Decreto 1860 isabel

PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONALPROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
Melary Sarmiento
 
MUESTRA DE SUBIR DOCUMENTOS
MUESTRA DE SUBIR DOCUMENTOSMUESTRA DE SUBIR DOCUMENTOS
MUESTRA DE SUBIR DOCUMENTOS
jesusHcordero
 
Reformas a la LGE PRD
Reformas a la LGE PRDReformas a la LGE PRD
Reformas a la LGE PRD
Senadores PRD
 
Capitulo 3
Capitulo 3Capitulo 3
Capitulo 3
Kevin
 
Marco legal curricular
Marco legal curricularMarco legal curricular
Marco legal curricular
polozapata
 
LINEAMIENTOS_DE_PPE_RÉGIMEN_COSTA_GALÁPAGOS_2022_2023_8_signed_002.pdf
LINEAMIENTOS_DE_PPE_RÉGIMEN_COSTA_GALÁPAGOS_2022_2023_8_signed_002.pdfLINEAMIENTOS_DE_PPE_RÉGIMEN_COSTA_GALÁPAGOS_2022_2023_8_signed_002.pdf
LINEAMIENTOS_DE_PPE_RÉGIMEN_COSTA_GALÁPAGOS_2022_2023_8_signed_002.pdf
JuliaRomero31
 

Ähnlich wie Decreto 1860 isabel (20)

Reglamento general de escuelas.
Reglamento general de escuelas.Reglamento general de escuelas.
Reglamento general de escuelas.
 
PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONALPROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
 
A13.flores.alisson.sociedad contemporanea
A13.flores.alisson.sociedad contemporaneaA13.flores.alisson.sociedad contemporanea
A13.flores.alisson.sociedad contemporanea
 
Yliana exposicion
Yliana exposicionYliana exposicion
Yliana exposicion
 
MUESTRA DE SUBIR DOCUMENTOS
MUESTRA DE SUBIR DOCUMENTOSMUESTRA DE SUBIR DOCUMENTOS
MUESTRA DE SUBIR DOCUMENTOS
 
Decreto 1860 Institución Educativa el ramo
 Decreto 1860 Institución Educativa el ramo Decreto 1860 Institución Educativa el ramo
Decreto 1860 Institución Educativa el ramo
 
Proyecto educativoinstitucional
Proyecto educativoinstitucionalProyecto educativoinstitucional
Proyecto educativoinstitucional
 
Ley 28044
Ley 28044Ley 28044
Ley 28044
 
Propuesta ley general de educacion
Propuesta ley general de educacionPropuesta ley general de educacion
Propuesta ley general de educacion
 
Reformas a la LGE PRD
Reformas a la LGE PRDReformas a la LGE PRD
Reformas a la LGE PRD
 
Capitulo 3
Capitulo 3Capitulo 3
Capitulo 3
 
Marco legal curricular
Marco legal curricularMarco legal curricular
Marco legal curricular
 
Proyecto educativo institucional PEI
Proyecto educativo institucional PEIProyecto educativo institucional PEI
Proyecto educativo institucional PEI
 
Práctica módulo ii. álvaro mora fernández
Práctica módulo ii. álvaro mora fernándezPráctica módulo ii. álvaro mora fernández
Práctica módulo ii. álvaro mora fernández
 
LINEAMIENTOS_DE_PPE_RÉGIMEN_COSTA_GALÁPAGOS_2022_2023_8_signed_002.pdf
LINEAMIENTOS_DE_PPE_RÉGIMEN_COSTA_GALÁPAGOS_2022_2023_8_signed_002.pdfLINEAMIENTOS_DE_PPE_RÉGIMEN_COSTA_GALÁPAGOS_2022_2023_8_signed_002.pdf
LINEAMIENTOS_DE_PPE_RÉGIMEN_COSTA_GALÁPAGOS_2022_2023_8_signed_002.pdf
 
Ley del inee
Ley del ineeLey del inee
Ley del inee
 
Proyecto de democracia 2013 actualizado
Proyecto de democracia 2013 actualizadoProyecto de democracia 2013 actualizado
Proyecto de democracia 2013 actualizado
 
Manual de convivencia 2016 (vigente)
Manual de convivencia  2016 (vigente)Manual de convivencia  2016 (vigente)
Manual de convivencia 2016 (vigente)
 
Ley_General_Servicio_Profesional_Docente
Ley_General_Servicio_Profesional_DocenteLey_General_Servicio_Profesional_Docente
Ley_General_Servicio_Profesional_Docente
 
Convivencia escolar.
Convivencia escolar.Convivencia escolar.
Convivencia escolar.
 

Kürzlich hochgeladen

TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docxTALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
NadiaMartnez11
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
RigoTito
 
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
EliaHernndez7
 
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
Wilian24
 

Kürzlich hochgeladen (20)

Interpretación de cortes geológicos 2024
Interpretación de cortes geológicos 2024Interpretación de cortes geológicos 2024
Interpretación de cortes geológicos 2024
 
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIASISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
 
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docxTALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
 
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
 
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
 
Revista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdf
Revista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdfRevista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdf
Revista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdf
 
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICABIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
 
Power Point E. S.: Los dos testigos.pptx
Power Point E. S.: Los dos testigos.pptxPower Point E. S.: Los dos testigos.pptx
Power Point E. S.: Los dos testigos.pptx
 
Tema 11. Dinámica de la hidrosfera 2024
Tema 11.  Dinámica de la hidrosfera 2024Tema 11.  Dinámica de la hidrosfera 2024
Tema 11. Dinámica de la hidrosfera 2024
 
TIENDAS MASS MINIMARKET ESTUDIO DE MERCADO
TIENDAS MASS MINIMARKET ESTUDIO DE MERCADOTIENDAS MASS MINIMARKET ESTUDIO DE MERCADO
TIENDAS MASS MINIMARKET ESTUDIO DE MERCADO
 
semana 4 9NO Estudios sociales.pptxnnnn
semana 4  9NO Estudios sociales.pptxnnnnsemana 4  9NO Estudios sociales.pptxnnnn
semana 4 9NO Estudios sociales.pptxnnnn
 
FUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.ppt
FUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.pptFUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.ppt
FUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.ppt
 
Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicasUsos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
 
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptx
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptxCONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptx
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptx
 
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
 
SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.doc
SESION DE PERSONAL SOCIAL.  La convivencia en familia 22-04-24  -.docSESION DE PERSONAL SOCIAL.  La convivencia en familia 22-04-24  -.doc
SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.doc
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
 
Análisis de los Factores Externos de la Organización.
Análisis de los Factores Externos de la Organización.Análisis de los Factores Externos de la Organización.
Análisis de los Factores Externos de la Organización.
 

Decreto 1860 isabel

  • 1. Decreto 1860 de Agosto 3 de 1994 Mónica Torres FUNLAM 2014
  • 2. DECRETA: O Artículo 1º Ámbito y naturaleza. Las normas reglamentarias contenidas en el presente Decreto se aplican al servicio público de educación formal que presten los establecimientos educativos del Estado, los privados, los de carácter comunitario, solidario, cooperativo o sin ánimo de lucro. Su interpretación debe favorecer la calidad, continuidad y universalidad del servicio público de la educación, así como el mejor desarrollo del proceso de formación de los educandos.
  • 3. O La interpretación de estas normas deberá además tener en cuenta que el educando es el centro del proceso educativo y que el objeto del servicio es lograr el cumplimiento de los fines de la educación, definidos en la Ley 115 de 1994.Las disposiciones del presente Decreto constituyen lineamientos generales para el Ministerio de Educación Nacional y las entidades territoriales, con el objeto de orientar el ejercicio de las respectivas competencias, y para los establecimientos educativos en el ejercicio de la autonomía escolar.
  • 4. CAPITULO I DE LA PRESTACION DEL SERVICIO EDUCATIVO O Artículo 2º Responsables de la educación de los menores. El Estado, la sociedad y la familia son responsables O de la educación obligatoria de acuerdo con lo definido en la Constitución y la ley. La Nación y las entidades territoriales cumplirán esta obligación en los términos previstos en las Leyes 60 de 1993 y 115 de 1994 y en el presente Decreto. Los padres o quienes ejerzan la patria potestad sobre el menor, lo harán bajo la vigilancia e intervención directa de las autoridades competentes. O El carné estudiantil expedido a nombre del menor, será el medio para acreditar la condición de estudiante. Las autoridades podrán exigir su presentación cuando lo consideren pertinente para verificar el cumplimiento de la obligatoriedad constitucional y legal.
  • 5. CAPITULO III EL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONA O Artículo 14. Contenido del proyecto educativo institucional. Todo establecimiento educativo debe elaborar y poner en práctica, con la participación de la comunidad educativa, un proyecto educativo institucional que exprese la forma como se ha decidido alcanzar los fines de la educación definidos por la ley, teniendo en cuenta las condiciones sociales, económicas y culturales de su medio.
  • 6. O Para lograr la formación integral de los educandos, debe contener por lo menos los siguientes aspectos: O 1. Los principios y fundamentos que orientan la acción de la comunidad educativa en la institución. O 2. El análisis de la situación institucional que permita la identificación de problemas y sus orígenes. O 3. Los objetivos generales del proyecto. O 4. La estrategia pedagógica que guía las labores de formación de los educandos. O 5. La organización de los planes de estudio y la definición de los criterios para la evaluación del rendimiento del educando.
  • 7. O 6. Las acciones pedagógicas relacionadas con la educación para el ejercicio de la democracia, para la O educación sexual, para el uso del tiempo libre, para el aprovechamiento y conservación del ambiente y, en O general, para los valores humanos. O 7. El reglamento o manual de convivencia y el reglamento para docentes. O 8. Los órganos, funciones y forma de integración del Gobierno Escolar. O 9. El sistema de matrículas y pensiones que incluya la definición de los pagos que corresponda hacer a los O usuarios del servicio y, en el caso de los establecimientos privados, el contrato de renovación de matrícula. O 10. Los procedimientos para relacionarse con otras organizaciones sociales, tales como los medios de O comunicación masiva, las agremiaciones, los sindicatos y las instituciones comunitarios.
  • 8. O 11. La evaluación de los recursos humanos, físicos, económicos y tecnológicos disponibles y previstos para el O futuro con el fin de realizar el proyecto. O 12. Las estrategias para articular la institución educativa con las expresiones culturales locales y regionales. O 13. Los criterios de organización administrativa y de evaluación de la gestión. O 14. Los programas educativos de carácter no formal e informal que ofrezca el establecimiento, en desarrollo
  • 9. O Artículo 15. Adopción del proyecto educativo institucional. Cada establecimiento educativo goza de autonomía O para formular, adoptar y poner en práctica su propio proyecto educativo institucional sin más limitaciones que O las definidas por la ley y este reglamento. O Su adopción debe hacerse mediante un proceso de participación de los diferentes estamentos integrantes de la O comunidad educativa que comprende:1. La formulación y de liberación. Su objetivo es elaborar una propuesta O para satisfacer uno o varios de los contenidos previstos para el proyecto educativo. Con tal fin el Consejo O Directivo convocará diferentes grupos donde participen en forma equitativa miembros de los diversos O estamentos de la comunidad educativa, para que deliberen sobre las iniciativas que les sean presentadas.
  • 10. Artículo 16. Obligatoriedad del proyecto educativo institucional O Todos los establecimientos educativos de carácter estatal, privado, comunitario, solidario, cooperativo o sin ánimo de lucro que pretendan prestar el servicio público de educación, deberán adoptar a más tardar el 8 de febrero de 1997 y registrar en el Sistema Nacional de Información, un proyecto educativo institucional. Los establecimientos que no procedieren así, no podrán obtener licencia o recibir reconocimiento oficial de su fundación si fueren nuevos y su licencia de funcionamiento o el reconocimiento oficial quedarán suspendidos si se tratare de los ya existentes, al tenor de lo dispuesto por los artículos 73, 138 y 193 de la Ley 115 de 1994, sin perjuicio de las sanciones que le puedan ser impuestas al rector, en el caso de los establecimientos estatales.
  • 11. CAPITULO V ORIENTACIONES CURRICULARES. O Artículo 33. Criterios para la elaboración del currículo. La elaboración del currículo es el producto de un conjunto de actividades organizadas y conducentes a la definición y actualización de los criterios, planes de estudio, programas, metodologías y procesos que contribuyan a la forma integral y a la identidad cultural nacional en los establecimientos educativos.
  • 12. O El currículo se elabora para orientar el que hacer académico y debe ser concebido de manera flexible para permitir su innovación y adaptación a las características propias del medio cultural donde se aplica. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley 115 de 1994, cada establecimiento educativo mantendrá actividades de desarrollo curricular que comprendan la investigación, el diseño y la evaluación permanentes del currículo.
  • 13. O De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley 115 de 1994, las instituciones de educación formal O gozan de autonomía para estructurar el currículo en cuanto a contenidos, métodos de enseñanza, organización O de actividades formativas, culturales y deportivas, creación de opciones para elección de los alumnos e O introducción de adecuaciones según condiciones regionales o locales. Sin embargo, el diseño del currículo O hecho por cada establecimiento educativo, debe tener en cuenta: O a) Los fines de la educación y los objetivos de cada nivel y ciclo definidos por la misma ley; O b) Los indicadores de logro que defina el Ministerio de Educación Nacional; O c) Los lineamientos que expida el Ministerio de Educación Nacional para el diseño de las estructuras O curriculares y los procedimientos para su conformación, y O d) La organización de las diferentes áreas que se ofrezcan
  • 14. Artículo 34. Áreas. O En el plan de estudios se incluirán las áreas del conocimiento definidas como obligatorias y fundamentales en los nueve grupos enumerados en el artículo 23 de la Ley 115 de 1994. Además, incluirá grupos de áreas o asignaturas que adicionalmente podrá seleccionar el establecimiento educativo para lograr los objetivos del proyecto educativo institucional, sin sobrepasar el veinte por ciento de las áreas establecidas en el plan de estudios. O Las áreas pueden concursarse por asignaturas y proyectos pedagógicos en períodos lectivos anuales, semestrales o trimestrales. Estas se distribuirán en uno o varios grados.
  • 15. Artículo 35. Desarrollo de Asignaturas. O Las asignaturas tendrán el contenido, la intensidad horaria y la duración que determine el proyecto educativo institucional, atendiendo los lineamientos del presente Decreto y los que para su efecto expida el Ministerio de Educación Nacional.En el desarrollo de una asignatura se deben aplicar estrategias y métodos pedagógicos activos y vivenciales que incluyan la exposición, la observación, la experimentación, la práctica, el laboratorio, el taller de trabajo, la informática educativa, el estudio personal y los demás elementos que contribuyan a un mejor desarrollo cognitivo y a una mayor formación de la capacidad crítica, reflexiva y analítica del educando.
  • 16. Artículo 36. Proyectos Pedagógicas. O El proyecto pedagógico es una actividad dentro del plan de estudio que de manera planificada ejercita al educando en la solución de problemas cotidianos, seleccionados por tener relación directa con el entorno social, cultural, científico y tecnológico del alumno. Cumple la función de correlacionar, integrar y hacer activos los conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores logrados en el desarrollo de diversas áreas, así como de la experiencia acumulada. La enseñanza prevista en el artículo 14 de la Ley 115 de 1994, se cumplirá bajo la modalidad de proyectos pedagógicos.
  • 17. Artículo 37. Adopción del currículo. O El currículo o sus modificaciones serán formalmente adoptados por el Consejo Directivo de cada establecimiento educativo, con la participación técnica del Consejo Académico en todo el proceso. Como parte integrante del proyecto educativo institucional, su adopción seguirá el procedimiento prescrito para éste, cumplido el cual, se registrará en la secretaría de educación departamental o distrital o los organismos que hagan sus veces para ser incorporados al Sistema Nacional de Información y para comprobar su ajuste a los requisitos legales y reglamentarios que los rigen y en particular a los lineamientos generales fijados por el Ministerio de Educación Nacional.
  • 18. O Con este último propósito las Secretarías de Educación someterán el currículo a estudio de las juntas departamentales o distritales y procederán a comunicar al rector del establecimiento las observaciones, si las hubiere, para que sean objeto de consideración obligatoria por parte del Consejo Directivo. Este procederá a introducir las modificaciones sugeridas, o a rechazarlas con los debidos fundamentos, dentro de los sesenta días calendario siguientes a la comunicación y si así no lo hiciere se entenderán aceptadas. Las observaciones rechazadas por el establecimiento, serán sometidas a la consideración del Ministerio de Educación Nacional para que resuelva en última instancia.