La primera Gaceta Oficial, promulgada el 14 de noviembre de 1903 contiene documentos importantes en donde consta el Estado de Facto en el que se convirtió el Istmo de Panamá a partir de la proclamación de independencia el 3 de noviembre de 1903 por parte del Consejo Municipal del Distrito de Panamá, bajo la presidencia de Demetrio H. Brid (Presidente de facto de la República de Panamá, 3-4 noviembre de 1903).
1. La Gaceta Oficial y su aporte a
la historia de Panamá
Importancia histórica de la
primera Gaceta
Irvin A. Halman
6 de junio de 2014
2. DEMETRIO H. BRID
• Editor Oficial de la Gaceta de
Panamá de 1891 a 1895
• Editor Oficial de la Gaceta
Oficial de 1903 a 1907*
11 noviembre 1903 – 10 febrero 1904
16 julio 1904 - 31 de julio de 1906
2 enero – 31 diciembre 1907
*
3. El Gobierno hace constar en
la primera Gaceta Oficial los
actos oficiales que, de forma
expresa a partir del 3 de
noviembre de 1903, dan
cuenta de los aspectos
jurídicos, políticos e históricos
en la fundación de la
República de Panamá
JUNTA REVOLUCIONARIA DE 1903
José Agustín Arango, Manuel Amador Guerrero y Federico Boyd
De pie: Nicanor A. De Obarrio, Manuel Espinosa B.,
Carlos Constantino Arosemena, Tomás Arias y Ricardo Arias
4. Gaceta Oficial
en la era republicana
• Primer número fue publicado el 14 de noviembre de 1903
5. EL ESTADO DE FACTO DE 1903
• Ruptura del orden constitucional con Colombia el 3 de noviembre
crea condiciones de un Estado “de facto” en presencia de
autoridades civiles, militares y ciudadanos
• En ese instante bajo la Presidencia de Demetrio H. Brid en el
Consejo Municipal de Panamá, decana de la Corporación Municipal,
ostenta la máxima autoridad y nace la República para los panameños
• Inmediatamente clausurada la Sesión Solemne, envió telegrama a
Estados Unidos y emisarios a los consejos municipales del resto del
país para informarles de la decisión del Consejo Municipal de
Panamá
6. “El ConsejoAdmirable”
CONSEJO MUNICIPAL DE PANAMA DE 1903
De pie: Alcides Domínguez,
Manuel J. Cucalón, Fabio
Arosemena, Ernesto J. Goti,
Ricardo M. Arango, José María
Chiari, Enrique Linares.
Sentados: Agustín Arias F.,
Demetrio H. Brid (Presidente),
Samuel Lewis, Oscar Mckay. No
aparecen en la foto los
Concejales Gral. Rafael Aizpuru,
Manuel Ma. Méndez y Darío
Vallarino.
7. Primera Gaceta Oficial hace
constar las condiciones de un
Estado de Facto y el surgimiento
de una nueva Nación
CONTENIDO:
1. Extracto del Acta de la Sesión Solemne y Extraordinaria
del 3 de noviembre de 1903
2. Acta del Cabildo Abierto del 4 de noviembre de 1903
3. Manifiesto de la Junta de Gobierno Provisional
4. Creación de ministerios y nombramientos
5. Vigencia de leyes establecidas y fidelidad de servidores
públicos
6. Circular del Secretario de Gobierno y Justicia
7. Alocución del 5 de noviembre de la Provincia de Colón
8. PROPOSICION
Aprobada unánimemente por el Consejo Municipal en sesión
extraordinaria del día 3 de noviembre
La Municipalidad de Panamá, en vista del movimiento espontáneo de los pueblos del Istmo y
particularmente de la ciudad de Panamá, declarando su independencia de la metrópoli colombiana y
deseando establecerse en Gobierno propio, independiente y libre, acepta y sostiene dicho movimiento, y
en consecuencia
RESUELVE
Convocar a Cabildo Abierto al pueblo en general y a todas las corporaciones públicas, civiles,
militares y eclesiásticas, para las tres de la tarde en el Palacio Presidencial de la República de
Panamá.
El Presidente, El Secretario,
DEMETRIO H. BRID Ernesto J. Goti
9. ACTA DE INDEPENDENCIA
4 de noviembre de 1903
“fiel intérprete de los sentimientos de sus representados”, decidió “en forma solemne, que los pueblos en su jurisdicción se separan…
para formar con las demás poblaciones del Departamento de Panamá, que acepten la separación y se les unan, el Estado de Panamá, a
fin de constituir una República con gobierno independiente, democrático, representativo y responsable, que propenda a la felicidad de los
nativos y de los demás habitantes del territorio del Istmo”
“en uso de su autonomía y para disponer de sus destinos y fundar una nueva nacionalidad, libre de poderes extraños, el Concejo
Municipal del Distrito de Panamá, por sí y en nombre de los otros Concejos Municipales del departamento, encomienda la
administración, gestión y dirección de los negocios, transitoriamente y mientras se constituye la nueva República a una Junta de
Gobierno”
“los señores José A. Arango, Federico Boyd y Tomás Arias, en quienes, sin reserva alguna, delega los poderes, autorizaciones y
facultades necesarias, amplias y bastante para el satisfactorio cumplimiento del cometido que en nombre de la Patria se les encarga”
10. CIRCULAR MINISTRO DE JUSTICIA
5 de noviembre de 1903
“A consecuencia de la transformación política que ha dado vida a la
República de Panamá, por designación del Consejo Municipal de este
Distrito Capital aprobada por la población, se constituyó ayer la Junta de
Gobierno Provisional compuesta por los señores don José Agustín Arango,
don Federico Boyd y don Tomás Arias.”
CARLOS A. MENDOZA
11. Demetrio H. Brid
Presidente de facto de la República de Panamá
3-4 de noviembre de 1903
Ley No. 27 del 1 de diciembre de 1953 “por la cual se reconocen los
servicios prestados a la Patria por el señor Don Demetrio H. Brid en la
fundación de la República, y se honra su memoria”
Gaceta Oficial No. 12.252 de 21 de diciembre de 1953